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PERFECCIONAMIENTO DE ARTÍCULO 195 DE CÓDIGO DEL TRABAJO


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, tal como lo explicó el señor Presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, este proyecto de ley, que fue aprobado por la unanimidad de quienes estábamos presentes al momento de votarse -si la memoria no me falla, hubo 4 votos a favor-, responde a la necesidad de corregir una mala interpretación del artículo 195 del Código Laboral.
El espíritu del precepto era claro en el sentido de que se tratara de los días en que el trabajador no pudiera acompañar a su hijo recién nacido. Pero, producto de malas interpretaciones o malas prácticas, se les sumaban los feriados, los descansos legales, las vacaciones, con lo cual se reducía el beneficio que el legislador tuvo en mente.
Por lo tanto, en la Comisión hubo unanimidad para volver al sentido original de la norma y reponer, con una disposición expresa, clara y taxativa, la idea del legislador.
Al aprobar hoy día la iniciativa en debate estamos evitando una mala interpretación del artículo 195 del Código del Trabajo y de su espíritu. Con ello, en mi concepto, reponemos algo que tiene que ver con el sentido de familia, de paternidad.
Muchas veces las mujeres nos quejamos de la ausencia del padre o de su falta de compromiso en la crianza de los hijos, pero olvidamos que, o asumimos más responsabilidades de las que debiéramos, o, por la fuerza de la costumbre, no dejamos que asuma su rol y juegue el papel que le es propio.
Los hijos son responsabilidad de la madre y del padre. Sin embargo, para que ello funcione tenemos que crear las condiciones para que ambos se comprometan con su crianza.
Por lo expuesto, invito a mis Honorables colegas a que aprobemos por unanimidad el proyecto en debate.
He dicho.

La señora RINCÓN.- Señor Presidente, me referiré a la materia sobre la base de mi experiencia como Superintendente de Seguridad Social.
Aquí, a los hijos adoptados y a sus padres se les reconocen los mismos derechos que en el caso de los hijos biológicos. Por lo tanto, no cabe duda al respecto y la norma no requiere precisión. Considero que no se justifica una discusión particular.
Gracias.