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DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 49ª, Ordinaria, en miércoles 24 de septiembre de 2014
De 16:22 a 17:44 horas. Asistencia de 28 señores Senadores
Presidió la sesión el Senador Eugenio Tuma, Vicepresidente.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé.



AUMENTA DOTACIÓN DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Por unanimidad, se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que aumenta dotación de personal de Policía de Investigaciones de Chile; modifica el estatuto de su personal y modifica el decreto ley N° 2.460, de 1979, Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones. (Boletín N° 9.373-25)
El proyecto, iniciado en Mensaje, constituye una de las medidas prioritarias en materia de seguridad pública del actual Gobierno y tiene por objeto ampliar la capacidad de la Policía de Investigaciones ante los mayores requerimientos de seguridad de la sociedad, y lograr una mejor coordinación de la institución con la autoridad política encargada del orden y seguridad pública.
Contenido del proyecto:
- Incrementa en 1.200 los cupos para oficiales policiales profesionales de línea de la Policía de Investigaciones, la que se realizará conforme a la gradualidad que se establece, durante los tres años siguientes a la entrada en vigencia del presente proyecto como ley.
- Además, regulariza la situación de 256 detectives nombrados por glosa presupuestaria y permite el ascenso de 2.088 oficiales policiales profesionales de línea que han excedido largamente los años requeridos para ello.
- Rebaja a 1.351 los cargos de subinspector como parte de un diseño orgánico que permitirá en el futuro que todos los Oficiales Policiales Profesionales de línea cuenten con una carrera funcionaria.
- Adecua el Estatuto del Personal de la PDI a las normas constitucionales de acceso a la Administración y de protección de los derechos de las personas, mediante la sustitución del requisito de ingreso consistente en "tener idoneidad moral" por el de "cumplir con los requisitos de ingreso a la Administración del Estado", y estableciendo que el sólo hecho que una persona se encuentre declarada reo no obstará su postulación a un cargo en la PDI.
- Precisa que la determinación de la dotación máxima de ingreso de alumnos al primer año de formación en la Escuela de Investigaciones, se hará por decreto supremo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, para evitar nuevos incrementos mediante glosas presupuestarias.
- Dispone que este proyecto entrará en vigencia a contar del 1 de enero del año siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.
Intervinieron los Senadores Carlos Bianchi, Manuel José Ossandón, Baldo Prokurica, José García, Alejandro Guillier, Alberto Espina, Felipe Harboe, Francisco Chahuán, Jaime Orpis, Juan Antonio Coloma, Alfonso de Urresti, Hernán Larraín, Ricardo Lagos y el Subsecretario de Prevención del Delito, Antonio Frey.
En consecuencia, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados, para que sea remitido al Ejecutivo, para su promulgación.



PRECISA A QUIÉN CORRESPONDE PAGAR LAS MULTAS EN CASO DE TRANSFERENCIAS DE VEHÍCULOS

Por unanimidad se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el artículo 36 de la ley N° 18.290, de Tránsito, en la forma que indica. (Boletín N° 3.823-15)
El proyecto de ley, iniciado en Moción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto otorgar certeza respecto a quién debe cancelar las multas de tránsito cuando ha habido una transferencia del vehículo, permitiendo contar con la información necesaria para que el infractor pague las multas y no deba hacerlo el adquirente del vehículo.
Contenido del proyecto:
- Impone al Notario u otro ministro de fe que autorice la compraventa de un vehículo, la obligación de requerir del vendedor la presentación de un certificado del Registro de Multas del Tránsito no pagadas, al momento de la celebración del contrato y solicitar su inscripción a costa del adquirente, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su adquisición.
- El comprador responderá sólo por las multas empadronadas que figuren en el certificado emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación al momento de la compra, sin que se le puedan cobrar aquellas referidas a infracciones anteriores a la adquisición del vehículo pero que no constaban en el certificado al momento de ésta.
- Las multas empadronadas que no figuren en el certificado emitido por el Registro de Multas al momento de la transferencia y que aparezcan con posterioridad gravando al vehículo, serán de responsabilidad del anterior propietario o vendedor, por el plazo de tres años.
Intervinieron los Senadores Manuel José Ossandón y Alejandro García-Huidobro.
En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.



CREA NUEVA INSTANCIA PARA LA CALIFICACIÓN DEL PERSONAL DE CARABINEROS

Por unanimidad y sin debate se aprobó en general y en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que Modifica el Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, a fin de crear una nueva instancia para la calificación y clasificación de su personal de nombramiento institucional. (Boletín Nº 8.501-25)
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto homologar, en Carabineros de Chile, al personal de nombramiento institucional con el de nombramiento supremo, en materia de instancias de revisión de los procesos de evaluación de su personal, dado que la única instancia de revisión que tiene el nivel de nombramiento institucional (Junta de Apelaciones) no funciona como un organismo centralizado, lo que se traduce en que puedan existir diferencias de criterio a lo largo del territorio nacional tanto al momento de efectuarse la calificación y clasificación como también posteriormente en la apelación.
Contenido del proyecto
- Crea una Junta Superior de Apelaciones para la calificación del personal de Carabineros de nombramiento institucional (el de fila, de orden y seguridad, de los servicios y de secretaría y el personal civil) como órgano evaluador de mayor jerarquía encargado de velar por la validez de los procedimientos calificatorios, que cautele que los llamados a retiro del personal por calificación deficiente se ajusten al ordenamiento jurídico vigente, minimizando posteriores reparos de legalidad por parte de la Contraloría General de la República o de los Tribunales Superiores de Justicia.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a la Cámara de Diputados, para que ésta lo remita al Ejecutivo para su promulgación.



SALUDO AL PARLAMENTO LATINOAMERICANO EN SU 50° ANIVERSARIO

Por unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo presentado por los Senadores Carlos Bianchi, José García, Ricardo Lagos, Jaime Orpis, Manuel José Ossandón, Jorge Pizarro, Eugenio Tuma y Patricio Walker, con el que el Senado expresa su saludo al Parlamento Latinoamericano en su quincuagésimo aniversario y reconoce la labor de todos los parlamentarios que han presidido esta organización y especialmente su contribución a que los principios fundantes y su acción práctica permanezcan y se proyecten en el tiempo para el logro de la plena integración de Latinoamérica y el Caribe. (Boletín N° S 1.723-12)