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APLICACIÓN EFECTIVA DE PENAS ESTABLECIDAS PARA DELITOS DE ROBO, HURTO Y RECEPTACIÓN Y MEJORAMIENTO DE SU PERSECUCIÓN PENAL


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, desde hace varios años, la delincuencia está afectando la calidad de vida de millones de chilenos. Como Senadores socialistas, hemos apoyado y apoyaremos todas las iniciativas legales y administrativas dirigidas a enfrentar este flagelo.
Estamos convencidos de que la respuesta del Estado debe ser multidisciplinaria y requiere adoptar medidas sociales integradoras -en el ámbito de la educación, la capacitación, el empleo, la vivienda, los espacios públicos, las políticas de infancia y adolescencia, la salud mental, la reinserción y la rehabilitación-, así como una revisión completa de nuestro Código Penal, de los sistemas de cumplimiento de condenas y del fortalecimiento de las capacidades de nuestras policías y del trabajo de prevención y persecución penal.
En esta perspectiva, apoyamos el proyecto de ley del Ejecutivo denominado "Agenda corta antidelincuencia", que persigue facilitar la investigación del Ministerio Público y hacer efectivas las penas a los condenados por delitos de robo, hurto y receptación.
Sin embargo, no podemos estar de acuerdo con la indicación incorporada en la discusión en la Cámara de Diputados que establece el denominado "control de identidad", que permitiría la detención administrativa, por hasta cuatro horas, de toda persona que no porte un documento de identificación en caso de serle requerido, prácticamente en cualquier lugar y circunstancia. En el caso de menores de edad, estos podrían ser conducidos a un recinto policial por hasta una hora para confirmar su identidad.
La enorme mayoría de los expertos en políticas de seguridad, profesores de Derecho Penal, el Instituto Nacional de los Derechos Humanos, informes de relatores especiales de Naciones Unidas y de UNICEF y representantes de diversas organizaciones sociales han cuestionado esta medida por considerarla innecesaria, sin evidencia que la sustente, además de representar un serio riesgo de privaciones arbitrarias de la libertad personal, que recaería en la parte más discriminada de la población, lo que es aún más grave considerando que dicha medida también puede afectar a menores de edad.
Asimismo, la facultad de control de identidad se ha establecido en el marco de las atribuciones de resguardo del orden público que posee Carabineros, materia que excede los objetivos del proyecto de ley y que no puede ser regulada sin analizar los efectos que puede tener en el ejercicio de los derechos de libertad de reunión y de asociación.
En consecuencia, hemos decidido no aprobar la indicación citada, y llamamos a las distintas bancadas a enfocarse en medidas que efectivamente apunten al combate contra la delincuencia, asegurando siempre la plena vigencia de las garantías constitucionales de que gozan los chilenos y las chilenas.