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CONVENIO INTERNACIONAL PARA PROTECCIÓN DE OBTENCIONES VEGETALES


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, nuestro jefe de bancada ha aducido aquí, entre varios argumentos, el de que este Acuerdo tiene relación con los transgénicos. Y, en respuesta, se ha dicho que no es así.
Por mi parte, debo subrayar que hace algunas semanas el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera decidió dar urgencia a diversas materias vinculadas con la propiedad intelectual de nuevas creaciones de semillas mediante modificaciones genéticas.
Así, se otorgó urgencia tanto al proyecto de acuerdo que nos ocupa en este instante, sobre aprobación del "Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales", como a la iniciativa atinente a obtenciones vegetales que deroga la ley Nº 19.342, radicada en la Comisión de Agricultura.
En este momento nos hallamos analizando una normativa específica sobre el particular, tal como lo señaló el Presidente de dicho órgano técnico.
Ambas materias van unidas con el proyecto de ley sobre vegetales genéticamente modificados, cuyo plazo para presentar indicaciones venció ayer.
Señor Presidente, ese día concurrimos, con el Senador Navarro y varias organizaciones sociales y ambientalistas, al Palacio de Gobierno, a La Moneda, para entregarle una carta al Presidente de la República con el propósito de transparentar y dar tiempo para informar adecuadamente a la opinión pública sobre los efectos de la introducción y distribución interna de cultivos y productos transgénicos. Y le pedimos retirar la urgencia al proyecto sobre obtentores vegetales que estamos discutiendo en nuestra Comisión. Ello, por considerar que resulta imposible que en apenas treinta días la ciudadanía y los parlamentarios se informen apropiadamente acerca de todas las implicancias de la iniciativa legal pertinente y de la correspondiente indicación sustitutiva recién presentada por el Gobierno al proyecto de vegetales genéticamente modificados.
De acuerdo a lo señalado en el propio mensaje del proyecto de acuerdo que nos ocupa -aprobatorio del "Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales"-, la ley Nº 19.342, que regula el derecho a obtentores vegetales, fue precursora en incorporar varios de los estándares del Acta de 1991 del Convenio UPOV.
Nos parece que en esta materia se está avanzando demasiado rápido, sin el tiempo necesario para discutir cuestiones de gran importancia para la agricultura campesina.
Creemos fundamental que en esta materia haya una segunda discusión o que definitivamente se suspenda la tramitación de la iniciativa que nos ocupa esta tarde, hasta que tengamos claridad sobre cómo abordaremos el debate del proyecto que regula los obtentores vegetales y elimina la ley Nº 19.342, el cual ya fue discutido por primera vez en la Comisión de Agricultura del Senado.
Por eso, señor Presidente, considero de toda pertinencia lo solicitado en la Sala y que incorporemos al debate a otros parlamentarios y a otras Comisiones.
He dicho.