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MODIFICACIÓN DE NORMAS SOBRE DEPÓSITO LEGAL DE CREACIONES AUDIOVISUALES


El señor PIZARRO (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica normas sobre depósito legal de creaciones audiovisuales, con informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (6274-19) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 30ª, en 3 de julio de 2012.
Informe de Comisión:
Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología: sesión 45ª, en 6 de agosto de 2013.
El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- El objetivo de la iniciativa es modificar la ley N° 19.733, sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo, a fin de precisar qué ha de comprenderse por producciones audiovisuales y la forma en que se efectuará el depósito legal de ellas. Además, la iniciativa legal reduce la cantidad de ejemplares que deberán depositarse en el caso de las publicaciones impresas; aumenta el plazo dentro del cual deberá darse cumplimiento a la obligación de depósito e incrementa el plazo de prescripción de las acciones para perseguir las infracciones a que se refiere el Título III de ese cuerpo legal.
La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología discutió este proyecto en general y en particular, por tratarse de aquellos de artículo único, y lo aprobó por tres votos a favor, de los Senadores señora Von Baer y señores Cantero y Walker (don Ignacio), y uno en contra, del Senador señor Quintana, con las modificaciones que consigna en su informe.
El texto que se propone aprobar se transcribe en la parte pertinente del informe del órgano técnico y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
El señor PIZARRO (Presidente).- En discusión general la iniciativa.
Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, el que nos ocupa es un proyecto que vimos en la Comisión de Educación, el cual, básicamente, fue propuesto por la directora de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, quien pidió su aprobación. Ella explicó que hoy día, dada la nueva tecnología, no es necesario guardar en una biblioteca tanta cantidad de ejemplares de cada una de las publicaciones que se hacen en Chile.
Por lo tanto, para el mejor funcionamiento del sistema de bibliotecas es más óptimo que los haya en menor cantidad.
Se discutió asimismo si esto ponía en entredicho la posibilidad de acceder a libros a nivel nacional y la directora manifestó que no es así: la dotación de nuevas publicaciones para las bibliotecas públicas se hace a través del financiamiento que se establece en la Ley de Presupuestos, y con esa asignación se compran las obras para cada una de ellas.
De ahí que el proyecto no tenga nada que ver con la dotación de material bibliográfico para las distintas bibliotecas públicas del país, sino más bien con el mejor funcionamiento del archivo y con el cuidado de los ejemplares.
En tal sentido, la directora planteó que para una buena administración del archivo, resulta preferible que haya menos cantidad de ejemplares a efectos de manejarlos de forma adecuada.
Por eso, señor Presidente, el proyecto fue votado favorablemente en la Comisión de Educación.
He dicho.
El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, solo quiero agregar a lo señalado que esta es una iniciativa parlamentaria que obviamente obedece a las adecuaciones de los tiempos, y con la cual se reduce el número de ejemplares de todo impreso, grabación sonora o producción audiovisual o electrónica realizados en el país.
En lo que respecta a las publicaciones impresas, pasaríamos de 15 ejemplares a solo 5. Y se establece, para adecuar la norma que se refiere al depósito en el lugar donde se ha originado, que, de ellos, 2 -y no 4 como señala el precepto que estamos modificando- deben quedar en la biblioteca regional que determine el director nacional.
En el caso de las producciones audiovisuales, se dispone que un ejemplar debe quedar en formato original y dos en formato digital.
Además, se fija un plazo distinto para la entrega de los ejemplares. Hoy día, si no recuerdo mal, aquella debe materializarse dentro de treinta días; aquí pasamos a un término mayor. Ello, obviamente, facilita la concreción de la entrega.
Según los datos expuestos en la Comisión, solo 50 por ciento de la producción se entrega o deposita en los distintos archivos.
Creo, pues, que a ese respecto se logra un avance importante y se adecua la realidad digital de nuestro país a lo que está ocurriendo.
He dicho.
El señor PIZARRO (Presidente).- No hay más inscritos.
En votación general el proyecto.
El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor PIZARRO (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la idea de legislar (19 votos afirmativos y una abstención); no habiéndose presentado indicaciones, se aprueba en particular el proyecto, y este queda despachado en el presente trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear, Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, Frei (don Eduardo), García-Huidobro, Girardi, Gómez, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Muñoz Aburto, Novoa, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica y Ruiz-Esquide.
Se abstuvo el señor Navarro.