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DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 92ª, Extraordinaria, en martes 27 de enero de 2015
De 16:27 a 19:26 horas. Asistencia de 33 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Isabel Allende, Presidenta y Eugenio Tuma, Vicepresidente.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé.



PERFECCIONA NORMATIVA SOBRE PERSONAL DE LA SALUD

Se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que perfecciona normativa sobre profesionales y trabajadores del sector público de salud. (Boletín N° 9.865-11) Con urgencia calificada de "Discusión Inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, modifica un conjunto de disposiciones legales en materias de personal del sector público de la salud, con el objeto de establecer incentivos que permitan atraer y retener a profesionales, especialmente médicos, mediante la adopción de medidas que posibiliten cubrir la falta de especialistas.
Proyecto de ley:
- Amplía de 3 a 4 años los plazos máximos de los programas de becas, perfeccionamiento o especialización para profesionales funcionarios de los Servicios de Salud y de Atención Primaria.
- Extiende al personal profesional del Hospital Padre Alberto Hurtado, que durante más de 20 años hayan prestado servicios de guardia nocturna y en días domingo o festivos, el beneficio de liberación de guardia y de descanso complementario, conservando los derechos que esas funciones les conferían, cualquiera sea la modalidad de contratación en que actualmente se desempeñan o pasen a desempeñar en el futuro.
- Permite que los cupos que quedaron disponibles de la aplicación de la ley N° 20.612, que otorgó una bonificación por retiro voluntario y una bonificación adicional a los funcionarios del sector salud pertenecientes a las instituciones en ella señaladas, puedan ser destinados a entregar el mismo beneficio a los profesionales que hayan cumplido, al 30 de junio de 2010, la edad para jubilar, y hagan efectiva su renuncia voluntaria dentro de los 90 días hábiles siguientes a la publicación de este proyecto como ley.
- Aumenta el porcentaje de la asignación de dirección superior del Director del Fondo Nacional de Salud, fijándolo en 87%.
- Permite la contratación de médicos titulados en el extranjero, que hayan aprobado el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina, en las Subsecretarías del Ministerio de Salud y en el Instituto de Salud Pública, en cargos y funciones médico administrativas o de contraloría médica.
- Autoriza, por un tiempo máximo de 2 años, a los médicos cirujanos que no cuenten con el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina, para continuar desempeñándose en los establecimientos dependientes de los Servicios de Salud o municipales de Atención Primaria de Salud, debiendo aprobarlo dentro de dicho período, de lo contrario deberán cesar en sus funciones y hacer dejación de sus cargos.
- Concede a los médicos cirujanos que se desempeñan en establecimientos municipales de atención primaria de salud y que posean la especialidad de medicina familiar, pediatría, medicina interna, gineco-obstetricia, psiquiatría u otras que se definan, una asignación mensual de estímulo por competencias profesionales, con las características y en las condiciones que se señalan.
Intervinieron los Senadores Francisco Chahuán, Jacqueline Van Rysselberghe, Guido Girardi, Carolina Goic, Rabindranath Quinteros, Alejandro Navarro, Alfonso De Urresti, Carlos Montes, Andrés Zaldívar, Víctor Pérez, Juan Antonio Coloma, Manuel José Ossandón, Jaime Quintana, José García, Alejandro Guillier, Baldo Prokurica, Alejandro García-Huidobro, Hernán Larraín, la Ministra de Salud, Carmen Castillo y el asesor del Gabinete del Ministerio de Salud, Enrique Accorsi.
En consecuencia, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados para que sea remitido al Ejecutivo para su promulgación.



CREA EL MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO

Se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, y modifica normas legales que indica (Boletín N° 9.287-06). Con urgencia calificada de "Discusión Inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene como objetivo modernizar la institucionalidad vigente en materia de género, permitiendo que ésta sea capaz de garantizar los derechos de las mujeres, avanzando hacia una mayor equidad entre hombres y mujeres, mediante la eliminación de las brechas que aún persisten entre ambos.
Contenido del proyecto:
- Crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, encargado de colaborar con el Presidente o Presidenta de la República en el diseño, coordinación y evaluación de las políticas, planes y programas destinados a promover la equidad de género, la igualdad de derechos y de procurar la eliminación de toda forma de discriminación arbitraria en contra de las mujeres.
- Define el concepto de equidad de género el que comprende el trato idéntico o diferenciado entre hombres y mujeres que resulta en una total ausencia de cualquier forma de discriminación arbitraria contra las mujeres por ser mujeres, en lo que respecta al goce y ejercicio de todos sus derechos humanos.
- Entre las funciones y atribuciones del Ministerio que se crea están las de formular, coordinar y evaluar un Plan Nacional de Igualdad entre hombres y mujeres; promover la protección de la maternidad; establecer planes destinados a atender, prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres; mantener un diagnóstico de indicadores de género y velar por su incorporación en la Administración del Estado; promover la dignificación del trabajo doméstico, en el marco de su corresponsabilidad entre hombres y mujeres y, fomentar medidas en favor de las mujeres que reconozcan y resguarden la multiculturalidad y las identidades étnicas, respetando sus propias visiones, prácticas, necesidades y creencias, en armonía con los derechos humanos.
- Regula la organización del Ministerio, el que contará con una Subsecretaría y con Secretarías Regionales Ministeriales en cada región del país, señalando las funciones y atribuciones que les corresponden a cada una de estas entidades.
- Entrega a un reglamento la fijación de la estructura interna del nuevo Ministerio, la que deberá considerar, a lo menos, las siguientes divisiones: Estudios y Capacitación en Género; Planificación y Control de Gestión y Políticas de Igualdad.
- Crea el Comité Interministerial para la Igualdad de Derechos y la Equidad de Género, cuya función será colaborar en la implementación de las políticas, planes y programas orientados a la igualdad de derechos entre mujeres y hombres, incorporando la perspectiva de género en la actuación del Estado.
- Instaura el Consejo Asesor, cuya función será prestar asesoría al Ministro o Ministra en materias de igualdad de derechos y de equidad de género, integrado por 10 personas de reconocida experiencia en el ámbito de estas materias, designadas por el titular de la nueva Secretaría de Estado.
- Crea el Fondo para la Equidad de Género, administrado por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, encargado de contribuir al financiamiento de proyectos nacionales, regionales o locales, de programas y actividades de educación y difusión, destinados a fortalecer la participación, asociatividad y liderazgo de las mujeres.
-Se separan las funciones vinculadas a la formulación y evaluación de las políticas relativas a la mujer y a la equidad de género, las cuales se radican en el nuevo Ministerio, de aquellas vinculadas a la ejecución de las mismas que seguirán en el actual Servicio Nacional de la Mujer, el cual pasa a denominarse Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género.
Intervinieron los Senadores Rabindranath Quinteros, Alberto Espina, Carolina Goic, Jacqueline Van Rysselberghe, Adriana Muñoz, y la Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer, Claudia Pascual.
En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.



MODIFICA LEY DE VIOLENCIA EN LOS ESTADIOS

Quedó aplazada la votación en general del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.327, en lo tocante a su ámbito de aplicación y al establecimiento de un régimen sancionatorio efectivo, y la ley N° 20.502, en materia de funciones de la Subsecretaría de Prevención del Delito. (Boletín Nº 9.566-29) Con urgencia calificada de "Suma".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto perfeccionar las disposiciones de la Ley sobre Violencia en los Estadios, de acuerdo con la experiencia adquirida desde el año 2012, fecha en que fue modificada, en tres grandes grupo de materias: extender su aplicación a todos los hechos conexos al fútbol profesional, tales como los entrenamientos, desplazamientos y venta de entradas; establecer sanciones a los organizadores y el administrador del estadio y fijar un régimen de sanción efectiva a los hinchas.
En consecuencia, procede discutir en general la iniciativa en la sesión citada para el día de mañana.



TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS Y ANIMALES DE COMPAÑÍA

Se rechazaron algunas de las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados, al proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía. (Boletín Nº 6.499-11).
El proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores Guido Girardi y de los ex Senadores Jorge Arancibia, Carlos Kuschel, Carlos Ominami y Mariano Ruiz-Esquide, tiene por objeto promover la tenencia responsable y proteger la salud de mascotas y animales de compañía; proteger la salud pública mediante el control de la población de éstos, y regular la responsabilidad por los daños que sean consecuencia de la acción de dichos animales.
Intervinieron los Senadores Francisco Chahuán, Carolina Goic, Antonio Horvath y Jacqueline Van Rysselberghe.
En consecuencia, procede la formación de una Comisión Mixta de Senadores y Diputados.