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MAYOR TECHO DE DESCUENTOS VOLUNTARIOS POR PLANILLA PARA COOPERATIVAS A FUNCIONARIOS MUNICIPALES


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Conforme al acuerdo de Comités, corresponde ocuparse en el proyecto, iniciado en moción de los Honorables señora Pérez San Martín y señor Tuma, en primer trámite constitucional, que modifica el artículo 54 bis de la Ley General de Cooperativas, en lo relativo al límite máximo de descuentos voluntarios en favor de cooperativas, con informe de la Comisión de Economía.
--Los antecedentes sobre el proyecto (11.199-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señora Lily Pérez y señor Tuma):
En primer trámite: sesión 10ª, en 18 de abril de 2017 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Economía: sesión 23ª, en 14 de junio de 2017.
Discusión:
Sesión 25ª, en 21 de junio de 2017 (queda aplazada la votación en general).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo de la iniciativa es ampliar de un quince por ciento a un veinticinco, respecto de la persona regida por el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, contenido en la ley N° 18.883, el aumento máximo del descuento voluntario por planilla en favor de la cooperativa de la que sea socia.
Cabe recordar que la Comisión discutió el proyecto solo en general, no obstante ser de artículo único, y que la idea de legislar fue acogida por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Lily Pérez y señores Pizarro y Tuma.
El texto que se propone aprobar en general se transcribe en el primer informe y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión general.
Puede intervenir el Honorable señor Tuma.


El señor TUMA.- Señor Presidente, la iniciativa que hemos patrocinado con la Senadora señora Lily Pérez apunta a igualar las condiciones de los funcionarios municipales con las del resto de los trabajadores.
En la Ley General de Cooperativas establecimos un aumento del quince por ciento al veinticinco en el descuento que se les efectúa a los solicitantes de crédito en alguna de estas entidades de la que son socios. Ello dice relación con los regidos por la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, en general. Mas no previmos que muchos funcionarios municipales -son 175 mil en el país- afiliados a cooperativas no pueden acceder al mismo beneficio, a diferencia de quienes se desempeñan en el mundo privado o el público, como también de los pensionados. En el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales se determina un tope de quince por ciento, que no ha sido modificado.
El proyecto viene a hacer justicia, a equilibrar y a terminar con una disposición arbitraria, que excluye a quienes se desempeñan en el ámbito de este último ordenamiento.
Por esa razón, para ponerle fin a la mencionada discriminación legal, le pedimos a la Sala que, tal como lo aprobó por unanimidad la Comisión, ampliemos también en este caso al veinticinco por ciento el descuento por planilla en favor de las cooperativas, del mismo modo que se hace con el resto de los trabajadores del país.
Me pronunciaré a favor.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si no hay objeciones, se abrirá la votación.
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, las cooperativas son medios que contribuyen al desarrollo económico y social. El cooperativismo se compromete con las comunidades a las que presta servicios y tiene como base la inclusión y la sostenibilidad, para que exista más justicia económica, social y política.
Aprobaré el proyecto, ya que se hace cargo de incluir a los funcionarios municipales entre los beneficiarios del incremento del límite de descuentos voluntarios establecido en el artículo 54 bis de la Ley General de Cooperativas.
La medida, como da cuenta la iniciativa en análisis, ya se había tomado en relación con los funcionarios públicos regidos por el Estatuto Administrativo.
Debemos seguir fortaleciendo a las cooperativas, pues cumplen un rol muy relevante en la sociedad. Sin embargo, es necesario recalcar que el sobreendeudamiento de los trabajadores en todo Chile es una realidad que también es preciso tener muy presente.
En el caso de que se trata, el aumento, que ya se otorgó a principios del año 2016, solo se extiende a los funcionarios municipales.
Por lo tanto, voy a votar a favor.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, seré muy breve.
La disposición en examen debió haber quedado incorporada en la enmienda de la Ley General de Cooperativas. No era aceptable que los funcionarios del Estado fueran divididos o discriminados de forma completamente irracional.
¿Por qué permitir un límite de veinticinco por ciento de descuento para el personal regido por el Estatuto Administrativo y de solo un quince para el adscrito al régimen municipal?
Ello no tenía razón de ser. Ahora se corrige.
Pero, así como se va a beneficiar quizás a miles de personas que se desempeñan en este último ámbito, estimo importante consignar mi preocupación por la creciente precarización del trabajo a nivel municipal. Constituye un tremendo problema. Cada día más, la formación de corporaciones municipales de educación, de salud, ha ido generando regímenes paralelos que afectan las fuentes laborales y dan lugar a inestabilidad en el empleo.
Es sabido que cuando un trabajador del sector público -y aquí englobo: sea del área municipal, sea del Gobierno regional, sea del Estado central- está contratado bajo el régimen de honorarios, las posibilidades de acceder a un crédito son francamente limitadas.
En consecuencia, a una mala remuneración, a una inexistente cotización previsional se le suma la imposibilidad de adquirir créditos como complemento del ingreso con el objetivo de satisfacer las necesidades básicas.
Por consiguiente, creo que si bien el proyecto corrige este aspecto que no fue considerado en la modificación a la Ley General de Cooperativas, también deberíamos revisar otras normas en materia de posibilidades de mejoramiento de las condiciones laborales de los trabajadores del sector público.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general elproyecto (15 votos a favor).
Votaron las señoras Allende y Muñoz y los señores Araya, Chahuán, García-Huidobro, Harboe, Hernán Larraín, Letelier, Ossandón, Prokurica, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Senador señor Tuma, ¿propone alguna fecha como plazo para presentar indicaciones?
El señor TUMA.- El lunes 10 de julio, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Le parece a la Sala?
--Así se acuerda.