Click acá para ir directamente al contenido
MODIFICACIÓN DE LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA PARA REGULACIÓN DE CAPTURA DE JIBIA


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, daré lectura al informe preparado por la Secretaría de la Comisión de Pesca y, en su momento, voy a fundamentar mi voto.
A las sesiones en que la Comisión analizó este asunto asistieron, además de sus integrantes, los Senadores señora Carolina Goic, señores Carlos Bianchi, Álvaro Elizalde y David Sandoval; la Diputada señora Joanna Pérez, y las siguientes personas e instituciones:
1.- El Alcalde de Lebu, señor Cristián Peña.
2.- El Centro de Estudios Legislativos, Administrativos, Políticos y Económicos (CELAP).
3.- La empresa pesquera de la Región del Biobío Pacific Blu.
4.- El Gerente General de la Pesquera Landes.
5.- La Confederación Nacional de Pescadores Artesanales de Chile (CONAPACH).
6.- La Asociación Gremial de Pequeños Armadores Artesanales (AGAPESCA).
7.- La Asociación Gremial de Productores Pelágicos, Armadores Artesanales de la Comuna de Coronel, Octava Región (ARPESCA).
8.- El Sindicato de Tripulantes de Naves Arrastreras de la Región del Biobío y la Federación de Tripulantes de Chile (FETRINECH).
9.- La Federación de Sindicatos de Trabajadores de las Plantas de Consumo Humano de Coronel y Talcahuano (FESTRACH).
10.- La Federación de Pescadores Artesanales y Ramas Afines del Biobío (FEDEPES).
11.- Programa de Aseguramiento de Calidad Mejillones Asociación Gremial.
12.- El Sindicato de Trabajadores Independientes, Pescadores Artesanales, Armadores Artesanales y Actividades Conexas de la Caleta de Lota, Octava Región (SIPAR GENTE DE MAR).
13.- El Sindicato Independiente de Pequeños Armadores Artesanales de Cerco y otras Actividades Afines de Coronel y Lota (SIPAC).
14.- La Agrupación de Recolectores de Orilla de Lo Rojas.
15.- El experto en el aparejo potera, de Talcahuano, señor Manuel Gallegos.
16.- La Cooperativa de Pescadores Artesanales de la Región del Biobío.
17.- El Sindicato Interempresas de Oficiales de Naves Especiales y Regionales (Biobío).
18.- La Asociación Gremial de Oficiales de la Pesca Industrial (AGOPESI).
19.- El Sindicato de Armadores y Pescadores Artesanales de Queule (SIAR Pesca).
20.- La Asamblea Nacional de Pescadores Artesanales de Chile, Quinta Región.
21.- La Organización Funcional del Sector Pesquero Artesanal de la Comuna de Lebu.
22.- La Federación de Pescadores Artesanales de la Quinta Región "Nuevo Amanecer".
23.- La Asociación Gremial de Pescadores Artesanales de San Vicente.
24.- El Sindicato Interempresas de Trabajadores Oficiales de Máquinas de la Marina Mercante y Naves de Pesca de Chile (SIOMOT).
25.- La Asociación de Armadores Cerqueros de Valdivia (SIPACERVAL A.G.).
26.- La Asociación de Pescadores Artesanales de Duao y Quintero.
27.- La Asociación Gremial de Pescadores de Puerto Natales.
28.- El Sindicato Independiente de Pescadores Artesanales para la regulación de la centolla, merluza y otros de la Región de Magallanes.
29.- La Sociedad Nacional de Pesca (SONAPESCA).
30.- El Instituto de Investigación Pesquera (INPESCA).
31.- El Director de la Unidad de Tecnología Pesquera del Departamento de Oceanografía de la Facultad de Ciencias Naturales y Oceanográficas de la Universidad de Concepción y el Jefe de Proyectos del Fondo de Investigación Pesquera y de Acuicultura (FIPA).
32.- El Sindicato de Pescadores Artesanales de Puerto Maguillines.
33.- El Sindicato de Tripulantes de la Octava Región.
34.- El Sindicato de Tripulantes de CORPESCA Iquique (SITRICORP).
35.- El Sindicato de Pescadores Artesanales Nº 1 de Curanipe.
36.- El Sindicato de Pescadores de Pelluhue.
37.- La Fundación Jaime Guzmán.
38.- La Fundación Libertad y Desarrollo.
39.- El Instituto Libertad.
Son 39 las organizaciones y personas que dieron su opinión en la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.
El proyecto de ley en estudio procura disminuir el esfuerzo de pesca del recurso jibia o calamar gigante, mediante el favorecimiento de aparejos más selectivos, como son la potera o línea de mano, y la prohibición de todo otro arte o aparejo de pesca.
La iniciativa se fundamenta en que en los últimos años la pesquería de la jibia ha venido a reemplazar a otras que se encuentran en crisis, lo que ha afectado especialmente a los pescadores artesanales. Según el registro respectivo, ello involucraría a un universo que el sector artesanal cifra en alrededor de 500 mil personas, considerando empleos directos e indirectos.
Respecto del arte o aparejo de pesca, la Resolución Exenta Nº 3.115/13, que establece la nómina de pesquerías nacionales, dispuso para el recurso jibia que el aparejo de pesca en todo el territorio nacional será la potera.
Sin embargo, las inscripciones anteriores a dicha resolución mantienen su vigencia y se trata de las que permiten la pesquería con cerco y las industriales de arrastre de media agua.
El Ejecutivo informó que su voluntad es avanzar para que antes de fin de año el arrastre, arte principalmente utilizado por el sector industrial, se encuentre prohibido en el 98 por ciento del territorio marítimo nacional.
El proyecto se estructura en un artículo permanente y un artículo transitorio.
Se informó a la Comisión que la jibia o calamar rojo, también llamado "calamar de Humboldt" o "calamar gigante", es un molusco cefalópodo y un organismo dioico, es decir, presenta sexos separados. Su apareamiento se realiza de cabeza a cabeza y tiene una sola reproducción durante su vida.
Existen reportes que indican que su tamaño máximo podría alcanzar un metro y medio de longitud de manto, pudiendo llegar a pesar entre 30 y 50 kilogramos.
La jibia muestra uno de los valores de fecundidad más altos dentro de los cefalópodos. Las hembras de más de 50 centímetros de longitud de manto, ubicadas en la corriente Chile-Perú, pueden tener entre 100 mil y 600 mil huevos.
Se trata de una especie de crecimiento rápido. Su longevidad no es mayor a dos años, lo cual constituye una característica relevante de este recurso a la hora de tomar medidas de administración, debido a la rapidez de su crecimiento. Alcanza la madurez sexual, aproximadamente, a los cinco meses de edad.
En cuanto a la alimentación, sus principales presas son las sardinas y anchovetas, y también la merluza, la caballa y el jurel.
Los predadores de la jibia son los pelágicos mayores: pez espada, tiburón y algunos mamíferos marinos, como lobos y orcas.
Su rango geográfico de distribución está comprendido desde California, en Estados Unidos, hasta la Región de Magallanes, en el sur de Chile. La mayor amplitud se concentra en la zona ecuatorial.
Verticalmente, se encuentra a la jibia entre la superficie y los mil 200 metros de profundidad, lo que resulta importante para la toma de decisión sobre artes y aparejos de pesca.
La principal operación del sector artesanal es a través de la potera, lo que involucra un alto esfuerzo físico y poco desarrollo tecnológico. El trabajo se ejecuta de forma manual. Son pocas las organizaciones que cuentan con sistemas automáticos que podrían mejorar las condiciones de trabajo.
Los principales puertos están localizados en la zona centro sur del país. En general, la operación del sector artesanal se lleva a cabo en los puertos base o a una distancia no superior a las 60 millas náuticas como máximo, lo que corresponde a una restricción impuesta por la autoridad marítima por razones de seguridad.
Hay 4 mil 930 embarcaciones del sector pesquero artesanal inscritas, algunas de las cuales están registradas con los dos artes de pesca: potera y cerco.
El año 2005 la jibia era considerada una plaga depredadora. Había 300 mil toneladas de jibias, que podían consumir en un año entre un millón y un millón y medio de toneladas de merluza.
Progresivamente, a partir de 2012, la pesca artesanal comenzó a verse desplazada de las pesquerías en que intervenía, por lo que encontró una tabla de salvación en la pesca de la jibia, que se destina en forma exclusiva a consumo humano y no puede emplearse en la fabricación de harina de pescado.
Desde ese año y hasta el 31 de diciembre de 2019, la inscripción en el Registro Pesquero Artesanal de Jibia está suspendida, porque el recurso está en estado de plena explotación. Dicha medida ha frenado la capacidad del sector artesanal para aumentar la captura del recurso. Sin embargo, la apertura supone que ha cesado el estado de asimilado a plena explotación del recurso y la consecuencia es que termina el fraccionamiento de la cuota en 80 y 20 por ciento.
El cambio climático ha significado que la realidad de nuestro país de hace diez años no es la misma de hoy. En el caso específico de la jibia, el recurso se ha desplazado del norte hacia el sur, afectando el Registro Pesquero Artesanal, que es regional: mientras en la zona norte se constatan cupos vacíos, en el sur se aprecia una gran demanda.
Por otra parte, la presencia del recurso en aguas chilenas muestra volúmenes variables, según las condiciones del medio ambiente, que se reflejan en el volumen de los desembarques.
Se señala en el informe que en 2017 el sector artesanal registró 115 mil toneladas y el sector industrial, 39 mil toneladas, lo que da un total de 154 mil. De las 115 mil toneladas del sector artesanal, fueron extraídas con potera alrededor de 109 mil. En otros términos, el 99 por ciento de la cuota artesanal se extrae con potera y el 1 por ciento, con cerco.
Se informó a la Comisión que actualmente la cuota de captura de jibia fijada para Chile por la Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur (ORP-PS) es de 200 mil toneladas anuales. El fraccionamiento asigna el 80 por ciento al sector artesanal y el 20 por ciento al industrial, de modo que la industria puede capturar hasta 40 mil toneladas y la actividad artesanal, 160 mil toneladas anuales. Se indicó que en 2017 no se logró capturar la totalidad de la cuota artesanal. El Ejecutivo ha dicho que planea solicitar a la Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur el aumento de la cuota de Chile a 250 mil toneladas.
La Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, integrada por las Senadoras señoras Carmen Gloria Aravena, Adriana Muñoz y Ximena Rincón, el Senador señor Kenneth Pugh y quien habla, recomienda la aprobación de la idea de legislar sobre este proyecto.
He dicho.

El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, tal como lo anticipé al dar cuenta del informe de la Secretaría de la Comisión de Pesca, voy a fundamentar mi voto.
En primer lugar, quiero abordar la supuesta inconstitucionalidad a que se ha hecho referencia en este debate.
Sobre el particular, la Comisión siguió el criterio de la Secretaría, según el cual esta materia no sería de iniciativa exclusiva del Presidente de la República. La Comisión de Pesca del Senado siguió el parecer de la Secretaría en el sentido de que las facultades que la ley otorga a la Subsecretaría de Pesca en el artículo 4° de la ley N° 20.657 no han sido conferidas para regular todo lo relativo a artes y aparejos de pesca, sino solo para aspectos muy específicos. Por lo demás, el año 2003 se aprobó la ley N° 19.907, que también prohibió la pesca de arrastre en determinadas condiciones, a través de una iniciativa iniciada en moción de Senadores.
En consecuencia, este proyecto no se encuentra en ninguna de las causales señaladas en el artículo 65 de la Constitución. No otorga facultades a un organismo del Estado ni tiene incidencia presupuestaria, por lo que es plenamente procedente que el Congreso entre a regular esta materia.
Ahora bien, en cuanto al fondo, voto a favor del presente texto, en primer lugar, porque estoy convencido de los efectos nocivos de la pesca de arrastre, por tratarse de un arte de pesca no selectivo, tanto para el medio ambiente como para la sostenibilidad del recurso. La posición de los pescadores artesanales en este punto es prácticamente unánime y responde al conocimiento cabal de los efectos que dichas artes producen en la actividad. Por lo demás, en el marco de la discusión del proyecto denominado "Ley corta", que modifica la Ley General de Pesca, también se ha planteado una restricción general a la pesca de arrastre para todos los recursos hidrobiológicos, lo que resulta particularmente necesario en recursos como la merluza común o la reineta.
Por otro lado, la utilización de poteras para la captura de jibia está bastante generalizada a nivel internacional. En Perú, que casi no tiene flotas industriales, se opera con estos aparejos. Pero incluso los barcos de mayor capacidad de países como Japón, China y Corea han sido adaptados para el uso de poteras industriales destinadas a la captura de la jibia. No hay, en consecuencia, una imposibilidad para que el sector industrial siga explotando este recurso. Tampoco debiera producir un daño o un efecto mayor en la captura, toda vez que el 98 por ciento de ellas se realiza por embarcaciones menores, de 12 metros de eslora, y con el aparejo potera, mientras que la flota industrial solo operó con 16 embarcaciones. Por consiguiente, no está en riesgo el abastecimiento de las plantas de procesamiento.
Pero el trasfondo de esta moción de los Diputados Núñez y Torres se encuentra, sin duda, en que la pesca de dicho recurso se ha transformado en una alternativa que sirve a los pescadores artesanales para enfrentar la crisis que afecta a las pesquerías más tradicionales en los últimos años, y por lo tanto requiere una protección especial.
Es conocida la difícil situación que aqueja a la pesca artesanal, motivada por la disminución en la disponibilidad de la mayoría de los recursos hidrobiológicos y en el injusto fraccionamiento entre los sectores artesanal e industrial, originado en una cuestionada legislación.
Todo esto configura un cuadro extraordinariamente amenazante para los pescadores artesanales.
La jibia ha surgido como una alternativa para enfrentar ese escenario.
¿Qué respuesta podemos darles a estos chilenos?
Cuando otros sectores enfrentan adversidades, algunas más imaginarias que reales, de inmediato surgen propuestas para modificaciones legales, tributarias o laborales que incentiven la actividad económica en cuestión. Pues bien, este proyecto representa una oportunidad para ir en apoyo de los miles de pescadores artesanales que enfrentan dificultades.
Sé muy bien que una solución definitiva, estructural, solo puede surgir a partir de acciones decididas, incluso dolorosas, para recuperar los niveles de las diferentes pesquerías hoy colapsadas. Esto tiene que ir de la mano de iniciativas potentes, dirigidas al repoblamiento de nuestros mares y al fomento de la acuicultura. Mientras ello no sea realidad, la aprobación de proyectos como este da un respiro a los pescadores artesanales. Y otro tanto debemos lograr modificando la Ley General de Pesca en materias tan sensibles como el Registro Pesquero Artesanal.
Desde la Comisión técnica que me toca presidir, apoyaré todas las iniciativas que permitan aliviar la situación de los pescadores artesanales, especialmente aquellas que vayan dirigidas a enfrentar los problemas de fondo de una actividad tan relevante para nuestro país.
Voto a favor.