Click acá para ir directamente al contenido
INTRODUCCIÓN DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE


El señor ESCALONA (Presidente).- Corresponde proseguir la discusión particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que permite la introducción de la televisión digital terrestre, con segundo y nuevo segundo informe de las Comisiones de Transportes y Telecomunicaciones y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, unidas; informe de la Comisión de Hacienda, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (6190-19) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 8ª, en 13 de abril de 2011.
Informes de Comisión:
Transportes y Telecomunicaciones: sesión 30ª, en 5 de julio de 2011.
Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de Transportes y Telecomunicaciones, unidas (segundo): sesión 91ª, en 2 de enero de 2013.
Hacienda: sesión 91ª, en 2 de enero de 2013.
Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de Transportes y Telecomunicaciones, unidas (nuevo segundo): sesión 2ª, en 13 de marzo de 2013.
Discusión:
Sesiones 31ª, en 6 de julio de 2011 (se aprueba en general); 92ª, 93ª y 94ª, en 8, 9 y 15 de enero de 2013 (queda pendiente la discusión particular); 96ª, 100ª y 102ª, en 16 de enero, 5 y 6 de marzo de 2013 (queda pendiente la discusión particular); 1ª, en 12 de marzo de 2013 (queda pendiente la discusión particular).
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario General.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Cabe recordar que la Sala, en su sesión de 6 de marzo, acordó reenviar el proyecto a las Comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de Transportes y Telecomunicaciones, unidas, para que se emitiera un nuevo segundo informe respecto de los incisos cuarto y quinto del artículo 13, contenido en el numeral 9 del artículo 1° del proyecto.
Las Comisiones unidas ya cumplieron su cometido y se dio cuenta de su informe en la sesión del 13 de marzo.
Ahora bien, en la sesión del día anterior, 12 de marzo, quedó pendiente la discusión particular del número 12 del artículo 1°, que pasó a ser 14, por el cual se sustituye el artículo 15 de la ley.
Recuerdo a Sus Señorías que se presentaron varias indicaciones renovadas a esta disposición, la que debe ser votada, tanto por haber sido aprobada por mayoría como por contener normas de rango orgánico constitucional y de quórum calificado.
Siguiendo el orden del proyecto, corresponde votar separadamente el inciso primero del citado artículo 15. Si bien se ha renovado una indicación para introducir un nuevo inciso primero, la Sala debe pronunciarse antes sobre la disposición propiamente tal, esto es, el inciso primero del artículo 15, aprobado en las Comisiones unidas por 8 votos a favor y 1 en contra.
Dice: "Las concesiones de servicio de radiodifusión televisiva de libre recepción a que hace referencia el artículo 17, sólo se otorgarán a personas jurídicas, cuyo plazo de vigencia no podrá ser inferior al de la concesión. Las concesiones de radiodifusión televisiva con medios propios durarán veinte años, y las concesiones de radiodifusión televisiva con medios de terceros durarán, cinco años.".
Se trata -reitero- de una norma aprobada por mayoría en las Comisiones y de rango orgánico constitucional.
El señor ESCALONA (Presidente).- En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, a las Comisiones unidas se nos solicitó -lo quiero plantear en forma previa a esta discusión- resolver sobre un fallo del Tribunal Constitucional en relación con la transmisión de información en línea.
Las Comisiones ya entregaron su informe.
Por tanto, creo que deberíamos despachar primero esa materia antes de entrar al debate, más de fondo, acerca de la duración de las concesiones. Porque a propósito de estas se junta: duración de las concesiones, derecho preferente y la vinculación de todo esto con otros actores de la industria. Es una discusión un poco más larga.
El señor ESCALONA (Presidente).- En realidad, se había comenzado a analizar lo que indicó el señor Secretario. Pero es perfectamente posible resolver antes la materia que Su Señoría indica. Por cierto, a usted le asiste el derecho a pedirlo, y a la Sala, el de aprobarlo o rechazarlo.
Le ofrezco la palabra para que reitere su solicitud a las señoras y señores Senadores por si estos no estaban suficientemente atentos cuando usted la planteó.
El señor LETELIER.- Señor Presidente, decía que la Sala mandató a las Comisiones unidas para resolver una observación del Tribunal Constitucional. Y es lo que sugiero a la Sala debatir primero, por ser más acotado que lo que se incluye en los artículos 15 y siguientes, que tiene que ver con concesiones, derecho preferente, plazos, costos, etcétera.
Las Comisiones acordaron una nueva redacción sobre lo que algunos llaman "people meter on-line" o "sistema de medición en línea". Hay un informe sobre el punto. De modo que pido que, antes de entrar al artículo 15, despachemos aquello, que dice relación con el mandato que la Sala hizo a las Comisiones unidas.
El señor ESCALONA (Presidente).- Ruego a Sus Señorías poner atención, por cuanto ahora vamos a resolver un aspecto que tendrá implicancias para toda la discusión posterior de la iniciativa.
El Senador señor Letelier propone a la Sala pronunciarse de inmediato acerca del oficio enviado por el Tribunal Constitucional, relativo a la tramitación del proyecto en curso.
Si no hubiera objeción, a continuación entraríamos a resolver aquello.
El señor CHAHUÁN.- Pido la palabra.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra, señor Senador.
El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, nosotros ya entramos a la discusión del artículo 15, toda vez que votamos en una sesión anterior una indicación renovada que modificaba su contenido.
Por eso, sugiero terminar con el análisis de dicho artículo, y luego resolver la materia a que se refirió el Senador Letelier -me parece adecuado hacerlo-, relacionada con el people meter.
El señor ESCALONA (Presidente).- Ambas ideas son atendibles, pero, como efectivamente ya se había iniciado la discusión del artículo 15, me parece más pertinente concluir las votaciones pertinentes y luego seguir con la materia que atañe al fallo del Tribunal Constitucional.
Entonces, si no hubiera inconveniente, se procedería en esos términos y se abriría la votación.
Señor Secretario.
El señor ESPINA.- ¿Qué se vota, señor Presidente?
El señor GÓMEZ.- El inciso primero.
El señor LETELIER.- El primer inciso.


El señor LABBÉ (Secretario General).- El señor Presidente pone en votación el inciso primero del artículo 15, norma orgánica constitucional aprobada solo por mayoría en las Comisiones unidas.
--(Durante la votación).
El señor ESCALONA (Presidente).- Para fundamentar su voto, tiene la palabra el Senador señor Letelier,


El señor LETELIER.- Señor Presidente, al votar los artículos 15 y siguientes nos estamos pronunciando sobre una visión de conjunto de la industria.
Es imposible debatir el otorgamiento de una concesión a veinte años plazo sin discutir a la vez el derecho preferente a continuar con una de ellas. Me refiero, en particular, a las concesiones con medios propios.
En cuanto a las personas que obtengan una de estas concesiones (que serán a veinte años, gratuitas y respecto de las cuales existirá -repito- un derecho preferente para su continuación), no está clara la obligación de cobertura al cien por ciento del territorio y al cien por ciento de los usuarios antes de comenzar a cobrar ciertas cosas.
Aquí se produce la siguiente situación.
Pongo el ejemplo de Rengo. En gran parte de esta comuna uno no recibe con buena calidad los canales de libre recepción. Está obligado a contratar con una empresa de transmisión de datos, como DIRECTV u otra, y pagar incluso para ver la señal de Televisión Nacional, pues los canales no garantizan una adecuada cobertura.
Lo planteo porque estamos frente a un tema de conjunto.
Aquí nos están pidiendo que votemos solo lo relativo a la concesión y su duración -una concesión gratuita, por veinte años, con derecho preferente a seguir con ella-, y no estamos estableciendo obligaciones claras en materia de cobertura.
Mi principal inquietud tiene que ver justamente con la posibilidad de que los chilenos reciban televisión de libre recepción de buena calidad sin importar en qué comuna vivan. Porque actualmente la calidad de la recepción de la televisión en provincias es pésima.
Mi temor surge cuando hoy escuchamos que un prestigioso canal quiere abrirse a bolsa, capitalizarse en forma millonaria. Puede ser muy importante y necesario. No sé si será para cubrir deuda o para realizar nuevos emprendimientos. Pero cuando aquí discutimos, en un contexto general -después volveré sobre el particular-, sobre el otorgamiento de una concesión que durará veinte años, que será gratuita, me asaltan algunas dudas, pues no se observa una visión de conjunto.
Para algunos puede que resulte poco popular cuestionar a esta industria. Por nuestra actividad -pública, política- es muy fácil que a alguno de nosotros lo marginen de las pantallas, y, si no está en buena relación con ANATEL, lo castiguen.
Esa es la verdad, señor Presidente.
Pero lo que acá tenemos que hacer es defender los intereses de todos los chilenos.
Y, en tal sentido, concesiones gratuitas y a veinte años plazo constituyen, al menos -digámoslo así-, una curiosidad en el mundo entero. En una industria tan poderosa resulta tremendamente curioso entregar una concesión por tanto tiempo, en forma gratuita, con derecho preferente para renovarla y sin la obligación de asegurar, como mínimo, recepción de buena calidad a todos los chilenos, sin importar que se hallen en Aysén, en Rengo, en Calama, en cualquier parte del territorio.
Por ello, no estoy en condiciones de aprobar este inciso.
Siento que aquí no hay una visión de conjunto. Se lo hemos reiterado al Subsecretario de Telecomunicaciones en diversas ocasiones, y ahora se lo volvemos a plantear -por su intermedio, señor Presidente- al Ministro de Transportes. Se está entregando un instrumento de tremendo poder a ciertos grupos de la sociedad sin una adecuada contraprestación de servicio a los consumidores.
Voy a volver sobre el punto más adelante, con la esperanza de que algunas de estas materias podamos construirlas con una mayor visión de conjunto y no a través de una votación, a veces demorosa por el poderío de la ANATEL.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).- El señor Ministro ha sido interpelado y, como se encuentra inscrito, le ofrecemos la palabra.


El señor ERRÁZURIZ (Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).- Señor Presidente, solo para precisar lo que se ha planteado.
Dada la situación actual de la televisión, es imposible medir si la recepción es adecuada o no, porque pasa de buena calidad a mala calidad en forma progresiva, viéndose nublado o con dificultades, y por lo tanto resulta difícil precisar el punto. Ello cambia radicalmente con la nueva tecnología a utilizar, porque permite visualizar bien o no visualizar nada.
En consecuencia, vamos a tener una realidad muy distinta para medir cobertura respecto de la existente hoy día. Y la ley en proyecto obliga a una cobertura de 85 por ciento en tres años y de 100 por ciento en cinco años.
Además, nos encontramos tramitando la iniciativa que crea la Superintendencia de Telecomunicaciones, porque, al final, aquí confluyen distintas tecnologías en relación con un mismo producto, en la cual se establecen sanciones específicas, de mayor rigurosidad que en la normativa en estudio.
Estamos conscientes de la preocupación del Senador señor Letelier, a quien hago presente que no solo se determina una obligación de cobertura, sino también la posibilidad de contar con una mejor herramienta para medir su efectividad.
Gracias, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- A usted, señor Ministro.
Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.


El señor PIZARRO.- Señor Presidente, seré breve, porque este tema ya lo hemos discutido largamente en la Sala.
Aquí se halla una parte muy importante del proyecto, tal como se ha dicho, que se refiere al derecho preferente -llamémoslo así- para entregar concesiones a aquellos operadores de televisión que actualmente son titulares de una o varias, y la mayoría de ellas revisten carácter indefinido.
De manera que el primer cambio importante que hicimos fue establecer un plazo, un límite, de las concesiones, regulando las condiciones en las cuales serán entregadas.
Tal vez lo más trascendente contenido acá y que, a veces, no le damos mucha relevancia es que ahora las concesiones las otorgará el Consejo Nacional de Televisión sobre la base de una propuesta programática, en que se estipulen contenidos, donde exista el compromiso del operador de la concesión de cumplir determinados objetivos, que han sido validados por dicho Consejo, el cual, por lo demás, tiene una composición plural, diversa, con gente competente, cuyas determinaciones, asimismo, requieren adoptarse con ciertos quórums.
Entonces, lo primero es reconocer que hubo un cambio completo en las condiciones. Se nos olvida que los actuales operadores poseen en su mayoría concesiones indefinidas. Por consiguiente, cuando uno innova y fija un plazo, también debe dar algo a cambio.
Al respecto, quiero agregar que cuando se dice que se entregan gratuitamente las concesiones, es cierto. Pero se otorgan a cambio de algo.
La modificación más importante que introdujimos -al menos desde mi modesta opinión-, considerando lo que llegó de la Cámara y lo que ahora estamos aprobando, dice relación con la exigencia de gratuidad para la televisión abierta.
No nos olvidemos de que la otra rama del Parlamento aprobó la posibilidad de que los futuros operadores de una concesión establecieran televisión de pago, hasta en un 50 por ciento de su programación. Y nosotros reclamamos -casi todos estuvimos de acuerdo- que era inaceptable que por una concesión más encima se permitiera a los operadores cobrar por transmitir televisión con contenidos de primera clase y entregar contenidos de segunda o de desecho a quienes no pudiesen pagar.
Al respecto, estamos introduciendo una corrección sumamente importante. Ello, por cierto, reviste una implicancia de orden económico. Los futuros operadores de televisión -esperamos que ingresen muchos interesados, quienesquiera que fuesen (no solo se trata de un problema de la ANATEL)- de la señal por cable desde el nivel local hasta el nivel nacional, tendrán que realizar importantes inversiones y nosotros no les permitiremos cobrar. Entonces, como no admitimos aquello: la televisión de pago, llegarán con su televisión abierta a competir en el mercado, para lo cual deberán analizar todo lo relativo al aspecto financiero, a la cobertura, porque mientras mayor sea esta su potencial será superior para ofrecer la torta publicitaria.
Por lo tanto, yo pediría respecto del artículo 15 que pudiéramos ver en su conjunto lo concerniente a la forma de entregar las concesiones, los plazos, el rol del Consejo Nacional de Televisión, la obligación de una propuesta programática. Resulta claro que no se puede pedir una señal para un canal deportivo y después terminar transmitiendo entretención o farándula solamente; o a la inversa, solicitar una para un canal de entretención y luego transformarlo en otra cosa.
Creo que existe cierto equilibrio en todo lo que aquí se plantea. A mi juicio, el asunto de la cobertura es fundamental. Se ha manifestado derechamente la necesidad de que, en el más corto plazo, se obligue a los operadores que piden concesiones nacionales a brindar cobertura en todo el país.
Cuando se optó por la norma japonesa de televisión digital fue porque tenía esa ventaja: permite cubrir de mejor manera, en forma más barata y fácil, sectores del territorio que hoy día se hallan claramente aislados. E imagino que, desde el punto de vista técnico, las garantías que se han dado facilitarán la cobertura en plazos razonables: de tres y de cinco años, para cubrir del 85 por ciento al cien por ciento del territorio, respectivamente.
De manera que, en términos generales, nosotros hemos respaldado lo propuesto en los referidos incisos del artículo 15, que forman parte de un todo, y por esa razón los vamos a votar a favor.
El señor ESCALONA (Presidente).- Corresponde el uso de la palabra al Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, este es uno de los incisos más importantes de la ley en proyecto, puesto que todo el resto del articulado está basado en la distinción de las concesiones con medios propios y de las con medios de terceros.
Dicha norma es particularmente relevante, porque establece que las concesiones de radiodifusión televisiva con medios propios durarán veinte años, y las con medios de terceros, cinco años.
Se mantiene el procedimiento de asignación de concesiones a través de concurso público, con derecho preferente para aquellos concesionarios que ya cuenten con un canal, siempre y cuando igualen la mejor propuesta técnica y garanticen una óptima transmisión.
Por eso resulta absolutamente indispensable la norma en cuestión.
En cuanto a las opiniones vertidas en este debate relacionadas con el pago de las concesiones, debo señalar que el artículo 17 del proyecto estipula la gratuidad de la recepción de señales emitidas por los concesionarios, ya sea con medios propios o de terceros. Por lo tanto, no es efectivo que haya pago alguno por dicho concepto.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, es difícil pronunciarse solo por el primer inciso del artículo 15, por cuanto tal disposición, aparte de ser bastante más amplia, resulta medular en el contenido de la iniciativa.
Nos encontramos analizando el modelo concesional propuesto, que es de dos tipos: la concesión con medios propios y la concesión con medios de terceros.
Ahora, aquí se ha señalado como una gran virtud el haber logrado establecer un plazo de veinte años. Si pensamos que las concesiones son indefinidas, por cierto que la fijación de ese lapso representa un paso. No lo vamos a negar. Sin embargo, yo soy una de las personas que estiman que es excesivo.
Salvo el caso de México, toda la experiencia internacional indica que las concesiones se entregan por siete, ocho, diez o hasta 15 años. Por eso, nosotros, junto a los Senadores señores Muñoz Aburto, Navarro, y no recuerdo quienes más, suscribimos una indicación proponiendo un plazo máximo de 15 años.
Y lo hicimos porque teníamos la convicción de que los veinte años otorgados a una concesión, de manera absoluta, total, gratuita, sobre la cual se tendrá además un derecho preferente de renovación, en la práctica se renovarán en forma automática, pues el único criterio supuestamente restrictivo sería el de las infracciones reiteradas.
En cuanto a las infracciones reiteradas -leeré textual, porque creo francamente que se trata de letra muerta-, se dice que las ha cometido "aquella concesionaria que en diez años o más, durante la vigencia de la concesión original o de su respectiva renovación, le hubieren sido aplicadas un número de sanciones (...) que excediere en más de un 50% al promedio anual de dichas sanciones aplicadas a la totalidad de las concesionarias en los años respectivos".
Con ello, de alguna manera podemos terminar nivelando hacia abajo. Es posible que una industria muy deficiente, a la que se le haya aplicado algunas sanciones, solo pierda la concesión si escapa del porcentaje antes indicado.
A mi juicio, debemos tener normas que incentiven la efectiva contribución a un servicio público de calidad, aportando al pluralismo o al mayor desarrollo de las visiones plurales.
Obviamente, lo anterior se halla relacionado también con la cobertura. Me parece que la exigencia del 85 por ciento, para concesiones que se entregan por 20 años y que serán de renovación preferente, es del todo insuficiente. No entiendo por qué, en todos estos años, dichos canales no se han esforzado, no se han motivado en cuanto a brindar cobertura en regiones que evidentemente la requieren.
En la actualidad tenemos chilenos -digamos la verdad; en la Región de Atacama, en Alto del Carmen- de primera y de segunda categoría: los que tienen acceso a los canales abiertos y quienes hoy, año 2013, no pueden verlos.
Entonces, uno se pregunta por qué entregamos concesiones por un plazo de 20 años -actualmente son indefinidas-, el cual me parece excesivo (podríamos haberlo dejado en 15); gratuitas; con derecho preferente, y sin que ello vaya asociado ni siquiera a un criterio, en doble sentido, más riguroso.
La cobertura debiera sobrepasar mucho más allá del 85 por ciento. No veo razón alguna para no hacerlo. Al respecto, adhiero a lo que ha señalado en reiteradas ocasiones el Senador Letelier, en el sentido de que ojalá el Gobierno, la SUBTEL, nos proporcionen los planos de cobertura. Porque, en verdad, hablamos a ciegas. Nunca se nos ha remitido una información precisa, clara, cabal, que diga "estas son, realmente, las coberturas".
Y en cuanto al otro criterio, me parece que debiéramos elevar el estándar de lo que entendemos por infracciones reiteradas. A mi juicio, resulta demasiado blando. Francamente, es una norma que -esto se asemeja un poco a lo que nos pasó con la Ley de Pesca- va a quedar ahí; es por el papel: para tener una cierta presentación, de modo que no sea tan escandaloso. Pero, en la práctica, no estamos motivando una efectiva contribución de servicio público.
Por tales razones, señor Presidente, y porque considero que no tendría que haberse planteado así, no me siento en condiciones de votar para sustentar una posición que debería ser rectificada.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.


El señor GIRARDI.- Señor Presidente, solo quiero recordar que el cambio de la televisión analógica a la digital constituye un salto cualitativo muy relevante.
Hoy, la televisión analógica se comporta como una verdadera propiedad privada: los medios son dueños de las señales. Y cuando se discutió con ellos, incluso algunos amenazaron con hacer presentaciones al Tribunal Constitucional, porque querían que el mismo privilegio se mantuviera para las digitales. Tan así era que les planteamos que si lo deseaban se podían quedar con la analógica como propiedad privada pero que, en ese caso, no podrían migrar a una señal digital. Era una decisión que libre y soberanamente podían tomar. No obstante, pasar al nuevo sistema significaba renunciar a ese concepto de "derecho", a esa visión propietaria de la señal digital, respecto de la cual establecimos claramente que correspondía a un bien nacional de uso público.
Ahora, hay varios aspectos que resulta relevante considerar.
Concuerdo con que debiéramos hacer un esfuerzo para que la obligación de aumentar la cobertura sea en plazos más breves. Tal vez, empezar en 90 a 95 por ciento para terminar, en un lapso relativamente corto, en 100 por ciento. Me parece razonable.
Por otra parte, en las Comisiones unidas fuimos partidarios, con el Senador Navarro y otros, de establecer un régimen de infracciones más real, más eficaz, más aplicable, a los efectos de que fuera un verdadero factor condicionante a la existencia de una posibilidad de renovación.
Además, concuerdo en que una de las cosas que podría mejorar la renovación es que hubiera un incentivo positivo y no solo que se considerara la sanción.
Aquí hemos sostenido una lata discusión sobre el tema. Hay medios que se han opuesto, que han dificultado, por ejemplo, el que se tenga como contraprestación el desarrollo de campañas de interés público. Yo sería partidario de premiar no solamente a aquellos canales que fortalezcan el pluralismo, la democracia, una televisión cultural inteligente, sino también a aquellos que asuman un mayor compromiso con la difusión de temas de interés general.
Ese es otro asunto que evidentemente comparto.
En el momento en que se fijaron los 20 años, que correspondió más bien a una propuesta del Ejecutivo, nos opusimos, en términos muy firmes, a que se transformara en una concesión de por vida, en una propiedad privada. Evidentemente, uno podría discutir el plazo, dado que puede parecer excesivo. Pero ese fue el acuerdo que hizo posible avanzar en el proyecto en análisis. No obstante, durante el debate de esta normativa se podrían perfeccionar ciertas materias; por ejemplo, disminuir el plazo a 15 años.
El artículo 15 establece un régimen distinto del que reglamenta la televisión analógica, que sí se instituye como propiedad privada. A través de la ley en proyecto, se entrega a los privados una concesión que no constituye propiedad y que se halla sometida a un conjunto de regulaciones, las que podríamos mejorar en la tramitación aquí, en el Senado.
El señor ESCALONA (Presidente).- Corresponde el uso de la palabra al Senador señor Gómez.


El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, tengo una inquietud: ¿algo va a pasar en Chile en 20 años más? Porque entregamos permisos en la Ley de Pesca por 20 años y ahora otorgamos concesiones por el mismo lapso.
¡Algo irá a pasar!
Porque si uno analiza lo que se plantea aquí, sin perjuicio de lo que ha señalado el Senador Pizarro, en el sentido de que hay ofertas programáticas, etcétera, en realidad...
El señor BIANCHI.- ¡En 20 años no va a estar ninguno de nosotros...!
El señor GÓMEZ.- ¡Eso es cierto...!
En el otorgamiento de la concesión se establece además el criterio de que los titulares poseen derechos preferentes. Y para ser objeto de una condición distinta, se requiere haber sido sancionado en más de un 50 por ciento del promedio anual -así lo dispone el artículo 15 más adelante-, lo que resulta casi inaplicable.
De ese modo perpetuamos a quienes poseen hoy día las concesiones y no permitimos la incorporación de nuevos actores.
Y eso me parece grave.
Por último, es dable establecer 20 años de concesión, que ya son hartos, siempre que a su término entren en igualdad de condiciones todos los que puedan competir en ese momento y no se instituyan derechos preferentes, porque, en verdad, produce una situación de inequidad tremenda.
Por ejemplo, se dice que aquí debe haber oferta programática. Si uno mira televisión hoy día, se da cuenta de que en los horarios estelares ella recae en aquellos espacios que dan rating: hablamos de los enfocados a la vida privada de los artistas, esa especie de voyerismo público que existe.
En realidad, la oferta programática actual deja harto que desear desde el punto de vista de lo que ha de ser la televisión -ni siquiera hablo de Televisión Nacional- en general. Los canales deberían tener la obligación de educar cívicamente a la población. Al respecto, destaco la labor del Senador Orpis, por ejemplo, quien ha dedicado parte importante de su vida a la rehabilitación de jóvenes drogadictos. Hay tantos temas que podrían conformar la oferta, que hoy se manifiesta bastante lejana. Y si se emite algún programa se debe a que marca rating y no porque tenga la finalidad de educar, que debiera ser una cuestión central.
Escuché que aquí hubo un acuerdo. Y quiero señalar claramente que no he participado en él, para que no haya dificultades. Los acuerdos no nos obligan a todos. Y esa idea de que "los 20 años fue lo posible" es lo que nos ha complicado. El Senado en general debería tener la convicción de que estos temas son relevantes, los cuales se relacionan con la información que recibe la opinión pública, con la apertura de los distintos medios de comunicación respecto de la diversidad que hay en el país.
A mí me parece que la fórmula propuesta no asegura por lo menos esa alternativa.
A mi juicio, 20 años es mucho tiempo, pero estaría dispuesto a votar a favor, incluso, siempre y cuando al término de dicho plazo todos compitan en igualdad de condiciones. Pero con estos requisitos se establecen preferencias a modo de retribución por las inversiones realizadas.
¡Por favor! ¡Si los canales no pierden plata! ¡Y si pierden, la recuperan después! Es cosa de ver lo que está pasando hoy día con algunos de ellos, que van a salir al mercado.
Entonces, si hubo un acuerdo, en mi opinión no fue bueno.
Yo por lo menos no estoy dispuesto a apoyar esta norma. En consecuencia, votaré que no.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, veinte años son cinco gobiernos, de cualquier signo. ¡Cinco gobiernos! En política, es un tiempo largo.
Quiero hacer el símil entre lo que va a ocurrir con el Consejo Nacional de Televisión y la situación de la Comisión Nacional de Acreditación de las instituciones de educación superior. Porque lo que estamos definiendo aquí es si el canal acredita o no para seguir ejerciendo primacía sobre su concesión.
Yo anticipo los conflictos de interés que habrá, la lucha despiadada que tendrá lugar cuando se cumplan esos veinte años y alguien esté expuesto a ser removido, o cuando algunos se apertrechen y atrincheren para proteger su concesión y hacer uso de la preferencia.
Durante la discusión del proyecto relativo a la Comisión Nacional de Acreditación, muchos de los colegas de las bancadas de en frente -algunos hoy son Ministros de Estado- sostuvieron que el mercado iba a regular; que no había necesidad de acreditar carreras; que el mecanismo debía ser voluntario, y, en definitiva, que el estatismo de la regulación propugnado por la Izquierda era un tanto odioso.
Siento que no fuimos suficientemente fuertes para defender el principio de la fiscalización y procurar la existencia de una comisión acreditadora que evitara problemas como los que enfrentan hoy los estudiantes de la Universidad del Mar y otros, quienes están en la incertidumbre.
Señor Presidente, ya nos encontramos ante la discrecionalidad cuando se establece, por ejemplo, que las bases del concurso "sólo podrán exigir requisitos estrictamente objetivos" (inciso segundo del artículo 15 de remplazo).
¿Qué se entiende por "objetivos"? ¿Cómo se va a definir el Consejo Nacional de Televisión ante la norma que dispone que las "bases deberán señalar con claridad y precisión (...) requisitos estrictamente objetivos"?
La objetividad siempre se da en torno a otro. Es imposible ser objetivo en medio de la nada. Se es objetivo en comparación con otro.
Y, en tal sentido, yo digo que aquí existen derechos preferentes.
Cuando quisimos establecer en el proyecto de ley respectivo derechos preferentes para los discapacitados, se nos expresó: "No hay derechos preferentes, porque eso viola el principio constitucional de igualdad ante la ley". En consecuencia, si una persona con discapacidad visual u otra condición especial obtiene el mismo puntaje que otra, solo allí es factible discriminar, como si hubiera igualdad desde la base.
Entonces, yo pregunto: ¿por qué, si no existe ningún principio sobre discriminación, un canal que realiza la tarea va a tener privilegio sobre otro que también quiere desarrollarla?
Señor Presidente, de aprobarse el criterio preferencial que se plantea, vamos a repetir lo que ocurrió con las concesiones de pesca. Es decir, quien toma la primera concesión se hace dueño absoluto y permanente; porque una de sus tareas será cuidar dicho criterio preferencial evitando que en diez años o más le apliquen sanciones que excedan en sobre 50 por ciento el promedio anual de las recibidas por todos los canales.
En verdad, señor Presidente, llegar a ese nivel de penalizaciones será extremadamente difícil. Y si aplicáramos lo mismo a la licencia de conductor, nos dirían más bien "sinvergüenzas", ya que, en definitiva, aquel tope nunca será superado. Porque, además, se dispone que existirá derecho de apelación completa. Y si luego de un largo proceso esta es acogida, e incluso si ello ocurre tras veinte años de concesión, el recurrente vuelve a la condición preferencial. O sea, si un canal de televisión es cuestionado y luego el Consejo resuelve la apelación a su favor, aquel recupera el derecho preferente.
Entonces, mediante la ley en proyecto estamos creando un tribunal que asigna una de las herramientas más poderosas en las comunicaciones.
Empero, yo no veo la composición del Consejo Nacional de Televisión como un tribunal. Lo discutimos largamente. Y si es un tribunal, hay gente que allí no está representada. Dicho órgano es más bien una elite en que se pretende incorporar a algunos, no a todos.
Hicimos un esfuerzo por integrar a alguna de las organizaciones de los pueblos originarios. Pero la van a indicar con el dedo. Y temo mucho a la influencia de la monarquía presidencial en las designaciones.
Señor Presidente, no estoy de acuerdo en que haya derechos preferenciales. Creo que veinte años son un exceso. Lo dijo también la Senadora Allende. Me parece que quince años representan una medida distinta, que uno podría fundamentar de diversos...
El señor ESCALONA (Presidente).- Concluyó su tiempo, señor Senador.
Tiene un minuto más.
El señor NAVARRO.- Muchas gracias.
Señor Presidente, solo quiero señalar que el sistema planteado no es bueno para la competencia. Y hay en esta Sala Honorables Senadores (diferimos de ellos política y socialmente) a quienes les encantan la competencia, las leyes del mercado. Entonces, no entiendo por qué otorgar privilegios, en circunstancias de que uno podría decir que gane "el más mejol", el que presente la mejor propuesta. Pero aquí se quiere otorgar privilegios a canales que ya los recibieron, cuando se entregaron a las universidades. Luego estos fueron vendidos, algunos a precio vil, y hoy día, más encima, quieren abrirse a la bolsa, al mercado.
Quienes tienen las concesiones en la actualidad, señor Presidente, no son los propietarios originales: los propietarios originales fueron las universidades.
Por eso, votaré en contra, primero, de que haya privilegios, y segundo, de que la concesión dure veinte años.
Voto en contra del inciso.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
El señor ESCALONA (Presidente).- ¡Faltaron las isapres, señor Senador...!
Tiene la palabra el Honorable señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señor Presidente, sin duda alguna, este proyecto de ley, luego de ser estudiado e informado por las Comisiones unidas, implica una mejora sustantiva con respecto a lo que aprobó la Cámara de Diputados.
Sin embargo, me quiero detener un segundo en el punto relativo a la duración de las concesiones.
Entiendo perfectamente la necesidad de competir en el mercado. También, que un empresario que invierte precise asegurar rentabilidad futura y tener una mirada de largo plazo.
No obstante, con toda responsabilidad, quiero pedirles a quienes aprobarán este inciso que al menos tengan conciencia de algo -si no, que quede registrado en la historia fidedigna de la ley en proyecto-: ¡este Gobierno es un astro a la hora de otorgar privilegios eternos!
Lo hizo en la Ley de Pesca, en que la renovación de veinte años ocurre por el solo ministerio de la ley, "en la medida que usted haya tenido buena letra". Esto es, "Si usted ha cumplido con la ley, se le otorga la concesión marítima por otros veinte años".
Yo estoy obligado a respetar la ley, y no me ponen ni una mosquita en la mano. "Con su deber no más cumple, pues", me respondía mi abuela cuando le decía "¡Me saqué buena nota!".
En el marco de la Ley de Pesca, si el concesionario respeta la legislación laboral, "Con su deber nomás cumple. Pero le otorgamos otros veinte años, heredables". No son solo para toda la vida, sino para siempre.
Segundo ejemplo: el proyecto de ley concerniente a la carretera eléctrica establece un nuevo sistema jurídico de concesiones, donde estas son completamente indefinidas.
Y ahora se plantea lo mismo a propósito de la televisión digital.
Yo podría considerar un avance el paso desde un plazo indefinido hacia veinte años renovables, con derecho preferente. Pero garantizo que, si se hubiera fijado un término de diez años y sin derecho preferente, hoy día los mismos legítimos intereses económicos deseosos de contar con un canal de televisión postularían igual.
¡Chile no puede ser un lugar especial en el mundo donde, si la concesión no dura veinte años y no hay derecho preferente para renovarla, no existe competencia en la industria televisiva!
Si no, explíquenme cómo ocurre en todos los otros países del orbe: desarrollados, menos desarrollados; en Europa, en Estados Unidos, en Asia.
Creo que en este caso, señor Presidente, se ha cometido un exceso.
Acá -y hay que decirlo en castellano; porque después se sostiene: "No lo señalaron", "No lo hicieron en veinte años"- se cometerá una tremenda injusticia y se incurrirá en un error, pues no se generará libre competencia al cabo de los veinte años.
Yo estoy seguro de que todos aquellos que han invertido legítimamente en la industria de la televisión tendrían, de todas maneras, un negocio bueno -en el sentido positivo de la palabra- y rentable si el plazo fuera de quince años y sin derecho preferente de renovación.
Porque, además, la condición para perder la concesión es ridícula: ¡que las sanciones aplicadas en diez años o más no excedan en sobre 50 por ciento el promedio anual de las recibidas por toda la industria televisiva!
Así las cosas, ¿por qué no vamos a la Ley de Tránsito y aplicamos el mismo criterio: para suspenderle de por vida la licencia a una persona, no debe superar en más de 50 por ciento el promedio de las sanciones impuestas a todos los conductores de Chile por pasar con luz roja, no respetar el signo "Pare", etcétera?
Señor Presidente -lo señalo respetuosamente-, un importante empresario de la industria del retail al que consulté sobre las tasas de interés en Chile respondió: "Sí, don Ricardo, se pueden bajar". "¿Y por qué no lo hace?". "Porque nadie me lo pide. Porque nadie me lo exige. Porque hay una indolencia completa de parte de todos nosotros".
La industria del retail, entonces, siendo consciente de que tiene un buen negocio, sabe que podría cobrar intereses más bajos y que igual le iría bien. Pero aquel empresario me expresó, cándida y transparentemente: "¿Y por qué lo voy a hacer, don Ricardo, si nadie me lo está solicitando, si no hay una ley que me lo exija?".
Por consiguiente, volviendo al proyecto, debo puntualizar que la responsabilidad no está en la suscripción de un acuerdo. Tampoco, en que la industria quiera veinte años; ella puede pedir todo lo que desee, porque es su derecho. Y los trabajadores, a su vez, pueden solicitar el salario más alto que les parezca. La pregunta es si constituye una actuación responsable plantear un salario mínimo de 500 mil pesos a sabiendas de que ello no es factible desde el punto de vista de la economía.
Ahora, ¿es responsable fijar 20 años con un derecho preferente, como lo estamos haciendo en esta iniciativa de ley? ¡No! Y lo saben muchos de los que se hallan acá.
La pregunta es por qué vamos a aprobarlo. ¡Si no estamos obligados! No mataremos la industria de la televisión si fijamos menos plazo: por ejemplo, 15 años.
Yo estoy contento con muchos aspectos de la ley en proyecto, señor Presidente.
Quiero que los cableoperadores paguen por las retransmisiones de la televisión abierta.
Aspiro a que la televisión digital llegue a San Antonio y Cartagena, pues la análoga no funciona si no se dispone de cable.
Si la iniciativa en debate va a avanzar en todo eso, bienvenida sea. Pero, señor Presidente, no me parece adecuado otorgar una concesión para siempre. Y me cuesta entender que gente que tiene una mirada progresista en el sentido de procurar una redistribución del ingreso que permita alcanzar mayor igualdad termine dando su voto para una renovación, no de por vida, sino indefinida.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso primero del artículo 15 de remplazo (26 votos a favor y 8 en contra).
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Cantero, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Ruiz-Esquide, Sabag, Uriarte, Walker (don Patricio), Walker (don Ignacio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa la señora Allende y los señores Gómez, Lagos, Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Rossi y Tuma.
El señor ESCALONA (Presidente).- Se dejará constancia de la intención de voto favorable del Honorable señor Girardi.
El señor COLOMA.- ¡Veo que no convenció a nadie, Senador Lagos...!
El señor LAGOS.- ¡Lo que pasa es que ustedes ya tenían tomada la decisión!
El señor PÉREZ VARELA.- ¡Qué arrogante!
El señor LAGOS.- ¡No lo escuché intervenir, Senador Pérez...!
El señor LABBÉ (Secretario General).- A continuación, desde las páginas 50 a 53, se encuentran los incisos segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto del artículo 15 de remplazo, todos los cuales fueron aprobados por unanimidad en las Comisiones unidas. Sin embargo, son normas orgánicas constitucionales.
El señor ESCALONA (Presidente).- Si le parece a la Sala...
¿Quiere hacer uso de la palabra, Senador señor Gómez?
El señor GÓMEZ.- Sí, señor Presidente, para pedir votación separada de los incisos.
El señor ESCALONA (Presidente).- ¿De cuáles?
El señor GÓMEZ.- De los que mencionó el señor Secretario.
El señor ESCALONA (Presidente).- ¿De cada uno, por separado?
El señor GÓMEZ.- Así es.
El señor ESCALONA (Presidente).- Muy bien.
Tiene la palabra el señor Secretario General.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El inciso segundo, para el cual se pidió votación separada, comienza con la expresión "Para el caso de las concesiones con medios propios" y termina con las palabras "sólo podrán exigir requisitos estrictamente objetivos." (páginas 50 a 51).
El señor ESCALONA (Presidente).- ¿Le parece a la Sala aprobarlo con la votación anterior?
El señor LETELIER.- No.
El señor ESCALONA (Presidente).- Su Señoría votó en contra del inciso primero.
El señor LETELIER.- Lo sé.
El señor ESCALONA (Presidente).- ¿Ahora quiere votar a favor?
El señor LETELIER.- Deseo votar distinto.
El señor ESCALONA (Presidente).- ¡Ah! Su Señoría quiere cambiar el voto.
En votación el inciso segundo del artículo 15 de remplazo.
--(Durante la votación).
El señor ESCALONA (Presidente).- Para fundamentar su voto, tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER.- ¿Estamos votando los incisos segundo y tercero, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).- Solo el segundo.
El Senador señor Gómez pidió votar separadamente cada inciso.
El señor LETELIER.- Entonces, renuncio a mi derecho.
--Se aprueba el inciso segundo del artículo 15 de remplazo (27 votos a favor y una abstención), dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional exigido.
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear, Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Letelier, Muñoz Aburto, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Rossi, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio) y Zaldívar (don Andrés).
Se abstuvo el señor Gómez.
El señor NAVARRO.- No figura mi abstención, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Se hará constar la intención de Su Señoría en el sentido de abstenerse.
En votación el inciso tercero.
¿Le parece a la Sala aprobarlo con la misma votación anterior?
El señor LARRAÍN.- Sí.
La señora RINCÓN.- Sí.
--Se aprueba el inciso tercero del artículo 15 de remplazo con la misma votación anterior, dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional exigido.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario General.


El señor LABBÉ (Secretario General).- El inciso cuarto (página 52) dice: "La concesión con medios propios será asignada al postulante cuyo proyecto, ajustándose cabalmente a las bases del respectivo concurso, y cumpliendo estrictamente con las exigencias relativas a su proyecto financiero y a las condiciones personales que la ley exige para ser titular o administrar una concesión; o representar o actuar en nombre de la concesionaria; ofrezca las mejores condiciones técnicas para garantizar una óptima transmisión.".
El señor ESCALONA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará con la misma votación precedente.
El señor CHAHUÁN.- Sí.
El señor GÓMEZ.- No, señor Presidente. Yo pido votar.
El señor ESCALONA (Presidente).- En votación.
--(Durante la votación).
El señor ESCALONA (Presidente).- El Senador señor Navarro está inscrito para fundamentar su voto.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, si bien este inciso establece las exigencias técnicas que deberá cumplir un proyecto para que al postulante que lo presenta se le asigne una concesión con medios propios, hace mención de "exigencias relativas a su proyecto financiero y a las condiciones personales que la ley exige para ser titular o administrar una concesión".
Yo echo de menos la exigencia de garantías en el ámbito programático.
¡Cómo la valoración va a ser exclusivamente técnica!
El inciso cuarto deja claros los dos sentidos básicos de asignación: "ajustándose cabalmente a las bases del respectivo concurso, y cumpliendo estrictamente con las exigencias relativas a su proyecto financiero y a las condiciones personales que la ley exige para ser titular o administrar una concesión".
Pienso que en dicho inciso tiene que figurar lo programático, que no puede ser indiferente.
Porque lo financiero es cuantificable. En efecto, puede haber una oferta financiera idéntica; la evaluación para ser titular puede ser idéntica (porque la ley exige condiciones iguales). Y, frente a esa situación, ¿cuál es la valoración para dirimir?
Los aspectos programáticos, pues, no pueden estar ausentes.
En tal sentido, el Consejo Nacional de Televisión, en su esencia, en su creación, tiene en las manos el bagaje de lo que quiere. Debe velar por un conjunto de cuestiones de interés nacional, vinculadas con el bien público. Por lo tanto, frente a idénticos proyectos financieros e idéntico cumplimiento de la ley tiene que haber una diferenciación programática.
Si no está en este inciso -todos lo sabemos-, la interpretación va a ser que, al determinarse los conceptos para la asignación, la concesión con medios propios se otorgará al postulante cuyo proyecto se ajuste cabalmente a las bases del respectivo concurso.
Señor Presidente, el debate será interminable. Y allí van a primar distintos criterios, porque se habrán cumplido los establecidos en la ley y entrarán en juego otros.
Como ya lo consignamos antes, precisamente en el inciso segundo, "sólo podrán exigir requisitos estrictamente objetivos".
Creo que la regulación es insuficiente. Podríamos haber discernido con relación a los aspectos fundamentales del Consejo Nacional de Televisión establecidos respecto de la base del otorgamiento de una concesión, la cual no podría tener lugar si no mediara el cumplimiento fiel del objetivo del organismo, y menos aún si existiese una contradicción.
Porque, en definitiva -lo reitero, aunque sea majadero-, a igual proyecto financiero, a igual cumplimiento estricto de las bases y de la ley, ¿cuál será para la entidad el factor dirimente? Va a serlo una mayoría política, una mayoría circunstancial, no el criterio que quisiéramos del fiel cumplimiento de las tareas del Consejo.
En este sentido, el inciso está condicionado.
Y ya hemos tenido muchas experiencias, señor Presidente. Solo mencionaré que cuando la Ley de Pesca, largamente discutida, con 20 años de concesión ad eternum, expresa que se quiere preservar la biomasa y que el objetivo fundamental, como lo dijo el Ministro señor Longueira, es la introducción del elemento científico, la primera acción en el año 2013, una vez aprobada, fue la de jibarizar el IFOP, echar investigadores y reducir presupuesto.
Entonces, si el punto no se contempla en el cuerpo legal, ya sabemos lo que pasará: cuando se asigne la concesión al postulante, el criterio de programación va a ser un factor no exigible, no cuantificable, no ponderable.
Por eso, voy a votar en contra del inciso, señor Presidente. Mas no porque queramos oponernos a todo, ya que deseamos de verdad facilitar la tarea del Consejo y que las concesiones sean asignadas con la mayor transparencia posible. Ello significa que la ley en proyecto debe contemplar todas las opciones. El que lo anterior no se extienda a la programación me parece un fiasco y absolutamente irresponsable.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).- ¿Quiere hacer uso de la palabra, Senador señor Gómez?
El señor GÓMEZ.- Me inscribí para ese efecto, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Lo tenía anotado, Su Señoría, pero usted se borró.
El señor GÓMEZ.- Fue el sistema.
El señor ESCALONA (Presidente).- Quisiera acotar nada más que al Honorable señor Navarro se le volvieron a olvidar las isapres...
Puede intervenir el Senador señor Gómez.


El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, nuestra petición de debatir disposición por disposición puede parecer, de repente, incomprensible, pero lo que pasa es que el proyecto en examen, tan importante, ha sido discutido y objeto de acuerdo entre algunos parlamentarios o fuerzas políticas, lo que no permite dejar claro cuáles son las posiciones de cada uno. A ello obedece mi solicitud.
El enfoque del artículo en examen tiene que ver con un conjunto de normas. El inciso cuarto señala que "La concesión con medios propios será asignada al postulante cuyo proyecto, ajustándose cabalmente a las bases del respectivo concurso, y cumpliendo estrictamente con las exigencias relativas a su proyecto financiero y a las condiciones personales que la ley exige para ser titular o administrar una concesión; o representar o actuar en nombre de la concesionaria; ofrezca las mejores condiciones técnicas para garantizar una óptima transmisión". O sea, estamos diciendo que hay exigencias técnicas y financieras; pero la verdad es que en estas materias debieran existir otras de índole distinta.
Cuando discutimos sobre el correcto funcionamiento del Consejo y de la televisión, perdimos en una referencia relativa a "las familias". Y la bancada de Gobierno logró la mayoría o nos impidió conseguirla para poder emplear esa expresión y dejó solo "la familia".
Al ocuparnos en una concesión y en cuáles son sus condiciones, estas no pueden ser solo financieras y técnicas.
Aquí se ha discutido mucho también respecto de las obligaciones laborales que deben cumplirse. Al observarlas subsumidas en el artículo, me parece que no es la forma correcta de legislar. Lo adecuado es señalar con claridad cuáles son las exigencias y las que le corresponden al concesionario.
Una norma determina más adelante que es necesario atenerse al "correcto funcionamiento" y mantenerlo. Pero debiera explicitarse, cuando se mencionan las bases en una disposición precisa, que se requiere satisfacer condiciones distintas de las financieras y personales de quien ofrezca la mejor situación técnica para garantizar una buena transmisión.
Insisto en los aspectos valóricos, que hemos discutido con fuerza, y en los laborales, debatidos en la misma forma y subsumidos en el texto.
Por eso, cuando el Senado toma la decisión de entregar una concesión por 20 años y dar derechos preferentes para continuar por 20 más y otros 20, conviene ser claro y explícito en las condiciones que se establecen. Y ello no ocurre.
Por eso, señor Presidente, voy a pronunciarme en contra, aunque sea un voto testimonial, porque considero que esta no es la manera de legislar ni de dejar en forma correcta las normas que después deben aplicarse para poder definir concesión.
Gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, en el último tiempo han tenido que ser los tribunales de justicia los que les digan a las estaciones de televisión lo que deberían hacer por iniciativa propia, que es respetar a sus trabajadores...
--(Aplausos en tribunas).
... y evitar las distorsiones constantes en su forma de actuar.
Hoy en día sabemos -estas bancas y las de enfrente- que los canales extorsionan de manera permanente a los actores y los hacen armar sus propias empresas, procedimiento que en verdad no corresponde, de modo tal de precarizar la relación laboral con sus trabajadores. Y a lo que se llega, muchas veces, es a personas de edad avanzada que se hallan en condiciones económicas tremendamente precarias, porque la industria no logra un correcto funcionamiento en algo que es lo racional y que uno le pediría a cualquiera en lo correspondiente a la responsabilidad social de una empresa.
En la definición de "correcto funcionamiento" se logró meter las obligaciones laborales. Y es evidente que en muchos hay una falta de certeza de que los canales las respeten. Creo que eso es lo que refleja la intervención del colega que me antecedió en el uso de la palabra, en la medida en que, frente a la definición de cómo se entrega una concesión, la cual ha de obedecer a razones objetivas, se abriga siempre la duda de si el Consejo va a garantizar, en última instancia, después de un informe técnico y financiero objetivo, que el peticionario efectivamente respetará las leyes laborales.
Parto de la base de que el texto que tenemos que votar no tiene nada malo, en sí. Lo que interesa es que quede claramente establecido, para la historia de la ley y con relación a un párrafo de carácter aparentemente secundario, que se "entenderá, sin necesidad de mención expresa, que toda postulación conlleva la obligación irrestricta de atenerse y mantener permanentemente el "correcto funcionamiento" del servicio".
Lo que nos hubiera gustado es asegurar que la industria cumpla lo mínimo en decencia.
Lamento que Televisión Nacional, una empresa estatal, se porte en esta materia tan mal como los canales privados. Porque se externaliza, se precariza, de la misma manera. Y lo que uno quiere, en el proceso de regulación, es buscar la forma de que se encuentren plenamente protegidos quienes ayudan a brindar entretención a través del medio.
Por último, deseo exponer lo siguiente.
Aquí se plantea una diferencia con lo que pasaba cuando empataban dos proyectos técnicos como los de las radios. Antes, se quedaba con la concesión el que ponía más dinero. Ello llevó a la creación de cadenas en las que los grandes consorcios se apoderaron de buena parte del espectro, en perjuicio de estaciones locales, provinciales o regionales. Entiendo que el modelo planteado en esta ocasión es el de que el Consejo tiene que resolver a quién se le entrega una concesión. O sea, al organismo, que es una instancia plural en la que es preciso asegurar el principio del "correcto funcionamiento", se le está dando un tremendo poder. Es algo que encierra una apuesta.
Sería muy bueno que en la entidad se pudiera asegurar, en algún momento, la representación de los trabajadores de la industria, porque es la única forma de garantizar que sus derechos sean respetados.
He dicho.
--(Aplausos en tribunas).
El señor ESCALONA (Presidente).- Debo informar, para que no haya equívocos, que el Senador señor Muñoz Aburto ha propuesto introducir más adelante un inciso sobre la materia.
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, en primer lugar, deseo referirme a lo expuesto por el Honorable señor Gómez en cuanto a que las condiciones para renovar una concesión son meramente formales e inmateriales.
Eso no es así.
La letra d) del artículo 1° señala expresamente que "Se entenderá por correcto funcionamiento de estos servicios el permanente respeto, a través de su programación, de la democracia, la paz, el pluralismo, el desarrollo regional, el medio ambiente, las familias", etcétera.
Luego, el inciso sexto del artículo 15 expresa que "Se entenderá," -ya lo mencionó el Senador señor Letelier- "sin necesidad de mención expresa, que toda postulación conlleva la obligación irrestricta de atenerse y mantener permanentemente el "correcto funcionamiento" del servicio".
Por lo tanto, una interpretación con un mínimo de lógica permite concluir que quien postula a la renovación tiene que cumplir con las normas establecidas en el artículo 1°, el cual se refiere, entre otras cosas, al "correcto funcionamiento". De manera que no es verdad que se podrían haber infringido gravemente las normas respecto de este último y que este factor no se consideraría en la renovación.
Ello echa por la borda la argumentación de que el proyecto se preocupa solo de lo formal. No es cierto. Si mañana hubiera un canal de televisión cuyos propietarios hubiesen infringido reiteradamente las normas del artículo 1°, ese factor será decisivo para que el Consejo pueda manifestar: "No obstante que usted formalmente ha cumplido, en el hecho, en lo medular, en el fondo, ha violentado la ley, por lo que no puede continuar con la concesión".
Pero el Honorable señor Letelier ha planteado también una cuestión que considero bastante relevante, la cual asimismo les he escuchado a los artistas. Y creo que, como Congreso, no podemos hacernos los lesos al respecto. Los representantes de estas personas han expresado que, cada vez que es preciso que una de ellas suscriba un contrato de trabajo, el canal no lo lleva a cabo directamente, considerando sus derechos laborales, sino que se aplica el sistema de hacerlo con una productora, la cual, a su vez, contrata al artista.
Solicito que la Comisión del Trabajo realice un estudio serio sobre el asunto. El Senado no está solo para recibir proyectos de ley y votarlos: debiera efectuar un análisis responsable, ver cuáles son los argumentos de los canales de televisión y los que expongan los artistas, y emitir un informe a la Sala con una propuesta sobre lo que resulte correcto.
Es evidente que el nivel de indefensión en que se encuentran estos últimos frente a las estaciones es enorme. Si uno de ellos pelea con dichos medios, sale de la televisión. Y eso es inaceptable.
Por tanto, señor Presidente, solicito que el órgano técnico lleve a cabo un estudio fundamentado y objetivo sobre la situación planteada, relativo a la forma como se contrata a los artistas en los canales de televisión y si esa es la manera como ello debe hacerse según la legislación vigente.
Para terminar, menciono un ejemplo: la Comisión de Constitución, por iniciativa del Senador señor Hernán Larraín, preparó un informe sobre la responsabilidad penal juvenil que ha resultado ser un tremendo aporte, porque, en el quinto año de la evaluación del funcionamiento del sistema, las correcciones de la legislación respectiva se han transformado en un tema de debate público. Entonces, ¿por qué no podemos hacer lo mismo en la Comisión de Trabajo?
En ese primer caso no mediaba un proyecto de ley, sino que fue una iniciativa del órgano técnico. Aquí tampoco lo hay sobre la materia. Es perfectamente posible que la Comisión de Trabajo estudie el asunto, lo analice con seriedad, escuche a ambas partes e informe sobre cómo debieran ser los contratos. No emitamos juicios si no se fundan en lo que ella pueda concluir.
Me pronuncio a favor, pero hago presente la conveniencia de que ese análisis se presente a la brevedad a la Sala para poder contar con una opinión formada sobre el particular.
El señor ESCALONA (Presidente).- La propuesta de Su Señoría se someterá a la consideración de los señores Senadores una vez terminada la votación.
Tiene la palabra la Honorable señora Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, lamento haberme perdido los primeros minutos de la segunda parte del debate, pero tuve que ausentarme.
Debo reconocer un buen gesto del señor Presidente de la Cámara de Diputados, quien dispuso una galería especial de quienes se han desempeñado en ese cargo, también ocupado por el Senador señor Patricio Walker.
Estimo que es un bonito ejemplo republicano.
Solo tres mujeres lo hemos ejercido en 22 años, de modo que era importante estar presentes en la ceremonia.
Expreso mis agradecimientos al respecto.
Deseo intervenir porque, si bien se expresa que la concesión con medios propios tiene que ajustarse "cabalmente a las bases del respectivo concurso, y cumpliendo estrictamente con las exigencias relativas a su proyecto financiero", etcétera, estimo, ante la proposición del Honorable señor Espina -quien, además, hace referencia un poco del contenido del inciso tercero-, que no se requiere una dilación. Deberíamos solucionar el problema ahora en el proyecto.
Iba a pedir que se suspendiera unos minutos la sesión para celebrar una reunión de Comités, señor Presidente, a fin de ver si existe un acuerdo con el Ejecutivo y resolver en este momento. Porque el señor Senador tiene razón en el sentido de que no podemos ignorar la situación de muchos de nuestros actores, artistas, en fin, que tienen contratos simulados o son contratados a honorarios, a los que se les externaliza la contratación y que, al final, carecen de previsión. O sea, hay una cantidad de situaciones irregulares que son inaceptables.
Estamos haciendo referencia a la televisión, la cual, entre otras cosas, junto con informar, también debe desempeñar un papel educativo. Si el medio no es capaz de cumplir con normas laborales básicas y ejemplarizadoras y acude al expediente de la externalización o la precariedad o solo a los honorarios o la simulación de contratos, no estoy en condiciones de votar a favor, francamente, si la situación no se arregla aquí y ahora.
Me parece innecesario que la Comisión de Trabajo tenga que emitir un informe y que el asunto vuelva a la Sala. ¿Por qué no lo solucionamos en este momento considerando las condiciones que exactamente debe conllevar un contrato, las cuales son las aceptables, como es evidente, y no las prácticas que se observan día a día y a las que, con toda razón, muchos actores y artistas nos han pedido prestarles atención?
Gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).- Reitero a Sus Señorías que hay una indicación sobre la materia, la cual está en el informe que tienen en sus pupitres. La solución está a mano. Después de dos o tres votaciones más, es preciso pronunciarse al respecto.
El señor LARRAÍN.- Además, estamos en votación.
El señor ESCALONA (Presidente).- Así es. No es posible suspender la sesión.
Está inscrita la Honorable señora Rincón, pero ha pedido la palabra el señor Ministro, quien puede usar de ella.


El señor ERRÁZURIZ (Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).- Señor Presidente, en las Comisiones unidas discutimos la cuestión, incorporándose la norma y otras dos en el mismo sentido. Comprendemos la situación. Incluimos el punto en lo relativo a la solicitud de concesión, al correcto funcionamiento y a la renovación, porque efectivamente forma parte integral de las preocupaciones de la ley que estamos modificando.
Gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Rincón.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, solo deseo consignar, ya que lo mencionó el Senador señor Espina, que el tema fue abordado en la Comisión de Trabajo -concurrieron los actores- en una sesión destinada al efecto.
Se pidió información a Televisión Nacional, de hecho. Pero aún no llega respuesta.
Y, obviamente, sobre este asunto no solo debemos preocuparnos en el Parlamento, sino también ocuparnos.
Aquí se legisló al respecto en el pasado, y algunos llegaron a sostener que el Congreso había legislado para hacer respetar los derechos de los actores sobre sus producciones y creaciones a raíz de lo importante que resultaban ellos en las campañas electorales.
Lo digo porque el que nosotros nos preocupemos de los derechos laborales de todos los trabajadores y las trabajadoras de nuestro país es un tema no menor.
Cuando uno lee el artículo 1° del texto legal vigente, al que se alude en el precepto que estamos votando, se observa que hace mención expresa a la Ley de Propiedad Intelectual, a la relativa a Condiciones de Trabajo y Contratación de Trabajadores de Artes y Espectáculos y a la concerniente a Derechos Morales y Patrimoniales de Intérpretes de Ejecuciones Artísticas fijadas en Formato Audiovisual.
Sin embargo, el punto radica en el modo de hacer cumplir esas normativas, por lo cual tantas veces nos han reclamado los artistas, como manifestó el colega Espina. Y, obviamente -lo dijeron la Senadora Isabel Allende y el Senador Letelier-, Televisión Nacional no las respeta en muchas oportunidades.
Y el problema no es solamente que se realice la contratación a través de una productora. Porque, además, a los artistas, al igual que a los periodistas, se los contrata por medio de empresas unipersonales. Es decir, no se los toma como trabajadores del canal, sino que se los obliga a celebrar contrato con una empresa unipersonal, rompiéndose la relación laboral con los periodistas y, por cierto, con los artistas.
Entonces, la pregunta es cómo el Estado cumple su rol de empleador, que es fundamental, y da el ejemplo al resto de la economía.
Eso es lo que nos han representado en reiteradas oportunidades los artistas en la discusión de la ley en proyecto: cómo hacernos cargo de cuidarlos como trabajadores; de hacer que se respeten sus derechos, su aporte a la creación. Y, ciertamente, hay que velar por eso en la tramitación de esta iniciativa.
Entiendo que a ello se alude cuando se hace mención en forma expresa al artículo 1°. Pero la cuestión es cómo se cumplen o no las referidas leyes, que es a donde apunta el reclamo de los trabajadores, quienes no están viendo respetados sus derechos.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación.
--Por 30 votos contra 4 y una abstención, se aprueba el inciso cuarto del artículo 15 de remplazo, dejándose constancia de que se reúne el quórum constitucional exigido.
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Cantero, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa la señora Allende y los señores Gómez, Muñoz Aburto y Navarro.
Se abstuvo el señor Letelier.

El señor ESCALONA (Presidente).- El Senador señor Espina ha propuesto a la Sala encomendar a la Comisión de Trabajo la entrega de un informe relacionado con la situación laboral de los trabajadores de los medios de comunicación, en particular de la televisión.
¿Si le parece a la Sala?
La señora ALLENDE.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra, Su Señoría.
La señora ALLENDE.- Estoy de acuerdo, señor Presidente, con que dicho órgano técnico elabore un informe acerca de lo que afecta a esos trabajadores. Sin embargo, quiero saber si ahora, con la indicación que se ha propuesto, podemos resolver un tema tan específico como aquel.
Creo que sería bueno revisar eso, porque lo uno no es obstáculo para lo otro.
En consecuencia, estimo que deberíamos pronunciarnos sobre tal indicación, que en definitiva va a la médula del problema, sin perjuicio de que la Comisión de Trabajo nos pueda entregar un amplio informe.
El señor ESCALONA (Presidente).- Señora Senadora, la indicación se verá cuando llegue el momento de su estudio por la Sala, conforme al orden consecutivo que establece el Reglamento.
Si no hay inconveniente, se aprobará la proposición del Honorable señor Espina.
--Se aprueba.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario General.
El señor LABBÉ (Secretario General).- De conformidad con lo que se solicitó anteriormente, corresponde pronunciarse separadamente sobre el inciso quinto del artículo 15, que dice:
"En el caso de concesiones locales de carácter comunitario, el Consejo deberá atenerse siempre al procedimiento definido en la letra j) del artículo 12 de esta ley".
El señor ESCALONA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará.
--Por 30 votos a favor, se aprueba el inciso quinto del artículo 15 de remplazo, dejándose constancia de que se reúne el quórum constitucional requerido.

El señor LABBÉ (Secretario General).- A continuación está el inciso sexto, que señala:
"Se entenderá, sin necesidad de mención expresa, que toda postulación conlleva la obligación irrestricta de atenerse y mantener permanentemente el `correcto funcionamiento' del servicio, en los términos establecidos en el artículo 1° de esta ley".
El señor ESCALONA (Presidente).- En discusión el inciso sexto.
Tiene la palabra el Honorable señor Gómez.


El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, cuando en su oportunidad me referí a este inciso, el Senador Espina dijo que no estaba diciendo lo que correctamente dispone la ley.
Pienso que está equivocado. Porque cuando hice alusión a que ese precepto señala que "Se entenderá, sin necesidad de mención expresa, que toda postulación conlleva la obligación de", formulé un planteamiento con el sentido de introducir claridad.
A mi juicio, lo relativo a las bases, a los concursos, a lo que se va a licitar y a las obligaciones que ha de cumplir el concesionario debe quedar expresamente establecido.
Con el informe que se está pidiendo aquí no va a pasar absolutamente nada. Lo que deberíamos hacer es lograr que en esta iniciativa, ya que existe acuerdo, se pudieran fijar criterios que contuvieran un punto esencial: lo valórico. Porque no es posible que exista una concesión que no cumpla con el correcto funcionamiento, lo que implica el respeto a "las familias" y no a "la familia" -como quedó establecido-, pues este país es diverso y no tiene un solo tipo de familia; al pluralismo; como también a lo que todos han mencionado: las normas que afectan a los trabajadores de este sector, que son los artistas, los productores, las personas para las cuales, en definitiva, no existe la defensa que debería contemplar con claridad la ley en proyecto.
Por eso que este precepto habla de "conlleva", es decir, de "incorpórelo". ¡Pero no, pues! Ocurre que hay un artículo puntual relativo a las bases y a lo que se debe cumplir. Y lo único que se está diciendo aquí con precisión, porque fue algo que les interesó poner así, es que la concesión debe tener respaldo financiero y cumplir con las condiciones técnicas necesarias para garantizar una óptima transmisión.
Ahora bien, ¿por qué no se agrega lo que estamos diciendo, en el sentido de establecer con claridad el criterio que hemos señalado? ¡Si eso es lo que estamos pidiendo!
La indicación firmada por varios Senadores, entre quienes me incluyo, que se refiere a lo expresado por el señor Presidente, apunta a solucionar una parte del problema. Y por eso resulta importante el proceso que estamos analizando.
Y vuelvo a señalarlo -lo repetiré aunque moleste- aquí se están entregando concesiones gratuitas por veinte años, con requisitos muy fáciles de cumplir. Porque se dice: "Miren, eso no ocurrirá si el 50 por ciento de las condiciones, en promedio, no se cumplen". Esto significará que cuando haya más infracciones el promedio será mayor.
¡Eso es absurdo, señor Presidente!
De lo que debemos preocuparnos es de que, si se incumple la ley, se apliquen las sanciones que correspondan. Pero aquí estamos dando facilidades: entregamos gratis las concesiones; les permitimos a sus titulares que realicen negocios, y además, estos hacen lo que quieren con los artistas, aquí presentes, y nosotros aceptamos que la sanción quede diluida en la ley.
¡Eso es lo que estoy alegando!
Pongámoslo con claridad. Establezcamos las condiciones precisas para que los concesionarios cumplan la ley, y no para que lo hagan a medias o busquen el promedio para incumplirla.
¡Eso es lo que planteo!
De ahí que pienso que este precepto debe quedar redactado con precisión: "La concesión con medios propios será asignada al postulante cuyo proyecto se ajusta cabalmente a las definiciones del correcto funcionamiento del artículo 1° que deben estar en esas bases".
Con ello, en definitiva, se obligará a que las bases tengan esos antecedentes. Como está redactado el texto, no existe esa obligación, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, la historia de la ley en proyecto va a ser larga. Ya se han formulado muchísimas indicaciones -tengo en mis manos el boletín-; alcanzan a alrededor de 573.
Hay quienes se molestan porque uno las presenta. Pero la verdad es que en esta monarquía presidencial la única manera de que los parlamentarios, que somos representantes de la soberanía popular, podamos intentar introducir elementos a favor de la ciudadanía o de los sectores que serán afectados por la futura legislación es mediante las indicaciones.
Sin embargo, estas, cuando son rechazadas, no quedan en la ley. Y con eso se diluye la pureza del debate.
Entonces, cuando discutimos si es necesario hacer una mención expresa de las obligaciones irrestrictas de mantener el "correcto funcionamiento", debo recordar que en la indicación N° 273 -tengo su texto en mis manos- se explicaba qué entendemos por "correcto funcionamiento": el cumplimiento del pago de las deudas previsionales, la inexistencia de conflictos laborales vigentes y respeto tanto a la propiedad intelectual como a los derechos de autor. Y la falsedad de la declaración pertinente daría lugar a la caducidad de la concesión.
Eso es muy importante, señor Presidente, porque se trata de una concesión pública.
En la minería, donde también existen concesiones, las empresas que desarrollan esa actividad ejercen un estricto rol de vigilancia del cumplimiento de las leyes laborales, y ningún contratista o subcontratista puede intentar pasar por encima de ellas porque, a pesar de que el Código del Trabajo establece la responsabilidad subsidiaria -y no solidaria como hubiéramos querido-, las empresas entienden que deben cumplir esas tareas desde el momento en que hacen uso de una concesión estatal.
No veo por qué ante la entrega de una concesión gratuita por parte del Estado de Chile este no debería garantizar que el titular de tal concesión respetara de manera irrestricta los derechos laborales, previsionales y, particularmente, los de propiedad intelectual y de autor. Y, si alguien falseara o violara tales principios, debería caducarse la concesión, porque quien administra una pública, estatal -que, además, es altamente rentable y reviste el carácter de gratuita-, se halla obligado a respetar los derechos de los trabajadores.
Si eso no es así, nos encontramos frente a una contradicción, porque el Estado es el responsable de lo anterior.
"La culpa no es del chancho, sino del que le da el afrecho". Es decir, si nosotros vemos que hay canales de televisión que usan y abusan de la propiedad intelectual o que violan los derechos de autor o los laborales, es porque nosotros lo permitimos.
Ese es el llamado de atención que quiero hacer a mis colegas.
Por lo tanto, al menos cumplimos. Pero la indicación N° 273, que presentamos junto con el Senador Tuma, fue rechazada y nos quedamos sin una parte importante relativa a las condiciones que deseábamos que se establecieran.
En consecuencia, opino que el colega Gómez tiene razón. Cuando se dice que "Se entenderá, sin necesidad de mención expresa, que toda postulación conlleva la obligación irrestricta de atenerse y mantener permanentemente el `correcto funcionamiento'", se excluye el respeto a los trabajadores, a la propiedad intelectual y, particularmente, a los derechos de autor.
Es decir, en un medio tan importante, donde esos elementos son esenciales -la televisión no es solo la transmisión de imagen, sino también la de contenidos a través de personas como periodistas, locutores, animadores y artistas-, ha quedado fuera de la exigencia del correcto funcionamiento el cumplimiento de los derechos laborales, de propiedad intelectual y de autor.
Lo siento profundamente, señor Presidente. Y, por esas razones, votaré en contra de este inciso.
Por consiguiente no nos queda más que dejar testimonio de nuestra posición, aunque muchas veces esto es insuficiente y no me gusta hacerlo.
Cuando observemos el resultado de la aplicación de la ley en proyecto y ocurran los hechos a que me referí, cada cual deberá asumir su propia responsabilidad. Ese es el sentido positivo de este debate: las advertencias formuladas ante los posibles conflictos de intereses y la vulneración de los derechos laborales por la no inclusión de cláusulas expresas y no implícitas.
Voto en contra del inciso, por los motivos que he señalado.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
El señor ESCALONA (Presidente).- Le corresponde el uso de la palabra al Senador señor Coloma.
El señor ERRÁZURIZ (Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor COLOMA.- Le cedo mi turno, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Entonces, tiene la palabra el señor Ministro.
Le recuerdo, nuevamente, que nos encontramos en votación.


El señor ERRÁZURIZ (Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).- Lo sé, señor Presidente.
Solo deseo precisar algo que acaba de expresar el Senador señor Navarro.
El concepto que él mencionó se halla totalmente explícito; no hay nada implícito.
Esto lo discutimos, lo conversamos y, de hecho, el Ejecutivo aceptó la modificación que se hizo durante la tramitación en las Comisiones unidas, en cuanto a establecer que "De igual manera el correcto funcionamiento de estos servicios comprende el cabal cumplimiento, por parte de los concesionarios y permisionarios, de las leyes Nos 17.336, 19.889 y 20.243".
O sea -reitero-, la referencia es completamente explícita.
Además, durante el debate hubo unanimidad respecto de este punto, y somos muy conscientes de su relevancia.
Solo quería enfatizar ese aspecto, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Gracias, señor Ministro.
Debo expresar que hace un momento me equivoqué, pues aún no se ha abierto la votación del inciso sexto.
Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, he oído con atención los planteamientos de los Senadores Navarro y Gómez, y puedo decir que al escucharlos sin ver el precepto que vamos a votar es posible encontrarles razón.
Pero cuando uno lee su texto llega a la conclusión de que, con toda franqueza, no profundizaron en él. Lo digo porque, respecto de la norma específica que regula la concesión, existen tres referencias a la situación de los trabajadores. ¡Tres en esta misma iniciativa!
Primero, el artículo 1º explicita -y lo acaba de citar el señor Ministro- que "De igual manera el correcto funcionamiento de estos servicios comprende el cabal cumplimiento, por parte de los concesionarios y permisionarios, de las leyes Nos 17.336, 19.889 y 20.243".
¡Tres leyes! ¡La última es la Nº 20.243!
Es decir, la referencia es expresa. Si así no fuera, uno podría discutirlo. Pero, aun cuando la aplicación de las leyes es general, en el artículo 1º de esta iniciativa se resuelve expresamente la inquietud planteada por los señores Senadores.
Y, adicionalmente,...
El señor GÓMEZ.- No es expresa, sino tangencial.
El señor COLOMA.- No, señor Senador. ¡No se me ocurre qué más expresa puede ser!
El señor GÓMEZ.- ¡Déjenlo en el inciso, entonces!
El señor ESCALONA (Presidente).- Ruego no interrumpir al Honorable señor Coloma.
El señor COLOMA.- En segundo lugar, el artículo 15 del proyecto -también debe haber sido leído por los señores Senadores- reitera, en otro aspecto, que "Asimismo, tampoco podrá otorgarse la concesión al solicitante que hubiese sido condenado de manera reiterada por sentencia de término que se encuentre ejecutoriada en virtud de la ley 20.243 durante el año calendario".
O sea, si alguna duda le queda al Senador Gómez -Su Señoría hace gestos como para indicarme que aún está dudoso- espero que mi explicación lo ayude a dilucidarla...
El señor GÓMEZ.- ¡Tengo la certeza!
El señor COLOMA.- Y para aquellos colegas que no leyeron bien el artículo 1º, el artículo 15 vuelve a fijarle una exigencia al solicitante de la concesión al advertir expresamente que, si ha incurrido en las conductas tipificadas en la ley Nº 20.243 -que fue aprobada por este Parlamento-, no se le otorgará la concesión.
Y, aun a riesgo de ser considerada una técnica legislativa algo machacante, debo agregar que en la letra f) del artículo 22, dentro del conjunto de requisitos de postulación a una concesión -Sus Señorías pueden leerla por si alguien tiene dudas-, se dispone que para participar en el concurso público se precisará una "Declaración Jurada del solicitante donde se estipule que no ha sido condenado en virtud de las leyes N° 17.336, N° 19.889 y N° 20.243, y durante los 3 años calendario inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud".
Entonces, señor Presidente, sé que todos tratamos de legislar en búsqueda del bien común y que uno puede discrepar y sostener visiones distintas -eso es sano-. Pero lo que no resulta aceptable es leer de manera diferente lo que contempla el texto que las Comisiones unidas nos mandaron.
Yo pregunté sobre el particular a algunos miembros de las Comisiones, y me dijeron que este punto fue parte de la discusión. No es que haya "pasado colado" ni que sus integrantes hayan estado "pajareando". Fueron debatidos los requisitos para mantener una concesión y la relación que debía existir entre ellos y los trabajadores, especialmente en lo que concierne a la ley Nº 20.243.
Por tanto, señor Presidente, soy consciente de que, si uno quiere discutir, puede estar haciéndolo durante años. Sin embargo, respecto del inciso que nos ocupa, debe quedar claro en la historia de la ley que las aprensiones legítimamente planteadas por los señores parlamentarios quedan absolutamente zanjadas por los tres artículos a que hice referencia.
Y, a riesgo de ser reiterativo, el establecimiento de los artículos 1º, 15 y 22 fue la forma...
El señor LAGOS.- ¡Artículo 22, letra f)!
El señor COLOMA.- Así es. Gracias, Senador Lagos.
Decía que el establecimiento de esas disposiciones legales fue la forma de resolver lo relativo al sistema de renovación de las concesiones.
Y, dicho sea de paso -para ir al tema de fondo-, a mí me parece adecuado que se les exija a las concesiones -se trata de las que cuentan con medios propios; de las que tienen una categoría especial, no de todas- que, desde el punto de vista técnico, tengan las mejores condiciones, además de las consideraciones respecto a los trabajadores a las que me referí.
Por eso, estoy convencido de que debemos avanzar rápidamente en esta iniciativa de ley. No podemos demorarnos diez años. Así como vamos con este ritmo de trabajo, creo que la televisión digital ya va a tener otras versiones.
El señor LAGOS.- ¡Si nos demoramos 10 años, se los imputamos a los 20 años...!
El señor COLOMA.- Pero, respecto del planteamiento que nos ocupa, señor Presidente, esto está absolutamente resuelto, y bien resuelto, en el proyecto de ley.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.


El señor GIRARDI.- Señor Presidente, esta fue una materia largamente debatida y yo concuerdo con la incorporación de algunos aspectos que salvan en parte la problemática que involucra. Pero lo que abunda no daña. Y hay dos razones por las cuales me parece importante que ellos se incorporen.
La primera es que insisto -lo hemos planteado acá- en que estamos hablando de un bien nacional de uso público, por lo que lo mínimo que puede exigirse a quien va a acceder a él, aparte la contraprestación, es respetar los derechos laborales.
Por lo menos -este es un tema filosófico-, algunos tenemos cuestionamientos sobre cómo opera en Chile la subcontratación. Para mí, es un instrumento que se usa fundamentalmente para violar los derechos laborales. Muchas veces existe subcontratación a la vista de todos nosotros -por ello somos cómplices-, la que está en el mismo giro de la actividad de la empresa. Hay cadenas de retail que subcontratan trabajadores para vender. Y eso es totalmente ilegal.
Entonces, aquí hay un planteamiento de fondo distinto entre algunos de nosotros respecto a que la subcontratación juega un rol precisamente para privar a los trabajadores de sus derechos fundamentales, lo que también ocurre -o puede ocurrir- en el ámbito de la televisión.
La segunda razón es la siguiente: he sido un fuerte defensor de la retransmisión consentida. Lo he hecho sobre un fundamento que, de modo evidente, puede también ser cuestionable, pues quien genera contenidos tiene derecho, como es lógico, a pedir una reciprocidad si otros -por ejemplo, los cableros- van a usar esos contenidos sin haber aportado a su generación. Y lo hemos dicho: en la televisión del futuro, más allá del chasis, lo que importa son los contenidos.
Por eso, he sido partidario de la retransmisión consentida con condiciones de cobertura y con otros elementos que garanticen efectivamente la posibilidad de fortalecer los contenidos. Pero yo diría que el mismo principio que la televisión abierta esgrime para establecer la retransmisión consentida con los cableros es legítimo también para con los creadores que, muchas veces, son dueños de esos contenidos.
Entonces, me parece totalmente legítimo que en este ámbito se plantee que debe haber también reciprocidad de la televisión con los creadores, con los artistas, cuando se utilizan estos contenidos.
A mi juicio, son temas que debiéramos incorporar con más profundidad a este debate.
La propiedad intelectual y la visión propietaria de los contenidos van a ser cuestionadas en el siglo XXI. Vemos hoy día que Wikipedia es una enciclopedia colaborativa; vemos que se accede a la música cada vez más sin respeto a la propiedad intelectual, entre comillas; vemos que viene un mundo de abajo para arriba, un mundo en red, donde, de manera clara, Internet producirá una universalización de los contenidos. Internet, claramente, expresa esa posibilidad de generar contenidos colaborativos. Pero, dado que el argumento que se plantea acá para la retransmisión consentida es justamente el respeto a un cierto concepto de propiedad intelectual de la televisión abierta hacia los cableros, lo que es válido, pienso que es igualmente válido tratándose de la relación entre la televisión abierta y los creadores, los artistas, que también debieran verse beneficiados en esta cadena de reciprocidades que se ha establecido.
El señor ESCALONA (Presidente).- Como ha llegado la hora prevista para el término de la sesión, el debate continuará en la tarde y queda inscrito, en primer lugar, el Senador señor Hernán Larraín.
Habiéndose cumplido su objetivo, se levanta la sesión.