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CREACIÓN DE SUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Corresponde continuar la discusión en particular del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que otorga nuevas atribuciones al Ministerio de Desarrollo Social en materia de niñez y crea la Subsecretaría de la Niñez, dependiente de ese Ministerio, con segundo informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización e informe de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.314-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite: sesión 55ª, en 29 de septiembre de 2015 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 33ª, en 20 de julio de 2016.
Gobierno, Descentralización y Regionalización (nuevo): sesión 88ª, en 8 de marzo de 2017.
Gobierno, Descentralización y Regionalización (segundo): sesión 24ª, en 20 de junio de 2017.
Hacienda: sesión 24ª, en 20 de junio de 2017.
Discusión:
Sesiones 2ª, en 15 de marzo de 2017 (se aprueba en general); 25ª, en 21 de junio de 2017 (quedan pendientes la discusión y la votación particular de los números 1), 3) y 5) del artículo primero transitorio).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Cabe hacer presente que en sesión de fecha 21 de junio la Senadora señora Von Baer solicitó votación separada de las siguientes disposiciones del artículo primero transitorio:
-En el numeral 1), párrafo primero, la frase "los requisitos generales y específicos para el ingreso y promoción de dichos cargos" (página 20 del boletín comparado).
-Del numeral 3) (página 23).
-Del numeral 5) (página 24).
Las referidas normas son de rango orgánico constitucional y requieren para su aprobación 21 votos favorables.
Ruego a Sus Señorías dirigirse a la página 20 del texto comparado, donde aparece el artículo primero transitorio -en realidad, comienza en la página anterior- y respecto del cual se ha pedido votación separada, en el número 1), de la frase "los requisitos generales y específicos para el ingreso y promoción de dichos cargos".
Esa disposición hace referencia a la planta de personal de la Subsecretaría de la Niñez.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión.
Tiene la palabra la Honorable señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, voy a explicar la votación separada que hemos pedido.
Aquí lo que se está haciendo es facultar al Presidente de la República para que, a través de decretos con fuerza de ley, dicte normas que debieran dictarse mediante leyes.
Explico.
Con respecto a la fijación de las plantas del personal de la Subsecretaría de la Niñez, la disposición señala que se establecerán por decretos con fuerza de ley "los requisitos generales y específicos para el ingreso y la promoción de dichos cargos". Sin embargo, con el Senador Espina hicimos reserva de constitucionalidad sobre ese punto, porque no se puede delegar la facultad constitucional contemplada en el artículo 19, número 17°, de la Carta Fundamental, que dice: "La admisión a todas las funciones y empleos públicos, sin otros requisitos que los que impongan la Constitución y las leyes.".
O sea, el establecimiento de requisitos generales y específicos para el ingreso a las plantas de la Subsecretaría de la Niñez no se puede realizar a través de un decreto con fuerza de ley; se tiene que hacer mediante la dictación de una ley.
No obstante, aquí se está entregando todo a la discrecionalidad del Ejecutivo de turno y, por lo tanto, se vulnera el artículo 19, número 17°, de la Constitución, que -como indiqué- dispone específicamente que los requisitos generales para ingresar a las funciones y al empleo público deben establecerse por ley.
En consecuencia, señor Presidente, por creer que en este número se está vulnerando la Carta Fundamental, hemos pedido votación separada y, adicionalmente, hacemos reserva de constitucionalidad.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, ¿podría el señor Secretario señalarme cuál es el artículo de la Constitución que determina que las plantas tienen que ser fijadas por ley?
Lo pregunto porque me parece que este es un tema bien importante al momento de adoptar una resolución.
Aquí está en juego una cuestión bien de fondo, señor Presidente -lo digo teniendo presente que usted ha presidido dos veces el Senado, por lo que me gustaría conocer su opinión-, y nunca tomamos la decisión que a mi juicio es la correcta.
La verdad es que algunos señores Senadores no le dan mucha importancia a este tema, pero es crucial para nosotros: estamos estableciendo un precedente desde hace muchos años conforme al cual las plantas pueden ser fijadas por el Gobierno sin que su estructura pase por el Congreso -no me estoy refiriendo a los detalles-, no obstante que el artículo pertinente señala en forma expresa -en este momento no lo encuentro, pero lo alegamos en la Comisión- que ello debe realizarse mediante ley.
Este, entre paréntesis, es un problema del Gobierno actual, del pasado y también del anterior. Recuerdo que el Senador Viera-Gallo dio en su época -fue el primero en hacerlo- duras batallas con varios colegas sosteniendo que era inconstitucional establecer que las plantas pueden ser hechas exclusivamente por el Gobierno mediante decreto con fuerza de ley, al margen del Congreso.
Esta es una cosa increíble: ¡Fíjense que el Gobierno tiene facultad para establecer la planta que se le ocurra! Es decir, nosotros aprobamos la creación de la Subsecretaría de la Niñez, por ejemplo, y el Gobierno, cualquiera que sea, puede fijar la planta a su libre albedrío: los cargos que quiere, las direcciones que quiere, los puestos que quiere.
Tengan presente que ustedes el día de mañana pueden ser oposición.
Yo sostengo que esto es una arbitrariedad enorme y es inconstitucional.
No he logrado encontrar el artículo que lo señala, pero hay una norma expresa sobre el particular -la está buscando el señor Secretario- donde se consigna que esto debe ser materia de ley. Sin embargo, lo otro se ha hecho una costumbre.
En consecuencia, voy a hacer reserva de constitucionalidad en el mismo sentido argumentado por la Senadora Von Baer.
¡Miren! Acaba de encontrar el precepto el Secretario de la Comisión de Gobierno. Fue más rápido que todos nosotros. El artículo 38 de la Constitución dispone que "Una ley orgánica constitucional determinará la organización básica de la Administración Pública, garantizará la carrera funcionaria y los principios de carácter técnico y profesional en que deba fundarse, y asegurará tanto la igualdad de oportunidades de ingreso a ella como la capacitación y el perfeccionamiento de sus integrantes". Habla de una ley orgánica constitucional. Por tanto, es una ley la que debe establecer cómo se fijan las plantas.
Aquí los Senadores están abdicando de un derecho básico. El día de mañana cualquier gobierno les podrá señalar: "En un decreto con fuerza de ley yo voy a fijar la planta a mi pinta". Claro, el gobierno de turno lo encontrará fantástico, pero ¿qué haremos los Senadores? La Subsecretaría de la Niñez se trabajó seriamente, y resulta que ahora no hay nada que decir con respecto a cómo se compone su planta.
Me parece un profundo error, y además es inconstitucional.
Este es un tema que se ha debatido durante mucho tiempo y no podemos abdicar de un deber constitucional. Yo no digo que fijemos el detalle de cada cargo, pero sí el esquema de la planta, el número de direcciones, la forma como se va a configurar la Subsecretaría. ¿Se va a constituir en regiones? ¿Va a tener al menos un representante en ellas, o nos da lo mismo que exista o no un representante? Se habla de regionalización, de traspaso de competencias, y me gustaría saber cuántos de estos cargos van a estar fuera de Santiago. Claro, esta noticia no vende, pero cuántos representantes habrá en regiones, cuánto de esto no será simplemente una institucionalidad centralista para que la Subsecretaría de la Niñez, que deberá trabajar con los menores, no termine sin presencia en ellas.
Por eso, señor Presidente, hago reserva de constitucionalidad y voto en contra de esta norma.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, estimados colegas, muchas veces hemos escuchado a un colega que se sienta dos filas más abajo referirse a un excesivo presidencialismo. Incluso usa otro concepto y habla de "monarquía" en esta materia. Y lo cierto es que hay determinadas atribuciones que sí son del Congreso y otras que pueden delegarse.
Yo asumo mi responsabilidad, en tanto miembro de la Comisión de Infancia, por haber dejado pasar esto. Sin embargo, leyendo en detalle el artículo primero transitorio, entiendo que quiere resguardar los derechos de los funcionarios que van a ser traspasados a la Subsecretaría de la Niñez. Eso está bien. Creo que la ley debe resguardar cierta continuidad en los derechos de quienes van a ser traspasados al órgano que se crea.
Sin embargo, si uno mira con detenimiento la redacción de su numeral 1), comprueba que presenta cierta ambigüedad en un tema que ha sido motivo de discusión, no solo en este sino en muchos gobiernos.
Quiero recordar que la Sala ya había adoptado un criterio al respecto. A mi juicio, cuando se delega la fijación de "los requisitos generales y específicos para el ingreso y promoción de dichos cargos", se está yendo más allá de lo que es posible delegar. Por eso, yo invitaría al Ejecutivo a repensar los términos del numeral.
Este es un debate antiguo. Desde hace algunos gobiernos -lo quiero decir porque durante muchos años no se procedió así-, se ha querido obviar de parte de la Dirección de Presupuestos el sincerar la estructura de las plantas o por lo menos sus requisitos básicos: cuántos funcionarios van a ser administrativos, cuántos técnicos, cuántos profesionales, cuáles serán las funciones.
En esta materia, señor Presidente, yo no voy a entrar a la discusión de fondo en cuanto a si el precepto es constitucional o no. En mi opinión, hay un área de discusión ahí. Pero es poco prudente -voy a decirlo de esta forma-, porque las otras normas de defensa de los derechos de los trabajadores están bien.
Por lo tanto, le sugiero al Ejecutivo reflexionar sobre cómo se está procediendo en este punto, porque algunas de las atribuciones que está pidiendo son excesivas para lo que debe ser una buena convivencia entre dos Poderes del Estado. Creo que lo mejor sería que recogiera el guante para evitar que, a renglón seguido, le posterguen la votación del proyecto.
Conociendo nuestros hábitos y costumbres, me parece que sería bueno dejar pendiente el pronunciamiento sobre el numeral l) del artículo primero transitorio, hasta ver si se puede fijar algún criterio de mejor convivencia en cuanto a cómo abordar esta materia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor García.


El señor GARCÍA.- Señor Presidente, considero que la discusión que se ha planteado es bastante interesante y, tal como han indicado la Senadora Von Baer y el Senador Espina, es muy importante que nos pongamos de acuerdo en el punto para evitar problemas posteriores.
Es cierto que muchas veces hemos entregado facultades al Ejecutivo para la fijación de la planta de funcionarios de determinado servicio, de determinada repartición pública.
El señor LETELIER.- ¡Encasillamiento!
El señor GARCÍA.- Lo hemos hecho muchas veces. El asunto es que, en esta oportunidad, no solo lo estamos facultando para fijar la planta, sino también para establecer "los requisitos generales y específicos para el ingreso y promoción de dichos cargos", concretamente en las plantas de personal de la Subsecretaría de la Niñez. Repito: para establecer "los requisitos generales y específicos para el ingreso y promoción de dichos cargos".
La discusión que se plantea es si aquello no representa una modificación a la norma del artículo 38 de la Constitución, que dispone que los requisitos para ingresar a la Administración Pública deben estar contenidos en una ley orgánica constitucional. Específicamente expresa: "Una ley orgánica constitucional determinará la organización básica de la Administración Pública, garantizará la carrera funcionaria (...)". ¡"Garantizará la carrera funcionaria"!
Entonces, fijar mediante decreto "los requisitos generales y específicos para el ingreso y promoción de dichos cargos", ¿puede hacerse sin afectar la ley orgánica constitucional que determina la organización básica de la Administración Pública?
Es un debate muy, muy interesante, en mi opinión.
Y concluyo diciendo simplemente lo siguiente.
Creo que la Mesa debe resolver si el número 1) del artículo primero transitorio es de rango orgánico constitucional, pues, de serlo -la Senadora Von Baer me señala que así es-, claramente se incurriría en el vicio que aquí se ha mencionado y estaríamos faltando a nuestro ordenamiento institucional, por lo que no deberíamos aprobarlo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, recogiendo lo planteado por el Senador Letelier, deseo aclarar que nosotros no pedimos votación separada del artículo completo, sino solo de la frase "los requisitos generales y específicos para el ingreso y promoción de dichos cargos".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Solamente de esa frase?
La señora VON BAER.- Sí.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Conforme.
Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, en nombre del Comité Socialista, pido aplazamiento de la votación para que pueda revisarse la norma.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Por pedirlo un Comité, queda aplazada la votación. Y les pido al Ministro y a los Senadores que revisen la disposición porque, efectivamente, tiene un tema que podría llevar a una discusión sobre su constitucionalidad. La frase transcrita podría significar que fuera de rango orgánico constitucional, por lo que, en aplicación del artículo 64 de la Constitución, no sería posible su delegación. Así se lo he hecho ver al señor Ministro, a objeto de que revise la disposición.
Por lo tanto, queda aplazada la votación. --Queda aplazada la votación relativa al número 1).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- En segundo lugar, se pidió votación separada para el número 3) del artículo primero transitorio (página 23 del comparado), que dice: "3) Determinar la dotación máxima del personal de la Subsecretaría de la Niñez, a cuyo respecto no regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10 del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, cuando uno lee que "no regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10 del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004", queda con la sensación de que no es tan importante que dicha disposición rija. Sin embargo, ella establece que "El número de funcionarios a contrata de una institución no podrá exceder de una cantidad equivalente al veinte por ciento del total de los cargos de la planta de personal de ésta".
Por lo tanto, lo que está planteando el Ejecutivo es que, en el caso de la Subsecretaría de la Niñez, sí se podrá exceder tal porcentaje. Siempre hemos expresado que resulta importante que no se exceda el 20 por ciento de funcionarios a contrata en una institución. Y aquí, explícitamente, el proyecto borra dicha determinación. O sea, el Ejecutivo está anunciando abiertamente que se podrá exceder el 20 por ciento de funcionarios a contrata.
En nuestra opinión, no es posible seguir precarizando el trabajo en el Estado. Estamos creando una institución nueva, estamos diciendo que va a ser potente, que se va a preocupar por los niños, pero en los artículos transitorios advertimos que, a pesar de que va a ser una institución potente, etcétera, podrá tener sobre 20 por ciento de funcionarios a contrata.
Consideramos que eso no puede ser. Nosotros, como Congreso, como Senado, no podemos avalar, con nuestro voto, que se borre el límite de trabajadores en esa calidad dentro de una institución.
Como me dice el Senador Prokurica, si apoyamos al Ejecutivo en esta materia, estaremos precarizando el trabajo de los funcionarios públicos. Por eso hemos pedido votación separada y esperamos que los Senadores y las Senadoras nos acompañen y entre todos defendamos el decreto con fuerza de ley N° 29, del año 2004, que establece que en una institución pública el número de funcionarios a contrata no puede exceder el 20 por ciento del total de los cargos de planta.
--(Aplausos en tribunas).
Es bastante increíble que el Ejecutivo intente, de manera explícita, borrar dicho límite en un proyecto de ley.
Por eso, hemos pedido votación separada y esperamos que los colegas nos acompañen votando en contra del número 3).
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir a continuación el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, al escuchar la opinión de la Senadora que me antecedió en el uso de la palabra, uno recuerda que en esta misma Sala, hace exactamente tres años, todos los proyectos que se aprobaron en el Gobierno de Sebastián Piñera contaban con la más absoluta y discrecional libertad para fijar las plantas.
Yo reclamé en esta Sala diez veces, veinte veces, porque el Senado le concedió fijar las plantas a su absoluto criterio, o descriterio. No existía el límite del llamado "80-20". Se le dio libertad absoluta y además se instauró una glosa en la Ley de Presupuestos que año a año establecía la más completa discrecionalidad del Ejecutivo para fijar las plantas como lo estimara pertinente, violando flagrantemente el límite dispuesto por la ley.
Seamos claros: este es un criterio que ha sido violado por todos los gobiernos. Y debiera haber un mecanismo mediante el cual, junto con los Senadores que nos piden votar a favor o en contra, asumiéramos un compromiso.
Efectivamente, yo no estoy disponible para ninguna reforma más a esta precaria, decadente y maloliente Constitución.
Del mismo modo, no estoy disponible para seguir aprobando bonos que no signifiquen cotización adicional a la remuneración, de tal manera que se imponga por dicha bonificación y no siga aumentando el déficit previsional de los trabajadores.
Y, en este caso, tampoco estoy disponible para permitir un mayor porcentaje de funcionarios a contrata que implique elevar la precariedad de los trabajadores dentro de las instituciones estatales.
El Estado, que es un mal empleador -lo hemos dicho siempre, en el Gobierno que sea- y que ha diseñado políticas para pasar al personal a honorarios a la calidad de contrata, no puede pretender aumentar infinitamente los funcionarios en esta última condición. Hay servicios que tienen a más del 95 por ciento de sus trabajadores a contrata, entre ellos la Alta Dirección Pública, que evalúa a las personas que postulan a importantes cargos del Gobierno.
Es por eso que pido coherencia en aquello. Comparto la idea de no seguir aumentando la precariedad del trabajo de los servidores públicos. Y me gustaría saber si el Ejecutivo -está el Ministro de Desarrollo Social- nos puede ilustrar en esta materia.
Entiendo que se quiere avanzar en un organismo tan importante como es la Subsecretaría de la Niñez, pero no es posible precarizar el trabajo de los funcionarios públicos cuando en el SENAME el efecto de este fenómeno hace que el 25 por ciento de su personal se encuentre con licencia médica. Es decir, de sus 4 mil empleados, hay mil que cada día no asisten a trabajar por estar en precarias condiciones de salud o de vulnerabilidad. Lo anterior da cuenta de que la institucionalidad del Servicio Nacional de Menores no logra proteger a los niños y mucho menos a sus trabajadores.
Por lo tanto, eso no lo podemos repetir en una legislación que busca superar tal problema y establecer una verdadera protección para la niñez. La situación del personal de planta es muy importante: funcionarios que estén mal pagados, que sean maltratados, no van a poder ejercer las labores que buscamos en defensa de los niños.
Compartiendo el criterio, quiero decir que estamos frente a una práctica permanente de todos los Gobiernos. Y espero que en este proyecto podamos superarla. Por eso, me gustaría escuchar la opinión del señor Ministro respecto de cómo se abordará esta materia.
Cada vez que se plantea la creación o la modificación de un servicio o un ministerio -en este momento se está discutiendo, a propósito del Servicio Nacional de la Biodiversidad, la situación de los guardabosques, de los guardaparques, y la inexistencia de una CONAF pública-, se presenta el tema de que el Estado debe tener el tamaño necesario para ordenar a la sociedad, para que no sea el mercado el que controle todo, y poder contar con una adecuada regulación y fiscalización. En este caso, se requiere que tenga el tamaño indispensable para brindar un buen servicio de protección de la niñez: en la Defensoría, en la Subsecretaría y en todos los organismos que estamos creando para poder proteger, de una vez por todas, a los niños más vulnerables, ya que el Estado es el responsable de su abandono.
Es cierto que el Gobierno ha avanzado -y en esto debiera haber consenso total- al crear esta institucionalidad, pero ella debe presentar fortalezas y no fomentar la precariedad.
Antes de tomar cualquier decisión de voto, señor Presidente, me gustaría que el Ejecutivo -felicito al Ministro de Desarrollo Social por estar en la Sala, porque la presencia de los Secretarios de Estado se está volviendo rara aquí: vienen poco- nos diera su opinión sobre el particular.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No tengo inconveniente en cederle la palabra al señor Ministro, pero primero debe solicitarla.
A continuación, puede intervenir el Senador señor Bianchi.


El señor BIANCHI.- Señor Presidente, me sigue resultando, ya no penoso, sino irritante, volver a constatar, una vez más, cómo el Estado es un muy mal empleador. Lo hemos denunciado largamente. Sin embargo, hay Senadores que cuando yo señalo que el Estado es uno de los peores empleadores, dicen que miento. Pero qué mayor constatación que esta: un Ministerio de Desarrollo Social que precariza absolutamente la situación laboral de quienes ejercerán allí una importante función.
Y no solo eso, señor Presidente.
En la medida en que aprobemos el número 3), lo que haremos será, en primer lugar, estar haciéndonos parte de la precarización laboral en que se encuentran mujeres y hombres que trabajan para nuestro Estado, y, en segundo lugar, precarizando absolutamente la situación en que se van a jubilar el día de mañana.
¡Ni siquiera se da cumplimiento a la norma denominada "80-20"!
¡Efectivamente, hay instituciones, servicios en los cuales casi el cien por ciento se encuentra en una figura de absoluta desprotección en lo laboral, sin posibilidades de tener resguardos en materia de salud, en materia de vacaciones, en materias previsionales!
Entonces, excúseme, señor Presidente, si uno debe tener consecuencia entre lo que dice y lo que hace, a mí me resulta imposible votar a favor de esta norma. ¡No es posible! Porque, al hacerlo, estamos precarizando absolutamente la situación laboral.
¡Cómo el Ejecutivo, cómo el Estado no tiene la capacidad de asumir que efectivamente las plantas han crecido! ¡Se necesita de estas funcionarias, se necesita de estos funcionarios! ¡Se necesita que el Estado entregue empleabilidad dando el primer ejemplo, y no en esta condición!
Por lo tanto, en un acto de consecuencia, yo no puedo votar favorablemente. Más aún entendiendo que a través del Ministerio de Desarrollo Social estamos abordando una labor que es fundamental.
El país ha conocido y ha constatado de manera penosa la situación que atraviesan muchos de los niños y niñas vulnerables. Quienes se van a hacer cargo de una labor tan importante como esa se encuentran en una condición laboral extremadamente vulnerable y precaria, y con el voto favorable precisamente profundizamos bastante más esa situación.
Yo quiero un Estado robusto, pero que sea un buen empleador y no que incurra en estas prácticas que atentan contra la estabilidad laboral y el futuro de las pensiones el día de mañana.
--(Aplausos en tribunas).
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señores Senadores, a petición de su titular, solicito autorización para que la Comisión de Hacienda sesione en paralelo con la Sala por un tiempo breve para despachar un tema relacionado con el proyecto que crea el Ministerio de Cultura.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro.


El señor BARRAZA (Ministro de Desarrollo Social).- Señor Presidente, sin perjuicio de que se aplazó la votación del numeral 1) del artículo primero transitorio, me asiste el deber de señalar que no entendemos que dicha norma no se ajuste a constitucionalidad. Insisto en ello. Es una materia que se verá en una próxima sesión. Hago presente que más bien hay fallos del Tribunal Constitucional que refrendan lo que he señalado. Pero me pareció importante dejarlo consignado.
Ahora bien, respecto del numeral 3), específicamente sobre las plantas, lo que se busca con esta norma, podríamos llamar de única vez y de excepción, es proteger el traspaso de los trabajadores que vienen del mismo Ministerio hacia la Subsecretaría de la Niñez. Se trata de una norma de protección. Está lejos de ser una disposición vulneradora. Por lo mismo, deseo mencionar que ese criterio se utilizó para la constitución tanto del Ministerio de Desarrollo Social como de la Subsecretaría de Prevención del Delito, iniciativas que se aprobaron en el anterior Gobierno y que respaldaron la Senadora Von Baer y el Senador Espina.
Me parece que es de justicia señalarlo, toda vez que a nuestro entender no tendría por qué no aplicarse el mismo criterio de protección de los funcionarios que hoy día están en el Ministerio y que pasarían a formar parte de la Subsecretaría de la Niñez.
Gracias, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No hay más inscritos.
En votación el numeral 3) del artículo primero transitorio.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, hago presente que la norma tiene rango orgánico constitucional.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer para fundar el voto.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, en alusión a lo que planteaba el Ministro, efectivamente esta es una norma que en muchas otras ocasiones se ha votado a favor. La pregunta es si eso es correcto o no. Y yo creo que no lo es. Y al igual que en la norma anterior, en que nosotros planteábamos que no le podemos entregar esta materia al Ejecutivo -no lo debiéramos hacer ahora ni después-, pensamos que no es posible apoyar una disposición que dice que se va a borrar el llamado "80-20". Nosotros tenemos que defenderlo. Constituye una buena norma para el funcionamiento del Estado y para la no precarización de los derechos de los trabajadores.
Por lo tanto, independientemente de lo que plantee el Ministro respecto a si esto ocurrió en otras ocasiones o no, la pregunta que hay que formularse es si esto es correcto o no. Yo pienso que no lo es. Y, dado que no es correcto, nosotros debemos defender la norma conocida como "80-20".
En tal sentido, invito a los señores Senadores y a las señoras Senadoras a que rechacemos esta parte del proyecto, porque precariza los derechos laborales de los funcionarios públicos.
Por esas razones, señor Presidente, votamos en contra.
El señor BARRAZA (Ministro de Desarrollo Social).- Señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señor Ministro, está abierta la votación. No puedo ofrecerle la palabra, salvo que usted se haya sentido afectado y quisiera aclarar algunas observaciones que se han formulado.
Tiene la palabra, señor Ministro.
El señor LARRAÍN.- ¿Por qué se podría sentir afectado?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Va a aclarar un punto.
La señora VON BAER.- Yo no le pregunté nada.
El señor LARRAÍN.- Nadie le ha hecho una consulta al Ministro.
El señor COLOMA.- Sea riguroso, señor Presidente. No hay preguntas.


El señor BARRAZA (Ministro de Desarrollo Social).- Gracias, señor Presidente.
¿La calidad del empleo -hablando de empleo decente- es una aspiración de este Gobierno? Por cierto que sí.
No creemos que la calidad del empleo de los funcionarios públicos se resuelva con este proyecto de ley en particular, que es lo que la Senadora Von Baer plantea.
Entendemos que lo que estamos haciendo es precisamente proteger el empleo de los funcionarios que, perteneciendo al Ministerio de Desarrollo Social, se traspasan a la Subsecretaría de la Niñez.
Por lo mismo, así como este criterio ha sido útil para otras institucionalidades que se han creado -entre ellas, la Subsecretaría de Prevención del Delito y el Ministerio de Desarrollo Social-, nos parece que sigue siendo útil como punto de partida para la Subsecretaría de la Niñez.
Gracias, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza el número 3) del artículo primero transitorio del proyecto (12 votos en contra y 9 a favor).
Votaron en contra las señoras Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Bianchi, Coloma, García, García-Huidobro, Hernán Larraín, Navarro, Pérez Varela y Prokurica.
Votaron a favor la señora Muñoz y los señores Araya, Harboe, Montes, Pizarro, Quinteros, Tuma, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, la última votación separada se refiere al número 5) del artículo primero transitorio, que dice: "Los requisitos para el desempeño de los cargos que se establezcan en el ejercicio de la facultad no serán exigibles a los funcionarios que sean traspasados a la Subsecretaría de la Niñez...".
La señora VON BAER.- Señor Presidente, retiro la petición.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se retira la solicitud de votación separada de la referida disposición, que queda aprobada con el quorum constitucional exigido.
En consecuencia, está pendiente para mañana la disposición respecto de la cual se pidió aplazamiento de la votación.
--Queda pendiente la discusión particular del proyecto.