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DECLARACIÓN DE 8 DE SEPTIEMBRE COMO FERIADO REGIONAL PARA ANTOFAGASTA


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, los antecedentes jurídicos que fundamentan esta propuesta de ley están en el artículo 19, N° 21°, de la Constitución Política, referido a la libertad económica; en las leyes N°s. 19.332 y 20.517, que declararon feriados para las comunas de La Serena y Puerto Natales, respectivamente, y en la ley N° 19.973, que declaró feriado el 17 de septiembre de 2004.
La Honorable Cámara de Diputados aprobó esta iniciativa en general y en particular, durante el primer trámite constitucional, el 9 de septiembre de 2013, por 56 votos a favor y 11 abstenciones.
Durante el debate habido en la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado se consideró que en diversos proyectos aprobados sobre este tipo de asuntos se ha discutido si la materia es de iniciativa parlamentaria, ya que en la Sala se ha planteado que se podría generar gasto tanto para el sector público cuanto para el privado.
Considerando lo anterior, se resolvió oficiar a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento al objeto de que se pronuncie al respecto y así el Senado pueda contar con un precedente sobre este tipo de iniciativas.
También por la unanimidad de los miembros presentes, la Comisión de Gobierno acordó aprobar este proyecto, con la sola modificación consistente en restringir su aplicación al año 2014, al objeto de equiparar la situación a otros feriados en que así se ha hecho.
He dicho.