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RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL A PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA Y A DERECHO DE ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA. INFORME DE COMISIÓN MIXTA


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, el debate y lo planteado por los colegas Coloma y Huenchumilla constituyen un llamado de atención hacia un tema altamente sensible.
Creo que la pregunta que uno tiene que responder en estos casos es para qué estamos legislando, cuál es el objetivo de la norma, qué es lo que se persigue con una legislación, cualesquiera que sean las circunstancias.
A mí me parece que el espíritu que hay detrás de esta reforma constitucional tiene que ver, por cierto, con resguardar la transparencia, la fe pública que involucran los actos del Estado, de la Administración Pública. Pero ello no puede significar, señor Presidente, un riesgo para la libertad de pensamiento, para la libertad de conciencia de quienes ejecutan un acto público.
Lo digo porque todos recordamos el largo debate que hubo a propósito de unos correos electrónicos que se enviaron durante el anterior Gobierno del Presidente Sebastián Piñera y lo que el Consejo para la Transparencia dictaminó respecto de cuáles eran los actos que se deben considerar públicos.
Para quienes hemos estado en el ejercicio de una función ministerial, este no es un tema menor. Uno entra a resguardarse en cuanto a qué cosas dice, por dónde las dice, cómo las comunica, para que el día de mañana no vayan a ser malinterpretadas.
Considero superimportante tener presente en este debate para qué hacemos las cosas.
Si lo que queremos es resguardar la transparencia, la inspiración, el actuar de los funcionarios públicos en el ejercicio de su cargo, ello no puede llegar al extremo de que las reflexiones para arribar a una conclusión sean usadas en contra de determinado servidor público.
Además, el punto señalado por el Senador Huenchumilla tampoco queda claro en la redacción de la norma. Y yo creo que tenemos que ser tremendamente cuidadosos con lo que estamos aprobando, no porque se quiera ocultar algo, señor Presidente, sino porque en la reflexión previa a la toma de decisiones hay distintos caminos y posiciones que finalmente permiten arribar al acto público. Y la norma, tal como está, no necesariamente resguarda aquello.