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ENMIENDA A CÓDIGO AERONÁUTICO EN MATERIA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y SUS DERECHOS. INFORME DE COMISIÓN MIXTA


El señor QUINTEROS.- Señora Presidenta, tal como lo expresé en la sesión del mes de abril, en la que se rechazaron las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados, los servicios de transportes aéreos son particularmente relevantes para las comunidades de regiones, como la que yo represento.
Para ellas la conectividad aérea es de utilidad en la actividad económica y turística, y también una condición a fin de acceder a servicios vitales, como la salud.
Puede ser sutil la diferencia: normalmente un pasajero proveniente de Santiago puede cambiar la fecha de su viaje a Puerto Montt, a Osorno o a Chiloé, pero para el pasajero que vive en la región, la necesidad de estar en un día y una hora determinada en la Capital es menos flexible, porque los motivos de su viaje son diferentes.
Por ello, me manifiesto contrario a la idea de aceptar la sobreventa de pasajes.
Como señalé en aquella oportunidad, no es conveniente otorgar consagración legal a una práctica comercial que se fundamenta en la estructura de costos y el modelo de negocios de las compañías aéreas, a costa de los derechos de los usuarios.
En consecuencia, sin perjuicio de valorar que se regulen los mecanismos de compensación en caso de denegación de embarque por sobreventa, preferiría que derechamente se prohibiera esta práctica, que en sí misma es nociva para el servicio.
La masividad que ha alcanzado el transporte aéreo no justifica que se mantenga ese mecanismo.
Por otra parte, no se han entregado antecedentes sobre el efecto que este tiene en el modelo de negocios o en la estructura de costos de las empresas aéreas.
Además, nadie ha explicado por qué está prohibida la venta de sobrecupos en los servicios de transporte terrestre de pasajeros y no en los de transporte aéreo, como lo establece la Ley de Defensa de los Derechos de los Consumidores.
Las compensaciones pueden no ser mecanismos idóneos para desincentivar la sobreventa, porque la situación virtualmente monopólica que existe en el país posibilitará al principal proveedor recargar estos mayores costos en el valor de los pasajes.
Al menos, debiera fijarse un margen máximo permitido para esta práctica, sujeta a sanciones de la autoridad regulatoria.
Muy distinta es la situación de las líneas aéreas regionales, que prestan servicios esenciales para localidades aisladas.
Tales diferencias fueron recogidas solo parcialmente en lo que plantea la Comisión Mixta.
Señora Presidenta, voy a concurrir con mi voto favorable a la propuesta formulada por el mencionado órgano, pues de todos modos constituye un avance respecto de la situación actual. Pero hago presente que seguirá manteniéndose el desequilibrio entre las posiciones de la empresa aérea y de los usuarios, asunto que resulta cada vez más enojoso e intolerable para los millones de pasajeros, especialmente para los que utilizan vuelos nacionales.
He dicho.