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REELECCIÓN DE INTEGRANTES DE COMITÉ DE AUDITORÍA PARLAMENTARIA


La señora ALLENDE (Presidenta).- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señora Pérez San Martín y señores Pérez Varela, Tuma y Patricio Walker y del ex Senador señor Gómez, en primer trámite constitucional, que modifica el artículo 66 A de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional en materia de reelección de integrantes del Comité de Auditoría Parlamentaria, con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.232-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señora Pérez San Martín y de los señores Pérez Varela, Tuma, Walker, don Patricio y del entonces Senador señor Gómez):
En primer trámite, sesión 83ª, en 7 de enero de 2014.
Informes de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 2ª, en 18 de marzo de 2014.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (segundo): sesión 35ª, en 5 de agosto de 2014.
Discusión:
Sesión 16ª, en 13 de mayo de 2014 (se aprueba en general).
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- La iniciativa fue aprobada en general por la Sala en su sesión de 13 de mayo de 2014.
La Comisión de Constitución deja constancia en su segundo informe, para los efectos reglamentarios, de que no hay artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.
Dicho organismo efectuó una enmienda al proyecto de ley aprobado en general, consistente en sustituir el texto del artículo único del proyecto por otro, enmienda que aprobó por unanimidad, por lo que debe ser votada sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión.
Sus Señorías tienen en sus escritorios un boletín comparado que en su tercera columna contiene la enmienda acordada por la Comisión en su segundo informe; en la cuarta, el texto del proyecto aprobado en particular, y en la quinta, el texto tentativo de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional con la aludida modificación.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Ha solicitado la palabra el Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señora Presidenta, con ocasión de la discusión general del proyecto de ley, manifesté mi opinión contraria a esta modificación.
Fundamenté mi posición en el carácter fiscalizador o revisor que tienen los miembros del Comité de Auditoría, el que hace inconveniente establecer respecto de ellos un sistema que permita su reelección por otro período mediante la aprobación de los mismos congresistas, quienes somos sujetos de su labor fiscalizadora en cuanto al uso de las asignaciones parlamentarias.
Previne que exponíamos a los miembros de dicho Comité y a nosotros mismos a una situación incómoda cada vez que se acercara un proceso de renovación de dichos cargos.
En efecto, la ley vigente establece que los miembros del Comité de Auditoría Parlamentaria no pueden ser reelectos y son inamovibles en sus cargos. Este carácter les da a estos profesionales la libertad y autonomía necesarias para ejercer sus funciones, tal como ocurre hoy día, cosa que nadie cuestiona.
Sin embargo, la circunstancia de que sean reelegidos puede afectar su independencia, la que puede verse cuestionada o quedar bajo sospecha, toda vez que la eventual continuidad en sus funciones dependerá, en última instancia, de la aprobación de Senadores y Diputados, que son, precisamente, los sujetos de su labor fiscalizadora.
El reglamento del Comité de Auditoría Parlamentaria establece atribuciones relevantes para sus miembros, las que pueden traducirse en decisiones complejas que, si coinciden con el vencimiento de un período, pueden dar lugar a todo tipo de especulaciones en los medios de comunicación.
Los costos que pueden generarse en estos casos resultan obvios para los funcionarios injustamente aludidos y para los Diputados y Senadores, que siempre estamos bajo el escrutinio exigente de la opinión pública.
Atendida la especial característica de la labor de los miembros del Comité de Auditoría Parlamentaria, el sistema debiera considerar un mandato indefinido o por períodos no prorrogables. Así, por ejemplo, los directores de control de una municipalidad son funcionarios con nombramiento indefinido, mientras que el Contralor General, por otro lado, solo puede ser designado por un período, no sujeto a prórroga.
No entiendo por qué los criterios que utilizamos para algunas instituciones no pueden ser aplicados en el mismo Congreso Nacional. Es difícil explicar estas diferencias, más aún cuando regularmente vemos en los medios de comunicación cuestionamientos al monto o al destino de las asignaciones parlamentarias.
Naturalmente, la indicación presentada, que propone una renovación por hasta un período, es una mejora con relación a la moción original, pero no alcanza a satisfacer, a mi modo de ver, el estándar que hoy exige la ciudadanía para todas las funciones públicas.
El sistema debe ser impecable, coherente, exento de todo cuestionamiento, con prescindencia de los méritos de las personas que desempeñen los cargos.
Sé bien que muchas veces es infundada la desconfianza actualmente instalada en la sociedad, la que afecta, sobre todo, a las instituciones públicas. Pero en esta materia prefiero actuar preventivamente, con el mismo cuidado con que estamos legislando en materias de probidad y transparencia, y por esta razón me abstendré en la votación.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Honorable señor Araya.


El señor ARAYA.- Señora Presidenta, la iniciativa que ahora consideramos en particular modifica el artículo 66 A de la Ley Orgánica del Congreso Nacional.
Esta disposición, incorporada por la ley Nº 20.447, creó el Comité de Auditoría Parlamentaria, servicio común del Parlamento encargado de controlar el uso de los fondos públicos destinados a financiar el ejercicio de la función parlamentaria y de revisar las auditorías que el Senado, la Cámara de Diputados y la Biblioteca del Congreso Nacional efectúen de sus gastos institucionales.
Este Comité se encuentra conformado por tres profesionales, los cuales actualmente no pueden ser reelegidos para un nuevo período.
La norma aprobada en general por esta Corporación eliminó el vocablo "no" del mencionado precepto, de forma tal que los actuales integrantes del Comité de Auditoría Parlamentaria podrían ser reelegidos para desempeñar los cargos que ejercen.
En relación con esta disposición, se presentó una sola indicación, del Honorable señor Andrés Zaldívar, que sustituye el texto aprobado en general por otro que establece que "podrán ser reelegidos por una sola vez".
La Comisión de Constitución, luego de ponderar las razones que justifican la reelección de los integrantes del Comité de Auditoría Parlamentaria, acordó aprobar la referida indicación, precisando que los integrantes de este Comité podrán ser reelegidos por una sola vez, previa participación en el proceso de selección previsto en la legislación en vigor.
De esta manera, se perfecciona la normativa vigente, se le da la necesaria flexibilidad y se garantiza que la reelección de estos funcionarios se podrá hacer por una sola vez y siempre que cumplan con la condición de haber aprobado el proceso de selección que establece la ley.
Al respecto, considero importante puntualizar que el proceso de selección parte por un concurso público abierto que realiza el Sistema de Alta Dirección Pública, el cual termina proponiéndole una quina a un comité de Senadores y Diputados. Este, finalmente, hace una propuesta a ambas cámaras, las que deben aprobar dicho nombramiento con el quórum dispuesto en la ley.
En consecuencia, no se trata de un proceso de selección en que los parlamentarios tengan incidencia directa, toda vez que puede ocurrir que el Sistema de Alta Dirección Pública deje fuera de postulación a alguno de los integrantes del Comité que están buscando su reelección.
De esta forma, es posible satisfacer o aclarar parte de las dudas que tiene el Senador Quinteros, porque la primera etapa del proceso de selección es absolutamente independiente de lo que pueden hacer Senadores y Diputados; de hecho, es un proceso ciego, del cual solamente se conocen las personas que logran saltar las vallas de la Alta Dirección Pública.
Por las razones precedentemente indicadas, señora Presidenta, votaré a favor de la enmienda, en el entendido de que, además, el Comité de Auditoría Parlamentaria, a diferencia de otros organismos de control, es un cuerpo que ha ido adquiriendo grados de experiencia que no son tan conocidos en el resto de la Administración, dada la especial función que cumplen los parlamentarios y que muchas veces resulta difícil de fiscalizar.
Por lo tanto, soy de la opinión de que no podemos perder la experiencia, la expertise que adquieren los funcionarios que realizan esta labor.
Además, como una forma de evitar que cumplan mal sus funciones, existen dos mecanismos de control.
El primero es que el propio Congreso Nacional puede destituirlos en el evento de que se estime que no están actuando conforme a la ley o no están haciendo bien su trabajo.
Y el segundo consiste en que se ha establecido una limitación en la reelección, de manera que sus cargos no pasen a ser indefinidos.
A mayor abundamiento, cabe destacar que los integrantes del Comité no podrán ser reelegidos automáticamente, sino que deberán pasar por el proceso de selección que establece la ley, lo que, obviamente, genera la garantía necesaria para que postulen tanto ellos como terceros externos que pueden ganar el concurso por poseer un mejor currículum, si así lo determina el Sistema de Alta Dirección Pública.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra al Honorable señor Pérez Varela.


El señor PÉREZ VARELA.- Señora Presidenta, no quiero repetir lo que fue tanto la discusión general de esta iniciativa, semanas atrás, como tampoco los planteamientos que, con acierto, ha formulado el Senador Araya sobre las características del sistema institucional que hemos creado para fiscalizar los gastos de Senadores y Diputados.
A mí me parece que el texto que tenemos sobre nuestros escritorios recoge adecuadamente los conceptos que se vertieron durante la discusión general, en el sentido de que estamos mayoritariamente de acuerdo en que los integrantes del Comité de Auditoría Parlamentaria tengan la posibilidad de participar en el concurso respectivo y ser reelegidos por una sola vez.
Creo que fue el Senador Zaldívar quien planteó esa consideración, la cual fue recibida positivamente por la Sala durante el debate de la idea de legislar.
Por lo tanto, creo que la enmienda propuesta perfecciona adecuadamente el texto de la ley, en el entendido de que, por una sola vez, las personas que han trabajado en el Comité de Auditoría y que, como bien dijo el Senador Araya, han adquirido la experiencia y la expertise de un proceso nuevo, distinto, novedoso e inédito de controlar cómo los Senadores y los Diputados gastamos los recursos que se ponen a nuestra disposición, puedan reelegirse para un segundo período. Y órganos externos a ambas Corporaciones y a la Comisión Bicameral establecerán los requisitos y las condiciones habilitantes para participar en el concurso pertinente.
Por lo tanto, señora Presidenta, creo que esta proposición -reitero- recoge adecuadamente el debate que se dio en la Sala y perfecciona de manera precisa una normativa que espero siga colaborando progresivamente en el buen funcionamiento del Senado y de la Cámara de Diputados.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señora Presidenta, cuando creamos el Comité de Auditoría Parlamentaria, organismo inédito en los Congresos del mundo, porque fija las asignaciones, la dieta, contrariamente a la creencia popular¿
La señora ALLENDE (Presidenta).- Senador señor Navarro, si me permite, usted habló del Comité de Auditoría. Pero es el Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias el que realiza lo que usted mencionó. El Comité de Auditoría lo fiscaliza.
El señor NAVARRO.- Me corrijo, señora Presidenta. Se trata del Consejo Resolutivo de Asignaciones.
Ese organismo fue creado para dar transparencia a un elemento muy cuestionado por la ciudadanía. Y pienso que a veces creamos instituciones que, si bien deben cumplir una función administrativa, siendo este un órgano político, no la cumplen.
Creo que el Consejo de Asignaciones Parlamentarias efectivamente sigue cumpliendo una tarea, pero nadie sabe cuál es. Y allí, de vez en cuando, muchos, algunos desinformados, otros muy informados, terminan hablando de sueldos, de dietas y de asignaciones millonarias cuando, en verdad, no lo son.
He venido sosteniendo que, ojalá, no pasara ni un peso por la oficina de un parlamentario, y que todo fuera pagado por el Senado. De tal manera de dejar muy claro que uno no gana ni 25, ni 40, ni 50 millones de pesos.
Habría que difundir las labores del Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias.
Respecto del Comité de Auditoría Parlamentaria, en pro de la transparencia y en el mismo sentido, uno puede decir, claramente, que el organismo encargado de fiscalizarlos no debe ser nombrado por los parlamentarios. Y hay que dar un paso en tal sentido.
La posibilidad de la reelección por una vez facilita y allana el trabajo. Lo que no está bien señalado es que los fiscalizados no deberían elegir a sus fiscalizadores. Y, por tanto, siempre tendríamos que garantizar la mayor transparencia y evitar cualquier tipo de cuestionamiento.
De la lectura del artículo único: "podrán ser reelegidos por una sola vez, previa participación en el proceso de selección" se desprende que se mantiene la elección por los propios fiscalizados. Y deseo que el Presidente de la Comisión de Constitución, el Senador Harboe, nos aclare si la reelección por una vez implica algún cambio en la fórmula pertinente o se repite el mismo mecanismo. Es decir, si bien pueden ser reelectos por una vez, ¿ello significa una variación o limitación en materia de transparencia?
Siento que esa es la clave.
El señor ORPIS.- Pasarán por el sistema de selección del Consejo de Alta Dirección Pública.
El señor NAVARRO.- Sí.
Al elegirlos por una vez se crea cierta dependencia. Porque, evidentemente, ya están probados, ¿me explico o no?
Todos cumplieron el proceso inicial, ejercieron una función. Si quieren postular ya pasaron por el proceso, salvo que exista una competencia muy fuerte y los logren superar.
No sé si habrá tanto interés en pertenecer a este Comité de Auditoría Parlamentaria. Siento que debe primar el criterio básico de la máxima transparencia, como lo quisimos hacer con el Consejo de Asignaciones Parlamentarias, y que no nos ha dado resultado. Porque pensábamos que, si establecíamos una institucionalidad que fijara nuestras dietas, nuestras asignaciones -era el máximo de transparencia-, desaparecería el fantasma de la crítica constante al Parlamento.
¡Eso no ocurrió!
En el caso del Comité de Auditoría Parlamentaria, hay que echar abajo cualquier atisbo de oscuridad, de falta de transparencia.
Estoy disponible, por cierto, para apoyar un proyecto que garantice ese principio.
Así que dejo abierta la pregunta, señora Presidenta, esperando que alguno de los miembros de la Comisión nos pueda ilustrar.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Si les parece bien, le voy a dar la palabra al Senador Araya, quien integra la Comisión de Constitución.
El señor PÉREZ VARELA.- Abramos la votación.
La señora ALLENDE (Presidenta).- ¿Habría acuerdo para abrir la votación?
Acordado.
--(Durante la votación).
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Honorable señor Araya.


El señor ARAYA.- Señora Presidenta, por su intermedio, deseo explicarle al Senador Navarro y a todos los colegas presentes que aquí se autoriza a quienes actualmente ejercen un cargo en el Comité de Auditoría para postular al proceso de selección.
¿En qué consiste este?
En un llamado a concurso público que realiza la Alta Dirección Pública. Y una vez que esta finaliza su proceso de selección envía una nómina de currículum vitae ciego a la Comisión Bicameral del Congreso Nacional, constituida por Senadores y Diputados, la cual decide los nombres de quienes integrarán el Comité de Auditoría, que serán presentados a ambas Cámaras del Congreso para su ratificación.
Por eso, insisto en algo que dije en mi primera intervención: en la primera parte de este concurso los parlamentarios no tenemos nada que decir, porque el proceso lo lleva adelante el Consejo de Alta Dirección Pública.
Y quiero contar mi experiencia personal.
A mí me tocó integrar, junto con el Senador Larraín, la Comisión Bicameral que eligió a los miembros del Comité de Auditoría que hoy nos rige. Y lo que recibimos de la Alta Dirección Pública fueron currículum vitae ciegos, donde se señalaba qué hacían los postulantes, sin indicación de nombre. Se los entrevistó, y se seleccionaron personas cuyos nombres desconocíamos y respecto a las cuales no teníamos conocimientos.
Se hizo una apuesta sobre la base del currículum vitae y de las preguntas que se respondieron en la entrevista.
Entonces, el poder reelegirse no evita el tener que participar en el proceso de selección que lleva adelante la Alta Dirección Pública.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Espero que se hayan clarificado las dudas del Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Así fue.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.


El señor PIZARRO.- Señora Presidenta, me alegro que la explicación del colega Araya haya aclarado las dudas del Senador Navarro. Porque la tendencia a confundir el Consejo Resolutivo de Asignaciones, sus atribuciones, su generación, su modo de elección, su composición, con el Comité de Auditoría, hace que a veces sostengamos un debate que no corresponde, como en este caso.
Ya que se generó esta discusión y, obviamente esto es televisado, quiero señalar que no toda la gente entiende la cuestión técnica de que estamos hablando.
A mayor abundamiento, es bueno decir que la exigencia que se coloca en la ley para quienes componen este Comité de Auditoría Parlamentaria es muy alta. Y uno de los motivos por los cuales se plantea la posibilidad de la reelección por una vez tiene que ver con que exista gente en condiciones de desarrollar esta función.
Quiero recordar que ese Comité se encuentra integrado por tres profesionales. Uno debe tener el título de abogado; otro de contador auditor. Pero deben acreditar a lo menos diez años de ejercicio profesional y tener dedicación exclusiva. El tercero debe ser un especialista en materia de auditoría, y se establece que se preferirá a quienes se hayan desempeñado por más de cinco años en la Contraloría General de la República.
Asimismo, no hay que olvidar que sus períodos duran seis años, y en estos tienen autonomía e inamovilidad: una vez que son nombrados, realizan y cumplen su función con total y absoluta independencia. Eso busca justamente evitar que alguien pueda tener la intención de influir en ellos y que no desarrollen su trabajo de manera profesional y a cabalidad.
Y otro punto, señora Presidenta, es que nosotros acá, en el Congreso, en el Senado, a veces les echamos a otros la culpa de nuestros propios problemas.
Lo referido a la falta de credibilidad o de confianza de la gente en el Parlamento no tiene que ver con que exista un Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias o un Comité de Auditoría.
Es al revés.
Creamos a ambas instituciones en pro de un proceso de transparencia, en el sentido de que todo lo relativo a la decisión respecto a cómo se fijan las asignaciones para el cumplimiento de la labor parlamentaria se efectuara por un ente autónomo. No olvidemos que también existen requisitos para quienes componen el Consejo Resolutivo: son personas que tienen no solo la capacidad, el talento, sino asimismo la autonomía, la experiencia y el prestigio necesarios para cumplir esa función.
Lo que hacemos acá es posibilitar que quienes hoy desarrollan estas actividades, si quieren, puedan repostular en el proceso de selección que, como ha dicho el Senador Araya, es sumamente estricto, riguroso. Por lo demás, lo realiza la Alta Dirección Pública, respecto a la cual no tenemos nada que decir ni que opinar, salvo cuando llegan sus proposiciones. Y, finalmente, las personas seleccionadas deben ser nombradas por el Senado y por la Cámara de Diputados con un quórum altísimo: tres quintos, según entiendo.
Así que el tema de la transparencia y de la posibilidad de que aquellos puedan cumplir a cabalidad su función está plenamente garantizado, señora Presidenta.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señora Presidenta, el Senador Pizarro me ahorra muchísimos comentarios con respecto a esta iniciativa presentada por un grupo de Senadores y de Senadoras el año 2013.
Solo voy a poner énfasis en dos ideas fuerza.
La primera es que el Comité de Auditoría es, efectivamente, un organismo distinto y separado del Consejo Resolutivo de Asignaciones. Tiene funciones distintas, atribuciones distintas, origen distinto, naturaleza distinta.
En segundo lugar, quiero hacer hincapié en algo que varios Senadores han señalado: es un Comité absolutamente autónomo. Y eso es muy importante no solo por su origen -sus integrantes son determinados a través de la Alta Dirección Pública-, sino, como bien dijo el Senador informante, pues se los elige a través de currículum vitae ciego. Y eso es muy significativo.
¿Por qué razón pensamos el año pasado que era tan relevante enviar esta iniciativa? Porque se trata de personas con cierta expertise en estos temas, y se requiere contar con gente con mucha experiencia, altamente calificada. Además, el Comité de Auditoría realiza una labor tremendamente relevante en lo que dice relación con la transparencia y el buen uso de los recursos públicos. Y tenemos que velar fuertemente desde el Senado para que eso se cumpla a cabalidad y sin complejidad alguna.
Por último, deseo agregar que los integrantes de este Comité, al ser nominados a través de la Alta Dirección Pública, con postulaciones abiertas y por medio de currículum vitae ciego, no obedecen a cuoteo político, es decir, de los Partidos representados aquí.
Dicho eso, señor Presidente, quiero mencionar que me parece muy aportante y positiva la indicación del Senador Zaldívar -una vez más se nota su experiencia en estos temas-, porque va muy en la línea de lo que muchos pensamos en términos de ir siempre acotando, en todo tipo de instituciones, la posibilidad de repostulación, limitándola en este caso a una sola vez.
Por tales razones, señor Presidente, obviamente voto a favor.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor TUMA (Vicepresidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el proyecto en particular (20 votos a favor y 2 abstenciones), quedando aprobado en particular y despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Chahuán, García-Huidobro, Guillier, Harboe, Horvath, Hernán Larraín, Montes, Navarro, Orpis, Ossandón, Pérez Varela, Quintana, Tuma, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Se abstuvieron los señores Prokurica y Quinteros.