Click acá para ir directamente al contenido
CREACIÓN DE REGISTRO VOLUNTARIO DE CONTRATOS AGRÍCOLAS


El señor QUINTEROS.- Señora Presidenta, a pesar de lo que acabo de escuchar y de que, probablemente, el estado de tramitación de este proyecto no permita hacer más modificaciones, quiero de todos modos dejar constancia de las observaciones que me merece su contenido, algunas de carácter general y otras de índole particular, atendida la importancia de esta iniciativa.
Anticipo que voy a dar mi voto a favor, porque creo que esta propuesta legislativa es muy relevante.
Mucho se habla de la modernización de nuestra economía, cada vez más abierta y globalizada. Sin embargo, a diario nos enfrentamos con situaciones anacrónicas inaceptables para los estándares de una economía que pretende tener una posición de liderazgo.
Nuestro desarrollo económico tiene un lado luminoso, que genera crecimiento y permanente innovación, pero también un lado gris, donde prima el abuso y no la justa retribución del trabajo; donde prevalece la opacidad y no la transparencia en la información de los mercados; donde la mala fe no tiene una sanción eficiente y se ampara en farragosos procedimientos judiciales más propios del siglo XIX que del siglo XXI.
Nuestra agricultura y el sistema contractual que la sostiene es expresión de esta realidad dual. Hay esfuerzos destacados por mejorar las cosas, particularmente en aquellas zonas donde la naturaleza es más dura, como la Región que represento, pero también se mantienen situaciones retrógradas, especialmente en la relación entre empleadores y trabajadores agrícolas y entre grandes poderes compradores y los pequeños o medianos productores agropecuarios.
En la Región de Los Lagos, por ejemplo, es recurrente el reclamo de los productores de leche en contra de poderes compradores que imponen sus reglas.
En esta línea, el proyecto de ley en discusión constituye un avance importante para la transparencia y modernización del mercado agrícola en el país.
Iniciativas como esta demandan también un cambio cultural entre los actores del mercado. Si no hay voluntad mayoritaria de transparentar la información, el registro que se está creando puede resultar ineficaz. En mi opinión, no se agotó el análisis de los costos y beneficios de un sistema obligatorio y no voluntario, como el que se está discutiendo. Tampoco me parece suficientemente fundada la exclusión del precio dentro de las anotaciones obligatorias de la inscripción.
Con todo, el texto final de los artículos 17 y 18 propuestos por las Comisiones de Agricultura y de Hacienda, que se somete a nuestra consideración, recoge lo que yo entiendo es el espíritu de esta ley: hacerse cargo del conflicto siempre latente entre las partes de un contrato de compraventa agrícola.
En su tenor literal, los artículos aludidos se refieren a los efectos del incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, a través de una cláusula penal, pero no se incluyeron normas más específicas respecto de las causas de esos incumplimientos, entre las cuales las situaciones de emergencia agrícola que debemos enfrentar cada cierto tiempo cobran particular importancia.
No se puede obviar, en la Región de Los Lagos, que represento, la situación que afecta, por ejemplo, a los productores de papas, expuestos a imprevistos tales como estaciones secas o prolongadas o inviernos excesivamente lluviosos que les hacen perder sus cosechas.
Si el Estado tiene la facultad de declarar un territorio como zona de emergencia o catástrofe agrícola, estimo conveniente que la declaración posea un efecto morigerador o liberador en el cumplimiento de las obligaciones del productor; es decir, que se le dé el tratamiento de caso fortuito o fuerza mayor, al tenor del artículo 45 del Código Civil.
Para materializar esa idea, sugiero agregar al artículo 17 -si es posible- un inciso final que señale: "Las declaraciones de la autoridad, de emergencia o catástrofe agrícola, serán apreciadas por el juez de la causa, como una presunción grave para establecer la existencia del caso fortuito o fuerza mayor alegada por las partes".
Ruego comprender, señora Presidenta, que por el hecho de haber asumido mi cargo solamente el 11 de marzo no tuve la oportunidad de plantear las indicaciones correspondientes. Pero la importancia de este tema para mi Región -y entiendo que para otras también, como pudimos ver a propósito de las heladas que afectaron a la zona central hace pocos meses- me motiva a proponer en esta instancia la aprobación del texto que leí.
He dicho.

El señor QUINTEROS.- Señora Presidenta, por su intermedio, solo quiero decirle al colega Coloma que acoté la indicación al producto objeto de un contrato de compraventa, pues no se trata de permitir que una catástrofe provoque una revolución que dé lugar al incumplimiento de un instrumento de esa índole.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Gracias por su aclaración, señor Senador.