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INTRODUCCIÓN DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, solo deseo consignar, ya que lo mencionó el Senador señor Espina, que el tema fue abordado en la Comisión de Trabajo -concurrieron los actores- en una sesión destinada al efecto.
Se pidió información a Televisión Nacional, de hecho. Pero aún no llega respuesta.
Y, obviamente, sobre este asunto no solo debemos preocuparnos en el Parlamento, sino también ocuparnos.
Aquí se legisló al respecto en el pasado, y algunos llegaron a sostener que el Congreso había legislado para hacer respetar los derechos de los actores sobre sus producciones y creaciones a raíz de lo importante que resultaban ellos en las campañas electorales.
Lo digo porque el que nosotros nos preocupemos de los derechos laborales de todos los trabajadores y las trabajadoras de nuestro país es un tema no menor.
Cuando uno lee el artículo 1° del texto legal vigente, al que se alude en el precepto que estamos votando, se observa que hace mención expresa a la Ley de Propiedad Intelectual, a la relativa a Condiciones de Trabajo y Contratación de Trabajadores de Artes y Espectáculos y a la concerniente a Derechos Morales y Patrimoniales de Intérpretes de Ejecuciones Artísticas fijadas en Formato Audiovisual.
Sin embargo, el punto radica en el modo de hacer cumplir esas normativas, por lo cual tantas veces nos han reclamado los artistas, como manifestó el colega Espina. Y, obviamente -lo dijeron la Senadora Isabel Allende y el Senador Letelier-, Televisión Nacional no las respeta en muchas oportunidades.
Y el problema no es solamente que se realice la contratación a través de una productora. Porque, además, a los artistas, al igual que a los periodistas, se los contrata por medio de empresas unipersonales. Es decir, no se los toma como trabajadores del canal, sino que se los obliga a celebrar contrato con una empresa unipersonal, rompiéndose la relación laboral con los periodistas y, por cierto, con los artistas.
Entonces, la pregunta es cómo el Estado cumple su rol de empleador, que es fundamental, y da el ejemplo al resto de la economía.
Eso es lo que nos han representado en reiteradas oportunidades los artistas en la discusión de la ley en proyecto: cómo hacernos cargo de cuidarlos como trabajadores; de hacer que se respeten sus derechos, su aporte a la creación. Y, ciertamente, hay que velar por eso en la tramitación de esta iniciativa.
Entiendo que a ello se alude cuando se hace mención en forma expresa al artículo 1°. Pero la cuestión es cómo se cumplen o no las referidas leyes, que es a donde apunta el reclamo de los trabajadores, quienes no están viendo respetados sus derechos.