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PERFECCIONAMIENTO DE POSNATAL PARENTAL Y DERECHO A SALA CUNA PARA FUNCIONARIOS PÚBLICOS


El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que perfecciona el permiso posnatal parental y el ejercicio del derecho a sala cuna para las funcionarias y los funcionarios públicos que indica, con informes de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Hacienda, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.367-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 79ª, en 9 de diciembre de 2015 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Trabajo y Previsión Social: sesión 87ª, en 5 de enero de 2016.
Hacienda: sesión 87ª, en 5 de enero de 2016.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Los principales objetivos del proyecto son los siguientes:
-Establecer para las funcionarias y los funcionarios públicos la mantención del total de las remuneraciones durante el permiso posnatal parental, esto es, se consagra un tratamiento idéntico al del descanso por maternidad.
-Habilitar el ejercicio del derecho de sala cuna en la entidad empleadora del padre cuando ambos progenitores sean funcionarios de algún ministerio o servicio público vinculado o de una municipalidad o de una universidad estatal.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social discutió este proyecto en general y en particular en virtud del acuerdo adoptado por la Sala en sesión de 10 de diciembre de 2015, oportunidad en la que también se la autorizó derivarlo, una vez despachado, a la Comisión de Hacienda.
El referido órgano técnico aprobó esta iniciativa por la unanimidad de sus integrantes, Senadores señoras Goic y Muñoz y señores Allamand, Larraín y Letelier, en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
La Comisión de Hacienda, por su parte, adoptó igual decisión por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Lagos, Montes y Zaldívar.
Cabe hacer presente que el articulado de este proyecto, con excepción del artículo segundo transitorio, tiene el carácter de norma de quórum calificado, por lo que para su aprobación requiere 19 votos favorables.
El texto que se propone aprobar se consigna en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Como la Comisión de Hacienda aprobó por unanimidad lo que la Comisión de Trabajo despachó unánimemente, les propongo a Sus Señorías, en la medida que exista acuerdo, que realicemos una sola votación dejando constancia de haberse alcanzado el quórum constitucional requerido.
El señor COLOMA.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, quiero hacer una consulta.
Por desgracia, no se encuentra en la Sala el Senador García, con quien íbamos a formularla. Pero me arrogo su representación para estos efectos.
Les pregunto básicamente a los miembros de la Comisión de Trabajo si la normativa propuesta, que uno puede entender como positiva para las trabajadoras y los trabajadores del ámbito público, es compatible o no con el derecho que en teoría deberían tener también quienes se hallan en el sector privado, sobre todo a la luz de la última resolución que hemos visto en materia constitucional, que habla de discriminación.
La consulta es completamente abierta.
Yo no sé si la referida Comisión vio en su mérito el efecto constitucional de estas disposiciones.
Quizás alguien de la Comisión de Constitución o de la misma Comisión de Trabajo podría dar una mirada con respecto al significado del texto que se nos propone, entendiendo que se trata de un buen proyecto.
La cuestión estriba -ya llegó el Senador García- en si el derecho que se otorga en el ámbito público, que deja sin efecto determinados límites en materia de posnatal, es armónico o no con lo que ocurre en el mundo privado. Porque a partir de esta situación se generaría una asintonía entre ambos espacios, que en este momento están actuando en forma paralela.
Se trata, pues -por eso quería plantearla antes-, de una duda más bien constitucional.
En una de esas este asunto ya se discutió y no existe ningún obstáculo. Pero puede ser que, buscando un bien en el ámbito público, se genere una distorsión respecto del sector privado.
Es la consulta que, con el Senador García, deseamos hacer. Ello, relacionado con lo que pudo haberse discutido en la Cámara de origen.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Trabajo, Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, solo quiero clarificar el punto inicial.
Luego los miembros de la Comisión de Trabajo que han estudiado más activamente esta materia se referirán a ello.
La naturaleza del contrato de trabajo -me refiero a la consulta del Senador que me antecedió en el uso de la palabra- es absolutamente distinta donde hay una relación de dependencia o subordinación que se rige por el Código Laboral versus la de quienes se regulan por otras normativas, que son los Estatutos Administrativos (del Estado central, de los municipios, en fin).
La naturaleza del contrato es tal que unos están cubiertos por la Constitución, entre otras cosas, en su derecho a negociar colectivamente, y otros carecen de tal derecho.
Los funcionarios públicos no solo se rigen por otros marcos legales, a diferencia de lo que sucede en el sector privado. También hay una distinción en la naturaleza de la actividad: unos producen bienes y servicios que generan utilidades; y otros, bienes públicos donde la producción de utilidad no se halla en la naturaleza del contrato.
Digo lo anterior porque en un momento se discutió este asunto en la Comisión. Sí, se estableció que los contratos son de naturaleza distinta. Y más allá de la voluntad y del interés de muchos en el sentido de que nos gustaría que esto fuera un derecho adquirido también para los trabajadores del sector privado, no es algo que se tomó como parte de esta iniciativa.
Se hizo presente que era materia para otro debate, no solo porque decía relación con algo distinto a lo acordado con la mesa del sector público, sino también por la naturaleza de los contratos.
Señor Presidente, las Senadoras Goic y Muñoz se referirán al contenido específico de este proyecto.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Goic.


La señora GOIC.- Señor Presidente, efectivamente, aquí se está restituyendo un derecho que tenían las funcionarias públicas.
Nosotros discutimos esto cuando se estableció en la Administración anterior -y hay que reconocerlo- la extensión del posnatal, que es un nuevo permiso: el posnatal parental.
El único punto donde tuvimos diferencia fue que, en esta extensión de casi tres meses, las trabajadoras en vez de recibir íntegra su remuneración, como se da en los períodos prenatal y posnatal, quedaban sujetas al límite imponible, que hoy día es de 72 UF y fracción.
Ello tiene su historia en la Administración Pública.
Ahora bien, no solo se han señalado -lo hizo el Presidente de la Comisión de Trabajo- los argumentos jurídicos respecto de las diferencias que hay entre un contrato y otro: también se ha reconocido en general para todos los funcionarios públicos que, frente a una licencia por enfermedad, reciben íntegra su remuneración, y no como sucede en el mundo privado, donde los trabajadores están sujetos al tope imponible (incluso no tienen vacancia por el número de días que dura la licencia).
Luego, parecía absolutamente razonable que las trabajadoras del sector púbico pudieran mantener su remuneración íntegra frente a un permiso que era reconocido así en el prenatal y en el posnatal.
Eso es lo que hoy día se está subsanando.
Quiero recordar, además, que ello es producto de un acuerdo que se dio en el contexto de la discusión -si mal no recuerdo- del reajuste de las remuneraciones para los funcionarios del sector público que se llevó a cabo el año antepasado.
Hoy se está cumpliendo uno de los puntos del referido acuerdo.
¿Qué sucedía para funcionarias de rangos mayores del escalafón con remuneraciones superiores a las 72 UF?
Era abiertamente discriminatorio: durante el prenatal y el posnatal percibían su sueldo íntegro; sin embargo, en el posnatal parental en algunos casos su remuneración disminuía incluso a la mitad.
De acuerdo a lo que señalan estudios recientes, en la Administración Pública se contratan más mujeres, pero a los cargos de mayor rango llegan mucho menos que los hombres.
Entonces, hay una discriminación adicional.
Es más, en la actualidad existen varias mujeres preocupadas de esta materia y nos han solicitado tramitar este proyecto con la mayor celeridad, pues que tomen el posnatal parental íntegro depende de que puedan mantener su remuneración. De lo contrario, está la factibilidad de compartirlo con el papá.
Pero esa decisión debe surgir desde la familia, no de un apremio económico por la reducción de remuneraciones, que es lo que ocurre en la práctica.
La ley en proyecto empezará a regir desde el minuto en que se publique, y va resolver la situación de varias mujeres que se hallan hoy ante esa incertidumbre.
Por lo tanto, lo que estamos haciendo ahora es de absoluta justicia.
Se trata de reconocer un derecho de las funcionarias que está contemplado en el Estatuto Administrativo; que se ha conseguido en negociaciones previas; que se encuentra reconocido por la normativa que rige sus contratos.
Incluso, un grupo de juezas que se vieron perjudicadas hicieron presentaciones.
Hoy día, con esta iniciativa, subsanamos los efectos negativos que existen en esta materia.
De otro lado, quiero recordar las bondades del posnatal parental.
Se trató de un proyecto que nos costó muchos años que fuera patrocinado por el Ejecutivo y que finalmente se discutiera en esta Sala.
Durante su debate también hubo diferencias en cuanto a si debía cubrir a todas las mujeres.
Algunos se preguntaban por qué a todas, si algunas ganan más de 72 UF -lo podemos traducir en pesos- y quizás no tengan las mismas necesidades que otras mujeres que perciben remuneraciones más bajas.
Pero aquí el punto no es cuánto gana la mamá, sino el derecho del niño a estar con su madre y el derecho de la mamá a estar con su hijo.
Incluso, avanzamos en algo que hoy día nos enorgullece: la incorporación de los papás. Porque este derecho no es solo privativo de la madre: también lo es del padre. Está demostrada la importancia del apego en el desarrollo del niño, de la lactancia, de cómo cuidamos esos primeros meses de vida.
A quién no lo han parado en la calle para decirle (o en alguna reunión o cuando concurre a una maternidad): "¡Qué bueno que hoy día puedo estar más tiempo con mi guagüita!".
Nosotros sabemos que con ello mejoramos sustantivamente la calidad de vida de muchas mujeres, de muchas familias, de muchos niños.
Señor Presidente, insisto en que apoyamos el proyecto que nos ocupa con mucho entusiasmo, porque significa saldar una materia que podríamos haber resuelto hace un par de años, pero no fue así.
Ahora lo estamos haciendo, y me alegro por eso.
Quiero efectuar un reconocimiento al trabajo llevado a cabo por la Cartera respectiva, encabezada por la Ministra Rincón.
Asimismo, destaco la labor realizada por la mesa del sector público, que incorporó esta materia a otras que también espero que apoyemos, que tienen que ver con cómo avanzamos en la conciliación de la vida laboral y familiar y en la incorporación de mujeres en cargos de jefatura, de mayor responsabilidad, tanto en el mundo público como en el privado.
Por último, quiero entregar un argumento adicional tendiente a explicar por qué esta materia funciona distinto en el sector público y en el sector privado.
En el sector privado, sobre todo en cargos de jefaturas, que son aquellos que perciben mayores remuneraciones, existe la posibilidad de negociar con el empleador.
Eso se da en muchos casos. Ello, porque, además, se trata de mujeres que tienen una experiencia importante, que cuentan con una preparación que al empleador le interesa retener, y, por tanto, quiere que ellas vuelvan a trabajar después de ser madres.
Esas mujeres pueden tener beneficios de aumento en sus remuneraciones; o, en el tiempo parcial, tomando media jornada (es una de las posibilidades del posnatal parental), es factible que inclusive reciban de manera íntegra su sueldo.
Todos sabemos que en el sector público, dadas la manera en que se construyen las remuneraciones y la escala única de sueldos, es imposible realizar tales negociaciones: no existe la flexibilidad que sí se tiene para el referido grupo de mujeres en el ámbito privado.
Por ello, parece aún más necesario igualar condiciones, nivelar el monto de remuneraciones que reciben las trabajadoras en los períodos prenatal, posnatal y posnatal parental.
Adicionalmente, este proyecto contempla algo que también nos gusta mucho: en esta lógica de la corresponsabilidad, en caso de que ambos padres trabajen en la Administración Pública, puede hacerse uso del beneficio de la sala cuna no solo por parte de la madre, como funciona en la actualidad, sino también del padre.
Lo anterior va absolutamente en la línea de lo que hemos hecho con el permiso de alimentación. Si ambos progenitores son trabajadores dependientes, pueden acordar que la hora de permiso para alimentar al hijo sea usada por el padre.
Aquí se trata de ver cómo compartimos responsabilidades familiares y cómo avanzamos también en incorporar dentro del concepto del cuidado de los niños y de la familia no solo la maternidad, sino también el reconocimiento de la paternidad.
Por todos esos argumentos, recomendamos, como Comisión, aprobar esta iniciativa, para que ojalá sea ley de la república lo antes posible.
He dicho.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- ¿Le parece a la Sala abrir la votación?
El señor ALLAMAND.- Sí, señor Presidente.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Acordado.
En votación general y particular.
--(Durante la votación).


El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, efectivamente, en la Comisión de Hacienda, después de conocer el informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, aprobamos este proyecto, pero con las abstenciones de los Senadores García y Coloma, quienes plantearon ciertas dudas, las que se han manifestado aquí, en la Sala, dudas que a mi entender ya están siendo despejadas a lo largo de las diversas intervenciones, entre otras la del Presidente de la Comisión de Trabajo y la de la Senadora señora Goic.
Personalmente, tal como lo señalaron los Senadores señor Letelier y señora Goic, creo que no existe discriminación al respecto. A mi entender, se trata de una manera de regular las relaciones laborales dentro del sector público, del mismo modo en que hay regulación de esas relaciones en el sector privado en materia previsional, etcétera.
Bueno, las dudas son legítimas y pueden hacerse presentes. Pero yo daría por despejada la cuestión.
Esta iniciativa, que -ya se manifestó- es producto de un protocolo de acuerdo celebrado en noviembre de 2014 entre el Gobierno y la mesa del sector público, primero, permite pagar el permiso posnatal parental durante todo el período por la remuneración completa.
En segundo término, habilita el ejercicio del derecho a sala cuna en la entidad empleadora del padre cuando ambos progenitores sean servidores públicos, beneficio que tampoco se da al sector privado, que tiene su propia relación laboral en este ámbito.
En tercer lugar, regula la recuperación de los subsidios por parte de los servicios públicos.
Por último, reconoce el período del permiso posnatal parental como efectivamente trabajado en el caso del Ministerio Público y del Poder Judicial, que podrían quedar discriminados.
De acuerdo con el informe financiero, el costo de la ley en proyecto alcanza a 5 mil 900 millones de pesos anuales, y se financiará con cargo al presupuesto vigente de los órganos y servicios públicos correspondientes.
Por las razones expuestas, y sobre la base de que se trata de una cuestión de justicia y de que se está cumpliendo un acuerdo al que llegaron la mesa del sector público y el Gobierno, la Comisión de Hacienda aprobó esta iniciativa.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, este proyecto de ley, que responde a un compromiso suscrito durante el año 2014 con las organizaciones representativas de los funcionarios del sector público, permite dar un paso más tras el objetivo de asegurar los derechos de las madres, padres e hijos para que estos puedan recibir efectivamente los cuidados que merecen durante sus primeros meses de vida.
La ley N° 20.545 dio un gran paso en tal sentido. Pero ello fue incompleto, pues no se reconoció el derecho de los funcionarios y funcionarias públicos a gozar del total de sus remuneraciones durante el permiso posnatal parental, sino solo el subsidio, con los topes correspondientes.
Eso ha provocado un perjuicio para un segmento de trabajadores con sueldos más altos, quienes se ven obligados a recibir una cantidad menor durante aquel período. De esta manera, lo que al principio era un beneficio se transformó en un detrimento en sus remuneraciones.
El proyecto que nos ocupa corrige la referida situación. Al efecto, consagra el derecho pleno de los servidores públicos a seguir gozando del total de sus remuneraciones.
Naturalmente, se trata de un beneficio que otorga el Estado a sus dependientes. Pero ojalá, como se ha dicho acá, en lo inmediato sea emulado por el sector privado y en un plazo razonable se consagre de manera general y se convierta en un derecho de todos los trabajadores y trabajadoras.
Nuestro país debe avanzar mucho más aún en materia de protección de la infancia y de los derechos de las mujeres.
Está en trámite, por ejemplo, el proyecto que favorece la lactancia materna. Sin embargo, es imprescindible contar en el más breve plazo con una ley que resguarde los derechos del niño, la que fue comprometida en el Programa de Gobierno de la Presidenta Bachelet.
Otras tantas medidas son necesarias en el ámbito de la salud y en el de la educación.
Porque la familia no se defiende solo sosteniendo principios morales, los que pueden ser perfectamente válidos.
La familia se promueve y se cuida con medidas concretas; con trabajos cercanos al lugar de residencia; con más salas cuna; con colegios más inclusivos; con centros de salud más próximos; con más cultura y deporte, y con más tiempo libre para compartir con los hijos.
La familia y los niños se defienden con medidas efectivas, como el presente proyecto de ley, que permitirá a muchas mujeres, y también a hombres, cuidar a sus hijos sin ver afectadas sus remuneraciones y, por lo tanto, con la tranquilidad que esa misión merece.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Hay una solicitud para que ingrese la señora Subsecretaria de Previsión Social.
¿Le parece a la Sala?
--Así se acuerda.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.


La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, me parecen de extraordinaria importancia y de beneficio extremo todas las legislaciones tendientes a proteger la maternidad, la lactancia, el apego.
Entiendo que la ley en proyecto apunta en tal sentido.
Sin embargo, en su texto hay algunas cosas que me hacen ruido.
Durante una de las intervenciones precedentes se sostuvo que la posibilidad de tener un posnatal parental sin tope en el sistema público se justifica por la naturaleza del trabajo; o sea, que el resultado del trabajo, por orientarse este a fines públicos, justifica un mayor beneficio para las mujeres que laboran en el sector fiscal.
Ese argumento me parece curioso.
Yo no soy contraria a dicho beneficio; al revés, estoy a favor de él. Pero me gustaría que se aplicara también a las mujeres del sector privado que se esfuerzan por compatibilizar su vida laboral con la maternidad.
Se trata de un beneficio que no es pagado ni por el empleador, ni por las isapres, ni por seguro alguno, sino por el Estado, que, a mi juicio, debe otorgarlo tanto a las servidoras del sector público cuanto a las empleadas del sector privado.
En mi concepto, más allá del lugar donde se desempeñan, todas las mujeres merecen un trato igualitario.
Es inentendible que, tratándose del permiso posnatal parental, a una profesional que se ha esforzado por salir adelante y es capaz de ganar un sueldo superior al promedio se la discrimine por trabajar en el sector privado y no se le permita recibir su remuneración completa. Porque en muchas ocasiones las mujeres que se hallan en tal situación, además, son jefas de hogar y necesitan que el Estado las resguarde en su maternidad.
Efectivamente, la discriminación venía de antes. Sin embargo, esta iniciativa la consolida.
El proyecto que nos ocupa ayuda a las trabajadoras del sector público: lo considero estupendo. Empero, no termina con la discriminación odiosa que afecta a las mujeres que laboran en el sector privado.
Nuestro país tiene poca natalidad; se están dictando leyes que propenden a mejorar las tasas de nacimiento, y se procura favorecer el apego del recién nacido. Pero si beneficiamos solo a quienes se encuentran en el sector público no avanzaremos mucho en ese camino.
Pienso que estamos ante una buena iniciativa. Sin embargo, creo que debemos ir bastante más allá.
Esta proposición de ley me parece insuficiente para mejorar el apego, la lactancia, las relaciones familiares que debe haber con el recién nacido.
Visualizo, pues, serias contradicciones, pues, aunque se trata de un avance, es del todo insuficiente, en la medida que incluye únicamente a las mujeres del sector público, que son hartas, pero no son "las mujeres de Chile".
Así las cosas, las trabajadoras de nuestro país siguen siendo discriminadas, porque un número importante de ellas no se beneficiará con esta iniciativa.
Ahora, de la situación existente no tiene culpa este Gobierno: la discriminación venía de antes.
En el sector público a las funcionarias se les pagará todo el sueldo en caso de permiso posnatal parental. O sea, si una médica trabaja en un hospital o en un consultorio percibirá la remuneración completa; pero si labora en una clínica -tal vez porque no tuvo posibilidad de hacerlo en el sector fiscal o por cualquier otra razón- le pagarán la mitad del sueldo.
Eso constituye una discriminación odiosa.
¡Bien por las mujeres que trabajan en el sector público! ¡Pero con esta iniciativa se consolida una situación injusta que no beneficia ni la maternidad ni la relación de apego que debe existir en una familia cuando nace un hijo!
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Muñoz.


La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, como expresó la colega Van Rysselberghe, la discriminación existente resulta odiosa. Pero, al objeto de avanzar en la línea que plantea la señora Senadora, es fundamental hacer una gran discusión (transversal, de Estado) para establecer que la maternidad es una función social.
En tal sentido, debemos consagrar en la Carta Fundamental -por eso, bienvenida la apertura hacia un debate constitucional- que la maternidad es una función social de la que debemos hacernos cargo todos y no solo las mujeres.
Repito: esa es una discusión muy de fondo; entonces, bienvenida la invitación a establecer en una nueva Constitución que la maternidad es una función social.
En tal sentido, aquí se ha corregido un déficit que quedó instalado en el proyecto sobre pre y posnatal del Gobierno del Presidente Piñera, donde, a lo mejor procurando avanzar en la idea de cerrar la brecha de discriminación odiosa entre sector público y sector privado, se optó por la línea de rebajar derechos: se les quitó a las servidoras públicas un derecho adquirido de larga data.
En efecto, por muchos años las trabajadoras del sector fiscal pudieron recibir el total de las remuneraciones durante el permiso posnatal.
La mantención de ese derecho fue un punto de gran conflicto y tensión en el debate del proyecto sobre pre y posnatal, en el que muchos de los que estamos aquí participamos. Por supuesto, perdimos en la Sala de la Cámara de Diputados. Así, en vez de avanzar en la línea de universalizar derechos, se rebajaron derechos. Y por eso quedó la diferencia que hoy observamos entre trabajadoras de los sectores público y privado.
Ahora, como bien apuntaban la Senadora Goic y el Senador Letelier, la naturaleza del contrato es lo que orienta la situación que viven las mujeres con relación a los permisos pre y posnatal.
En el sector privado -ya se decía- existe la negociación colectiva. Y quizás la materia en comento debería incorporarse en ella.
En el esfuerzo que hemos hecho en la reforma laboral ampliamos las materias de negociación colectiva; incluimos también aspectos atinentes a las relaciones de familia, para conciliarlos con los laborales.
En el sector público no existe la negociación colectiva. Por tanto, las funcionarias tuvieron históricamente tal derecho, que -repito- se eliminó en el proyecto de ley presentado por el Gobierno del Presidente Piñera.
Por eso, saludo esta mejoría, la reposición del referido derecho. Y, por cierto, me hago cargo de las inquietudes expuestas en el sentido de ir eliminando las discriminaciones odiosas, sobre todo la existente en la materia que nos ocupa esta tarde.
Por otro lado, señor Presidente, me alegra mucho que se otorgue derecho a sala cuna a trabajadoras y trabajadores del sector público, y que ello se explicite en un marco normativo.
Para hacerse cargo de la responsabilidad parental consagrada en la legislación sobre permisos pre y posnatal se requiere un cambio cultural en hombres y mujeres.
En tal sentido, la ley en proyecto facilita a ambos padres la posibilidad de ser parte activa en la responsabilidad frente a la crianza de sus hijos.
Por último, debo puntualizar que este proyecto tiene un déficit (en la Comisión de Trabajo al menos lo planteamos) en el sentido de que las funcionarias de la Junta Nacional de Jardines Infantiles -y ahí sí que hay una discriminación bastante obvia y abierta- no tienen derecho a llevar a sus hijos a las salas cuna.
Es importante cerrar tal discriminación. Y el Gobierno se comprometió a ello.
Yo quisiera que la Subsecretaria de Previsión Social, quien se halla presente en esta Sala, refrendara aquí el acuerdo a que llegamos en la Comisión de Trabajo del Senado en cuanto a que el Ejecutivo envíe un proyecto de ley en virtud del cual se entregue el derecho en comento también a las funcionarias de la JUNJI.
Sería muy importante, pues, que dentro de los próximos meses el Gobierno remitiera al Congreso Nacional la iniciativa pertinente, para cerrar la situación discriminatoria que afecta a las referidas servidoras públicas.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.


El señor PROKURICA.- Señor Presidente, habitualmente se reclama aquí por las discriminaciones contra la mujer en el ámbito laboral.
Quiero aprovechar la presencia de la señora Subsecretaria de Previsión Social para plantear un problema cuya resolución considero importante.
Se reclama en esta Sala, entre otras cosas, por las remuneraciones. Se ha dicho que las mujeres ganan menos por hacer el mismo trabajo que los hombres -es una discriminación (yo diría) absurda-; que a unas y a otros se les da un trato diferente según el cargo que se desempeña, en fin.
Ahora, en este proyecto se trata del permiso posnatal parental.
Pero, señor Presidente y Honorables colegas, déjenme ir contra la corriente.
Esta cuestión la he planteado ya en tres gobiernos; incluso, en el mío. Y todos me dicen: "¡Qué bueno!", "Me parece muy bien", "Se trata de una discriminación odiosa". Empero, nadie hace nada.
Me refiero a que hoy día los maridos no pueden ser carga de las mujeres en FONASA.
Por ejemplo, ambos cónyuges trabajan: si la mujer es carga del hombre y se enferma, tiene cobertura de salud; pero en la situación inversa no sucede lo mismo, pues las normas del FONASA vigentes no permiten que el marido sea carga de su mujer para los efectos de tal cobertura.
Eso motiva que por todos lados digamos a voz en cuello que la igualdad de derechos no funciona.
Según entiendo, si el marido pierde el trabajo y se enferma, tiene la cobertura residual del FONASA, por seis meses. Posteriormente, bueno, debe arreglárselas por su cuenta. ¡Y ni Dios quiera que lo afecte una enfermedad de alto costo!
¡Eso es como hacerse trampa en el solitario...!
Me gustaría, señor Presidente, que les encargáramos a la señora Subsecretaria y al Ejecutivo resolver tal situación.
Yo he presentado proyectos de ley sobre la materia. Entiendo que la Vicepresidenta del Senado, señora Adriana Muñoz, también hizo algo al respecto. Pero, al final, nadie soluciona el problema.
Repito: aquello es como hacerse trampa en el solitario. ¿Porque dónde se atiende el marido que queda sin cobertura de salud, dónde termina? ¡En el hospital público! O sea, en última instancia debe asistirlo el Estado.
¿Por qué FONASA no ha querido resolver la mencionada situación? ¡No lo sé!
Esta idea me la expuso hace muchos años la cónyuge de un amigo que enfrentó el problema en comento -no he olvidado su planteamiento: he insistido en él a lo largo de tres gobiernos; sin embargo, la situación no ha cambiado-: si una mujer quiere tener a su marido como carga (la palabra "carga" es un poco fea), paga la cotización de salud, ¡y problema resuelto!, pues en este caso no hay mayor gasto fiscal.
Como expresé, he presentado proyectos de ley al respecto. Pero en este caso las mociones son inadmisibles, pues constitucionalmente, como todos sabemos, se trata de una materia de la iniciativa exclusiva del Ejecutivo.
Es, en consecuencia, una tarea pendiente.
Por intermedio de la Mesa, le pido a la señora Subsecretaria de Previsión Social que procure patrocinio para uno de los proyectos que he presentado, o bien, que el Gobierno envíe una nueva iniciativa. Pero este problema, que es grave, hay que resolverlo.
Señora Presidenta, decimos por todos lados -y los gobiernos lo propugnan- "Ojalá trabajen el hombre y la mujer. Ojalá ambos tengan las mismas condiciones". No obstante, acabo de reseñar el caso específico de una discriminación odiosa contra los hombres que, a mi entender, debe resolverse.
La señora MUÑOZ (Vicepresidenta).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señora Presidenta, creo que estamos ante un proyecto que podríamos repensar.
¿En qué sentido?
En este caso el Estado está invirtiendo cierta cantidad de plata de todos los chilenos para beneficiar a un grupo de mujeres: al de las que laboran en el sector fiscal.
Entonces, la primera pregunta que me hago frente a esta iniciativa es por qué dichos recursos no se usan ante todo para buscar el equilibrio frente a una discriminación que ha existido históricamente entre las trabajadoras del sector público y las del sector privado.
Señor Presidente, decía la Senadora señora Muñoz que la ley en proyecto busca universalizar un derecho.
Sin embargo, percibo que esta iniciativa no universaliza un derecho, sino que, al revés, consolida una discriminación histórica que me parece profundamente odiosa.
¿Por qué -no lo comprendo- las mujeres del sector público tendrán en los períodos prenatal, posnatal y parental un beneficio que no recibirán las que laboran en el ámbito privado?
¿Porque es histórico?
O sea, ¿las discriminaciones están bien cuando son históricas?
Yo creo que no. A mi entender, ellas nunca están bien y son poco comprensibles.
Ahora, se ha planteado acá un argumento que no termino de comprender.
Se dice que las trabajadoras del sector privado negocian colectivamente y que, en consecuencia, el problema podría solucionarse por esa vía.
Yo no entiendo el referido planteamiento, pues nos hallamos ante un subsidio que paga el Estado.
¿Qué tiene que ver con eso la negociación colectiva? ¡Nada!
Aquí se trata de un beneficio que paga el Estado. En virtud de él, con dinero de todos los chilenos, a mujeres que trabajan en el sector público se les entrega más que a aquellas que lo hacen en el área privada.
¿Por qué?
Se dice: "Es que siempre ha sido así".
¿Pero por qué profundizamos la discriminación? ¿Por qué no usamos los fondos pertinentes para ayudar a las mujeres del sector privado, quienes nunca han recibido el beneficio de no tener tope remuneracional en los permisos prenatal y posnatal, y ahora tampoco lo tendrán en el permiso parental?
De consiguiente, aquí se está profundizando una discriminación histórica, en vez de avanzar hacia lo que el actual Gobierno ha repetido insistentemente: la igualdad de derechos.
Este proyecto no camina hacia la igualdad de derechos: profundiza una discriminación.
Solo un ejemplo.
Una profesional del sector estatal que hoy día gana 3 millones 600 mil pesos va a recibir en el prenatal, en el posnatal y en el posnatal parental exactamente esa misma cantidad, mientras la que labora en el sector privado percibirá la mitad.
¡Que alguien me diga en qué parte aquello no es discriminatorio!
Yo no logro comprender por qué se dice que eso está bien porque históricamente ha sido así.
Repito: aunque sean históricas, las discriminaciones nunca están bien.
Por lo tanto, creo que profundizar a aquel respecto no es el camino correcto.
No hay que confundirse, señor Presidente: dichos subsidios no los paga la isapre, ni tampoco el empleador; de modo que en este caso la negociación colectiva nada tiene que ver.
El beneficio a que se refiere el proyecto que nos ocupa lo paga el Estado. Y lo paga por algo que considero completamente correcto: la maternidad no tiene por qué cargarla solo la mujer.
Es en tal sentido que el Estado se hace cargo de la situación y entrega el subsidio en comento; y eso me parece bien. Pero el beneficio debe ser para todas las trabajadoras por igual y no en mayor proporción para las que laboran en el sector fiscal.
Por eso, no entiendo el argumento vinculado con la negociación colectiva. Esta nada tiene que ver con la ley en proyecto.
En la negociación colectiva se pueden prever otros beneficios: está bien. Pero esta iniciativa no guarda ninguna relación con un beneficio entregado por el empleador,...
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Dispone de un minuto adicional, señora Senadora.
La señora VON BAER.-... sino con uno que otorga el Estado con plata de todos los chilenos.
Ahora, cuando el Estado otorga un subsidio con recursos de los ciudadanos, él tiene que ser para todos los beneficiarios por igual.
Aquí se está profundizando una discriminación histórica, en vez de irla borrando.
Por eso es que la Senadora que habla va a hacer una reserva de constitucionalidad, en virtud del artículo 19, N° 2, de la Carta, ya que le parece que es preciso ir frenando y arreglando las discriminaciones históricas existentes en los subsidios que entrega el Estado.
He dicho.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, en los tiempos en que con muchos de los colegas que hoy día nos acompañan pertenecíamos a la Cámara de Diputados logramos, después de casi nueve años y medio o diez, en el primer Gobierno de la Presidenta Bachelet, que un proyecto que había sido conocido en la Comisión de Trabajo y que no podíamos hacer avanzar se materializara en una importante ley, como lo fue la que extendió a todas las madres trabajadoras el derecho a amamantar, independientemente de si había o no una sala cuna.
En efecto, la legislación hasta esa fecha establecía que dicho recinto requería 21 mujeres contratadas y que solo superada esta valla se ejerciera tal derecho. Y en muchos lugares había menos de 21 o las 21, pero no una sala cuna. En dicha Administración, una iniciativa de mi autoría lo hizo efectivo -repito- para todas aquellas que se encontraran en ese caso.
Y hemos ido progresando. Este es un proyecto que avanza, por cierto: contempla derechos parentales para trabajadores del sector público. Por eso, vamos a votar a favor, pues la construcción de la protección social es siempre ascendente, progresiva. No es un suceso: es un proceso, el cual resulta difícil, por los costos, y complejo en lo político, ya que todos manifestamos estar de acuerdo, pero no lo concretamos. Porque no imagino ni al Gobierno del Presidente Piñera ni al Gobierno de la Presidenta Bachelet sin querer entregar el beneficio a todos, particularmente en relación con el sector laboral.
En el mismo sentido, deseo consignar que avanzamos con los trabajadores del sector público, pero que quedan en rezago los miles y miles que se encuentran a honorarios, quienes no tienen derecho a sala cuna, ni a pre ni posnatal, ni a fuero maternal, ni a ningún otro. Y llevan desempeñándose quince, dieciocho, veinte, veintidós años, y están sometidos a las mismas exigencias que los demás.
Ojalá que con la aprobación, como espero, de la iniciativa en debate podamos seguir profundizando la protección social de quienes se desempeñan a honorarios en el Estado, que en algunas reparticiones alcanzan hasta el ochenta o noventa por ciento del total. ¡El noventa por ciento!
¿Cuántos hombres y mujeres van a lograr el beneficio de que se trata con motivo del permiso posnatal parental? Porque muchos de ellos no son de planta y tienen un contrato por un año, pero los que se hallan a honorarios quedarán al margen.
Entonces, ¡cuidado! Nos han llamado compañeros, trabajadores, cercanos, simpatizantes, para exponer que no accederán al derecho por no estar contratados ni ser funcionarios públicos.
Cabe preguntarse por el caso de dos mujeres que han trabajado una al lado de la otra, durante quince o dieciocho años, una de ellas a honorarios y la otra de planta, en las mismas condiciones, con la misma labor, la misma exigencia, la misma edad y un niño cada una.
Le hago un llamado a mi Gobierno para que el de ahora sea visto como un paso ascendente en la protección social de los trabajadores del Estado. Está bien, el Presupuesto no permite contratar a todos los que se encuentran a honorarios ni pasarlos a la planta, pero la verdad es que no resulta coherente negarles a los que se desempeñan en el aparato público -universidades, municipios, servicios, ministerios, subsecretarías- derechos sociales básicos como los que aquí estamos aprobando para los funcionarios.
Voto a favor del proyecto de ley, que constituye un avance importantísimo, como lo ha planteado la Senadora señora Goic, pero subrayo que sigue siendo insuficiente. Aspiro a que el Gobierno, con el apoyo de la Oposición, colabore a la extensión de estos derechos de manera progresiva, pero sin tardanza, en 2016, a quienes se hallan a honorarios, en particular a madres trabajadoras, quienes lamentablemente no podrán acceder al beneficio en estudio por su situación laboral.
¡Qué culpa tiene una criatura antes de nacer del tipo de contrato de su madre! Aquí se trata de proteger los derechos de los niños, y, en este sentido, seguimos en falencia. Espero que ello podamos corregirlo con la buena voluntad del Gobierno, la buena marcha de la economía y el consenso con la Oposición.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor García.


El señor GARCÍA.- Señor Presidente, el último fallo del Tribunal Constitucional marca un antes y un después, en mi opinión, respecto de los beneficios sociales que otorga el Estado. Es cierto que recayó sobre una materia distinta, cual es la gratuidad en la educación. En lo central, ¿qué dijo el organismo? Que el acento tiene que estar puesto en el estudiante vulnerable, independientemente de cuál sea la institución de educación superior donde curse sus estudios: una universidad estatal o privada, un centro de formación técnica o un instituto profesional. Lo importante es ese joven y su familia. Eso es lo que la gratuidad en la educación tiene que resguardar y garantizar.
En el caso en examen se busca proteger la maternidad. Es la madre. Es el niño. En consecuencia, la protección debe ser por igual, se trate de una trabajadora del sector público o del sector privado.
Por mi parte, me alegro de la iniciativa. ¿Y cómo no si les hace plena justicia a funcionarias de una remuneración mayor que, al salir con posnatal, pierden una parte? Eso me parece profundamente injusto. ¡Y qué bueno que ello se repare!
¡Si con mi Honorable colega Coloma hemos expresado que es algo que debiera ser para todos, porque el Estado debe amparar la maternidad! La guagua que está creciendo y necesita de su madre es lo que tenemos que resguardar por igual, trátese de una funcionaria o de una trabajadora del sector privado.
No estamos en contra del proyecto. ¿Cómo podríamos estarlo si es bueno, justo, respecto de las funcionarias con mayores ingresos en el sector público? Mas no lo es respecto de las trabajadoras con remuneraciones un poco más altas en el sector privado, quienes van a seguir con la limitación de las noventa unidades de fomento.
El Senador que habla era partidario de que el texto pasara a la Comisión de Constitución antes de despacharlo y de que ella pudiera decirnos si se cumplen o no las normas constitucionales, en su opinión, sobre todo a la luz del fallo mencionado, que insisto que sienta un precedente enteramente distinto de lo que conocíamos antes.
No sé si se recabó al respecto la unanimidad de la Sala.
¿Porque sabe lo que pasa al final, señor Presidente? Que todo es preciso hacerlo rápido, para ayer. Si hay un compromiso con la mesa del sector público, nosotros entendemos las urgencias, las obligaciones del Gobierno. Pero eso no puede ser impedimento para que nuevamente establezcamos discriminaciones arbitrarias, menos aún en un aspecto tan sensible como la maternidad, como el resguardo de los niños. Hasta los seis meses, el pequeño necesita a la madre, al padre. Por eso es que también hemos extendido la posibilidad del posnatal, en el sentido de que una parte puedan servirlo los papás. Mas eso es para todos. Así tiene que ser la protección de la maternidad y de la niñez.
La cuestión incomoda, porque, en realidad, ¿cómo votar? ¡Si estamos a favor de la iniciativa! Lo que afirmamos es que esta debe ser más amplia y garantizar el derecho a todas las mamás, a todos los niños, sea que ellas trabajen en el sector público o en el sector privado.
Gracias.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, antes de abrirse la votación formulé el planteamiento de una duda constitucional y se repuso que aparentemente no la hay. Me he ido formando la convicción, durante el debate, de que sí existe, y quizás efectivamente hubiera sido mucho mejor recurrir a nuestra Comisión especializada.
La cuestión de fondo no dice relación con si el proyecto es o no bueno. Por mi parte, estimo que lo es y que contiene elementos positivos. Lo que pasa es que la mera bondad no es suficiente en una sociedad con exigencias: se requiere incorporar, además, la justicia. Creo que esta ha sido la famosa discusión por la que hemos transitado en los últimos años, cual es la de entender que se precisa la inclusión de elementos adicionales a los valores, en sí mismos, para hacer de una iniciativa algo valioso. Y si algo es bueno y no justo, obviamente existe el derecho a preguntarse cuál es la bondad final, cuál es el sentido de una aprobación o de un rechazo.
¿En función de qué se da el subsidio? Esta es la interrogante de fondo para definir lo relativo a la justicia. Si ello fuera sobre la base de determinados beneficios para las personas por el carácter del trabajo, no cabría duda de que la normativa es buena y justa. Pero lo único que tengo claro del debate es que la medida no se ha concebido por la naturaleza jurídica de la labor, sino en función de la maternidad, del hijo, de la generación de condiciones para que este pueda lograr un mejor desarrollo justamente desde los primeros días de vida.
Este es el gran cambio, la gran revolución, que de alguna manera ha tenido lugar en el mundo moderno: el de que la formación de una persona no nace de una inspiración a una edad equis, sino de un acompañamiento incluso antes del parto.
Entonces, si concluimos que hay un esfuerzo del Estado ante la maternidad, no frente a lo que hace o no quien resulta ser el padre o la madre, no es aceptable entender que el subsidio se diferencia según el lugar donde efectivamente se trabaja. Eso no puede estar dentro de la esencia del cambio si uno estima que el beneficio tiene que ver con la paternidad, a menos que juzgue que el Estado es tan importante que el elemento diferenciador pasa a ser el estar dentro de su amparo o fuera de este. No creo que esta sea la visión ni siquiera de un estatista máximo.
El Senador que habla, por lo menos, procurará que los proyectos sean buenos y justos, dentro de las limitaciones que se enfrentan. Como es necesario actuar con convencimiento, no puedo persuadirme de que estamos dando un paso global positivo si a mujeres que se hallan en las mismas condiciones les estamos diciendo que van a recibir un trato distinto según el lugar donde trabajen. No puedo comprenderlo.
Sobre todo, considero que se había evolucionado bien en la eliminación de trabas. Si algo era importante y se logró en períodos anteriores fue adelantar en una mucho mayor justicia, en comprender una globalidad que iba más allá de las reglas y que tiene que ver con la dignidad de la persona humana, cualquiera que sea el lugar donde se desempeña.
Por eso, en la Comisión expuse -y su Presidente así lo señaló-, como también al inicio de la discusión, que, en aras de avanzar a máxima velocidad, no estamos avanzando a máxima justicia. Nadie puede afirmar que se va a causar un mal; que este es de los proyectos que originan, en sí mismos, un retroceso, o una caída, o un error, como sí ocurre en varias otras materias, a mi juicio, de responsabilidad del Gobierno. Pero, claramente, la generación de una medida para algunos importa un paso injusto, y me parece que es preciso tener mucho cuidado con ello, porque se va generando una sociedad también injusta. Y eso es lo que más debemos evitar en la legislación.
He dicho.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, estimados colegas, primero, el Estado comprende varias dimensiones, una de ellas la de empleador. Es el mismo caso del empresario del sector privado como persona. Insinuar una discriminación -y quiero plantearlo en estos argumentos- implica una incomprensión de la diferencia a tal punto que, con la lógica de una señora Senadora y del colega que me antecedió en el uso de la palabra, se llegaría a que ambos suponen que el Estado no puede, en tanto empleador, pagar asignación de zona, porque constituiría una desigualdad arbitraria, y tendría que subsidiarla para todos los trabajadores de las regiones en que ella se recibe.
En el fondo, aquí se está cometiendo un error no solo en el sentido de que la naturaleza del contrato es distinta, sino también de que el empleador -y, para este efecto, el Estado lo es- puede a la vez desdoblarse y ser el que cubra y financie las remuneraciones del sector privado.
A mí me parece que quienes me han precedido en sus intervenciones realmente han distorsionado la conversación a un extremo increíble.
¿El Estado, en tanto empleador, puede determinarles remuneraciones a sus trabajadores? Sí.
¿Puede fijarles beneficios? Sí.
¿Quién paga parte del pre y del posnatal? Una proporción -la sustantiva- es financiada por el mismo trabajador al hacerse cargo de su derecho de salud, sea con el prestador FONASA o con una isapre. Es lo mismo que pasa en el sector privado.
A mí me llama la atención que se quiera insinuar que el Estado, en tanto empleador, está obligado a extenderles a los trabajadores del sector privado todos los beneficios que les entrega a los propios. Es ahí donde hay una confusión tremenda. La naturaleza del contrato y el empleador son distintos.
Deseo abordar, en segundo término, lo hecho presente por el Honorable señor Coloma, a quien le gusta poner estos temas. Pero le pido ser parte del debate, porque algunos lo escuchamos cuando manifestó su punto de vista.
El señor COLOMA.- Estoy prestando atención.
El señor LETELIER.- Su Señoría quiere hacer un traslado que me parece muy atractivo y que dice relación con lo que he defendido siempre, pero que no es motivo de la iniciativa, en cuanto a si el derecho es del niño o de la madre o padre trabajadores. En nuestro ordenamiento legal, hasta la fecha, le corresponde al trabajador o a la trabajadora, en cuanto tales, sea que se rijan por el Código Laboral, si se trata del sector privado, o por el Estatuto, en el caso del sector público.
Creo que es distinto avanzar que es un derecho universal del niño, porque el asunto se vincula con el derecho de padres y madres de ejercer la paternidad y la maternidad. Ello tiene que ver con el principio laboral. No es el criterio del cuidado: es el de padres y madres al apego para con sus hijos.
Se podrá sostener que es un derecho bilateral -por cierto, podemos entrar a esa discusión-, pero repito que el origen en nuestro ordenamiento jurídico, sea en el Código del Trabajo o en el Estatuto, dice relación con el carácter laboral.
Se trata de un beneficio que el empleador les da a sus trabajadores. Y pasa por el Congreso, porque este, como el empleador es el Estado, es el que tiene que aprobar la ley. En ello no hay discriminación arbitraria de ningún tipo.
Pero es más: nosotros no tenemos la atribución de imponerle al sector privado cargas adicionales, que vayan más allá del ámbito de la relación bilateral.
Me parece un precedente interesante que podríamos discutir, pero entiendo que nuestro ordenamiento jurídico no apunta a aquello. Y reitero que quizás el mejor ejemplo es la asignación de zona. Porque, que el Estado la pague -pasa por una ley- tiene que ver con el contrato con sus trabajadores. Y si se ha querido generar un beneficio adicional, distinto, ha debido concretarse mediante una ley de zonas extremas, donde se paga un subsidio. Pero curiosamente no es igual que la asignación de zona, ni es para todos los trabajadores, sino solo para algunos, y el empleador privado concurre a ser partícipe de ese subsidio estatal, pero de otra naturaleza.
Señor Presidente, yo no tengo la menor duda sobre la legalidad y la constitucionalidad de esta iniciativa.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Hago presente a la Sala que voy a respetar todas las peticiones de palabra. No obstante, advierto que se están inscribiendo cada vez más Senadores para intervenir, por lo que se ve difícil que podamos empezar a tiempo la sesión especial sobre los campamentos, que estaba citada para las 18:30.
Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, yo voy a votar a favor de este proyecto.
Entiendo a quienes han planteado dudas de constitucionalidad, pero se debe precisar que esta iniciativa busca restablecer un derecho de las trabajadoras, particularmente de las instituciones del Estado, que perdieron el beneficio de una renta total con respecto al posnatal que nosotros logramos en el Gobierno del Presidente Piñera y que ha sido un tremendo cambio positivo para nuestro país.
Por tanto, como ellas perdieron un beneficio que tenían, histórico -hay que reconocerlo-, lo que se está haciendo es restablecer lo que se perdió; no es algo nuevo.
Por esa razón, voy a votar a favor del proyecto.
En segundo lugar, a mí, como mujer, me encantaría que en Chile existiera un cambio de mentalidad. Este no es un beneficio para la mujer ni para el hombre; es un beneficio para el niño y para la niña. Por consiguiente, si uno lo piensa desde el punto de vista del derecho de los hijos, y más encima queremos fortalecer y favorecer que haya maternidad y paternidad en nuestro país, es obvio que debiéramos propender a que estos beneficios, pensados en los niños y las niñas, sean para todos, sin discriminar si su progenitor o progenitora trabaja para el Estado o para el sector privado. Eso es obvio, pero requiere un cambio de mentalidad radical y total.
Entonces, compartiendo e impulsando ese criterio, yo anhelo que en algún minuto en que las ideas que a mí me mueven en política, que son más liberales, más de centro, lleguen nuevamente al Gobierno lo podamos implementar.
Con todo, voy a votar a favor porque las trabajadoras contratadas por el Estado tenían el beneficio y lo perdieron. Y me gusta mucho que se incorpore a los hombres, porque es muy importante promover que los padres que trabajan para el Estado también puedan tener a sus hijos en salas cuna.
Dicho eso, y aprovechando la presencia de la Subsecretaria de Previsión Social, espero que el pésimo empleador que es el Estado en nuestro país -somos muchos los que lo estamos planteando- considere a aquellos que están contratados a honorarios, porque esas mujeres sufren una tremenda discriminación con respecto al acceso a sus beneficios de pre y posnatal.
Voto a favor.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Andrés Zaldívar.


El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, yo intervine ya como Presidente de la Comisión, pero quiero, muy brevemente, fundar mi posición.
Me parece un poco extraño enfocar este proyecto desde el punto de vista constitucional. Efectivamente, el Tribunal Constitucional, en otro tipo de situación, en un tema absolutamente diferente, recientemente habló de discriminación. Pero el hecho de que, en un caso determinado, en una materia específica, haya dictado una norma en ese sentido no es ley ni establece jurisprudencia. Establece precedentes que podrán ser, por supuesto, discutidos por los que quieran llevar este tema a esa instancia.
Si hoy amenazan con una medida de ese tipo, bueno, están en su derecho -la Constitución lo establece- y veremos lo que pase. Pero yo, sinceramente, creo que no tienen ningún fundamento para ello, y aquí se han dado ya todos los argumentos para respaldar que esto no es ninguna discriminación.
Solo quiero recordarles a los Senadores de la Oposición el debate que tuvimos respecto del posnatal. En ese tiempo propusimos que el posnatal no llegara, como se establecía inicialmente, a 60 UF. Después de una gran discusión logramos llevarlo a 90 UF. Ustedes podrían haberlo resuelto entonces.
El reclamo del sector público ha sido atendido por el Estado, que es el empleador, y ha determinado que se elimina el límite. Pero yo creo que los Senadores de Oposición tienen que pensar seriamente que no es aceptable hacer una presentación ante el Tribunal ahora respecto de algo que todos declaran que es muy positivo.
Insisto: pueden hacerlo, están en su derecho. Pero no olviden el pasado; es muy importante tenerlo presente.
Cuando se planteó el límite, se habló de 60 UF. Y después logramos fijarlo en 90 UF. Hoy estamos logrando que en el sector público se llegue al cien por ciento.
Ahora, si después se quiere replicar este beneficio en el sector privado porque se estima necesario extenderlo, bueno, se podrá discutir. Pero no hay discriminación.
Creo que el Estado está dando respuesta a algo que le corresponde en sus relaciones laborales con su gente. El sector privado tiene muchas veces -aquí se ha dicho- beneficios que son distintos a los del sector público y puede incluso, a través de la negociación colectiva, llegar a establecer mecanismos diferentes, por ejemplo, en materia de indemnización por años de servicio. No hay indemnización por años de servicio en el sector público, mientras que en el sector privado ella tiene que pagarse, y nadie puede reclamar por qué se paga en uno y no en el otro.
Por supuesto, la discusión es legítima, y hay gente que tiene un convencimiento distinto al de uno. Pero lo importante es que valoremos lo que está pasando: estamos estableciendo un beneficio para la mujer madre, en favor del niño o la niña, con el pago del cien por ciento del posnatal. Esto no es ni 60 UF ni 90 UF; es el cien por ciento para los funcionarios públicos.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, he escuchado con mucha atención el tono mesurado y adecuado que ha utilizado el Senador señor Zaldívar al hacernos reflexionar sobre el pasado de este Parlamento, sobre el Gobierno del Presidente Piñera -se lo agradezco y espero que mantenga esa cordialidad-, pero quiero decirle que tengo la firme convicción de que esta norma es absoluta y totalmente inconstitucional.
Dicho eso, puede parecer una contradicción que yo vote a favor, pero no lo es y voy a explicar por qué.
Porque las cosas se pueden explicar. Los burros son los únicos que no entienden cuando se les dan razones.
Les quiero señalar lo siguiente.
Aquí estamos votando un beneficio en favor de las mujeres que trabajan en el sector público y deben hacer uso de un posnatal. Puestos nosotros en la disyuntiva de que pierdan este beneficio por una discriminación arbitraria del Gobierno, yo a lo menos no estoy dispuesto a permitirlo, porque ellas no tienen la culpa de esa discriminación arbitraria.
Por lo tanto, voy a respaldar el proyecto, porque objetivamente votarlo en contra significaría quitarles a miles de mujeres un beneficio que realmente es de toda justicia, que consiste en eliminar el límite de 90 unidades de fomento respecto de la remuneración que ellas perciben para gozar del posnatal extendido a seis meses durante el Gobierno del Presidente Piñera.
Pero quiero señalar por qué es una discriminación arbitraria.
Lo es, en primer lugar, porque este beneficio se otorgó por ley tanto para el sector público como para el privado, por igual. Y desde el momento en que el legislador establece un principio de igualdad para que las mujeres de dichos ámbitos puedan hacer uso del posnatal, dada la condición de tener un hijo, cae en una discriminación arbitraria absoluta si con posterioridad entrega un beneficio a quienes están en el sector público, en desmedro de quienes se desempeñan en el sector privado.
Pero, como Oposición, no tenemos iniciativa de ley y no podemos ponernos en la disyuntiva -por lo menos, esa es mi opinión- de recurrir al Tribunal Constitucional -ya lo hicimos, y muy bien a mi juicio, a propósito de la glosa sobre gratuidad en la educación-, por la demora que el asunto podría sufrir y porque, en esa hipótesis, no tenemos cómo obligar al Gobierno a incluir a las mujeres del sector privado, salvo señalar que no podrán acceder al beneficio las trabajadoras del ámbito público.
Por lo tanto, señor Presidente, voy a votar a favor del proyecto, pero dejando constancia de que contiene una norma de absoluta discriminación arbitraria y de que no estoy dispuesto a perjudicar a las mujeres del sector público por una arbitrariedad del Gobierno.
De otro lado, debo señalar que el argumento sobre asignación de zona que da mi distinguido amigo y colega el Senador Letelier es profundamente equivocado, porque si la ley estableciera que hay derecho a la asignación de zona para los funcionarios del sector público y los trabajadores del sector privado y luego se lo quitara o lo aumentara a unos en perjuicio de los otros, rompería el principio básico de igualdad.
Lo que ocurre es que no hay una obligación de pagar asignación de zona en el sector privado. Por lo tanto, no se rompe el principio de igualdad ante la ley, ya que podría pagarse el beneficio de acuerdo a lo que negocien sus trabajadores con el empleador. Pero no es la misma condición que el mencionado Senador pone como ejemplo para validar esta discriminación arbitraria.
Lamentablemente, nosotros como Oposición no podemos dejar sin este beneficio a las mujeres del sector público, aunque sabemos que estamos votando una norma que discrimina a las trabajadoras del sector privado. Esperamos que el problema se pueda corregir en la tramitación de esta u otra iniciativa legal.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, creo que lo fundamental ya se ha dicho.
Efectivamente, cuando se presentó el proyecto de extensión del posnatal, la existencia del tope me pareció completamente infundada.
Así lo hice presente en esa oportunidad, porque de alguna manera estaba sancionando a las mujeres, fundamentalmente de clase media, porque no podían mantener su ingreso mientras duraba el posnatal. Y, en consecuencia, terminaba siendo una especie de castigo, pues como no podían dejar de tomar el posnatal, por el hecho de tener un hijo, sufrían un detrimento en su ingreso.
Eso me pareció muy inconveniente y, gracias a las discusiones que se produjeron en el Congreso, se logró subir el tope de 60 a 90, como ya se recordó.
Pero el problema conceptual continúa subsistiendo.
Ahora bien, el Gobierno ha planteado esta iniciativa, que pretende corregir la situación para el sector público.
Me parece razonable que se mejore la condición de las mujeres pertenecientes a dicho sector. Pero comparto la inquietud aquí planteada en cuanto a que las mujeres del ámbito privado también tienen derecho a este beneficio.
Ahora, si bien es cierto que resulta discutible la constitucionalidad o la discriminatoriedad que pueda haber en esta norma, estimo que no se puede rechazar la iniciativa, dado que significaría un daño muy grande para las mujeres del sector público, que sufrieron además en forma muy significativa un detrimento por doble efecto, no solo por el tope, sino porque las remuneraciones contempladas para lograr el beneficio del subsidio al posnatal no incluían todas las asignaciones percibidas.
Hoy día se incluye el total de las remuneraciones. Por lo tanto, las personas que no llegan al tope van a tener un incremento en el beneficio gracias a esa situación, cuestión que no ocurre en el sector privado.
Aquí había una discriminación encubierta respecto de las trabajadoras del sector público, que se corrige por esta ley.
Es cierto, por otra parte, que en el sector privado las mujeres pueden negociar con su empleador, cuestión que no ocurre en el caso del sector público.
Con todo, a pesar de que subsiste cierta discriminación, que espero se corrija, me parece que debemos aprobar este proyecto de ley, que beneficia a las mujeres del sector público con la inclusión del posnatal sin tope.
Ojalá esa presión sea la que falta para lograr que esto se extienda también al sector privado. Existen situaciones que hacen que el escenario no sea tan arbitrario, pero igual hay diferencias. No puede ser que una mujer, por trabajar en el sector público, tenga un beneficio que no obtendría si se desempeñara en el ámbito privado. Lo podría negociar, claro, pero ya no dependería de su voluntad. En el caso del sector público, le va a estar dado por el solo hecho de trabajar en él.
En ese sentido, hay una diferencia que, a mi juicio, se debe corregir.
Por las mismas razones que algunos han señalado que votarán a favor del proyecto, yo también lo respaldaré, tal como lo hice en la Comisión, pero dejo subrayado el punto de que es necesario corregir esta situación hacia el futuro.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general y en particular el proyecto (31 votos a favor y 3 abstenciones), dejándose constancia de que se cumple con el quórum constitucional requerido, y queda despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Allamand, Araya, Chahuán, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Guillier, Harboe, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Matta, Montes, Moreira, Navarro, Orpis, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Se abstuvieron las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y el señor Coloma.