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MODIFICACIONES DE LEY SOBRE VIOLENCIA EN ESTADIOS Y DE FUNCIONES DE SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN DEL DELITO


El señor QUINTEROS.- Señora Presidenta, para emitir su informe, la Comisión recibió las opiniones del Subsecretario de Prevención del Delito, señor Antonio Frey; del Jefe del Plan Estadio Seguro, señor José Roa; del General de Carabineros de Chile señor Hugo Inzulza; del Presidente del Instituto de Jueces de Policía Local, señor Miguel Aguirre; del Secretario Ejecutivo de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, señor Óscar Fuentes; del ex Director del Plan Estadio Seguro señor Cristián Barra, y de representantes de los clubes de deportes Malleco, Universidad de Chile y Colo-Colo.
Los objetivos de la iniciativa son, en primer lugar, extender el ámbito de aplicación de la ley N° 19.327, conocida como "sobre Violencia en los Estadios", a todos los hechos conexos al fútbol profesional, tales como entrenamientos, desplazamientos y venta de entradas; en seguida, crear un registro, a cargo de la Subsecretaría de Prevención del Delito, que ha de contener una base de datos de las organizaciones deportivas del fútbol profesional y de los organizadores de espectáculos de este tipo, y, por último, establecer un régimen sancionatorio efectivo en contra de las entidades antes mencionadas, en caso de incumplimiento de las obligaciones que señala la ley, para lo cual se les encomienda a los intendentes la aplicación de las sanciones, susceptibles de reclamación ante la Corte de Apelaciones respectiva. Por otra parte, se les entrega a los juzgados de policía local el conocimiento de las infracciones al ordenamiento que cometan los asistentes a espectáculos de fútbol profesional.
El proyecto debe ser aprobado con rango orgánico constitucional, en atención a que los artículos 26 y 27 que incorpora el número 20) de su artículo se refieren a la organización y atribuciones de los tribunales de justicia.
Después de escuchar a los invitados, la Comisión concordó con los objetivos generales en orden a contar con más y mejores herramientas para avanzar, en forma eficiente, en garantizar condiciones de seguridad, bienestar y convivencia a todos quienes quieren disfrutar del fútbol como una oportunidad de sano esparcimiento y recreación.
La iniciativa se basa en la experiencia en la aplicación de la ley N° 19.327, que ahora no estará restringida a la prevención de la violencia en los estadios, sino que ampliará su foco a los derechos y deberes de quienes concurren a las competencias deportivas. Se perfecciona el régimen sancionatorio que afecta a los asistentes que cometan infracciones o delitos y a los organizadores de espectáculos que no cumplan sus obligaciones, al tiempo que se otorgan nuevas facultades a los intendentes.
Sin perjuicio de lo anterior, teniendo presentes las observaciones recibidas en especial de parte del Instituto de Jueces de Policía Local, que no habían sido recogidas en la discusión de la Cámara de Diputados, la Comisión le solicitó al Ejecutivo modificar la urgencia y fijar un plazo prudencial para presentar indicaciones. Sugirió, además, la conformación de una mesa de trabajo a fin de concordar los cambios necesarios. Propongo que la fecha límite para formularlas sea el 2 de marzo de 2015.
En virtud del acuerdo alcanzado sobre estos puntos, la unanimidad de los miembros presentes del órgano técnico, Senadores señores Bianchi, Espina y el que habla, acogió la idea de legislar y propone a la Sala la aprobación en general.
He dicho.

El señor QUINTEROS.- Señora Presidenta, tal como dije al comienzo, por supuesto que estoy absolutamente de acuerdo con este proyecto, pero quiero hacer notar que al revisarlo encontramos que no ataca algunos aspectos de fondo del problema.
Así, por ejemplo, me parece que al regular el derecho de admisión y limitarse el ingreso al estadio a quienes tienen medidas cautelares o condenas relacionadas con la ley, también podría explorarse la restricción a otras personas y no solo a los que se encuentren sancionados por la Ley de Violencia en los Estadios.
La reforma pone su foco en las responsabilidades de los organizadores de los espectáculos deportivos, pero no en el verdadero problema que existe en relación con la violencia en los estadios, que son determinados hinchas, de algunas instituciones o clubes, que provocan estos desmanes.
No hay que confundir lo que ocurre en Santiago cuando se enfrentan Colo-Colo con la Chile, Colo-Colo con la Católica, la Chile con la Católica y otros, con lo que pasa en regiones. No tiene nada que ver. Los organizadores en regiones no pueden tener la responsabilidad de los delitos que cometen los hinchas del equipo visitante.
Por eso, llamo la atención para que en las indicaciones se tome en consideración lo que estoy relatando.
He dicho.