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MODERNIZACIÓN Y FORTALECIMIENTO DEL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA


El señor LAGOS (Presidente).- Corresponde discutir en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que moderniza y fortalece el ejercicio de la función pública del Servicio Nacional de Pesca, con informe de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.482-21) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 59ª, en 2 de noviembre de 2016 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura: sesión 78ª, en 4 de enero de 2017.
El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Los principales objetivos de la iniciativa son:
-Establecer una asignación de fortalecimiento de la función pública al personal de planta y a contrata del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, e incrementar su dotación máxima de personal.
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--(Manifestaciones en tribunas).
El señor LAGOS (Presidente).- Perdón, señor Secretario.
Quiero pedirles a quienes nos acompañan en las tribunas, entendiendo su frustración, su molestia...
El señor COLOMA.- ¡No interprete tanto, señor Presidente!
El señor LAGOS (Presidente).- No se trata de eso, señor Senador. Ellos se están expresando.
Deseo informarles que hay un Reglamento, y a mí me corresponde aplicarlo. No es una cuestión de voluntad de mi parte o de quienes quisieran aprobar el proyecto anterior. Los parlamentarios que tienen dudas pueden postergar la votación de esa iniciativa hasta mañana.
Lo único que les pido es que...
--(Manifestaciones en tribunas).
No puedo entrar a debatir con ustedes. Solamente les explico la situación.
Les solicito que nos permitan continuar con la sesión.
--(Manifestaciones en tribunas).
Dirijan su frustración adonde corresponda; no a esta Sala ni al trabajo del Senado.
--(Manifestaciones en tribunas).
¡Háganlo donde corresponda!
Gracias.
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El señor LAGOS (Presidente).- Continúe la relación, señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El segundo objetivo de la iniciativa que nos ocupa es modificar la Ley General de Pesca y Acuicultura para combatir la pesca ilegal, mediante el establecimiento de nuevas obligaciones para los agentes pesqueros y la incorporación de figuras infraccionales y delictuales específicas que sancionan conductas graves cometidas en las etapas de procesamiento, elaboración, almacenamiento y comercialización de recursos hidrobiológicos.
La Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura discutió este proyecto solamente en general y aprobó la idea de legislar con la mayoría de sus miembros. Se pronunciaron favorablemente los Senadores señoras Goic y Muñoz y señor Quinteros, y se abstuvieron los Senadores señora Van Rysselberghe y señor Moreira.
Cabe considerar que los números 11, 14 y 19 del artículo 8 tienen el carácter de normas orgánicas constitucionales, por lo que requieren para su aprobación 21 votos favorables.
El texto que se propone aprobar en general se transcribe en las páginas 14 a 27 del primer informe de la Comisión y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
Nada más, señor Presidente.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).- En discusión la idea de legislar.
Hay varios señores Senadores inscritos para intervenir.
Tiene la palabra, en primer lugar, el Honorable señor Quinteros, Presidente de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, daré a conocer parte del informe de la referida Comisión, del cual se dio cuenta en sesión de enero de este año.
Con fecha 31 de diciembre de 2015 Su Excelencia la Presidenta de la República ingresó a la Cámara de Diputados el mensaje que dio origen a la iniciativa que moderniza y fortalece el ejercicio de la función pública del Servicio Nacional de Pesca (boletín N° 10.482-21), instancia que aprobó tal proyecto por mayoría de votos (92 a favor y 1 en contra).
Posteriormente, el 2 de noviembre de 2016, dicha propuesta legislativa llegó a este Senado.
OBJETIVOS DEL PROYECTO
-Establecer una asignación de fortalecimiento de la función pública al personal de planta y a contrata del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, e incrementar su dotación máxima de personal.
-Modificar la Ley General de Pesca y Acuicultura para combatir la pesca ilegal, a través del establecimiento de nuevas obligaciones para los agentes pesqueros y la incorporación de figuras infraccionales y delictuales específicas que sancionan conductas graves cometidas en las etapas de procesamiento, elaboración, almacenamiento y comercialización de recursos hidrobiológicos.
FUNDAMENTOS
La pesca y la acuicultura constituyen importantes actividades económicas a nivel nacional, que se han ido complejizando por la utilización de más y mejores tecnologías y por la multiplicación de actores en la producción y en la cadena de comercialización, así como de prestadores de servicios que inciden en la sustentabilidad de esas actividades, lo que plantea nuevos desafíos al seguimiento de los productos pesqueros y de la acuicultura, particularmente cuando ellos son destinados a mercados internacionales que exigen de la autoridad sanitaria nacional respectiva la certificación del cumplimiento de exigentes estándares de inocuidad.
Hago presente que el sector de procesamiento se encuentra representado por 709 plantas debidamente inscritas en el registro, de las cuales 236 corresponden principalmente a secadoras de algas y las restantes a otros recursos. En conjunto, para el año 2014 se produjeron 1.780.000 toneladas de productos.
Por su parte, los comercializadores son personas naturales o jurídicas que realizan la compra y venta de recursos hidrobiológicos o de sus productos y que, como tales, circulan en toda la cadena de valor, abasteciéndose, acopiando y destinando recursos y productos. En la actualidad, conforme a la Ley General de Pesca y Acuicultura, tienen la obligación de declarar sus operaciones y acreditar el origen legal de los recursos hidrobiológicos y de los productos que comercializan, sin que se requiera la inscripción en un registro especial, no obstante lo cual, el Servicio mantiene una nómina de comercializadores que incluye a 3.998 agentes.
Es necesario hacer hincapié en que la pesca ilegal pasó a constituir una de las más cuestionables infracciones al ordenamiento nacional, porque no solo pone en riesgo el futuro de los recursos hidrobiológicos, sino que provoca gran impacto social al sector pesquero.
Sobre el particular, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura ha estado inmerso en un proceso de cambios impulsado, principalmente, por las crisis sectoriales asociadas a la sustentabilidad de las actividades pesqueras y de acuicultura, ya que actualmente la política de Estado en esta materia busca impulsar la recuperación de las principales pesquerías; mantener controlados los riesgos sanitarios y ambientales de la acuicultura, y garantizar la inocuidad de los productos de la pesca y la acuicultura para su comercialización en los mercados nacionales e internacionales.
La regulación ha ido cambiando: se han fortalecido las potestades estatales y se ha profundizado la intervención de la autoridad, lo que impone la instauración de una estrategia de fiscalización eficiente, eficaz y oportuna.
Así, las modificaciones a la Ley General de Pesca y Acuicultura han impuesto nuevos deberes al Servicio Nacional de Pesca, a lo que debe añadirse la necesidad de mejorar las condiciones de retribución del trabajo dentro del mencionado organismo, debido a que la experiencia y el conocimiento adquiridos en el tiempo permiten disminuir los plazos de inducción insoslayables ante la deserción del personal que lleva a cabo las diversas tareas de esta institución y que la abandonan en la búsqueda de mejores condiciones laborales.
Actualmente existe una debilidad de la regulación vigente en materia de monitoreo, control y vigilancia, por lo que se propone la creación de nuevas figuras infraccionales administrativas, e incluso de índole penal, que desincentiven el procesamiento, la elaboración, el almacenamiento y la comercialización de recursos capturados o producidos ilegalmente.
Por supuesto, queda para la discusión en particular el análisis de cada uno de los tipos penales, pues han surgido fundadas aprensiones acerca del alcance de algunos de ellos.
En ese contexto, la certificación pasa a ser un elemento clave en el proceso exportador, del que depende el éxito de la comercialización internacional de los productos nacionales. Por tanto, resulta esencial que la labor que desempeña el Servicio en materia de inocuidad y certificación para la exportación esté actualizada, sea eficiente y oportuna y mantenga contacto permanente con los mercados de destino, para evitar el rechazo de dichos productos.
VOTACIÓN
Tal como se consigna en el informe respectivo, sometido a votación en general el proyecto, fue aprobado por mayoría de votos, con la abstención de los Senadores señora Van Rysselberghe y señor Moreira.
Cabe señalar que concurrieron a la Comisión diversos dirigentes de pescadores artesanales, cuyas opiniones fueron escuchadas, pese al fracaso de las sesiones por falta de quorum. En una sesión posterior al despacho de la iniciativa se les invitó y recibió por la Comisión, a fin de tener presentes sus observaciones al momento de formular indicaciones.
Finalmente, de acuerdo a lo expresado, la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura solicita a la Sala aprobar en general la presente iniciativa.
Es todo cuanto puedo informar.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Moreira.


El señor MOREIRA.- Señor Presidente, como en reiteradas ocasiones sucede con los servicios públicos, SERNAPESCA ha estado sujeto a una serie de desafíos y procesos de cambio, debido principalmente a la crisis de los sectores asociados a la sustentabilidad de las actividades pesqueras y de la acuicultura.
Además, las sucesivas y profundas modificaciones legales en la regulación de ambos sectores en pro de la sustentabilidad han requerido -cada vez en mayor grado- cambios en las conductas por parte de los distintos actores, lo que ha presionado fuertemente el rol fiscalizador del referido Servicio.
Impulsar la recuperación de pesquerías y mantener controlados los riesgos sanitarios y ambientales en la acuicultura requieren modernizar la gestión pública, con mayor urgencia en materia de cumplimiento normativo, pues este constituye un pilar indispensable para el logro de esos objetivos prioritarios.
Por ello, era necesario promover un proyecto de ley que entregara las herramientas necesarias a su personal para fortalecer sus funciones y el desempeño de sus labores de monitoreo, control y vigilancia de la actividad pesquera y acuícola, como se ha hecho con otros servicios.
Mi apoyo a esta iniciativa no está en duda. El Servicio Nacional de Pesca, sus autoridades y colaboradores cuentan con todo mi respaldo.
Lo que no me parece -y lo recalco: ¡no me parece!- es que, en la improvisación de siempre, aquí finalmente se hayan refundido dos proyectos: uno que busca la modernización de SERNAPESCA, que es claramente un avance, y otro que incorpora una serie de medidas para fiscalizar fuertemente la pesca ilegal, lo que es muy muy necesario.
Lamentablemente, en este proceso no se escuchó la voz de la pesca artesanal, cuyos representantes no fueron invitados a la Comisión durante la discusión. Se dijo que habían sido oídos en la Cámara de Diputados. ¡Pero no fueron invitados al órgano técnico del Senado!
Por un hecho fortuito, el día que analizamos y votamos este proyecto en general, un dirigente pesquero de Concepción, quien estaba haciendo guardia ahí, pidió hablar y habló. Yo pedí la lista de las personas invitadas; pues bien, ¡no había tal lista!
Me parece equivocado el procedimiento. Sin embargo, el Presidente de la Comisión, el Senador señor Quinteros, dio instrucciones para que fueran invitados durante la discusión particular las mismas organizaciones que estuvieron presentes en la Cámara Baja.
No quiero decir que debe haber impunidad con la pesca ilegal, que pone en riesgo la sustentabilidad de los recursos, ni que son los pescadores quienes deben establecer sus normas y sanciones. Pero ellos tienen mucho que decir en cuanto a la implementación de tales acciones.
Si legislamos sin escuchar a quienes en el día a día están laborando en sus actividades, terminamos generando leyes que finalmente son inoperantes y forman un sistema burocrático que, más que prevenir y cumplir las funciones de fiscalización, estanca el desarrollo de la productividad del sector y perjudica a los más débiles de la cadena productiva.
Me llama la atención que los industriales sí fueron escuchados y se acogieron sus demandas, lo que queda en evidencia en las palabras del Presidente de SONAPESCA, el señor Orrego, quien señaló a la revista Aqua: "Este proyecto de ley requiere toda la urgencia y prioridad que una materia tan delicada como esta amerita, sin perjuicio del perfeccionamiento técnico y legal que requiera durante su tramitación legislativa". Y aseguró: "La Sociedad Nacional de Pesca aportará todo su conocimiento y experiencia para contribuir a tener una ley que sea un verdadero y eficaz aporte al sector pesquero".
La presente iniciativa, señor Presidente, precisa hacer claras diferencias entre los pescadores artesanales de subsistencia y quienes extraen el producto de manera comercial.
La propuesta legislativa en debate no distingue en el tema de la acreditación de origen entre los pequeños pescadores artesanales, quienes se dedican a extraer determinado recurso con el consiguiente proceso y comercialización, y un sector fuerte que se está aprovechando de los artesanales: los intermediarios, que hacen un trabajo ilegal, todo lo cual requiere una mayor fiscalización.
Lamento que se haya llegado a la votación en general sin haber resuelto esos puntos relevantes y espero que en el análisis en particular se resuelvan las inexactitudes referidas y, por sobre todo, se escuche a los representantes de la pesca artesanal, quienes tienen mucho que decir.
El Presidente de la Comisión ha señalado que va a dar garantías para que todas las organizaciones sean escuchadas.
Este proyecto, señor Presidente, es de gran relevancia para el Servicio y sus funcionarios, quienes realizan una gran labor, especialmente en la Región de Los Lagos, donde les ha tocado liderar con gran protagonismo las medidas preventivas y paliativas pos marea roja.
Pero -insisto- no podemos legislar sin escuchar a todos los sectores involucrados.
He dicho.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, como aquí se ha señalado, estamos en la discusión en general de un proyecto muy importante, que busca modernizar y fortalecer la función pública del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Como se indica en sus ideas matrices, se propone establecer una asignación de fortalecimiento de la función pública para el personal de planta y a contrata del referido Servicio, e incrementar en 20 funcionarios la dotación máxima.
Además de proporcionar herramientas para el mejor cumplimiento de las funciones de SERNAPESCA, la iniciativa incluye, como acaba de precisar el Senador que me antecedió en el uso de la palabra, señor Moreira, un acápite para combatir lo que se denomina "pesca ilegal".
A ese efecto, se disponen nuevas obligaciones para los agentes pesqueros y se incorporan ciertas figuras infraccionales y delictuales para sancionar conductas graves cometidas en las etapas de procesamiento, elaboración, almacenamiento y comercialización de los recursos hidrobiológicos.
Señor Presidente, deseo manifestar que es muy importante para Chile contar con un Servicio Nacional de Pesca moderno y capaz de cumplir con los desafíos que enfrenta hoy día nuestro país.
Estamos hablando de un desembarque total: por ejemplo, en 2014 fue superior a las 3 millones 800 mil toneladas, de las cuales 32 por ciento provienen de la acuicultura y 68 por ciento, del sector extractivo. De este último, el 40 por ciento es producto de la pesca artesanal.
También sabemos lo que está ocurriendo en nuestro país: se ha ido prácticamente depredando y haciendo que desaparezcan algunas especies. De ahí la importancia de la protección, del cuidado, de un buen servicio y de una buena fiscalización al respecto.
Sin embargo, me parece que las figuras infraccionales y delictuales que intenta establecer este proyecto no están bien definidas, y, más aún, no hacen distinción entre el pequeño pescador artesanal y las grandes pesqueras.
Entonces, creo que en la discusión particular de esta iniciativa deberemos buscar definiciones precisas, con fundamento, pues no podemos cargar, simplemente por ser el sector más vulnerable, a los pescadores artesanales con determinadas penas, con una cantidad de exigencias, con discriminaciones que no se compadecen con lo que intentamos.
Señor Presidente, debo señalar -porque lo he visto- que cada día hay mayor grado de conciencia en nuestros pescadores artesanales respecto de la necesidad de defender y de proteger especies y recursos hidrobiológicos, que progresivamente se van volviendo más escasos e incluso algunos están a punto de desaparecer.
Por lo tanto, nosotros siempre tenemos que dar herramientas para que este sector pueda trabajar como corresponde, pero no introduciendo figuras como las aquí propuestas, por ejemplo, la asociación ilícita.
O sea, no hay una distinción clara.
Ello nos obliga como Senado de la República a trabajar este proyecto en particular, sobre todo para precisar qué se entiende cuando hablamos de la pesca ilegal y cuáles son las figuras infraccionales y delictuales.
Quiero señalar que hay legítimas críticas provenientes del sector artesanal hacia esta normativa. Creo que nosotros debiéramos escucharlas y ser muy precisos a la hora de discutir la iniciativa en particular.
Nadie duda, como ya mencionamos, acerca de la necesidad de modernizar y fortalecer la función de SERNAPESCA. Obviamente que requerimos mayor efectividad en la fiscalización. También es importante generar incentivos al cumplimiento voluntario de los agentes pesqueros -es muy significativo ese estímulo-, y, por cierto, tener disposiciones sancionatorias frente a infracciones. Pero de ahí al extremo al que aquí se llegó no sé si es adecuado. A mi juicio, ello hace necesaria una revisión por parte nuestra.
Por eso, señor Presidente, voy a aprobar en general este proyecto, pero con la prevención de que contiene definiciones imprecisas, infundadas y, sobre todo, que afectan directamente a la pesca artesanal; de que ni siquiera hace una distinción en la gravedad de las sanciones, en los volúmenes extraídos, en las condiciones en que se trabaja -muchas veces como forma de sobrevivencia-, y tampoco plantea una diferencia con otros actores, que poseen otro nivel de trabajo.
He dicho.
El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Araya.


El señor ARAYA.- Señor Presidente, en primer lugar, pido que se abra la votación.
En seguida, debo expresar que vamos a respaldar este proyecto.
Estamos bastante conformes con el fortalecimiento relativo a la institucionalidad, especialmente en cuanto a la fiscalización.
Dicho eso, me quiero detener en un tema puntual de la iniciativa, el cual se refiere a los nuevos tipos penales que se están introduciendo.
El proyecto incorpora en la Ley General de Pesca y Acuicultura un nuevo concepto dentro de su listado, que denomina "pesca ilegal", definida en los siguientes términos:
"Pesca ilegal: actividad pesquera extractiva efectuada en aguas bajo la jurisdicción nacional o en alta mar, sea utilizando o no embarcaciones nacionales o extranjeras, en contravención a la normativa pesquera nacional vigente o a aquella establecida por organismos regionales o internacionales de los cuales Chile es parte. También se considera como pesca ilegal el uso de recursos hidrobiológicos contraviniendo la normativa nacional vigente en las actividades de transformación, elaboración, transporte, almacenamiento y comercialización de recursos hidrobiológicos o productos derivados de éstos.".
La conducta que acabo de leer, si bien parece ser un tipo penal, no contempla alguna sanción respecto a la comisión de este hecho.
Como consecuencia de ello, el problema se presenta con la incorporación de un nuevo tipo penal de asociación ilícita para cometer esta "pesca ilegal", en el artículo 9, N° 20, que agrega un nuevo artículo 140 bis en la Ley General de Pesca y Acuicultura del siguiente tenor:
"Artículo 140 bis.- Los que se asociaren u organizaren con el objeto de llevar a cabo conductas descritas de conformidad con el artículo 2, número 72, de esta ley, serán sancionados por este solo hecho, según las normas que siguen".
Luego se establece una categorización dependiendo de la participación de la persona en el ilícito.
El tipo penal recién descrito presenta fallas manifiestas a nivel de tipicidad, al no contener la descripción de una conducta.
Como se puede apreciar, la conducta que se está tipificando sería la realización de una actividad extractiva en contravención a la normativa nacional o internacional, lo cual es bastante confuso, ya que no le permite a una persona común -pensando principalmente en que estas normas se van a aplicar fundamentalmente a pescadores artesanales-, y en muchos casos ni siquiera a una persona con conocimientos específicos, identificar claramente cuál es la conducta que está prohibida por el legislador y, por ende, abstenerse de realizarla a fin de no resultar sancionada.
Además, se podrían presentar problemas a nivel de proporcionalidad, por cuanto la pena asociada a estas conductas no dice relación con la gravedad de la contravención a la normativa nacional o internacional que señala como conducta prohibida.
Por ejemplo, podría no ser igualmente grave realizar una caza de ballenas que utilizar un arte de pesca prohibido. En ambos casos se trata de actividades extractivas en contravención a la normativa nacional. Sin embargo, se infringen normas de distinta jerarquía y gravedad, no obstante lo cual el tipo penal que propone el proyecto en discusión no realiza distingo alguno, salvo "eximir" determinados delitos de la asociación ilícita.
A mi juicio, eso es bastante grave, porque hay que tener presente que las penas sugeridas en esta iniciativa para tales ilícitos son de crimen, es decir, van de cinco años y un día a diez años.
Asimismo, se debe considerar que, desde la perspectiva constitucional, no se cumple con las exigencias previstas en el artículo 19, N° 3°, inciso final, de la Carta Fundamental, que dispone: "Ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona esté expresamente descrita en ella.".
Como consecuencia de lo anterior, se van a presentar también problemas de persecución penal, dado lo difícil que será configurar la asociación ilícita que se propone sancionar en esta iniciativa, ya que el delito base, que es motivo de persecución en toda asociación ilícita, no se encuentra correctamente determinado.
Por tal razón, señor Presidente, estimamos correcto que dicha norma sea revisada por la Comisión de Constitución antes de ser despachada en particular por la Sala.
Dicho eso, anuncio mi voto favorable a este proyecto.
El señor LAGOS (Presidente).- Se ha pedido abrir la votación.
¿Habría acuerdo de la Sala?
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Pero respetando los tiempos, señor Presidente.
El señor LAGOS (Presidente).- De acuerdo.
Se abrirá la votación, con los mismos tiempos asignados a esta discusión.
En votación general el proyecto.
--(Durante la votación).
El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, estimados colegas, seré muy breve.
Creo que ha quedado en evidencia algo fundamental: el respaldo a todo lo que permita fortalecer la función pública de SERNAPESCA, lo cual consideramos muy positivo. Estoy seguro de que sobre esto no habrá discusión.
Lo debatible tiene que ver con las modificaciones que se hacen a la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Por tanto, quiero plantear por intermedio de la Mesa al señor Ministro de Economía lo siguiente.
Ha habido resistencia institucional desde hace mucho tiempo para revisar la definición de "pescador artesanal", y no es correcto seguir manteniendo la existente hoy. No es lo mismo un armador industrial, un armador artesanal que un botero. Pero actualmente a un botero (una persona que extrae recursos hidrobiológicos), incluso a orilleros o a personas que no tienen ni embarcaciones, como las que cosechan cochayuyos, los tratan de la misma forma que a un armador artesanal.
Eso es lo que está haciendo ruido en este proyecto, porque las multas que se están imponiendo a un armador industrial o a uno artesanal no pueden ser de la misma naturaleza que las aplicadas a una persona que pesca para sobrevivir.
Pero esta iniciativa hace eso.
Por eso quiero pedirle al Ministro de Economía -por su intermedio, señor Presidente- que, por favor, se aborde esa materia de una vez. ¡Hoy es cuando!
Porque resulta casi absurdo que una persona que recolecta cochayuyo en la costa deba disponer de un mecanismo de registro electrónico, digital, de lo que extrae. ¡Es lo más ridículo del mundo!
Está bien que un armador industrial o un armador artesanal lo hagan.
Los recolectores de orilla no llegan a un puerto. ¡Y les quiero decir que en la Sexta Región no existen puertos!
Lo anterior se repite no solo respecto de los recolectores de orilla, pues también a aquellos que trabajan en la acuicultura o a quienes tienen áreas asignadas con explotación de crustáceos, bivalvos u otros productos les están poniendo una exigencia indebida.
A mi juicio, al no tener una buena definición de "pescador artesanal" se confunde el concepto de "pesca ilegal". Porque es bien distinto el caso de un pescador, de un botero que extrae y tiene fauna acompañante a la de un industrial que tiene fauna acompañante. Lo mismo sucede con el significado de "descarte".
Si SERNAPESCA no posee claridad en esta materia, los multará a los dos igual, pues entre lo extraído puede haber, por ejemplo, un lenguado y contaban con permiso para explotar merluza. Por lo tanto, aquí hay un problema.
Es necesario cambiar la definición. Se debe precisar qué es "pesca ilegal" en este concepto.
De la misma forma, hay que analizar lo relativo a las multas.
¡Yo soy partidario de que se castigue brutalmente la pesca ilegal! ¡No queremos el abuso y el saqueo de los recursos hidrobiológicos de nuestro país!
¡Doce pesquerías han estado a punto de colapsar, pero ninguna de esas situaciones es responsabilidad de los artesanales pequeños!
Por ello, de una vez por todas, en la discusión en particular es preciso hacer esta diferenciación.
Estoy a favor del proyecto, pero me voy a abstener, porque no tengo la convicción de que se va a cambiar la definición de "pescador artesanal".
Me parece que meter en el mismo saco a los boteros y a los armadores de Talcahuano, por ejemplo, que son artesanales y que cuentan con una tripulación de otra naturaleza, no da para más.
Señor Presidente, entiendo el espíritu de la iniciativa y lo comparto plenamente.
Concuerdo en que es importante que la Comisión de Constitución también revise el tipo penal, para que no haya ningún problema.
Pero, por favor, no nos hagan generar instrumentos represivos para gente que sobrevive apenas. Se les ponen exigencias tecnológicas, hasta absurdas, cuando ellos no son el problema.
A mi juicio, la única forma de arreglar esto, después de muchos años desde que aprobamos la Ley General de Pesca y Acuicultura, es que de una vez por todas haya una nueva definición de "pescador artesanal". No son lo mismo quienes se dicen artesanales y que andan en embarcaciones que pueden extraer decenas de toneladas de productos marinos y aquellos pequeños pescadores que trabajan para sobrevivir, a los cuales se les puede someter a penas inadecuadas.
El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Goic.


La señora GOIC.- Señor Presidente, en primer término, anuncio que aprobaré en general este proyecto, tal como lo hice en la Comisión.
La idea matriz de la iniciativa es algo que esperábamos: el fortalecimiento del Servicio Nacional de Pesca. Ello, estableciendo el pago de una asignación mensual al personal de planta y a contrata, fundamentalmente para retribuir el cumplimiento adecuado de sus responsabilidades en el Servicio, y efectuando las debidas adecuaciones de personal para mejorar el servicio en materia de inocuidad alimentaria que facilite el comercio exterior y para potenciar el análisis de las prioridades de fiscalización.
Tal como se ha señalado, en la ley en proyecto se ha incorporado como idea fundamental, adicional al fortalecimiento de la función pública del Servicio, modificar la Ley General de Pesca y Acuicultura para combatir la pesca ilegal.
Lo anterior, sin duda, genera mayor debate.
Concuerdo con lo mencionado aquí, en la Sala. Y uno podría decir que falta una reflexión jurídica más detallada en esta materia. Compartiendo todos que debemos atacar la pesca ilegal con mucha fuerza, claramente esto debe ser un tema de debate, de discusión y de corrección, finalmente, de cómo está planteado el texto.
Hoy estamos aprobando solo la idea de legislar.
En tal sentido -insisto-, respaldamos lo relativo al fortalecimiento de la función pública del Servicio, que debe contemplar:
1.- Mayor efectividad del proceso fiscalizador, alineando esfuerzos estratégicos y operativos y el uso de información proveniente de distintas fuentes, especialmente del sector público.
2.- Generación de incentivos al cumplimiento voluntario de los agentes sectoriales, facilitando los trámites, especialmente en la fase exportadora.
3.- Incremento de los efectos disuasivos sobre conductas que transgreden los cumplimientos normativos, reforzando las facultades de fiscalización y los procedimientos sancionatorios.
Ahora bien, aquí hay un desafío legislativo.
Al respecto, en materia de pesca ilegal -como manifestaba-, me gustaría mencionar solo algunos aspectos de lo que dispone la FAO.
Este organismo señala que las legislaciones nacionales deben abordar de forma efectiva todos los aspectos de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, y ocuparse, entre otras cosas, de las normas en materia de pruebas y de su aceptabilidad, inclusive la utilización de pruebas electrónicas y nuevas tecnologías.
Asimismo, la FAO recomienda tomar medidas para que los nacionales y las embarcaciones sin nacionalidad que naveguen en alta mar no respalden ni practiquen la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada; no dar apoyo económico, incluso subvenciones, a empresas, embarcaciones o personas que practican dicha pesca; emprender un seguimiento, control y vigilancia completos y eficaces de la pesca desde su inicio, y la presentación en el lugar de desembarque hasta el destino final, para tener el seguimiento completo.
En particular, se solicita a los Estados velar para que el rigor de las sanciones impuestas a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada sea suficiente para prevenir, desalentar y eliminar dicha pesca y para privar a los infractores de los beneficios derivados de ella.
Hemos visto y hemos sido testigos de denuncias públicas sobre el particular. Se dan situaciones en que, claramente, la multa o la sanción no es disuasiva. Esto significa un atentado importante a la sostenibilidad de los recursos.
Hay legislaciones que han demostrado su efectividad, con un sistema de penalizaciones administrativas y penales. Uno podría tomar los casos de Nueva Zelandia, de Noruega, de España y de Perú.
Como vemos, se trata de una materia legislativa que incide directamente en la sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos de Chile.
Reitero lo planteado acá: debemos separar la situación de los pescadores artesanales y analizar con mucha detención el impacto respectivo.
Comparto la idea de que en la Comisión tenemos que generar el espacio para escuchar a quienes están involucrados y se sienten afectados. Debo decir que aspiramos a que sean beneficiados desde el punto de vista del cuidado de los recursos.
Reitero que la votación es en general. Y entiendo que en la Comisión de Pesca nos queda una tarea para examinar acuciosamente las implicancias de la iniciativa, a fin de contar con una legislación que efectivamente nos dé garantías de cumplir el objetivo en materia de combate a la pesca ilegal y que sea consistente desde el punto de vista jurídico y de las sanciones que se establezcan.
El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, he escuchado con mucha atención las intervenciones precedentes. Y me doy cuenta de la importancia que se le da a este proyecto.
No hay que confundir lo que se entiende por pesquería artesanal con el significado y el objetivo de esta iniciativa.
Sin duda, este proyecto representa un paso importante en la adecuación del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura a las condiciones actuales del sector pesquero y acuicultor de nuestro país.
La comprometida situación de los recursos pesqueros nacionales, en que, según la propia Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, de las 25 especies comerciales mayoritariamente explotadas, 17 se encuentran en estado de colapso y otras 8, en estado de plena explotación, da cuenta de la necesidad imperiosa tanto de incrementar las capacidades de fiscalización de las normas vigentes como también de aumentar de manera significativa las sanciones a su transgresión.
Por supuesto, debemos distinguir las sanciones que se aplican a unos y a otros. Ello depende también de la capacidad que tenga cada proveedor.
Para ampliar las capacidades de fiscalización, el proyecto considera el aumento del personal y el incremento de remuneraciones de aquellos que ejercen la labor fiscalizadora directamente. Estos, sin duda, son dos elementos claves para mejorar la cobertura y la calidad de la fiscalización. Sin embargo, tanto el aumento de personal como los incentivos económicos no están de acuerdo con las necesidades reales del Servicio, el que, a partir de la promulgación de la presente iniciativa, deberá asumir mayores responsabilidades.
Por otro lado, y acá se ha dicho reiteradamente, se mantiene una clara deficiencia del proyecto en su artículo 9, numeral 1, donde se define "pesca ilegal".
Lo correcto es seguir lo propuesto por el Estudio de la Ley General de Pesca y Acuicultura que realizó la FAO el año recién pasado, que recomienda acercar nuestra legislación a la normativa internacional. Es así como se dispone de a lo menos dos definiciones internacionales de pesca ilegal, una de la propia FAO y otra de la Unión Europea, las cuales pueden refundirse o bien servir de base para una definición conceptual más clara y precisa que la ahora propuesta. Bien dice CONAPACH al referirse al punto: "La tipificación que hace el proyecto de pesca ilegal es incorrecta. No hay descripción de tipos penales concretos. Esta situación perjudica a quienes carecen de una buena defensa jurídica. Los infractores con más recursos económicos podrán defenderse de estas sanciones por su incorrecta tipificación, lo que los hace incluso inconstitucionales".
A raíz de lo anterior, señor Presidente, en el informe que entregué a la Sala mencioné que quedaba para la discusión particular el análisis de cada uno de los tipos penales, pues han surgido fundadas aprensiones acerca del alcance de algunos de ellos.
La clara conceptualización y definición de "pesca ilegal" determinará el éxito o fracaso de esta normativa, ya que los delitos o faltas, así como sus respectivas sanciones, dependen de ella. Una definición difusa y poco clara puede llegar a permitir la evasión o elusión de los delitos que se tipifican y sancionan en el propio proyecto.
No obstante lo anterior, no puedo dejar de reconocer el imperativo de mejorar aspectos como los ya descritos, entre otros, el avance en materia de protección de nuestros recursos pesqueros y de la actividad toda, que es muy sustantivo.
Por eso, señor Presidente, solicito que se establezca plazo para formular indicaciones hasta el lunes 20 del presente mes.
He dicho.
El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.


La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, creo que nadie de los acá presentes en la Sala puede disentir de la idea de que resulta absoluta y completamente necesaria una modernización del SERNAPESCA. Tanto es así que a la iniciativa se la identifica como un proyecto que moderniza y fortalece el ejercicio de la función pública del Servicio. Ese es su espíritu y por eso nació. ¿Por qué? Porque, efectivamente, a este organismo se le han entregado una serie de atribuciones y funciones que hoy día, con los recursos humanos y con la orgánica institucional que tiene, resultan muy difíciles de cumplir.
Me parece que, objetivamente, nadie puede discutir y disentir de tal hecho. Y es por esa razón, me imagino yo, que el Gobierno ha puesto las urgencias necesarias.
Al inicio del texto hay varias mejorías en asignaciones a los funcionarios, los cuales, sin duda, se las merecen, lo cual posee una premura distinta del contenido de la segunda parte de la iniciativa. En realidad, son dos proyectos en uno; están pegados: el primero corresponde a la modernización del Servicio Nacional de Pesca, y el segundo, que también resulta necesario pero que tiene tiempos distintos y una tramitación diferente, es el relativo al control de la pesca ilegal.
De este manojo de hojas, el proyecto de fortalecimiento llega hasta la página 7, en tanto que el de control de la pesca ilegal va desde la página 7 a la 56. Por lo tanto, es indudable que la segunda parte es más compleja y hace necesario oír a los pescadores artesanales, quienes se hallan hoy día en las graderías. ¿Por qué? Porque no fueron escuchados ni atendidas sus demandas, de acuerdo a lo que ellos mismos plantean, en la Cámara de Diputados. Esperaban que ello ocurriera aquí, en el Senado, pero no ha sido así.
Insisto: se juntaron dos proyectos en uno. Y por esa razón en la sesión de la Comisión de Intereses Marítimos le planteamos al Ejecutivo que los separara, de manera de ponerle "discusión inmediata" al fortalecimiento del SERNAPESCA, el que contaría con toda nuestra voluntad para sacarlo adelante, y de analizar el control de la pesca ilegal, bastante más complejo, según lo planteado por distintos Senadores (lo que se evidencia por la sola cantidad de artículos a modificar), en los tiempos y con las urgencias necesarias para poder oír a todo el mundo.
A mí me parece que eso sería lo prudente.
Ambos proyectos son necesarios: el control de la pesca ilegal es absolutamente indispensable, pero debe tramitarse de la mano y en conjunto con los incumbentes, que son gran parte de los pescadores artesanales, algunos de los cuales nos acompañan hoy en las tribunas.
Entonces, nos ponen en una disyuntiva. Porque nosotros, ¿queremos aprobar la modernización del Servicio? Sin duda. ¿Queremos aprobar el control de la pesca ilegal? Sin duda. Pero, ¿deben estar ambos aspectos en un mismo texto legal y tener idénticos tiempos para su discusión legislativa? No necesariamente.
Lo contrario es un error, que desemboca en lo que estamos viendo: que los pescadores artesanales sienten que no fueron escuchados. Y efectivamente así fue, porque la iniciativa fue aprobada en la Comisión en una sola reunión, sin que ellos tuvieran posibilidad de solicitar una audiencia.
Así que yo, teniendo presente que ambas partes del proyecto son necesarias, me voy a abstener, porque pienso que legislar a la rápida en un tema tan complejo como el control de la pesca ilegal, producto de la premura que requiere la modernización del SERNAPESCA, al final no termina siendo la mejor manera de proceder.
Lamento que no se haya acogido la petición de separar ambas partes y de haberle puesto "discusión inmediata" a una y de haber dispuesto de los tiempos necesarios para legislar, de la mano con los pescadores artesanales y el mundo pesquero en general, lo relativo al control de la pesca ilegal.
Muchas gracias.
El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, este proyecto tiene, claramente, dos partes. Una de ellas dice relación con el fortalecimiento del Servicio Nacional de Pesca, que representa la imperiosa necesidad de dotar al Estado de mayores facultades, herramientas y recursos humanos y logísticos para poder cumplir con una función de fiscalización.
Es un hecho que en el mundo de la pesca no existe, lamentablemente, autorregulación, que allí prima la idea del más poderoso, y que muchas veces las normas de Derecho sustantivo no resultan susceptibles de ser aplicadas por la falta de capacidad del Estado para poder fiscalizarlas.
Por eso, considero una buena iniciativa fortalecer el rol del SERNAPESCA y, adicionalmente, mejorar las condiciones laborales de sus trabajadores, en un grado que aún estimo insuficiente pero que constituye un avance.
Sin perjuicio de lo anterior, al observar algunos aspectos del proyecto me parece necesario advertir a la autoridad que, cuando se trata de establecer ciertas sanciones, hay que revisar acuciosamente la normativa vigente, así como la proporcionalidad y legalidad de los tipos penales que se crean.
En el numeral 72) del artículo 2 se instaura un nuevo tipo penal, denominado "pesca ilegal", en cumplimiento de una recomendación internacional en el sentido de establecer qué se entiende por aquello y, adicionalmente, crear sanciones para disuadir, es decir, para evitar que se realice pesca ilegal.
El problema radica en que quienes redactaron la modificación pueden ser expertos en pesca, pero no en técnica legislativa penal, que es lo que justamente se busca introducir en el presente proyecto de ley.
La pesca ilegal es definida como la "actividad pesquera extractiva efectuada en aguas bajo la jurisdicción nacional o en alta mar, sea utilizando o no embarcaciones nacionales o extranjeras, en contravención a la normativa pesquera nacional vigente o a aquella establecida por organismos regionales o internacionales de los cuales Chile es parte". Luego se describen otros elementos.
¿Qué ocurre? El artículo 19, número 3º, de la Constitución Política de la República contempla el denominado "principio de legalidad", el que, a su vez, representa un límite al Derecho Penal y un límite al legislador, que nosotros, por tanto, debemos reconocer al crear nuevos tipos penales.
Este principio exige a la ley una descripción expresa de la conducta que ha de ser sancionada por el Estado. Lo anterior cobra especial relevancia si se tiene en cuenta que la ley es la única fuente formal del Derecho Penal.
El número 3° del artículo 19 señala en su parte pertinente:
"Ningún delito se castigará con otra pena que la que señale una ley promulgada con anterioridad a su perpetración, a menos que una nueva ley favorezca al afectado.
"Ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona esté expresamente descrita en ella".
Este segundo aspecto del principio de legalidad es el que, a mi juicio, afecta el texto que se nos propone aprobar.
Tomaremos en cuenta solo una de las tres manifestaciones del principio de legalidad, conocida como "tipicidad" o "taxatividad", garantía mediante la cual se exige que la conducta que ha de sancionarse se encuentre estrictamente detallada en los cuerpos normativos. Así, se asegura la igualdad ante la ley (que todo ciudadano quede sujeto a una norma de conducta definida) y además se mantiene la certeza jurídica. Si no se cumple el mandato impuesto por el principio de legalidad y su manifestación de tipicidad, se produce una afectación del derecho constitucional.
Más allá de la confusión que pueda causar la indeterminación de las conductas sancionadas por el Estado, no respetar el principio de tipicidad atenta claramente contra una de las garantías aseguradas en la Carta Fundamental, problema que, de verificarse, debe ser resuelto sin demora para evitar la eventual promulgación y publicación de lo que se conoce como "leyes penales en blanco", preceptos que presentan graves falencias de constitucionalidad y cuya inaplicabilidad ha establecido recurrentemente el Tribunal Constitucional en múltiples fallos.
Así las cosas, y aterrizando lo expuesto al análisis concreto de la conducta que pretende tipificar el proyecto de ley, aparece claramente el problema descrito.
La asociación ilícita, que se sanciona mediante el nuevo artículo 104 bis, alude a la organización u asociación que se conforma para realizar alguna de las conductas que, supuestamente, define el nuevo numeral 72) del artículo 2 de la Ley de Pesca, disposición que, en estricto rigor, no describe conducta alguna ni tampoco hace alusión a ninguno de sus elementos centrales (ni a los sujetos ni al verbo rector, núcleo fundamental que de acuerdo a la doctrina debe estar presente en la descripción típica).
Por el contrario, el numeral 72) solo efectúa genéricas remisiones a la legislación nacional vigente, así como a los organismos internacionales de los cuales Chile es parte.
La indeterminación y la falta de precisión con que la iniciativa pretende regular la conducta base de la asociación ilícita propuesta son claramente atentatorias del principio de legalidad constitucionalmente consagrado, sobre todo en su manifestación más concreta como es la exigencia de tipicidad.
Por tanto, si consideramos, por ejemplo, que los volúmenes de pesca artesanal son significativamente inferiores a aquellos que se manejan en el ámbito industrial, a lo que se agrega el menor control que poseen sobre la fauna acompañante en la actividad extractiva, vemos que la indeterminación y la amplitud del tipo penal que se pretende imponer podrían afectar mayormente a aquellas personas que desempeñan labores pesqueras a nivel artesanal, presentando serias dudas en cuanto a cuáles serían los límites dentro de los cuales ejercerían lícitamente la extracción, transformación, elaboración, transporte, almacenamiento y comercialización de recursos hidrobiológicos o productos derivados de estos.
Es por esto que a mi juicio se hacen necesarias una revisión y una reevaluación acuciosa de la norma en comento, a la luz de los principios constitucionales que garantizan no solo la igualdad ante la ley, sino también la certeza jurídica y la determinación estricta de las conductas sancionadas por el Estado.
Por ello, sugiero a la Sala que adopte el acuerdo de que, una vez aprobado el texto en general, lo envíe a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento para el solo efecto del análisis de las conductas penales establecidas en él, con el objeto de aportar una redacción que, junto con lograr el efecto buscado por el Gobierno como colegislador, mantenga la proporcionalidad, por un lado, y respete los principios de legalidad y de tipicidad, por el otro.
Finalmente, señor Presidente, me voy a referir brevemente a la proporcionalidad.
La iniciativa sanciona con pena de crimen a quien realice las acciones ilícitas que ella contempla: cinco años y un día a diez años. Estamos hablando de penas que el Código Penal reserva para delitos de suma gravedad. Pensemos, por ejemplo, que hasta hace un año, aproximadamente, el delito de homicidio (es decir, la privación de la vida, el bien jurídico protegido por excelencia) tenía la misma sanción: cinco años y un día hacia arriba.
Gracias al aporte de este Parlamento, se aumentó el piso de la sanción del delito de homicidio simple a diez años.
No obstante lo anterior, parece desproporcionado aplicar una pena de cinco años y un día a quien se organice para realizar algún tipo de pesca ilegal.
Entiendo el sentido del Gobierno, como colegislador, en cuanto a crear un mecanismo disuasivo, pero este debe ser proporcional y, lo más importante, debe ser eficaz.
El Código Penal está lleno de Derecho sustantivo que establece sanciones a determinadas conductas. Y el problema no está en las penas, como muchas veces se cree, sino en la capacidad del sistema público para fiscalizar su recto cumplimiento.
Por ello, pienso que en la discusión particular la Comisión especializada podría exigir de parte del Ejecutivo un esfuerzo adicional para mejorar las condiciones y los recursos humanos del Servicio Nacional de Pesca, con el propósito de que este cuente con capacidad para fiscalizar con mayor eficacia el derecho que estamos aportando.
He dicho.
El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.


El señor HORVATH.- Señor Presidente, creo que en esta materia se ha dicho prácticamente todo.
Al igual que otros colegas, pienso que aquí estamos frente a dos proyectos distintos contenidos en una misma iniciativa.
Uno pretende fortalecer el SERNAPESCA, por todos los antecedentes que se han señalado y por una necesidad real de hacerlo, para dotarlo de capacidades verdaderamente instaladas, similares -en términos de su par terrestre- a las del Servicio Agrícola y Ganadero.
Ahora, en el caso de la penalización de la pesca ilegal, no se hace mayor discriminación entre el pescador chico, el mediano y el mayor, los comercializadores, las plantas de faenamiento, en fin, y existe el riesgo, independiente del aspecto de constitucionalidad que se ha mencionado, de que se produzca una suerte de "limpieza" -entre comillas- de los registros de pescadores que sí pescan, en desmedro de los que no lo hacen, porque es evidente que los que no pescan no serán sancionados.
Por lo tanto, creo que este proyecto debemos verlo en esa doble faz. Y desde luego, dado que solo lo estamos analizando en general, lo voto a favor.
El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.


La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, el proyecto inició su discusión antes del receso legislativo, oportunidad en la que efectué mi intervención.
Sin embargo, tras escuchar a la Senadora Van Rysselberghe y como integrante de la Comisión de Pesca, igual que ella, pienso que en honor a la veracidad de la tramitación del proyecto, muy importante para todos los sectores que se dedican a la actividad pesquera, debemos ser fidedignos en lo que ha sido su discusión.
De hecho, en la Comisión de Pesca se produjo un debate con relación a que el proyecto trata dos materias que pueden parecer diversas, pero que el Gobierno decidió igualmente incluir en un mismo texto.
Un capítulo está orientado a mejorar las condiciones laborales, de fiscalización y de recursos del SERNAPESCA. Los representantes de las asociaciones de funcionarios participaron en nuestra Comisión y señalaron que estas propuestas, a pesar de exhibir limitaciones, apuntan a mejorar sustantivamente la situación en que se encuentra el Servicio y particularmente sus trabajadores.
En cuanto a los artículos vinculados con la sanción de la pesca ilegal, la Comisión debatió la posibilidad de separar un capítulo del otro y, mayoritariamente, decidió seguir trabajando con el mismo texto propuesto, aprobando la idea de legislar, que hoy se somete a la consideración de la Sala. Todavía no estamos en la discusión particular.
Pero lo que quiero dejar para la historia fidedigna del debate del proyecto es que en el órgano técnico escuchamos a una gran cantidad de organizaciones de pescadores artesanales. Incluso, se celebraron sesiones especiales de la Comisión durante los días lunes de los meses de diciembre y enero con el propósito de escuchar a esas organizaciones.
La gran mayoría de los integrantes de la Comisión -me incluyo- somos críticos a una serie de formulaciones que vienen en el proyecto. Y, por eso, esperamos que en el debate en particular vayamos corrigiendo diversos aspectos que apuntan a lo que el Senador Letelier señalaba: significa un débil esfuerzo por mejorar las condiciones de la pesca artesanal, ya que no hemos podido realizar un debate para modificar y cambiar profundamente la Ley de Pesca, tan cuestionada por todas las situaciones que lamentablemente conocemos hoy día en relación con la forma en que se tramitó.
No nos ha sido posible hacerlo, pese a que hay una iniciativa de ley presentada por tres Senadores de la Nueva Mayoría. Creo que esta es la oportunidad -así lo compartimos varios colegas de la Comisión- de avanzar, por ejemplo, en la definición de pesca artesanal, lo cual no pudimos realizar en el debate de las modificaciones a la Ley de Pesca en los años 2011, 2012.
Entonces, señor Presidente, creo que hay que ser fidedigno cuando uno asiste o no a las Comisiones. Lo digo porque esta Comisión de Pesca trabajó con las organizaciones, conversamos con los dirigentes. Nos hacen mucho sentido su preocupación, su malestar ante una serie de disposiciones contenidas en este proyecto; y, por cierto, en el debate en particular vamos a indicar qué preceptos hay que modificar.
Y me alegro de la intervención del Senador Harboe, en cuanto a que la Comisión de Constitución conozca la figura penal de la pesca ilegal que se crea, porque pensamos que esta representa mucho riesgo, sobre todo para los pescadores artesanales.
He dicho.
El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, creo que en varias ocasiones se ha manifestado algo que es evidente; pero que, a mi juicio, supone una forma de votar que no necesariamente se ajusta a lo que otros Senadores plantearon.
Existe una coincidencia en que hay dos ideas distintas. Y esto me parece que lo han dicho todos. Así, la Presidenta de la Comisión señaló que fue el Gobierno el que decidió vincular los dos temas, por así decirlo, siendo que desde mi perspectiva tienen una naturaleza diferente. Y, en su mérito, aprobar la idea de legislar supone que uno esté más o menos de acuerdo en el tenor mismo del espíritu, y en una aproximación respecto de la forma de abordar el tema.
Es ahí donde yo quiero expresar por lo menos mi discrepancia en cuanto a la forma de abordar el segundo de los puntos, que ha sido objeto de varias intervenciones de señores Senadores.
Respecto del primer punto, el establecimiento de la asignación de fortalecimiento de la función pública al personal de planta y contrata del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, y de incrementar su dotación máxima de personal, quizás podría determinarse una mejor redacción de la naturaleza del incentivo. Pero creo que en general ahí hay una idea y una forma en las cuales uno puede coincidir.
Sin embargo, en lo relativo a la modificación de la Ley de Pesca en el combate a la pesca ilegal, en el sentido de disponer nuevas obligaciones para los agentes pesqueros e incorporar, además, figuras infraccionales y delictuales específicas para sancionarlos, tengo una discrepancia más bien de fondo con la forma de abordar ese tema.
A mí entender, no está bien resuelto el problema, y eso sí tiene que ver con la votación en general. Porque se hace una referencia a que "los que se asociaren u organizaren con el objeto de llevar a cabo conductas descritas de conformidad con el artículo 2, número 72, de esta ley, serán sancionados por este solo hecho", según las normas que siguen a continuación, con presidio, de acuerdo a determinadas características.
Y en esa disposición se define a la pesca ilegal, como la "actividad pesquera extractiva efectuada en aguas bajo la jurisdicción nacional o en alta mar, sea utilizando o no embarcaciones nacionales o extranjeras, en contravención a la normativa pesquera nacional vigente o a aquella establecida por organismos regionales o internacionales de los cuales Chile es parte.".
A mí me parece que esa forma de tipificar este delito es exactamente lo que no debe ocurrir en un sistema penal. Esto es, generar conductas punibles no descritas en el tipo de la ley.
La norma es muy amplia, pues contempla que "Para los efectos de lo dispuesto en este artículo, la asociación se entenderá efectivamente organizada en atención a la cantidad de sus miembros, su dotación de recursos y medios, así como su capacidad de planificación e incidencia sostenida en el tiempo".
Y quiero preguntar: ¿Cuántos miembros? ¿Cuántos recursos? ¿Cuántos medios? ¿Qué entendemos por capacidad de planificación? ¿De cuánto tiempo estamos hablando?
Esas interrogantes no tienen respuesta dentro de la orgánica institucional. Y el establecimiento de presidio mayor -no estamos hablando de conductas que puedan ser constitutivas de una falta, sino de un delito penado con presidio mayor-, desde mi perspectiva, debe tener una tipificación adecuada. No se trata de decirles a las personas -usando la lógica de lo que estamos hablando-: "Usted puede estar incumpliendo una norma internacional". ¿Cuál? O "usted está incumpliendo una normativa". ¿Cuál?
Es de la esencia que se reflexione respecto del sentido de estas disposiciones.
Por eso, señor Presidente, creo que son ideas completamente distintas. Pienso que ameritaban una forma de trato diferente. Y, a todo evento, yo por lo menos no me siento habilitado para aprobar la idea de legislar de ambas. De la primera, sí. De la segunda, no. Porque no me parece que cumpla con los requisitos de tipificación, que son especialmente importantes en la pesca artesanal.
Yo represento a una zona en que solo existe pesca artesanal, no pesca industrial; o sea, esto se inyectaría a la vena de todos quienes ejercen esa actividad. Y no puedo legislar simplemente así. Todos están en la búsqueda de enfrentar la ilegalidad de la pesca. Pero no me es posible aprobar que se diga que cualquiera que contravenga una norma -¿cuál?- eventualmente va a incurrir en una conducta constitutiva de delito. No es lo mismo pescar, transportar, vender o constituir una especie de asociación ilícita. Por lo tanto, es necesario explicar en detalle cuál es el sentido último de esto.
Por eso, señor Presidente -se discutirá después si es que aprueba-, yo por lo menos me voy a abstener.
El señor LAGOS (Presidente).- Señor Ministro, ¿ha pedido hacer uso de la palabra para hacer una corrección?
El señor CÉSPEDES (Ministro de Economía, Fomento y Turismo).- Sí, señor Presidente.
El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro.


El señor CÉSPEDES (Ministro de Economía, Fomento y Turismo).- Señor Presidente, en primer lugar, deseo hacer un alcance respecto a lo que se ha mencionado en relación con los dos objetivos que aparentemente tiene este proyecto de ley, que -según han argumentado algunos Senadores- de alguna u otra forma no necesariamente debiesen ir en una misma iniciativa; y, luego, referirme a las sanciones a la pesca artesanal.
En cuanto al primer punto, se entregan mayores facultades a una institución para que pueda perseguir un objetivo. Y el objetivo que estamos persiguiendo como Ejecutivo es el combate de la pesca ilegal, por sus efectos sobre la sustentabilidad de los recursos que afectan directamente a la pesca artesanal.
Entonces, parece poco lógico que se argumente que se tiene que separar la idea de fortalecer una institución para que pueda luchar adecuadamente en contra de la pesca ilegal, de lo que son las sanciones a quienes están afectando la sustentabilidad de los recursos de todos los chilenos (o que al menos debiesen ser de todos los chilenos).
Creo que argumentar de esa forma sería decir: "Usted lo que quiere hacer es fortalecer una institucionalidad para que pueda hacer poco respecto del combate a la pesca ilegal". Y ese no es el objetivo del Ejecutivo.
Por eso, consideramos fundamental el mantener los dos principios; estas dos grandes dimensiones del proyecto de ley en esta materia.
En cuanto al argumento de la pesca artesanal, yo quiero ser muy claro. Esta iniciativa no va en contra de la pesca artesanal. De hecho, hace más proporcionales las multas de la etapa extractiva mediante las siguientes medidas:
Se rebaja el piso de la multa de 3 a 1. O sea, antes se multiplicaba por 3; ahora se va a multiplicar por 1, en el caso de la pesca artesanal.
Se establece que el juez debe considerar el beneficio económico obtenido con la infracción y, también, la capacidad económica del infractor. Esto introduce la diferencia entre grandes y pequeños, cosa que hoy día no ocurre.
El proyecto ataca particularmente a las etapas posteriores a la pesca, donde está realmente el negocio.
¿Cuántas plantas procesadoras que hoy día no pueden justificar de dónde proviene la pesca que obtuvieron para hacer harina de pescado, por ejemplo, reciben sanciones ínfimas comparadas con las que se aplica a la pesca artesanal o a quienes hacen extracción?
Eso es lo que este proyecto de ley trata de remediar. Sin lugar a dudas, queremos ser claros respecto de que debemos combatir la pesca ilegal.
Entonces, escudarse en la pesca artesanal para no luchar de lleno contra la pesca ilegal me parece que no es un argumento adecuado.
De ahí que nosotros, como Ejecutivo, estamos más que disponibles para llevar a cabo todas las discusiones que procedan y hacer los ajustes que requiera esta iniciativa legal a fin de adecuar la redacción de sus artículos en términos de lo que son las sanciones penales.
Pero creo que el objetivo está claro: es preciso fortalecer el SERNAPESCA para combatir la pesca ilegal y lograr una apropiada sustentabilidad de nuestros recursos. Y también se necesitan sanciones ejemplarizadoras contra todos los que están en la cadena productiva de la pesca ilegal.
El señor LAGOS (Presidente).- Muchas gracias por su aclaración, señor Ministro.
Señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LAGOS (Presidente).- Terminada...
El señor PÉREZ VARELA.- Momento, señor Presidente.
El señor LAGOS (Presidente).- Falta que vote el Honorable señor Pérez Varela, representante de la Región del Biobío.
Muy bien.
Terminada la votación.
-Se aprueba en general el proyecto (23 votos favorables y 8 abstenciones), dejándose constancia de que se cumple el quorum constitucional exigido.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic y Muñoz y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Chahuán, De Urresti, García, Girardi, Horvath, Lagos, Matta, Montes, Moreira, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Se abstuvieron las señoras Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Coloma, García-Huidobro, Letelier, Ossandón y Pérez Varela.
El señor LAGOS (Presidente).- Se deja constancia de la intención de voto favorable del Honorable señor Guillier.
En seguida, corresponde fijar plazo para presentar indicaciones. El Presidente de la Comisión propuso el lunes 20 de marzo.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
El señor QUINTEROS.- Está bien, señor Presidente.
--Se fija plazo para formular indicaciones hasta el lunes 20 de marzo, a las 12.
El señor LAGOS (Presidente).- Ahora, lo otro que se pidió es que la disposición que contempla las sanciones penales fuera para un segundo informe a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
¿Habría acuerdo para ello?
Acordado.