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CREACIÓN DE INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PESCA ARTESANAL Y DE LA ACUICULTURA DE PEQUEÑA ESCALA


El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea el Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala (INDESPA), con segundo informe de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura e informe de la Comisión de Hacienda, y urgencia calificada de "simple"..
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.689-21) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 13ª, en 4 de mayo de 2016 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura: sesión 67ª, en 22 de noviembre de 2016.
Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura (segundo): sesión 54ª, en 17 de octubre de 2017.
Hacienda: sesión 54ª, en 17 de octubre de 2017.
Discusión:
Sesiones 71ª, en martes 29 de noviembre de 2016 (queda para segunda discusión en general); 72ª, en 30 de noviembre de 2016 (queda aplazada la votación en general); 73ª, en 13 de diciembre de 2016 (se aprueba en general).
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- La Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que los artículos 10, 14, 15 y 16 permanentes y segundo y tercero transitorios no fueron objeto de indicaciones ni de enmiendas. Estas disposiciones deben darse por aprobadas, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador, con el acuerdo unánime de los presentes, solicite su discusión y votación.
Debe dejarse constancia del quorum respecto de los artículos 14, número 1, y 16 permanentes, normas de rango orgánico constitucional que requieren 21 votos para ser acogidas.
El órgano técnico realizó diversas modificaciones al texto sancionado en general, las cuales fueron acordadas por unanimidad, con excepción de dos que serán puestas en discusión y votación oportunamente.
La Comisión de Hacienda, por su parte, se pronunció acerca de las normas de su competencia y efectuó una enmienda por unanimidad en el artículo primero transitorio del texto despachado por la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.
Cabe recordar que las modificaciones unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición respecto de alguna de ellas o existieren indicaciones renovadas.
De dichas enmiendas, las recaídas en los artículos 3o, 6o y 7o permanentes requieren 21 votos para su aprobación, por incidir en normas de rango orgánico constitucional.
Además, con el mismo quorum debe ser acogido en particular el artículo 9o, en el cual recayó una modificación acordada solo por mayoría de votos que se verá oportunamente.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado que transcribe el texto sancionado en general; las enmiendas realizadas por la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura; la modificación introducida por la Comisión de Hacienda y el proyecto que quedaría de ser acogidas las modificaciones.
De consiguiente, se pueden aprobar desde ya las enmiendas unánimes que no exigen un quorum especial.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Si no hay objeciones, así se hará.
--Se aprueban las modificaciones acordadas por unanimidad que no requieren un quorum especial.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- En discusión particular.
Puede intervenir el Honorable señor Quinteros para informar.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, el objetivo del proyecto es "Crear una institución con cobertura nacional que, a través de sus oficinas regionales, contribuya a mejorar la capacidad productiva y comercial de los sectores de la pesca artesanal y de la acuicultura a pequeña escala, otorgando apoyo a estos sectores en casos de catástrofe e impulsando a su vez, obras de desarrollo de infraestructura con el fin de fomentar y promover el desarrollo productivo de sus beneficiarios.".
Para el cumplimiento de lo anterior se prevé que el INDESPA contribuya a mejorar la capacidad productiva y/o comercial de los sectores de la pesca artesanal y la acuicultura de pequeña escala; proporcione asistencia técnica y capacitación en aspectos productivos y de comercialización; ayude a fortalecer el desarrollo integral y armónico de caletas artesanales; apoye a los sectores de la pesca artesanal y la acuicultura de pequeña escala, en casos de catástrofe y/o emergencia declarada por la autoridad competente; facilite el acceso al crédito mediante la articulación pública y privada; desarrolle obras de infraestructura de la pesca artesanal y la acuicultura de pequeña escala, y coordine, ejecute y/o financie, según corresponda, la acción del Estado orientada a dichos objetivos.
Los principales beneficiarios son pescadores artesanales con inscripción vigente en el Registro Pesquero Artesanal, micro y pequeños acuicultores, y organizaciones constituidas exclusivamente por pescadores artesanales o acuicultores de pequeña escala.
El proyecto considera, como presupuesto inicial, la cantidad de 16 mil 115 millones de pesos, y de 25 mil 459 millones en régimen, a los tres años de entrada en vigencia de la ley.
En cuanto a aspectos destacados, cabe hacer presente que en este momento existen dos fondos en la materia, uno administrado por la Subsecretaría de Pesca (FAP), y otro, por SERNAPESCA (FOPA). La iniciativa propone eliminarlos para constituir el organismo público llamado "INDESPA".
Se contempla también la posibilidad de hacer convenios con el gobierno regional, con CONADI, con INDAP, con CORFO, con SERCOTEC y con los municipios, para poder generar un símil de los PRODESAL. Así, el INDESPA colocará recursos y el municipio podrá poner otros tantos, por ejemplo, para levantar oficinas de asesoría técnica a los pescadores artesanales en las distintas comunas.
La nueva institucionalidad generará más contrataciones, porque a los 91 funcionarios que considera el proyecto original se agregan los que actualmente están en los distintos programas que se ejecutan en regiones con cargo a los convenios de los gobiernos regionales y, además, aquellos que formen parte de los convenios con los municipios, o con CORFO, o con SERCOTEC, o con CONADI o con quienes se logre articular la figura.
Con el objeto de precisar el campo de acción del INDESPA, se incorporó al inciso primero del artículo 2° una clara definición de los objetivos del Instituto, a saber: "fomentar y promover el desarrollo de la pesca artesanal, de la acuicultura de pequeña escala y sus beneficiarios.", en el marco de la sustentabilidad de la actividad.
En concordancia con la modificación, se reformuló el artículo 3o en la forma en que aparece explicitado en el informe.
Se precisó el rol de facilitador del acceso a crédito que tendrá el organismo, como también se incorporó la interacción con personas públicas y privadas para la consecución de sus fines.
Para el otorgamiento de beneficios, se contempló en el texto que "El reglamento establecerá los parámetros de objetividad y publicidad de dichos instrumentos o beneficios, con excepción de situaciones de emergencia reguladas por la ley.".
Velando por la transparencia, se incluyó la publicidad de las actas del Consejo Directivo y se ordena que estén disponibles en su sitio web.
Por último, cabe hacer notar que se complementan los motivos de exclusión de los beneficios que otorga el Instituto y que quedan establecidos en el artículo 13.
El proyecto fue acordado en sesiones celebradas los días 3, 10 y 17 de mayo recién pasado, con la asistencia de las Honorables señoras Goic, Muñoz y Von Baer y de quien habla.
Es todo cuanto puedo informar.
El señor BIANCHI.- Que se abra la votación.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Se pondrán en discusión las proposiciones que registraron un pronunciamiento de mayoría.
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Es para una cuestión reglamentaria, señor Presidente. No hay nadie del Ejecutivo.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Se ha pedido que pueda asistir a la sesión el Subsecretario de Pesca.
Si no hay objeciones, se accederá.
Acordado.
El señor NAVARRO.- El Gobierno planteó no solo el proyecto de INDESPA, sino también el envío de la iniciativa sobre la pequeña y la mediana acuiculturas, la de los mitílidos y la de los bentónicos.
Por eso, es muy importante la presencia del señor Subsecretario, para el efecto de cualquier aclaración.
Toda la base del texto en debate dice relación con una organización particular para los distintos tipos de cultivo en el mar.
Entiendo que ya entró el Subsecretario, a quien podremos preguntarle en el transcurso del debate.
Gracias.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Desde luego, interesa que el señor Berazaluce esté presente.
Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- La Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura formula una proposición que no exige un quorum especial, pero que acordó solo por mayoría, con los votos a favor de las Honorables señoras Goic y Von Baer y del Senador señor Quinteros, y la abstención de la Honorable señora Muñoz.
La recomendación es para sustituir el inciso tercero del artículo 13, con lo cual el inciso cuarto pasaría a ser séptimo, por los siguientes:
"No podrán acceder a beneficios del Indespa quienes hayan incumplido las obligaciones adquiridas con el Servicio u otras instituciones públicas, a través de las cuales se gestionen proyectos dirigidos a los beneficiarios de aquél.
"El reglamento establecerá los procedimientos destinados a aplicar dicha exclusión, la que inhabilitará a los afectados para solicitar nuevos beneficios hasta por un plazo de dos años, desde que sea determinada por resolución fundada del Director.
"La exclusión establecida en el inciso primero no se aplicará a quienes postulen a beneficios otorgados en programas motivados en una catástrofe o emergencia declarada por decreto supremo conforme a lo establecido en la ley N° 16.282.
"Tampoco se otorgarán beneficios a quienes hayan sido sancionados por infringir la Ley General de Pesca y Acuicultura mediante resolución judicial y, o administrativa que se encuentre a firme. Lo anterior no será aplicable a quienes incurran en las infracciones señaladas en el artículo 116 de dicho cuerpo legal, salvo que éstas sean cometidas en pesquerías en estado de sobreexplotación o colapsadas.".
Nada más.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Si le parece a la Sala, se abrirá la votación, sin limitarse, por cierto, el tiempo de los señores Senadores.
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Puede intervenir el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, quiero partir por consignar que la pesca requiere una nueva ley. Lo hemos dicho y reiterado.
Ojalá quien aspire a conducir Chile desde la Moneda tenga muy claro que el cuerpo legal vigente no ha resuelto ninguno de los problemas. Por el contrario, los agudizó: concentró en siete familias la propiedad del mar.
Mientras seguimos reforzando la idea de que tiene que haber más institucionalidad en el sector, sigo convencido de que se necesita un Ministerio del Mar. Para administrar un recurso que nos pone como quinto país pesquero en el mundo no basta, sin duda, una Subsecretaria en el Ministerio de Economía. La sede de la nueva Cartera se hallaría, por cierto, en Valparaíso.
En tal sentido, el INDESPA será el organismo que ayudará al desarrollo de la pesca artesanal.
Esta entidad sustituye actuales fondos de apoyo. Pero el mecanismo por el cual serán entregados estos fondos debe ser transparente, que no plantee ninguna discriminación.
Al respecto, me parece excesivo lo establecido en el nuevo inciso tercero en cuanto a que no podrán acceder a los beneficios de INDESPA quienes hayan incumplido las obligaciones adquiridas con el Servicio u otras instituciones públicas.
¿Qué instituciones públicas? ¿Cuáles? ¿Incumplimiento con el Servicio de Salud, en un proceso judicial abierto? ¿Tienen que ser todas las instancias con resolución judicial a firme? ¿No hay motivos excepcionales?
Señor Presidente, considerando la informalidad -todos los cercanos a la pesca artesanal lo saben- de los pescadores artesanales, que no tienen seguro de vida, que no cotizan previsionalmente, que no tienen acceso a la salud, que tienen un nivel educativo propio de una actividad que les ha impedido seguir estudios normales, establecer una limitante a un beneficio puede generar discriminación.
Con mi equipo jurídico estamos evaluando si la norma que hoy día se nos propone es constitucional o no, por cuanto genera una discriminación arbitraria a un sector de los pescadores o a hechos que pudieran ser no constitutivos de incumplimiento.
Es más, el inciso siguiente señala que "El reglamento establecerá los procedimientos destinados a aplicar dicha exclusión, la que inhabilitará a los afectados para solicitar nuevos beneficios hasta por un plazo de dos años".
Nuevamente el Senado se ahorra el debate de hacer una buena ley y delega en un reglamento a la Subsecretaría de Pesca la definición de cuáles van a ser las limitantes al derecho de un beneficio del Estado.
Esto es caer nuevamente en una fórmula de discriminación.
¿Cuál va a ser ese reglamento? ¿A qué región o a qué sector de pescadores va a afectar más o menos?
No pongo en cuestión ni la honorabilidad ni la capacidad profesional de la Subsecretaría de Pesca. Solo digo que si vamos a hacer una ley que establece sanciones fuertes, graves, como inhabilitar, impedir el acceso a un beneficio, esto tendría que estar incluido en la ley. Debiéramos haber efectuado un debate acerca de cuáles son las causales por las que no se puede acceder a los beneficios del INDESPA y no dejar esa definición a un reglamento que, a todas luces, puede ser muy discrecional, ¡muy discrecional!, como suelen ser los reglamentos elaborados por el Ejecutivo en torno a temas que debieran ser materia de ley.
Establecemos un beneficio -INDESPA-, pero les quiero informar a los pescadores artesanales de Chile que un reglamento, no esta ley, determinará quiénes podrán acceder a él.
¡Eso no me parece!
No es un problema con el Subsecretario. Mi planteamiento apunta a que cuando legislemos nos hagamos responsables de lo que estamos aprobando.
Por último, señor Presidente, quiero señalar que en cuanto a las resoluciones judiciales por infringir la Ley General de Pesca ha habido un cuestionamiento permanente a otro proyecto de ley, que penaliza, criminaliza a la pesca artesanal respecto de la llamada "pesca ilegal". Me preocupa mucho que, no habiendo una resolución definitiva sobre ese proyecto de ley, estemos estableciendo que los incumplimientos a la Ley General de Pesca puedan limitar o impedir el acceso a estos beneficios.
Las leyes deben hacerse para que se respeten y otorguen beneficios. Pero el proyecto del INDESPA parte señalando a quiénes no les va a entregar dicho beneficio, dejándolo en manos de un reglamento y teniendo presente una normativa muy compleja, que es la legislación que penaliza la pesca ilegal.
Pido una aclaración al Ejecutivo.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Si le parece a la Sala, tiene la palabra el señor Subsecretario.
El señor PROKURICA.- Estamos en votación, señor Presidente.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Tiene razón, Su Señoría. Lo único que el señor Subsecretario podría hacer es rectificar hechos hasta por dos minutos.
El señor NAVARRO.- Yo he hecho afirmaciones que pueden ser rectificadas.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Podría hablar hasta dos minutos para rectificar hechos, salvo que la Sala autorizara para que pueda explicar y responder.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el señor Subsecretario.


El señor BERAZALUCE (Subsecretario de Pesca y Acuicultura).- Gracias, señor Presidente. Por su intermedio, quiero responder al Honorable señor Navarro.
Lo que hace el artículo 13 es, justamente, sancionar a quienes han recibido recursos y beneficios del INDESPA y no han cumplido de manera correcta con una rendición de esos programas.
Nosotros pensamos que cuando hablamos de recursos públicos debemos tener una seriedad y una responsabilidad que va más allá de lo que nos impone la ley. Por lo tanto, lo que hemos hecho en esta iniciativa es indicar que las personas que incumplen las rendiciones -y esos criterios van a estar en el reglamento- no podrán acceder a beneficios.
Se establece una excepción dentro del mismo artículo 13 para quienes se ven victimizados por alguna catástrofe, caso en el cual quienes tienen una sanción pueden acceder de todas maneras a beneficios del INDESPA.
Muchas gracias.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Terminada la votación.
--Se aprueban los nuevos incisos tercero a sexto del artículo 13, propuestos por la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura (16 votos a favor y uno en contra).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Montes, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker y Patricio Walker.
Votó en contra el señor Navarro.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- Se deja constancia de la intención de voto favorable del Senador señor Zaldívar.
La señora ALLENDE.- ¿Quedó aprobado todo el proyecto de INDESPA, señor Presidente?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente accidental).- No, hay algunas normas de quorum especial que se verán en una próxima sesión porque no tenemos 21 votos en este momento.
--Queda pendiente la discusión particular del proyecto.