NUEVOS MECANISMOS CONTRA EXPOSICIÓN A HUMO DE TABACO EN LUGARES DE USO PÚBLICO Y COLECTIVO
La señora RINCÓN.- Señor Presidente, la verdad es que me sorprenden ciertas intervenciones relativas a los trabajadores, pues no por dejar de observarse en algunas discusiones legislativas un comportamiento coherente con el discurso en defensa de ellos vamos a omitirnos en esta.
Lo digo específicamente en lo que atañe a los plaguicidas.
Sobre esa materia, en el pasado se discutió una iniciativa que, pese a haberse aprobado unánimemente en la Cámara de Diputados, no fue respaldada por el Senado. Y en esta nueva legislatura presentamos un proyecto en el mismo sentido; empero, no ha sido posible avanzar en su despacho.
Ahora bien, aprovechando, por un lado, que el colega Letelier hizo una alusión a ese proyecto en particular, y por otro, que el Ministerio de Salud se muestra comprometido con la salud de los trabajadores en la iniciativa que estamos discutiendo esta tarde, quiero pedir que le demos curso a aquella normativa, que la aprobemos rápidamente y que no le busquemos más la quinta pata al gato.
En esa línea, creo que es uno solo el sentido que debe inspirar tanto a la iniciativa que nos ocupa en este momento cuanto a la relativa a los plaguicidas altamente peligrosos, calificados así por la OMS: proteger a los trabajadores.
Señor Presidente, ayer le pedí a mi colega Lily Pérez que me diera un pareo -le agradezco que haya estado dispuesta a concedérmelo, pese a que después le dije que no lo hiciera porque estábamos votando en el mismo sentido-, debido a que tenía que retirarme para participar en una reunión en el colegio de mi hijo. Y en ella nos dieron una charla acerca de, precisamente, los daños que ocasionan a la salud de nuestros hijos el tabaco, el alcohol, las drogas.
En particular sobre el problema del tabaco, señor Presidente, estimo que cabe una sola conducta: la protección.
Si alguien quiere fumar y afectar su salud, allá él. Pero no puede, con su conducta, dañar a otros.
¿Y cuál es el punto acá? Que, en los ambientes cerrados, los trabajadores, a raíz del humo de tabaco, se encuentran expuestos a sufrir daños en su salud permanentemente. ¿Y por qué? Porque siempre deben estar atendiendo a los clientes que fuman.
Ayer conversábamos con el Senador Tuma, y decíamos "Bueno, inventemos el autoservicio: los clientes se sirven afuera solitos en su bandeja y luego entran y comen. Pero no expongamos a los trabajadores a algo que les hace mal".
Creo, señor Presidente, que debemos garantizar el bien de todos. Y, obviamente, el trabajador no tiene otra alternativa que exponerse al humo del tabaco, pues requiere laborar para ganar el sustento para él y su familia.
Ahí radica el punto de discusión hoy día. Y hemos de ser coherentes: la misma conducta en todos los proyectos de ley. Pero no porque no hayamos avanzado en uno -ello me parece grave; y le pido al Ministro su firma para avanzar en él- debemos tener la misma conducta en el que nos convoca hoy.
Por eso, señor Presidente, para ser coherentes y consecuentes, tenemos que aprobar el precepto en discusión.
La señora RINCÓN.- Señor Presidente, tal como lo explicaron el Senador Coloma y el Ministro, la Comisión de Agricultura pidió revisar el proyecto única y exclusivamente por los dos artículos referidos. Nosotros buscábamos resguardar el trabajo de 3 mil pequeños productores, que se enmarcan dentro de la agricultura familiar campesina.
Lo dijimos durante la discusión en la Comisión, en la que participó tanto el Senador Girardi como el Senador Rossi: si queremos derechamente prohibir el consumo del tabaco en el país, hagamos esa discusión. Mientras ello no se haga, no aprobemos normas que finalmente a los únicos que perjudican en forma irreparable es a nuestros pequeños productores.
Y debo decirle al Senador Girardi -por su intermedio, señor Presidente- que esta no es una propuesta del Ministerio, sino nuestra. Este la revisó y acogió. Y la hicimos justamente para conciliar la protección de la salud de nuestros niños y adultos con la producción y el emprendimiento de nuestros productores.
Es más, revisamos las normas que en esta materia tiene la FDA, para plantear una redacción adecuada.
La última parte del inciso primero del artículo 9°, ya aprobado, recoge lo propuesto en el 9° bis, nuevo. Dice: "No podrán comercializarse los productos de tabaco que contengan aditivos que no hayan sido previamente informados al Ministerio de Salud". ¿Por qué? Porque creemos que dicha Cartera -instancia que deberá autorizarlos- debe velar para que aquellos cumplan los requisitos de resguardo a la salud en nuestro país.
Ese es el sentido de la norma.
Agradezco el trabajo de la Comisión de Agricultura y, también, el de los Ministerios de Salud y de Agricultura, que se allanaron a buscar una solución razonable que protegiera -insisto- a nuestros productores, que se ubican desde las Regiones Quinta a Novena.
Gracias.
--(Aplausos en tribunas).