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REGULACIÓN DE ELECCIÓN DE GOBERNADORES REGIONALES


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, con fecha 13 de junio de 2017 ingresó al Senado, en segundo trámite, el boletín de la referencia, cuyo objetivo es implementar la reforma constitucional introducida por la ley N° 20.990, en virtud de la cual el nuevo artículo 111 de la Carta prescribe que "El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine, en coordinación con los demás órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa".
El proyecto se inició en un mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República, de fecha 17 de abril recién pasado, y en el primer trámite fue aprobado por cien diputados, de un total de 117 en ejercicio.
Tal como lo señalé, no basta con la reforma, pues para celebrar la primera elección de gobernadores regionales es necesario, por una parte, que la presente iniciativa sea aprobada, y por la otra, que se promulgue la ley tendiente a establecer un nuevo procedimiento de transferencia de competencias, lo que corresponde al proyecto sobre fortalecimiento de la regionalización del país (boletín N° 7963-06), que se encuentra en trámite de Comisión Mixta.
El articulado que nos ocupa indica que la autoridad del gobernador regional será determinada por sufragio universal, en votación directa, y que resultará electo el candidato que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos, siempre que ello sea equivalente al menos al cuarenta por ciento de los votos. Si a los comicios se presentaren más de dos candidatos y ninguno consiguiese dicho porcentaje, se procederá a una segunda votación, circunscrita a quienes hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas, y será electo el que lograre el mayor número de sufragios.
El gobernador regional durará cuatro años en el ejercicio de sus funciones y podrá ser reelegido consecutivamente solo para el período siguiente.
La Comisión, después de escuchar, como se consigna en el informe, al Ministro Secretario General de la Presidencia, señor Nicolás Eyzaguirre; al Subsecretario General de la Presidencia, señor Gabriel de la Fuente; al Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes; al Presidente del Consejo Directivo del SERVEL, señor Patricio Santamaría; al abogado constitucionalista señor Humberto Nogueira; al Director Legislativo de la Fundación Jaime Guzmán, señor Máximo Pavez, y a su asesor, señor Carlos Oyarzún, sometió a votación general el proyecto y lo acogió por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Bianchi, García -en reemplazo del Honorable señor Espina-, Zaldívar y quien habla, proponiendo sancionarlo en los mismos términos.
Finalmente, cabe señalar que, después de proclamada la votación, la Senadora señora Von Baer solicitó dejar constancia de su adhesión a la iniciativa, lo que fue acogido por el órgano técnico.
Es todo cuanto puedo informar, haciendo hincapié en la importancia de aprobar el texto en un plazo razonable, pues establece una limitación para el mandato de los consejeros regionales que serán electos en noviembre próximo, de modo de hacer coincidir su período siguiente con la elección de los gobernadores regionales.
He dicho.

El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, voy a fundamentar mi voto favorable a la elección del gobernador regional en la próxima sesión, por la importancia que reviste el tema.
Y no nos confundamos. Son dos proyectos separados: uno tiene que ver con la elección de dicha autoridad, y el otro, con traspaso de competencias.
Quiero decirlo públicamente: el martes 1° de agosto vamos a empezar, en la Comisión de Gobierno, la votación, artículo por artículo, de los traspasos de competencias, para que no haya dudas del interés que tenemos para que este proyecto de descentralización quede aprobado antes de fin de año.
En otro orden de cosas, señor Presidente, quiero llamar la atención sobre el proyecto, hoy en el tercer lugar de la tabla, en segundo trámite constitucional, que regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua, y que desde ya pido ubicar como número dos en el Orden del Día de la próxima sesión
Tal iniciativa es muy relevante. ¿Por qué? Porque en septiembre se cumplen 130 años de la anexión de Isla de Pascua al territorio chileno, hecho ocurrido en 1887. Los pascuenses están esperando con mucha ansiedad y optimismo este proyecto, y por eso queremos darles la buena noticia antes de que se celebre dicho aniversario.
Gracias.