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MODIFICACIÓN DE CÓDIGO LABORAL EN MATERIA DE CONTRATO DE TRABAJO POR OBRA O FAENA


El señor MONTES (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo en materia de contrato de trabajo por obra o faena, con segundo informe e informe complementario del segundo informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y certificado de la Comisión de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (7.691-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 7ª, en 4 de abril de 2012 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Trabajo y Previsión Social: sesión 3ª, en 21 de marzo de 2017.
Trabajo y Previsión Social (segundo): sesión 14ª, en 9 de mayo de 2018.
Trabajo y Previsión Social (complementario del segundo informe): sesión 61ª, en 17 de octubre de 2018.
Hacienda (certificado): sesión 62ª, en 23 de octubre de 2018.
Discusión:
Sesiones 5ª, en 4 de abril de 2017 (queda para segunda discusión en general); 6ª, en 5 de abril de 2017 (se aprueba en general).
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- La iniciativa fue aprobada en general en sesión de 5 de abril de 2017.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que el número 3 del artículo único no fue objeto de indicaciones ni de modificaciones. Esta disposición debe darse por aprobada, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador, con acuerdo unánime de los presentes, solicite su discusión y votación.
--Se aprueba reglamentariamente.
El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- El referido órgano técnico efectuó diversas enmiendas al texto aprobado en general, todas las cuales fueron acogidas por unanimidad.
Cabe recordar que las modificaciones unánimes deber ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifiesten su intención de impugnar la proposición de la Comisión respecto de alguna de ellas o existieren indicaciones renovadas.
Correspondería, por tanto, votar sin debate las enmiendas aprobadas por unanimidad.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado que transcribe el texto aprobado en general, las enmiendas realizadas por la Comisión de Trabajo y Previsión Social y el texto como quedaría de aprobarse tales modificaciones.
Cabe agregar que, como se ha dado cuenta hace unos momentos, el proyecto también ha sido informado favorablemente por la Comisión de Hacienda en forma unánime.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Gracias, señor Secretario.
El Ministro del Trabajo ha solicitado autorización para el ingreso a la Sala del Coordinador Legislativo del Ministerio don Francisco del Río.
El señor ARAYA.- No.
La señora GOIC.- No.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- No hay acuerdo.
En discusión particular.
Tiene la palabra la Senadora señora Goic, Presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.


La señora GOIC.- Señor Presidente, quiero recordar que la referida Comisión efectuó una larga tramitación de este proyecto: desde octubre de 2014 hasta el año 2017, se elaboró el primer informe y la Sala aprobó la idea de legislar; luego retomamos hasta enero de 2018, cuando despachamos el segundo informe; de ahí hasta el día de hoy, cuando emitimos el informe complementario, respecto del cual digo con gusto que es el resultado de un acuerdo unánime alcanzado en la Comisión.
También es importante hacer presente que el texto que se aprobó en general introdujo cambios sustantivos a la normativa que acogió en su oportunidad la Cámara de Diputados, instancia que había consagrado la presunción legal de lo que debía entenderse por contrato por obra o faena, y así evitar eventuales malas prácticas laborales destinadas a disfrazar contratos indefinidos como contratos por obra o faena.
La Comisión, en forma unánime, acordó establecer en el Código del Trabajo una definición de contrato por obra o faena, materia que había suscitado controversias en la doctrina y en la realidad laboral en desmedro de los trabajadores sujetos a dicha figura contractual.
El artículo 10 bis que se agrega al Código del Trabajo resalta el carácter "finable" de la obra o faena, esto es, que debe existir una secuencia lógica entre su inicio y su término, en la que el trabajador se obliga con el empleador a ejecutar una obra material o intelectual, específica y determinada. La vigencia del contrato se circunscribe a la duración de la obra o faena que se va a ejecutar.
Asimismo, la norma aclara que las diferentes tareas o etapas de una obra o faena no pueden por sí solas ser objeto de dos o más contratos de este tipo en forma sucesiva, caso en el cual se entenderá que el contrato es de plazo indefinido.
Además, se especifica que no tendrán el carácter de contratos por obra o faena aquellos que implican la realización de labores o servicios de carácter permanente y que, como tales, no cesan o concluyen conforme a su naturaleza, lo cual se determinará en cada caso específico por la Inspección del Trabajo respectiva. En la discusión en particular se consideró pertinente dejar explícita la participación de los tribunales de justicia, si surge controversia acerca del carácter de un contrato.
Vinculado al concepto recién explicitado, se establece el derecho a feriado anual de los trabajadores que presten servicios continuos al mismo empleador en virtud de dos o más contratos por obra o faena y que, obviamente, sobrepasen el año.
Asimismo, se contempla una indemnización equivalente a dos y medio día de remuneración por cada mes trabajado y fracción superior a quince días, si el contrato por obra o faena hubiese estado vigente, obviamente, por un mes o más.
Tal indemnización se pagará si el contrato termina por la causal del número 5 del artículo 159 del Código del Trabajo, esto es, la conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
En todo caso, se contempla la imputabilidad del seguro de cesantía a la indemnización, dada la necesidad de una simetría indemnizatoria con los contratos indefinidos y la legislación vigente.
Se agrega un artículo 23 transitorio al Código del Trabajo, que establece una gradualidad para la aplicación del pago de esta indemnización: un día de remuneración por mes trabajado para los contratos celebrados durante los primeros dieciocho meses de vigencia de la ley (hasta julio del 2020); un día y medio para los contratos celebrados desde el decimonoveno mes y por los siguientes doce meses (hasta julio del 2021); dos días para los contratos celebrados después del plazo anterior y por los siguientes seis meses (hasta enero del 2022), y dos días y medio para los contratos celebrados con posterioridad a esa fecha.
Durante la discusión en particular se realizaron diversas adecuaciones a artículos del Código del Trabajo vinculadas a la indemnización para los contratos por obra o faena. Entre ellas, destaco el inciso final que se agrega al artículo 169, referido a la extensión de las exigencias para el caso del pago por término de contrato por necesidades de la empresa al pago de la indemnización por obra o faena.
Asimismo, se agregó un mecanismo de protección en materia de salud para el trabajador que, habiendo enterado cuatro cotizaciones al Fondo Nacional de Salud en los últimos doce meses calendario, hubiere terminado su vínculo laboral por obra o faena. En tal caso, el trabajador mantiene su calidad de afiliado por un período de doce meses a contar del mes al que corresponde la última cotización.
En resumen, se estableció la implementación progresiva de la indemnización de los dos días y medio -tema que en su momento trabó la discusión-, a partir de enero del 2022; se introdujeron las adecuaciones necesarias para el mercado del trabajo, que era la preocupación que planteó el Ejecutivo, y se fijaron los resguardados en materia de cobertura de salud para esos trabajadores.
Por eso en la Comisión aprobamos por unanimidad las enmiendas al proyecto, y sugerimos a la Sala proceder de igual manera.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Moreira.
¡A ver si nos ilustra...!
El señor MOREIRA.- Señor Presidente, a propósito de normas laborales, deseo ilustrarlo con dos frases muy importantes.
El destacado historiador italiano Cesare Cantú señaló: "El pan más sabroso y la comodidad más agradable son los que se ganan con el propio sudor".
Y el famoso médico francés Victor Pauchet dijo: "El trabajo más productivo es el que sale de las manos de un hombre contento".
Este proyecto de ley busca solucionar un problema que se viene discutiendo desde hace más de una década.
El abuso de las normas o de las llamadas "lagunas" del Código del Trabajo por parte de unos pocos dio lugar a situaciones muy intolerantes en contra de los trabajadores, en especial cuando se escondía la naturaleza de su relación laboral indefinida bajo el disfraz de una serie de contratos sucesivos por obra o faena.
En la Región de Los Lagos se van a ver beneficiados los trabajadores del sector acuícola y los temporeros del ámbito agrícola, quienes prestan servicios en temporadas de recolección.
Las personas trabajan mejor cuando se sienten satisfechas con su ambiente laboral. Esa premisa nos motiva a legislar en esta y otras materias, porque en este Congreso (Derecha, Centro o Izquierda) siempre hemos tenido preocupación, sobre todo en las últimas décadas, por ir mejorando la situación de los trabajadores en Chile, independiente de que algunos no lo sientan así.
Señor Presidente, es positivo definir qué se entiende por "contrato por obra o faena", siguiendo los parámetros establecidos por los dictámenes de la Dirección del Trabajo.
Como señaló la Presidenta de la Comisión de Trabajo, la indemnización que establece la iniciativa, de dos días y medio de remuneración por cada mes trabajado y fracción superior a quince días, supone un avance respecto de la situación actual de los trabajadores. El hecho de que se haya determinado que solo se aplica cuando concurre la causal del Nº 5 del artículo 159 permite tener claridad de su utilización.
Asimismo, consagrar el feriado como un derecho en este tipo de contratos es un beneficio que varios sectores ya tenían incorporado, por lo que se regula en Derecho algo que ya se venía pactando.
Sin embargo, nos preocupan los efectos que pueda representar esta nueva carga para los empleadores, en especial para los pequeños productores que ocupan mano de obra intensiva solo en ciertos períodos.
Además, el Gobierno ha comprometido enviar, en poco tiempo más, un proyecto de ley destinado a mejorar las pensiones de dichos trabajadores, lo cual -según se dice- incluirá un alza en las cotizaciones de cargo del empleador.
En este Senado ya se tramita la iniciativa que busca implementar el beneficio de la sala cuna universal para la mujer trabajadora, lo que también implicará un aumento de lo que le costará cada trabajador a su empleador.
Ese es un tema sensible que no podemos desconocer.
Todos esos proyectos significarán un incremento no menor, de aquí a algunos años, de lo que debe aportar un empleador por cada trabajador contratado. Toda mejora en los derechos laborales es bienvenida, pero hay que actuar con responsabilidad para no terminar perjudicando a quienes decimos defender y proteger.
Agradezco la disposición del Gobierno y de este Senado en aras de lograr un acuerdo que implique ir otorgando el beneficio a lo largo de un período de 36 meses. Ello permitirá una adaptación gradual y una mejor planificación con el objeto de que los empleadores puedan ir adoptando las medidas necesarias para una mejor y completa aplicación de esta futura ley.
Con todo, esta es una buena iniciativa, que ha sido mejorada. Esperemos que pueda cumplir su objetivo y ser un aporte a los trabajadores que prestan servicios por obra o faena, y no un freno a su contratación.
Vamos a votar que sí.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Se procederá a abrir la votación de las enmiendas unánimes que introdujo la Comisión de Trabajo.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, estimados colegas, esta es quizá una de las reformas laborales que, en lo personal, más he esperado, por cuanto su impacto para un sector muy grande de trabajadores agrícolas de temporada es tremendamente significativo.
Este proyecto contiene, esencialmente, cinco elementos.
El primero es cambiar la definición del contrato por obra o faena.
En esta materia ha habido una distorsión a lo largo de los años, producto del cambio de nuestra economía. No hay que olvidar que este tipo de contrato tuvo su origen en la construcción, pero después se extendió su uso a otros sectores (agrícola, forestal, pesquero), y se fue desnaturalizando.
Una primera modificación es la definición de contrato por obra o faena, en la que se diferencia, claramente, que una tarea específica en una faena no es divisible.
Pongo ejemplos.
En los packing, las mujeres entran a trabajar en diciembre con los carozos: trabajan y después las cortan.
Llega la época de las guindas: las personas trabajan, las cortan.
Las uvas: trabajan, las cortan.
Las manzanas: trabajan, las cortan.
En una temporada, en una obra o faena, ¡pueden llegar a tener cinco o más contratos!
Lo mismo ocurre en los trabajos que se realizan en los huertos. Hay trabajadores que participar en la poda, en el amarre, en el desbrote, en la cosecha. Y dependiendo del tipo de cosecha, del tipo de fruta, les siguen haciendo contratos distintos. De hoy en adelante será un contrato por obra o faena.
Esto va a permitir, señor Presidente, un incentivo correcto al uso de ese contrato y, además, impedirá que a personas a las que les hacen más de un contrato en el año con el mismo empleador y que trabajan con él todo el año se les subdividan los contratos, con lo que tendrán un contrato indefinido, de una vez.
El cambio de concepto es un tremendo avance en este proyecto, y hay que aplaudirlo, porque es un tremendo logro.
En segundo lugar, la iniciativa establece claramente el derecho a vacaciones proporcionales siempre, pudiendo estas ser diferidas y pagadas al momento del finiquito.
Asimismo, se consagra un sistema de indemnización de dos días y medio por mes trabajado o fracción superior a quince a días.
A petición del Gobierno, construimos un acuerdo para que la implementación de ella fuera gradual. Habrá una amplia gradualidad, de 36 meses, para llegar a implementar la referida indemnización. Creo que ese acuerdo tiene mucho valor, y por eso lo suscribimos.
¿Por qué es importante establecer y explicar lo de la indemnización, señor Presidente? Porque quienes trabajan con un contrato por obra o faena están sujetos a un contrato más precario que el contrato indefinido. ¡Es más precario! Por ende, es relevante reconocer que la persona sometida a ese tipo de contrato tendrá derecho a vacaciones y a una indemnización. Ahora bien, estas personas no participan en las utilidades de la empresa. Esto último, que sí es propio del contrato indefinido, no lo tienen los trabajadores por obra o faena. De ahí que sea tan importante estipular esta indemnización como un derecho en nuestro ordenamiento jurídico.
Adicionalmente, se incorpora un artículo 2°, nuevo, que a mi juicio es tremendamente significativo. A este respecto, agradezco que el Ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, haya acogido nuestra petición en orden a que se reconozca que quienes cotizan cuatro veces en el plazo de doce meses tendrán derecho a cobertura de FONASA durante todo el año siguiente, de forma tal que a los trabajadores por obra o faena, cuando los finiquiten, no se les bloquee el acceso a los derechos sociales. Porque hoy en día, por el tipo y código de contrato, FONASA, cuando se informa que se ha finiquitado a un trabajador, le corta su derecho.
Ese es uno de los avances que permite complementar este proyecto en su globalidad.
Algunos estiman que a más del 20, del 22 por ciento de la fuerza de trabajo en nuestro país se le vincula a este tipo de contrato. Es difícil conocer la cifra exacta. Lo que sí creo es que con esta normativa se hace una tremenda justicia a muchas mujeres y hombres trabajadores, cambiando la definición; reconociéndoles el derecho a indemnización, cuya implementación será gradual; otorgándoles el derecho a días de vacaciones proporcionales, y estableciendo para ellos derechos de salud.
Por último, valoro mucho que este proyecto, aunque se demorara en salir, lo hayamos hecho en conjunto, alcanzando un acuerdo para que esto pueda funcionar. Sé que con el Ministro del Trabajo tuvimos unos "tira y afloja" para que esta propuesta resultara.
Por eso, deseo agradecer a la Comisión de Trabajo que hayamos logrado sacar adelante esta iniciativa.
Me parece que esta es una forma tremendamente importante de construir acuerdos aquí, en el Parlamento.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, votaré a favor de este proyecto y de las indicaciones propuestas, que permiten igualar de alguna forma a miles de trabajadores con contrato de obra o faena, que hasta ahora cuentan con una protección menor en materia de indemnizaciones y feriados.
Este tipo de contratación se ha transformado, desde hace mucho, en un mecanismo utilizado abusivamente por ciertos empleadores para burlar el cumplimiento de los derechos laborales de sus trabajadores.
De la misma manera como algunos empresarios recurren a diversas fórmulas para eludir sus obligaciones tributarias, también utilizan este tipo de contrato y otros recursos para eludir obligaciones laborales.
Esta iniciativa pretende poner fin a los abusos que cometen algunos que han desnaturalizado estos contratos.
Aquellos que los utilizan correctamente, porque se ajustan a la naturaleza de sus faenas, no se verán afectados. De hecho, muchas empresas, sobre todo en la construcción y el montaje, han celebrado convenios colectivos en que han incorporado algunas de las cláusulas que ahora se reconocerán por ley, como la indemnización al término de la obra o faena.
En la Región de Los Lagos es común que en la industria salmonera se contrate a personal para la cosecha o faena de determinada especie, lo que luego da paso a otro contrato para realizar una actividad similar pero con otra especie.
Igual situación ocurre en la agricultura.
Ambas son actividades relevantes en la Región que represento.
Pero ninguna actividad, ninguna condición especial, ningún sector justifica que se discrimine en el reconocimiento de derechos esenciales de los trabajadores.
Hace pocos días tuve la ocasión de exponer ante representantes del sector acuícola. Ahí me referí a los que considero los desafíos principales de esta industria para mantener sus posiciones de liderazgo.
Por eso, en mi opinión, es primordial la relación que tenga la industria con las comunidades y sus trabajadores. No basta con dar empleo. El trabajo debe ser de calidad. Y el tipo de contratación y los derechos que emanan de esos contratos dan cuenta de ello.
Estos factores, junto con la innovación y desarrollo, son los que permitirán asegurar la sostenibilidad de la actividad.
En pleno siglo XXI no es aceptable que se persiga mayor productividad a costa de los derechos y condiciones laborales de los trabajadores. Deben ser la capacitación, la innovación y la tecnología las herramientas que permitan hacer más competitivas a las empresas.
Pero como nobleza obliga, debo reconocer que el promedio de las remuneraciones de ese sector -hablo de la salmonicultura- es mayor al promedio general de la Región.
No obstante, estoy convencido de que se puede hacer un esfuerzo mayor en el reconocimiento de derechos de su fuerza laboral, conformada en buena parte por mujeres.
Por cierto, no hay ánimo de perjudicar al sector privado, ni menos al Gobierno de turno. Este proyecto se inició en el período anterior por un grupo transversal de Diputados. Y, de hecho, el actual Ministro del Trabajo es uno de sus autores.
El único objetivo de la iniciativa es nivelar a un segmento de trabajadores que se había quedado atrás en sus derechos laborales. Muchas empresas ya han corregido esta situación, mientras que otras deberán adaptarse.
Por las razones expuestas, voto a favor.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Ha pedido la palabra el señor Ministro, pero estamos en votación. ¿Habría acuerdo de la Sala para que pudiera intervenir?
Acordado.
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El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Antes de que intervenga el señor Ministro, le ofrezco la palabra a la Senadora señora Goic.
La señora GOIC.- Señor Presidente, pido que se recabe el acuerdo de la Sala para refundir el proyecto, iniciado en mensaje, que crea el beneficio social de educación en el nivel de sala cuna (boletín No 12.026-13) con dos mociones: una de quien habla (boletín No 11.655-13), también relacionada con el derecho a sala cuna; y la otra, de las Senadoras Muñoz y Órdenes y los Senadores Quintana y Soria (boletín No 11.671-13), que apunta a la misma temática.
Esto fue conversado con el Ejecutivo, el cual está de acuerdo, y también con los integrantes de la Comisión.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo para refundir los proyectos que se han señalado?
Acordado.
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El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.
La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, en representación de la Comisión Especial de la Mujer y la Igualdad de Género, solicito que se pueda enviar desde la Comisión de Educación un proyecto de ley que se presentó hace tiempo y que propone incorporar en los programas de educación cívica materias relativas a igualdad de género, que no había solicitado anteriormente.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- ¿Eso está concordado con la Comisión de Educación? ¿Lo han pedido?
La señora MUÑOZ.- Estamos solicitándolo a la Comisión de Educación a través de la Mesa.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Se dará curso a la petición, señora Senadora.
La señora MUÑOZ.- Muy bien.
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El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Ministro.


El señor MONCKEBERG (Ministro del Trabajo y Previsión Social).- Señor Presidente, gracias por haberme autorizado a hacer uso de la palabra en forma extraordinaria, pues se está en votación.
Intervengo ahora porque, además, debo ir a la Cámara de Diputados a la votación de un proyecto en Comisión.
Pero no quería dejar la Sala sin antes agradecer y hacer presente lo que significó la tramitación de esta iniciativa, que, como aquí se ha dicho, fue fruto de un acuerdo unánime, ¡que no fue fácil! Por supuesto, había distintas posturas; hubo que compatibilizar posiciones. No obstante, siempre existió esa voluntad de persuadir y dejarse persuadir.
Valoro la posición que en esto tuvo la Comisión de Trabajo, presidida por la Senadora Goic e integrada por la Senadora Muñoz y los Senadores Letelier, Allamand y Durana. Y también reconozco el trabajo de la Comisión de Agricultura, que constantemente nos hizo llegar sus puntos de vista.
Creo que nos encontramos ante un proyecto importante, que reconoce mejoras en la calidad de vida y en las condiciones de los trabajadores con contrato por obra o faena. Y también pone por delante otros desafíos para los trabajadores del mundo rural, como es el estatuto del trabajador agrícola. Es muy relevante para nuestro Gobierno y -estoy seguro- para muchos parlamentarios sacarlo adelante.
A mi juicio, el acuerdo que se logró en torno a este proyecto debería ser un incentivo para apurar la tramitación del estatuto mencionado, porque era una de las piedras de tope que trancaba su discusión.
En consecuencia, señor Presidente, agradezco la voluntad de acuerdo de todos los parlamentarios.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Gracias, señor Ministro.
Tiene la palabra el Senador señor Durana.


El señor DURANA.- Señor Presidente, la incorporación del contrato por obra o faena al Código del Trabajo constituye una herramienta para reducir la alta tasa de ocupación informal existente en nuestro país, la cual, conforme al último informe trimestral del Instituto Nacional de Estadísticas, alcanza un 28,5 por ciento.
En el caso de la Región de Arica y Parinacota, la tasa de ocupación informal es superior en casi siete puntos porcentuales al promedio nacional, llegando a un 35,3 por ciento, lo cual se da en un contexto en que en la presente gestión de Gobierno la tasa de desocupación de nuestra Región -de 6,1 por ciento- ha logrado ser más baja que el promedio nacional, que alcanza el 7,3 por ciento.
La coincidencia entre un porcentaje de desocupación informal y de desempleo superiores al promedio nacional se da en nueve regiones: Arica y Parinacota, Tarapacá, Coquimbo, Maule, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Aisén.
En la parte final del artículo 10 bis propuesto se incorpora una norma que dispone que, en caso de controversia, serán los tribunales de justicia los que decidirán si se trata de un contrato por obra o faena o de contratos que implican servicios o labores de carácter permanente. Esto garantiza que dicha decisión no quede librada a la Inspección del Trabajo y responda, en definitiva, a un desarrollo jurisprudencial, que irá acogiendo las distintas modalidades de contrato por obra o faena que se presenten.
Entre las principales modificaciones aprobadas, destaco las siguientes.
Se permite la exclusión del concepto "remuneración" de todas las indemnizaciones, no dejando espacio para interpretaciones en orden a incorporar en la remuneración algún tipo de indemnizaciones que no sean por años de servicio.
La incorporación propuesta de un nuevo inciso segundo al artículo 67 del Código del Trabajo, el cual busca equiparar el derecho de un trabajador permanente con quien suscribe dos o más contratos de obra o faena que en su conjunto sobrepasen el término de un año. Este nuevo inciso permite una adecuada operatividad para el pago de feriados.
Otra modificación es la que establece un adecuado régimen de cálculo de indemnización por término del contrato por obra o faena.
También cabe destacar la enmienda que establece un régimen de salud adecuado para los trabajadores que celebren contratos por obra o faena.
Creo que efectivamente estamos avanzando en generar una igualdad de derechos y oportunidades para nuestros trabajadores.
Voto a favor, señor Presidente.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Elizalde.


El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, quiero valorar el proyecto que estamos aprobando en esta sesión, el cual modifica el Código del Trabajo en materia de contrato de trabajo por obra o faena, por varias razones.
En primer lugar, contribuye a equiparar e igualar, en alguna medida, el marco regulatorio que existe para los trabajadores en general respecto de los trabajadores por obra o faena. Y por tanto, pone fin al incentivo de catalogar por obra o faena a aquellos contratos que no lo son.
Esta iniciativa establece derechos en materia de feriados e indemnizaciones que no estaban presentes en nuestra legislación y que contribuyen a un mejor marco regulatorio con el debido respeto a los derechos de los trabajadores.
Además, expresa algo evidente en el Derecho Laboral, pero que muchas veces no se aplica, que es el principio de realidad: las cosas son lo que son y no lo que se dice que son.
Lamentablemente, son muchos los casos de abusos en que para burlar la legislación vigente en materia laboral se cataloga, de manera ficticia, un contrato por obra o faena sin serlo. Obviamente, en el contrato por obra o faena propiamente tal el trabajador no cuenta con los derechos que sí tienen los otros trabajadores.
Creo que el proyecto constituye un avance significativo, importante, y da cuenta de la voluntad de acuerdo que ha habido para avanzar en esta iniciativa.
En segundo término, quiero valorar el sentido del acuerdo al que se arribó, porque el proyecto fue aprobado por unanimidad en la Comisión. Y esto es expresión de lo que le hemos planteado al Gobierno en reiteradas oportunidades. Quienes pensamos distinto y tenemos una visión diferente al oficialismo hemos señalado que el espacio para el diálogo fecundo, de cara a la ciudadanía, entre Gobierno y Oposición, es el Congreso Nacional. Y ese diálogo debe desarrollarse sobre la base de las convicciones de cada uno, no de la imposición de una visión sobre otra. El diálogo no puede ser un monólogo, sino que tiene que ser expresión de la diversidad. Y la voluntad de entendimiento debe expresarla.
Por tanto, reiteramos lo señalado por la bancada Socialista: nuestra disposición al diálogo siempre va a existir. Lo haremos sobre la base de aquello en lo que creemos, de nuestras convicciones más profundas. ¡Y los derechos de los trabajadores forman la esencia de nuestra visión de cómo construimos un Chile mejor!
Ese diálogo se debe desarrollar de forma constructiva en este espacio, que es el espacio en que se expresa la democracia y la diversidad de Chile.
Voto a favor.
Reitero la valoración del rol que han tenido el propio Ministro del Trabajo y los integrantes de la Comisión de Trabajo de la Corporación para generar un acuerdo sustantivo, que permite que este proyecto sea aprobado por un amplio margen en el Senado.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Aravena.


La señora ARAVENA.- Señor Presidente, todos los esfuerzos realizados y lo que hemos conversado hoy día para mejorar las condiciones laborales de nuestros trabajadores siempre serán bienvenidos.
Resulta significativo el hecho de contar con un feriado proporcional; acceder a indemnización efectiva y equivalente a los días trabajados, y solucionar la situación de FONASA, que permite la cobertura, principalmente de las mujeres.
En eso me quiero detener.
En mi Región de La Araucanía se ha incrementado este tipo de contratación a raíz de una modificación de la matriz productiva, transformando a una zona muy importante de la Región en frutícola, lo que ha permitido efectivamente que muchas mujeres que no contaban con opciones laborales ahora sí las tengan, y ahora estarán en mejores condiciones. Eso es valorable.
Eso sí, dada mi condición de agrónomo y de Presidenta de la Comisión de Agricultura, creo que es bueno también señalar que muchas veces no es que el empleador quiera contratar cada cuatro meses, sino que las actividades productivas, de alguna manera, duermen parte del año, porque todo lo que es agricultura tiende a ser estacional.
Por consiguiente, así como ha habido empresarios abusivos que, de alguna forma, han utilizado este contrato para disminuir sus costos, también hay otros que, con mucho esfuerzo, contratan y pagan bien, pero requieren a las personas una parte del año.
Por lo tanto, si eso es algo esporádico, como es el caso del contrato por obra o faena en el sector agrícola propiamente tal, no es porque se desee, sino por necesidad. Porque, evidentemente, si les preguntamos a los consumidores si quieren que se encarezcan sus productos en función de una contratación anual, seguramente habría muy pocos de acuerdo.
Por ello, la actividad agrícola -la defiendo en este contexto- va a asumir -y, espero, con mucha voluntad- la ley en proyecto, que mejora la condición de trabajo principalmente de mujeres en el caso de mi Región.
Es importante decirle a la comunidad que hay muchos empleadores honestos que contratan cada tres o cuatro meses porque ello corresponde a la estacionalidad propia de la actividad productiva.
Entonces, aquí no hay ni malos ni buenos, sino personas honestas que desean construir un país mejor y que están llevando a cabo en condiciones nobles su actividad productiva.
Por supuesto, voto a favor de este proyecto.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Castro.


El señor CASTRO.- Señor Presidente, cuando tratamos de aprobar un proyecto como este debemos pensar en los beneficios, en su impacto en la economía, pero también en la justicia que merecen miles de trabajadores de nuestro país.
Quiero resaltar que esta iniciativa nació de una moción presentada por varios Diputados de todos los sectores políticos y que también fue defendida en este Senado.
En primer término, debo decir que el proyecto que nos ocupa es justo al entregar una definición legal de contrato de trabajo por obra o faena sin derogar la norma vigente, ya que debe existir para determinadas actividades, pero evitando que se use, como hasta ahora, para burlar la ley laboral y eludir el cumplimiento de los derechos de los trabajadores, que son mínimos.
En segundo lugar, ¡quién no estaría de acuerdo en asegurar que un trabajador tenga un descanso anual adecuado!
Se debe pensar que los trabajadores son seres humanos. Por lo tanto, requieren tiempo de descanso suficiente para recuperar fuerzas y para compartir con su familia.
El feriado que establece esta normativa implica avanzar hacia un mínimo al cual tienen derecho todos los trabajadores de nuestro país. Y si no hacen uso de sus vacaciones, se les pagará el proporcional.
En seguida, se otorga un beneficio que tienen todos los trabajadores en Chile, cual es el derecho a indemnización por el tiempo de servicio: dos y medio días de remuneración por cada mes trabajado y por fracción superior a quince días.
¿Cuál es el problema? Que no hay mejor política laboral que el pleno empleo.
¿Se puede afectar el pleno empleo? Por supuesto. Pero en ningún caso ello perjudicará a los empleadores que actúen lealmente con sus trabajadores.
Señor Presidente, estamos aguardando un estatuto para los trabajadores de temporada. Porque no será la construcción la más golpeada, sino el agro (y eso me preocupa), sector que recibirá los efectos más perjudiciales.
Quedamos a la espera de una modificación legal profunda para el mundo agrícola.
Finalmente, considero justo para la economía que el avance en materia de indemnizaciones sea progresivo. En tres años tendremos legalmente a todos los trabajadores por obra o faena equiparados en sus derechos.
También tendremos con cobertura de salud a quienes trabajen bajo aquella modalidad.
En definitiva, el derecho de los trabajadores se ha de proteger, pero nunca debe ser motivo para que los empleadores y aquellos abusen de sus prerrogativas.
¡En tal dirección debemos avanzar!
Voto a favor, señor Presidente.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.


La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, quiero celebrar este día y este momento, cuando estamos logrando un avance muy sustantivo en materia de derechos laborales en nuestro país, y sobre todo porque lo estamos haciendo sobre la base de un acuerdo, lo que valoro muchísimo.
Por cierto, no fue fácil el debate en nuestra Comisión de Trabajo; tampoco, construir las bases del acuerdo y sus conceptos.
Sin embargo, conseguimos el propósito perseguido.
En tal sentido, valoro sobremanera el papel que ha jugado el Ministro Nicolás Monckeberg, con quien pudimos dialogar, conversar, y en definitiva, presentar a esta Sala la propuesta de ley que nos ocupa.
A partir de 1990, cuando se iniciaron los primeros intentos de modificación del Código del Trabajo en democracia, con el Diputado Juan Pablo Letelier, como representantes de zonas con mucha presencia de trabajadores y trabajadoras agrícolas, procuramos incorporar enmiendas al referido cuerpo de leyes mediante un título especial que logramos definir, que creo que es lo único que desde aquel año hasta ahora se ha podido incluir en materia de derechos laborales de los trabajadores de temporada.
Se trataba de los derechos a sala cuna, a transporte digno, a comedores adecuados. Eso quedó plasmado. Y -repito- es lo único que hasta hoy día, cuando estamos aprobando estas disposiciones, hemos logrado avanzar a lo largo de mucho tiempo -¡28 años!- para hacer visible la realidad de quienes laboran en una actividad económica muy compleja y significativa: la agroexportación.
Este proyecto -ya se ha dicho- surgió transversalmente de una moción de un conjunto de Diputados y Diputadas, y se orienta a hacer visible el contrato por obra o faena que existe hoy en el Código del Trabajo.
Estamos hablando de alrededor de un millón 764 mil trabajadores -es una cifra aproximada-, quienes representan a 25,5 por ciento del total de la fuerza laboral ocupada.
Ese tipo de contrato se concentra, asimismo, en 46 por ciento en los trabajadores de temporada o estacionales.
Se trata, pues, de un universo de trabajadoras y trabajadores muy importante.
Como se ha señalado aquí, lo más relevante de esta iniciativa es haber logrado, además de la indemnización y de las vacaciones, plasmar un concepto de "contrato por obra o faena". Porque ahí radican las prácticas abusivas relacionadas con esta figura.
Eso fue lo que se propuso el primer proyecto, y fuimos avanzando en tal línea.
Señor Presidente, establecer una definición a aquel respecto es muy relevante para abandonar las consecuencias perjudiciales que la indefinición tiene para los trabajadores y trabajadoras de temporada: inestabilidad laboral; precarización en el acceso a las prestaciones de seguridad social; carencia de indemnización y de feriado anual, e imposibilidad de negociar colectivamente.
Esas son todas las situaciones que viven hoy los trabajadores de temporada. Y con la iniciativa que vamos a despachar esta tarde las estamos resolviendo en gran parte.
Queda pendiente, por cierto, el estatuto laboral de los trabajadores de temporada, en el que es importante avanzar.
Como bien dijo el Ministro Monckeberg, tener en el Código del Trabajo una definición de contrato por obra o faena para los trabajadores en comento; establecer el derecho a feriado; consignar la indemnización -fue el punto que más debatimos-, e incorporar el derecho a la salud, todo eso da pie para que podamos avanzar en este proyecto, que está pendiente -entiendo- desde el año 2010.
Durante el primer Gobierno del Presidente Piñera no se logró avanzar.
Después la Presidenta Bachelet presentó una iniciativa muy cerca de la finalización de su mandato.
Creo, pues, que están dadas las condiciones para que en estos años avancemos en el referido estatuto, porque es muy necesario, dada la enorme cantidad de trabajadores de temporada.
Un gran número de trabajadoras estacionales se hallan expuestas a la acción de productos agroquímicos; tienen largas jornadas laborales; están sometidas a los vaivenes climáticos.
Entonces, es de la mayor significación que avancemos hacia la consagración de más derechos.
En consecuencia, señor Presidente, este constituye un muy buen inicio, sobre todo por la transversalidad del acuerdo que logramos.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Galilea.


El señor GALILEA.- Señor Presidente, este proyecto de ley soluciona un problema que se viene arrastrando desde hace bastante tiempo.
Los contratos por obra o faena, que son muy habituales básicamente en dos sectores de la economía, el agrícola y el de la construcción, muchas veces llevan implícita una dificultad no resuelta: cuando duran más de un año -ello puede ocurrir perfectamente-, los trabajadores sujetos a ese sistema contractual no tienen derecho a indemnización por años de servicio, ni tampoco a feriado proporcional.
De hecho, fui testigo de que muchas empresas otorgaban tales beneficios de manera voluntaria, entendiendo que era razonable que en períodos de labores por obra o faena muy largos los trabajadores tuvieran algún derecho asociado a las vacaciones. En otros casos se ampliaba a una especie de indemnización por años de servicio.
Entonces, el acuerdo que se logró en la Comisión me parece muy importante, básicamente por tres motivos.
En primer lugar, los dos y medio días por mes equiparan con toda justicia lo que vendría a ser exactamente el mes por año de servicio que tiene un trabajador con contrato indefinido.
En segundo término, se hizo otra cosa muy relevante: se dispuso una gradualidad para que la economía no se fuera a trastocar de forma severa a causa de esta iniciativa. Es decir, se estableció un proceso escalonado, para los próximos tres años -creo-, a los efectos de llegar a la indemnización de dos y medio días en régimen total y normal.
O sea, se han tenido en cuenta todos los factores que había que considerar para arribar al acuerdo pertinente.
Sé que en el mundo de la agricultura hay cierto ruido, algún reclamo por lo que estiman un encarecimiento excesivo de la mano de obra a raíz de la ley en proyecto.
Me parece que no es así, señor Presidente.
En todo caso, estimo que con el compromiso asumido en cuanto a trabajar un estatuto agrícola en el que están básicamente de acuerdo todos aquellos que se relacionan con dicho rubro (los sindicatos de trabajadores agrícolas, los empresarios agrícolas, la Sociedad Nacional de Agricultura, las asociaciones gremiales) se puede avanzar bastante rápido.
Ahora, considero que las modificaciones propuestas mediante este proyecto son de toda justicia.
Quiero felicitar sinceramente a quienes participaron en la Comisión de Trabajo.
Me tocó remplazar en algunas sesiones al colega Allamand. Por lo tanto, soy testigo del tiempo y del esfuerzo que dedicaron tanto Su Señoría cuanto las Senadoras Muñoz y Goic y los Senadores Durana y Letelier, así como el Ministro Nicolás Monckeberg y Francisco del Río (personero de larga trayectoria en asesoría legislativa), para lograr avances en esta materia.
En mi concepto, se trata de un cambio para bien.
No hay que mirar tanto el mayor costo sino el elemento de justicia que se les incorpora a los contratos por obra o faena en el mercado laboral chileno.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Comparto absolutamente su juicio, señor Senador.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Terminada la votación.
--Se aprueban las enmiendas unánimes propuestas por la Comisión de Trabajo (27 votos favorables) y el proyecto queda despachado en este trámite.
Votaron las señoras Aravena, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, Durana, Elizalde, Galilea, García, Guillier, Huenchumilla, Kast, Latorre, Letelier, Moreira, Ossandón, Prohens, Pugh, Quinteros y Sandoval.