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MODIFICACIÓN DE LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA PARA REGULACIÓN DE CAPTURA DE JIBIA


El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, por su intermedio, quiero saludar a todos los representantes de los pescadores artesanales que nos acompañan en las tribunas. Ayer se retiraron bastante molestos porque no alcanzamos a votar, y ni siquiera a discutir, la iniciativa en la Sala. Espero que en pocos minutos más se vayan con una buena noticia.
Saludo especialmente a quienes representan a los pescadores artesanales de mi región, la Región del Maule.
Se ha discutido respecto de la constitucionalidad del proyecto.
El Senador Chahuán, que me antecedió en el uso de la palabra, se refirió a ese punto. No profundizaré en los argumentos que él planteó, que comparto.
Pero cuando se indica que se están afectando o modificando atribuciones propias de un servicio público, eso no obsta a que una materia pueda ser regulada de manera directa por la ley. En caso contrario, bastaría con regular algo, con otorgar una atribución a un servicio público y generar una veda -por decirlo de alguna manera- para legislar sobre la materia.
Por tanto, me parece que el proyecto no es inconstitucional. Y espero que ni el Gobierno ni un grupo de Senadores o Diputados recurran al Tribunal Constitucional, que se ha transformado, en los hechos, en el guardián del abuso en Chile. Y en este caso podría ser el guardián del abuso que se produce en la pesca de nuestro país.
Por cierto, se ha planteado que esta materia es propia de una ley de quorum calificado, pero tengo la convicción de que superaremos con creces esa votación, tal como ocurrió en su momento cuando el proyecto fue aprobado en la Cámara de Diputados.
Y al aprobarse el texto sin modificaciones, quedaría en condiciones de ser promulgado por el Presidente de la República, para convertirse en ley y entrar en vigencia.
La reflexión de fondo es cómo generamos condiciones para una pesca sustentable, pues el arte de pesca, la forma como se pesca, no es irrelevante para evitar la depredación de los recursos marinos.
La jibia en su momento fue considerada una amenaza, ya que obviamente tiene un carácter depredador para otras especies. Sin embargo, fue la depredación realizada por la pesca indiscriminada la que transformó a este recurso en la tabla de salvación de los pescadores artesanales.
¡No cometamos el mismo error!
Si no ha funcionado la legislación existente en materia de pesca de manera adecuada para la preservación de los recursos marinos, hoy estamos haciendo un cambio sustantivo en el paradigma regulatorio a través del establecimiento de una restricción en la forma como se pesca.
La línea de mano o potera es utilizada en países que tienen una enorme capacidad en este ámbito y una industria bastante consolidada, como Japón, China y, aquí al lado, Perú.
Por lo tanto, la reflexión consiste en si vamos a fortalecer la pesca selectiva o la de arrastre, toda vez que esta última es de carácter indiscriminado y genera un efecto depredador.
Yo me he reunido con representantes de los pescadores artesanales de mi región y de otras regiones. Y también he concedido audiencias -lo señalo con toda claridad, pues me las han solicitado en virtud de la Ley del Lobby- a personas que se oponen a este proyecto de ley, porque me parece que es de la esencia de la democracia escuchar las distintas visiones.
Me he formado la convicción de que esta es una buena iniciativa para nuestro país y, producto de ese convencimiento, concurriré a su aprobación.
Muchas gracias, señor Presidente.
--(Aplausos en tribunas).