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REGULACIÓN DE BINGOS Y ACTIVIDADES SIMILARES CON FINES DE BENEFICENCIA


El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Corresponde ocuparse del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula la realización de bingos y otras actividades similares con fines de beneficencia, con certificado de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.077-06, 10.079-06, 10.080-06, 10.081-06, 10.086-06, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 26ª, en 9 de junio de 2015.
Informe de Comisión:
Gobierno, Descentralización y Regionalización (certificado): sesión 27ª, en 10 de junio de 2015.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo de la iniciativa es autorizar la realización de bingos, rifas, sorteos, loterías y otros con fines de beneficencia u obras pías, por personas naturales o jurídicas sin fines de lucro, los que no serán considerados juegos de azar.
La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización discutió este proyecto en general y en particular por ser de artículo único, y lo aprobó en general por la unanimidad de sus miembros, Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar. También lo acogió en particular, con las modificaciones que se consignan en el certificado, las que acordó por unanimidad, con excepción de una, que fue aprobada con un voto en contra.
El texto que se propone aprobar se consigna en las páginas pertinentes del certificado de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
Se hace presente que el Honorable señor Letelier, acompañado de otros señores Senadores, ha formulado una indicación para suprimir en el inciso primero del artículo único la expresión final ", con exclusión de premios en dinero.".

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Señores Senadores, pregunto si habría acuerdo para hacer una sola discusión, en general y particular a la vez, abrir la votación, y...
El señor COLOMA.- No.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Permítame explicar, señor Senador.
Si no hay acuerdo, no importa. Pero quiero formular la pregunta.
La indicación propone eliminar en el inciso primero la frase "con exclusión de premios en dinero".
Se hacen muchas rifas en las que se ofrecen 10 o 20 mil pesos de premio.
Entonces, la consulta es si habría acuerdo para realizar una votación, excluyendo la aludida expresión final del inciso primero.
El señor COLOMA.- No, señor Presidente.
Hay que analizar el proyecto.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, obviamente, se trata de un tema discutible.
Sin embargo, yo también tengo una duda respecto del inciso tercero del artículo único, en el cual se dice: "La realización de las referidas actividades deberá informarse previamente al municipio de la comuna respectiva.".
Hasta ahora, de hecho, el sistema es que los municipios autorizan...
El señor ALLAMAND.- No.
El señor OSSANDÓN.- No.
El señor COLOMA.- En la práctica es así. Es lo que me dijeron al menos en la Asociación de Municipalidades de mi Región, aunque puedo estar equivocado.
Me parece bien revertir lo resuelto por la Contraloría. Pero no tengo claro si esta norma pasará a ser un derecho para que cualquier institución sin fines de lucro de cualquier clase realice cualquier tipo de bingo en cualquier lugar o si se requiere cierto ordenamiento a nivel municipal.
Por eso, me gustaría que se presentaran argumentos en torno de este punto.
Es lo que quería plantear.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Entonces, aplicaremos el procedimiento regular.
Veremos si el Presidente o los demás integrantes de la Comisión pueden ilustrarnos respecto de la inquietud del Senador señor Coloma.
Tiene la palabra el Honorable señor Espina, Presidente de la Comisión de Gobierno.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, desearía que me permitieran algunos minutos para informar por completo al Senado acerca de este proyecto.
¿Por qué se origina esta iniciativa?
En primer lugar, porque hubo una resolución de la Contraloría General de la República a raíz de un requerimiento formulado por la Municipalidad de El Quisco, que solicitó un pronunciamiento con el objeto de determinar si ese municipio estaba facultado para autorizar la celebración de bingos con fines benéficos, como asimismo, si es factible, previo acuerdo del concejo, otorgar premios al efecto y permitir la ocupación de recintos municipales o de espacios que tenga bajo su administración para la realización de tales eventos.
En esa resolución, de fecha 22 de abril de 2015, la Contraloría señala que no existe la facultad para que los municipios autoricen los bingos. Y expresa textualmente: "en conformidad con los artículos 6° y 7° de la Constitución Política, y 2° de la ley N° 18.575, las municipalidades deben actuar dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley, no teniendo más atribuciones que las que expresamente les haya conferido el ordenamiento jurídico, cabe concluir que estas no se encuentran facultadas para permitir el funcionamiento de bingos, según se advirtiera, toda vez que tratándose de un juego de azar en cuyo resultado interviene la casualidad, procurando ganancias a los jugadores por medio de la suerte, este solo puede ser autorizado por ley".
Y luego agrega que, sin perjuicio de lo anterior, el artículo 1° de la ley N° 10.262 entrega al Presidente de la República la facultad, que puede delegar en los intendentes, para autorizar la realización de "rifas o sorteos de especies, mercaderías, bienes muebles o inmuebles, con exclusión de premios en dinero".
A raíz de ese marco surge la necesidad de legislar. Y se presentaron varias mociones, tanto de Senadores como de Diputados.
Sobre el particular, la Comisión de Gobierno optó por tramitar el proyecto proveniente de la Cámara Baja. Lo quiero destacar porque las mociones del Senado se hallan en primer trámite, mientras que la iniciativa de la otra rama del Congreso se encuentra en segundo trámite.
Considero que habla bien de esta Corporación y de los Senadores autores de esas mociones que, en lugar de entrar en una competencia por quién saca primero su iniciativa, se tome una decisión y se diga: "Avancemos en el proyecto que viene de la Cámara; perfeccionémoslo, corrijámoslo, y dejemos constancia en la historia fidedigna de la ley de que existen tres iniciativas de señores Senadores".
Las mociones de la Cámara de Diputados son las siguientes:
Una de los Diputados señores Ricardo Rincón, Gabriel Silber, Juan Morano, Jorge Sabag, Marcelo Chávez, Fuad Chahín, Jaime Pilowsky, Víctor Torres, Patricio Vallespín y Matías Walker.
Otra de los Diputados señores Germán Becker, Daniel Farcas, Gonzalo Fuenzalida, señora Andrea Molina, señores Cristián Monckeberg y Nicolás Monckeberg, señora Paulina Nuñez, señor Leopoldo Pérez, señora Marcela Sabat y señor Germán Verdugo.
Otra del Diputado señor Juan Antonio Coloma.
Otra de la Diputada señora Daniella Cicardini.
Y la última, de los Diputados señores Cristian Campos y Tucapel Jiménez.
En cuanto al Senado, hemos tenido a la vista tres proyectos:
En primer término, uno patrocinado por el Senador señor Letelier, a quien acompañan con sus firmas los señores Montes, Quinteros, Zaldívar y quien habla.
En segundo lugar, uno del Senador señor Chahuán.
Y por último, uno de los Senadores señores Ossandón, Guillier y Quinteros.
Finalmente concordamos un texto, que aparece en el informe que Sus Señorías tienen a la vista. Este señala en el inciso primero del artículo único: "Las personas jurídicas sin fines de lucro, como las reguladas en la ley Nº 19.418, independiente de su denominación, aquellas constituidas de acuerdo al Título XXXIII del Libro I del Código Civil, además de los Centros de Alumnos, Centros Generales de Padres y Apoderados de todo el sistema educacional y en todos sus niveles, sindicatos, asociaciones gremiales y organizaciones deportivas, podrán realizar en el ámbito local, actividades de carácter no habitual tales como bingos, rifas, loterías u otros sorteos similares de bienes muebles, con exclusión de premios en dinero.".
En esta norma hay dos puntos que me gustaría que Sus Señorías tuvieran en consideración, pues fueron votados por separado.
El primero dice relación a si correspondía o no agregar a las asociaciones gremiales y a las organizaciones deportivas.
El Senador Letelier solicitó votar en forma separada esa frase y la Comisión, por unanimidad, rechazó excluir a las asociaciones gremiales y a las organizaciones deportivas de la posibilidad de realizar bingos.
Si Sus Señorías quieren leerlo, se encuentra en el inciso primero del artículo único.
Luego, al final de ese inciso, se señala: "con exclusión de premios en dinero". El Senador García solicitó pronunciarse por la eliminación de ese texto, pero la Comisión rechazó la posibilidad de que los bingos incluyan premios monetarios y la norma quedó tal cual, es decir, no se puede premiar con dinero.
Esa decisión se adoptó por votación de 4 a 1. Los Senadores señores Quinteros, Bianchi, señora Von Baer y señor Zaldívar fueron de la idea de que se excluyeran los premios monetarios, mientras el suscrito estuvo a favor de eliminar esa restricción.
Por lo tanto, hay un segundo tema que debería resolver la Sala del Senado.
Luego, el inciso segundo prescribe: "Las actividades descritas en el inciso anterior solo podrán realizarse" -es muy importante- "con propósitos solidarios o de beneficencia a favor de terceros, o para el financiamiento de los fines propios de cada institución, debiendo rendir cuenta de sus resultados a los organismos a los cuales estuvieren vinculados. Para estos efectos, las actividades realizadas en los términos antes señalados no serán consideradas juegos de azar de conformidad a la ley Nº 19.995, que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego.".
A continuación, permítanme volver atrás -perdonen que me haya saltado esta parte-, ya que en el inciso primero hay una frase muy importante, que dice relación con que se trate de "actividades de carácter no habitual". Con ello se recoge una aprensión que manifestaron en su momento el Senador señor Ossandón y otros colegas, pues hay que tener cuidado de que no se formen verdaderas empresas dedicadas a organizar bingos.
Se debe entender que estas actividades tienen carácter solidario, son para beneficio de la comunidad, están arraigadas y se llevan a cabo en todas las regiones y comunas de nuestro país.
Entonces, al agregar el término "no habitual" se pretende evitar que haya una entidad que se dedique permanentemente a organizar bingos. Con esa precisión se impide que esto se transforme en una actividad lucrativa. La idea de estos sorteos no es que alguien lucre mediante el cobro de una comisión por organizarlos, sino que persiguen un objetivo humanitario, solidario, a fin de obtener recursos para centros de madres, para clubes deportivos, para organizaciones sociales en general.
Por eso, me parece muy valioso que la Comisión haya incorporado el concepto "no habitual".
Por último, se agrega un inciso tercero. Porque la discusión se centró en quién autoriza estos eventos.
En la Comisión optamos por descartar en forma permanente el requerimiento del visto bueno del Presidente, del intendente, del gobernador o del alcalde, por tres razones: primero, porque se requiere una indicación patrocinada por el Ejecutivo; segundo, porque a mi juicio hay que despachar este proyecto ahora, y tercero, porque lo razonable sería que esta actividad se realizara sin requerir siempre la autorización expresa del alcalde, que podría tener un poder omnímodo para permitir o impedir que se lleve a cabo un bingo. Todos quienes hemos sido parlamentarios hemos vivido esa situación.
Entiendo que quienes se desempeñaron como alcaldes tengan una opinión distinta, pues probablemente fueron grandes jefes comunales y muy objetivos y justos. Pero en el ámbito de la actividad pública no todos operan así.
Entonces, podría ocurrir que una organización se enemistara con el alcalde y no le fuera posible nunca efectuar un bingo.
Por consiguiente, acogimos el fondo de lo propuesto, primero, por el Senador Zaldívar, y después, por el Senador Ossandón, quien hoy nos acompañó en la Comisión junto con el Senador García.
El inciso tercero quedó así: "La realización de las referidas actividades deberá informarse previamente, por escrito, al municipio de la comuna respectiva.".
Deberá informarse a la autoridad de la comuna para que esta se dé cuenta de qué está ocurriendo en ella.
Ese es el objetivo perseguido, señor Presidente.
Creemos que este proyecto cumple una finalidad social valiosa. E hicimos un esfuerzo para redactarlo bien.
Reitero mi reconocimiento a los Senadores autores de mociones, quienes tuvieron la generosidad -en el buen sentido de la palabra- de no entrar a una competencia (perdón por decirlo así) de niños chicos para ver cuál sacaba primero la iniciativa.
¡El Senado está para posibilitar que los proyectos se despachen!
Obviamente, existe un reconocimiento a los Senadores que presentaron mociones.
Esperamos que la Sala apruebe esta iniciativa hoy.
He dicho.
El señor MONTES.- ¿Por qué no abre la votación, señor Presidente?
La señora ALLENDE.- De acuerdo.


El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Se solicitó abrir la votación.
Hay una sola indicación, dirigida a eliminar la frase final del inciso primero del artículo único, que dice: "con exclusión de premios en dinero".
Esa indicación deberíamos resolverla después de votar la idea de legislar.
¿Les parece a Sus Señorías?
--Así se acuerda.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- En votación general el proyecto.
--(Durante la votación).
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, discutimos largamente esta iniciativa en la Comisión de Gobierno, donde había varias fórmulas para solucionar el problema en comento.
Finalmente, todos -tanto Senadores cuanto Diputados- queremos que las distintas organizaciones que realizan bingos para financiar obras de beneficencia, acciones solidarias o su propio funcionamiento puedan seguir haciéndolos sin tener que cambiar la forma como se operaba: básicamente, si alguien lo deseaba, efectuaba uno sin ningún problema. Ello, hasta la interpretación de la Contraloría.
Aquí la discusión fue en torno a si la realización del bingo requería permiso de alguien o quedaba libre.
La obligación de tener autorización del Presidente de la República se consideró del todo inconducente.
Luego se debatió sobre el permiso del intendente. Pero eso también es inconducente, pues desde muchas zonas sería necesario efectuar un tremendo viaje para llegar a la capital regional al objeto de pedir la autorización respectiva.
Lo mismo ocurre en el caso de los gobernadores.
Entonces, se discutió si el bingo se hacía con permiso del alcalde.
Al respecto, hubo dos posiciones.
Una, la eventual existencia de un conflicto de interés con esa autoridad, la que, si tuviera problemas con la organización social pertinente, podría no dar su autorización.
Sin embargo, la razón que pesó mayormente para dejar fuera a los municipios fue que, por tratarse de una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, se requería una indicación del Ejecutivo.
Esperamos una semana, y no recibimos respuesta del Gobierno.
Por lo tanto, como no teníamos facultad al efecto señalado, finalmente optamos por una fórmula mucho más fácil, más expedita, más rápida: dejar libre la realización del bingo, sin necesidad de autorización municipal.
De esa manera salvamos la dificultad derivada de no tener el patrocinio del Ejecutivo, que, tras una semana -repito-, no envió la indicación requerida.
Como las organizaciones precisan una salida rápida para el problema surgido, encontramos transversalmente la solución en la norma aprobada por la Comisión, que se trabajó a base del texto que recibimos de la Cámara de Diputados.
¿Por qué quedó -y esto, en respuesta a la pregunta del Senador Coloma- la información al municipio? Porque en la Comisión hubo inquietud en cuanto a que la municipalidad, aunque ya no tendría que autorizar, al menos debería estar informada.
Por ello quedó la obligación de informar previamente, por escrito, al municipio de la comuna respectiva. De esa forma al menos existirá un registro de los bingos que se estén realizando y podrá revisarse si sus propósitos son solidarios, o de beneficencia, o para cumplir los fines propios de las instituciones a las que el artículo único faculta para llevarlos a cabo.
Adicionalmente, al objeto de evitar que los bingos se efectúen con fines lucrativos y no benéficos, se dice "debiendo rendir cuenta de sus resultados a los organismos a los cuales estuvieren vinculados".
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Perdón, señora Senadora, pero concluyó si tiempo.
La señora VON BAER.- Lo siento mucho.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Su Señoría dispone de un minuto adicional.
¡Vamos a ser más generosos...!
La señora VON BAER.- Muchas gracias.
Termino diciendo, señor Presidente, que tratamos de salvar el problema de la inconstitucionalidad con una solución rápida y expedita para que los bingos pudieran realizarse. Y creo que salvamos bastante bien la problemática.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Allamand.


El señor ALLAMAND.- No sé si esta es la oportunidad, señor Presidente, pero deseo referirme a la idea de excluir los premios en dinero.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Como estamos en votación, señor Senador, le agradeceré reservarse para el debate de la indicación pertinente.
El señor ALLAMAND.- Conforme, señor Presidente.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Muchas gracias.
Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, todo esto nace -tal como dijo el Presidente de la Comisión de Gobierno- de un dictamen donde la Contraloría General de la República constata la ilegalidad de los sorteos organizados por juntas de vecinos y otras entidades comunitarias, que todos los fines de semana se llevan a cabo en diferentes comunas de nuestro país, normalmente para ir en auxilio de personas que enfrentan un problema grave de salud.
Ello pone en evidencia el estado actual de la descentralización.
Porque la verdad de las cosas es que a no pocos les sorprende que situaciones con un alcance tan limitado como una rifa o un bingo solidario necesiten autorización del Presidente de la República, quien a la vez delegó esta atribución en el Ministerio del Interior y en los intendentes.
En mi época de intendente yo firmaba todas las semanas una veintena de permisos de aquella índole, la mayoría formuladas por cuerpos de bomberos o por juntas de vecinos rurales.
Naturalmente, muchos no solicitaban autorización, especialmente cuando provenían de lugares distantes de la capital regional.
Entonces, no es extraño que las organizaciones sociales hayan recurrido a los municipios para suplir el vacío existente.
Esto pone de manifiesto que los municipios realizan bastantes más labores que las enunciadas por la ley. Y lo hacen sencillamente porque los alcaldes son las autoridades más cercanas a la gente.
En esta y en muchas otras materias, los alcaldes prefieren regularlas y canalizarlas, sobre todo si están dirigidas a atender una necesidad social y permiten fortalecer las organizaciones sociales, en lugar de negarse argumentando la inexistencia de facultades legales.
¡Esa es la realidad de la descentralización en Chile!
Hay situaciones absurdas, como la de tener que llegar hasta la capital regional o nacional para pedir permiso a los efectos de realizar una rifa que recaudará ¡cien mil pesos! También, la de alcaldes sin atribuciones que deben dar respuesta a peticiones de todo tipo, aunque a veces se vulneren ¡leyes caducas!
Nada de esto me llama la atención. Es algo que he vivido durante todos los años desde mi ingreso al servicio público.
Por cierto, celebro que rápidamente hayan surgido varios proyectos de ley para resolver la situación.
Empero, hasta para aprobar una norma tan sencilla como la destinada a otorgarles a los alcaldes la facultad respectiva nos hemos encontrado con obstáculos.
En primer lugar, una norma de ese tenor es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo, porque concede atribuciones a un órgano. Pero, inexplicablemente, sus representantes se han negado a patrocinarla.
Por otro lado, he escuchado aprensiones de algunos colegas en el sentido de que entregarles la facultad pertinente a los alcaldes podría prestarse para abusos, en circunstancias de que, de hecho, vienen ejerciendo el rol en comento desde hace bastante tiempo y sin que se conozcan reclamos por eventuales arbitrariedades de algunos de ellos.
De esta manera, hemos llegado al actual proyecto, que les da a las entidades sin fines de lucro la facultad de organizar bingos y sorteos sin necesidad de contar con permiso alguno.
No me satisface la norma respectiva, no porque esté en contra de la autonomía de las organizaciones sociales, sino porque niega la realidad de que los alcaldes son las autoridades más cercanas que pueden ejercer algún grado de control sobre una actividad que, aun teniendo fines solidarios, compromete la fe pública.
Sin embargo, la pasividad del Ejecutivo obliga a aprobar dicha disposición.
Se han incorporado algunas restricciones al proyecto de la Cámara de Diputados, en la perspectiva de evitar abusos por parte de personas inescrupulosas.
En efecto, conforme a la ley N° 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, bastan diez o quince personas, según corresponda, para constituir una organización funcional.
Por eso se agregó que debe tratarse de eventos locales, no habituales, sin premios en dinero, y además, que ellos han de informarse al municipio.
De ese modo estamos resolviendo el problema puntual que quedó en evidencia con el dictamen de la Contraloría General de la República. Pero seguramente, a propósito de cualquier otra situación, en el futuro próximo tendremos que aprobar una nueva legislación particular sobre la materia.
Entonces, como ahora, seguirá pendiente la necesidad de otorgar con decisión y de una vez por todas las atribuciones generales y los recursos a los municipios para que puedan responder de manera oportuna y eficaz a los múltiples requerimientos de la población.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, a mi entender, pueden hacerse tres reflexiones en torno a la iniciativa que nos ocupa.
En primer lugar, yo no sé si antes se ha registrado el hecho de que hayan patrocinado un proyecto 35 parlamentarios, si sumamos todos los Diputados y Senadores que presentaron mociones sobre esta materia.
Ello refleja una muy significativa inquietud del mundo real, que nace de un dictamen mediante el cual la Contraloría -entiendo que a requerimiento de un municipio de la Quinta Región- les establece a las municipalidades una suerte de prohibición para autorizar la realización de beneficios sociales como los bingos, lo que despertó una preocupación sorprendente.
Si uno ve un diario u otro medio de comunicación, en particular de regiones, se da cuenta de que ese ha sido el tema que ha ocupado las portadas y la discusión en las distintas zonas de nuestro país. Porque, desde la perspectiva social, la realización de bingos para enfrentar un problema humanitario se halla muy arraigada en la comunidad. Y eso tiende a reflejarse en acciones de esta naturaleza.
Por algo el Gobierno, además, hizo presente la "suma" urgencia: no para imprimirle mayor velocidad a la tramitación de una moción, sino precisamente porque quiere que se despache con rapidez la ley en proyecto.
A algunos podrá parecerles no tan relevante esta iniciativa. Sin embargo, obviamente, aquí estamos hablando de una materia muy significativa desde el punto de vista social.
De otra parte, con relación a la arquitectura de este proyecto de ley, no obstante estar de acuerdo con la idea de legislar, debo connotar la existencia de dos cuestiones que no se resolvieron bien.
Por cierto, uno puede tener determinada posición y perder la votación realizada en torno de ella. Y en ese caso no hay nada que hacer.
En primer lugar -y a este respecto concuerdo con el Senador que me antecedió-, me sorprende la suerte de desconfianza que se genera alrededor de los municipios.
Al interior de las municipalidades puede haber diferencias. Sin embargo, nunca he sabido -por lo menos en la zona que represento, donde se suelen pedir autorizaciones para organizar bingos- de una acusación relacionada con arbitrariedades de tales corporaciones en esta materia.
Los municipios tienen más sentido común en esa línea de acción. Podrán adoptar decisiones de carácter político; eso es perfectamente legítimo. Pero, tratándose de cuestiones de índole social, yo no he observado, ni siquiera en momentos de encono electoral, actuaciones que permitan dudar de su conducta.
Entiendo -la Senadora Von Baer lo explicó- que nunca llegó la indicación del Ejecutivo para dar paso a la autorización municipal.
Ello nos hace reflexionar también sobre por qué el Gobierno, que le coloca "suma" urgencia a este proyecto porque sabe de su importancia y que es consciente de que concita el interés de tantos parlamentarios, no acciona para solucionar de mejor manera el problema surgido.
Lamento que la cuestión se haya dado en ese escenario.
No voy a pedir votación separada a los efectos de incorporar la autorización municipal, pues para ese efecto se requiere patrocinio del Ejecutivo.
Entonces, tenemos un problema técnico. Pero no es menor la circunstancia de que aquí, pudiendo hacerlo bien, no estamos resolviendo una situación de la mejor manera porque, desgraciadamente, no se dieron las condiciones legales necesarias.
La segunda cuestión -quiero al menos manifestar mi parecer, pues no sé si alcanzaremos a verlo después- tiene que ver con la redacción del inciso primero.
A mi juicio, las expresiones "con exclusión de premios en dinero" y "carácter no habitual" son una conjunción virtuosa.
Lo del carácter no habitual me parece básico. De lo contrario, el bingo podría entenderse como parte de un negocio o de una estructura permanente muy compleja.
A mí por lo menos me parece que se trata de un segundo resguardo para no legitimar actividades que después pueden transformarse en una verdadera industria. Basta ver lo que pasa con las máquinas tragamonedas, que se han convertido -valga la redundancia- en una verdadera industria a partir de una interpretación muy arbitraria. Y, al no haber restricciones, se transformaron, a mi entender, en un flagelo social que, desgraciadamente, sucesivos Gobiernos (estoy hablando en forma bien transversal) no han enfrentado.
Reitero: la expresión "carácter no habitual" es básica y los términos "con exclusión de premios en dinero" garantizan que los bingos tengan el fin específico de la solidaridad, que es, en mi concepto, lo que debemos buscar a través de esta iniciativa.
Por eso, voto en contra, sin perjuicio de, por una parte, lamentar la falta de patrocinio para lo concerniente a la autorización municipal, y por otra, pedir que se mantenga el concepto "con exclusión de premios en dinero".
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Tuma.


El señor TUMA.- Señor Presidente, no sabemos muy bien cuál es el origen de los bingos, pero sí tenemos claro que la solidaridad ha motivado que, en todo el territorio nacional, las comunidades los realicen a menudo para enfrentar carencias que el Estado no ha resuelto, las cuales generalmente se relacionan con salud, educación, estructura vial, vivienda, en fin. Son diversas las razones por las que la ciudadanía se organiza para juntar recursos que permitan dar respuesta a una situación que, como dije, el Gobierno no ha solucionado oportunamente, pues no existen caminos o instrumentos para atender demandas que hacen personas por lo general de escasos recursos.
Es muy raro que en Lo Barnechea o en otras zonas de altos ingresos se realicen bingos. Estos se llevan a cabo en las comunas más vulnerables, en los sectores más empobrecidos, y -reitero- su propósito es llenar el vacío que le impide al Estado atender muchos de los requerimientos ciudadanos.
Los bingos, señor Presidente, también tienen que ver con la entretención. Porque, aparte su carácter solidario, a ellos asisten, para distraerse, la señora, el marido, los hijos, los hermanos, en fin. Son asimismo, entonces, una forma de reunir a la familia. Eso los hace tan exitosos.
Por ello nos asombramos tanto cuando la Contraloría, mediante un dictamen, realizó en esta materia una interpretación a contrapelo de la cultura nacional; de lo que ha sido una habitualidad, una costumbre.
Felicito a los autores de esta iniciativa.
Empero, también quiero señalar que en 1999, cuando era miembro de la Cámara Baja, con diversos Diputados, como los señores Exequiel Silva, Miguel Hernández, René Manuel García y Felipe Letelier, entre otros, presentamos un proyecto para regular la materia por la vía legislativa y atender estas demandas de la comunidad de manera más regular.
Debería ser el municipio el que proporcionara los espacios. Porque muchas veces existe la necesidad de hacer el bingo, pero no se dispone de una sede. O se quiere llevarlo a cabo para construirla. ¿Dónde se realiza si tampoco se cuenta con una escuela? Es decir, hay un conjunto de limitaciones.
Por lo tanto, creo que en otra iniciativa, de mayor debate, deberíamos elaborar con el Ejecutivo una legislación para permitir que la comunidad contara con el apoyo municipal para los efectos, no solo de reunir recursos, sino también de entretener a la familia.
En lo referente a la normativa que nos ocupa, creo que la exclusión de premios en dinero limita bastante el éxito de la convocatoria. Si queremos ayudar efectivamente a las comunidades para que los bingos sean exitosos, no se debería contemplar tal restricción. ¿Cuál es la razón que la justifica?
Si no hay interés por los otros premios, que son generalmente artefactos del hogar -una licuadora, una lavadora, un juego de loza-, un gancho en dinero a lo mejor permitirá vender muchos más cartones, motivar a mucha más gente y realizar el bingo en forma mucho más exitosa para el cumplimiento del objetivo perseguido.
De tal modo que, además de haber suscrito un proyecto, voy a apoyar la idea de eliminar en el inciso primero la exclusión mencionada.
Por último, en cuanto a la información a la municipalidad, juzgo que basta con aquella que se precise para los efectos de la fiscalización respectiva, sin que sea necesario pedir una autorización, porque eso va a contrapelo de la cultura y del propósito de facilitar el éxito de estas actividades.
Así que voy a votar a favor, porque las comunas y los sectores más vulnerables son los que más requieren este instrumento.
He dicho.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.


El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, suscribí, por mi parte, una de las iniciativas. En la discusión sostenida en la Comisión hicimos ver la necesidad de buscar, más que la autoría de un proyecto, la solución del problema. Por eso, acordamos refundir tanto la normativa proveniente de la Cámara, tomada como base, como las planteadas por diversos Diputados y Senadores.
¿Cuál es el objetivo? Uno solo: terminar con una mala interpretación, a mi modo de ver, de la Contraloría General de la República en relación con algo incorporado en la tradición de todos los sectores populares y organizaciones sociales.
Sus Señorías han sido testigos de que, muchas veces, se llega a un lugar donde una persona ha fallecido y se pasa un listado, ya que se hace una rifa, por lo que se pide una cantidad para obtener recursos que permitan una asistencia en el caso concreto.
En otras ocasiones se organizan bingos, normalmente por personas naturales u organizaciones sociales, con un propósito de ayuda, o por un club deportivo, a fin de comprar implementos. En los colegios continuamente se hacen rifas para financiar los viajes de curso. Respecto de entidades sociales, la semana pasada me tocó concurrir a un encuentro del Hogar de Cristo en que se llevaron a cabo dos bingos. Y la Contraloría había dicho recién que no se podía hacer nada en tal sentido. Es un tipo de actividad recurrente en cualquier parte adonde uno va.
Considero que la redacción está bien.
No soy partidario de que se requiera autorización municipal, porque, muchas veces, la gente en el campo, por ejemplo, que desee materializar una iniciativa de tipo solidario tendría que trasladarse hasta la municipalidad, presentar la solicitud, etcétera.
Es preciso creer más en la autonomía de las organizaciones sociales.
Sí fui partidario -y lo expuse- de que se informe al municipio. Pero estoy convencido de que ni siquiera eso se hará en numerosos casos.
Cuando en una reunión se pasa el listado y se dice: "Mire, vamos a rifar tal cosa para beneficiar a tal persona, quien enfrenta tal problema", nadie pregunta si acaso se pidió autorización a la municipalidad.
A mi juicio, las situaciones de este tipo no deben ser sancionadas por ningún motivo, sino más bien apoyadas y reconocidas como algo propio de las entidades aludidas.
Considero que la comunicación a la municipalidad ya es suficiente.
Deseo dejar bien claro otro aspecto. En el texto despachado por la Cámara se mencionaba a las juntas de vecinos, a situaciones que involucran a un adulto mayor y otras. En realidad, el Gobierno dijo -quiero que quede constancia de ello en la discusión, para que después no exista un problema- que, en virtud de la ley N° 19.418, todos esos casos estarían incluidos. Hubiera preferido que derechamente se hiciese la referencia correspondiente, del mismo modo como se alude a centros de padres y apoderados, centros de alumnos, etcétera.
Quisiera dejar establecido, para evitar mayores dificultades en la tramitación, que entidades como las juntas de vecinos y los clubes del adulto mayor -no olvidemos que estos organizan a más de quinientas mil personas- también están cubiertas por el texto.
Insisto en que lo que hemos logrado como proyecto es bastante positivo: se soluciona el problema, se respeta la autonomía de las organizaciones sociales y se inicia una cierta fiscalización con la información que se tiene que dar a las municipalidades.
Por eso, creo que lo lógico es aprobarlo.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, parto por agradecer la generosidad del Presidente de la Comisión de Gobierno, Senador señor Espina, y de sus miembros en cuanto a la fusión de todas las mociones. Esto dice relación, fundamentalmente, con el esfuerzo de poder empujar un cambio legislativo que nos parece importante.
Es de imperiosa necesidad aprobar la iniciativa, para que pueda regir a la mayor brevedad como un cuerpo legal, lo que permitirá la realización de bingos de carácter benéfico que, para estos efectos, no serán considerados juegos de azar, de aquellos que contempla la Ley de Casinos, modificada hace poco en este mismo Hemiciclo.
Este necesario proyecto surgió a raíz de un dictamen de la Contraloría General de la República emitido a solicitud de un concejal de la comuna de El Quisco, referido a la participación de los municipios en la organización o auspicio de tales eventos. En dicho pronunciamiento se estableció que para ello se requería una expresa autorización legal.
En virtud de lo anterior, varias mociones, entre ellas una del Senador que habla, fueron refundidas gracias -repito- a la generosidad de la Comisión.
Deseo consignar que media un asunto de relevancia. Presenté ante la Contralora General subrogante una reconsideración, que está siendo tramitada, y esperamos que en los próximos días se resuelva la modificación del dictamen de la Contraloría Regional. De lo contrario, finalmente vamos a operar por la vía del cambio legislativo. Pero los dos caminos están abiertos.
Ahora, con la aprobación de la iniciativa, cuyo contenido es producto de varias mociones refundidas originadas en la misma Cámara de Diputados, diversas organizaciones sociales podrán realizar bingos siempre que se persigan fines benéficos, tales como la ayuda en el caso de enfermedades o de que alguien haya sido afectado en bienes necesarios para su subsistencia, como ha ocurrido en muchas situaciones que a todos nos ha correspondido conocer.
En consecuencia, resulta de gran importancia darle legitimidad y legalidad a estas actividades de carácter solidario, las que, además, tienen la noble finalidad de unir a los miembros de diversas comunidades en favor de una causa justa.
Por lo mismo, votaré a favor.
Ello, más allá de correcciones en orden a referencias que, como lo planteaba mi Honorable colega Zaldívar, habría sido oportuno incorporar en forma expresa, como las relativas a las juntas de vecinos y los clubes del adulto mayor, que son los que frecuentemente realizan este tipo de actividades.
Esperamos que la ley en proyecto resuelva el problema de que se trata, para el efecto de evitar posibles interpretaciones, más allá de que la Contraloría eventualmente pueda entrar en razón, y que de alguna manera se termine con un dictamen que, a mi juicio, fue absolutamente desproporcionado.
Me parece que concluir que los bingos infringen las normas sobre juegos de azar, por una parte, y que, por la otra, no haya un pronunciamiento respecto de las máquinas que hemos visto en todas nuestras comunas, en todas las poblaciones, es algo absolutamente irracional.
He dicho.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- El Senador señor Coloma me pidió precisar que anunció su pronunciamiento en contra de la exclusión de una frase, pero que votó a favor del proyecto de ley.
Tiene la palabra el Honorable señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señor Presidente, ciertamente apoyaré la iniciativa.
Solo quisiera expresar que lo que estamos haciendo es aquello para lo cual nos han elegido, que es legislar -se dirá que es obvio-, pero también para hacernos cargo de un dictamen de la Contraloría General de la República en el sentido de que se requiere una legislación especial para poder autorizar algo que entiende en desacuerdo con el ordenamiento.
Afortunadamente, ¿qué se hace aquí? Se reacciona con la rapidez del rayo y se refunden distintas mociones para que nos ocupemos en algo que no nos parece correcto.
Mas la interpretación del organismo contralor es acertada, porque se trata de juegos de azar. Lo que pasa es que los bingos estaban permitidos y nadie hacía cuestión. Entonces, dicha entidad cumplió con su deber y manifestó que es una actividad que tiene que estar regulada por la ley N° 19.995.
Y nosotros, para evitarlo, dictaremos un cuerpo legal que permita que centros de padres, juntas de vecinos, clubes de la tercera edad, clubes deportivos, lleven a cabo un bingo sin que sea considerado un juego de azar y, en consecuencia, sin estar sujeto a las normas pertinentes.
Me felicito de que actuemos tan rápido.
Sin embargo, expongo un reparo.
Entiendo que una indicación, que suscribo, apunta a eliminar la frase "con exclusión de premios en dinero". Pienso que estos, hasta ciertas cantidades -además, ante la magnitud de las instituciones de que se trata, van a ser limitados-, sí generan un incentivo adicional a participar.
Pero deseo que hagamos un parangón con lo señalado por varios parlamentarios. Estamos preocupados de que no haya lavado de dinero o de que grandes carteles organicen bingos en la Junta de Vecinos N° 44, de Achupallas, o en el Club Deportivo Los Nogales, de Limache, y al lado de estas entidades está lleno de tragamonedas, respecto de los cuales la Contraloría determinó que no son juegos de azar, sino de destreza.
Y ahí nadie reaccionó como el rayo.
Entonces, voy a proponer que reaccionemos como el rayo para pedir que se establezca que esas son máquinas de juegos de azar. Porque parece que la única destreza es la de quienes las programan... Es una habilidad increíble. ¡Es la mejor!
Por último, solo deseo compartir con ustedes, en el minuto que me queda, algo que demuestra la hipocresía y el cinismo de algunas sociedades.
Aquí se dice: "No queremos un premio en dinero". En Japón hay un juego que se llama "Pachinko", extremadamente popular. Es el equivalente a nuestro tragamonedas, pero multiplicado por infinidad de veces. Genera miles de millones de dólares anualmente. Pero están prohibidos los premios en dinero y únicamente se permiten en especie: se entregan unas bolitas de acero, que se cambian en la caja por un peluche. Si se obtienen pocas, se logra uno chico. Si son muchas, se logra uno grande. Y la fortuna de la gente que juega Pachinko es que, cuando sale del negocio, al lado compran ositos de peluche. ¿Creerán Sus Señorías en esa suerte...? Uno sale con su peluche e inmediatamente al lado, ¡pero al lado!, una empresa distinta lo adquiere. Y los precios son los mismos en todo Japón.
En consecuencia, no nos caigamos al decidir la exclusión del dinero. Sé que esta última palabra suena fea. ¿Cómo alguien va a competir por dinero en un bingo o una lota?
Estimo que si aparece un premio de 15 mil, 20 mil, 30 mil pesos, junto a una licuadora, una secadora de pelo, etcétera, ¿por qué alguien no puede recibirlo y hacer lo que estime pertinente?
Mas no caigamos en una hipocresía, muy nuestra, que también vemos en Japón. Porque aquí regulamos los bingos y nos preocupamos de todo -que sean no habituales, etcétera-, en circunstancias de que cuarenta máquinas tragamonedas hacen lo que quieren en el negocio contiguo.
Creo que al Senador señor Ignacio Walker le escuché que hay setecientos mil de esos aparatos en el país, y somos incapaces de hincarle el diente al problema.
Por lo tanto, tal vez habría que pensar en una buena moción -veamos quienes la suscriben, porque va a ser difícil- para prohibir las máquinas tragamonedas.
Muchas gracias.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Puede intervenir la Honorable señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, hay mociones para prohibir el juego de azar constituido por las máquinas tragamonedas, situadas en distintas comunas y, sobre todo, en villas y poblaciones. Lo que pasa es que ningún Gobierno ha querido darles tramitación legislativa.
¡Me encanta saber que quien me precedió en el uso de la palabra ha ganado muchos ositos de peluche...! Su Señoría ha dado un tremendo ejemplo de cómo la hipocresía en la sociedad es absolutamente real.
La Senadora que habla también suscribió la indicación, porque le parece que una persona puede ganar un premio traducido en dinero efectivo. No ve nada malo en ello.
Juzgo sumamente interesante la resolución de la Contraloría de nuestra Región en el sentido de determinar que el bingo es un juego de azar. Nosotros no estamos legislando con relación a este último contexto, sino respecto de aquel que se realiza con carácter solidario, que es algo absolutamente distinto y cuyo objetivo es diferente, por lo que no puede ser regulado de la misma manera.
Dicho lo anterior, me parece excelente que las personas, las instituciones, la comunidad organizada, no tengan que pedirles autorización a los municipios para llevar a cabo una actividad de esta índole. A mi juicio, es parte de la libertad el ejercerla con responsabilidad. Por lo tanto, como creo en la que les corresponde a los ciudadanos y las ciudadanas, me encanta la idea de que solo se tenga que informar.
Por esta razón, como ello tiene que quedar bastante claro para que ningún municipio pueda utilizar antojadizamente la norma el día de mañana en contra de los vecinos o de institución alguna, he presentado una indicación -la entregué en la Mesa- para que, solo con carácter informativo, los bingos sean puestos en conocimiento de aquel que corresponda, a través de la oficina de partes, con un mínimo de veinticuatro horas de anticipación. O sea, que nadie pueda decir "sí" o "no", sino que se ejerza una parte de la libertad. Pero existe la responsabilidad de avisar, para que, obviamente, el municipio esté enterado.
Estimo que, en la medida en que logremos un proyecto de esta naturaleza más redondito, en el que se concilien libertades individuales con responsabilidad, conseguiremos hacer mejor las cosas.
Así que voto a favor.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Pérez Varela.


El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente, como decía el Senador señor Lagos, entramos a legislar con la velocidad del rayo, sin duda, sobre una materia que nos sorprendió a todos, en la medida en que se requiere una autorización de la Primera Mandataria o del Intendente para realizar bingos de carácter solidario en las juntas de vecinos, en los barrios.
Como Su Señoría lo expresó, ha mediado una resolución de la Contraloría apegada a Derecho: los bingos son juegos de azar. Y estos se hallan extraordinariamente limitados en Chile. Tanto es así que el propio Congreso ha determinado que requieren una ley especial, de carácter general, manteniéndose cuerpos legales específicos con relación a siete u ocho municipalidades en cuyas comunas se pueden instalar casinos.
Como tenemos esa restricción, la postura de la Contraloría ha sido lógica. Sin duda, vamos a observar muchos ejemplos de bingos con un objetivo absolutamente solidario. Pero creo que no podemos vernos enfrentados, de repente, a una careta y a que el sentido sea otro, caso en el cual la actividad debiera ser autorizada por la Intendencia o por la Presidenta de la República. Como eso es absolutamente inaplicable, particularmente en ciertas regiones, es necesario legislar.
Pienso que resulta indiscutible que esta legislación, a poco andar, enfrentará dificultades. Pasamos de una autorización de la Primera Mandataria a nada, a que la organización que lo desee arme un bingo.
Es un paso que yo califico al menos de arriesgado. Porque, ¿qué autoridad será responsable si la propia comunidad detecta que alguien está haciendo mal uso de una organización vecinal, sin fines de lucro, etcétera, realizando bingos que de solidarios solo tengan la careta?
Si alguien hace trampa en esta actividad, la municipalidad dirá: "A mí nadie me pidió autorización". Cuando la gente vaya a reclamar a la intendencia, esta contestará: "Yo no tengo nada que ver. No autorizo este tipo de eventos".
Entonces, ¿quién va a poder fiscalizar adecuadamente una tarea de esta naturaleza?
Tenemos claro que el bingo cae dentro de los juegos de azar y que estos se hallan restringidos. Y ahora, sin embargo, entramos llanamente a decir que son algo absolutamente abierto.
Eso, claramente, es peligroso. La Contraloría sostiene, con razón, que una municipalidad no puede autorizar, no puede prestar dependencias y tampoco entregar premios. Esto último es, en mi opinión, el menor de los problemas. Sin embargo, muchas veces la gente solicita establecimientos municipales o educacionales para poder realizar y llevar adelante bingos solidarios.
Este proyecto no resuelve esa situación, pues la prohibición que existe para las municipalidades de facilitar establecimientos o locales sigue absolutamente vigente.
Voy a aprobar esta iniciativa, pues me parece que constituye una respuesta ciudadana a una necesidad ciudadana, pero creo que estamos procediendo de una manera extraordinariamente improvisada, señor Presidente. El día de mañana nos podemos ver enfrentados a la dificultad de que ninguna autoridad sea responsable si se hace trampa, pues el hecho de que un bingo sea solidario no le quita la naturaleza de lo que en realidad es: un juego de azar. Y los juegos de azar están restringidos.
La normativa establece que en este caso podrán llevarlos a cabo organizaciones de índole social, siempre que se trate de "actividades de carácter no habitual". ¡Ojo! Tal como se halla redactada la norma, lo que se entiende es que dentro de las funciones de esas organizaciones los bingos no estén considerados como una actividad habitual, pero nada va a impedir que una misma entidad realice cien bingos en el año. Por lo tanto, la habitualidad está mirada de otra manera.
Creo que este problema se nos va a presentar más temprano que tarde. Y por eso sería bastante positivo que la Contraloría General de la República modificara su dictamen, lo reglara en forma más adecuada, a fin de que esta, que es una actividad sana, una actividad necesaria, no sea distorsionada en el futuro producto de que nosotros estamos haciendo una legislación en que esta situación no la va a controlar absolutamente nadie.
He dicho.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, una de las preguntas que surgen de inmediato es quién fue el concejal de El Quisco que hizo la petición a la Contraloría. Evidentemente, hubo una explosión de proyectos de ley, lo que me lleva a pensar que legislar en crisis siempre es más fácil.
Se produjo una avalancha de iniciativas sobre la materia, al igual que como ocurrió con otras legislaciones ("Ley Zamudio", "Ley Ricarte Soto", "Ley Emilia", reformas a la educación), todas planteadas en medio de períodos de crisis. Y se facilita legislar en estas circunstancias, aunque a veces se cometen errores por hacerlo apresuradamente, porque está claro que aquí tenía que haber una reflexión mayor.
Hasta donde tengo entendido, luego de leer el dictamen de la Contraloría, sigue estando prohibido para los municipios otorgar facilidades, o al menos los premios, para la realización de bingos.
El señor PÉREZ VARELA.- ¡Y los locales!
El señor NAVARRO.- Y los locales.
La mayoría de los bingos, en las zonas rurales, se efectúa en las escuelas, a propósito de centros de padres, a propósito de viajes de estudio, e incluso, a propósito de ayudar a los mismos establecimientos.
Entonces, si el director de un colegio tiene que pedir autorización al alcalde para utilizar el recinto con miras a la realización de un bingo destinado a recaudar fondos para ponerle vidrios, como ocurre permanentemente, y el municipio alega que una resolución de la Contraloría le impide facilitar locales, no estamos resolviendo el problema.
Por lo tanto, no veo por qué no aprovechamos esta oportunidad para corregir tal situación, a fin de que, tratándose de circunstancias excepcionales, se permita la realización de estos juegos de azar, que no son, efectivamente, de destreza. ¡Yo diría que la única destreza la ponen los parlamentarios, Senadores y Diputados, para conseguir buenos premios y a bajo costo, porque siempre son una gran cantidad...!
En ese sentido, señor Presidente, no sé si hablar de "personas jurídicas sin fines de lucro (...) reguladas por la ley N° 19.418", más el detalle que se hace a continuación, permita dejar comprendidas a la totalidad de las organizaciones sin fines de lucro que podrán efectuar bingos. No sé si se nos quedará alguna fuera. No vaya a ser cosa que, dada esta restricción y esta enumeración, haya instituciones que se sitúen al margen. Estoy pensando en las Damas de Rojo, en organizaciones o asociaciones de consumidores, en la Cruz Roja, porque no sé cuáles están contenidas en la ley N° 19.418. Esto ha sido vertiginoso. Entiendo la premura, pero tampoco es para tanto, pues, efectivamente, los bingos pueden seguir realizándose. Solamente se mantiene la restricción de carácter municipal.
Además, los premios en dinero no debieran prohibirse. La Segunda Compañía de Bomberos de Tomé organiza un bingo criollo todos los años. Allí los parlamentarios ponemos un premio (un chancho, una gallina, una vaquilla), pero siempre hay un premio en dinero, que es un incentivo. Creo que una prohibición al respecto es una exageración y debiéramos eliminarla. Yo no firmé la indicación y considero que significa un exceso de regulación.
El proyecto establece que las actividades realizadas de acuerdo a sus términos "no serán consideradas juegos de azar". Por lo tanto, estamos haciendo una ley especial para los bingos. Sin embargo, no estamos corrigiendo lo esencial, que es el rol municipal, porque estos sorteos necesitan locales donde poder efectuarse. Hasta los bomberos los realizan en los gimnasios de las corporaciones educacionales. Por lo tanto, si hay una restricción o prohibición para utilizar los locales, que es lo que ha dictaminado la Contraloría General de la República, con esta ley no la vamos a resolver.
Yo les pido a los Senadores que participaron más profundamente en el debate que nos expliquen. ¿Hay o no restricción? Porque para los premios está claro: los municipios no pueden donar premios. Pero, para el uso de los locales, que es lo más importante, pedir permiso resulta engorroso. Yo soy partidario de que no sea necesario solicitar autorización a los alcaldes. ¡Sería un feudalismo municipal extremo! Hay que pedirles permiso para todo. ¡Hasta para ir a misa...! ¡Para los que van a misa...!
Pedir autorización al alcalde para la realización de un bingo en ayuda o beneficio de su propia comuna es un exceso. Pero, si no se van a poder prestar los locales municipales para los bingos, no estamos corrigiendo lo más complejo, lo más dificultoso de la resolución de la Contraloría. Si así fuera, me gustaría que me lo aclararan, porque nos van a castigar a nosotros por decir que hacemos una ley, pero una ley que no resuelve el problema de fondo, que es el préstamo o la utilización de los locales municipales para los bingos, que son esenciales. Sin local, no hay bingo.
Quiero votar a favor, señor Presidente. Sin embargo, me parece fundamental que se aclare mi duda.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución ahora!
¡No más AFP!
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor García.


El señor GARCÍA.- Señor Presidente, voto a favor de esta iniciativa porque, tal como se ha dicho, las rifas, los sorteos, los bingos, que son de carácter absolutamente benéficos, constituyen la forma más común en que las distintas organizaciones comunitarias (las juntas de vecinos, los clubes deportivos, los clubes de adultos mayores, los talleres laborales, los comités de viviendas, en fin, todo el enorme listado de organizaciones comunitarias), además de los centros de padres y apoderados y de los centros de alumnos, financian sus actividades.
Atendido el dictamen de la Contraloría sobre la materia, que señala que los sorteos y rifas requieren la autorización de la intendencia, excluidos los bingos, por estar entregados en exclusividad a los casinos de juego, me parece que es necesario legislar para solucionar un problema que objetivamente se le ha creado a la ciudadanía agrupada en este tipo de organizaciones.
Quiero recordar una situación, pues a veces nosotros repetimos errores que perfectamente bien podríamos evitar.
Cuando se discutió el proyecto que dio origen a la ley Nº 19.995, Ley de Casinos de Juego, en la Comisión de Hacienda de ese entonces, a sugerencia de la ex Senadora Evelyn Matthei, se pidió terminar con la exclusividad de los casinos para realizar bingos. Sus integrantes, por unanimidad, apoyaron esa idea, votando a favor de ella los entonces Senadores Edgardo Boeninger, Alejandro Foxley, Carlos Ominami y el que habla.
Sin embargo, el proyecto vino a la Sala y esta revirtió el acuerdo a que había llegado la Comisión de Hacienda. Y por eso los bingos quedaron en exclusividad para los casinos de juego.
Yo tengo la convicción de que habría sido muy distinto el dictamen de la Contraloría si la realización de bingos no hubiese quedado entregada en exclusividad a los casinos de juego.
Ya en ese momento, varios años atrás, sosteníamos que ese tipo de sorteos eran la forma más común para el financiamiento de actividades de las organizaciones comunitarias, de los centros de padres, de los centros de alumnos, etcétera.
Por eso -insisto-, me parece imprescindible legislar sobre la materia y, por tanto, apruebo en general la iniciativa.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (29 votos favorables).
Votaron las señoras Allende, Muñoz, Lily Pérez y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Montes, Moreira, Navarro, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Hago presente a la Sala que nos queda poco tiempo para concluir el Orden del Día y aún restan dos indicaciones.
Por ese motivo, pido a Sus Señorías que por favor hable un solo orador por indicación o, de lo contrario, no alcanzaremos a despachar esta iniciativa hoy día.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- La primera indicación tiene por objeto suprimir, en el inciso primero del artículo único, la frase ", con exclusión de premios en dinero".
El señor TUMA.- Votémosla sin debate, señor Presidente.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Muy bien.
¿Le parece a la Sala proceder a votar la indicación sin debate, toda vez que en la discusión general ya se explicó su alcance?
Acordado.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Los señores Senadores que estén de acuerdo con la indicación deben votar que sí; quienes sean partidarios de su rechazo deben votar que no.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- En votación.
--(Durante la votación).
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.


El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, solo quiero hacer una precisión para que quede claro en la historia de la ley.
La ley Nº 10.262, que data de 1952, dispone que es el Presidente de la República el que autoriza a este tipo de organizaciones (cuerpos de bomberos, instituciones deportivas, personas jurídicas creadas para realizar obras pías) en orden a efectuar actividades de esta naturaleza. Así lo consigna su artículo 1º.
En consecuencia, debo dejar clara constancia de que lo que estamos aprobando prima por sobre esta disposición de la ley 10.262, pues, en caso contrario, el solo hecho de suprimir la frase podría entenderse como un alcance a la prohibición establecida en el artículo 1º del citado cuerpo legal, que es -repito- del año 1952.
Por lo tanto, me parece imprescindible hacer presente que la supresión de la frase -y aun cuando yo estaba de acuerdo en mantenerla- prima sobre lo que dispone el artículo 1º de la ley 10.262.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Se dejará la debida constancia para la historia fidedigna de la ley, señor Senador.
Señor Secretario, consulte.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la indicación (9 votos a favor y 4 en contra).
Votaron por la afirmativa la señora Lily Pérez y los señores Chahuán, Espina, García, Navarro, Orpis, Prokurica, Tuma y Patricio Walker.
Votaron por la negativa la señora Von Baer y los señores Coloma, García-Huidobro y Pérez Varela.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- La segunda indicación, formulada por la Senadora señora Lily Pérez, tiene por objeto agregar, al final del inciso tercero del artículo único, la expresión "a través de su oficina de partes con a lo menos 24 horas de anticipación".
De consiguiente, el texto del referido inciso quedaría de la siguiente forma:
"La realización de las referidas actividades deberá informarse previamente, por escrito, al municipio de la comuna respectiva a través de su oficina de partes con a lo menos 24 horas de anticipación.".
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- La Senadora Lily Pérez ya explicó en su intervención el contenido de la enmienda, por lo que pongo en votación la indicación.
--(Durante la votación).
El señor ESPINA.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- ¿Quiere fundamentar el voto, Su Señoría?
El señor ESPINA.- Sí, señor Presidente.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Muy bien.
Hago presente que está abierta la votación y que los señores Senadores pueden fundamentar su pronunciamiento.
Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Seré muy breve, señor Presidente.
Yo soy uno de los más interesados -como todos los colegas- en que el proyecto sea despachado a la brevedad.
Sin embargo, quiero dejar constancia, para la historia fidedigna de la ley, de dos cosas, sobre todo para el informe que va a la Cámara de Diputados.
En primer lugar, el artículo habla de informar, no de autorizar, al municipio respectivo. Esto es bien importante, porque nosotros no tenemos facultad para requerir la autorización, como sí la tienen los municipios. Nosotros no tenemos competencia.
En segundo lugar, la indicación me parece adecuada, pues, primero, precisa que la información al municipio debe ser entregada a través de su oficina de partes, y segundo, que ella debe ser entregada con a lo menos 24 horas de anticipación. De lo contrario, alguien podría dar aviso media hora antes del bingo, cosa que no tendría sentido alguno. Señalar que ello deberá hacerse "con a lo menos 24 horas de anticipación" da cuenta de una precisión que al menos yo voy a apoyar.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Ruego a las señoras y señores Senadores votar.
El señor NAVARRO.- ¿Se puede leer de nuevo la indicación, señor Presidente?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Sí, señor Senador.
Señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- La indicación añade, al final del inciso tercero del artículo único, la frase "a través de su oficina de partes con a lo menos 24 horas de anticipación.". Se precisa dónde deberá entregarse la información.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.


El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, entiendo el sentido de la indicación porque en la Comisión planteé que debe informarse a las municipalidades de la realización de estas actividades.
Sin embargo, creo que hay que ser bastante flexible.
Por ejemplo, un centro de alumnos que organice una rifa, ¿va a tener que ir a la oficina de partes con 24 horas de anticipación? ¡No!
Creo que la indicación impone un requisito que va un poco más allá de lo necesario. Por supuesto, si se trata de una rifa o un bingo organizado por una junta de vecinos, tal vez pueda exigirse. Pero insisto: muchas veces los parlamentarios llegamos a un lugar y nos pasan una lista, diciéndonos: "Vamos a rifar tal o cual cosa, a cien pesos el número. ¿Por qué no nos compra algunos?". Y uno compra.
Yo entiendo el sentido de la indicación, pero creo que basta con los términos que aprobamos en la Comisión: que se informe previamente y por escrito a la municipalidad.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Los señores Senadores pueden inscribirse si así lo desean.
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
La señora PÉREZ (doña Lily).- ¡Estamos en votación, señor Presidente!
El señor LAGOS.- Así es.
El señor NAVARRO.- Estamos fundamentando el voto y tratando de buscar claridad sobre el punto.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Estamos en la fundamentación del voto, exactamente.
Puede continuar, señor Senador.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, escuché muchas intervenciones acerca de que esta autorización municipal era innecesaria, que se va a prestar para muchas...
El señor ESPINA.- ¡No es una autorización, sino una información! ¡Son dos cosas distintas!
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Ruego no interrumpir al Senador que está interviniendo.
El señor NAVARRO.- Gracias, señor Presidente.
Quiero decirle al colega Espina que entiendo la situación.
Respecto a cualquier cosa que pueda prestarse para trámites burocráticos, todos conocemos las "mochas" que hay con los alcaldes, los concejales, los dirigentes regalones. Entonces, si al final dicen que hay que informar previamente, se nos va a armar un lío en 345 comunas de Chile.
Porque cuando un alcalde u otra persona no quieran que se realice un bingo, van a ir al municipio a formular una acusación. Y nos van a preguntar: "¿Informó o no informó previamente por escrito?".
No sé cuál es el beneficio de la medida de informar por escrito si la municipalidad no lo puede prohibir ni fiscalizar. ¿Cuál es el objetivo?
En consecuencia, estoy por eliminar la norma. Si el municipio no va a fiscalizar, no va a prohibir, no va a autorizar, ¿cuál es el objetivo de informarle? Es más, si es un local municipal, le habrá pedido autorización para ocuparlo.
En cuanto a ese punto, hay que despejar toda duda respecto a que el municipio no pueda prestar el local. Si mediante esta ley en proyecto establecemos que el bingo no es un juego de azar, desaparecerá la alusión de la Contraloría, que señaló que no puede hacerlo pues está calificado como tal. Sin embargo, la iniciativa que estamos aprobando no es del todo clara. Tendremos que explicarla mucho.
Si efectivamente esta información tiene algún sentido, yo la aprobaría. Pero tal parece que es un requisito administrativo que va a ser interpretado en los 345 municipios de Chile de manera distinta. Y eso va a provocar un caos, porque habrá 345 interpretaciones acerca del modo de informar.
Estoy disponible para facilitar esta ley en proyecto, no para complejizarla.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Quiero decir que esta discusión ha generado mucho interés y pasión. Hay varios inscritos, así que les pido, por favor, que sean sintéticos en sus intervenciones.
Tiene la palabra el Senador señor Orpis.


El señor ORPIS.- Señor Presidente, entiendo que lo que se vota es la indicación de la Senadora Lily Pérez. Y que el resto del inciso respectivo ya está aprobado.
¿Qué dice ese texto?
Que se requiere una información previa. Lo único que hace la indicación de la Senadora Lily Pérez es precisar la anticipación.
Yo simplemente le agregaría a esa indicación, a través de la Secretaría, que sea a lo menos de 24 horas.
La señora PÉREZ (doña Lily).- Eso dice.
El señor ORPIS.- Bueno, si es así, creo que es correcto.
El Senador Zaldívar afirmaba que se trata de trámites burocráticos adicionales. Pero la información ya se exige. Eso está propuesto. Lo único que se fija acá es un plazo. Y me parece correcta la indicación de la Senadora Pérez.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez, quien ha sido muy aludida.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, presenté la indicación precisamente para que no existieran ni arbitrariedad ni discrecionalidad de parte de algunos municipios y estos no pudieran interpretar como quisieran la norma legal en comento, que señala "deberá informarse previamente".
Con la indicación que he formulado le agregamos un pequeño procedimiento para que sea uniforme y no haya discrecionalidad. Porque, si lo dejamos abierto, cualquier municipio que tenga problemas con alguna institución va a expresar: "Ah, pero usted debió informarme un mes antes". Entonces, la indicación apunta precisamente a que no haya ese tipo de discrecionalidad.
Cualquier persona de una organización puede entregar un escrito con 24 horas de anticipación a la Oficina de Partes. Y el municipio ya no podrá decir: "Ah, no fui informado". Lo que busca la indicación es fijar un breve plazo para que no se dé pie a la discrecionalidad al dejar la norma abierta a la interpretación de los 345 municipios existentes en Chile.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, seré muy breve.
Yo les pediría a los Senadores que intervienen en el debate, con todo respeto y afecto, que lo sigan desde el comienzo. Porque no se puede exponer un informe, con todo el esfuerzo del mundo, durante diez minutos para que finalmente varíen los hechos. O sea, uno puede estar de acuerdo o en desacuerdo, pero hay hechos innegables en este proyecto:
Primero, no tenemos atribuciones para disponer que las municipalidades estén obligadas a prestar sus locales. Eso significa que no lo podemos hacer. ¡Niet!, como se dice en ruso.
Si queríamos parar la iniciativa, la alternativa era la siguiente: esperar que el Gobierno enviara una indicación. Y como la idea era sacar el proyecto hoy, no tenemos posibilidades.
La municipalidad podrá prestar o no el local. Sin embargo, no nos arroguemos atribuciones que no tenemos. Si nosotros hubiéramos puesto ahí que el municipio estará obligado a prestar el local, estaríamos otorgándole una obligación respecto de la cual no tenemos facultades legales.
Por eso no pusimos nada. Además, hay toda una legislación que regula el uso de los bienes municipales.
Segundo, no se trata de que se pida autorización, sino simplemente de informar. ¿Y por qué? Porque había dos tesis: que siempre fuera con autorización del alcalde, del Presidente o del intendente -que no se cumple, pero eso dice la ley-, o sin ella.
Entonces, surgió una situación intermedia razonable, a raíz de las intervenciones del Senador Zaldívar y de otro distinguido señor Senador, quienes dijeron: "Pero hay organizaciones que se dedican a esto y pueden tener fines de lucro". No obstante, una cosa son los bingos que se hacen por beneficencia, por solidaridad, con una justa y legítima causa, como una enfermedad, un viaje de estudios, la necesidad de comprar elementos para una junta de vecinos, en fin, y otra es que haya una empresa que se aproveche de esta ley, que recorra una región entera y que ofrezca como negocio realizar bingos, que no pague impuestos, no entregue boleta, no haga nada y cobre el cinco por ciento de comisión.
De ahí que, como hay alcaldes que nos advirtieron esa situación, nosotros señalamos: "Tienen que informar a los municipios. De esa manera, el alcalde va a hacer un seguimiento de quién y cómo se hacen los bingos, a fin de denunciar a quienes deseen lucrar con actividades solidarias". Por lo tanto, se apunta solamente a informar.
Lo que hace la indicación de la Senadora Lily Pérez, que comparto plenamente -ella lo ha explicado bastante bien-, es fijar un procedimiento precisamente para evitar la arbitrariedad.
Entonces, dice que sea 24 horas antes. ¿Por qué? Porque es tiempo suficiente. O si no, le podrían manifestar: "Es que usted no avisó antes; lo hizo después".
En consecuencia, como se puede prestar a arbitrariedad, basta informar. Y todavía la indicación dice, con mayor lucidez, que eso se tenga que hacer en la Oficina de Partes. Porque alguien podría decir: "Oiga, usted lo entregó en la Oficina de Partes, pero tenía que hacerlo en la oficina" -qué se yo- "encargada de organizaciones comunitarias". Por consiguiente, para que no haya dudas, se deja en la Oficina de Partes.
A mí me parece que el procedimiento va a dar más certeza a quienes puedan organizar el bingo.
Esas son las razones, señor Presidente, por las que nosotros respaldamos la indicación.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la indicación formulada al inciso tercero del artículo único propuesto por la Comisión (13 votos a favor, uno en contra y una abstención), y queda despachado el proyecto.
Votaron por la afirmativa las señoras Lily Pérez y Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Lagos, Navarro, Orpis, Pérez Varela, Prokurica y Patricio Walker.
Votó por la negativa el señor Andrés Zaldívar.
Se abstuvo el señor Pizarro.