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SANCIÓN A TRANSPORTE DE DESECHOS HACIA VERTEDEROS CLANDESTINOS


La señora ALLENDE (Presidenta).- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Girardi, Letelier y Pizarro, en primer trámite constitucional, que sanciona el transporte de desechos hacia vertederos clandestinos, con segundo informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (7.908-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Girardi, Letelier y Pizarro):
En primer trámite, sesión 49ª, en 6 de septiembre de 2011.
Informes de Comisión:
Transportes y Telecomunicaciones: sesión 22ª, en 5 de junio de 2012.
Transportes y Telecomunicaciones (nuevo): sesión 10ª, en 9 de abril de 2013.
Transportes y Telecomunicaciones (complementario del nuevo): sesión 87ª, en 21 de enero de 2014.
Transportes y Telecomunicaciones (segundo): sesión 29ª, en 8 de julio de 2014.
Discusión:
Sesiones 39ª, en 7 de agosto de 2012 (vuelve a Comisión para un nuevo primer informe); 58ª, en 1 de octubre de 2013 (vuelve a Comisión para informe complementario del nuevo); 5ª, en 2 de abril de 2014 (se aprueba en general); 6ª, en 8 de abril de 2014 (pasa a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones y se fija plazo para presentar indicaciones).
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- Esta iniciativa fue aprobada en general en sesión de 2 de abril de 2014, y cuenta con un segundo informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, la cual deja constancia, para efectos reglamentarios, de que no existen artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.
El órgano técnico realizó diversas enmiendas al proyecto de ley aprobado en general, todas las cuales fueron acordadas por unanimidad.
En consecuencia, las modificaciones unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión a su respecto o existan indicaciones renovadas.
De esas enmiendas unánimes, la recaída en el inciso cuarto del artículo 192 bis propuesto por el artículo único de la iniciativa debe ser aprobada con 21 votos favorables por incidir en normas de rango orgánico constitucional.
La señora ALLENDE (Presidenta).- En la discusión particular, tiene la palabra el Honorable señor Ossandón.

El señor OSSANDÓN.- Señora Presidenta, en mi calidad de titular de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, me corresponde informar esta iniciativa, originada en una moción presentada por los Senadores Pizarro, Girardi y Letelier en 2011.
La idea matriz del proyecto es sancionar el transporte de desechos hacia vertederos clandestinos o ilegales. Y, como se puede apreciar, su foco está puesto en el traslado o transporte, no tanto así en el depósito final.
En la Comisión dedicamos varias sesiones a estudiar con detención esta iniciativa. Así, escuchamos a los actores directamente interesados en solucionar esta problemática, entre ellos, a la Asociación Chilena de Municipalidades y a la Asociación de Municipalidades de Chile. Y todos fueron partidarios de dar curso a este proyecto en los términos en que actualmente se encuentra redactado.
También consideramos el parecer de abogados especialistas y tuvimos a la vista la legislación comparada en el tratamiento de desechos, por ejemplo, de España, de otros países de la Unión Europea y de Estados Unidos.
Se presentaron varias indicaciones, como las aportadas por los Senadores señoras Van Rysselberghe y Goic y el señor Horvath, y por todos los miembros de nuestra Comisión.
El resultado de la discusión al interior del órgano especializado fue, a mi juicio, sumamente bueno para poner fin, en cierta medida, a las escenas que vemos normalmente: calles y predios transformados en basurales ilegales en algunas comunas del país, especialmente en la periferia de las ciudades.
Los Senadores integrantes de la Comisión quedamos bastante satisfechos acerca de cómo quedó el texto que vamos a votar hoy día.
Ahora, señora Presidenta, quiero referirme al contenido del proyecto.
Este se compone de cuatro artículos que se agregan a la ley N° 18.290, de Tránsito: el 192 bis, el 192 ter, el 192 quáter y uno transitorio.
En primer lugar, el artículo 192 bis define la conducta que se sancionará: el encargo o realización "mediante vehículos a tracción animal, motorizada o no motorizada, el transporte, traslado o depósito de basuras, desechos o residuos de cualquier tipo, hacia o en la vía pública, sitios eriazos, o en vertederos o depósitos, clandestinos o ilegales, o en los bienes nacionales de uso público".
Para la persona que incurra en la conducta ilícita antes descrita se contempla la aplicación de tres tipos de sanciones: penas de multa, de distinta graduación; suspensión de la licencia de conductor o inhabilidad en su obtención, como forma de involucrar al conductor, y el retiro del vehículo a tracción animal (esto, por razones de sentido común: si se retirara al animal, no habría dónde dejarlo: ni en los municipios ni en Carabineros).
Cuando el encargo, transporte, traslado o depósito se refiere a desechos tóxicos, peligrosos o infecciosos, consideramos que la sanción debe ser más intensa: una multa de 20 a 100 unidades tributarias mensuales (es decir, entre 480 mil y 2 millones 400 mil pesos aproximadamente) y, además, castigar al conductor con presidio menor en su grado medio, lo que significa encarcelamiento desde 541 días a tres años.
Asimismo, el artículo 192 bis contiene, entre otras medidas, algunas que enunciaré a continuación.
-Retiro de circulación de los vehículos por Carabineros de Chile.
-Dictación de una ordenanza municipal que regule las autorizaciones para transportar basura, desechos, escombros o residuos de cualquier tipo.
-Exigencia a los vehículos recolectores de residuos domiciliarios, por parte del Estado y de los municipios, de contar con un contrato de disposición final en el cual se indique que el destino último de los desechos será un relleno sanitario o un vertedero legalmente autorizado. Ello obedece a que, muchas veces, los propios vehículos que trabajan para el Estado o los municipios son los grandes proveedores de estos vertederos.
En segundo lugar, el artículo 192 ter regula el transporte y el retiro de escombros, señalando que deberán hacerse en contenedores o sacos o siempre cubriendo la carga a fin de impedir su esparcimiento. La contravención a esta disposición será sancionada con una multa de hasta 3 unidades tributarias mensuales.
En tercer término, el artículo 192 quáter faculta a toda persona para poner los hechos antes descritos en conocimiento de municipalidades, Carabineros de Chile, la autoridad sanitaria o el Ministerio Público, cuando corresponda. Los denunciantes deberán remitir estos antecedentes al tribunal competente acompañando fotografías, filmaciones u otros medios de prueba que se acrediten en el lugar, la patente del vehículo o el día en que sucedieron los hechos.
De tal modo, se posibilita la participación de los vecinos, dando lugar a una forma novedosa e integradora en el control que deben y pueden efectuar los propios ciudadanos.
Por último, el artículo transitorio dispone que las municipalidades tendrán el plazo de un año, contado desde la publicación de esta ley, para dictar la ordenanza municipal a que se refiere el artículo 192 bis.
Hasta aquí es cuanto puedo informar sobre el contenido del proyecto, señora Presidenta.
Con el aporte de mi experiencia de veinte años como alcalde, hicimos un tremendo trabajo en la Comisión. Y he de agregar que, no obstante parecer una materia de poca importancia, permitiría ahorrar muchos pero muchos millones de pesos a municipios que hoy día no solo sufren por tener sus zonas periféricas y caminos llenos de basura, sino que además deben gastar recursos en limpiarlos y, hasta la fecha, siendo los responsables de ello, carecen de herramientas suficientes para contrarrestar este problema.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.


El señor GIRARDI.- Señora Presidenta, valoro el trabajo realizado por el Senador Ossandón como Presidente de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, porque pienso que es importante, serio y que, de verdad, mejora de manera muy sustantiva el proyecto.
¿Cuál es el problema existente? Que Chile se está transformando en un verdadero basural. No hay camino rural ni sitio eriazo que no se encuentre lleno de basura, particularmente en las comunas periféricas de Santiago o de las grandes ciudades.
Cuando uno transita por la Costanera Norte, basta ver la ribera del río Mapocho en Cerro Navia, Renca, Pudahuel, para darse cuenta de que en ella se depositan toneladas y toneladas de escombros.
El Senador Ossandón nos comentaba que cuando él era alcalde de Puente Alto se destinaban cientos de camiones -con un costo altísimo: miles de millones de pesos- a retirar la basura depositada por inescrupulosos vecinos o por personas dedicadas a esta actividad totalmente ilícita. Y a la semana de sacar esos escombros aparecían otros.
Entonces, hay toda una red de personas e instituciones que participan en esta acción.
Diversas constructoras, cuando deben sacar escombros, en vez de llevarlos a un vertedero autorizado, pagan a un tercero para que los traslade al primer sitio eriazo o camino rural que encuentre.
Me ha tocado, por ejemplo, recorrer la zona que va de Quilicura a Lampa, ¡y da pena verla!, pues este sitio maravilloso lleno de humedales se ha convertido en un verdadero basural, con animales muertos y escombros. Y, cada vez que le he solicitado al alcalde que los retire, me dice: "Sí, lo hacemos, pero a la semana siguiente está igual".
Todas las multas que hoy día se aplican no sirven, porque quienes se dedican a estas actividades tan lucrativas las pagan, y ello ya está incorporado al negocio. Incluso, hemos visto que recolectores formales retiran escombros y los botan en el sitio eriazo más cercano.
Por ello, me parece dramático que ciertas áreas -por ejemplo, la Cuarta Región o determinadas zonas aledañas a Rancagua, a Linares y a San Fernando- estén llenas de caminos rurales saturados de basura.
¡Esa realidad afecta a todo Chile!
Debo recalcar que este problema no solamente acarrea consecuencias sanitarias, sino que también afecta la calidad de vida de las personas.
No es lo mismo vivir en un país con barrios transformados en verdaderos botaderos de basura, que hacerlo en uno con lugares destinados al esparcimiento donde los niños puedan salir a pasear y jugar.
Por ejemplo, todas las zonas que bordean el río Mapocho están llenas de canchas de fútbol que no se pueden utilizar, pues se han transformado en depósitos de basura.
La ley en proyecto me parece interesante, puesto que establece sanciones adecuadas, ajustadas, que apuntan directamente a donde les duele a aquellos que efectúan estas acciones, ya que no solamente los castiga con una multa, sino también con el retiro de la licencia de conductor por determinado tiempo y con el envío al aparcadero municipal del vehículo con que se comete el ilícito.
Esas dos medidas son bastante más potentes que las multas.
Ahora bien, el tráfico de residuos peligrosos constituye una situación especial pues, a diferencia de lo que puedan pensar algunos acá, esos elementos generan gravísimos daños a la salud no solo en forma directa, sino también porque los líquidos escurridos se infiltran en las napas freáticas y contaminan con arsénico y plomo las aguas que luego son usadas para riego o consumo humano.
Por lo tanto, se trata de situaciones muy dramáticas.
En casi todas las regiones del país nuestras aguas se hallan contaminadas con metales pesados, que muchas veces provienen del transporte ilícito de basura tóxica que realizan personas que no quieren cumplir con la legislación sobre residuos peligrosos, porque hacerlo les resulta caro y, evidentemente, prefieren que la ciudadanía subsidie ese costo mediante el envío de desechos y de basura tóxica y peligrosa a verdaderos botaderos clandestinos.
Señora Presidenta, este proyecto ya ha sido revisado suficientemente y durante su discusión recibimos a todas las autoridades municipales interesadas y a expertos en la materia.
Por las razones expuestas, le pido a la Sala que, de una vez por todas, apruebe esta tan importante iniciativa para el país.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.


El señor PIZARRO.- Señora Presidenta, el titular de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, el Honorable señor Ossandón, fue bastante explícito en cuanto al detalle del contenido del proyecto y de sus normas más esenciales.
Su texto efectivamente fue producto de un largo trabajo en dicho órgano técnico, donde se revisaron y acogieron muchos de los criterios planteados en la discusión general de la iniciativa.
Si Sus Señorías lo recuerdan, en su primera propuesta el proyecto buscaba sancionar y evitar el transporte de desechos, pero además impedir que muchas personas hicieran de esto un negocio, una actividad lucrativa o, de manera inconsciente, que no hallaran nada mejor que trasladar basura o desechos hacia el lugar que les parece más cercano o más barato, sin considerar los efectos negativos que tal situación acarrea.
En el debate en general se planteó la necesidad de darle un mayor énfasis al tema de las multas, por sobre las otras sanciones que estaban contempladas en el proyecto. Y eso es lo que, con claridad, se consigna en el artículo 192 bis. En su primer inciso se establece que será responsable "El que encargue o realice, mediante vehículos a tracción animal, motorizada o no motorizada, el transporte, traslado o depósito de basuras, desechos o residuos de cualquier tipo, hacia o en la vía pública, sitios eriazos, o en vertederos o depósitos, clandestinos o ilegales, o en los bienes nacionales de uso público". Y después agrega el desglose de las distintas multas.
Especial preocupación hubo por sancionar la conducta de quienes, de manera consciente y regular, trasladan desechos tóxicos o peligrosos para la salud y seguridad de las personas, incluyendo los residuos que se transforman en focos de infección, los cuales pueden provocar problemas generalizados de salud pública.
Se consideró necesario imponer un mayor castigo para quien transporta conscientemente ese tipo de desechos. Por ello, se establecen, además de multas fuertes, dos castigos adicionales: la suspensión de la licencia de conductor y el presidio menor en su grado medio.
Dicha norma, que puede parecer llamativa por disponer una pena de cárcel para quienes desarrollen la conducta descrita, tiene su razón de ser: busca combatir la acción de gente que lucra con esto, de manera consciente y permanente. Se trata de un comportamiento delictivo reiterado, que transforma esto en un negocio, poniendo en riesgo la seguridad del resto de la población.
Por otra parte, durante la discusión en la Comisión, se revisó la legislación comparada en esta materia. Hago presente que las sanciones señaladas se encuentran consignadas en varios ordenamientos jurídicos de países desarrollados.
En consecuencia, estimo que el órgano técnico cumplió con el mandato que le dio la Sala, en el sentido de proponer un proyecto que responda a la necesidad urgente de controlar el traslado ilegal de desechos a lugares clandestinos, con el objeto de cuidar en muchos casos el patrimonio natural (parques, zonas públicas). Las personas están siendo perjudicadas, pues no pueden acceder a tales espacios con garantías mínimas de seguridad.
Por esa razón, sugiero a la Sala votar a favor la iniciativa en particular y le solicito, señora Presidenta, que haga sonar los timbres, dado que, para aprobar el articulado propuesto, se requiere quórum orgánico constitucional y algunos colegas se encuentran en Comisiones.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor García-Huidobro.


El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Señora Presidenta, creo que este proyecto va en el camino correcto, por cuanto nuestro país no puede seguir soportando el hecho de que haya personas que boten basuras y escombros en la vía pública o en lugares privados no autorizados. Ello le hace daño al ecosistema.
Además, se originan negocios a raíz de esta conducta ilícita.
Lo único que se logra es que se deban utilizar muchos recursos públicos para limpiar las calles, los caminos rurales y muchos sectores urbanos. La situación ha llegado a tal punto que el costo de retirar estos escombros es altísimo para muchos municipios, lo cual les impide desarrollar otro tipo de actividades en la comuna.
Hace años, junto con el entonces Diputado Eluchans, presenté una moción similar a esta en la Cámara Baja. Pues bien, muchas de las normas ahí propuestas se incorporaron en el proyecto que nos ocupa para permitir que este se convierta en ley de la república lo antes posible.
Asimismo, se requiere analizar la necesidad de los municipios de contar con recursos para habilitar puntos limpios.
Me pregunto: ¿cuántos existen hoy en Chile? Los tienen solo las comunas que disponen de mayor cantidad de fondos. La mayoría de las municipalidades de nuestro país no cuentan con ellos. Entonces, ¿adónde va una persona que precisa botar una lavadora en desuso o un colchón viejo?
Cuando se hacen mejoras en las viviendas, se producen escombros. Y la gente suele encargar a otras personas el retiro de estos, porque los municipios muchas veces no ofrecen el servicio de recolección en estos casos. El problema es que esas personas se dedican a esta actividad en forma clandestina. ¿Y adónde van a botar la basura? Al lugar más cercano posible. Y cobran por ello.
Por lo tanto, valoro el carácter integral de esta iniciativa.
Apunta en el sentido correcto, pues sanciona a quienes transporten basuras, desechos y, también, residuos tóxicos.
Lo relevante es que quedó explicitada en la norma la posibilidad de retirar de circulación el vehículo utilizado en dicha acción. Y ustedes saben lo que pasa cuando un vehículo llega al corral municipal: en dos o tres días -es lo más probable- quedará la mitad de él.
Pienso que el incentivo existente para no seguir incurriendo en este tipo de conductas es muy positivo, amén de las sanciones propuestas: multas, suspensión de licencia, inhabilidad para obtenerla y, como ya dije, retiro de circulación del vehículo.
Es muy importante aprobar este proyecto. Necesitamos un país con mayor compromiso por el orden ecológico. Sin embargo, hay comunas que pasan por momentos de aflicción en este ámbito. Las personas a veces no pueden entrar a ciertos sectores poblados por la cantidad de escombros que se han botado en sus caminos.
Quiero valorar el trabajo que realizaron el Presidente de la Comisión, Senador señor Ossandón, y todos sus miembros.
Si hay un proyecto que se necesita hoy día en Chile, es este, que sanciona a quienes lucran en forma vergonzosa con esta actividad. Suelen utilizar el engaño para hacer creer a las personas que les encargan el retiro de desechos que los depositarán en espacios supuestamente autorizados. Pero los terminan dejando en el lugar donde más les conviene económicamente.
Ojalá, señora Presidenta, la iniciativa se apruebe por unanimidad y se vaya luego a la Cámara de Diputados.
Hago presente que el Ejecutivo presentó una indicación a efecto de fijar el plazo de 2 años para que las municipalidades dicten las ordenanzas correspondientes. Los Senadores integrantes de la Comisión formulamos otra para que dicho término fuera de un año.
En consecuencia, la UDI votará favorablemente el proyecto en particular. Espero que el Gobierno le ponga una urgencia mayor en el trámite siguiente, porque su propuesta es de aquellas que van en beneficio de la gente que vive día a día en sectores muy afectados.
La señora ALLENDE (Presidenta).- En votación las enmiendas aprobadas por unanimidad en la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
--(Durante la votación).
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Quinteros, para fundar su voto.


El señor QUINTEROS.- Señora Presidenta, quiero reiterar mi opinión expresada con ocasión de la discusión en general de esta iniciativa, en el sentido de que urge regular esta materia, atendida la proliferación de basurales espontáneos o irregulares en predios o caminos públicos de todo el país, como acá se ha dicho.
Este proyecto releva la necesidad de que todas las comunas de Chile cuenten con adecuados rellenos sanitarios o lugares habilitados para la disposición de residuos tanto domiciliarios como industriales, que cumplan con los estándares ambientales pertinentes.
Por ejemplo, en las comunas de las provincias de Osorno y Llanquihue eso se logró con apoyo de la cooperación internacional, pero hoy puede estar en riesgo por decisiones unilaterales de algunos actores.
Entrando en la discusión en particular de este proyecto, cabe destacar que, en su momento, se advirtió que un motivo para legislar era que las sanciones administrativas son insuficientes para frenar el transporte ilegal de residuos.
La iniciativa que nos ocupa se inició con la introducción de una letra h) al artículo 192 de la ley Nº 18.290, de Tránsito. Luego derivó en la redacción de un artículo 192 bis, que se vio complementado, después de las indicaciones, con los artículos 192 ter y 192 quáter.
Estoy de acuerdo con el trabajo de la Comisión de Transportes, que resolvió los reparos a la proporcionalidad de las sanciones y las deficiencias técnicas en la redacción de los tipos penales con respecto al proyecto original.
Sin embargo, algunas de las nuevas disposiciones abordan materias muy disímiles y desnaturalizan la intención y el objeto de legislar, que se ha desbordado para ampliar las sanciones hacia sujetos activos que están absolutamente desvinculados del tráfico vial, como es el caso del sujeto descrito al comienzo del artículo 192 bis: "El que encargue".
Por otro lado, el artículo 192 quáter señala ante quiénes se hacen las denuncias. Menciona a las municipalidades, a Carabineros de Chile y a la autoridad sanitaria. Y los destinatarios de las denuncias serían el Ministerio Público y los tribunales competentes.
Aquí surge otro problema: constatar cuál es el tribunal competente. Se rompe el orden previsto en la referida ley para tratar sus contravenciones.
Recordemos que el artículo 192 está inserto en el Título XVII de la Ley de Tránsito, que contempla dos párrafos: el primero ("De los delitos y cuasidelitos") va del artículo 190 al 198, y el segundo ("De las infracciones o contravenciones"), del artículo 199 al 206.
El único tipo penal que sanciona con pena privativa de libertad se consigna en un inciso del artículo 192 bis, el cual establece que el responsable "será castigado con presidio menor en su grado medio y con la suspensión de la licencia de conductor e inhabilidad para obtenerla hasta por 2 años".
Las demás normas del artículo 192 bis y los incisos del artículo 192 ter corresponden a infracciones; por ende, deberían estar ubicadas en el párrafo segundo del Título XVII de la Ley de Tránsito, que es donde se abordan tales materias. Ello es importante, más allá del orden de las disposiciones legales, en razón de que, por su actual ubicación en el párrafo "De los delitos y cuasidelitos", todas las infracciones propuestas tendrían que ser conocidas por los juzgados de garantía y por el Ministerio Público, lo cual recargaría el trabajo de estos órganos.
Por lo tanto, pido que se revise esa situación y se determine exactamente qué entidad tiene la competencia para conocer de estas infracciones y ordenar la ubicación de estas normas en el párrafo que corresponda. Así sabremos con certeza si esta materia debiera ser de conocimiento de los juzgados de policía local o de los tribunales de garantía.
En conclusión, pienso que, en una nueva revisión posterior de la Comisión, debe reordenarse el contenido del proyecto, de tal manera que sus disposiciones se correspondan con el orden previsto en la Ley de Tránsito: por una parte, los delitos y cuasidelitos de competencia de los tribunales de garantía y, por otra, las simples infracciones o contravenciones de competencia de los juzgados de policía local.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Les recuerdo a Sus Señorías que estamos en votación.
Tiene la palabra el Senador señor Moreira.


El señor MOREIRA.- Señora Presidenta, creo que los patrocinantes de la iniciativa describieron muy bien el texto propuesto. Por lo tanto, me remitiré a realizar algunas consideraciones sobre su contenido.
En primer lugar, celebro que esta moción, que viene desde hace muchos años, se esté llevando adelante. Recuerdo que el Senador García-Huidobro -no sé si cambió el proyecto- presentó uno similar en la Cámara Baja cuando era Diputado.
Estimo que esta iniciativa colabora en parte -no es la solución- a resolver el problema de la proliferación de vertederos o basurales ilegales, que está afectando a todas las regiones de nuestro país, en especial a la que yo represento, la de Los Lagos.
¡Cuántas veces hemos visto en los medios de comunicación debatir en forma candente esta materia! Con el Senador Quinteros hemos trabajado juntos por nuestra comunidad y caminado por los distintos lugares. Y los problemas son siempre los mismos. Escuchamos a la gente en todo momento porque entendemos que sus dificultades no tienen color político.
El asunto que nos ocupa produce un daño ambiental que muchas veces, como se ha descrito, es bastante serio. Ello sucede, por ejemplo, cuando se contaminan las aguas de ríos, lagos o napas subterráneas, o se amenaza la salud pública, pues no pocas veces los referidos vertederos se emplazan en zonas cercanas a poblados humanos.
El presente proyecto pretende persuadir, mediante el aumento de las sanciones, a los infractores de las normas relativas al traslado de los residuos domiciliarios o industriales y al depósito de estos en zonas no autorizadas para tales efectos.
Pero, por mucho que se eleven las sanciones, señora Presidenta, si no se genera un cambio cultural en las personas, es muy difícil que este tipo de iniciativas cumplan sus objetivos en un cien por ciento.
Sin embargo, resulta pertinente señalar que no es suficiente el aumento de las multas y sanciones para evitar la realización de esta conducta reprochable, que a menudo se ha transformado en un negocio, que debe ser debidamente castigado.
En efecto, para solucionar el problema de la proliferación de vertederos o basurales ilegales no basta solo con el incremento de penas a los infractores. Se necesita, previamente, aumentar la dotación de fiscalizadores al objeto de identificar a los responsables y, luego, aplicarles las debidas sanciones.
En tal sentido, lo ideal sería acompañar la ley en proyecto con una iniciativa que permita a los municipios contar con los recursos humanos y económicos necesarios para ejercer tal potestad, y así sancionar a quienes se dedican a transportar basura a lugares no habilitados, con lo cual se genera daño al medio ambiente y riesgo a la salud de las personas.
En el caso de la Región de Los Lagos, veo con preocupación la demora, por distintas circunstancias, en el avance de los rellenos sanitarios que se requieren para enfrentar adecuadamente el tratamiento de los residuos domiciliarios e industriales. Y se agrava la situación en virtud de que, al fomentar el desarrollo de las empresas salmoneras, que mucho empleo dan a nuestra Región, aumenta la necesidad de tener las instalaciones del caso para recibir los desechos que provengan de tales industrias.
Por último, cabe señalar que debemos construir un sistema que sea amigable con la ciudadanía, de manera que los vecinos de las distintas ciudades cuenten con alternativas claras y fáciles para disponer de escombros y otros residuos domiciliarios.
En consecuencia, celebro esta iniciativa legal, que, a mi juicio, apunta en el sentido correcto. Pero considero que, para resolver el problema de fondo, debemos abordar de forma más integral el sistema de recolección, transporte y depósito de los residuos domiciliarios e industriales.
Por todo lo expuesto, voto que sí.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señora Presidenta, esta materia la venimos discutiendo con el Senador Girardi desde que conformábamos la bancada verde, allá por el año 95, 96. Y el problema aún continúa sin solución.
Si bien el proyecto que ahora nos ocupa contiene aspectos importantes, quiero llamar la atención -se lo comenté a dicho colega, en la mejor de las disposiciones, dada la experiencia que tenemos en este ámbito- sobre un conjunto de elementos que nos saldrán al encuentro al primer paso que demos.
El artículo 192 bis señala: "El que encargue o realice, mediante vehículos a tracción animal, motorizada o no motorizada¿". Y ahí viene la dilución de la responsabilidad. Porque se le carga la mata al conductor del vehículo, pero no aparece el concepto "dueño de los residuos", "propietario de los residuos".
El señor LETELIER.- Es quien "encargue".
El señor NAVARRO.- "El que encargue".
A propósito -el Senador Letelier debe de recordarlo-, cuando estuvimos contra Trillium y contra Golden en Chiloé, fuimos a fiscalizar como Diputados. Y en esos casos la CONAF multó a los propietarios, a los pequeños campesinos: ¡todos multados por la CONAF! ¡Pero no la Golden, la empresa que había pagado por pasar y había echado abajo los bosques nativos¿! Porque la ley hacía mención del propietario.
La norma en comento señala: "El que encargue o realice, mediante vehículos¿". Está claro que "realice" se refiere al conductor o al dueño del vehículo.
Pero qué dice el Diccionario de la Real Academia Española respecto de "encargar": "Encomendar, poner algo al cuidado de alguien. Recomendar, aconsejar, prevenir. Pedir que se traiga o envíe algo de otro lugar. Echar peso sobre algo. Dicho de una mujer: Quedar embarazada".
Ya tenemos lata experiencia en los debates jurídicos.
La denuncia más reciente, del 11 de abril de 2014, se refiere nada más y nada menos que a Bocamina Coronel, donde el Alcalde, de RN, descubrió un vertedero clandestino a pocos metros, con residuos, con todo lo que ustedes se puedan imaginar. Y resulta que al final se buscaba a quien transportó.
Pero ¿qué sucede con el dueño, con el propietario de los residuos, quien debe responsabilizarse de que los desechos de su empresa, la cual gana miles de millones, no vayan a parar a un vertedero clandestino?
Entonces, señora Presidenta, les planteo a los abogados de la Comisión de Constitución y a los colegas Senadores que con el concepto "El que encargue" terminaremos responsabilizando al capataz de la faena, de la constructora; al tío de la señora que por encargo le pidió a alguien que sacara los escombros. Y el encargado siempre será alguien que no tendrá cómo responder; entonces, apelará a la condición de pobreza y no pagará ninguna multa.
Porque si los abogados van a la letra de la norma y ven la expresión "El que encargue" -ya leí la definición del Diccionario-, no hay dónde perderse: el juez decidirá respecto del que encargue, no del propietario. Así, será la persona de menor responsabilidad o de menor rango de la empresa quien deberá asumir que ella dio la orden de llevar los residuos, los escombros a determinado lugar. Y los demás se escudarán en eso.
Al final, la multa, sea de 84 mil pesos, sea de 4,2 millones de pesos -el rango va de 2 a 100 UTM-, quedará en nada.
Como señalé, nos ha ocurrido con CONAF y los pequeños campesinos: dicha Corporación aplica la multa al propietario, no a la empresa que paga por pasar y tala los bosques nativos arrasándolos.
Me parece muy injusto lo que sucede.
Hace dos minutos hablaba por teléfono con Guillermo Rivera, Director de Medio Ambiente de la Municipalidad de Talcahuano, quien me decía: "Nos aburrimos de cursarles partes a los transportistas, porque cuando les quitábamos la licencia concurrían a reclamar con toda la familia, de escasos recursos, para plantear que no podían quedarse sin carné de conductor. ¡Y llegaban al municipio a pedir canastas familiares¿!".
El señor PÉREZ VARELA.- O les retiran el vehículo.
El señor NAVARRO.- O les retiran el vehículo. ¡Y da lo mismo!
Agregaba dicho personero: "Estamos parteando a los dueños de los residuos. A ellos les estamos aplicando la multa, cargándoles la mata. Porque al multar al transportista, al conductor, el efecto es claramente nulo".
En segundo lugar, en todas nuestras comunas hay vertederos, se acumula basura frente a complejos¿
La señora ALLENDE (Presidenta).- Perdón, señor Senador: tiene un minuto para redondear su idea.
El señor NAVARRO.- Me corresponden diez minutos, señora Presidenta. Solo hago uso de mi derecho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Estamos en la discusión particular, Su Señoría: son cinco minutos, no diez.
El señor NAVARRO.- Redondeo entonces.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Estamos respetando los tiempos.
No se preocupe. Le otorgaré un par de minutos para que complete sus conceptos. Pero -reitero-, tratándose de la discusión particular, corresponden cinco.
El señor NAVARRO.- Gracias, señora Presidenta.
Yo entiendo el debate. Conozco a mis colegas desde hace tiempo. Sé de su preocupación por esta materia.
En otra norma del proyecto se habla de encargar el transporte de "desechos tóxicos, peligrosos o infecciosos".
¡Ese es un hecho gravísimo!
¡A quien transporta desechos tóxicos o infecciosos no se le puede aplicar una multa de 20 a 150 UTM! ¡Está cometiendo un cuasidelito, pues genera riesgo sanitario!
No sé si incorporar "desechos tóxicos, peligrosos o infecciosos" contraviene el Código Sanitario, que imagino será más potente para castigar a quien ande paseando por la ciudad con elementos de aquella índole y poniendo en riesgo la salud de toda la comunidad.
También se dispone que "Las Municipalidades dictarán una ordenanza¿".
Vamos a tener 345 ordenanzas distintas, con diversos criterios. Y habrá comunas donde será más fácil botar escombros y otras en las que resultará más difícil.
La iniciativa que nos ocupa también señala que se "remitirán los antecedentes al Ministerio Público o a los tribunales".
Esto va a ser interminable. Y no habrá ninguna sanción, porque los municipios no informarán.
En mi opinión, la gestora debe ser la municipalidad de origen.
Porque yo no veo vertederos clandestinos ni en Las Condes, ni en La Dehesa, ni en Providencia. Ellos se encuentran en otras comunas, a las que siempre aquejan otras preocupaciones, más que la basura botada en la esquina.
Señora Presidenta, tengo serias observaciones acerca del proyecto en análisis. No sé si los Senadores podrán acogerlas.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señora Presidenta, estimados colegas, un adagio popular dice que lo mejor es enemigo de lo bueno.
En el debate sostenido en la Comisión quedó en evidencia un propósito: establecer un mecanismo para sancionar a quienes a sabiendas generan, transportan, depositan y reciben escombros, etcétera, y a los promotores de rellenos sanitarios ilegales. O sea, se trata de situaciones no deseadas en la ciudad.
Existen microbasurales en cientos de comunas de nuestro país, generados por nosotros mismos, los ciudadanos: algunos, irresponsablemente; otros, de buena fe, al dirigirse a alguien que a su parecer está autorizado para llevar los escombros a un lugar permitido; otros, botando desechos en la calle, en caminos rurales; otros, inescrupulosamente, al usar terrenos de su propiedad para mantener basurales o rellenos ilegales.
Lo que queremos es caminar en una dirección para identificar a los integrantes de esa cadena.
Por cierto, está "El que encargue". Fue uno de los debates que se desarrollaron. Lo digo en relación con lo que manifestó el Senador Navarro, a quien le asalta una preocupación legítima.
Pero el primero que encarga es el propietario. Puede hacerlo -fue parte de la discusión, y es bueno que quede en la historia de la ley- también quien esté trabajando en la construcción o en la ampliación de una vivienda. A veces actúa como "el que encarga"; pero en el fondo lo está haciendo indirectamente, por mandato del dueño.
Por tanto, en ningún momento se busca evitar la responsabilidad del que genera, que es quien encarga un trabajo que produce los residuos que se quiere botar en otros lugares.
Se habla de "desechos o residuos" porque se desea abarcar diversas situaciones: escombros de la construcción, pero también colchones, lavadoras, refrigeradores u otro tipo de elementos que surgen de un hogar.
Lo importante es sancionar a quienes botan desechos y generan basurales ilegales en diferentes sitios, sea en los caminos, sea en los ríos. Y -digamos la verdad- a veces hasta funcionarios municipales participan en esa actividad -botando escombros en los ríos, en fin- cuando los municipios no tienen rellenos adecuados.
Pero, junto con lo anterior, mediante la ley en proyecto queremos iniciar un proceso de transformación cultural en que se sancione a quien encarga el traslado o el depósito; a quien maneja los vehículos. Se quiere quitar los vehículos, y a los reincidentes, suspenderles la licencia, para que se entienda que aquí hay un rechazo societal.
También, como muchos sabemos, en algunas partes el traslado se realiza en carretones.
A la vez, debe entenderse que tratándose de esta actividad, que es lícita cuando se cuenta con los permisos pertinentes y se lleva la basura a los lugares correspondientes, se desea premiar al que lo hace bien y sancionar a quien lo hace mal.
Es cierto: se han puesto castigos mayores para el transporte de desechos tóxicos, peligrosos, infecciosos. Podríamos haberlo obviado. Pero esta situación también ocurre. La idea aquí es reiterar algo que ya está en el Código Sanitario.
De otro lado, se fijan criterios en cuanto a los reincidentes.
Y se establece algo que será muy difícil: la obligación de los municipios de dictar ordenanzas que regulen las autorizaciones para transportar basura, en fin.
Por desgracia, no estamos en condiciones de sancionar a las municipalidades, pero sí queremos que sepan que deben dictar esas ordenanzas.
Por último, señora Presidenta, se incluye un elemento muy importante: el derecho de denuncia por cualquier persona que sorprenda o detecte las conductas descritas en el proyecto.
El artículo 192 quáter constituye una innovación tremenda, ya que cualquier persona que detecte tales conductas podrá sacar una foto con el celular¿
La señora ALLENDE (Presidenta).- Perdón, señor Senador: tiene un minuto para redondear la idea.
El señor LETELIER.- Como decía, señora Presidenta, a los ciudadanos les será posible denunciar, y las fotografías que saquen con su equipo móvil servirán de prueba para que la autoridad respectiva castigue a los responsables.
El Senador Quinteros planteó un tema del cual deseo hacerme cargo.
Hay dos tipos de sanciones. Por un lado están las multas. Pero para el caso de que algunas de las prácticas descritas sean peligrosas o vayan más allá de simples faltas se contempla incluso la privación de libertad.
En seguida, es efectivo que uno podrá debatir qué tribunales deben conocer las causas. Pero, en la forma como está estructurada esta iniciativa, nosotros no innovamos en lo que establece el Código Sanitario: solo incluimos un punto que ya figura en él.
Lo que queremos, señora Presidenta, es terminar con una práctica que le hace mal a Chile.
Por eso, invitamos a votar que sí.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.


El señor PÉREZ VARELA.- Señora Presidenta, el proyecto de ley que tenemos en nuestros escritorios -yo lo voy a votar favorablemente- aborda solo un punto del problema global de la basura: el transporte. Y, a mi juicio, camina en la dirección adecuada al hacer más drásticas las sanciones, castigar la reincidencia y darles a los órganos públicos mayor energía para combatir este flagelo, que se registra en todo el país. En efecto, los sitios eriazos y los caminos rurales cercanos a las grandes ciudades se han transformado en basurales donde, como aquí se decía, se botan cocinas, televisores, colchones, etcétera. Por lo tanto, hay que enfocarse en sancionar el transporte de desechos.
Los vertederos ilegales de que hablaba el Senador Navarro son otra materia. Y el Código Sanitario le entrega a las autoridades de Salud todas las atribuciones para clausurarlos. Yo soy testigo de cómo las de la Región del Biobío han actuado frente a depósitos de aquella índole.
Por consiguiente -reitero-, aquello no forma parte de la discusión del proyecto de ley que nos ocupa.
¿Qué me preocupa de esta iniciativa, a pesar de haberla votado a favor? Que les otorga a las municipalidades el plazo de un año para dictar una ordenanza. En consecuencia, aprobada y puesta en ejecución la normativa en análisis, el traslado de basura en los caminos seguirá siendo, por doce meses, imposible de sancionar. Porque, ante cualquier reclamo en un juzgado de policía local, por ejemplo, la eximente será: "La municipalidad todavía no dicta la ordenanza". Y, por lo tanto, el transportista podrá decir: "Desconozco los requisitos para obtener la autorización; desconozco los requisitos para hacer el transporte; desconozco adónde tengo que llevar los desechos".
Me parece que la ordenanza municipal no era estrictamente necesaria. Llevar basura a un sitio eriazo, a un lugar rural, en fin, tiene que ser ilegal, ilegítimo: no debe esperarse la dictación de una ordenanza.
Esa es la preocupación que deseo expresar en el momento en que estamos aprobando en particular esta normativa, pues daremos un espacio demasiado largo para que las conductas descritas se sigan registrando sin que la autoridad disponga de los mecanismos y las atribuciones indispensables para castigarlas.
Estoy seguro de que las normas del Código Sanitario -las ambientales, las administrativas en general- sancionan a quien tira basura a un sitio eriazo, o a un potrero, o a un lugar abandonado. No es necesario, a mi juicio, dictar la ordenanza a que se refiere el proyecto, más aún cuando la mayoría de las municipalidades cuentan con ordenanzas -valga la redundancia- sobre el servicio de aseo domiciliario, donde se establecen con detalle las características que deben reunir los vehículos que realizan la extracción de basura, los lugares adonde deben ir a botar los desechos, etcétera.
Por lo tanto, señora Presidenta, el proyecto avanza de manera correcta. Empero, creo que la obligación de dictar la ordenanza municipal a que se refieren los incisos finales del artículo 192 bis debilita en parte las normas y las sanciones que se establecen. El combate a las situaciones ilegales debe conllevar una sanción inmediata a la persona que las protagoniza. Quien posee una camioneta y transporta basura o desechos en cualquier parte de una comuna no está cumpliendo la ordenanza de la municipalidad correspondiente en materia de residuos domiciliarios; por lo tanto, debe ser castigado.
Pienso que la laxitud hacia la obligación de dictar una ordenanza puede debilitar el propósito, que yo comparto, de establecer el castigo; elevar las sanciones; confiscar el vehículo en caso de reincidencia; limitar el permiso de circulación, etcétera, porque, como señalé, es factible que la dictación no se concrete ni siquiera en los doce meses que dispone la ley en proyecto.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señora Presidenta, luego de oír a Senadores que me antecedieron hace algún rato en el uso de la palabra, deseo hacer dos aclaraciones previas.
Primero, a quienes sostienen que no están de acuerdo y que es posible mejorar la iniciativa en el futuro debo recordarles que nos hallamos en la discusión particular. Contaron con todo el tiempo del mundo para presentar indicaciones como lo hicieron muchos otros colegas.
Obviamente, los procesos tienen cierto tiempo. Y es necesario entenderlo.
Y segundo, este proyecto no pretende regular la producción y el transporte de la basura en general. Lo que busca específicamente es sancionar el traslado de desechos hacia determinados lugares.
O sea, es una iniciativa acotada. Y está bien que sea así. No podemos pedirle a un proyecto con tal grado de acotamiento que solucione todos los problemas que supone el depósito de basura; de desechos; de residuos tóxicos, peligrosos, infecciosos, en fin, porque ello escapa a su propósito.
Yo quiero recordar que esta iniciativa fue bastante discutida en su época. Aparentemente, hoy se han recogido muchas de las observaciones que se plantearon durante la discusión general. Si Sus Señorías recuerdan, el texto original tenía un objetivo diferente. Creo que el proyecto mejoró mucho en el tiempo y se circunscribió a los cuatro elementos que a mí me parecen adecuados.
El primero es la sanción -sea con multa, con inhabilidad para manejar o con retiro del vehículo- a quienes transporten, trasladen o depositen basuras, desechos o residuos en la vía pública, en sitios eriazos o en vertederos, depósitos o rellenos clandestinos o ilegales.
Tales conductas, que en el sector urbano pueden ser raras, en el mundo rural se hallan muy extendidas y son muy nocivas.
Y ese es el punto.
No constituye una cosa menor que de repente alguien vote desde una camioneta un saco que contiene algo. No. Se trata prácticamente de industrias que incumplen las obligaciones relacionadas con el depósito de basuras y, generalmente durante la noche, afectan a muchos vecinos que ven cómo en sus espacios se instalan verdaderos vertederos clandestinos. Y otros, más inescrupulosos, con cantidades de desechos bastante menores y a los que no dan ningún tipo de tratamiento, optan por una solución que en otras condiciones les resultaría mucho más cara.
Me parece importante ese punto.
Además, creo que, si media la presencia de elementos tóxicos o peligrosos, el presidio menor en su grado medio es un castigo significativo.
Alguien lo miró en menos. ¡Ojo! Es una pena que, sumada a otras sanciones, puede revestir mayor gravedad.
Considero adecuado exigir que en el caso de los vehículos recolectores de residuos domiciliarios se determine un destino final para la disposición de los desechos. Y hay que ejercer un control adecuado -en este aspecto, la comunidad suele reclamar bastante-, ya que de lo contrario se pierde la trazabilidad, que es cada vez más relevante si se quiere tener un medioambiente de mejor calidad.
Quizás lo más novedoso -y se lo preguntaba al Presidente de la Comisión- tiene que ver con la capacidad de colocar a los ciudadanos como actores de la fiscalización -obviamente, con restricciones; porque tampoco podemos darles poder total en términos de transformarlos en comisarios, como en el far west- para que, a través de fotografías, filmaciones u otros medios, acrediten ante Carabineros, la autoridad sanitaria o el Ministerio Público el transporte o el traslado de basuras u otros elementos a vertederos o depósitos clandestinos o ilegales. ¿Por qué? Porque -esto hay que entenderlo- son tres situaciones distintas: unas tienen que ver con Carabineros; otras, con la autoridad sanitaria, y otras, con el Ministerio Público. Eso es lo que corresponde. Porque la cuestión no es al lote: debe existir cierta lógica.
Si integramos bien a la comunidad, con ojo avizor frente a aquel tipo de incumplimiento y sin entrar en el mundo de las persecuciones, contribuiremos a que la autoridad disponga de mayor información y, por esta vía, responda más apropiadamente a las obligaciones que le impone la ley en proyecto.
El texto que nos ocupa me parece mucho mejor formulado que el original. Por tanto, señora Presidenta, vamos a aprobarlo.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Montes.


El señor MONTES.- Señora Presidenta, es claro que nuestras ciudades presentan un problema nuevo: la producción de residuos y escombros que no existían hace cinco o seis años, cuando era muy difícil ver un sillón, un refrigerador, una cocina, residuos de construcción botados en las calles.
Todas las ciudades que van llegando a determinado ingreso per cápita empiezan a generar ese tipo de situaciones.
¿Cómo se enfrenta el problema?
En nuestro caso se terminó imponiendo el peor modelo: vehículos ilegales que recogen basuras, desechos y residuos y los trasladan normalmente a botaderos clandestinos, contaminando la ciudad al esparcirlos por distintas partes.
¿Qué hace el proyecto que nos ocupa? Para terminar con aquella manera de afrontar la situación, procura contener a los vehículos que transportan dichos elementos y los depositan en lugares inadecuados.
Hasta ahí, la solución está bien. Pero a uno le surgen dudas en el sentido de si el mecanismo diseñado va a operar o no. Porque mientras haya más crecimiento económico y mientras mayores ingresos perciban las familias, el problema irá aumentando, al incrementarse la cantidad de basuras, desechos y residuos.
Considero importante asumir que el problema es real; que la solución actual es mala, y que, por tanto, hay que sancionar.
Sin embargo, aquello no basta. Es necesario diseñar un mecanismo apropiado para nuestras ciudades. Y la solución es distinta, dependiendo de si estas son pequeñas, medianas o grandes.
Inevitablemente, debemos pasar a una etapa de procesamiento tanto de los residuos cuanto de los escombros y las basuras y los elementos del hogar que se van botando.
Hay que ver qué hacen al respecto otros países.
En primer lugar, de todo aquello procuran obtener energía. Y no estoy hablando de Europa, de las naciones desarrolladas, sino de los países de América Latina.
Chile todavía no tiene ninguna planta productora de energía a partir de los residuos. Se está tratando de instalar algunas (entiendo que una está a punto de comenzar a funcionar en Padre Las Casas, en el sur), pero con muchas dificultades, pues todas las políticas públicas tienden a no otorgar incentivos. Y el Estado no ha querido entrar en ello, pese a que el volumen de residuos existente indica que debe hacerlo.
En mi concepto, es fundamental pensar en soluciones más estructurales. No solo hay que rechazar la modalidad que se terminó imponiendo ante la ausencia de otras soluciones.
Convengo en la necesidad de aplicar sanciones, pero dudo de que ello solucione el problema, porque este sigue creciendo. Por ende, se requieren alternativas efectivas.
Imagino que el punto se discutió bastante en la Comisión y que se revisaron diversas posibilidades. Pero, a mi entender, en el caso de la disposición de residuos hay que ponerse en otra etapa.
La Subdere tiene un fondo para ello. Y uno pregunta qué hemos hecho con él en los últimos diez años.
Tenemos convenios con los suecos, con los alemanes. Pero la verdad es que estamos muy atrasados en lo concerniente al tratamiento de residuos.
En esta materia se requieren empresas públicas, empresas público-privadas en algunas ciudades. Y hay que empezar de una vez por todas.
Esta es una de las expresiones del problema, el que debe asumirse desde su raíz.
Ojalá que empecemos pronto el debate, señora Presidenta, pues entiendo que se están pensando alternativas desde el Ejecutivo.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Honorable señor Ossandón.


El señor OSSANDÓN.- Señora Presidenta, desgraciadamente, no está el colega Navarro, a quien deseaba darle una explicación.
Este proyecto, en verdad, no soluciona todos los problemas, pero les da a los municipios una tremenda herramienta.
Algunos Senadores han manifestado en esta Sala que la iniciativa es muy complicada para dichas corporaciones, pues se va a crear una ordenanza al revés.
Creo que no hay que mirar en menos a las municipalidades.
La ordenanza es para facilitar la operatividad del sistema en cada comuna, ya que las realidades son completamente distintas.
Entonces, le digo al colega Pérez que no se preocupe, pues la ordenanza no elimina la posibilidad de sanción.
Puedo expresarles a Sus Señorías que, cuando era Alcalde de Puente Alto, para recoger escombros gastábamos mensualmente mil camionadas de entre cinco y seis metros cúbicos -ello no es menor para ciertas comunas grandes de la periferia-, lo que significaba movimiento de maquinaria, recolección y fletes hacia los vertederos.
A este proyecto le hicimos muchas indicaciones sobre la base de una experiencia práctica. Y estoy seguro de que va a resultar.
Y quiero aclarar dos puntos.
Se habla bastante de que la problemática más grande la constituyen las lavadoras, los refrigeradores, los sillones. Pero no es así. La mayor dificultad está dada por los escombros mezclados con basura y con material orgánico generado por obras pequeñas y medianas edificadas normalmente sin permiso municipal, lo cual implica que no sean controladas conforme a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Al revés de lo que planteó el Senador Navarro, comunas como Las Condes, Vitacura, etcétera, no provocan ese problema, pues en ellas es muy difícil construir sin permiso municipal, por la cantidad de los fiscalizadores existentes. Para edificar en ellas -y eso debería ocurrir en todo Chile- se debe justificar con un contrato de disposición final el traslado de los escombros. De lo contrario, la sanción es muy dura.
Entonces, esta iniciativa busca solucionar el problema práctico que sufre la mayoría de las comunas periféricas. Y en ella también dejamos especificado lo concerniente a los bienes nacionales de uso público, pues muchos ríos -por ejemplo, el Maipo y parte del Mapocho- se están transformando en verdaderos basurales.
Entonces, hay que confiar más en los municipios.
La iniciativa en debate da muchas herramientas. Puede mejorarse. En todo caso, su importancia radica en que se centra fundamentalmente en el transporte, pues el Código Sanitario castiga con mucha fuerza a los vertederos, pero el hecho cierto es que gran parte de los escombros se tiran en las orillas de los caminos, en las calles, no en aquellos.
Según mi experiencia, puedo señalar que, por ejemplo, en las comunas de La Pintana, Pedro Aguirre Cerda, Puente Alto y La Florida, de la Región Metropolitana, la mayor operación del negocio en comento se efectúa mediante carretón. Empero, el control de este es ultracomplicado. Primero, porque quien lo maneja no posee licencia de conducir. En seguida, ni el municipio ni Carabineros tienen capacidad para llevarse al animal que tira el carretón; entonces, lo único que queda para sancionar es la requisición del carretón.
En la comuna de La Pintana hoy existe un proveedor que cuenta con más de 200 carretones e igual número de caballos -¡es un tremendo negocio!- que tienen sucia gran parte del área sur de Santiago. Sin embargo, con la normativa actual resulta imposible fiscalizarlos.
Así que, a mi juicio, la ley en proyecto es buena, aunque puede perfeccionarse. A decir verdad, se hizo sobre la base de una experiencia absolutamente práctica. Y va a ayudar. No es la solución definitiva. Pero no nos equivoquemos: a pesar de que son muy importantes los espacios limpios, mucha gente, por ahorrarse el cobro de la disposición final de los desechos, los deja botados en cualquier esquina.
En tal sentido, también cabe destacar que la participación de los vecinos y de sus dirigentes será muy significativa, pues las grabaciones y las fotografías constituirán las pruebas. Y se busca sancionar al generador...
La señora ALLENDE (Presidenta).- Perdón, señor Senador: dispone de un minuto adicional para redondear su idea.
El señor OSSANDÓN.- Decía, señora Presidenta, que se busca castigar al generador, al productor y al que transporta. Y, por supuesto, no hay que enfocar la sanción solo en los grandes, porque hoy se genera por diversas vías una cantidad inmensa de material que está causando un tremendo problema al aseo y al ornato de las ciudades y a la salud de los vecinos.
El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
La señora ALLENDE (Presidenta).- Terminada la votación.
--Se aprueba en particular el proyecto (30 votos a favor y una abstención), dejándose constancia de que se reúne el quórum constitucional requerido, y la iniciativa queda despachada en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Allamand, Araya, Chahuán, Coloma, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Montes, Moreira, Orpis, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Se abstuvo el señor Navarro.