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CREACIÓN DE REGISTRO VOLUNTARIO DE CONTRATOS AGRÍCOLAS


La señora ALLENDE (Presidenta).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea un registro voluntario de contratos agrícolas, con segundo y nuevo segundo informe de la Comisión de Agricultura e informe de la Comisión de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (8829-01) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 59ª, en 2 de octubre de 2013.
Informes de Comisión:
Agricultura: sesión 71ª, en 20 de noviembre de 2013.
Agricultura (segundo): sesión 91ª, en 4 de marzo de 2014.
Agricultura (nuevo segundo): sesión 91ª, en 4 de marzo de 2014.
Hacienda: sesión 91ª, en 4 de marzo de 2014.
Discusión:
Sesión 76ª, en 3 de diciembre de 2013 (se aprueba en general).
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- La Comisión de Agricultura deja constancia, para efectos reglamentarios, de que los artículos 1°, 2°, 9° (pasa a ser 10), 10 (pasa a ser 11), 11 (pasa a ser 12), 12 (pasa a ser 13) y 13 (pasa a ser 14), y los artículos primero, segundo y tercero transitorios no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones.
En consecuencia, esas disposiciones deben darse por aprobadas, salvo que algún señor Senador, con acuerdo unánime de los presentes, solicite su discusión y votación.
Ahora bien, la Comisión de Agricultura efectuó diversas enmiendas al proyecto aprobado en general, todas las cuales aprobó por unanimidad.
Por su parte, la Comisión de Hacienda no introdujo modificaciones al proyecto despachado por ese órgano técnico.
Cabe recordar que las enmiendas unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión a su respecto o existieren indicaciones renovadas.
De estas enmiendas unánimes, la recaída en el artículo 17 (pasa a ser 18) debe ser aprobada con 21 votos favorables, por cuanto se trata de una norma de rango orgánico constitucional.
Sus Señorías tienen en sus escritorios un boletín comparado en que se consignan las modificaciones introducidas por la Comisión de Agricultura en el segundo y nuevo segundo informe, y el texto como quedaría de ser aprobadas.
Por lo tanto, lo primero que habría que hacer -como señalé- es dar por aprobadas las disposiciones que individualicé precedentemente.
La señora ALLENDE (Presidenta).- En discusión particular el proyecto.
Ofrezco la palabra.
La tiene el Honorable señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señora Presidenta, quiero explicar muy brevemente cuál es el sentido de este trámite.
Recordemos que nosotros aprobamos en general el proyecto de ley que crea un registro de contratos agrícolas, que fue largamente discutido en la legislatura anterior.
Esta iniciativa tiene por objeto establecer un sistema de inscripción voluntaria de contratos de compraventa de productos agrícolas en un registro público, electrónico, nacional, único, con el objetivo de dotar de mayor certeza jurídica a las relaciones comerciales entre productores agrícolas y agroindustriales.
Ese fue el concepto acordado en el Senado.
Posteriormente, la Sala decidió enviar este proyecto a la Comisión de Agricultura para un nuevo segundo informe, ya que surgió una duda en cuanto a la redacción del artículo 16 original, donde se establecía que, habiendo estado inscrito el contrato, si una persona distinta del comprador adquiriera los productos objeto de dicha convención, para todos los efectos legales sería solidariamente responsable con quien hubiere comparecido como vendedor.
Esa fórmula se había usado originalmente. Se decía: "Aquí está el contrato inscrito, las dos partes tienen que cumplirlo; si ese producto es comprado por un tercero, él responde respecto de las obligaciones del vendedor".
Y en la Sala se planteó con razón que era bastante extraña esta solidaridad hacia un tercero, de buena fe. Podría ocurrir que a alguien le vendieran 200 quintales de trigo, y que después justo hubiera un contrato relativo a ese trigo que beneficiara a un vendedor, quien, al estar dañado, tendría que ser indemnizado por el nuevo comprador.
Esta duda surgió en la Sala; fue a la Comisión, y ahí buscamos una redacción distinta -la considero bastante mejor-, que en el fondo consagra que, si el productor vende los productos objeto del contrato registrado a una persona distinta de quien hubiere comparecido como comprador, o si este último no adquiere los productos que se había comprometido a adquirir, debe pagar, como indemnización de perjuicios, el 25 por ciento del precio del contrato, sin olvidar los derechos que pueda tener la parte afectada en orden a recurrir a la justicia de existir un costo superior.
Pienso que eso se halla bien inspirado, pues se dice: "Mire, esto usted tiene que cumplirlo".
El problema es que los precios agrícolas, como los de las papas, el maíz y el trigo, varían bruscamente. Entonces, si de repente a una persona que tenía un contrato y, a su vez, suscribía otro no le cumplían porque el precio variaba, según la fórmula establecida originalmente podía reclamar y el que compraba era solidariamente responsable. Pero eso no funcionaba.
Ello fue evaluado: varios integrantes de Comisiones -Hacienda, entre otras- y de la Sala buscamos otra fórmula con distintos especialistas, y creo que lo que se propone resulta mucho más razonable. O sea, la persona que incumple, que dice que va a comprar y no compra -esto existe en otras legislaciones- tiene una multa de 25 por ciento del precio del contrato, independiente de los perjuicios que pueda acreditar. Al revés, si el que va a vender no vende, recibe igual multa y no tiene efectos en terceros de buena fe.
Ello fue largamente analizado en la discusión en general. En esta fórmula concordaron todos en la Comisión de Agricultura. Incluso invitamos a destacados especialistas en Derecho Civil de Valparaíso -aprovecho de decirlo-, como el profesor Opazo, quien hizo un muy buen aporte. Y en definitiva, considero que es lo adecuado para la iniciativa que hoy día estudiamos.
Por tal motivo, propongo votar a favor de este proyecto, a fin de poder despacharlo, porque es muy importante para el mundo agrícola.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Honorable señor García.


El señor GARCÍA.- Señora Presidenta, esta iniciativa es necesaria, y busca dar mayor operatividad, y sobre todo mayor respaldo, a los contratos que normalmente se suscriben entre productores agrícolas y empresas destinadas, normalmente, a usar sus productos, ya sea para la reventa o como materia prima.
El hecho de que dispongamos de este registro de contratos agrícolas va a significar, por ejemplo, su utilización como respaldo para operaciones financieras. Uno va a poder demostrar ante un banco, ante una empresa de factoring, que cuenta con un contrato permanente, por ejemplo, entre un productor de leche y una compañía dedicada a recepcionarla, o entre productores de trigo y determinado molino.
Evidentemente, eso va a permitir abaratar líneas de financiamiento, créditos, en directo beneficio de los productores agrícolas.
Este proyecto fue perfeccionado en la Comisión de Agricultura. Todas las indicaciones y los mejoramientos que se proponen fueron aprobados por unanimidad. Pero quiero referirme particularmente a los introducidos al artículo 16 original, que pasó a ser 17, y que finalmente -según entiendo- será 18.
Inicialmente, se proponía una suerte de solidaridad, en el sentido de que quien compraba un bien que ya había sido objeto de un contrato, a sabiendas de que el contrato original no se había cumplido, pasaba a ser solidariamente responsable por los efectos económicos de esa operación.
Sin embargo, la pregunta natural que surgía era: ¿cómo uno podía saber que le estaban vendiendo algo sobre lo cual existía un compromiso previo?
Lo anterior parecía muy engorroso y difícil.
De ahí que concluimos -repito: por unanimidad- terminar con la solidaridad del comprador y, simplemente, establecer una sanción fuerte para quien no cumple con el contrato: quien le vende a una persona distinta, quien no está dispuesto a entregar el producto al precio al cual se había comprometido o quien no desea pagar el precio acordado.
Así, se dispone que "la parte incumplidora deberá pagar a la otra, por concepto de indemnización de perjuicios, el veinticinco por ciento del precio del contrato. Dicha indemnización se deberá al acreedor, sin que sea admisible que el deudor alegue que el incumplimiento no ha causado perjuicios al acreedor o que el monto de los perjuicios causados es inferior al señalado".
Se dispone, además, que "Si se hubiese estipulado una cláusula penal, el acreedor deberá optar entre la indemnización fijada en el inciso precedente -esto es el 25 por ciento- o la pena, a menos que se hubiese estipulado expresamente que se pueden cobrar ambas".
Finalmente, "Si alguna de las partes hubiese sufrido perjuicios por un monto superior a la indemnización fijada en el inciso primero -es decir, superior al veinticinco por ciento-, podrá demandar la indemnización del exceso, probando, en este caso, el monto de los perjuicios efectivamente sufridos".
Creemos que de esta manera le damos mucho más agilidad al sistema de compras de productos que cuentan con contrato previo y lo hacemos bastante más operativo y, sobre todo, sancionamos fuertemente a quien usa cualquier desvío para no dar cumplimiento a un contrato de esta naturaleza.
En consecuencia, señora Presidenta, invito a la Sala a aprobar por unanimidad -tal como lo hizo la Comisión de Agricultura- las modificaciones que introdujimos.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Andrés Zaldívar.


El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señora Presidenta, este proyecto contó con mi voto favorable en la Comisión de Hacienda, porque va en beneficio, más que nada, de la agricultura y del comercio dentro de esta, en relación con todos los contratos de compraventa de productos agrícolas.
Ya se dijo aquí cuáles son los beneficios, y no los voy a repetir. Solo deseo remarcar algo muy importante: el registro de este tipo de contratos a lo mejor permitirá crear un sistema para obtener recursos a través del sistema financiero, ya que estos contratos tendrán registro, veracidad y conocimiento.
Lo único que me llama la atención, no lo hice ver en la Comisión de Hacienda pero lo menciono ahora -tal vez es una cosa de detalle-, es que este registro deba ser llevado por el Ministerio de Economía, donde lo radicamos, y no por el de Agricultura. Creo que resultaría más lógico, desde el punto de vista de lo que representa este tipo de proyecto, que este sistema de registro de contratos agrícolas estuviera en el Ministerio de Agricultura.
Sin embargo, así fue aprobado, y creo que efectivamente su texto representa un avance. Este sistema de registro será conveniente para el mundo de la agricultura, porque será público, electrónico y estará a disposición de todo el mundo que desee conocer las transacciones que se realicen en él, lo cual seguramente permitirá la existencia de un mejor sistema financiero para el sector campesino, agrícola.
En todo caso, dejo constancia de mi opinión en cuanto a que el registro debió haberse colocado en el Ministerio de Agricultura.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Están inscritos a continuación los Honorables señores Harboe y Letelier, pero ambos no se encuentran en la Sala.
Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señora Presidenta, la verdad es que le doy enorme importancia a esta iniciativa. Por ello, felicito a los miembros de la Comisión de Agricultura por haberla despachado, y al Gobierno anterior por impulsarla y, también, por haber acogido las sugerencias que hizo esta Sala respecto a ciertos errores que, a mi juicio, contenía su texto.
Quiero recordar que los contratos, en cuanto a su materialización, pueden ser de tres tipos.
Primero, los contratos consensuales, que se perfeccionan por el solo consentimiento de las partes. Es el caso, por regla general, de los contratos de compraventa de los bienes muebles. Si yo quiero vender a una persona un bien mueble -los productos agrícolas lo son-, no requiero más que el consentimiento, ponerme de acuerdo en el precio, la cosa y proceder a su entrega.
Segundo, los contratos reales, que para ser perfectos necesitan la tradición de la cosa que se transfiere, es decir, yo tengo que entregarle físicamente a una persona el bien que voy a transferir, y en ese momento se materializa el contrato.
Y los contratos solemnes, el más típico de los cuales es la compraventa. La tradición de la compraventa de bienes inmuebles se materializa cuando se inscribe en el conservador de bienes raíces, y eso significa que una parte le transfiere el dominio a la otra.
En definitiva, los contratos agrícolas son, simplemente, por consenso. La pregunta que cabe hacerse es: si son contratos simplemente por consenso, ¿las partes se hallan en condiciones de igualdad por regla general en los contratos de bienes agrícolas? No. Porque la regla general es que hay un productor que le vende con esfuerzo a un distribuidor o a un comprador sus productos y, de una u otra forma -esto lo veo en la Región de La Araucanía en el caso del trigo, del raps y de cualquier producto agrícola-, quien compra siempre tiene una posición dominante y el que vende siempre está sujeto a las circunstancias del momento.
¿Qué ocurría hasta ahora? Que el productor de trigo, por ejemplo, que buscaba vender su cosecha a un distribuidor o a un comprador, nada podía hacer si le bajaban el precio, pese a existir un compromiso al respecto. Y, entonces, ¿qué hacía el vendedor? ¡Estaba obligado a aceptar que le disminuyeran el precio! Más encima, le califican el trigo como "de primera categoría", "de segunda categoría", "de tercera categoría".
En consecuencia, no hay condiciones reales de igualdad entre las partes en el mundo agrícola, por regla general. Es lo que sucede entre el molino, que compra el trigo para hacer harina, y el productor, a quien le urge vender rápidamente su producción antes de que los precios se derrumben.
Ante ello, ¿cuál es el valor del proyecto en estudio? Que establece la posibilidad de que el comprador acuerde con el vendedor inscribir el contrato, lo cual garantiza que se pague el precio convenido. Si una de las partes se desistiera, se aplicaría, por anticipado, una indemnización de perjuicios equivalente al 25 por ciento del precio del contrato.
En segundo lugar, el productor que venda su cosecha con esta modalidad podrá perfectamente, como dijo el Senador señor García, presentar el documento del contrato a los efectos de asegurar alguna otra operación financiera. Este lo respalda, porque da fe de que existe un comprador que garantiza los recursos en determinado plazo y en las cuotas en que se haya pactado.
Y, en tercer término, este instrumento le permitirá al productor el día de mañana acreditar ingresos, con la finalidad no solo de acceder a una operación comercial, sino también de pedir los recursos o dineros que requiera, por ejemplo, para concretar su próxima cosecha.
Me parece que esta iniciativa es muy importante, por cuanto dejará a las partes en plano de igualdad, lo que no ocurría en esta actividad económica.
Y eso es muy bueno, muy tranquilizador para el productor.
Por ello, señora Presidenta, valoro este proyecto.
Creo que generará un cambio cultural. Estas normas se irán sociabilizando de a poco. El país se va a ir acostumbrando. Los productores agrícolas quedarán más protegidos. Y las alteraciones en las reglas del juego no podrán materializarse sin que pague la indemnización respectiva la parte que no cumpla la palabra empeñada, que, en este caso, estará a firme en un contrato escrito.
Por esa razón, voto a favor.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señora Presidenta, espero no ser reiterativa en mis argumentos, ya que el Honorable señor García, de la bancada de Renovación Nacional, ha expresado muy bien lo positivo de esta iniciativa.
Creo que ella promueve tres factores, que son de gran importancia para este tipo de actividades -lo digo como Senadora de una zona con muchísima agricultura-: la transparencia, la eficacia y la efectividad.
En la actualidad, las formas de comercializar en el mercado agrícola carecen de las tres cualidades recién mencionadas.
Son dos las maneras de comercializar la producción: primero, está la modalidad spot o por cosecha, a través de la cual el agroindustrial compra al productor una vez que se ha obtenido la cosecha, y, segundo, está la venta mediante contratos celebrados con anticipación a la cosecha, incluso antes de la siembra.
Si tomamos en cuenta el actual mercado; la alta competencia y extrema sofisticación, y la incertidumbre lógica que conlleva este tipo de actividad agrícola -más todavía en regiones como la nuestra, donde tenemos altos niveles de sequía-, nos percataremos de que esos dos tipos de comercialización significan una grave desventaja para todos los que participan en el mercado.
Este tipo de comercialización no le permite al productor conocer con precisión la variedad más conveniente para sembrar o plantar, según los mercados internacionales, y tampoco le posibilita acceder a asesoría técnica o a financiamiento, dejándolo en una situación de incertidumbre al quedar expuesto a las variaciones del mercado, una vez que ha obtenido su cosecha.
Respecto de los clientes o posibles compradores, la falta de información provoca, además, serios perjuicios que pueden ir desde optar por otros mercados hasta decidirse por la reducción de volúmenes de compra si el conocimiento sobre la cosecha no es directo.
La venta agrícola por contrato, por su parte, trae amplios beneficios y soluciones, en el sentido de que entrega certeza sobre la variedad y el volumen del producto previamente establecido, lo que facilita la negociación con clientes tanto nacionales como internacionales, quienes, lógicamente, exigen un nivel mínimo de certeza.
En consecuencia, el aumento de la certidumbre gracias a estos contratos va a abrir la puerta a otros beneficios, tales como: la asesoría técnica y jurídica para quienes celebren dichos contratos; la facilidad para que los agricultores accedan a financiamiento, ya que contarán con un respaldo de sus proyectos; el incentivo a los posibles compradores, dado que podrán verificar la base de datos de los vendedores.
Asimismo, el hecho de que sea el Ministerio de Economía el encargado de la administración del Registro de Contratos de Compraventas de Productos Agrícolas y de que este cumpla las normas de la presente ley y el reglamento respectivo, además de ser público, constar en un sitio electrónico y estar sometido a actualización permanente de manera fiel y oportuna -así lo consigna el texto del proyecto-, es un paso enorme en algo que, a juicio de la mayoría de nosotros -por no decir, todos y todas-, es demasiado importante: la transparencia.
En conclusión, considero que este proyecto es un aporte concreto al sector de la agricultura, por cuanto propone una solución a un problema real y, a la vez, aprovecha de modernizar y perfeccionar el mercado en el cual la agricultura hoy se desenvuelve.
Como Senadora de una región ampliamente agrícola, estimo muy positivo que esta actividad se entienda como una competitiva y de gran importancia y beneficio para nuestro país.
Espero que este proyecto prospere, ya que es necesario fomentar la agricultura de contratos; dar, en lo posible, certeza a una actividad que vive en la incertidumbre, y continuar desarrollando e innovando mecanismos que hagan que el rubro de la agricultura, que es tan importante, siga desarrollándose y creciendo.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señora Presidenta, creo que ya se han entregado los argumentos centrales de esta iniciativa. Solo quiero subrayar algunos elementos que me parecen muy importantes.
Como se ha señalado, la agricultura tiene que ir modernizándose. Todavía sigue operando en un sistema contractual muy antiguo. Ha habido una cierta escasez o ausencia de cultura contractual, lo que ha impedido que este instrumento se use para muchos objetivos, como el de acceder a más mercados.
Los contratos se celebran normalmente con los agroindustriales, quienes son los eventuales compradores. Ahora ello permitirá al agricultor o al productor recibir apoyo tecnológico.
Al mismo tiempo, esta modalidad dará al productor la posibilidad de "factorizar", por decirlo así; o sea, podrá acceder a financiamiento para satisfacer otras necesidades.
Finalmente, cabe señalar que esta vía ayudará a integrar la agricultura a los mercados futuros.
Por otra parte, el mecanismo propuesto, que es voluntario en su origen, generará obligaciones una vez firmado.
Al respecto, en una sesión anterior se planteó que, en caso de incumplimiento, la responsabilidad solidaria no correspondía. Entonces, se introdujo una enmienda consistente en el pago de una indemnización de perjuicios por parte del que no cumplía, equivalente al 25 por ciento del precio del contrato, aparte de las cláusulas penales que se pudieran invocar.
Con eso se zanjó la inquietud que hizo presente el Senado en su oportunidad. Y me parece que ahora podemos proceder a la aprobación del articulado.
Por último, quiero aclarar la interrogante que manifestó el Senador Andrés Zaldívar acerca de por qué el registro será administrado por el Ministerio de Economía y no por el de Agricultura. La razón fundamental -lo conversé con el Senador Coloma, con quien analizamos el asunto en su momento, junto con el resto de la Comisión de Agricultura- es que todos los registros en esta materia ya están en el Ministerio de Economía. Dado que ahí se encuentra el conjunto de ellos, lo propuesto asegura una mayor fluidez del sistema, desde el punto de vista del acceso de los eventuales interesados. Abrir nuevos nichos en otras Carteras pareció poco razonable, en atención a la fluidez existente en los registros del mismo ámbito que el Ministerio de Economía ya administra.
Por esas razones, señora Presidenta, creemos que el proyecto es muy bueno.
Apoya a las regiones agrícolas -somos parte activa de ellas-, las que necesitan modernización en todos los ámbitos. En ese sentido, la agricultura de contrato, sin lugar a dudas, permitirá, en la medida en que vayan estandarizándose ciertos aspectos, un mejor comercio para los productores, quienes en esta materia siempre son la parte más débil.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señora Presidenta, hace muchos años, junto con la entonces Diputada Adriana Muñoz -hoy Senadora-, procuramos regular los contratos de los productores frutícolas con las empresas exportadoras. Un distinguido Senador de la primera fila de las bancas de enfrente y otros colegas cuestionaron violentamente el que se tratara de "atentar contra la mano invisible del mercado".
En el esfuerzo de amarrarle la mano al abuso del sector exportador nos acompañó también el entonces Diputado García-Huidobro -no militaba en la UDI en ese tiempo-, quien, a partir de su experiencia práctica, tenía la convicción de que era importante regular esa área, en la cual se producen tremendos abusos.
Cabe señalar que la naturaleza del contrato que opera en la agricultura -al respecto, solicito que el señor Ministro del ramo en algún momento intervenga en este debate- no es igual a la de otros contratos. Muchas veces se entrega la producción casi en consignación. Se trata de un instrumento con el que se traspasan al productor -es el caso del sector frutícola- riesgos que no corresponden.
Las empresas exportadoras en Estados Unidos tienen sus propias filiales -claro, funcionan con otro RUT, creando otra sociedad-, con lo cual se compran a sí mismos. De ese modo, los fruticultores nacionales salen muy para atrás, porque deben correr riesgos, además de tener que pagar por el embalaje, por la cadena de frío, por las fumigaciones, en fin, por una serie de variables cuyo precio no siempre es tan exacto.
Se nos dijo en aquella oportunidad que uno no podía entrar a regular los contratos en la agricultura. Por eso estoy muy contento de que algunos de los colegas que antes se opusieron a este debate hoy respalden un mecanismo como el que plantea la iniciativa. Si bien es distinto del que habíamos propuesto, igual se basa en un principio -a lo menos en uno de ellos- similar: los precios no siempre son transparentes en este mercado, por cuanto hay situaciones cambiantes, escenario en el cual es el productor el que se encuentra en mayor debilidad relativa en esta actividad.
Los cambios climáticos no afectan a los exportadores o a los intermediarios, sino a los productores. Basta mencionar la situación de los productores de miel. Lo que pasa con las abejas es un drama.
Como se ve, aquí hay varios temas que abordar.
A mí no me parece mal la existencia de este registro voluntario de contrato. Eso sí, se debe reconocer que tal instrumento no es para el pequeño agricultor; no es para la agricultura familiar campesina; no es para los maiceros -al menos no para el 90 por ciento de ellos-; tampoco lo es para los pequeños trigueros. ¡No! No es para ellos. Esto servirá para quienes, como bien dijo el Senador señor García, deseen obtener financiamiento de la banca usando el contrato como respaldo.
A mí no me parece malo eso, pues genera garantías que les permiten a los agricultores financiarse. Ello está bien. Así logran zafarse de aquello de lo cual los pequeños no logran zafarse: de las empresas que les condicionan los insumos y los precios de venta; de Copeval y de otras compañías con las que no se puede negociar mucho, pues tienen amarrados a los pequeños productores.
Señora Presidenta, en mi opinión, este proyecto es un aporte para un sector de la economía agrícola. Por lo mismo, creo que vale la pena aprobarlo.
Sin embargo, eso significa un costo para el Estado, y no sé quién le retribuirá a este los recursos. Me gustaría saber con cuánto se van a poner los empresarios para implementar este sistema, que los va a beneficiar. Además, los bancos van a ganar plata con esto. Dejo manifestada esa duda.
Y mi última interrogante, señora Presidenta: considerando que lo propuesto es bueno, que tendrá un costo fiscal y que generará algunos beneficios, ¿cuándo vamos a abordar la situación de los contratos de los pequeños productores agrícolas, quienes deben vender¿
La señora ALLENDE (Presidenta).- Terminó su tiempo, señor Senador.
Le concedo un minuto adicional.
El señor LETELIER.-¿ su producción a una exportadora del grupo Penta, a Dole o a Unifrutti, sin contar con capacidad de negociación?
En consecuencia, junto con anunciar que votaré a favor del articulado de la iniciativa, hago presente que espero que los colegas de las bancas de enfrente que antes tuvieron dudas sobre la necesidad de regular los contratos entre los productores frutícolas y los exportadores, o entre los maiceros y el gran poder comprador del maíz (Agrosuper o Ariztía), o de normar lo que pasa en las otras industrias de transformación, ahora estén dispuestos a apoyar a los otros productores de esta patria, pertenecientes al sector donde está la mano de obra, donde están los electores, donde está el Chile profundo que algunos de nosotros aspiramos a representar de mejor y buena forma en este Parlamento.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señora Presidenta, a pesar de lo que acabo de escuchar y de que, probablemente, el estado de tramitación de este proyecto no permita hacer más modificaciones, quiero de todos modos dejar constancia de las observaciones que me merece su contenido, algunas de carácter general y otras de índole particular, atendida la importancia de esta iniciativa.
Anticipo que voy a dar mi voto a favor, porque creo que esta propuesta legislativa es muy relevante.
Mucho se habla de la modernización de nuestra economía, cada vez más abierta y globalizada. Sin embargo, a diario nos enfrentamos con situaciones anacrónicas inaceptables para los estándares de una economía que pretende tener una posición de liderazgo.
Nuestro desarrollo económico tiene un lado luminoso, que genera crecimiento y permanente innovación, pero también un lado gris, donde prima el abuso y no la justa retribución del trabajo; donde prevalece la opacidad y no la transparencia en la información de los mercados; donde la mala fe no tiene una sanción eficiente y se ampara en farragosos procedimientos judiciales más propios del siglo XIX que del siglo XXI.
Nuestra agricultura y el sistema contractual que la sostiene es expresión de esta realidad dual. Hay esfuerzos destacados por mejorar las cosas, particularmente en aquellas zonas donde la naturaleza es más dura, como la Región que represento, pero también se mantienen situaciones retrógradas, especialmente en la relación entre empleadores y trabajadores agrícolas y entre grandes poderes compradores y los pequeños o medianos productores agropecuarios.
En la Región de Los Lagos, por ejemplo, es recurrente el reclamo de los productores de leche en contra de poderes compradores que imponen sus reglas.
En esta línea, el proyecto de ley en discusión constituye un avance importante para la transparencia y modernización del mercado agrícola en el país.
Iniciativas como esta demandan también un cambio cultural entre los actores del mercado. Si no hay voluntad mayoritaria de transparentar la información, el registro que se está creando puede resultar ineficaz. En mi opinión, no se agotó el análisis de los costos y beneficios de un sistema obligatorio y no voluntario, como el que se está discutiendo. Tampoco me parece suficientemente fundada la exclusión del precio dentro de las anotaciones obligatorias de la inscripción.
Con todo, el texto final de los artículos 17 y 18 propuestos por las Comisiones de Agricultura y de Hacienda, que se somete a nuestra consideración, recoge lo que yo entiendo es el espíritu de esta ley: hacerse cargo del conflicto siempre latente entre las partes de un contrato de compraventa agrícola.
En su tenor literal, los artículos aludidos se refieren a los efectos del incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, a través de una cláusula penal, pero no se incluyeron normas más específicas respecto de las causas de esos incumplimientos, entre las cuales las situaciones de emergencia agrícola que debemos enfrentar cada cierto tiempo cobran particular importancia.
No se puede obviar, en la Región de Los Lagos, que represento, la situación que afecta, por ejemplo, a los productores de papas, expuestos a imprevistos tales como estaciones secas o prolongadas o inviernos excesivamente lluviosos que les hacen perder sus cosechas.
Si el Estado tiene la facultad de declarar un territorio como zona de emergencia o catástrofe agrícola, estimo conveniente que la declaración posea un efecto morigerador o liberador en el cumplimiento de las obligaciones del productor; es decir, que se le dé el tratamiento de caso fortuito o fuerza mayor, al tenor del artículo 45 del Código Civil.
Para materializar esa idea, sugiero agregar al artículo 17 -si es posible- un inciso final que señale: "Las declaraciones de la autoridad, de emergencia o catástrofe agrícola, serán apreciadas por el juez de la causa, como una presunción grave para establecer la existencia del caso fortuito o fuerza mayor alegada por las partes".
Ruego comprender, señora Presidenta, que por el hecho de haber asumido mi cargo solamente el 11 de marzo no tuve la oportunidad de plantear las indicaciones correspondientes. Pero la importancia de este tema para mi Región -y entiendo que para otras también, como pudimos ver a propósito de las heladas que afectaron a la zona central hace pocos meses- me motiva a proponer en esta instancia la aprobación del texto que leí.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.


La señora MUÑOZ.- Señora Presidenta, solo deseo manifestar una duda que me ha surgido al escuchar las intervenciones de los colegas, particularmente la del Senador Larraín.
En efecto, Su Señoría ha señalado que, si bien la iniciativa dispone la creación de un registro público voluntario, la inscripción misma deviene en una obligación.
Quisiera saber -dado que vimos este proyecto hace ya bastante tiempo en la Cámara de Diputados- qué normas permiten sostener que para poder celebrar contratos sería una obligación estar inscrito en el registro. Lo que yo entiendo, por lo que he leído y por lo que debatimos en la Cámara, es que se trata de un registro público de inscripción voluntaria.
Entonces, no sé si eso cambió aquí, durante el debate en el Senado. Porque de la intervención del Senador Larraín me pareció entender que la inscripción deviene en obligatoria. Y eso, de alguna manera, debe tener impacto en las normas generales y jurídicas de la relación contractual.
Por tanto, me gustaría que me indicaran en qué parte del articulado se contempla la obligatoriedad. Vale decir, ¿los productores que no quieran inscribirse -dado que ello es voluntario- no van a tener posibilidad de entrar en un proceso de contratación?
Esa es mi duda, señora Presidenta. Sobre todo, me interesa conocer el impacto jurídico de la norma obligatoria.
El señor LARRAÍN.- ¿Me concede una interrupción, señora Senadora?
El señor PROKURICA.- ¡No es obligatorio!
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor García-Huidobro.


El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Señora Presidenta, por su intermedio, deseo manifestarle a mi colega Juan Pablo Letelier que antes, durante y después de mi inscripción en la UDI he pensado de la misma forma. En eso no se cambia: es un proceso normal.
Quienes conocemos la agricultura sabemos de los problemas que afectan a los productores. Y nuestra mayor preocupación es que muchas veces existen bancos que en realidad no son tales, sino vendedores de insumos. Y hoy día, si Sus Señorías analizan la situación que se vive en mi Región -posiblemente más al sur también se da-, advertirán que los agricultores dependen de dos empresas que les entregan financiamiento vía insumos, vía abonos, o que los amarran a la venta de los productos. Porque, al comprarles a ellas los insumos, enfrentan el problema de que de alguna manera les harán descuentos especiales para que lo que producen vaya a la venta por su intermedio.
Este proyecto ayuda fuertemente a que exista competencia; a que la bolsa de productos, que no ha tenido éxito todavía en nuestro país, abra la posibilidad de que los agricultores -y pienso especialmente en los pequeños, porque a ellos les cuesta mucho operar de esta forma- se agrupen, dado el incentivo.
Porque, si INDAP promoviera la compra de insumos, serían muy distintos los precios que toma un pequeño agricultor de la zona de Nancagua, por ejemplo, en el costo de la urea o del fosfato.
¡Pagan un porcentaje mucho mayor si no se agrupan!
Creo, entonces, que hay que fomentar la agrupación. Y este proyecto va en ese camino, en la medida que a los pequeños o a los medianos que lo hagan les abre la posibilidad, incluso, de vender sus productos en forma anticipada. Y un tercero corre el riesgo. Pero, de alguna manera, el productor tiene algo de seguridad respecto de una eventual utilidad.
En tal sentido, señor Presidente, creo que este proyecto va en la dirección correcta. Y quiero felicitar a los miembros de la Comisión de Agricultura, quienes fueron perfeccionándolo en los distintos informes.
Por otro lado, hoy en día, si alguien compra o vende y después no respeta el contrato, a la larga no tiene castigo. Por eso, este articulado va en el camino correcto, pues el agricultor y el tercero que compró el producto que ya estaba vendido en un contrato inscrito son responsables solidariamente por los perjuicios que se causen. Y eso es muy muy importante. Porque existe una cultura de que, si hay un contrato, se llegó a un acuerdo, se hicieron anticipos y después sube el precio, se entrega un porcentaje de ese contrato y luego se vende a un mejor precio. Eso es razonable, humanamente; es parte de la cultura agrícola, por la realidad que les ha tocado vivir históricamente a los agricultores.
Pero este proyecto les da la posibilidad de ser más independientes y de llegar también al financiamiento bancario, en forma directa o indirecta. La suscripción voluntaria de este tipo de contratos podrá mejorar la competitividad en un sector que ha sufrido mucho en todo lo que son sus relaciones comerciales.
Señor Presidente, reitero que, a mi entender, el proyecto va en el camino correcto. Ojalá se ayude a los agricultores. Y en eso le hago un llamado al Gobierno -estaba el Ministro de Economía por aquí- para que colabore, con el fin de permitirles a los pequeños y medianos agricultores vender en mejor forma que hoy día. Y ello se logra entregándoles incentivos para que se agrupen.
Esa es la única manera de que puedan tener mejores precios tanto en la venta como en la compra de insumos.
Por eso, señor Presidente, votaré a favor del proyecto. Creo que va a ayudar a que la bolsa agrícola realmente empiece a despegar y a alcanzar el sitial que todos esperamos desde hace muchos años.
He dicho.

La señora ALLENDE (Presidenta).- Para ser justa -yo le llamé la atención en algún momento al Honorable señor Orpis por lo mismo-, quiero reiterarles a los queridos señores Senadores la petición de que se dirijan a mí como "señora Presidenta".
Yo entiendo que los cambios culturales tardan; a veces no son fáciles. Sé que llevamos muchos años con Mesas dirigidas por señores Senadores. Sin embargo, con mucho cariño les ruego que hagan un pequeño esfuerzo en tal sentido.
Muchas gracias.
El señor ORPIS.- ¡Yo ya aprendí la lección, señora Presidenta¿!
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señora Presidenta, este proyecto de ley, sin duda, abre un espacio extraordinario para llevar mayor certeza a los pequeños y medianos agricultores, como también a los ganaderos.
En el caso de Bulnes y en el de San Carlos, en la Región del Biobío, provincia de Ñuble, la situación ganadera, que está incluida en la iniciativa, es insostenible cuando se intenta vender ganado en pie. El precio ha llegado a los 600 pesos el kilo en pie. Ese mismo kilo de carne, después, en el supermercado Lider está a 8 mil pesos.
Y, por cierto, llegan los pequeños ganaderos con 10, 20, 30 animales, piden 800 pesos y se bajan a 600; si no, se tienen que devolver con todos ellos a su lugar de origen. En consecuencia, deben negociar por el precio "de mercado" en pie.
Siento que la posibilidad de tener una participación del Estado en que se reflejen los contratos -porque ese es su rol, ya que hay un costo de 185 millones al inicio, y después, uno de 26 millones para mantener el sitio electrónico- va a generar un proceso de mayor equidad y transparencia en las transacciones.
Por tanto, es una buena idea. Porque en la actualidad, cuando hay acuerdo previo, cuando le dicen al vendedor "Trae tus animales" y después bajan los precios en la feria, cambia el acuerdo contractual.
Creo que la iniciativa va a significar mayor transparencia para nuestros agricultores, para nuestros ganaderos, particularmente cuando son pequeños y medianos. Los grandes, los poderosos -como siempre he dicho- se cuidan solos. A los que hay que proteger es a los medianos y a los pequeños.
Pero, aprovechando la presencia del Ministro de Economía -ya se lo mencioné-,¿
El señor PROKURICA.- ¡No le pegue al Gobierno¿!
El señor NAVARRO.-¿ quiero señalar que cuando discutamos de nuevo el proyecto modificatorio de la Ley de Pesca vamos a tener a la vista una idea tan positiva como esta. Porque hoy día en el sector pesquero sucede exactamente lo mismo.
Cuando salen a la pesca los pescadores artesanales, que son los últimos cazadores del mundo -no hay otros cazadores, salvo el Rey de España, en África; pero ya se trata de una práctica bien regulada, con cotos de caza mucho más pequeños-, van por la sardina, la anchoveta, el jurel. Cuando más escasea el recurso, cuando menos volúmenes tienen autorizados, el precio se mantiene o baja. Y cuando hay mayor demanda del mercado de consumo, el precio se mantiene.
O sea, ¡allí no funciona el mercado!
¿Y cuál es el problema? Cuando llega un barco con 80 toneladas, ¿a quién se lo vende? Por cierto, a la planta industrial. Y si no se lo recibe, bueno, se devuelve y tiene que ir a botarlo a alta mar, porque el descarte a orilla de costa está prohibido, como también lo está en alta mar.
Por tanto, ojalá tuviéramos el mismo mecanismo de transparencia para una actividad muy similar, que se basa en la captura de peces, que tiene un mercado establecido, pero contratos "brujos" o "blancos".
Lo que hay en la pesca artesanal, señora Presidenta, son contratos en blanco. Porque, al igual que en el caso de los agricultores cuando falta plata para insumos, para semillas, en el caso de la pesca las empresas les pasan a los pescadores para petróleo, para insumos, para habilitar el casco, y luego les dicen: "Bueno, pero este es el precio: 63 mil pesos la tonelada de sardinas o anchovetas", en circunstancias de que todos los estudios revelan que a precios de mercado de hoy, cuando el producto escasea, su valor debiera estar sobre los 100 mil pesos: 110 mil, 115 mil.
Entonces, al igual como se les adelanta plata a los campesinos, se les adelanta plata a los pescadores artesanales. La deuda global en el sector llega a 70, 75 millones de dólares. Y yo creo que tendremos que abordarla, porque parte importante de la presión por más y más cuotas se debe a que el precio no sube, a pesar de que el bien sea escaso.
Uno aprendió de pequeño que cuando hay pocas papas en la feria están caras -las dueñas de casa lo saben- y cuando existen en abundancia están baratas.
Todos sabemos que cuando un bien tiene gran demanda y es escaso sube de precio. No ocurre eso en la pesca, donde el precio se mantiene igual o incluso baja.
Por eso, señora Presidenta, vamos a apoyar el mecanismo propuesto.
Creo que, en definitiva, esta opción del Ministerio de Economía, donde está radicada la pesca, que será finalmente el encargado de la administración y del registro, no debiera acarrear ningún problema. Me parece un buen Ministerio. En los hechos, va a ser un gran notario público. Porque uno tendría que esperar que cada uno de estos contratos se firmara ante un notario. Pero ese va a ser un gran notario público y transparente.
Señora Presidenta, voto a favor, y espero que cuando discutamos el problema de la pesca tengamos a la vista este interesante y positivo proyecto.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Le ofrezco la palabra al Senador señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señora Presidenta, ciertamente, voy a concurrir con mi voto favorable. Pero cuando uno escucha hablar de este proyecto dan ganas de dar una opinión, aunque sea en un solo tema.
Todas las bondades están claras: se inscribe; es voluntario; da seguridad; está mirado más desde el punto de vista de los productores que del comprador, aunque este también tiene sus garantías, según entiendo, por la forma como está definida la iniciativa; puede servir para requerir créditos, porque acá existe un documento que señala que va a haber una transacción.
Todo eso está perfecto.
Pero deseo hacer dos o tres reflexiones.
Primero, no recuerdo en nuestra legislación situaciones similares -puede que existan- en las cuales el Estado de Chile pase a ser garante, en el fondo, y a financiar un registro de esta naturaleza para asegurar el cumplimiento de un contrato entre privados.
No me opongo al principio. Pero creo -y esta es mi segunda reflexión- que se abre la posibilidad (lo anticipábamos con los Senadores Navarro y Guillier) de pensar en otras áreas de la actividad económica chilena donde se hace necesario tal vez tener al Estado presente para velar por el cumplimiento, no de la ley, sino de los contratos. Porque eso es lo que tenemos acá. Esto no es la ley: es un contrato entre particulares.
En tal sentido, me parece que el proyecto ayuda pero no resuelve el tema de fondo: la asimetría existente. Porque lo que pretenden sus normas es hacerse cargo de una asimetría negociadora entre "un pequeño productor" o "muchos pequeños productores" y aquel comprador monopsónico que al final del día decide: "Mire, la condición era equis y hoy día va a ser equis menos. En consecuencia, usted va a perder. Pero si no le gusta, no le gusta no más. Yo pongo las condiciones".
Lo que se quiere acá es decir: en algún minuto concordaron las voluntades, y esas voluntades quedan fotografiadas e inscritas en un registro -eso hace el proyecto-; y el que no cumple esas voluntades que coincidieron en el tiempo o las quiere modificar tiene que pagar. Hay unas arras detrás. Eso es lo que se señala aquí.
Entiendo la idea, la comparto. Sin embargo, quiero agregar tres cosas.
Primero, es el Estado el que está haciendo esta garantía.
Segundo, no se termina con la asimetría, porque se requiere la voluntad de ese pequeño productor, pero de todas maneras el comprador monopsónico podría decir: "Mire, amigo, yo le voy a comprar su trigo, pero si usted me obliga a inscribirlo no va a ocurrir".
Entonces, yo no sé cuál será la fuerza que van a tener los productores para hacer exigible el compromiso. Tendrán que trabajarlo colectivamente, pero no se va a resolver el problema.
Y, tercero, hago mías también las palabras de la Senadora Muñoz y del Senador Letelier, entre otros, en el sentido de que cuando hemos querido hacer este mismo tipo de razonamiento ante asimetrías de esta naturaleza nos hemos encontrado con la oposición de algunos Diputados o Senadores por razones que cuesta entender o que tal vez tengan otra explicación. A lo mejor se cambió el criterio -siempre es bueno cambiar; nadie puede decir que nunca lo ha hecho en la vida- o simplemente existe uno especial para el sector agrícola.
Aquello, señora Presidenta, me lleva a algo que he conversado en numerosas oportunidades con el Senador Coloma,¿
El señor COLOMA.- Así es.
El señor LAGOS.-¿ quien es muy activo a la hora de proponer medidas para la agricultura chilena, pero a mi juicio a veces se excede.
En el proyecto de ley -lo aprobamos hace un año o fracción- sobre envío de muestras y contramuestras de los pequeños productores, nunca entendí por qué había que exigírselo a los productos importados cuando quien lo vendía no reclamaba y el que lo compraba tampoco, salvo que la idea fuera generarles un negocio a los laboratorios o entorpecer el comercio. Por lo demás, creo que el articulado respectivo podría ser inconsistente con algunas de nuestras obligaciones internacionales.
Dicho eso, debo connotar que en esta iniciativa no se resuelve todavía la cuestión de fondo. Es un avance. Y yo me alegro y me congratulo, uno, de que hoy tengamos en esta materia consenso en el sentido de que el Estado sea garante de los contratos, y dos, de que ello pueda servir de precedente -se lo digo especialmente al Senador Coloma, por intermedio de la señora Presidenta- para que en otros sectores de la actividad económica donde exista esta asimetría tengamos un criterio similar para tratar de resolverla.
Muchas gracias, señora Presidenta.
El señor COLOMA.- ¡Más información, mejor!
El señor LAGOS.- ¡Pero lo apoyé cien por ciento!
La señora ALLENDE (Presidenta).- Evitemos los diálogos, estimados Senadores.
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señora Presidenta, solo quiero, a propósito de una inquietud planteada por la Senadora Adriana Muñoz, aclarar que, cuando yo señalaba que el proyecto establece un sistema de inscripción voluntaria y que en cierto momento se convierte en obligatorio, pretendía decir que una vez que las partes celebran el contrato y este se registra el mecanismo se convierte en obligatorio para ellas. Porque de lo contrario no tendría sentido hacer el contrato. Pero no es que eso cambie la naturaleza voluntaria de la inscripción, que era la duda de la Senadora Muñoz.
Sobre esa base, creo que habría plena conformidad ante la inquietud planteada.
Aprovecho la ocasión, señora Presidenta, para manifestar que la indicación sugerida por el Senador Quinteros fue consultada con miembros de los Comités de este sector y que nos parece una contribución valiosa, porque en el fondo abre el caso de la emergencia agrícola en el sentido de que, si una vez decretada afecta al objeto del contrato, ello pudiera ser considerado por el juez de la causa como presunción grave susceptible de modificar las responsabilidades inherentes.
En ese tenor, nosotros estaríamos llanos a dar la unanimidad para acoger la inquietud que planteó el Senador Quinteros, que nos parece complementaria y una buena contribución al éxito del proyecto.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señora Presidenta, simplemente deseo señalar que los Senadores de Renovación Nacional estamos de acuerdo con la indicación del colega Quinteros. Nos parece que enfrenta bien una situación que podría prestarse para dudas, en el sentido de que, ante una declaración de emergencia, se considere fuerza mayor lo que la motivó.
Hallándonos en la discusión particular, creo que, si media unanimidad, la Sala puede aceptar la indicación pertinente, que, a nuestro entender, significa un muy buen aporte.

La señora ALLENDE (Presidenta).- Entiendo que hay unanimidad. Y si esta se manifiesta, el Honorable señor Quinteros deberá entregar la indicación a la Mesa, para que nos pronunciemos sobre ella en el momento oportuno.
Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- En forma telegráfica, señora Presidenta, quiero hacer referencia a dos temas.
Me alegra que el colega Lagos me dé el título de "defensor de la agricultura": nada me halaga más en lo que respecta a esta forma de vida.
Quiero, sí, puntualizarle a Su Señoría que no se trata de confiar o no en el Estado.
El Estado es muy importante para algunas cosas y las personas lo son para otras. Empero, aquí no hay un aval de él. Lo que hace es registrar los contratos, que, como dijo el Senador Larraín, luego de ello pasan a ser obligatorios. Y el Ministerio de Hacienda tiene una plataforma -la instaló y la ha desarrollado a propósito de la factura electrónica, de la constitución de sociedades en veinticuatro horas, en fin- que facilita el registro.
Yo confío mucho en el Estado, mas no para todo, pues algunas cosas las hacen bastante mejor los privados.
Ahora, mi mentalidad no cambia al aprobar este proyecto. Estimo que se halla bien inspirado, y por eso lo he defendido.
En seguida, señora Presidenta, deseo hacer una pequeña precisión en torno a la indicación del Senador Quinteros.
Me parece bien instalar la lógica de cierta presunción (por así decirlo); por ejemplo, cuando existe una catástrofe agrícola derivada de fuerza mayor. Sin embargo, hay que tener cuidado.
Entiendo el espíritu de la indicación. Pero quiero señalar, al menos para la historia de la ley, que debe estar superentendido que aquello ha de ser en función del producto objeto del contrato.
Porque dónde está el punto.
Voy a explicarlo.
A veces la zona de catástrofe agrícola se declara -así ha sucedido en la Región que represento- por una helada del mes de noviembre que genera un drama en la producción de cerezas. Y es factible que además exista un contrato de compraventa de trigo o de maíz y que este producto no haya sido afectado por aquel fenómeno climático. Pero, hasta ahora, la zona de catástrofe agrícola no se declara por producto -hay que tener cuidado-, sino por lógicas de clima, de escasez.
Ojalá que la indicación -lo señalo para la historia de la ley- se entienda acotada al hecho de que el producto sea afectado. Si no, por la vía excepcional, en vez de solucionar un problema vamos a complicarlo.
Me parece que una situación como la descrita es fundamento para determinar la fuerza mayor. Pero -insisto- no todo afecta por igual a la generalidad de los productos, pues en el ámbito agrícola hay una amplia variedad.
Por consiguiente, uno debe procurar resguardar el principio de la buena fe, a los fines de que nadie pueda aprovecharse de un drama para no dar complimiento a un contrato que rige la compraventa de un producto no dañado por una emergencia agrícola.
Hago ese aporte al menos para la historia de la ley, pues, según visualizo, la indicación en comento será admitida a tramitación y aprobada.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Honorable señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señora Presidenta, por su intermedio, solo quiero decirle al colega Coloma que acoté la indicación al producto objeto de un contrato de compraventa, pues no se trata de permitir que una catástrofe provoque una revolución que dé lugar al incumplimiento de un instrumento de esa índole.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Gracias por su aclaración, señor Senador.
No hay más inscritos para intervenir.
En consecuencia, procederemos a la votación.
Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Tal como explicité durante la relación, los artículos 1°, 2°, 9°, 10, 11, 12 y 13 permanentes (del 9 al 13, pasan a ser, 10, 11, 12, 13 y 14, respectivamente) y los artículos primero, segundo y tercero transitorios no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones.
--Se aprueban reglamentariamente.
El señor LABBÉ (Secretario General).- En cuanto a las enmiendas unánimes introducidas por la Comisión de Agricultura, que la de Hacienda no modificó, la recaída en el artículo 17, que pasa a ser 18, debe aprobarse con 21 votos favorables, por ser orgánica constitucional la norma en que incide. Y es justamente en esta última disposición que el Senador señor Quinteros pidió incluir un inciso final que señala: "Las declaraciones de la autoridad de emergencia o catástrofe agrícola, que afecte al objeto del contrato, serán apreciadas por el juez de la causa, como una presunción grave para establecer la existencia del caso fortuito o fuerza mayor alegada por las partes".
No sé si existe unanimidad en torno a dicha indicación. Porque si hubiera alguna duda al respecto, sería necesario analizarla separadamente y no incluirla en la votación de las enmiendas unánimes, que podría ser una sola, incluyendo la de quórum especial, que incide en el artículo 17, que pasa a ser 18, y la indicación recaída en ella.

La señora ALLENDE (Presidenta).- ¿Hay acuerdo para pronunciarse en una sola votación sobre las enmiendas unánimes propuestas por la Comisión de Agricultura, incluyendo la que incide en el artículo 17, que pasa a ser 18 (norma orgánica constitucional), y la indicación del Senador señor Quinteros -ya se aceptó unánimemente, según lo expresado en la Sala-, que recae en esa última norma?
Acordado.
En votación
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
La señora ALLENDE (Presidenta).- Terminada la votación.
--Se aprueban tanto las modificaciones unánimes sugeridas por la Comisión de Agricultura cuanto la indicación del Senador señor Quinteros (28 votos afirmativos); se deja constancia de que en el caso del artículo 17, que pasa a ser 18, se reúne el quórum constitucional exigido, y el proyecto queda despachado en este trámite.
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz, Pérez (doña Lily), Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Coloma, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Larraín (don Hernán), Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Orpis, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).