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REGULACIÓN DE BINGOS Y ACTIVIDADES SIMILARES CON FINES DE BENEFICENCIA


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, todo esto nace -tal como dijo el Presidente de la Comisión de Gobierno- de un dictamen donde la Contraloría General de la República constata la ilegalidad de los sorteos organizados por juntas de vecinos y otras entidades comunitarias, que todos los fines de semana se llevan a cabo en diferentes comunas de nuestro país, normalmente para ir en auxilio de personas que enfrentan un problema grave de salud.
Ello pone en evidencia el estado actual de la descentralización.
Porque la verdad de las cosas es que a no pocos les sorprende que situaciones con un alcance tan limitado como una rifa o un bingo solidario necesiten autorización del Presidente de la República, quien a la vez delegó esta atribución en el Ministerio del Interior y en los intendentes.
En mi época de intendente yo firmaba todas las semanas una veintena de permisos de aquella índole, la mayoría formuladas por cuerpos de bomberos o por juntas de vecinos rurales.
Naturalmente, muchos no solicitaban autorización, especialmente cuando provenían de lugares distantes de la capital regional.
Entonces, no es extraño que las organizaciones sociales hayan recurrido a los municipios para suplir el vacío existente.
Esto pone de manifiesto que los municipios realizan bastantes más labores que las enunciadas por la ley. Y lo hacen sencillamente porque los alcaldes son las autoridades más cercanas a la gente.
En esta y en muchas otras materias, los alcaldes prefieren regularlas y canalizarlas, sobre todo si están dirigidas a atender una necesidad social y permiten fortalecer las organizaciones sociales, en lugar de negarse argumentando la inexistencia de facultades legales.
¡Esa es la realidad de la descentralización en Chile!
Hay situaciones absurdas, como la de tener que llegar hasta la capital regional o nacional para pedir permiso a los efectos de realizar una rifa que recaudará ¡cien mil pesos! También, la de alcaldes sin atribuciones que deben dar respuesta a peticiones de todo tipo, aunque a veces se vulneren ¡leyes caducas!
Nada de esto me llama la atención. Es algo que he vivido durante todos los años desde mi ingreso al servicio público.
Por cierto, celebro que rápidamente hayan surgido varios proyectos de ley para resolver la situación.
Empero, hasta para aprobar una norma tan sencilla como la destinada a otorgarles a los alcaldes la facultad respectiva nos hemos encontrado con obstáculos.
En primer lugar, una norma de ese tenor es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo, porque concede atribuciones a un órgano. Pero, inexplicablemente, sus representantes se han negado a patrocinarla.
Por otro lado, he escuchado aprensiones de algunos colegas en el sentido de que entregarles la facultad pertinente a los alcaldes podría prestarse para abusos, en circunstancias de que, de hecho, vienen ejerciendo el rol en comento desde hace bastante tiempo y sin que se conozcan reclamos por eventuales arbitrariedades de algunos de ellos.
De esta manera, hemos llegado al actual proyecto, que les da a las entidades sin fines de lucro la facultad de organizar bingos y sorteos sin necesidad de contar con permiso alguno.
No me satisface la norma respectiva, no porque esté en contra de la autonomía de las organizaciones sociales, sino porque niega la realidad de que los alcaldes son las autoridades más cercanas que pueden ejercer algún grado de control sobre una actividad que, aun teniendo fines solidarios, compromete la fe pública.
Sin embargo, la pasividad del Ejecutivo obliga a aprobar dicha disposición.
Se han incorporado algunas restricciones al proyecto de la Cámara de Diputados, en la perspectiva de evitar abusos por parte de personas inescrupulosas.
En efecto, conforme a la ley N° 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, bastan diez o quince personas, según corresponda, para constituir una organización funcional.
Por eso se agregó que debe tratarse de eventos locales, no habituales, sin premios en dinero, y además, que ellos han de informarse al municipio.
De ese modo estamos resolviendo el problema puntual que quedó en evidencia con el dictamen de la Contraloría General de la República. Pero seguramente, a propósito de cualquier otra situación, en el futuro próximo tendremos que aprobar una nueva legislación particular sobre la materia.
Entonces, como ahora, seguirá pendiente la necesidad de otorgar con decisión y de una vez por todas las atribuciones generales y los recursos a los municipios para que puedan responder de manera oportuna y eficaz a los múltiples requerimientos de la población.