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MODIFICACIÓN DE CÓDIGO SANITARIO EN MATERIA DE REGULACIÓN DE FARMACIAS Y MEDICAMENTOS


El señor ESCALONA (Presidente).- Corresponde proseguir la discusión particular del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el Código Sanitario en lo referente a la regulación de las farmacias y los medicamentos, con segundo informe de la Comisión de Salud e informes de las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Hacienda, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre los proyectos (6523-11, 6037-11 y 6331-11, 6858-11, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyectos de ley (mociones de los Senadores señores Girardi y Ruiz-Esquide y del entonces Senador señor Ominami; de los Senadores señora Alvear y señor Ruiz-Esquide; del Senador señor Muñoz Aburto, y de la Senadora señora Alvear):
En primer trámite, se da cuenta de ellos en las siguientes sesiones:
1) Sesión 19ª, en 19 de mayo de 2009 (6523-11).
2) Sesión 45ª, en 19 de agosto de 2008 (6037-11).
3) Sesión 82ª, en 6 de enero de 2009 (6331-11).
4) Sesión 4ª, en 23 de marzo de 2010 (6858-11)
Informes de Comisión:
Salud: sesión 40ª, en 4 de agosto de 2010.
Salud (segundo): sesión 22ª, en 5 de junio de 2012.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 22ª, en 5 de junio de 2012.
Hacienda: sesión 22ª, en 5 de junio de 2012.
Discusión:
Sesiones 41ª, en 10 de agosto de 2010 (se aprueba en general); 24ª, en 12 de junio de 2012 (queda pendiente su discusión particular); 26ª, en 13 de junio de 2012 (queda para segunda discusión).
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Cabe recordar, señores Senadores, que en sesión de 13 de junio se solicitó segunda discusión para esta iniciativa.
En sesión de 12 de junio se sometieron a votación las enmiendas unánimes propuestas por la Comisión de Salud que no fueron objeto de peticiones de votación separada, incluida la norma de quórum especial, y que en sesión del día siguiente se realizó la votación separada de algunas de las normas respecto de las cuales se había solicitado, quedando pendiente la de las siguientes:
1.- Artículo 1º, Nº 1), artículo 100, cada uno de los incisos.
2.- Artículo 2º.
3.- Artículo 3º, primera frase del inciso segundo.
Corresponde mencionar, asimismo, que algunos señores Senadores hicieron llegar a la Secretaría una indicación tendiente a incorporar al proyecto un artículo transitorio y que para tratarla se requiere la unanimidad de la Sala.
Habría que dirigirse en primer lugar, entonces, a la página...
El señor GÓMEZ.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).- ¿Cuestión de Reglamento, señor Senador?
El señor GÓMEZ.- Casi.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.


El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, estaba conversando con el Ministro y con el Presidente de la Comisión de Salud a los efectos de pedir la unanimidad de la Sala para modificar el artículo 102 (página 19 del comparado), cuyo inciso segundo contiene una regulación acerca de los productos alimenticios.
Dice el referido inciso: "Se considerarán alimentos especiales aquellos productos o preparados destinados al consumo humano con fines particulares de nutrición, utilizados en el tratamiento de determinadas patologías o condiciones de salud, que requieran de modalidades de administración no parenteral, diferentes a las vías naturales...".
La idea surgida de la referida conversación es borrar la expresión "diferentes a las vías naturales" y decir, después de coma, "tales como la vía oral u otras". Porque el Ministro me explicaba que en ciertas situaciones hay que alimentar a un paciente a través de sondas u otras vías, lo que no queda explícito.
Por eso, pido recabar la unanimidad necesaria para hacer la modificación respectiva.
Gracias, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Señor Senador, como usted sabe, la norma citada ya se aprobó.
Por tanto, solicito el acuerdo unánime de la Sala para hacer la rectificación redaccional en comento.
¿Les parece a Sus Señorías?
--Por consenso, se aprueba la enmienda pertinente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores...
El señor ESCALONA (Presidente).- Perdón, señor Secretario, pero le daré la palabra a la Senadora señora Rincón, quien la está pidiendo.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, me gustaría saber qué va a pasar con el artículo transitorio aprobado por la Comisión de Salud y que la de Constitución eliminó. Porque si no es posible discutirlo e incorporarlo, yo quiero pedir que se aplique el artículo 131 del Reglamento y que su contenido sea revisado por la Comisión de Trabajo.
El señor LABBÉ (Secretario General).- La información que la Secretaría puede dar al respecto es que se trata de un nuevo artículo transitorio. Y, estando en la discusión particular, para considerarlo, como se dijo en la relación (atendido que se planteó en la Sala que estaba vinculado incluso con el artículo 100 sugerido para el Código Sanitario), se requiere, en todo caso, la unanimidad del Senado.
Distinta es la situación que está planteando la Honorable señora Rincón: que la nueva norma transitoria se envíe a Comisión. Y sobre el particular, conforme al artículo 131 del Reglamento, es posible formular indicación a los fines de que un asunto vaya a Comisión para su análisis específico. Es el caso del ya mencionado artículo 100, que se dijo que estaba relacionado con la mencionada disposición transitoria. Pero eso, en todo caso, debe ser votado por la Sala.
La señora RINCÓN.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).- Está clara la cuestión, señora Senadora.
La señora RINCÓN.- Quiero explicar, para que Sus Señorías lo sepan, cuál es el punto.
Si la Sala no acuerda incorporar la indicación formulada, según conversamos, al menos en mi bancada, vamos a votar en contra del artículo respectivo en particular.
Creo que la indicación puede ser una forma de darle salida al problema que les estamos ocasionando a los trabajadores.
--(Aplausos en tribunas).
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, reglamentariamente, quiero invocar el numeral 7° del artículo 131 al objeto de que el artículo 100 que mediante este proyecto se propone incorporar al Código Sanitario se remita a la Comisión de Trabajo para su análisis e informe.
La cuestión es muy simple.
El referido artículo 100 dice relación con el término del incentivo, que muchos consideran inadecuado, consistente en el pago de comisiones por la venta de ciertos productos.
Se puede discutir eso en su mérito. Pero hay una consecuencia para el mundo del trabajo, la que no fue considerada en el debate inicial.
Realizamos la discusión cuando regulamos los sueldos del sector comercio, donde una parte es sueldo fijo, y otra, sueldo variable.
Pues bien, al eliminarse una porción del ingreso variable, sin duda relacionada directamente con el ya mencionado artículo 100, se puede estar de manera indirecta generando un estímulo para bajarles los sueldos a los trabajadores de las cadenas de farmacias (entiendo que no existe interés -al menos no de nuestra parte- en afectar sus ingresos), quienes son los más perjudicados por la referida norma.
Entiendo que, según el artículo 131, numeral 7°, por simple mayoría de votos la Sala puede resolver si el asunto va a estudio a una Comisión.
Por tanto, más que presentar una indicación, para lo cual se requiere acuerdo unánime, se trata de pedir opinión a la Comisión de Trabajo en torno al artículo 100 en comento, sobre la base de la norma reglamentaria ya individualizada.
--(Aplausos en tribunas).
El señor ESCALONA (Presidente).- Estamos claros.
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.


El señor NOVOA.- Señor Presidente, quiero que la Mesa precise el aspecto reglamentario.
Porque estábamos en la votación del artículo 100.
Si la indicación presentada por la Senadora Rincón supusiera parar la discusión del proyecto, yo le pediría a la Mesa decir cuál es el procedimiento a seguir y que actuáramos conforme a él. Porque en la práctica, de acuerdo al Reglamento, es factible que haya que votar el ingreso a debate de la indicación presentada y que, si él se aprueba, debamos suspender el tratamiento de la iniciativa.
No sé cuál es la interpretación de la Mesa.
El señor LETELIER.- Se requiere acuerdo unánime.
El señor NOVOA.- Está bien. No hay problema.
El señor RUIZ-ESQUIDE.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).- La Mesa no tiene ninguna dificultad para precisar el punto. El problema radica en que algunos señores Senadores están solicitando con mucho entusiasmo el uso de la palabra.
Entonces, me pronunciaré sobre el punto luego de que intervengan Sus Señorías.
Tiene la palabra el Honorable señor Rossi.


El señor ROSSI.- Señor Presidente, si la cuestión puesta sobre la mesa tiene que ver con la eliminación del pago a los trabajadores de farmacias de comisiones por la venta de determinados productos -la famosa "canela"- y que eso no afecte sus ingresos, basta, a fin de no retrasar el trámite del proyecto al mandar el punto específico a la Comisión de Trabajo, que se dé la unanimidad para admitir la indicación presentada, que justamente establece que el hecho de que se prohíba otorgar comisión por la venta de ciertos medicamentos no puede significar detrimento remuneracional.
Creo que podríamos considerar aquella indicación.
--(Aplausos en tribunas).
Sería mucho más fácil. Pienso que está en el espíritu de todos los aquí presentes apoyar una proposición de tal naturaleza. Y así evitaríamos retrasar la tramitación del proyecto.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, para tal efecto se redactó una indicación (obra en poder de la mayoría de los Senadores; la tienen los jefes de Comités) que, a través de un artículo transitorio, regula lo prescrito en el artículo 100 sugerido para el Código Sanitario y regula de manera más adecuada la situación descrita: que los trabajadores no pierdan ingresos; que exista un plazo de seis meses para la adecuación -porque esto se halla pactado así ahora-, y que no pueda haber disminución de remuneraciones ya percibidas.
Tal vez lo referente al etiquetado podría ser motivo de mayor debate.
El señor ROSSI.- El rotulado, no.
La señora RINCÓN.- No.
El señor NAVARRO.- El rotulado, no. Pero la indicación que regula lo atinente a los incentivos económicos bien podría, de haber unanimidad -lo planteó el Senador Rossi-, leerse y votarse ahora. Eso evitaría que el punto fuera a Comisión.
Entiendo que la voluntad es despachar el proyecto. Lo manifestó el colega Novoa. Estamos en la misma idea. Solo tenemos aquella observación, que corregiría lo que me parece un efecto colateral indeseado de la ley en proyecto.
Entonces, señor Presidente, pido leer la indicación y, si existiera consenso en la Sala, abrir espacio para pronunciarse sobre ella. Así el punto no tendría que ir a ninguna Comisión y el proyecto podría seguir su trámite de inmediato. Porque entiendo que hay unanimidad para evitar el efecto colateral explicitado.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ruiz-Esquide.


El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, se han planteado las dos opciones.
Yo soy partidario de que, si estamos todos de acuerdo en un texto, lo aprobemos de inmediato. Eso evita que el asunto pase a la Comisión de Trabajo y, por tanto, que se detenga la tramitación del proyecto.
La otra alternativa es aceptar que el punto vaya a Trabajo, paralizando con ello un proyecto que hemos discutido durante meses.
Ahora, yo he mantenido siempre la misma tesis -y esto no es un chauvinismo de Comisión, por decirlo así- en materia de los informes. Porque cada vez que se trata un proyecto del ámbito de la Comisión de Salud, por ejemplo, ¡tienen que intervenir la de Economía, la de Hacienda y varias más! ¡Es una especie de confianza eterna...!
Yo entiendo eso, señor Presidente, porque "de médico, poeta y loco, todos tenemos un poco". Entonces, todos se meten en las materias propias de Salud.
En este caso, prefiero la alternativa de aprobar de inmediato la propuesta hecha, porque fue firmada por todos. Y zanjamos el punto hasta la próxima ocasión en que ocurra lo mismo.
El señor ESCALONA (Presidente).- Finalmente, tiene la palabra el Senador señor Chahuán.
Se acaba de inscribir el Honorable señor Bianchi.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, me gustaría que la Mesa -insisto en ello- aclarara qué pasa con el Reglamento, pues enviar este proyecto a la Comisión de Trabajo podría paralizar la votación particular.
Eso, por una parte.
Segundo, estamos ante un tema relevante. Nadie quiere menoscabar a los trabajadores de las farmacias. Y, por lo mismo, creemos que discutir y votar ahora una indicación sin un análisis detenido también genera un problema.
En consecuencia, me gustaría saber qué piensa la Mesa acerca del aspecto reglamentario.
--(Aplausos en tribunas).
El señor ESCALONA (Presidente).- ¡Su Señoría también sacó aplausos...!
Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.


El señor BIANCHI.- Señor Presidente, el detener o no la tramitación de este proyecto de ley reviste menos importancia en la medida que lo que debemos garantizar es la estabilidad económica de quienes trabajan en las farmacias.
--(Aplausos en tribunas).
Eso es lo que han pedido varios Senadores.
Yo no estoy por oponerme, ni porque el proyecto vaya a la Comisión de Trabajo, ni porque pueda votarse ahora la indicación en comento.
Tengo, sí, una duda. Porque si votamos dicha indicación, nada me garantiza que ella vaya a constituir un resguardo definitivo para los trabajadores.
No vaya a ser cosa, señor Presidente, de que quede la sensación de que en esta forma se arregla el problema de sus remuneraciones y de que después puedan sufrir un detrimento. Porque, en la eventualidad de que no reciban incentivos, no tengo cómo responderme en relación con la forma en que las empresas que los han contratado, las farmacias, van a equilibrar esos ingresos.
Entonces, creo que no importa un retroceso, sino una seguridad, el que el proyecto o el artículo, por lo menos, se someta a la Comisión de Trabajo, tengamos la posibilidad de conversar con el sector laboral, sepamos cómo funciona el sistema y demos más garantías para aclarar y despejar el cuadro de incertidumbre de los trabajadores.
Gracias.
--(Aplausos en tribunas).
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.


El señor PIZARRO.- Señor Presidente, hemos debatido ya varias veces el asunto. Recuerdo que en la oportunidad en que comenzamos a hacerlo le consulté al señor Ministro cuál iba a ser, en términos prácticos, la situación del personal de las farmacias en cuanto a sus remuneraciones, compuestas, como todos sabemos, por un sueldo base y un sistema de comisiones o incentivos, o como se le quiera llamar.
La duda que este último planteó -ella me pareció razonable y ha motivado toda esta discusión, en la cual varios señores Senadores se han hecho parte- dice relación con que, al eliminarse en el articulado lo referente a los incentivos perversos, que queremos terminar, eso no significaría impedir que las remuneraciones de los trabajadores de las farmacias siguieran siendo variables, ni menos las comisiones por ventas. El problema radica en que, si aprobamos el artículo tal como está, algunos empleadores podrían decir: "Como prohibieron los incentivos y no es posible pagar comisiones por ventas de medicamentos, ustedes quedarán con el ingreso base o, como máximo, con un poco más", lo que implicaría una disminución sustancial. Eso es lo que queremos evitar.
La primera vez expuse la cuestión en reunión de Comités, donde se me expresó: "No podemos someterla a la Comisión de Trabajo, porque ya se cuenta con los informes de Salud y de Hacienda". Después lo hice en la Sala.
Habiendo conversado con varios colegas de las distintas Comisiones que han estudiado el proyecto, todos entienden que se presenta una dificultad de no fácil solución. Porque, como aquí se ha dicho, incluso la indicación que persigue garantizar, de manera transitoria, que los empleadores se encuentren obligados a conservar al menos las remuneraciones promedio y que busca la forma de que los ingresos se mantengan y ojalá se incrementen importa un mecanismo de implementación complicada. El que he descrito es el propósito que persigue aquella suscrita por el Senador señor Letelier y otros, a la cual todos hemos respaldado.
Entonces, la pregunta de hoy es, primero, si vamos a obtener un acuerdo para votarla. Y, a lo mejor legítimamente, algunos Honorables colegas han manifestado: "Creemos que no ha sido bien elaborada" o "No podemos exigirles a los empleadores cumplir con determinados requisitos en sus contratos", etcétera. Son razones atendibles. Como lo son también las planteadas por los trabajadores, quienes nos hacen ver: "Si ustedes aprueban esta parte, entonces podemos quedar en un estado de indefensión".
Ese es el motivo por el que hemos pedido que la materia sea estudiada por la Comisión de Trabajo. Y eso es lo que le solicitamos ahora a la Sala. Sé que los miembros de la Comisión de Salud van a preguntar: "Bueno, ¿para qué estamos nosotros?". Pero el asunto es fundamentalmente laboral y demanda una solución inteligente que permita cortar los actuales incentivos perversos, proteger a consumidores y a pacientes, y mantener la tranquilidad y estabilidad del personal de las farmacias.
En virtud de tales consideraciones, señor Presidente, estimo perfectamente posible someter el artículo a la Comisión de Trabajo -no es necesario hacer lo mismo con los otros-, para lo cual requerimos el acuerdo de la Sala.
El señor ESCALONA (Presidente).- Puede intervenir el señor Ministro.


El señor MAÑALICH (Ministro de Salud).- Seré muy breve, señor Presidente. Quisiera recordar qué se halla en juego con el proyecto y, específicamente, con su artículo 100.
Es un hecho conocido que el indefenso es aquel a quien se le prescribe un medicamento determinado y que a la persona que lo hace -ello se encuentra claramente indicado en la disposición- se le pueden presentar incentivos económicos para obtener una renta adicional al recetarlo, en desmedro de otro. En otra parte de la norma se determina claramente que estos pueden ser de cualquier naturaleza, como un cheque, un viaje o la asistencia a un congreso.
En el mismo artículo se señala que el dependiente de farmacia no puede trastrocar la necesidad del paciente -insisto en que este es el real indefenso al que el proyecto de ley quiere proteger-, sin permitirse que en las grandes cadenas del rubro se privilegien medicamentos integrados verticalmente en una red de producción y venta bajo la misma mano.
En caso alguno el artículo 100 puede interpretarse en términos de que su consecuencia va a ser un detrimento en la remuneración de los trabajadores. Lo mismo vale para la que reciben los profesionales que prescriben.
Evidentemente, las farmacias y sus empleados tendrán que encontrar un mecanismo para reponer la comisión variable, como la que se aplica en cualquier otro comercio de acuerdo con el concepto de venta total o el que fuere.
Hago hincapié en que se pretende que termine en forma inmediata -y seis meses es mucho tiempo, de todas maneras- el daño que están sufriendo pacientes al serles ocultada la disponibilidad en farmacias de un medicamento barato, bioequivalente, genérico, y al decirles que tienen que comprar otro por el que ellos o su familia gastan seis u ocho veces su presupuesto para enfrentar enfermedades, a veces crónicas, que los obligan, durante todos los meses de su vida, a ceñirse a recetas que representan, entonces, un precio extraordinariamente elevado, inflado, respecto del que deberían desembolsar.
Gracias.
--(Manifestaciones en tribunas).
El señor ESCALONA (Presidente).- Ruego al público asistente abstenerse de manifestaciones.
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Aburto.


El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente, lo único que estamos pidiendo es que el artículo 100, de no aprobarse la indicación presentada -abrigo la seguridad de que va a ser así, porque no se dará la unanimidad necesaria-, pase a la Comisión de Trabajo y continúe hoy día la discusión y aprobación de los demás.
Solo una disposición, entonces, se sometería a ese órgano técnico. Si estimáramos legítimas, justas, las demandas de los trabajadores de farmacias, la aprobaríamos y volvería a la Sala. Pero esto último diría relación únicamente con esa norma, que quedaría pendiente.
He dicho.
--(Aplausos en tribunas).
El señor ESCALONA (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, comparto lo expresado por mi Honorable colega Pizarro.
Soy partidario de que el artículo se envíe a la Comisión de Trabajo. Y la razón...
--(Aplausos en tribunas).
... es muy sencilla. Lo que ocurre es que las farmacias han contemplado una comisión completamente ilegítima, de la cual no tienen culpa los trabajadores. En virtud de dicho sistema,...
--(Aplausos en tribunas).
... si estos recomiendan un remedio o un producto determinados que se desea vender más que otros, entonces ganan más plata por dicho concepto. Frente a tal alternativa y al hecho de tener que ganarse la vida, se ciñen al procedimiento, obviamente. ¿Les cabe alguna culpa? Ninguna.
--(Aplausos en tribunas).
¿Quiénes son los responsables? Aquellos que, en forma indebida y, a mi juicio, absolutamente improcedente, les han expresado: "Les pagaré más, mediante una comisión, siempre y cuando sugieran determinado medicamento".
Como esa práctica se eliminará, se acabará el ingreso adicional, con lo cual los trabajadores van a sufrir un detrimento en su remuneración.
Creo que la indicación es bienintencionada, pero se halla mal redactada, porque tenemos que buscar una forma de que ellos no experimenten un menoscabo económico por algo que no provocaron, en la medida en que no establecieron tal mecanismo.
Es imposible resolver el asunto en la Sala. Por lo tanto, soy partidario de que el artículo se envíe a la Comisión de Trabajo, a fin de que se estudie la manera -no puedo imaginarla en este instante- de que, por un lado, se elimine la comisión indebida y de que, por el otro, el término de la irregularidad de la que han sido víctimas los trabajadores no afecte la remuneración que han conformado de buena fe con la venta de productos. Ello debería hacerse a la brevedad.
Gracias.
--(Aplausos en tribunas).
El señor ESCALONA (Presidente).- Las alternativas son dos, entonces.
Primero, ¿existe unanimidad para incorporar un artículo transitorio nuevo, vinculado con el artículo 100?
No hay acuerdo.
En consecuencia, procede aplicar el artículo 131 del Reglamento, cuyo número 7º permite "enviar o volver el asunto a Comisión, debiendo indicarse, en el mismo acto, el objeto preciso del trámite requerido". En este caso, se trata de mandar el artículo 100 a la Comisión de Trabajo para un informe complementario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Quienes estén conformes con lo propuesto tienen que votar que sí.
El señor NAVARRO.- Conviene determinar un plazo.
El señor ESCALONA (Presidente).- Primero hay que pronunciarse. Si se rechaza lo planteado, no tiene sentido determinarlo.
En votación.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el envío del artículo 100, en el número 1) del artículo 1º del proyecto, a la Comisión de Trabajo y Previsión Social (27 votos a favor, uno en contra y 2 pareos).
Votaron por la afirmativa las señoras Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Gómez, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Quintana, Rossi, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votó por la negativa el señor Ruiz-Esquide.
No votaron, por estar pareados, los señores Novoa y Prokurica.
--(Aplausos en tribunas).
El señor ESCALONA (Presidente).- La urgencia de la iniciativa que nos ocupa ha sido calificada de "suma" y vence el 27 del mes en curso. En consecuencia, propongo fijar hasta las 13 del día de mañana el plazo para que la Comisión emita el informe, lo que nos permitirá contar con este a las 16.
--Así se acuerda.
--(Aplausos en tribunas).
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Corresponde tratar ahora el artículo 129 D, contenido en el número 2) del artículo 1º del proyecto, y el artículo transitorio relacionado.
La situación es la siguiente. En la Comisión de Salud, ambas disposiciones fueron incorporadas por mayoría de votos. Por consiguiente, es preciso someterlas al pronunciamiento de la Sala.
A su vez, la Comisión de Constitución, a la que se le encomendó informar sobre aspectos específicos, ha propuesto suprimirlas.
El señor ESCALONA (Presidente).- En discusión las proposiciones.
Tiene la palabra el Senador señor Rossi.


El señor ROSSI.- Señor Presidente, deseo plantear dos aspectos: uno, de forma, y el otro, de fondo.
Respecto al primero, la materia que nos ocupa se encuentra fuera de lo que se le encomendó analizar a la Comisión de Constitución, como lo reconocieron sus propios miembros Por tanto, debieran ponerse en votación solo las normas aprobadas por mayoría en la Comisión de Salud.
De otro modo, sería como si la Comisión de Trabajo abordara mañana disposiciones distintas de aquella que hoy se le encargó estudiar.
Cabe recordar que la Sala -hubo una discusión al respecto en la sesión respectiva- le encomendó al órgano técnico mencionado en primer término tratar otros artículos, no el 129 D ni la norma transitoria vinculada.
En cuanto al fondo, hago presente que el artículo 129 D es clave, pues se refiere a la integración vertical. En efecto, dispone que el dueño de un laboratorio no puede serlo, a la vez, de una farmacia. En caso contrario, existiría una clara preferencia de esta última en la venta de los productos del primero, en desmedro del derecho de los pacientes a elegir entre distintas opciones.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, quisiera clarificar algunos de los antecedentes señalados aquí.
En efecto, tal cual yo mismo precisé en una sesión anterior, si bien el análisis de esta norma no fue requerido específicamente a la Comisión de Constitución, por la discusión que allí se produjo, resultó inevitable y necesario efectuar un pronunciamiento sobre ella.
Ahora, deseo recordar que los informes de las Comisiones -en este caso, los presentados por la de Salud y la de Constitución, y en cuanto a este último tanto respecto de lo que fue requerido como de lo que no lo fue- constituyen siempre recomendaciones a la Sala. No es vinculante lo que resolvió la Comisión de Salud en esta materia, así como tampoco lo es lo acordado por la de Constitución. De manera que por lo menos dejemos despejada esa situación. No se trata de que algunas cosas sean vinculantes y otras no. Ningún informe de Comisión lo es. La Sala es la soberana para expresar la voluntad de la Corporación, que es una sola y se manifiesta de acuerdo con el Reglamento en lo relativo a su forma de proceder.
La Comisión de Constitución estimó prudente emitir una opinión sobre el punto, cuya conveniencia juzgará la Sala. Cuando ha habido un debate al respecto y algunos han considerado inadmisible la norma por contrariar ciertas disposiciones constitucionales, no parece que dicho órgano deba abstenerse de emitir un pronunciamiento. Cada uno juzgará ya lo que crea más adecuado.
Tampoco se pueden confundir las cuestiones de conveniencia política o conceptual sobre la verticalidad de la integración de un rubro productivo determinado con la constitucionalidad. Yo podré considerar muy inconveniente la existencia de verticalidad, pero prohibirla, si la Carta no me lo permite, es un tema distinto.
¿Qué hicimos en la Comisión de Constitución?
Una vez que escuchamos a profesores de Derecho Constitucional, como don Patricio Zapata, que nos esclarecieron en forma muy precisa el problema, reparamos en lo siguiente. De acuerdo a lo que establece la Carta Fundamental en su artículo 19, numerales 21º, 22º y 24º, estamos frente a las garantías de libertad de emprendimiento, de no discriminación arbitraria por parte del Estado y del derecho de propiedad, que permiten a las personas desarrollar distintas actividades productivas.
Lo que se puede hacer respecto de ellas es regularlas, pero no prohibirlas. Y lo que preceptúa el artículo 129 D representa una forma de limitar el ejercicio de los derechos de libertad de emprendimiento consagrados en la Constitución, cuyo ejercicio se ve claramente limitado por tal prohibición.
Para lo anterior, tuvimos presentes no solo la opinión de especialistas, sino también la doctrina y lo planteado por el Tribunal Constitucional, que reclaman para esta materia el denominado "Test de Proporcionalidad", que busca, precisamente, asegurar criterios relacionados con el propósito de la norma, con la concurrencia de justificaciones que apoyen su contenido y con los medios elegidos para alcanzar su objetivo.
Pues bien, el análisis que se hizo no permitió lograr una justificación en cuanto a la conveniencia de prohibir la integración vertical como un medio idóneo para mejorar la competencia. Por el contrario, más bien parece que eso inhibe el ejercicio de un derecho.
Yo la podré considerar inconveniente -esa es una discusión de mérito-, pero lo que no puedo hacer es ir contra el ordenamiento constitucional. Si este no me gusta, tengo que cambiarlo, pero no puedo saltármelo por encontrarme en desacuerdo con él.
Esto es lo que nosotros postulamos. No estamos haciendo un juicio de conveniencia o de mérito, sino efectuando un análisis de constitucionalidad en virtud del cual, al no concurrir los requisitos que la Carta Fundamental establece, no resulta posible recomendar la aprobación de la norma, la que, por tal motivo, debería sustituirse por otra que busque regular la verticalidad en la integración de las farmacias con los laboratorios. Pero esta no puede ser prohibida, porque si así lo hiciéramos iríamos en contra de un texto expreso de la Constitución.
En ese entendido, la unanimidad de los miembros de la Comisión de Legislación y Justicia concluyó que era necesario recomendar a la Sala no aprobar el artículo 129 D en sus actuales términos, el cual -reitero- podrá ser modificado, cambiado, pero no acogido.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).- En un nuevo esfuerzo de clarificación de este tema, tan largamente debatido, le ofrezco la palabra al señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, con el máximo respeto a la Comisión de Constitución y con el objeto de aclarar esta situación, solo deseo expresar lo siguiente.
Aunque ese órgano técnico no se hubiera pronunciado ni tampoco evacuado un informe con una propuesta, en la Comisión de Salud las normas en cuestión fueron aprobadas por mayoría de votos y, de consiguiente, en la discusión particular corresponde que sean votadas en la Sala.
El señor ESCALONA (Presidente).- Entiendo que el tema reglamentario queda resuelto.
El señor LARRAÍN.- Obvio.
El señor ESCALONA (Presidente).- Está inscrito a continuación el Senador señor Chahuán.
Tiene la palabra.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, tanto en la Comisión de Salud, cuando se debatió el artículo 129 D, como en la ocasión en que se discutió en general el proyecto en la Sala, sostuve que dicha disposición, que prohíbe la integración vertical, vulnera garantías constitucionales.
Insisto en lo señalado por el Senador Hernán Larraín: no se trata de un tema que diga relación con consideraciones de mérito (sociales o económicas que ameriten una norma distinta). Lo que manifestamos fue que la disposición afectaría lo prescrito en los numerales 21º, 22º y 24º del artículo 19 de la Constitución Política de la República, esto es, la libertad de emprendimiento, la no discriminación arbitraria por parte del Estado y el derecho de propiedad, así como lo estatuido en el numeral 26º del mismo precepto constitucional.
Por tanto, a mi juicio, más allá de consideraciones de mérito, de la conveniencia o inconveniencia de que exista o no integración vertical en esta industria, lo cierto es que estamos frente a una norma inconstitucional que, por tal razón, voy a votar en contra.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, quiero empezar por decir que a mí no me gusta la integración vertical. No me parece buena porque, por regla general, se presta para muchos abusos. Existen numerosos casos en que personas dueñas de una distribuidora de productos farmacéuticos lo son también de una farmacia, a la cual le otorgan un conjunto de ventajas que no tienen otras no pertenecientes al mismo holding.
Pero lo que hacen los países, para evitar que ocurran estos abusos, estas ventajas indebidas, estas alteraciones a la competencia leal, este perjuicio que se puede producir sobre una farmacia, es regular la materia.
Sin embargo, señor Presidente, nosotros tenemos la obligación de respetar la Constitución, que no es algo que se pueda aplicar cuando convenga y no aplicar cuando no convenga. Esa es la diferencia entre los Estados de Derecho, los gobiernos democráticos, y las dictaduras u otros regímenes que simplemente pasan a llevar su Carta Fundamental, generando, finalmente, una situación de pésima gobernabilidad y de no respeto a su institucionalidad.
Hoy en Chile no se puede prohibir, aunque a uno no le guste, la integración vertical. Sí es posible regularla, esto es, dictar normas que impidan los abusos. Pero -repito- no se puede impedir, pues nuestra Constitución expresamente así lo señala.
El informe de la Comisión de Constitución, que elaboraron parlamentarios en forma transversal -la Senadora Alvear, patrocinadora del proyecto, y los Senadores Patricio Walker, Hernán Larraín y el que habla-, contiene un análisis de constitucionalidad. Y el abogado especialista que nos asesoró -el profesor Zapata, vinculado a la Concertación, pero que merece el respeto de todos nosotros- coincidió plenamente con él.
¿Por qué es inconstitucional el artículo 129 D? Porque el artículo 19 de nuestra Carta Fundamental establece, en su número 21°, el "derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional"; porque luego, en su numeral 22°, consagra "La no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica", y porque, en su número 24°, instaura el "derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales e incorporales", agregando que, si alguien quiere afectarlo, se debe expropiar y otorgar una indemnización, y que "Nadie puede, en caso alguno, ser privado de su propiedad, del bien sobre que recae o de alguno de los atributos o facultades esenciales del dominio, sino en virtud de ley general o especial que" -como acabo de señalar- "autorice la expropiación".
Por último, se consagra "La seguridad de que los preceptos legales que por mandato de la Constitución regulen o complementen las garantías que ésta establece o que las limiten en los casos en que ella lo autoriza, no podrán afectar los derechos en su esencia, ni imponer condiciones, tributos o requisitos que impidan su libre ejercicio".
Por sobre todas las cosas, señor Presidente, es deber del Senado respetar la Constitución y las garantías que ella asegura. Cuando los países, bajo cualquier pretexto, debilitan las garantías constitucionales, el sistema democrático comienza a erosionarse.
Lo que debe hacerse aquí es regular adecuadamente la materia, para que en los casos de integración vertical no haya abusos, y ello, a través de normas que garanticen transparencia, que ofrezcan a todos la posibilidad de comprar a las distribuidoras, que impidan los privilegios de una distribuidora respecto de determinada farmacia, etcétera. Pero no se puede votar en contra de garantías constitucionales, porque, cuando se empieza por una, luego se sigue con las otras.
El señor Ministro -quien está presente- sostuvo que este tema quedó regulado con una serie de normas incorporadas en el proyecto que impiden el abuso y los privilegios que se producen cuando un holding es dueño de una distribuidora y a la vez de una farmacia.
Por esa razón, señor Presidente, no gustándome la integración vertical, no puedo votar en contra de las garantías constitucionales -es lo que juré cuando fui electo Senador: respetar la Constitución-, pero insto a regular adecuadamente esta materia, como corresponde, para evitar los abusos que se puedan originar.
Voy a rechazar el artículo 129 D.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor LARRAÍN.- Abra la votación, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Se ha solicitado a la Mesa abrir la votación.
Si le parece a la Sala, así se procederá.
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).


El señor TUMA.- Señor Presidente, intervine sobre este articulado en la sesión anterior. Y ahora me motivé a referirme de nuevo a él a propósito de lo señalado recién por el Senador Espina, quien hizo una exposición muy clara y nítida en cuanto a lo que produce la permisividad para que un laboratorio sea dueño de una cadena de distribución y a la vez de una farmacia, situación en la que, naturalmente, no hay condiciones de competencia. Y cuando no la hay, los usuarios sufren las consecuencias, quienes ven cómo se colusionan los laboratorios y las cadenas de farmacias para proteger sus propios intereses, en desmedro de los derechos de los consumidores.
Su Señoría argumentó que no es posible terminar con la integración vertical, que ya eliminamos en el caso de las empresas eléctricas. Se me va a decir: "Mire, es que las eléctricas tienen un monopolio". Bueno, acá también lo hay. Se señalará: "Ah, es que aquello no está permitido por la Constitución, que expresa tal cosa".
¿Sabe qué, Senador Espina -por su intermedio, señor Presidente-? Llevamos a cabo un debate sobre cómo los campesinos perdieron sus derechos de agua. A ellos, con esta Constitución, se les estableció una legislación que disponía que desde el momento en que ella entrara en vigor tenían 30 días para inscribir sus derechos de agua, al cabo de los cuales los perderían.
De hecho, ningún campesino, al menos en el caso de los mapuches, supo que perdería sus derechos de agua. Así, el año 81 los grandes grupos económicos pasaron a ser dueños de las aguas de todo Chile. Y cuando el Presidente Lagos presentó un proyecto para restituirles las aguas a los pequeños agricultores, a los pequeños propietarios de la tierra -que también lo eran, por tanto, de las aguas-, se interpuso un requerimiento de constitucionalidad. Se dijo: "Mire, la Constitución no lo permite".
Entonces, yo le encuentro razón al Senador Espina en la defensa ardorosa que hace sobre el respeto a los derechos que establece la Carta Fundamental. Pero por eso estamos en el país que estamos. Porque siempre colocamos por delante una Constitución que pone una camisa de fuerza para todas las materias y para todos los chilenos. Y esas son las demandas ciudadanas que tenemos.
Pero resulta que cuando queremos reformar la Constitución, no contamos con los votos suficientes, porque las mayorías siempre están empatadas para los efectos de llevar a cabo lo que los ciudadanos nos pidieron en las elecciones parlamentarias.
Por eso cobra actualidad e importancia la necesidad de modificar el sistema binominal. A mí me gustaría que los Senadores que defienden con tanto ardor la Constitución vigente también resguardaran los derechos de los ciudadanos con el fin de que las mayorías efectivamente pudieran reformar el Texto Fundamental.
En mi opinión, señor Presidente, el debate de fondo en este proyecto tiene que ver con el sistema binominal y con una reforma que permita lograr una Constitución para todos los chilenos.
A mi juicio, esta iniciativa debería volver a la Comisión respectiva, con el objeto de establecer un criterio distinto del planteado por la de Constitución. De alguna manera debemos resolver este asunto. No se les puede decir a nuestros compatriotas: "La Constitución lo impide". ¡Si es eso, en definitiva, lo que hace imposible que la política satisfaga a la ciudadanía!
Por lo tanto, señor Presidente, creo que este proyecto amerita una vuelta más en relación con los derechos de los ciudadanos.
He dicho.
--(Aplausos en la Sala y en tribunas).
El señor ESCALONA (Presidente).- Yo había observado que eran las tribunas las que aplaudían. ¡Veo que ahora también lo hacen los Senadores...!
Se ha inscrito un número significativo de oradores. Se lo hago presente a la Sala.
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.


El señor ORPIS.- Señor Presidente, en este minuto debemos votar el texto del artículo 129 D, que fue objeto de un informe de constitucionalidad por parte de la Comisión de Legislación y Justicia, la que -aun cuando lo acordado por ella no tiene carácter vinculante para la Sala- consideró, en forma unánime, que era inconstitucional.
Ahora bien, a propósito de este precepto y su constitucionalidad, quisiera traer a colación un proyecto de ley que en términos históricos también presentó este mismo problema en el Parlamento: el que modificó la Ley General de Telecomunicaciones, conocido como "Ley 3-A". Ahí existía integración vertical, que impedía que se generara libre competencia.
Inicialmente se presentaron propuestas que apuntaban a establecer una barrera entre la larga distancia y las compañías locales, pero, por desgracia, eran inconstitucionales.
¿Qué hubo que hacer, señor Presidente? Establecer una regulación tendiente a limitar el porcentaje de participación en una compañía dominante en el mercado. Pero era una regulación.
Desde mi punto de vista, si se requiere avanzar en esta materia, lo que habría que hacer respecto del artículo 129 D -porque, evidentemente, la integración vertical es un riesgo para la libre competencia; de eso yo estoy convencido- es tomar la misma decisión que se adoptó para el artículo 100. Es decir, que vuelva a Comisión y que el precepto tienda a regular, porque lo que hace ahora es prohibir. Y esta prohibición lo hace inconstitucional.
Perfectamente podría enviarse a la Comisión de Economía para progresar en lo relativo a la regulación, de modo de evitar los riesgos de una integración vertical, pero sin alguna disposición de carácter restrictivo que atente o pueda atentar contra la libre competencia.
Por lo tanto, sugiero no prohibir -como se expresa en el texto-, sino que entrar directamente a regular la integración vertical, teniendo como precedentes la serie de iniciativas legales que ha abordado el Parlamento tanto en el ámbito eléctrico como en el mercado de las telecomunicaciones, donde la ley 3-A permitió generar competencia.
El señor ESCALONA (Presidente).- En todo caso, nos hallamos en votación.
Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, a mi juicio, los principios de la libertad económica y de la libre competencia se hacen carne cuando ambos se respetan, cosa que hoy día no se da en el mercado de los remedios, porque, en la práctica, los dueños de los laboratorios son propietarios de las cadenas de farmacias, y sabemos que estas entregan incentivos justamente para que sean sus productos los adquiridos.
En tal sentido -después de todo lo dicho-, por lo menos daré una señal y voy a votar a favor, porque estoy en contra de la integración vertical.
Me parece que una de las cosas que debemos precaver quienes creemos, precisamente, en la libertad económica es que ella no se vulnere, lo que actualmente se hace de mil maneras.
Lo mismo sucedió muchos años atrás -y seguirá ocurriendo, aun cuando la Fiscalía Nacional Económica tomó cartas en el asunto- en la oportunidad en que se exigieron determinadas marcas de útiles escolares y a los niños no los dejaban entrar a sus colegios si no los adquirían. Y estamos hablando de establecimientos públicos, municipalizados o subvencionados, que recibían fondos del Estado.
Por tal razón, considero importante que el Senado se haga cargo de una decisión de esta naturaleza. Si bien hay un informe unánime de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, me parece que debemos dar una señal sobre qué queremos hacer con respecto a la integración vertical en el caso de las farmacias.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra al Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, quiero destacar el voto de la Senadora Lily Pérez en esta materia, más allá de la posición que pueda sustentar su bloque político, porque estimo que se ajusta a lo que esperamos en causas que deben ser totalmente transversales.
En lo que respecta al artículo 129 D, el informe del profesor Zapata, sobre el que ha argumentado el Senador señor Espina, señala que "en el caso de las limitaciones o restricciones, la autoridad requiere de una causa válida y fundada, que legitime el angostamiento o acortamiento del ejercicio del derecho".
Si leemos la norma, no se está impidiendo esa integración, sino que poniendo un límite al decir....
El señor ORPIS.- No.
El señor NAVARRO... "Los propietarios y los administradores de una farmacia o de un almacén...".
El señor ORPIS.- Dice "no podrán".
El señor NAVARRO.- Y viene toda la relación. Y luego señala: "o la calidad de directores, administradores, representantes o socios titulares del diez por ciento o más de los derechos de cualquier clase de sociedad cuyo giro sea la importación, producción, elaboración, fraccionamiento o expendio de productos farmacéuticos".
Se propone un límite de diez por ciento. Por lo tanto, no es una restricción, sino una regulación. Así la entiendo yo. No se trata de eliminar la facultad de que haya propiedad, sino que se especifica un margen.
Quiero recordar que quienes hemos peleado contra la integración vertical lo hemos hecho porque no favorece la libre competencia. Cuando las eléctricas generan, transmiten y distribuyen no hay competencia, sino concentración.
De eliminarse la restricción, cabe la posibilidad de que se recurra al Tribunal Constitucional; pero si no la ponemos ¿significará que se permite la integración entre farmacia y laboratorio? ¿Pueden ser la misma cosa?
Ya hemos conocido la situación de colusión. Y este tipo de limitaciones no hacen sino proteger al consumidor, salvaguardar la libre competencia.
No soy neoliberal, pero entiendo que la doctrina de ellos protege la libre competencia, y que creen en la sociedad de mercado, en una competencia de verdad, sin dumping, sin ventajas adicionales, ni por parte del Estado ni por parte del sector privado.
Entonces, al hablar de que la integración puede producirse y al mismo tiempo queremos poner un límite de diez por ciento de las acciones, pienso que es una medida más que prudente. A mí me gustaría prohibirla para que de verdad hubiera competencia, pero se establece ese porcentaje.
Recientemente hubo un fallo en el caso de HidroAysén, donde un juez del Máximo Tribunal de la República no se inhibió y aprobó un proyecto ambiental del que luego supimos que poseía acciones. Y el debate versó sobre su legalidad. La ley permitía ese porcentaje. Pero, ¿era inmoral? Para la inmensa mayoría de la sociedad chilena sí lo era, pese a que la propia Corte Suprema, aplicando un reglamento y una evaluación, expuso que no había incompatibilidad.
Considero que, cuando un magistrado tiene que fallar en asuntos que le competen y que lo benefician, ha de haber incompatibilidad.
En el caso particular que nos ocupa, tiene que ponerse una limitación a la integración vertical. Y lo planteado en el artículo 129 D corresponde a una limitación y no a una prohibición. Y si algún señor Senador lo considera un impedimento total, que lo explicite. De la lectura que hago, estimo que hay una restricción establecida a socios titulares del diez por ciento o más de cualquier sociedad cuyo giro sea la importación, producción, elaboración, fraccionamiento o expendio de productos farmacéuticos.
Por lo tanto, señor Presidente, en mi parecer, es una limitación propia. Y como lo expresa el profesor Zapata y muchos otros constitucionalistas, el Estado puede, por el bien común, con una adecuada fundamentación, poner restricciones. Y aquí estamos introduciendo una limitación, no prohibiendo.
Además, me gustaría mucho que en esta materia siempre hubiera máxima transparencia, para que los usuarios sepan si están comprando un producto de una farmacia que, a la vez, es propietaria de la patente de él. En el caso de FASA y otros, solo hay mercancía con el nombre del establecimiento.
Y una advertencia: al ciudadano le piden el número de su carné de identidad, y con eso hacen una base de datos de cuánto medicamento consume. Nos hemos opuesto a que esa solicitud deba ser cumplida. Los consumidores pueden negarse a entregar sus datos, porque solo contribuyen a las bases de datos de las empresas farmacéuticas o de los laboratorios.
Voto a favor, señor Presidente, en el sentido de que me pronuncio en contra -no sé cómo será la votación- de la pretensión de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia en el sentido de eliminar el artículo 129 D.
¡Nueva Constitución, ahora!
¡Patagonia sin represas!
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Carlos Larraín.


El señor LARRAÍN (don Carlos).- Señor Presidente, me refiero al artículo 129 D.
Adhiero absolutamente a la postura aquí explicada, con muy buena fundamentación, por varios Honorables colegas, en especial por el Senador señor Espina.
Estimo que el precepto, como se halla redactado, pasa a llevar frontalmente la disposición del número 21° del artículo 19 de la Constitución.
Pienso, además, que aquí se está incluyendo un ejemplo que puede ser extrapolable a otras actividades, sin que nadie salga ganando.
Por lo demás, una prohibición como la que aquí se contiene es perfectamente sorteable. Tales restricciones sobre la propiedad de las empresas se evita, se escamotea, por caminos muy conocidos.
Sin embargo, estamos introduciendo un concepto que -repito- viola la Constitución, el cual se puede extender a otras actividades, sin que nadie se beneficie.
Al contrario, me atrevo a sostener que la integración vertical puede resultar en el abaratamiento del costo final de ciertos productos. Porque cuando el distribuidor está conectado con el productor, se captura un diferencial que es el que adquiere el distribuidor, el que hace el menudeo o retail, como se dice hoy día. Por lo tanto, puede resultar -no digo que "deba resultar"- en una disminución de su valor final. No se trata de que la integración vertical necesariamente signifique un encarecimiento de los productos farmacéuticos.
Pero aquí hay también la otra cara de la moneda: que podría haber una forma de interferencia con la libre competencia. Bueno, contamos con normas para asegurarla. Los tribunales con jurisdicción sobre la materia actúan de manera bastante decidida. Sumamos muchos decenios ya de aplicaciones sobre la libre competencia.
Ahora, si se quiere precluir, evitar formas de colusión, ello se puede abordar por la vía de la regulación, de normas específicas enfocadas a cómo se realiza una determinada actividad económica. Eso se hace todo el tiempo por los organismos que ejercen la potestad estatal y que deben asegurar la operación de la libre competencia.
Ahora bien, se trata de proteger a la parte más débil que es, ciertamente, el consumidor. Eso se entiende. Y para ello se encuentran precisamente las entidades que aseguran la libre competencia.
Las restricciones al dominio que se proponen son verdaderamente muy negativas y pueden afectar a diversas otras actividades.
Estimo que la norma en debate necesita ser reconsiderada, reanalizada y estudiada mejor en su alcance.
Por lo tanto, pido que se envíe de nuevo a la Comisión de Economía, a la de Salud o donde corresponda, para que se profundice su estudio. No vaya a suceder que nos dejemos llevar por lugares comunes y salgamos con un remedio -es la ocasión de emplear el dicho- peor que la enfermedad. Ese es el punto de vista que quiero representar.
Como criterio general, no podemos seguir adoptando normas respecto de las cuales muchas opiniones versadas estiman que son inconstitucionales. Debemos someternos a la Carta Fundamental. Es el marco dentro del cual funcionan el Estado, los organismos públicos, el Parlamento y bajo la protección del cual operan los actores económicos, los profesores, quienes ejercen la libertad de prensa, en fin.
Reitero: tenemos que cuidar la Constitución. Se trata de un criterio que debe reforzarse. No es baladí, como se decía antes. Hemos de estar atentos a eso, porque la Carta Fundamental es la base; es como los "diez mandamientos" de la política.
Por lo expuesto, anuncio mi voto en contra de esta disposición. Y solicito que la materia sea reexaminada en la Comisión pertinente, ya sea la de Salud o la de Economía.
El señor ESCALONA (Presidente).- Entiendo que Su Señoría está solicitando el envío a Comisión del artículo que nos ocupa en este momento.
El señor LARRAÍN (don Carlos).- Así es.
El señor ESCALONA (Presidente).- No estamos en condiciones de acceder a su solicitud, pues nos encontramos en votación.
El señor LARRAÍN (don Carlos).- Pero la puedo plantear igual, ¿o no?
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene todo el derecho a hacerlo.
El señor LARRAÍN (don Carlos).- En un ánimo ecuménico.
El señor ESCALONA (Presidente).- Le asiste absolutamente el derecho de plantear todos los asuntos que quiera, pero reglamentariamente el señalado no es admisible.
El señor LARRAÍN (don Carlos).- Yo lo acato.
El señor ESCALONA (Presidente).- Los cinco minutos son de entera y total disposición de quien hace uso de ellos.
El señor ESPINA.- Pero ¿por qué no es admisible, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.
No hará uso de ella.
Ofrezco la palabra al Senador señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señor Presidente, nos encontramos ante una cuestión bastante delicada.
En primer término, está en juego el interés de los consumidores versus el derecho de las empresas a integrarse verticalmente, a maximizar sus recursos y sus ganancias.
Por otra parte, hay una materia compleja, relacionada con la constitucionalidad.
En cuanto a la integración vertical, la opinión de la literatura en materia económica es diversa. Se dice que, desde el punto de vista de la eficiencia de las empresas y de los mercados, puede haber beneficios para las empresas. Pero debe colocarse una tremenda coma luego de la cual se señale: "pero puede ser muy dañina en mercados que están concentrados o dominados por un número muy reducido de empresas". Por eso se introducen regulaciones a la integración vertical en muchas industrias, no solo en Chile -se dieron los ejemplos en telecomunicaciones y en el área energética-, pues a nivel internacional se observa que aquellas se encuentran reguladas.
La pregunta a la que estamos enfrentados en este minuto es si esto procede o no constitucionalmente. Leí el informe de la Comisión y el estudio del profesor Zapata, quien concluye que sería inconstitucional.
Si yo me voy solo a esa forma de actuar, digo que aquí todos afirmamos que íbamos a observar la Constitución. Y si uno llega a la convicción, tendrá que votar como corresponde.
Pero quiero hacer un punto político: se dice que la Carta Fundamental lo señala y que se podría buscar otro mecanismo. Pero seamos francos. Nos encontramos en esta discusión, porque no se puede modificar la Carta Fundamental. No voy a hablar de si es espuria o no. Me da lo mismo que lleve la firma de mi padre. Se trata de una Ley Suprema que en su origen no fue consensuada. Y, por consiguiente, para modificar cualquier aspecto de ella y muchas cuestiones fundamentales en Chile, tengo una camisa de fuerza, que es la misma Constitución.
Entonces, acá se formula un llamado, yo diría, casi dramático a observar la constitucionalidad y a respetar a los usuarios, y se sostiene que buscaremos otros mecanismos para hacerlo. Pero esos otros medios tampoco los tenemos, porque no contamos con los quórums para modificar las leyes. Y volvemos al cuadrado número 1.
Señor Presidente, sé que al Senador señor Espina no le gusta lo que digo.
El señor ESPINA.- ¡Ah, debo irme de la Sala!
El señor LAGOS.- No, quiero que me escuche o que no converse mientras intervengo. Se lo planteo en buenos términos. Porque me dirijo a Su Señoría, pues formuló un buen argumento, del cual comparto la mitad. Pero ocurre que el otro cincuenta por ciento casi irrita a ratos.
Porque se realiza una gran defensa del tema constitucional y de su importancia, de los derechos de los ciudadanos, de que busquemos los mecanismos. Pero, al mismo tiempo, estamos hoy nacionalmente enfrascados en mejorar el clima político, que, a juicio de la gran mayoría de los chilenos, pasa por modificar nuestras instituciones políticas y no por la reforma tributaria, por buena o mala que sea; o por el tema educacional, por bueno o malo que sea; o por la ley de las farmacias. Para mejorar el clima -se pidió un diálogo-, lo primero que debe alcanzarse es un diagnóstico compartido en orden a que lo que tenemos hoy como Constitución y como sistema electoral distorsiona las mayorías. Y, como muy bien decía el Senador Tuma, qué sacamos con legislar de esta forma si al final no podemos cambiar lo básico.
Entonces, a uno lo van horquillando a tener que decir, como muy bien manifestó la Senadora señora Lily Pérez, que, más allá del mérito de ciertos informes en Derecho o la decisión a que haya llegado una Comisión, hay que marcar la diferencia. Pero esto no se permite.
De lo contrario, la cuestión queda en punto muerto. No hay quórum ni voluntad para dialogar sobre un cambio a la Constitución o al sistema electoral, que es injusto y espurio. Sin eso, no puedo hacerme cargo de la integración vertical, porque no poseo las herramientas ni la disposición de los otros para hacerlo. En esta misma Sala, los de las bancas de enfrente no querían aplicar penas de cárcel a quienes se coludieran. Esa es la verdad. Porque se legisla de una forma especial.
Dicho lo anterior, hay que mandar una señal.
Además, creo que esta materia irá al Tribunal Constitucional. No me cabe duda de que alguien de la Alianza hará una reserva de constitucionalidad y se resolverá de otra forma.
Me encantaban las propuestas de los Senadores señores Orpis, Tuma y Carlos Larraín, en cuanto a modificar la norma. Pero dicen que ya es tarde para eso.
En consecuencia, hay que enviar una señal. A mí me habría encantado hacerlo de otra forma. Pero no me voy a comprar un discurso que al final del día es doble. Así que votaré como me gusta.
El señor WALKER (don Ignacio).- ¿Cómo va a votar Su Señoría?
El señor LAGOS.- A favor.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Rossi.


El señor ROSSI.- Señor Presidente, comparto los argumentos del Senador señor Lagos. También escuché a los Honorables señora Lily Pérez y señor Tuma en el mismo sentido.
La gente que nos está escuchando debe pensar que lo más importante es defender el derecho de las empresas y de quienes están detrás de las cadenas farmacéuticas, de los laboratorios. Pero nos olvidamos de que hace tres años hubo un caso de colusión tremendo y brutal -de integración horizontal-, que perjudicó fundamentalmente a los enfermos crónicos, en particular a los adultos mayores, quienes, según diversos estudios, muchas veces terminan gastando en medicamentos más del 50 por ciento de su pensión, que es tremendamente exigua.
Si los señores Senadores acuden a uno de esos establecimientos, se pueden dar cuenta de que las diferencias de precios entre un remedio con patente de invención, uno genérico de marca y otro genérico a solas pueden ser cuantiosas. Por ejemplo, en los fármacos para tratar la hipercolesterolemia, la diferencia entre uno de marca y otro genérico puede ser de cuarenta a uno.
Por eso resulta tan importante que haya una competencia regulada y transparencia en este mercado, el cual, además, es tremendamente concentrado.
Se ha dicho que la Constitución plantea una cosa respecto de la libertad para desarrollar distintas actividades económicas y del derecho a la propiedad. Pero también se manifiesta que en ciertos ámbitos de la economía, por su naturaleza, existe prohibición de integración vertical, como es el caso del sector eléctrico: no es admisible tener una generadora, una transmisora, una distribuidora, porque hay concentración. ¿Y qué mayor concentración económica que la existente en el mercado farmacéutico, donde el 95 por ciento corresponde a tres grandes cadenas? Salcobrand, Ahumada y Cruz Verde son dueñas de ese porcentaje.
En eso coincidimos plenamente con el Ministro de Salud, porque sabemos el esfuerzo que han realizado las empresas farmacéuticas para botar al piso este proyecto. Y también conocemos el empeño puesto por algunos laboratorios chilenos que concurrieron a la Contraloría a pedir que no haya estudios de bioequivalencias, porque lo que quieren es seguir colocando sus productos en el mercado sin una comprobación que establezca seriamente que determinado medicamento genérico provoca el mismo efecto clínico que el de marca, que es lo que todos deseamos.
Respecto a ese punto tenemos grandes concordancias con el Ministerio de Salud, al igual que sobre esta iniciativa. Insisto: se ha hecho un esfuerzo tremendo por bloquear su aprobación, en todos los niveles, mediante un lobby brutal.
Desde tal perspectiva, creo que hoy día daríamos una señal muy poderosa y potente si fuéramos capaces de aprobar esta disposición.
De otro lado, debo decir que el abogado Zapata no es Dios. Pareciera que él fuera quien decidiera qué es lo bueno o lo malo. De ser así, ¡traigámoslo como Senador a legislar por nosotros...!
La comunidad, la gente que nos está escuchando, desea que la protejamos del abuso, de los atropellos a sus derechos por las cadenas farmacéuticas. Porque hemos visto cómo se coludieron para afectar al consumidor.
En esta iniciativa legal hemos establecido la obligación de rotular los medicamentos. Pues es mucho más difícil integrarse horizontalmente cuando cada fármaco se encuentra rotulado, ya que, en tal caso, no basta con apretar un botón del computador para uniformar los precios en las distintas farmacias. Además, ello resulta más transparente, pues la gente puede comparar los valores.
También, hemos prohibido los incentivos económicos a los médicos, para que no prefieran los fármacos del laboratorio que les paga los viajes (así operan las cosas).
Además, estamos legislando para que los empleados de las farmacias no tengan la presión económica de vender determinado producto, que no necesariamente es más barato -por el contrario, muchas veces es más caro- o mejor, en cuanto a su efecto en el paciente.
O sea, claramente, si un laboratorio tiene farmacias, lo que privilegia es la venta de sus productos, que -reitero- pueden costar 40 veces más que los medicamentos genéricos, de iguales efectos clínicos para los pacientes, y estamos hablando de personas de escasos recursos.
Por eso considero importante aprobar este proyecto, el cual, por lo demás, no prohíbe la integración vertical, sino que establece una regulación, que ustedes pueden ver reflejada en el límite de 10 por ciento de la propiedad de un laboratorio farmacéutico.
En consecuencia, para los puristas, desde ese punto de vista, creo que la norma se adapta a la Constitución.
Por último, eso demuestra que es fundamental cambiar nuestra Carta, como bien decía el Senador Lagos. Porque, debido a ella, al final del día ninguna de las cosas que queremos hacer para proteger de distintos abusos y atropellos a la gente, a los ciudadanos, se puede realizar, así como tampoco es factible profundizar la democracia, ni ampliar las libertades públicas e individuales, ni fomentar la participación. Nuestra Constitución no nos gusta, y deseamos cambiarla justamente para evitar lo que ocurre hoy día: que sea imposible introducir modificaciones en beneficio de la gente, porque su texto nos amarra.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Rincón.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, en esta discusión se nos pide ratificar lo acordado por la Comisión de Constitución, en orden a no legislar para prohibir la integración vertical.
A mi juicio, a nadie le gusta la integración vertical. A mí, al menos, no me agrada. Y cuando reviso lo que dicho órgano técnico nos solicita, no entiendo por qué no somos coherentes con las normas vigentes hoy día en el Código Sanitario.
El artículo 114 del referido cuerpo legal prohíbe "a una misma persona ejercer conjuntamente las profesiones de médico-cirujano y las de farmacéutico, químico-farmacéutico o bío-químico". Y su artículo 120 dispone que "Los profesionales señalados en los artículos 112 y 113 bis de este Código" -vale decir, los médicos, psicólogos, enfermeros y tecnólogos médicos- "no podrán ejercer su profesión y tener intereses comerciales que digan relación directa con su actividad, en establecimientos destinados a la importación, producción, distribución y venta de productos farmacéuticos, aparatos ortopédicos, prótesis y artículos ópticos, a menos que el Colegio respectivo emita en cada caso un informe...".
O sea, hoy día el Código Sanitario expresa que no puede haber directa relación entre ciertas profesiones y la venta de insumos o medicamentos para la salud.
Creo que la norma propuesta en esta iniciativa es absolutamente coherente con el espíritu de dicho cuerpo legal, por lo que debemos mantenerla, y, en consecuencia, rechazar lo sugerido en el informe de la Comisión de Constitución.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, lamento que no se encuentre aquí, en la Sala, el colega Carlos Larraín, porque me voy a referir a su persona en parte de mi intervención.
Debo decir que él representa el prototipo de un juicio económico y político en nuestro país. En lo personal, no comparto lo que él señala, pero respeto plenamente la franqueza con que lo hace. Es de aquellos que adhieren a esa línea de pensamiento económico que sostiene que la concentración económica genera beneficios, bondades, incluso impactos sobre los costos y, en última instancia, sobre los precios al consumidor.
Ese es su punto de vista.
Sin embargo, los datos empíricos demuestran precisamente lo contrario. Y es probable que por ello el principal país capitalista del planeta, Estados Unidos, reguló hace casi un siglo este tema a través de una ley llamada "Clayton´s Patterns and Acts", que busca el equilibrio correcto entre libertad de emprendimiento y democracia económica.
La democracia económica dice relación con un concepto muy profundo vinculado a la competencia, ya que cuando hay alta concentración, no existe competencia; cuando los actores no pueden participar en igualdad de condiciones, no hay competencia, sino que se da la práctica, que se encuentra en la naturaleza humana, de la colusión. Sin democracia económica no existe una innovación que permita que los beneficios se traspasen a los consumidores; pero lo más importante es que se genera un fenómeno de disminución de participantes en la actividad.
Las normas de la Clayton´s Patterns and Acts procuran evitar, por un lado, que un grupo económico controle más de cierto porcentaje del mercado, y por otro, la integración vertical. Ello se realiza en nombre de la democracia y del beneficio a los consumidores.
Nuestra Constitución, inspirada en el neoliberalismo más puro en términos económicos, no cree en la regulación real de la libre competencia.
El decreto ley Nº 211, que fija las normas de la libre competencia, señor Presidente, no establece tal equilibrio ni los principios de la democracia económica.
Y ese es uno de los puntos que a los diferentes sectores políticos nos dividen profundamente, porque algunos creen que la libre competencia no debe tener límite, y otros, que ha de contar con una regulación para evitar las externalidades perversas no solo de la colusión y la concentración, sino también de las distorsiones propias del mercado, generadas por los monopolios o los oligopolios.
La integración vertical es lo que se quiere evitar, como principio, y en particular en esta industria, donde es tan evidente que el productor y la persona que dispensa tienen intereses distintos. Estos son contradictorios, porque el despacho de un medicamento, su venta al público, pasa por la prescripción de profesionales, por la autorización de químicos farmacéuticos, por el respeto a una regulación que tiene que ver con el objeto del producto que se vende: recuperar la salud.
Resulta tremendamente importante que, además de mantener y fortalecer el rol de los profesionales, se prevean las distorsiones que genera la integración vertical.
En nuestro país hay algunos importantes laboratorios o industrias farmacéuticas, aunque la mayoría de los productos se elaboran más allá de nuestras fronteras. La posible existencia de distorsiones en el mercado por la relación entre la industria farmacéutica y las farmacias ha sido investigada por el Parlamento desde la Comisión UNFACH (Unión de Dueños de Farmacias de Chile), creada en 1992 por el Diputado Mario Hamuy (Q.E.P.D.), la cual demostró las distorsiones que se originaban en dicho sector.
Señor Presidente, creo que este precepto no solo es constitucional, sino que permite regular. No prohíbe: regula.
Pero, adicionalmente, sería muy bueno que realizáramos una discusión a fondo sobre cuáles son las regulaciones que le hacen mejor a nuestra democracia, incluyendo la democracia económica, que en Chile existe poco. Hay más bien concentración que democracia.
Anuncio que votaré a favor del artículo 129 D y, por ende, en contra de lo propuesto por la Comisión de Constitución.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Andrés Zaldívar.


El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, este tema es bastante discutible. Me hubiese encantado que el proyecto volviera a Comisión, a fin de establecer una regulación general. Pero ya no es posible, por razones reglamentarias.
Eso habría sido lo ideal. Sin embargo, uno está obligado a votar.
Respeto mucho la opinión de todos y cada uno de los colegas que han intervenido, pero si se lee la norma constitucional, ella es clara -nos guste o no- en cuanto a que no permite limitar la integración vertical.
Ahora, desde el punto de vista económico, es discutible si la integración vertical restringe o no la libre competencia, e incluso, si acaso esta favorece al consumidor más que aquella.
Todo eso es debatible. En economía nadie plantea que no debe existir integración vertical. Y la hay en muchos tipos de actividades. Por lo mismo, la legislación ha establecido en nuestra institucionalidad un sistema tendiente a proteger la libre competencia y a evitar actitudes arbitrarias que pudieran generarse tanto en la integración vertical como en la horizontal. La colusión, que aquí se ha mencionado, no tiene lugar en la integración vertical, que es la línea entre el que produce, el que vende y el que compra, sino en la horizontal: entre farmacias, entre laboratorios.
En consecuencia, lo que corresponde es regular, no prohibir, porque la normativa constitucional no lo permite.
De otro lado, si se cometen abusos o se limita la libre competencia, para eso está la institucionalidad: la Fiscalía Nacional Económica y el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. Por lo tanto, el sistema no queda totalmente desprotegido si no legislamos al respecto.
Repito: me hubiese encantado legislar en cuanto a regular bien, pero no en forma arbitraria, sino en general y no solo con relación a este tipo de actividad. Pienso que es una tarea pendiente.
Ojalá que, sobre la base de estas experiencias, lleguemos a elaborar una legislación mediante la cual se evite que en las integraciones verticales se generen elementos negativos, con el objeto de proteger la libre competencia y, en particular, a quien al final paga las consecuencias: el consumidor.
Tengo la convicción de que el artículo 129 D es inconstitucional. Y me pronunciaré negativamente, a pesar de que no me gusta tener que votar así. Pero, en verdad, tal como está redactado, no me queda sino rechazarlo, aun contra mi propia certeza de que frente a esta clase de situaciones se necesita un mecanismo de regulación.
A mi juicio, en todo sistema de integración, tanto vertical como horizontal, se requiere actuar a través de la institucionalidad, para impedir los abusos o las arbitrariedades que entraben la libre competencia, pues esta va en beneficio de quien en definitiva es el eslabón último: el consumidor.
Por eso -insisto-, sinceramente, me habría encantado aprobar una norma regulatoria. Pero, como se me fuerza a votar este precepto, no obstante que me gusta tal como se propuso, por convicción no puedo dejar de votar que no, debido a su inconstitucionalidad. Y concuerdo con la resolución adoptada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, no porque el abogado y constitucionalista Patricio Zapata sea un dios. ¡No! Se trata de un buen abogado y un buen constitucionalista, pero estoy seguro de que muchos otros constitucionalistas, enfrentados a la misma discusión, llegarían a una conclusión similar.
En lo personal, como abogado, deduzco, por convicción -sin por ello desconocer las argumentaciones y críticas expuestas aquí-, que el artículo 129 D es inconstitucional.
Por consiguiente, no me queda otro camino, en contra de mi propia voluntad de proceder en forma distinta, que votar que no.
El señor ESCALONA (Presidente).- Corresponde el uso de la palabra al Senador señor García.


El señor GARCÍA.- Señor Presidente, conceptualmente, lo que maximiza el beneficio para los consumidores -en este caso, para quienes estamos obligados a utilizar medicamentos- es la competencia.
Por lo tanto, esa es la máxima que hemos de tener presente al legislar respecto a estas materias.
Lo que nos tenemos que preguntar es si la integración vertical favorece la competencia o la impide. Y, en verdad, no hay una respuesta única, como señalaba recién el Senador Andrés Zaldívar.
Existen malas integraciones verticales, que favorecen la concentración, los monopolios, y restringen la participación en los mercados, perjudicando a los consumidores. Pero también hay integraciones verticales, en distintas actividades económicas, que fomentan la competencia.
La mayoría de los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra coincidieron en que el mercado de las farmacias es sumamente restringido, lo que ha permitido, incluso, que se coludan para fijar precios. Todos estamos en contra de ello y rechazamos en forma categórica ese tipo de acciones.
Entonces, si nos hallamos frente a un mercado y una oferta restringidos, y quizás esto sea lo que les impone los precios a los productores de medicamentos, ¡cuánto mejor sería que precisamente los dueños de droguerías o laboratorios pudieran instalar farmacias y competir con las grandes cadenas!
¡Si lo que necesitamos es más competencia, no menos competencia! Y, cuando prohibimos que la persona que tiene un laboratorio de fármacos salga a venderlos directamente al público, estamos restringiendo la competencia o, al menos en mi concepto, impidiendo una actividad económica lícita.
Eso, de acuerdo con nuestra Constitución Política, no es factible. Podemos regular la actividad económica, pero no prohibirla.
Desde tal perspectiva, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento hizo bien al rechazar el artículo 129 D.
Y reitero: en el ámbito económico se requiere más competencia. Si algún laboratorio se atreve a poner farmacias para vender sus productos ¡bienvenido sea si ello finalmente va a significar disminución de precios; si ello finalmente va a significar que los consumidores de fármacos podrán comprar medicamentos más baratos! Porque ese es el fin último que debemos tener presente al legislar.
Por las razones consignadas, señor Presidente, y porque tengo la convicción de que, sobre todo en el ámbito de las farmacias, necesitamos más competencia y no menos, al igual que la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento rechazo este precepto.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Sabag.


El señor SABAG.- Señor Presidente, no cabe duda de que el problema de las farmacias es de larga data, así como la lucha por evitar la formación de integraciones verticales que se traducen en abusos hacia los consumidores.
Aquí ya se mencionó a un gran amigo, ya fallecido, el ex Diputado Mario Hamuy Berr, quien fue el primero que formó en la Cámara una Comisión especial y trabajó incansablemente para que no se incurriera en tales arbitrariedades. Sus informes son muy claros y categóricos sobre el particular.
Todos sabemos que en esta materia se producen hechos abusivos. Se trata de asuntos técnicos que no somos capaces de catalogar.
Hace dos días, por ejemplo, acompañado por el doctor Zilic, fui a comprar un Gastrium que costaba 6 mil 800 pesos. Él me dijo: "¿Por qué tan caro? Cómprate una famotidina, que es lo mismo". Y compré este remedio que valía 200 pesos.
La diferencia de precio entre el Gastrium y la famotidina de 40 milígramos es enorme, en circunstancias de que ambos medicamentos tienen los mismos componentes y producen igual efecto.
Por eso, muchas veces resulta atractivo apoyar todo lo que tienda a establecer competencias y, en particular, limitaciones a los abusos que se puedan cometer.
El proyecto en debate, que había sido estudiado por la Comisión de Salud, fue enviado también a la de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, porque existían dudas de constitucionalidad. Este tipo de materias cae dentro de la competencia que le es propia a esta última.
La Comisión fue cauta y pidió a los profesores Guzmán y Zapata que emitieran un informe sobre el particular. Y ambos académicos coincidieron con ella en cuanto a que el asunto en cuestión era absolutamente inconstitucional. Por lo tanto, dicho órgano técnico, por la unanimidad de sus miembros presentes, incluida la Senadora señora Alvear, nuestra representante en él, aprobó eliminar este artículo.
Yo doy fe respecto al trabajo de las Comisiones especializadas, y siempre he tenido un gran respeto por la de Constitución, Legislación y Justicia. Por eso, cuando en otros órganos técnicos se trata de modificar el Código Penal o cualquier normativa, soy el primero en levantar la voz y preguntar: "¿Emitió su informe la Comisión de Constitución?". Y si no lo ha hecho, pido que el asunto sea visto por esta última.
Además, hay una cuestión fundamental: si nosotros no respetamos la Constitución, nuestra ley madre, ¿en qué Estado nos encontramos?
Evidentemente, los parlamentarios somos inviolables por las opiniones que manifestemos y los votos que emitamos en el desempeño de nuestros cargos, en sesiones de Sala o de Comisión. No obstante, si los miembros de otros órganos colegiados o tribunales faltan a la Carta Fundamental, nosotros los podemos acusar e, incluso, destituir, como ocurre con los Ministros de Cortes de Apelaciones, de la Corte Suprema, etcétera.
Sin embargo, a nosotros nos está permitido saltarnos sus disposiciones, dado que la Constitución establece que somos inviolables por las opiniones vertidas y los votos que emitamos en el Senado. Por lo tanto, no acontece nada si nos pronunciamos de una manera que signifique atropellar la Carta Magna.
En consecuencia, apoyo la resolución de la Comisión de Constitución.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Kuschel.


El señor KUSCHEL.- Señor Presidente, deseo llamar la atención en cuanto a que, para bien o para mal, la economía tiene cierta forma de funcionar y se rige de acuerdo a sus propias leyes.
Así como en la física existe la ley de gravedad, en la economía, la ley de la oferta y la demanda, la que algunos sostienen que se debe derogar. Pero ello es muy difícil. En varios países se han hecho esfuerzos en ese sentido. Incluso nosotros tenemos experiencias al respecto, con resultados dramáticos que terminan perjudicando al consumidor.
En nuestro país, con buenas intenciones, pero, a mi juicio, con mucho desconocimiento, aprobamos leyes que han permitido la concentración del mercado de las farmacias.
Recuerdo que entre 1991 y 1992, en la Cámara de Diputados, participé en una Comisión investigadora acerca del precio de los medicamentos. En esa ocasión, se hicieron propuestas que solo las grandes farmacias, cadenas y laboratorios podían cumplir. Y las pequeñas y medianas empresas del rubro fueron cerrando gradualmente por no poder dar cumplimiento a algunas exigencias técnicas, de salud, laborales, económicas, municipales, ambientales, etcétera.
Actualmente existen tres grandes cadenas y estamos legislando únicamente para ellas.
Me gustaría que pudiéramos hacer retroceder el tiempo y volver a tener la cantidad de farmacias que había antes, por ejemplo, en Puerto Montt y Puerto Varas. Eran farmacias tradicionales, que pertenecieron a familias por generaciones, donde también se desempeñaban químicos farmacéuticos. Sin embargo, todo eso ya no existe. ¿Por qué? Porque nosotros, con buena voluntad, pero con desconocimiento, quisimos ayudar y, en lugar de ello, se produjo lo contrario. Es decir, los cuidados del sacristán terminaron matando al señor cura.
Por ese motivo, este asunto hay que verlo a la luz de los expertos no solo económicos, sino también constitucionalistas.
En la concentración del mercado farmacéutico, a mi juicio, hemos tenido una grave e importante participación, y algo parecido está sucediendo con otros mercados. Además, nuestro país tiene la mitad de sus consumidores agrupados en una sola gran ciudad, que es Santiago, mientras que el resto se halla distribuido a lo largo del territorio nacional. De modo que las condiciones para la concentración económica están dadas en forma natural.
Por lo tanto, adhiero con mucha convicción a las palabras del Senador señor García, en el sentido de que esta materia se debe revisar y, ojalá, podamos desandar el camino equivocado. No obstante, es poco lo que podemos hacer a esta altura, ya que, a mi juicio, se van a seguir consolidando las tres grandes cadenas farmacéuticas en nuestra economía.
Por ello, en esta ocasión, voto en contra.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación.
El señor PIZARRO.- ¡Yo no he votado, señor Presidente!
--Se rechazan el artículo 129 D, contenido en el número 2) del artículo 1º del proyecto, y el artículo transitorio nuevo propuesto por la Comisión de Trabajo (16 votos contra 12, una abstención y 2 pareos).
Votaron por la negativa la señora Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Kuschel, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Novoa, Orpis, Pérez Varela, Sabag, Uriarte, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la afirmativa las señoras Pérez (doña Lily) y Rincón y los señores Escalona, Frei (don Eduardo), Horvath, Lagos, Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Quintana, Rossi y Tuma.
Se abstuvo el señor Walker (don Ignacio).
No votaron, por estar pareados, los señores Gómez y Prokurica.
El señor ESCALONA (Presidente).- La Mesa lamenta que los señores Senadores no hayan hecho uso de su derecho desde el momento en que se abrió la votación, lo que ocurrió hace ya bastante rato.
El señor PIZARRO.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente, como no alcancé a votar, pido que se deje constancia en la Versión Oficial de mi intención de voto favorable.
El señor ESCALONA (Presidente).- Así se hará, señor Senador.
Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Corresponde tratar ahora el artículo 2° del proyecto, respecto del cual se pidió votación separada.
La norma establece lo siguiente:
"Los proveedores de productos farmacéuticos, ya sean laboratorios farmacéuticos, importadores o distribuidores, estarán obligados a publicar los precios de los productos que expenden y los descuentos por volumen que apliquen en sus ventas, indicando cada tramo de descuento.
"Además, no podrán realizar prácticas que impliquen discriminar a las farmacias o almacenes farmacéuticos en razón de su tamaño, volumen de compra o por no pertenecer a una cadena de farmacias o a una asociación o agrupación de compra.
"La infracción a este artículo será sancionada conforme al artículo 174".
El señor ESCALONA (Presidente).- Se ofrece la palabra.
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.


El señor NOVOA.- Señor Presidente, yo pedí votación separada de este artículo porque el inciso primero es contradictorio con el segundo.
En efecto, aquel señala que "Los proveedores de productos farmacéuticos, ya sean laboratorios farmacéuticos, importadores o distribuidores, estarán obligados a publicar los precios de los productos que expenden y los descuentos por volumen", etcétera. Es decir, se entiende que es posible hacer descuentos por volumen, que es una práctica absolutamente normal.
Pero el inciso segundo dice: "Además, no podrán realizar prácticas que impliquen discriminar a las farmacias o almacenes farmacéuticos en razón de su tamaño, volumen de compra o por pertenecer a una cadena de farmacias", etcétera. La realidad es que el "Además" está fuera de lugar porque no tiene que ver un inciso con el otro. Y, en seguida, no podemos autorizar el descuento por volumen en el inciso primero y prohibirlo en el segundo.
Entonces, me parece que esto se podría solucionar modificando el inciso segundo en el siguiente sentido: borrando la palabra "Además" y señalando: "No podrán realizar prácticas que impliquen discriminar a las farmacias o almacenes farmacéuticos en razón de su tamaño o por no pertenecer a una cadena de farmacias o a una asociación o agrupación de compra".
De esa manera, eliminamos en el inciso segundo el descuento por volumen, que es contradictorio.
El señor CHAHUÁN.- Conforme.
El señor NOVOA.- ¿Estamos de acuerdo o no?
Ante el silencio de la Sala, yo creo que hay unanimidad, señor Presidente...
El señor ESCALONA (Presidente).- ¿Le parece a la Sala?
El señor BIANCHI.- Sí.
El señor ESCALONA (Presidente).- El Senador señor Chahuán ha pedido la palabra.
El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, en el mismo sentido...
El señor NOVOA.- Perdón, señor Presidente, me corrijo: el "Además" está bien.
El señor ESCALONA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará el artículo 2° con la modificación recién descrita.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El acuerdo unánime consistiría en eliminar, en el inciso segundo del artículo 2° del proyecto, la expresión "volumen de compra" y la coma que la antecede. Vale decir, la norma quedaría: "Además, no podrán realizar prácticas que impliquen discriminar a las farmacias o almacenes farmacéuticos en razón de su tamaño o por no pertenecer a una cadena de farmacias o a una asociación o agrupación de compra".
--Por unanimidad, se aprueba el artículo 2° con la enmienda señalada.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Corresponde pasar al artículo 3°, inciso segundo.
En este caso, se pidió votación separada para la primera frase, que dice: "La información deberá figurar en el envase de cada producto".
En otras palabras, el resto de la norma estaría aprobado.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro.


El señor MAÑALICH (Ministro de Salud).- Señor Presidente, para no entrar en detalles, de lo que se trata acá -y es el espíritu del Ejecutivo en esta materia- es de que sea el Ministerio, mediante un reglamento, como se señala en el mismo artículo, el que defina la forma en que se podrá informar al público de los precios. Ello no significa necesariamente que haya que etiquetar cada cajita de medicamentos, luego de un trabajo humano muy importante, con un precio específico. Esto se podrá realizar a través de código de barras u otra manera en la cual las personas que van a adquirir un medicamento puedan saber a priori cuál es su valor.
Quisiera aprovechar la oportunidad de señalar que, independientemente de la votación que se hizo recién respecto a la constitucionalidad de una disposición, este proyecto de ley especifica en muchos de sus artículos protecciones muy directas para los consumidores.
Por ejemplo, en una norma se señala que cuando un determinado laboratorio no esté interesado en comercializar un producto en Chile y no se disponga de él, CENABAST podrá pedir directamente su certificación al Instituto de Salud Pública.
En otro precepto se establece que los medicamentos se deben prescribir por su nombre genérico. Se termina, así, con la idea de que los medicamentos no son sustituibles, pudiendo la persona elegir el de menor valor, aconsejado incluso por el químico farmacéutico, siempre que la calidad esté certificada por bioequivalencia.
De la misma manera, se dice explícitamente, al final del Título I, que "El propietario, el director técnico y el auxiliar de la farmacia en que se expenda un medicamento diferente del indicado en la receta" deberá responder con sanciones frente a ello.
Por tanto, independientemente del tema de la integración vertical, a mí me parece que este proyecto es muy potente en la línea de proteger -insisto- los derechos de los usuarios.
Quiero hacer ver, una vez más, si se me permite, que esta iniciativa es muy importante para quienes más nos importan: los pacientes. La indicación que fue aprobada por unanimidad conforme a la redacción que propuso el Senador Gómez en la primera parte de esta sesión, por ejemplo, está dirigida explícitamente a que podamos avanzar mediante esta legislación con miras a tener la disponibilidad de suficientes alimentos para uso oral respecto de un tema que hoy día se ha hecho muy relevante, como es la alergia alimentaria en los menores lactantes a productos derivados de la leche de vaca.
En ese sentido, solicito y ruego nuevamente que se pueda avanzar en este proyecto y que ojalá el Senado lo despache en el día de mañana -ya que va a estar pendiente la elaboración que debe hacer la Comisión de Trabajo-, para que, en definitiva, nuestros usuarios, las personas más vulnerables, puedan verlo transformado en ley a la brevedad.
Gracias, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- A usted, señor Ministro.
Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer, para un tema de Reglamento.
La señora VON BAER.- Señor Presidente, solo quiero pedir el acuerdo de la Sala para que la Comisión de Educación pueda funcionar en paralelo.
El señor COLOMA.- Y la de Agricultura también, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Educación y Agricultura piden permiso. Pero corremos el riesgo de quedar sin quórum en ese caso.
El señor LETELIER.- Votemos este artículo y después las autorizamos.
El señor ESCALONA (Presidente).- ¿Y si colocamos en votación este artículo? ¿Les parece? Y autorizamos a ambas Comisiones para sesionar en forma simultánea con la Sala.
--Así se acuerda.
El señor ESCALONA (Presidente).- En votación.
--(Durante la votación).
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, lo que se nos está pidiendo votar, de acuerdo a lo señalado por el Ministro de Salud, dice relación con que cada comprador sepa a ciencia cierta cuánto vale determinado producto y con que las listas de precios estén disponibles para todos los clientes, sin intervención de terceros.
Yo quiero poner un punto sobre la mesa -y pido que quede en actas para la historia fidedigna del establecimiento de la ley-: no es indispensable que el precio se halle en el envase de cada producto, sino que se consigne mediante el sistema de código de barras. Esto, porque las farmacias pequeñas deben disponer de un funcionario para tal efecto, lo que significa un costo adicional.
La idea es que las farmacias usen el sistema de código de barras y que cualquier cliente pueda consultar el valor de un medicamento sin necesidad de que el precio esté marcado en todos los productos como ocurría antaño, hace dos décadas.
Se trata, pues, de incorporar la tecnología a fin de permitir que los compradores accedan fácilmente a los precios, para lo cual, además, se contará con el listado que los locales de expendio deberán poner a disposición del público.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).- Se halla inscrito a continuación el Senador señor Pizarro, quien en este momento nos tiene privados de su presencia.
Tiene la palabra el Honorable señor Rossi.


El señor ROSSI.- Señor Presidente, este artículo es bien importante, pues uno de los principales problemas es la falta de transparencia respecto a los precios de los medicamentos, a pesar de que se ha hecho mucho hincapié -incluso el SERNAC ha tocado el punto; y se han realizado fiscalizaciones- en la necesidad de que en cada farmacia haya una lista, la que hoy día no está en ninguna parte.
Ahora, yo entiendo la preocupación del Senador Chahuán en cuanto a la imposibilidad de rotular. Pero nosotros siempre hemos señalado que es perfectamente factible hacerlo en cada cajita. Si los supermercados rotulan hasta los lápices, ¿por qué las farmacias no pueden rotular cajitas de medicamentos?
El señor CHAHUÁN.- Me referí a las farmacias pequeñas.
El señor ROSSI.- Las cadenas farmacéuticas tienen recursos suficientes para contratar a una persona a tal efecto.
En esa línea, yo no me preocuparía del bolsillo de dichas cadenas, porque lo importante al final del día es que el público pueda consultar los precios fácilmente.
Bueno: el Ministro dice que habrá un reglamento.
Yo espero que, atendida su gran relevancia, podamos aprobar el artículo que nos ocupa. Tiene que ver -insisto- con la transparencia en un mercado muy asimétrico, de tal manera que la gente pueda comparar los precios de distintos medicamentos. Porque, como lo han dicho varios Senadores -por ejemplo, el colega Sabag-, hay medicamentos que, teniendo el mismo principio activo, registran en su valor diferencias de hasta ¡cincuenta veces!
Entonces, nos parece fundamental que se pueda comparar.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, solo quiero manifestar la misma preocupación que han expresado mis colegas en orden a que la responsabilidad de rotular los precios de los medicamentos no puede recaer en los trabajadores. Al efecto, deben existir mecanismos modernos (como ocurre hoy en otras áreas del comercio) para permitir que el consumidor verifique los valores mediante el sistema de código de barras.
He conversado al respecto con el Ministro de Salud. Y el articulado establece que un reglamento dictado por el Ministerio del ramo establecerá la forma como se concretará aquello.
Pido, pues, que quede constancia de nuestra inquietud, de modo que la situación se regule en el reglamento pertinente, para evitar que el día de mañana se obligue a que rotulen los medicamentos los trabajadores del sector farmacéutico y a que, en caso de error, ellos deban pagar las diferencias registradas.
--(Aplausos en tribunas).

El señor ESCALONA (Presidente).- La Mesa estima necesario que el señor Secretario...
Les ruego a Sus Señorías que no armen asambleas paralelas de indeterminado propósito y que me permitan referirme al punto.
El señor PROKURICA.- ¡Hay muchos "médicos" en este Senado, señor Presidente...!
El señor CHAHUÁN.- ¡Nos estamos trayendo a la DC...!
El señor ESCALONA (Presidente).- Le solicito al señor Secretario que vuelva a reiterar lo que ya se manifestó respecto a qué se someterá exactamente a la votación de la Sala.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Se trata de la votación separada que se pidió en el sentido de que se suprima en el inciso segundo del artículo 3° la primera frase, que dice: "La información deberá figurar en el envase de cada producto.".
O sea, quienes estén de acuerdo en que esa frase se suprima votan que sí, y quienes no se hallen de acuerdo, que no.
El señor NAVARRO.- ¿Cuál es el artículo?
El señor LAGOS.- ¿En qué página está?
El señor NOVOA.- Déjeme explicar el punto, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Veo que la explicación del señor Secretario ha causado revuelo.
Reitero lo que ya señalé en el sentido de que se establecen asambleas paralelas que distraen el curso normal de la sesión, lo que me parece lamentable.
El Senador señor Novoa quiere dar una explicación.
El señor NOVOA.- Señor Presidente, como yo pedí la votación separada, solo deseo explicar una cosa.
En la farmacia, los medicamentos están detrás del mostrador; no se hallan al alcance del público. Nadie puede ir a una vitrina y tomar una cajita para ver cuánto vale el producto que contiene.
Entonces, carece de sentido que la información se ponga en cada caja, pues no es la forma como operan dichos establecimientos.
Lo importante de la norma en comento es que exista una lista de precios a la vista.
El señor PROKURICA.- Así es.
El señor NOVOA.- Eso es lo relevante. Yo no puedo ir por atrás del mostrador de una farmacia para ver cuánto vale un medicamento, pues su venta la realiza una persona autorizada.
El sentido de la supresión es, entonces, hacer una ley lo más razonable posible.
Gracias, señor Presidente.
El señor ROSSI.- ¡Pero no es solo para eso!
El señor ESCALONA (Presidente).- Retomamos el orden de la lista.
El Senador señor Rossi se inscribió por segunda vez. Pero antes está inscrito el Honorable señor Pizarro.
El señor PIZARRO.- Quedó marcada la petición de palabra que hice para intervenir en el debate anterior, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Gracias por la aclaración, señor Senador.
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.


El señor ORPIS.- Señor Presidente, tal como señaló el colega Novoa, la parte más relevante del artículo 3° está en el inciso segundo, donde se establece la obligación de tener una lista de precios accesible al público; o sea, que el cliente llegue a la farmacia y pueda conocer el valor del medicamento que necesita.
En el inciso tercero se establece la obligación del Ministerio de Salud de expedir un reglamento. Y yo imagino que en él perfectamente se podrá disponer que los medicamentos colocados a disposición del público deberán tener las rotulaciones respectivas.
Nadie está obligado a lo imposible. Como los clientes no pueden acceder físicamente a los productos, exigir que cada uno de estos se halle rotulado es bastante contradictorio y casi imposible de cumplir.
He dicho.
El señor PIZARRO.- Entonces, hay que arreglar la primera frase.
El señor ROSSI.- Hay que cambiarla.
El señor ESCALONA (Presidente).- Si Sus Señorías lo permiten, como el Honorable señor Rossi habló pensando que era otro el punto en discusión, haremos cuenta, con la venia de la Sala, de que esta es su primera intervención.
Acordado.
Tiene la palabra, señor Senador.


El señor ROSSI.- Gracias, señor Presidente.
Lo que ocurre es que yo soy partidario de rechazar lo que aquí se está planteando; es decir, la eliminación del inciso.
El señor ORPIS.- De la primera frase.
El señor ROSSI.- Ahora, yo le pediría a la gente de Gobierno que apoyara a su Ministro de Salud, porque en definitiva terminamos respaldándolo quienes aparecemos como Oposición obstruccionista.
En tal sentido, quiero apoyar al Ministro, que es justamente quien ha impulsado la idea de que cada cajita tenga su precio. Porque el objetivo es no solo informar, sino además obstaculizar la colusión, ya que cuando las cadenas de farmacias se ponen de acuerdo basta apretar un botón para que, en línea, todos los medicamentos cambien de precio en un segundo.
La situación es muy distinta si el producto se encuentra rotulado. Y es perfectamente posible hacerlo: contratando gente, en fin.
Señor Presidente, que nos estemos preocupando también de los problemas económicos de las "pobres cadenas farmacéuticas" existentes en Chile me parece rayano en lo ridículo, en lo absurdo...
El señor NAVARRO.- ¡En lo obsceno!
El señor ROSSI.-... y en lo obsceno.
El señor ESCALONA (Presidente).- Constato que la aclaración del Senador señor Novoa ha despertado el interés de otros legisladores para hacer su contribución a este debate.
El señor NOVOA.- ¡Que gane el más mejol...!
El señor ESCALONA (Presidente).- El Senador señor Navarro se inscribió para clarificar este debate.
Tiene la palabra Su Señoría.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, no tengo necesidad de usar lentes ópticos: gozo de buena visión y hago mis compras en las farmacias. Sin embargo, jamás he visto en ellas una lista de precios: solo estantes y estantes; Combo 1, Combo 2, y ofertas con las que llenan hasta el mesón donde deben colocarse los productos que adquieren los clientes.
¿Dónde está la lista de precios?
No sé si algún Senador o el Ministro pueden explicarlo.
Se dice que en el acceso a las farmacias, con denominaciones muy complejas; muchas veces, con nombres científicos o de fantasía.
Por tanto, claramente, la exigencia en materia de precios ha de ir de la mano con el inciso tercero del artículo 3°, atinente al reglamento que habrá de expedir el Ministerio de Salud, conforme al cual dicha obligación deberá hacerse efectiva de manera que -como ocurre en las multitiendas, en Sodimac, en fin- uno pueda chequear los precios mediante el código de barras y buscar alternativas.
La rotulación evita que las farmacias cambien los precios en forma inmediata, sobre la marcha; ofrece mayor transparencia, e impide la colusión.
De verdad, señor Presidente, estoy sorprendido: lista de precios en las farmacias para que uno, sin preguntar en el mostrador, conozca el valor del medicamento que va a comprar. Eso permitirá cruzar la vereda (porque las farmacias se han tomado todas las esquinas de Chile) para ir de Salcobrand a Ahumada, en fin, y comparar precios sin necesidad de interpelar al dependiente del local.
Porque, ¿qué objetivo se persigue con la lista de precios? No que el cliente sepa segundos antes de la compra cuánto le van a cobrar, sino que compare, que busque el mejor precio, que haga efectiva la competencia. Y eso significa accesibilidad a aquella en términos tan claros y sencillos que sea posible la consulta por todos.
Cualquier otra cosa será solo una sinfonía, no se traducirá en elementos concretos para determinar la verdadera competencia. Y cuando hay diferencias de valores -como aquí se ha dicho- de 10, 20 o más veces en un mismo medicamento, está claro que la lista de precios es ocultada o se maneja en un rincón donde no existe accesibilidad.
Por otra parte, creo que la rotulación exigida no puede recaer en los dependientes de las farmacias, porque se trata de miles de medicamentos. Al igual que en los supermercados, ella debe ser hecha por personal contratado ad hoc, lo cual significa que el consumidor elige un producto y tiene conciencia de su valor.
Está bien. Aquí se ha recordado que un número importante de farmacias no son supermercados. Algunas sí tienen la distribución de un minimarket; o sea, es posible tomar el producto y concurrir con él a la caja. Otras, las más pequeñas, no. Entonces, habrá que buscar en el reglamento un punto intermedio.
En todo caso, los precios de todos los productos que ofrecen las farmacias -no solo de los medicamentos-, que cada día son más diversos, deben estar rotulados de manera permanente. Así los consumidores podrán gozar de cierto valor durante un tiempo antes de que los remarquen.
Recuerdo épocas pretéritas en que los medicamentos se remarcaban de manera afanosa, una y otra vez.
Entiendo que en el mercado farmacéutico no hay tantas fluctuaciones de precios y que, por tanto, una rotulación puede tener una duración razonable en el tiempo.
Señor Presidente, me opongo a la eliminación del inciso segundo del artículo 3°. Creo que hay que rotular el precio de los medicamentos -el que nada hace, nada teme- y que al respecto debe existir la mayor transparencia. Cuando se paga muy caro, ella es necesaria.
Ahora bien, en cuanto a las famosas listas de precios, desafío a mis colegas para que al término de la sesión concurramos a algunas farmacias a fin de ver si las pillamos. Y si alguien encuentra una, sáquele una foto con el celular y la trae. Estoy dispuesto a pagar una apuesta (fijemos el monto), porque creo de verdad que tendremos una gran dificultad en tal sentido.
Señor Presidente, se me dijo que había que votar a favor del artículo.
El señor Secretario podría hacer la aclaración. Porque el Senador Rossi indicó primero que lo siguiéramos, pero luego, con la explicación de Secretaría, cambió de posición.
Quiero saber exactamente cómo debemos votar quienes deseamos que haya rotulación de precios en los medicamentos.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
El señor ESCALONA (Presidente).- Señor Senador, lo de la apuesta es inadmisible, mas no así la consulta al Secretario, quien tiene la palabra para absolverla.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Únicamente se está votando la frase "La información deberá figurar en el envase de cada producto.". ¿Por qué? Porque el resto del artículo 3° está aprobado, ya que el Senador señor Novoa pidió votar separadamente solo la frase individualizada.
Por lo tanto, quien desee mantener dicha frase tiene que votar que no, y quien quiera eliminarla, que sí.
El señor ESCALONA (Presidente).- Estimados Senadores, el asunto se ha explicado por enésima vez.
El señor LAGOS.- ¡Es que somos duros de entendimiento...!
El señor ESCALONA (Presidente).- Al parecer.
¡A confesión de parte...!
En seguida -ahora sí- está inscrito el Senador señor Pizarro, quien tiene la palabra.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente, solo quería pedir claridad respecto a la votación. Pero el señor Secretario ya precisó el punto.
En el fondo, quienes están a favor de la postura del Senador Novoa deben votar que sí, y los que estamos en contra, que no.
El señor NOVOA.- ¡Y yo los voy a anotar a todos...!
El señor ESCALONA (Presidente).- A continuación se halla inscrito el Honorable señor Muñoz Aburto, quien acaba de salir de la Sala.
Tiene la palabra el Senador señor Uriarte.


El señor URIARTE.- Señor Presidente, advirtiendo que estoy muy afónico,...
El señor NAVARRO.- ¡Tiene que ir a la farmacia...!
El señor URIARTE.-... solo quiero reivindicar, en los escasos minutos que durará mi intervención, el artículo completo, por una cuestión de fondo.
Acá está en juego el deber de informar al público el precio de los medicamentos, que es un elemento esencial en la oferta.
Recordemos que para que exista negocio en las farmacias tiene que haber aceptación por parte del cliente respecto a una oferta que hacen ellas. El problema radica en que el valor del remedio varía por hora, y también, por día. Esa es la dificultad. En la oferta no hay un precio absoluto que el consumidor pueda tener como definitivo.
De ahí la necesidad de la norma que nos ocupa, que habla de la obligación de "informar el precio de cada producto, de manera clara, oportuna y susceptible de comprobación". ¿Y esto por qué? Porque las distintas farmacias modifican los precios según el día o la hora. Y eso, obviamente, atenta contra los derechos del consumidor.
Por lo demás -me agrega muy bien el señor Ministro-, esta es una disposición que ya se encuentra en la Ley de Defensa de los Derechos del Consumidor. Entonces, no estamos innovando en nada. Lo único que hacemos es equiparar esta norma a otra que se contiene en la ley vigente.
Por esa razón se justifica legislar en toda su magnitud respecto al artículo 3°.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Sin eliminar nada.
El señor ESCALONA (Presidente).- Espero, señor Senador que, cuando lo adquiera, ¡su medicamento esté con el debido precio en las farmacias...!
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Aburto.


El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente, quiero señalar, en la misma línea del Senador Rossi, que con esta disposición se pretende que tanto el importador como el productor le fijen al medicamento un precio igual en todas las farmacias, sean grandes o chicas, o en los supermercados, si a estos se los autoriza para vender productos farmacéuticos.
Pero la idea no es que el usuario entre en un establecimiento comercial para comparar precios. El valor debe estar fijo en el medicamento, ya sea mediante código de barra o con una etiqueta. Tal es la idea de la disposición, y por eso, al igual que mi Honorable colega Rossi y otros que me han precedido, estoy en contra de la eliminación de la frase.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, voy a votar por mantener el texto como está, porque si uno analiza qué es lo que ocurre, en países de legislaciones muy avanzadas, con normas que protegen los derechos del consumidor -hay un proyecto de reforma constitucional tendiente a garantizar estos aspectos y estoy esperando que el Honorable señor Tuma, quien lo patrocina al igual que quien habla, lo ponga en tabla en la Comisión-, se da cuenta de que no provoca ningún daño y más bien proporciona transparencia el indicar en cada producto su valor.
Me hace mucha fuerza, primero, el argumento de que, en una colusión, alguien podría cambiar permanentemente el listado.
En segundo lugar, imaginemos que el precio sube. En tal caso, será preciso etiquetar nuevamente. Y, además, existe un código de barras. Si baja, lo que no observo que ocurra muy seguido, el comprador no se enojará porque aparezca un valor más elevado y le cobren menos. Van a exponerle: "Se le hace un 20 por ciento de descuento, respecto de lo que figura en el envase". Por lo tanto, va a estar contento. No creo que nadie a quien le digan que algo vale 5 mil pesos y que le van a cobrar 4 mil vaya a responder: "No. ¡Cóbreme los 5 mil, por favor!".
Por lo tanto, creo que la disposición se halla bien pensada. Además, como lo ha expuesto el señor Ministro, ya se encuentra establecida, y, por lo tanto, reafirmarla aquí es bueno. El artículo 30 de la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores dispone expresamente que los proveedores tienen que dar toda la información posible: "deberán dar conocimiento al público de los precios de los bienes que expendan o de los servicios que ofrezcan", y después regula la situación íntegramente.
Más adelante, la norma señala: "Cuando el consumidor no pueda conocer por sí mismo el precio de los productos que desea adquirir, los establecimientos comerciales deberán mantener una lista de sus precios a disposición del público de manera permanente y visible". Pero eso no se opone a exhibirlo en lo que se compra.
El señor ORPIS.- La frase que nos ocupa no hace referencia al precio.
El señor ESPINA.- ¿Cómo que no? Señala que "La información deberá figurar en el envase de cada producto".
El señor ORPIS.- "La información".
El señor ESPINA.- El inciso anterior determina que "Las farmacias y demás establecimientos autorizados para expender productos farmacéuticos al público estarán obligados a informar el precio de cada producto, de manera clara, oportuna y susceptible de comprobación, a fin de garantizar la transparencia".
El señor ORPIS.- Puede tratarse de un código de barras.
El señor ESPINA.- Entonces, señor Presidente, no observo ningún daño en que se contemplen los precios. Me parece bien la forma como viene la disposición desde el órgano técnico: da transparencia a la información y, además, a mucha gente va a permitirle conocer realmente el valor exacto del producto, señalado en la caja.
Por lo tanto, voy a aprobarla.
El señor ESCALONA (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señor Presidente, considero que, a partir de lo manifestado por otros colegas, como los Honorables señores Rossi, Espina y Muñoz -si olvido a alguien, le pido que me disculpe-, queda claro cuál es el objetivo perseguido: informar a los consumidores.
Puedo comprender las dificultades prácticas que se presentarían eventualmente; pero a través del código de barras se va a solucionar al menos el aspecto práctico de subir o bajar el precio de los medicamentos y de dar a conocer el antecedente.
Eso tal vez no resuelve del todo la otra preocupación, relativa al procedimiento que se dice que se habría utilizado en las colusiones, en el sentido de que, mediante un sistema de software, perfectamente se podría subir o bajar el precio nuevamente en línea, porque el código de barras no lo señala, sino que recibe una instrucción. Desde ese punto de vista, quizás tampoco estemos superando dicho aspecto con la redacción de que se trata, porque, a través de la solución presentada por el Senador señor Chahuán, podemos volver a la misma situación de antes.
O sea, lo óptimo para hacer frente a la cuestión sería que el precio estuviera impreso. Entiendo que ello puede ser difícil, pero la frase "La información deberá figurar en el envase de cada producto" dice relación con lo mínimo a lo que podemos aspirar.
Y, así y todo, va a quedar abierta la discusión de fondo. No se trata de que la lista de precios esté publicada para la gente. Mi Honorable colega Navarro anunció que iría a una farmacia -como no lo veo, seguramente partió...
El señor NAVARRO.- Aquí estoy.
El señor LAGOS.- Perdón, Su Señoría. Pensé que ya estaba allá buscando tal antecedente. Porque usted es así: va a ir a comprobar si existe.
Pero no es cuestión solo de la información del usuario: lo que estamos protegiendo es la posibilidad de evitar nuevas colusiones. Y, por eso, el sistema de código de barras puede ser incluso imperfecto, desde ese punto de vista, si no media un control sobre la forma en que operan los softwares que van a regularlo al final del día.
De todas maneras, agradezco la propuesta del Senador señor Novoa, pero no va a contar con mi apoyo.
Muchas gracias.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación.
--Por 16 votos contra 14 y un pareo, se rechaza la supresión de la frase inicial del inciso segundo del artículo 3º.
Votaron por la negativa la señora Rincón y los señores Bianchi, Chahuán, Escalona, Espina, Gómez, Lagos, Muñoz Aburto, Navarro, Pizarro, Quintana, Rossi, Tuma, Uriarte, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la afirmativa las señoras Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Coloma, García, García-Huidobro, Horvath, Kuschel, Larraín (don Carlos), Letelier, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Ruiz-Esquide y Sabag.
No votó, por estar pareado, el señor Prokurica.
El señor ESCALONA (Presidente).- Queda la última votación.
Solicito la autorización de la Sala para llamar a los señores Senadores que se encuentran en Comisiones.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- En la Comisión de Salud se aprobó un artículo 6° que pasó a ser 5° en la correlación del proyecto verificada en la de Constitución, de acuerdo con las normas acogidas.
En la Comisión de Hacienda, la disposición fue objeto de modificaciones acordadas por cuatro votos a favor, de los Senadores señora Rincón y señores García, Lagos y Novoa, y la abstención del Honorable señor Frei.
El señor NOVOA.- Son de redacción.
El señor ESCALONA (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Al parecer, la materia no da lugar a un mayor debate.
Si no se registran objeciones, se abrirá la votación.
El señor NOVOA.- ¿Hay quórum?
El señor KUSCHEL.- Existe unanimidad, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- ¿Se cuenta con el quórum suficiente, señor Secretario?
El señor LABBÉ (Secretario General).- Así es.
El señor ESCALONA (Presidente).- En votación.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la proposición de la Comisión de Hacienda, por 16 votos a favor y un pareo.
Votaron por la afirmativa los señores Chahuán, Escalona, Espina, García-Huidobro, Gómez, Lagos, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Pizarro, Rossi, Tuma, Uriarte, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
No voto, por estar pareado, el señor Prokurica.
El señor ESCALONA (Presidente).- En consecuencia, queda pendiente el artículo 100, el cual será objeto de un informe complementario que la Comisión de Trabajo tiene plazo para emitir hasta las 13 de mañana. La urgencia vence, para estos efectos, en la sesión ordinaria que se celebrará ese día.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Se pidió votación separada respecto de todos sus incisos.
El señor ESCALONA (Presidente).- Se suspende la sesión.
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--Se suspendió a las 19:30.
--Se reanudó a las 19:34.
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El señor ESCALONA (Presidente).- Continúa la sesión.
Hay un punto pendiente.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Conforme a lo aprobado en la Comisión de Salud, el artículo 2º pasa a ser 5º. Se trata de las modificaciones que se introducen en el Código Penal. La Comisión de Constitución plantea su eliminación. Por consiguiente, al registrarse una diferencia entre lo que una y otra recomiendan, se encuentra pendiente la votación respectiva.
El señor ESCALONA (Presidente).- ¿Habría acuerdo para pronunciarse mañana sobre el particular, junto con la norma que se envió a la Comisión de Trabajo?
El señor ESPINA.- Las disposiciones contempladas en el artículo son repetitivas, señor Presidente. ¡No se dirá ahora que media un factor ideológico detrás de la proposición formulada!
El señor ESCALONA (Presidente).- En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.- Señor Presidente, no es necesario agregar los preceptos expresados, porque ya existen en el Código Sanitario. Así lo expusieron todos los penalistas que concurrieron a la Comisión de Constitución, al igual que los representantes del Instituto de Salud Pública.
Se hace referencia a figuras penales incluso más restrictivas que las incluidas en ese último ordenamiento. Y en el informe de dicho órgano técnico se deja expresa constancia de ello. No habría razón alguna para que sus cinco miembros quisiéramos que no se tipificara una actitud fraudulenta. Lo que ocurre es que ello ya se ha hecho. El señor Secretario, quien dispone de los antecedentes, puede confirmar que se explica en detalle por qué estos delitos se encuentran configurados en el Código Sanitario, y ello no es conveniente repetirlo.
Más aún, como se cambia la figura en virtud de los artículos que se insertarían, el que haya cometido un ilícito va a quedar exento de responsabilidad penal, porque el tipo nuevo deroga al antiguo. Y eso fue claramente establecido en la Comisión.
El señor GÓMEZ.- Que se lea el informe, señor Presidente.
El señor ESPINA.- Por mi parte, no volveré a hacerlo.
Ahora, si se desea votar en la próxima sesión ordinaria a fin de contar con tiempo para ilustrarse, no hay problema. Pero dejo constancia de que la Comisión analizó la materia acuciosa y minuciosamente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Entonces, si no hay objeciones, se dejará el punto pendiente para mañana, al igual que el artículo 100.
--Así se acuerda.