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ADECUACIÓN DE REGLAMENTO DE SENADO A LEY N° 20.447


El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, en el extremo inferior derecho de la portada del Reglamento -todos contamos con una copia en nuestras mesas- se lee: "Edición revisada a enero de 2018".
Acto seguido se dice: "Actualización: última modificación aprobada en sesión 49ª, del 2 de septiembre de 2015.".
Uno podría entender, por lo tanto, que el Reglamento está actualizado al año 2015. Efectivamente, se han incorporado todas las modificaciones que se le han hecho de forma directa.
No obstante, el Reglamento ha sido modificado tácitamente en virtud de las enmiendas constitucionales, de las recaídas en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y de otras reformas legales durante los últimos años.
Aun así, su texto no es concordante con normas de un mayor nivel jerárquico.
Eso podría generar, al momento de su aplicación, problemas no en cuanto a qué normas se aplican, sino por el hecho de que, de la mera lectura del Reglamento, podría creerse erróneamente que algunas disposiciones contenidas en él permanecen vigentes, en circunstancias de que han sido reformadas.
Por tanto, me parece imprescindible dar curso a esta modificación, que fue presentada el año 2012 por el entonces Senador Camilo Escalona, en su condición de Presidente de esta Corporación, con el objeto de que el texto de nuestro Reglamento tuviera total concordancia con las disposiciones constitucionales y legales vigentes.
Ese es el sentido, básicamente, de la aprobación general del proyecto de acuerdo.
El Presidente de la Comisión de Constitución, Senador Francisco Huenchumilla, planteó algo de toda lógica, que es abrir un plazo de indicaciones que permita aprovechar el impulso de la necesaria actualización formal del Reglamento, al objeto de que sus disposiciones tengan plena concordancia con las normas de mayor rango jerárquico, para debatir las eventuales modificaciones que propongan los Senadores, de manera de contar con un Reglamento que responda a los tiempos actuales.
Lo anterior nos posibilitaría ir más allá de la mera concordancia del Reglamento con las disposiciones vigentes e introducir otro tipo de cambios y reformas.
En tal virtud, me parece del todo razonable aprobar en general el proyecto de acuerdo, pero, al mismo tiempo, fijar un plazo para la presentación de indicaciones que nos permitan actualizar el Reglamento en otras materias.
De esa manera, podremos aprovechar el impulso, pues lo que indica la tradición del Senado es que pasa demasiado tiempo para que se vuelva a actualizar el texto reglamentario, de acuerdo a las necesidades que dictan los tiempos.
No voy a hacer referencia a algunas propuestas específicas que estamos trabajando, las cuales serán presentadas en el plazo destinado a las indicaciones, pero me parece que, además de aprobar el proyecto de acuerdo en debate, se hace necesario abrir, como propuso el Presidente de la Comisión de Constitución, un plazo para que tengamos muy pronto un Reglamento acorde con las necesidades de los tiempos actuales y, lo más importante, que tenga plena concordancia con las disposiciones constitucionales y legales vigentes, para que no se vayan a cometer errores al momento de su aplicación.
He dicho.