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MEDIDAS DE PROTECCIÓN A LA LACTANCIA MATERNA Y SU EJERCICIO


El señor MONTES (Presidente).- A continuación, corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que establece medidas de protección a la lactancia materna y su ejercicio, con certificado de la Comisión de Salud y urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.303-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de Senadores señoras Lily Pérez y Goic, y señores Chahuán y Lagos):
En primer trámite: sesión 7ª, en 9 de abril de 2014.
En tercer trámite: sesión 84ª, en 8 de enero de 2019.
Informes de Comisión:
Salud: sesión 32ª, en 7 de julio de 2015.
Salud (segundo): sesión 5ª, en 23 de marzo de 2016.
Salud (certificado): sesión 89ª, en 16 de enero de 2019.
Discusión:
Sesiones 67ª, en 4 de noviembre de 2015 (se aprueba en general); 9ª, en 12 de abril de 2016 (queda aplazada la votación en particular); 11ª, en 19 de abril de 2016 (se aprueba en particular).
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Este proyecto inició su tramitación en el Senado, y en el segundo trámite constitucional la Cámara de Diputados efectuó diversas modificaciones a su texto, que la Comisión de Salud propone aprobar, con las votaciones que consigna en su informe.
Cabe hacer presente que las enmiendas relativas al inciso segundo del artículo 3 y al artículo 10 del proyecto tienen el carácter de normas orgánicas constitucionales, por lo que para su aprobación se requieren 25 votos favorables.
Nada más, señor Presidente.
El señor MONTES (Presidente).- Gracias, señor Secretario.
En discusión las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados.
Tiene la palabra la Senadora señora Goic.


La señora GOIC.- Señor Presidente, este proyecto fue iniciado en moción de la Senadora Lily Pérez y de los Senadores Chahuán, Lagos y quien habla. Y surge más bien de una iniciativa ciudadana que recogimos de una agrupación de abogadas cuando a una mujer se le impidió dar pecho en un restorán y fue discriminada por eso.
A raíz de esa situación, que nos pareció inaceptable, se presentó este proyecto, el cual ya fue aprobado en el Senado y en la Cámara de Diputados. Y ahora cumple su tercer trámite.
La Cámara de Diputados introdujo diversas modificaciones. Varias de ellas abordan la estructura de esta iniciativa y buscan simplificarla.
En primer término, establece los objetivos de la ley; en seguida se refiere al derecho al amamantamiento libre; luego habla de la sanción y procedimiento; posteriormente se remite al derecho a la información y deber de publicidad y, también, a la participación y corresponsabilidad social. Por último, plantea enmiendas a otros cuerpos legales.
Se trata de un primer grupo de modificaciones que más bien son formales, para darle un ordenamiento distinto a la estructura del proyecto, pero que no alteran su contenido, sino que, al contrario, lo reafirman, pues tienen que ver con garantizar el derecho a la lactancia en forma libre tanto en el caso de la mamá, cautelando la participación del padre cuando fuera posible, como en el del niño.
Las otras enmiendas se hallan relacionadas con la incorporación de dos elementos que estimamos muy relevantes.
En primer lugar, la simplificación del procedimiento de denuncia y su tramitación, materia en que se da competencia a los juzgados de policía local para conocer de estas causas, conservando en lo que corresponde la de los juzgados civiles, especialmente con relación a la Ley Zamudio, que establece medidas contra la discriminación. Esto ya lo habíamos establecido, y se simplifica la forma de proceder en estos casos para hacer efectiva la denuncia.
En segundo lugar, se introduce una modificación al artículo 18 del Código Sanitario para regular los bancos de leche materna, cuestión que no estaba contenida en el proyecto original. Ello nos parece un aporte, pues va en la línea de fortalecer la lactancia materna en situaciones en que, por distintos motivos, sea por ingesta de medicamentos, sea por la existencia de alguna enfermedad, la mamá no pueda dar pecho a su hijo. De manera que se regulan las condiciones para que las madres puedan donar su leche; se establece la forma en que debe conservarse, en fin.
Creemos que constituye un aporte, pues apunta a que aumente el porcentaje de madres que dan pecho a sus hijos.
Cada vez hay más evidencia acerca de los beneficios que ello representa no solo para la protección contra enfermedades, sino también para el mejor desarrollo físico, afectivo, emocional del niño.
Así que pensamos que se trata de un buen proyecto de ley, el cual, además, se ha abordado en conjunto con el Ejecutivo. Es una moción que ha salido adelante en una materia que hemos trabajado transversalmente con la sociedad civil.
Por eso, nuestra recomendación es aprobar las enmiendas que se introdujeron en la Cámara de Diputados.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra al Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, amamantar es natural. Y poder hacerlo en público y en paz es un derecho que debe ser protegido. No es posible que los padres y madres deban buscar lugares privados cada vez que su hijo o hija tenga hambre.
El lazo que genera una madre con su hijo a través de la lactancia materna es incomparable. El apego y todos los beneficios nutricionales, componentes fisiológicos e instintivos para el recién nacido son razones suficientes para proteger y fomentar la lactancia materna.
La moción que estamos votando hoy en tercer trámite constitucional nace de una contienda en la que una madre fue expulsada de un restorán por haber amamantado a su hijo. Sin embargo, este no es el único caso. Hemos visto a madres expulsadas de aviones; de piscinas; incluso, de plazas públicas. A mayor abundamiento, en abril de 2018 fuimos testigos también de otra situación, donde una madre, Johanna Cortés, fue expulsada de la sala de un tribunal en la ciudad de Arica aduciéndose que "estaba prohibido amamantar en ese lugar".
Los escenarios de discriminación por dar pecho deben frenarse; por el contrario, las tendencias en materia de lactancia materna han de aumentarse.
Cuando un niño nace, los médicos recomiendan lactancia materna a demanda, es decir, en cualquier momento, y no necesariamente en un horario específico.
Por eso, no es posible discriminar a madres que deben alimentar a sus hijos.
Toda la historia de la humanidad está sustentada en la lactancia materna.
La guía práctica sobre lactancia materna del Ministerio de Salud señala que "La lactancia forma parte de un evolucionado sistema de alimentación y crianza, que en el ser humano ha sido esencial para su supervivencia como especie y su alto desarrollo alcanzando.".
La ley en proyecto, con los cambios incorporados en la Cámara de Diputados, se fortalece, pues, además de consagrar la lactancia materna como derecho de la niñez, se establecen disposiciones sobre el banco de leche materna y normas sobre no discriminación, para que nunca más ninguna mujer sea expulsada de algún lugar por estar amamantando a su hijo o a su hija.
Por todas esas razones, voy a votar a favor.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Durana.


El señor DURANA.- Señor Presidente, la consagración del derecho de los niños a la lactancia materna y de las mujeres a amamantar a sus hijos debe ser concebido como un derecho humano. Por ello, este proyecto de ley viene a visibilizar su ejercicio, el cual emana de la propia naturaleza.
Nada, por ninguna circunstancia, ni nadie, bajo ningún pretexto, pueden impedir el ejercicio de ese derecho.
En la consagración legal de este derecho, sin requisitos ni condiciones, prima el interés superior del lactante. Y, en la medida de lo posible, debe garantizarse aquel en adecuadas condiciones de higiene y seguridad.
Es necesario que nuestra legislación garantice que la mujer trabajadora tenga plena libertad para el ejercicio de este derecho, el cual incluye la extracción y almacenamiento de su propia leche en condiciones adecuadas.
La aprobación de esta iniciativa es un imperativo para el Senado.
En esa línea, llamo la atención en orden a que la sanción que se establece, de una multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales, parece baja respecto de quien limita el ejercicio de este derecho fundamental.
Por último, es preciso destacar que la donación de la leche materna debe ser siempre un acto voluntario, gratuito y sin colocar en riesgo la vida o la salud del hijo lactante y de la madre donante, tal como señala el proyecto.
Por todo lo anteriormente expuesto, anuncio mi voto favorable.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Abra la votación, señor Presidente.
El señor MONTES (Presidente).- Quiero recordarles a Sus Señorías que estamos en el tercer trámite constitucional. Por lo tanto, se trata de expresar el acuerdo o desacuerdo con respecto a lo que despachó la Cámara de Diputados.
La Comisión aprobó por unanimidad las modificaciones que se introdujeron, las cuales, como dijo la Senadora Goic, son más parciales y formales.
Asimismo, debo reiterar que para aprobar dichas enmiendas se requiere quorum especial.
¿Habría acuerdo para abrir la votación?
Acordado.
En votación las modificaciones de la Cámara de Diputados.
--(Durante la votación).
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, con mucho orgullo hoy día estamos votando este proyecto de ley, en tercer trámite constitucional.
Quiero decirles que recogimos la voluntad de la sociedad civil, que recurrió a nosotros para que respaldáramos esta iniciativa. Concurrimos a patrocinarla los Senadores Lagos, Lily Pérez, Carolina Goic y quien habla.
Además, debo agradecer a la organización Mamadre, que se acercó a nuestras oficinas pidiendo apoyo para terminar con este tipo de discriminación.
Este proyecto va en la dirección correcta en cuanto a posibilitar que se entienda que estamos ante el derecho humano esencial del niño a la lactancia, pero también que existe el derecho de la madre a amamantar a su hijo.
Además, tenemos que considerar que se trata de un segundo paso. Porque en su oportunidad estuvimos trabajando largamente en la Comisión de Salud para el establecimiento del posnatal de seis meses.
Creemos que la relación materno-filial es fundamental con respecto al apego, a la factibilidad de generar desarrollo neurobiológico, en fin.
Por eso apoyamos con tanta fuerza este proyecto, que -reitero- surgió desde la sociedad civil. Logramos presentarlo. Caminó. Lo aprobamos en tiempo récord en el Senado. La Cámara de Diputados demoró un poco más. Pero, finalmente, conseguimos que saliera adelante.
La Cámara Baja ordenó algunos de los artículos, e introdujo una cuestión que nos parece esencial: la donación de leche materna, la que siempre debe ser gratuita. Además, esa leche solo puede usarse en programas de investigación o para beneficio de los recién nacidos que no disponen de ella.
Entonces, señor Presidente, este proyecto va en la línea correcta.
Reitero mis felicitaciones a Mamadre, que fue la organización de la sociedad civil que golpeó nuestras puertas para que presentáramos este proyecto.
Hoy podemos decir, con mucho orgullo, que iniciativas que surgen de los ciudadanos son leyes de la república.
Por tanto, con mucha alegría voy a votar a favor, y llamo a todos los parlamentarios a aprobar las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados, que, sin lugar a dudas, mejoraron sustantivamente el proyecto.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Sandoval.


El señor SANDOVAL.- Señor Presidente, vuelvo a expresar el concepto de que aquí estamos frente a iniciativas de naturaleza humana.
¡Qué hipocresía más grande en nuestra sociedad en ruborizarse frente a la lactancia de una madre hacia su hijo!
¿A quién le puede caber hoy día, en la sociedad en que vivimos, sentir que ese acto, tan íntimo, tan humano, tan afectivo, tan de sintonía entre una madre y su hijo, sea casi una situación vergonzosa que hay que ocultar, esconder?
Por eso, condenamos todo acto que en el pasado haya significado para una madre vivir ratos tan desagradables por querer amamantar a su hijo.
Esta normativa introduce modificaciones a diferentes cuerpos legales a fin de proteger el ejercicio del amamantamiento. Y la idea es que este sea un acto no solo estipulado por ley: aquí debería estar toda nuestra sociedad absolutamente imbuida de un concepto tan esencial.
Además, estamos hablando del enorme valor que significa la maternidad y, adicionalmente, la familia.
Por lo tanto, aquí fundamentalmente se están estableciendo normas y regulaciones respecto de un ámbito que, evidentemente, afecta a lo más íntimo, a lo más sentido, al contexto interno, a la relación entre la madre y su hijo o hija, al interior de la familia y, por cierto, a la sociedad toda.
Ojalá que estas acciones un poco vergonzosas se terminaran sin que hubiera necesidad de recurrir a estas normas legales. Desgraciadamente, en nuestro país debemos regular cuanta cosa surge y cuanto acto se presenta en la sociedad.
En lo personal, quiero felicitar a los impulsores de esta iniciativa, que comenzó su tramitación en 2014. Curiosamente, pasó todo un Gobierno y recién el 2018 esta Administración le puso urgencia a una normativa que es más humana, que es más sentida y que dice relación con el acto básico y esencial de amamantamiento de una madre a su hijo.
De ahí que, señor Presidente, creo que este proyecto ni siquiera debería ser objeto de votación, sino que tendría que ser aprobado unánimemente, puesto que difícilmente alguien podría oponerse a un acto de esta naturaleza.
Muchas gracias.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señor Presidente, seré extremadamente breve porque sé que tenemos una tabla muy cargada el día de hoy. No obstante, como uno de los autores de la moción, he decidido intervenir para valorar el trabajo realizado tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados.
No sé si la ley en proyecto va a tener muchos titulares, pero será bien recibida, porque me parece que pone en blanco y negro algo que ocurre todos los días en Chile y que, por razones que cuesta entender, no se podía ejercer con tranquilidad: amamantar a un hijo o una hija. Y a veces hay que hacerlo en público, sea en un restorán, en un transporte público, etcétera.
Ese hecho, que hemos presenciado, que hemos vivido muchos de nosotros, en algunas ocasiones ha generado desencuentros profundos, malos ratos, injusticias, indignidades.
Y eso es lo que pretende regular este proyecto.
Esta iniciativa, junto con avalar toda la política pública que se está realizando en materia de lactancia materna y con permitir los bancos de lactancia materna, establece la posibilidad de amamantar en público, con tranquilidad, sin pasar un mal rato, siendo esto al mismo tiempo coherente con una política pública que busca favorecer la maternidad cuando esta llega.
Así que, sin más, señor Presidente, estoy muy satisfecho de este proyecto.
Espero que sea aprobado por amplia mayoría y que el Gobierno nos invite a la promulgación de la ley.
¡Si con tanto esfuerzo puso esta iniciativa en carpeta, que se acuerde de esto cuando ella se publique e invite a los autores de la moción!
Muchas gracias.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, deseo partir felicitando a los parlamentarios autores de la moción.
Tal como decía mi colega el Senador Ricardo Lagos, hoy día estamos legislando sobre algo que debiera ser natural, normal y que no tendría que requerir ley. Es decir, en nuestro país se necesita una ley para regular algo que debiera ocurrir con naturalidad.
Este proyecto recoge las prácticas y las normas de la OMS y de la UNICEF, reguladas ya en 1981 por estos organismos en el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna.
Por lo tanto, más allá de que nos parezca de repente increíble toda esta situación, sí debemos reconocer que en el trabajo de esta normativa, tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados, se reconoce y recoge todo el avance que el mundo ha tenido en esta materia.
A este respecto, es preciso señalar que en el ordenamiento internacional los gobiernos organizan los sistemas de apoyo social para proteger y facilitar la lactancia natural; crean un medio ambiente (ante todo cultural) que favorezca el amamantamiento, y prohíben la publicidad y la promoción de sucedáneos de leche materna.
El hecho de que la normativa de nuestro país hoy día se ordene en una legislación positiva habla muy bien de nosotros. Y junto con revelar la intolerancia que muchas veces existe de parte de algunas y de algunos, también nos pone en la palestra en la legislación positiva al ordenar una serie de situaciones que hoy día se agregan en la legislación chilena.
Señor Presidente, cuando uno mira la legislación que estamos aprobando, destaca una serie de consideraciones importantes que hizo la Cámara de Diputados, contribuyendo así a lo que el Senado ya había realizado con anterioridad y que hoy día, por cierto, perfecciona en el tercer trámite constitucional.
Sin lugar a dudas, la garantía para el libre ejercicio de la lactancia es un paso relevante en nuestra legislación.
Consecuentemente, el derecho al libre amamantamiento por parte de la madre se añade como excepción a la corresponsabilidad social, es decir, al derecho que tiene toda persona a exigir el cumplimiento de la presente ley y denunciar su violación.
También en la Cámara de Diputados se profundizó lo relativo al derecho a un amamantamiento libre, en cualquier lugar en que se realice, estableciéndose la prohibición a todo establecimiento de imponerles cobros a las madres que deseen ejercerlo.
Por eso, más allá de que me parezca increíble que estemos legislando sobre la materia, debo señalar que se incorporan por otro lado normas positivas en esta legislación, las que la enriquecen.
Ahora bien, dado que el amamantamiento libre cumple con un objetivo social de psicoeducación de la población, que normaliza el acto del amamantamiento y lo reconoce como una cuestión de salud pública y no de moral o buenas costumbres, es importante eliminar cualquier limitación tendiente a impedirlo.
Por ello, se agregan expresamente en el Código del Trabajo como actos de discriminación las distinciones o exclusiones basadas en motivos de maternidad, lactancia materna o amamantamiento.
La Cámara de Diputados, en pos de la efectiva realización del derecho de niñas y niños al más alto nivel posible de salud que les reconoce la Convención de los Derechos del Niño, establece expresamente como un derecho de las madres el acto solidario de donar leche de modo gratuito, voluntario y libre para el uso o beneficio de los recién nacidos que no tengan posibilidad de ser alimentados por su propia madre o en los casos en que, pudiendo serlo, la leche producida por ella constituya un riesgo para la salud del lactante.
Señor Presidente, en virtud de la integralidad y el robustecimiento de las modificaciones introducidas al proyecto de ley en sus trámites legislativos, voto a favor de esta iniciativa. Y felicito, una vez más, a sus autores
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El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Terminada la votación.
--Se aprueban las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados (35 votos afirmativos), dejándose constancia de que se reúne el quorum constitucional exigido, y el proyecto queda despachado en este trámite.
Votaron las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Harboe, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Montes, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Quinteros y Sandoval.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Se deja constancia de la intención de voto favorable de los Senadores señores Girardi y Guillier.
De más está decir que se felicita a los autores de esta importante moción.