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ANÁLISIS DE FACULTADES DE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y SUJECIÓN DE ACTUACIONES DE ESTE ENTE A ARTÍCULO 7° DEL TEXTO FUNDAMENTAL


El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero felicitar a Sus Señorías por el debate que se ha registrado en esta Sala.
Planteamos la necesidad de llevar a cabo esta sesión especial porque consideramos preocupante lo que está ocurriendo con el Tribunal Constitucional en nuestro país.
Seamos claros: acá no estamos ante la interpretación de algún fallo en el sentido de si nos favorece o no.
Esa no es la cuestión de fondo.
Consideramos que es deber del Senado abocarse a la discusión sobre el funcionamiento actual del referido Tribunal.
Creo rescatar del debate, de la intervención de todas las bancadas, que estamos ante un inconveniente: el funcionamiento del Tribunal Constitucional no es el adecuado.
Entonces, debiéramos buscar la manera de modificar esa situación.
No me voy a extender en los argumentos que han planteado Sus Señorías. Pero claramente creo que nos hallamos frente a un tribunal expansivo. Y así lo hemos consignado en un proyecto de acuerdo respecto del cual estamos recabando firmas para poder presentarlo a la Sala y aprobarlo.
Y cito textualmente la parte pertinente, pues me parece que sitúa el estado en que nos hallamos:
"Este Senado debe llamar la atención sobre la preocupante expansión de las atribuciones del Tribunal Constitucional que está ocurriendo por la propia reinterpretación de sus competencias, que este mismo hace de su jurisprudencia. Esto está ocurriendo por la vía de sobrecalificar como leyes orgánicas constitucionales todas aquellas normas que tanto el Senado, la Cámara de Diputados y el Presidente de la República han calificado en otro rango.
"Un ejemplo de este ímpetu expansivo en sus competencias, se produce en el fallo sobre la Ley de Educación Superior. En este, el Tribunal declaró como artículos materia de ley orgánica constitucional, normas que no fueron declaradas como tales por el Congreso Nacional, ni sus secretarías técnicas, y de los cuales no se hizo reserva de constitucionalidad alguna.".
Entonces, señor Presidente, estimados colegas, ¡de qué estamos hablando!
Nosotros le hemos entregado atribuciones al Tribunal Constitucional, y la ley así lo establece. Pero de ninguna manera podemos permitir que ellas se expandan, por una interpretación propia, hacia ese ámbito.
Confiamos en la calificación que sobre cada norma hacen las Mesas de ambas Cámaras. Esto lo realizan las propias Comisiones, con sus respectivos presidentes y secretarios. Y luego de generado el debate constitucional correspondiente -porque se fijan los quorums para cada una de las disposiciones-, vemos que el Tribunal Constitucional efectúa otra interpretación, cuando no hay posibilidad alguna de retrotraer o de evaluar esas calificaciones.
Eso no existe en otros tribunales constitucionales. Nosotros hicimos la investigación pertinente. Y no estamos hablando de las facultades preventivas, en fin, sino simplemente del hecho de abocarse, como tribunal expansivo, a competencias que no posee.
De otro lado, acá hemos estado hablando de cómo el Tribunal colabora en el funcionamiento del andamiaje constitucional. ¡Lo entendemos! Así están definidos los tribunales constitucionales. Varios Senadores han señalado de dónde nace esto. Por ejemplo, el Honorable señor Huenchumilla, entre otros, hizo una importante remisión al caso alemán, señalando cómo se construye esa arquitectura.
Reitero: ¡lo entendemos! Así se encuentra establecido en nuestro ordenamiento jurídico.
Pero hoy día tenemos casos irritantes, en que ya no solo se invaden las competencias en términos de lo que el propio Parlamento, con sus mayorías, ha establecido: también ocurre aquello en el ámbito de la justicia, cuando el Tribunal Constitucional se transforma en un refugio, en un reducto para, por ejemplo, impetrar a través de recursos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad la paralización de causas de violaciones a los derechos humanos, que son quizá las causas más emblemáticas de nuestro país.
Chile ha asumido compromisos internacionales para juzgar en la materia; pero el Tribunal Constitucional termina siendo un refugio ideológico, no constitucional, para paralizar ese tipo de causas.
Aquello es realmente inadmisible. Y planteamos el punto hace un par de semanas con organizaciones de derechos humanos.
Eso le está haciendo mal a nuestro ordenamiento jurídico.
Tenemos la capacidad para ponernos de acuerdo. No evitemos el debate.
Señor Presidente, no me voy a referir a las actuaciones y expresiones del Presidente del Tribunal Constitucional, que claramente exceden sus atribuciones.
Es el momento de legislar, de ponernos de acuerdo, de entender que debemos discutir al respecto.
Y hago un llamado al Gobierno, pues no me cabe duda de que los Ministros, especialmente los del área política, entienden que con este funcionamiento, con esta composición, con esta expansión de atribuciones, con esta paralización de casos de violaciones a los derechos humanos, el Tribunal Constitucional no está contribuyendo a la función para la cual fue creado.
Esa es la discusión que hemos de realizar.
Por eso presentamos un proyecto de acuerdo sobre la materia.
No tengo dudas -entiendo a los Ministros- de que se trata de una situación preocupante.
No olvidemos que tuvimos instituciones anquilosadas durante largo tiempo y que algunos sectores de este Parlamento no querían eliminar. Pero la realidad se impuso, y hemos ido legislando para cambiarlas.
Yo creo que ese es el camino que debiera recorrer la modificación profunda, en los aspectos en que hemos coincidido, del Tribunal Constitucional.
He dicho.