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MODIFICACIÓN DE LEY DE BANCOS Y TRATAMIENTO DE DEUDA SUBORDINADA


El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Corresponde ocuparse en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley General de Bancos y otros cuer- ) pos legales, y dispone un nuevo tratamiento de la obligación subordinada de los bancos que señala con el Banco Central de Chile, originado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, informado por la Comisión de Hacienda y con urgencia calificada de "Suma".
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 4", en 11 de octubre de 1994.
Informes de Comisión:
Hacienda, sesión 20a, en 23 de noviembre de 1994.
Hacienda, sesión 35a, en 17 de enero de p 1995.
Discusión:
Sesiones 26a, en 13 de diciembre de 1994 (se posterga su discusión); 36a, en 17 de enero de 1995 (queda pendiente la discusión).
El señor EYZAGUIRRE (Secretario).- Este proyecto es de quorum de ley orgánica constitucional, y en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 63 de la Carta Fundamental, para ser aprobado requiere de las cuatro séptimas partes de los Senadores en ejercicio, es decir, de 26 votos favorables.
La Comisión de Hacienda aprobó en general la iniciativa y, en la discusión particular, propone diversas modificaciones a su articulado.
El señor DIEZ (Presidente accidental).- En discusión general el proyecto.
Tiene la palabra el señor Ministro-


El señor ANINAT (Ministro de Hacienda).- Señor Presidente, mi intervención será breve, no más de dos o tres minutos, porque este tema ha sido largamente debatido, expuesto y analizado en las Comisiones, en distintos Comités y sucesivamente en la Sala. Además, según la información fe que disponemos, ha habido gran convergencia en torno a la iniciativa, que ciertamente reviste gran importancia para la economía del país, para el sistema financiero y para la regularización de una situación que afecta al sistema bancario desde hace muchos años.
En particular, deseo recordar, a título anecdótico, un hecho que no deja de ser llamativo: hoy cumplimos exactamente un año desde la fecha en que en el Ministerio de Hacienda se firmó un acuerdo político referido al tema de la deuda subordinada, con la participación de varios de los señores Senadores aquí presentes. Por tanto, hemos hecho un largo recorrido para tomar una determinación respecto de un problema que, ciertamente, ha estado afectando , ¿anto al sistema de incentivos imperante en buena parte de la banca nacional, como al Banco Central, respecto de sus flujos de caja, su recaudación, su contabilidad, situación económica y patrimonial, y que, asimismo, nos ha impedido a todos, Gobierno y Oposición, avanzar en el tema de nuevos negocios para el sector bancario, a pesar del buen ánimo general que sobre el particular existe. Los legisladores conocen perfectamente el espíritu con que el Ministerio de Hacienda, la Superintendencia y el Banco Central han estado tratando el tema. Me acompaña esta tarde, justamente, el señor Ministro de Hacienda subrogante, que, en mi ausencia, ha llevado gran parte de las negociaciones, y el señor Superintendente de Bancos, quien se ha ocupado, junto con los señores Senadores -y, antes, con los señores Diputados-, en Comités y en Sala, de los aspectos técnico-jurídicos de la iniciativa.
En consecuencia, desde el punto de vista del Gobierno, debo reiterar, una vez más, la importancia y urgencia de terminar a cabalidad con la discusión y trámite de un proyecto que tanto tiempo nos ha ocupado; y, en segundo lugar, quiero dejar constancia, dentro del espíritu constructivo y del ánimo de convergencia que nos animan, de que el trabajo de los Diputados y Senadores -distingo, en especial, a los Honorables señores Andrés Zaldívar y Piñera, entre muchos otros que han colaborado en esta tarea-, a través de sus diversas indicaciones y observaciones, que han dado lugar al nuevo texto que Sus Señorías tienen en sus manos, ha contribuido efectivamente a mejorar un proyecto que, de por sí, era complejo y delicado.
En suma, señor Presidente, y para no alargar más mi intervención, quiero señalar que, desde el punto de vista del Ejecutivo -y del país entero, me parece- se hace indispensable tratar el proyecto con la urgencia y seriedad que merece una materia tan importante para el sistema financiero nacional.
Muchas gracias.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.


El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, efectivamente se trata de un proyecto que ha tenido una larga tramitación, y no es de extrañar que así haya ocurrido, puesto que aborda una materia de suyo compleja y, muchas veces, de difícil entendimiento.
La Cámara de Diputados hizo un gran esfuerzo en su aprobación en primer trámite, y requirió para ello un tiempo importante, a pesar de que, luego de una negociación entre todos los sectores políticos y el Gobierno anterior, se llegó a un acuerdo que, como acaba de recordar el señor Ministro, se suscribió el 18 de enero del año pasado. Ello permitió agilizar la discusión de la iniciativa, pero de todas formas debió realizarse un largo estudio, que culminó con la aprobación de un texto que se remitió al Senado para su despacho, el cual, no obstante, dejó fuera al menos tres temas que se habían acordado el 18 de enero, más otro que surgió durante la discusión -el de las capitalizaciones- a raíz de las juntas de accionistas celebradas por algunos bancos en el mes de marzo del año pasado.
Las tres materias que quedaron por ser resueltas en el Senado -naturalmente, sin perjuicio de la facultad de éste de revisar el proyecto completo- fueron, primero, la posibilidad de lo que se llamó el "prepago" de la deuda o de algún sistema que permitiera la extinción de aquélla sin que ello perjudicara al Banco Central; segundo, la manera de resolver el problema de las preferencias sin afectar los derechos patrimoniales de los diferentes dueños de acciones que tuvieran esa calidad, y, tercero, el de las sociedades administradoras o "espejo", que se traduce en crear una figura jurídica que permita a los bancos deudores que se acojan a la normativa generar una estructura que transfiera la deuda subordinada, sacándola del sistema contable del banco que la tenía, con las garantías necesarias para asegurar el pago al Instituto Emisor, y, a la vez, solucionando el cuarto tema que mencionamos, el de las capitalizaciones.
En cuanto a este último, cabe referir que se lo trató en la Cámara de Diputados, donde se recogieron las observaciones hechas por diversos Parlamentarios de Oposición -y, especialmente, del Senador señor Pinera-, y se acordó que, de acuerdo con el inciso cuarto del artículo 10 de la ley N° 18.401, las capitalizaciones no podían aceptarse, debido a que provocan un perjuicio patrimonial al Banco Central. Por ello, se estimó que era necesario buscar un sistema que no tuviera ese resultado.
Ahora, el daño patrimonial se produjo, porque las acciones bancarias han experimentado una fuerte alza durante la tramitación de la iniciativa, lo cual ha hecho que su valor de mercado sea muy superior a su valor libro, en circunstancias de que cuando se dictó la ley N° 18.401, el proceso era inverso; el valor de mercado de las acciones era igual o inferior al valor libro. Es decjA entonces no revestía importancia el tema de la capitalización individual. Pero, desde el momento en que la situación se invierte, indiscutiblemente, se produce un daño al Banco Central. En todo caso, es un tema que estudiaremos bajo la forma de otro proyecto de ley, a pesar de que en la Cámara de Diputados se había logrado un acuerdo al respecto. Este consistía en permitir las capitalizaciones automáticas de dividendos, siempre que se hicieran a valor de mercado, el cual se calculaba, ya sea considerando las transacciones normales que el banco respectivo tuviera en la Bolsa durante un determinado periodo, o, de no tenerlas, a través de un mecanismo que el propio proyecto señalaba.
No obstante, el tema hubo de ser modificado por un nuevo acuerdo, y, en último término, sólo quedarán afectos los bancos que se acojan a la normativa sobre deuda subordinada, como lo dispone el texto que conoce el Senado esta tarde. Pero asumimos el compromiso de tratar en un proyecto separado -que ya ha sido aprobado por la Cámara de Diputados y acaba de ingresar al Senado- la supresión del inciso cuarto del artículo 10 de la ley N° 18.401. Con ello, terminará la posibilidad de capitalización automática de dividendos a valor libro, expediente al que habían recurrido algunos bancos en marzo del año pasado. Seguramente, el proyecto será conocido mañana por la Sala, puesto que, según entiendo, viene calificado de "Discusión Inmediata".
En seguida, me referiré al proyecto mismo. La Comisión le ha dedicado mucho tiempo, y quiero hacer algunas precisiones respecto de la historia del problema que nos ocupa.
El tema de la deuda subordinada nace de la crisis financiera que conoció el país a fines de 1981 y principios de 1982. No me referiré en detalle a lo que sucedió en esa |»ca -incluso, no me encontraba en el país-, pero es un hecho del que todos se impusieron.
El colapso se debió, indiscutiblemente, a un sistema financiero carente de regulaciones y controles y que permitió a las instituciones bancadas de ese entonces entremezclarse con las empresas relacionadas, lo que condujo a efectuar y asumir préstamos, en un creciente proceso especulativo que finalmente provocó esa gran crisis.
Ante esa situación, el Estado no podía dejar que el sistema colapsara y debió estudiar los mecanismos necesarios para evitarlo. Tenía que hacerlo, por supuesto. Y podemos estar de acuerdo o en desacuerdo con el método empleado, y criticar la forma enfrentar el problema. Podría haberse urrido a la nacionalización de la banca y haber asumido su control el Estado. Al respecto, cabía corregir el sistema y, en seguida, liquidarlo en el mercado, entregándolo en manos del sector privado, utilizando un procedimiento empleado en España con motivo de la crisis de RUMASA, de una magnitud muy semejante a la ocurrida en Chile. Allí, las empresas fueron intervenidas, se procedió a su regulación y luego fueron puestas en el mercado.
En Chile no se actuó de igual manera. Por lo contrario, se dijo: "Mire, señor, aquí tenemos que tratar de que el sistema siga funcionando, pero creando, por supuesto, una nueva modalidad de administración de la banca y reconociendo las pérdidas". Y el Banco Central adquirió la que se denominó la "cartera vencida" en el equivalente a 2,5 veces el capital pagado y reservas de cada banco, que luego se incrementó a 3,5 veces.
Dicho mecanismo se mantuvo durante un tiempo, pero al cabo el Ejecutivo se dio cuenta, al parecer, de que no funcionaba y de que, por los cálculos practicados, era improbable que los bancos pudieran pagar en un plazo más o menos razonable. Y se cambió el sistema, que incluso fijaba un plazo de 15 años para los efectos del pago de lo recibido como respaldo, por otro que es conocido como la "deuda subordinada". Es decir, primitivamente el organismo emisor había entregado un pagaré por la adquisición de la "cartera vencida", el que los bancos ingresaron a sus activos. En cambio, en el nuevo sistema se determina que la deuda es indefinida, que se pagará con los excedentes que, año tras año, obtengan los bancos, y, de acuerdo con los pagos efectuados, se estudiará la liquidación de las deudas de cada banco.
Tal es la realidad actual. ¿Y qué es lo que sucede con ese sistema? Que, como la deuda subordinada devenga una tasa de interés de 5 por ciento para el banco deudor, y el Banco Central, para hacer caja, debe colocar títulos o valores en el mercado pagando intereses superiores a 6 por ciento -6,5 por ciento es, más o menos, la tasa promedio-, se le crea, por este solo concepto, un déficit anual de caja de 156 millones de dólares.
Esa es una de las razones fundamentales por las cuales es necesario ordenar el sistema financiero. Además, se requiere que el sistema financiero pueda participar en buen pie en las negociaciones del mundo de hoy -el Parlamento deberá pronunciarse en su oportunidad- y es preciso modernizar e internacionalizar la banca. Y ello no será posible mientras subsista el problema de la deuda subordinada, que enturbia la imagen no sólo desde el punto de vista económico-financiero, sino también político. Incluso resta a los bancos la necesaria independencia para adoptar definiciones respecto de sus nuevas operaciones, ya que deben estar regulados por el que es su principal acreedor, el Banco Central, institución que, en cada inversión que hace un banco con deuda subordinada, se arriesga en el mismo porcentaje que le corresponde por concepto de excedentes, que, en promedio, es de 73 por ciento.
Por todas esas razones, además del déficit ya mencionado de 156 millones de dólares anuales, es imprescindible un buen funcionamiento de la banca.
Cuando se produjo la crisis, el apoyo financiero del Estado, materializado en la compra de la cartera vencida, en la entrega de los pagarés, y finalmente en el sistema de la deuda subordinada, fue del orden de unos 4.200 millones de dólares.
En la Comisión, la Superintendencia de Bancos nos proporcionó un documento donde figuran un cuadro explicativo y un cuadro que resume la evolución experimentada por la deuda subordinada en cada uno de los bancos que actualmente la mantienen. Primero daré a conocer las cifras correspondientes a cada uno de ellos y, en seguida, la cantidad total.
De acuerdo con tales antecedentes, tenemos lo siguiente.
La deuda inicial del Banco BHIF -expresada en UF- es de 11 millones 271 mil UF. Su saldo actual: 10 millones 588 mil UF. Es decir, amortizó, entre 1987 y octubre de 1994,683 mil UF.
El Banco Concepción aumentó su deuda inicial, de 20 millones 81 mil UF, a 20 millones 320 mil UF; o sea, dejó de amortizar y tiene un saldo negativo de 239 mil UF.
El Banco de Santiago, con una deuda inicial de 56 millones 446 mil UF, debía 56 millones 938 mil UF a octubre de 1994, con una amortización negativa de 492 mil UF.
El Banco de Chile ha disminuido su deuda, de 70 millones 548 mil UF, a 57 millones 560 mil UF, con una amortización positiva de 12 millones 988 mil UF.
El Banco Internacional, con una deuda inicial de 4 millones 75 mil UF, la ha disminuido a 3 millones 941 mil UF. Ha pagado, en consecuencia, 134 mil UF.
El Banesto aumentó su deuda, de un millón 383 mil UF, a un millón 689 mil UF, con una amortización negativa de 306 mil UF.
El Banco Sud Americano, con una deuda inicial de 5 millones 951 mil UF, la ha reducido a un millón 61 mil UF; o sea, ha pagado 4 millones 890 mil UF.
Y el Banco de A. Edwards ha disminuido su deuda inicial, de 6 millones 42 mil UF, a 4 millones 418 mil UF, con una amortización positiva de un millón 624 mil UF.
El análisis efectuado por la Comisión, los antecedentes entregados por la autoridad y los que acabamos de leer demuestran la evolución experimentada por la deuda subordinada en esas ocho instituciones financieras. Se aprecia claramente que si se mantiene la rentabilidad promedio del sistema bancario, algunas de ellas podrán pagar su deuda al Banco Central, con los intereses correspondientes, en un plazo de 4(W años. Mientras que hay entidades banca¿ rías, como el Banco de Santiago y el Concepción -salvo que fueran objeto de aportes de capitales extraordinarios, que colocaran ADR en el mercado, etcétera-, a las cuales les será imposible pagar en el plazo de 40 años.
Por otra parte, hay bancos -como lo hemos visto- que ya no están en la lista, porque cancelaron su deuda subordinada, como es el caso del Banco O'Higgins, el Banco de Crédito e Inversiones y, recientemente, el Bancosorno. También se visualiza con claridad que hay entidades bancarias que cancelarán su deuda en un plazo inferior a 40 años, sin difícultad, como es el caso del Banco Sud Americano y del Banco de A. Edwards. En el caso del Banco de Chile, si bien podría percibirse una tendencia a que no pudiera pagar su deuda antes de 40 años, sin embargo, de mantener la tasa de rentabilidad que ha obtenido en los últimos cuatro o cinco años, que ha sido superior a 27 por ciento, indiscutiblemente, también estaría en condiciones de cancelar su deuda en un plazo inferior o cercano a los 40 años.
Ahora, ¿cómo buscar una solución a este mal? ¿Qué nos propone el proyecto? En primer lugar, estamos en presencia de disposiciones que tendrán carácter voluntario. No podemos dictar una norma obligatoria, porque -queramos o no- todos estos bancos, en virtud de la legislación de 1987, suscribieron un contrato de adhesión con el Banco Central, el que, conforme a las normas constitucionales vigentes, no podría ser modificado sino de común acuerdo por las partes. Me refiero a todo lo que son las normas específicas contempladas en ese contrato.
En consecuencia, si una entidad bancaria se resiste a incorporarse a la normativa que estamos proponiendo, tendría que seguirse rigiendo por el contrato vigente con el Ban-*co Central y, por lo tanto, año a año tendría ique estar pagando con cargo a sus excedentes.
Por supuesto, al no entrar al sistema establecido en la normativa legal que estamos aprobando, esos bancos van a enfrentar dificultades o van a estar sujetos a un mayor control o regulación. Y, como lo dice el acuerdo del 18 de enero, en el caso de los nuevos negocios -que era una legislación que venía en conjunto con ésta y que se separó de común acuerdo en su tramitación- no podrá dejarse de establecer algún sistema respecto al Banco Central, por cuanto dicho organismo bancada siempre estaría comprometiendo en el riesgo de cada uno de los negocios que pudiera llevar adelante la banca con deuda subordinada que no desee ingresar a la ley que se está proponiendo.
En síntesis, en cuanto a su estructura, el proyecto entra a distinguir, para los efectos del pago, entre aquellos bancos que pueden pagar antes de los 40 años y los que no lo pueden hacer antes de ese plazo.
Al respecto, se establece una norma que el Senado debe tener presente, porque es el motivo por el cual hemos estado muy de acuerdo con esta legislación, aun cuando no es la óptima. Porque lo óptimo habría sido lograr que los bancos restituyeran al Estado y al Banco Central la totalidad de la deuda, y al contado. Pero ello no es posible, porque ni aun cuando se liquidara todo el patrimonio de esos bancos se podría llegar a pagar ni cercanamente la deuda. Por ello, estamos tratando de mejorar la posición del Banco Central. Y durante la tramitación de esta iniciativa hemos estado en permanente consulta con la autoridad del Instituto Emisor, que es la contraparte en esto. De modo que todas las disposiciones legales que están contenidas aquí han contado con la aprobación y el visto bueno del Consejo del Banco Central, así como de sus representantes, en cada oportunidad en que lo hemos requerido.
¿Y qué se hace para mejorar la posición del Banco Central? Primero, se termina con el plazo indefinido para pagar la deuda y se fija un plazo máximo de 40 años para cancelarla. Y, en segundo término, se establece una cuota mínima para pagar la deuda subordinada. En la actualidad, no existe cuota mínima, porque se considera el resultado del balance y un porcentaje de éste va al Banco Central. Pero mediante el proyecto se consagra que la cuota mínima de cada banco no podrá ser menor al cuarentavo correspondiente, con relación al promedio de la rentabilidad en el sistema financiero bancario. Es decir, se fija un piso para mejorar la situación del Banco Central, con el objeto de que la recuperación de esa entidad bancada sea más rápida y en una mayor cantidad de recursos.
Ahora, los bancos que puedan pagar antes de los 40 años tendrán la posibilidad de mantener su situación actual, pero, en todo caso, su pago no podrá ser inferior al promedio del sistema financiero. Puede cancelarse al Banco Central en cuotas fijas anuales y sucesivas en un período menor de 40 años, lo que se definiría con relación a la rentabilidad proyectada del banco que se incorpore al sistema.
En caso de que el banco que se somete al sistema de cuotas anuales de un cuarentavo no pagare en un determinado ejercicio, su obligación es que la diferencia que se produzca entre lo que pague y lo que falte por pagar tendrá que emitirse en acciones que entrarán en poder del Banco Central, el cual podrá liquidarlas en el mercado, dando preferencia a los accionistas vigentes. Y en caso de que no existiera interés de parte de éstos, se liquidarán al valor del mercado.
¿Y qué importancia tiene esto, que también se va a repetir en los otros casos? Hoy, en los bancos con deuda subordinada -y éste es un tema sobre el que hemos llegado a acuerdo- no sólo se posee el control patrimonial del banco con deuda, sino también el control político del mismo. Es decir, con un patrimonio efectivo del orden de 30 por ciento, se tiene el ciento por ciento del poder político.
Mediante el proyecto de ley, ese poder político, representado en el poder que dan las acciones para elegir los directivos de esas entidades bancarias, va a pasar al Banco Central, el cual no va a ejercer ese poder político con derecho a voz y voto -porque así lo acordamos-, sino que lo podrá vender al sector privado. Y quien compre adquiere poder político, el que muchas veces otorga un mayor valor a la acción que lo que representa su valor patrimonial. Eso, a su vez, permitirá también al Banco Central recuperar una cantidad mayor de la deuda que la que podría lograr si no tuviera este mayor poder político.
En mi opinión, éste es uno de los elementos más importantes contenidos en el proyecto sobre deuda subordinada: la decisión de transferir -en este casq, como también en los otros- el poder político que representa el paquete de acciones. Incluso se permite al Banco Central acumular acciones hasta reunir las suficientes como para elegir un directorio, porque ese paquete acciones adquiere un valor relevante en mercado.
El tema del valor económico que representa el poder político está acreditado perfectamente con lo que ha sucedido con las transacciones efectuadas en relación con determinados bancos, respecto de sus acciones. Incluso en el caso de acciones que no dan ningún dividendo, si uno las ve en la Bolsa, en vez de haber bajado o desaparecido su valor en el organismo bursátil, hoy han subido en 400 ó en 500 por ciento. Porque lo que persigue muchas veces quien compra esas acciones no es el dividendo, sino la posibilidad de tener representación en la conducción y en la dirección del banco, que es lo que le otorga capacidad para administrar ese patrimonio.
Ahora, en cuanto al banco que no puede pagar en menos de 40 años, sino en un plazo mayor, debe comprometerse al pago total de la obligación subordinada en 40 cuotas anuales y sucesivas, con la misma tasa de recargo de hoy. Los bancos respaldarán el pago de estas cuotas con acciones. Y el número máximo de acciones a emitir, para respaldar el pago de esas cuotas, es aquel que haga que las actuales acciones preferentes tengan en la propiedad la misma participación que hoy tienen en los excedentes.
Me explico: si hoy el Banco de Santiago se acogiera a este sistema de pago y no pudiera cumplir su obligación en 40 años, ésta se le fija por ese lapso y se divide en el mismo número de cuotas anuales. ¿Cuántas acciones deberá emitir? Tantas como es hoy el porcentaje de preferencias del Banco Central. Si éste tiene derecho a 70 por ciento, el número máximo de títulos que podrá emitirse será el equivalente a ese mismo porcentaje del total del patrimonio de la referida institución bancaria comercial. ¿Qué ocurrirá si el primer año no paga la cuota por no obtener rentabilidad suficiente? Deberá emitir acciones por la diferencia entre que debía cancelar y lo que pagó, la cual irá al Instituto Emisor. Y tendrá que repetirse la operación, de modo que el Banco de Santiago irá licuando su capital accionario. Así, los accionistas que representan ciento por ciento del poder político y sólo poseen 30 por ciento de participación en las utilidades, con el correr del tiempo, si no pagan, deberán licuar hasta 70% de su capital accionario y colocarlo en el mercado, que determinará finalmente el resultado a favor del Banco Central. Además, a éste se le permite, para los efectos de establecer la preferencia a favor de los accionistas, fijar un margen de recargo de entre 5 y 15 por ciento con relación al valor de mercado. Pero será siempre el Instituto Emisor el que fijará el precio al cual podrán ofrecerse los tí-culos en primera preferencia a los accionistas, para luego colocarlos en el mercado, de acuerdo con su propia decisión y las normas de la ley en proyecto.
Asimismo, a los bancos que no puedan pagar su deuda en menos de 40 años se les permite pactar con el Instituto Emisor un programa de licitaciones en un período máximo de diez años y efectuar la misma operación.
Creo que todas estas disposiciones harán que los bancos reaccionen en forma distinta. Los que estén cerca del cumplimiento de su obligación en un plazo razonable, menor de 40 años, seguramente van a optar por la ley sobre deuda subordinada; y también, muchos de los que excedan ese lapso, salvo aquellos que tengan mayor capitalismo popular, que es donde pueden provocarse mayores dificultades para la aplicación de aquélla. Sin embargo, pienso que eso también puede reforzarse con motivo de la dictación de la ley sobre nuevos negocios, la cual podrá ser un elemento de bastante convicción para los accionistas de esos bancos a fin de solucionar el problema de la deuda subordinada.
En cuanto a las materias que quedaron pendientes en el Senado, está primero lo relativo al prepago que se permite en virtud de una disposición que aprobamos. O sea, un banco con deuda subordinada puede anticipar su pago. Pero se ha puesto como condición que el prepago se haga con títulos de mejor calidad que la deuda subordinada o al contado, y que en ningún caso provoque daño económico al Banco Central; es decir, éste deberá aceptarlo porque para él representa un beneficio y no un perjuicio económico. En eso hubo unanimidad y logramos una solución.
Respecto de la sociedad matriz y administradora, o espejo -como se la ha llamado-, se trata de un sistema bastante complejo, pero con el cual los bancos estuvieron de acuerdo en las negociaciones que sostuvimos; en ellas se llegó a la conclusión de que era una manera de facilitar el manejo del sistema financiero en el próximo tiempo. Mediante este mecanismo se posibilita la creación de un nuevo banco, al cual se transfieren el activo y el pasivo del ya existente, que recibirá las acciones de aquél, constituyéndose una sociedad matriz poseedora del 100 por ciento de las acciones de la empresa bancaria creada.
Con dicha fórmula se desea sacar de los bancos la deuda subordinada, para traspasarla a una sociedad administradora que, a su vez, es accionista del banco antiguo y tendrá la obligación de pagarla, dando, por supuesto, las acciones emitidas para estos efectos por la institución deudora, prendadas a favor del Banco Central.
Además, con este mecanismo se da solución al problema de las capitalizaciones. Y aun cuando no se dicte una ley para este efecto (mañana vamos a proponer la iniciativa pertinente para los bancos que se acojan a la de deuda subordinada), el problema estaría solucionado, porque la sociedad que se crea como administradora tendría a su favor el hecho de recibir en pago las acciones que se emitan, en la proporción de las preferencias que tenga el Instituto Emisor. En el caso de un banco que debe entregar al Central excedentes por 70 por ciento, se estima que éste tiene preferencias por igual porcentaje, lo cual, en el fondo, representa un poder político de igual cuantía en el capital de aquella institución bancaria; y de haber emisión de acciones, la sociedad administradora recipirá, por cuenta del Banco Central, el equivalente al 70 por ciento de ellas, cualquiera que sea su valor; y como el Instituto Emisor podrá colocarlas en el mercado, no tendrá daño de ninguna especie.
La redacción de la norma pertinente es bastante compleja. Pero creo que se logró solucionar todos los problemas planteados, sobre todo los de orden constitucional. Y constituye una buena salida desde la perspectiva de lo que puede ser la estructura del sistema financiero en el futuro próximo con una deuda subordinada subsistente.
El tercer aspecto que quedó pendiente -suscitó gran discusión, dada su complejidad- fue cómo resolver los conflictos de las diferentes series de acciones existentes en los bancos con deuda subordinada.
Está la Serie A, correspondiente a los accionistas primitivos, quienes perdieron el capital en la crisis de 1981-1982 y tienen cero participación en las utilidades, pero sí poder político en relación al número de sus títulos.
Luego tenemos la Serie B, que algunos denominan "capitalismo popular", cuyos titulares suscribieron las acciones emitidas con motivo de la legislación del año 87, que les permitió una participación en las utilidades del banco una vez deducidos los excedentes pertenecientes al Instituto Emisor; en el caso del Banco de Chile, 23 ó 24 por ciento de los excedentes corresponde a este tipo de accionistas, y el resto, al Banco Central. Dentro de la Serie B, se debe distinguir entre los capitalistas populares, que hicieron la suscripción, y los inversionista^. que compraron después de ellos; o sea, so" inversores netos. No olvidemos que en numerosos casos los capitalistas populares hicieron su inversión con préstamos otorgados por la CORFO, además de incentivos y franquicias tributarias que las más de las veces no implicaron desembolsar dinero, pues las cuotas correspondientes a la adquisición de esos títulos las fueron pagando con los propios dividendos o con su participación en las preferencias.
Y por último viene la Serie C -estamos en el caso de los Bancos de Chile y de Santiago-, que es el producto de la capitalización del mes de marzo. ¿Qué se hizo? Se emitieron acciones a favor de los accionistas de la Clase B en proporción al número de títulos que poseían y al dividendo que capitalizaron.
Como puede apreciarse, hay tres sectores que deberán resolver un posible conflicto cuando haya que licuar el poder político y se redistribuyan las preferencias, hasta llegar el cuadragésimo año, en que todas las acciones serán ordinarias, con iguales preferencias y derechos políticos.
Se intentó -el Senador señor Pinera hizo un planteamiento, y el Gobierno, otro- resolver el problema en la ley en proyecto determinando si se iba a producir juego de intereses, con el objeto de llegar a la solución final.
Reconozco que se hizo un esfuerzo bastante intenso. Sin embargo, según se presuponía, era muy difícil que nos pusiéramos de acuerdo en cuanto a cómo resolver el conflicto de intereses entre partes tan complejas. Los Senadores señores Errázu-riz y Lavandero también hicieron un planteamiento, que era contradictorio a la alternativa presentada por el Honorable señor Pinera. El Ejecutivo trató de recoger todo esto en el famoso artículo 35, sin perjuicio de que desde un comienzo dijo que no tocáramos este punto y lo dejáramos a las juntas de accionistas a fin de que, conforme a )los quorum que determina la ley, resolvieran la compatibilización de intereses.
En definitiva, gracias a una buena comprensión del tema y a una larga discusión, se optó por la tesis primitiva planteada por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y el Ministerio de Hacienda; esto es, que las juntas de accionistas solucionen el problema, de acuerdo con las pautas y quorum determinados, para que el Fisco no deba asumir las consecuencias de un posible detrimento patrimonial ni sea sujeto de un eventual juicio de indemnización entablado por algún sector afectado.
Por lo tanto, esta materia también fue solucionada en el texto que hoy traemos a conocimiento del Senado.
El tema de la capitalización sólo viene resuelto para los bancos que se acojan a la normativa sobre deuda subordinada. Por que se llegó a un acuerdo -y conforme a él se está tramitando la iniciativa- en el sentido de que las capitalizaciones han provocado un daño al Instituto Emisor -en ello todos estamos contestes- y de que no es posible que éste sufra un perjuicio patrimonial como el experimentado en la última capitalización hecha por algunos bancos. Ese proyecto -como dije al comienzo de mi exposición- acaba de ingresar al Senado, después de' haber sido aprobado por la Cámara de Diputados, y esperamos que en la sesión de mañana podamos discutirlo coetáneamente con el que ahora nos ocupa.
Una vez aprobadas ambas iniciativas -esto es, la de la deuda subordinada y la de capitalización de dividendos-, a mi juicio, habremos logrado avanzar, aunque no en el objetivo positivo que todos quisiéramos. Nada sería mejor para el país que recuperar al contado el apoyo financiero -sumas ingentes- recibido por los bancos en 1981 y 1982. Pero eso es imposible, aun cuando se liquidara la banca y el Estado se hiciera cargo de los bienes para rematarlos y resarcirse de las pérdidas.
Creo que con el planteamiento del Gobierno y de la Superintendencia de Bancos y el trabajo conjunto hecho en el Parlamento por la Oposición y los Partidos de la Con-certación, hemos logrado una fórmula inteligente, que mejora la posición del Banco Central y que permitirá al Senado en el próximo tiempo, una vez despachadas estas iniciativas, debatir -cuando llegue al Congreso- la normativa sobre nuevos negocios -esto es, la modernización de la banca- sin tener este problema, esta "piedra en el camino", que a lo mejor entrabaría la discusión de cualquier proyecto que precisa el país.
Chile necesita regularizar y modernizar su banca y el sistema financiero. Si acaso desea ingresar a la APEC, al NAFTA o al MERCOSUR e internacionalizar realmente su economía, nuestro país debe buscar un mecanismo para actualizar todo su sistema bancarío con relación a lo que se denomina "nuevos negocios". Y eso sólo se podrá hacer si clarificamos y resolvemos este tema.
He dicho.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Pinera.


El señor PINERA.- Señor Presidente, la verdad es que ésta es una cuestión de gran complejidad, pero que, como todos los problemas complicados, puede exponerse en términos simples.
El origen de la deuda subordinada que actualmente discutimos fue la crisis de 1982-1983, que llevó a un conjunto de bancos a una virtual quiebra. En enero de 1985 se implemento una solución que consistió en la venta de cartera al Banco Central, con pacto de retrocompra a un plazo máximo de 15 años. En 1990 se modificó en forma bastante sustancial esa solución y se estableció el sistema de la deuda subordinada, en que los bancos recompraron la cartera y, a cambio de ello, adquirieron con el Instituto Emisor una obligación subordinada que no tuvo plazo de pago. Esa es la historia.
La situación actual es que hay ocho bancos con deuda subordinada y están obligados a destinar en pago de ella un porcentaje de sus excedentes, que en promedio supera el 70 por ciento, por un plazo indefinido. El monto de la deuda es de 4 mil 200 millones de dólares, aproximadamente. De los ocho bancos, cinco han logrado reducirla y tres la han ido incrementando.
Esta circunstancia, ciertamente, produce déficit de caja al Banco Central, como dijo el Senador señor Andrés Zaldívar. Pero -para poner las cosas en su magnitud- las principales causales de dicho déficit no están en la deuda subordinada, sino mucho más en la obligación del Fisco con el Instituto Emisor por los famosos dólares prefe-renciales, y también, en un desajuste entre activos y pasivos. Por lo tanto, si se pone en perspectiva esto último como generador de déficit del Banco Central, debe convenirse en que la deuda subordinada constituye un porcentaje muy pequeño.
Lo importante es que en algún momento hubo consenso en que era bueno revisar el problema de la deuda subordinada, pues por una crisis que ocurrió en 1982 ó 1983 podíamos mantener al sistema bancario en una situación anómala. Porque no es normal que los Bancos Centrales, que regulan la política monetaria y crediticia, estén participando de los excedentes de los bancos. Y esa situación anómala, que origina una serie de inconvenientes, podía perpetuarse en el tiempo.
A lo largo de este debate se han mezclado tres problemas distintos: el de la deuda subordinada propiamente tal, el de las capitalizaciones de dividendos y el de la modernización bancaria.
Al comienzo el Gobierno juntó en una sola iniciativa el tema de la deuda subordinada y el de la modernización bancaria. Posteriormente los separó en dos. Pero nuevamente se mezcló lo relativo a las capitaliza-ciones en el proyecto de deuda subordina-da, por cuanto este último siempre se concibió como una opción de pago distinta a la cual podían concurrir en forma voluntaria los bancos con deuda subordinada que así lo resolvieran. Sin embargo, en algún momento, en ese mismo proyecto se introdujo un artículo que cambiaba el sistema de capitalizaciones para todos los bancos, independientemente de su decisión.
La iniciativa que estamos conociendo hoy ha separado los tres problemas, puesto que no trata el tema de la modernización ni lo relativo al cambio obligatorio en el sistema de capitalizaciones; sólo define una nueva opción de pago de la deuda subordinada, que en opinión de la Comisión de Hacienda, que la aprobó unánimemente, constituye un avance, un progreso, una nueva posibilidad que tiende a resolver una serie de problemas, naturalmente en la medida en que los bancos decidan incorporarse a esta nueva fórmula, ya que de lo contrario el proyecto habrá sido un ejercicio estéril.
¿En qué consiste exactamente la solución a este problema? Lo señalaré en palabras muy simples.
Hoy, la deuda subordinada es indefinida, no tiene plazo. La única obligación de los bancos es destinar determinado porcentaje de sus excedentes para pagarla. Si éstos son cero, no tienen obligación de pagar nada. Y si son pequeños y, por ende, el porcentaje que corresponde al Instituto Emisor es inferior a la tasa de interés de la deuda subordinada, ésta puede crecer en forma permanente e indefinida. Este proyecto le pone un plazo máximo de 40 años.
Adicionalmente, la iniciativa separa a los bancos en dos categorías: aquellos que, sobre la base de una estimación, son capaces de pagar dentro de un lapso de 40 años, y los que requieren más que ese tiempo (para ser realistas, aquellos a los cuales ni siquiera la eternidad les permitirá pagar íntegra-mente la deuda). Entonces, conforme a la rentabilidad actual, una proyección a futuro y una comparación de la capacidad de pago con sus excedentes, se generan dos categorías, que están tratadas en dos párrafos distintos.
Por otra parte, se establece, además de la cuota anual, que es un porcentaje de los excedentes, una cuota mínima de pago, la cual, dependiendo de si el banco se halla en una categoría u otra, puede calcularse en función de la rentabilidad promedio del sistema o de la división de la deuda en cuarenta cuotas iguales y sucesivas. Pero, en ambos casos, hay una cuota mínima de pago.
En consecuencia, se dispone que la institución bancada que se incorpora a este nuevo sistema siempre continuará destinando como pago al Instituto Emisor la misma cantidad de antes, es decir, un porcentaje de sus excedentes; pero esta vez se le pone un piso. Y si no logra cubrirlo con su excedente y el porcentaje que le corresponde al Banco Central, entonces, a diferencia de lo que ocurre hoy día en que simplemente se posterga ese pago hacia adelante, tiene que procederse conforme a un sistema de complementación de pago, emitiendo acciones de pago, que son ofrecidas en primera opción a los actuales accionistas, quienes, si las adquieren, con el producto de esa venta pagan al Banco Central, y si no las adquieren, éste las recibe como una especie de dación en pago para cubrir la cuota mínima.
De esta manera se asegura que, dentro de cuarenta años, o la deuda se extinguirá -sería lo óptimo- o se agotará el número máximo de acciones a emitir. Al definir este número máximo, se protege a los actuales accionistas, quienes retendrán, como porcentaje de la propiedad del banco, al menos, una proporción equivalente a la que hoy día tienen en los excedentes. Por eso hay un número máximo de acciones a emitir. Y es importante establecer que la deuda se extingue porque se pagó íntegramente, que es la forma normal, o porque se agotó el número máximo de acciones a emitir, lo cual puede ocurrir antes de los cuarenta años. En el segundo caso, obviamente se producirá una pérdida, pero ésta no la provocará la normativa que debatimos, puesto que ya existe. Solamente se está buscando la manera de ir -como dijo alguna vez el señor Ministro de Hacienda- "sincerando" la situación de la deuda subordinada.
La emisión de acciones para pagar deudas se realiza a precio del mercado, y éste se determina, si es que hay transacción bursátil, en función de un promedio ponderado de los precios de bolsa, y si no hay transacción bursátil, conforme a un estudio técnico independiente. En ambos casos, se da al Banco Central un margen, que es mayor para los bancos sin presencia bursátil que para los que sí la tienen, de manera tal que, si aquél estima que el verdadero precio del mercado difiere del que se obtiene por este sistema de referencia, pueda hacer correcciones.
Además, hay otras correcciones necesarias de introducir que, por razones de especificidad técnica, no vale la pena considerar; pero todas ellas están orientadas a proteger al Banco Central en términos de que, cuando reciba acciones en dación de pago, lo haga en acciones cuyo valor sea equivalente al déficit de pago en la cuota del correspondiente año.
Se contempla el sistema de opción para los actuales accionistas de una manera doble. Primero, cuando, al emitirse las acciones, deciden si las suscriben o no; si no las suscriben y el Banco Central las recibe en pago, éste puede verderlas libremente, siempre que lo haga a preció mayor que aquel que fijó originalmente; si lo hace a precio menor, debe dar una segunda opción a los actuales accionistas. Y esto también los protege en cuanto a tener la primera opción a recuperar en plenitud la propiedad del banco gradualmente mediante este mecanismo.
El proyecto también consagra un sistema especial, en virtud del cual en palabras simples, la sociedad banco actual se transforma en una sociedad matriz, que crea una filial, que es la sociedad banco, a la cual le transfiere a los activos y pasivos bancarios, y crea otra filial, que es la sociedad administradora, a la que le traspasa, por una parte, la deuda subordinada y, por otra, un porcentaje de acciones del banco equivalente al porcentaje de preferencia que el Banco Central tenía sobre ese banco. Se prendan estas acciones de la sociedad administradora en favor del Banco Central, lográndose así propósitos favorables: primero, el banco se normaliza en forma instantánea y puede operar en igualdad de condiciones con el resto del sistema bancario; y segundo, el Instituto Emisor queda íntegramente protegido, puesto que su derecho a la preferencia del 70 por ciento está respaldada por una prenda de acciones, que representa el 70 por ciento de la propiedad del banco.
Esa solución permite compatibilizar una serie de objetivos.
Por otra parte -y es importante decirlo, porque sobre esto ha habido mucha polémica-, si la entidad bancaria se ve en la necesidad de emitir acciones porque no logra cubrir su cuota, significa que habrá nuevos accionistas y que los antiguos, salvo que éstos las suscriban, verán reducido su porcentaje en la propiedad, no así en los excedentes. Y en lugar de estar normada la distribución de esa disminución por la ley, por el Ministro de Hacienda o por la respectiva Comisión técnica del Senado, lo sea por la propia junta de accionistas conforme a los quorum que consagra la ley. De esta manera no habrá perjuicio alguno para los accionistas A, B o C, porque todos ellos deberán concurrir a esta fórmula, de acuerdo con los quorum legales. Y si se quiere disminuir la preferencia de algún grupo de accionistas, la ley dispone que para ello se requieren dos tercios de la junta y dos tercios de la serie afectada. Por lo tanto, nadie es mejor que la serie afectada para defender sus propios intereses. Esa es la modalidad que escogió esta iniciativa.
Finalmente, se introduce un sistema de prepagos, y tal como lo dijo el Senador señor Andrés Zaldívar, pueden hacerse con títulos, de calidad igual o superior, o en efectivo, siempre y cuando dicho prepago, que es voluntario por parte del banco, no cause perjuicio económico al Instituto Emisor. Al eliminar la palabra "contable" se abre un abanico de posibilidades mayor que el actualmente establecido por la ley, pero siempre bajo el criterio de^io producir pérdidas económicas.
Señor Presidente, cabe mencionar que este proyecto de ley también trató el sistema de capitalizaciones. Parte del nuevo paquete de la deuda subordinada que he descrito constituye un sistema de capitalizaciones distinto del que contempla la actual ley N° 18.401, en su artículo 10. Hoy, para capitalizar, si son recursos frescos, se requiere un acuerdo con el Banco Central. Y si éste no lo da -lo cual podría ocurrir-, la entidad bancaria no puede capitalizar. Hay un elemento de discrecionalidad que no me parece conveniente. Si se trata de dividendos, entonces, por el solo imperio de la ley, si la junta de accionistas, por mayoría simple y no por los quórum que establece la ley general, puede capitalizar en forma automática a valor de libro. Y aquí surje la polémica acerca del daño que eso puede causar al patrimonio del Instituto Emisor.
£1 nuevo sistema de capitalizaciones, que dispone esta nueva opción de pago de la deuda subordinada, intenta compatibili-zar tres aspectos: primero, que ello sea constitucional -a mi juicio, lo es porque se trata de una opción voluntaria-; segundo, que dé a los bancos libertad para capitalizar, de acuerdo con sus propias necesidades, proyectos o expectativas, sin que deban entrar en un proceso discrecional con la autoridad, como actualmente ocurre cuando desean capitalizar recursos frescos; y tercero -el orden de importancia de estos puntos no tiene que ver con el de su enunciación-, que proteja al Instituto Emisor de forma tal que la capitalización, decidida por los accionistas para ver potenciado su banco hacia adelante, no le produzca perjuicios.
Esos tres objetivos se logran plenamente con el proyecto de ley de deuda subordinada que hoy día estamos analizando. Y, por lo tanto, si todos los bancos se incorporaran voluntariamente a esta nueva modalidad que establece la presente iniciativa, se resolverían una serie de problemas, no habría discusión de constitucionalidad y sería innecesario un cambio obligatorio en el sistema de capitalizaciones, que es lo que plantea el proyecto de ley que llegó hoy día al Senado.
Por último, señor Presidente, deseo manifestar que llevamos dos años estudiando esta normativa. Hubo un largo período de debates en 1993, pero más bien al interior del Gobierno. Y en enero de 1994 se produjo un acuerdo político, al cual, con su firma, concurrieron el Gobierno y la Oposición -Renovación Nacional y la UDI-. Esto generó un marco para que la ley de deuda subordinada avanzara con mayor expedición. Pero en estos dos años no hemos podido avanzar un sólo centímetro en la modernización de la legislación bancaria, que no está de acuerdo con los nuevos tiempos ni con las realidades del mercado internacional y significa un severo freno y obstáculo para el desarrollo del sistema bancario chileno. Y esto no sólo afecta a los bancos, sino también la capacidad de crecimiento del país, las posibilidades de inversión y, en consecuencia, el bienestar de todos los chilenos.
Cuando se habla de crear un centro financiero internacional en Chile, es con la intención de que se puedan exportar servicios financieros y apoyar el proceso de exportaciones y también las inversiones de las empresas chilenas en el exterior. Y todo eso ha estado absolutamente detenido durante los últimos dos años, porque se lo ligó a la solución de la deuda subordinada. Entretanto, los países vecinos y otros, como muy bien lo sabe el señor Ministro de Hacienda, han hecho notables progresos en cuanto a modernizar su legislación bancaria. Algunos, como México, sin duda tienen problemas -tal vez habrían sido mucho mayores si no hubieran hecho esas reformas-, pero ellos son producto de otros factores.
Lo cierto es que nosotros hemos pro puesto al señor Ministro de Hacienda, en múltiples oportunidades, que, sin perjuicio de dar prioridad al proyecto de ley relativo a la deuda subordinada, iniciemos un trabajo a fondo tendiente a encontrar los criterios básicos, los contenidos mínimos, los plazos estimados, para contar con una legislación bancaria apropiada a la realidad que está viviendo Chile, en un proceso de internacionalización creciente y bastante exitoso. Lamento que, hasta ahora, el Gobierno no haya estado dispuesto a iniciar la discusión de este tema mientras no se halle resuelto el de la deuda subordinada, porque hemos perdido mucho tiempo y la nueva normativa sobre modernización bancaria requerirá de un período de análisis.
A pesar de lo anterior y de que hemos tenido discrepancias acerca del proyecto en debate, creo que el aprobarlo en los términos en que se encuentra constituye un paso adelante en la solución de la deuda subordinada, que afecta sólo a ocho bancos y es un problema del pasado. Ojalá que también represente un avance en cuanto a agilizar el otro desafío pendiente: el de la modernización bancaria, que involucra a toda la banca y es una oportunidad hacia el futuro.
A mi juicio, por esos ocho bancos que se hallan en una situación especial, no se justifica tener a todo el sistema bancario impedido de operar con disposiciones legales modernas y eficaces, que verdaderamente permitan aprovechar los negocios que se presentan.
Por lo tanto, me parece que esta iniciativa ha tenido un costo de oportunidad muy grande. Espero que, junto con aprobarla en general hoy día en el Senado, iniciemos el trabajo para modernizar la legislación ban-caria, que -repito- es más urgente e importante que el asunto a que se refiere este proyecto.
Quiero recordar lo expresado en la Comisión por el señor Ministro dé Hacienda subrogante, quien, frente a preguntas formuladas por algunos señores Senadores, manifestó que el hecho de que un banco se acoja o no a una de las alternativas que se establecen para el pago de la deuda subordinada, no constituirá un elemento de discriminación cuando entre en vigor la normativa sobre apertura de la actividad bancada a nuevos negocios. Esas palabras del señor Ministro de Hacienda subrogante revisten enorme importancia, porque si, como estamos sosteniendo, las opciones contempladas en el texto en debate son voluntarias, el hecho de elegir un camino u otro no puede ir amarrado a discriminaciones posteriores. Por ejemplo, si la deuda subordinada de un banco es de un peso y no se acoge a este sistema, y la de otro banco alcanza a mil 500 millones de dólares y sí se acoge a él, obviamente, frente a nuevos negocios no habría razón alguna para discriminar entre ellos. En la eventualidad de que se establezcan elementos diferenciad ores, éstos deberán basarse en consideraciones objetivas: patrimonio, solvencia, etcétera, no en la circunstancia de que una entidad haya decidido resolver el problema de su deuda subordinada inclinándose por una de las opciones de pago, que todos hemos definido como esencialmente voluntarias.
He dicho.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Señores Senadores, ha llegado de la Cámara de Diputados el oficio N° 494, mediante el cual comunica que ha tomado conocimiento del rechazo por parte del Senado "del proyecto de ley que modifica disposiciones legales del Código de Justicia Militar, del Código de Procedimiento Penal y de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile.
"De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67 de la Constitución Política", esa Corporación designó a los señores Diputados que señala para que la representen en la Comisión Mixta que debe formarse.
El Senado también debe nombrar...
El señor EYZAGUIRRE (Secretario).- Va están nombrados.
El señor HORMAZABAL.- Sí, son los miembros de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Bien. Entonces, les informo que la Comisión Mixta se reunirá a las 19 -en cinco minutos más-, en una sala del Senado.
Sus Señorías pueden concurrir a ella.
-Se acuerda incluir el oficio en la Cuenta de la presente sesión. (Véase en los Anexos, documento 7).
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- El señor Secretario dará cuenta de otro oficio.
El señor EYZAGUIRRE (Secretario).- Se ha recibido un oficio de Su Excelencia el Presidente de la República, en el cual hace presente la urgencia, con el carácter de "Discusión Inmediata", al proyecto sobre capitalización de dividendos en los bancos con obligación subordinada, que se encuentra en la Comisión de Hacienda.
Este oficio habría que agregarlo a la " Cuenta de hoy y enviarlo a dicha Comisión.
El señor MC-INTYRE.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MC-INTYRE.- ¿Por qué ahora se debe agregar a la Cuenta ese oficio?
El señor EYZAGUIRRE (Secretario).- Señor Senador, en la mañana de hoy se anunció que llegaría el oficio, que, para los efectos de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso, califica de "Discusión Inmediata" la urgencia relativa al proyecto mencionado, que se halla en estudio en la Comisión de Hacienda.
Como se acaba de recibir y es necesario enviarlo a la Comisión, debe agregarse a la Cuenta de hoy, ya que ha habido una sola sesión continuada.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Si le parece a la Sala, se tendrá presente la calificación de urgencia, y el oficio se agregará a la Cuenta de esta sesión y se remitirá a la Comisión de Hacienda.
Acordado.
El señor RUIZ-ESQUIDE.- Pido la palabra.
El señor DÍAZ (Presidente accidental),- Puede hacer uso de ella Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, quiero solicitar que se incorpore también a la Cuenta de la presente sesión el informe concerniente al proyecto sobre trasplante de órganos, que la Comisión de Salud acaba de despachar.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Si le parece a la Sala,...
La señora FELIU.- Señor Presidente, creo que estamos procediendo en forma absolutamente antirreglamentaria. No veo inconveniente alguno en que se dé cuenta de la llegada de ese informe en la sesión de mañana. No hay razón para agregarlo en la Cuenta de hoy, salvo que se pretenda que quede en la tabla de mañana y, por ende, pendiente, porque es imposible tratarlo en particular sin haber tenido tiempo de analizarlo.
No me opuse respecto del oficio sobre la urgencia de un proyecto, porque estaba anunciado y la calificación de "Discusión Inmediata" obliga a despacharlo en la sesión de mañana, Pero esto es válido respecto de situaciones excepcionales como ésa, no de todos los antecedentes que puedan llegar a la Mesa. Estos deben juntarse y dar cuenta de ellos en la sesión siguiente. No me parece conveniente empezar a modificar la Cuenta de una sesión determinada.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Recuerdo a la Senadora señora Feliú que el artículo 82 del Reglamento expresa:
"En cualquier parte de la sesión podrá acordarse, por la unanimidad de los Senadores presentes, la inclusión en la Cuenta de la misma sesión de un informe, proyecto o moción.".
¿Contaríamos con el acuerdo de Su Señoría?
La señora FELIU.- No, señor Presidente. Me parece que el sistema es inadecuado. Y en el caso del informe sobre el proyecto de ley relativo a trasplante de órganos, además es absolutamente inútil.
El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, voy a precisar dos cosas.
En primer lugar, la petición la hice en conformidad al Reglamento. Sin embargo, de pronto aquí se tiende a olvidarlo.
En segundo término, el hecho de que sea inútil o no lo solicitado, es un juicio de la señora Senadora. Honestamente, lo único que pretendí fue que la Sala tuviera conocimiento del enorme esfuerzo realizado por los miembros de la Comisión de Salud, entre los cuales está la señora Senadora, para despachar hoy el informe. Quería gratificarla con la adopción de ese acuerdo.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Lamento tanto como Su Señoría que no se haya accedido a su petición, pero no hay unanimidad.
El señor LARRE.- Pido la palabra.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- La tiene, Su Señoría.
El señor LARRE.- Señor Presidente, deseo formular una moción de orden tocante al proyecto en debate.
En el Orden del Día no se especifica que esta iniciativa es de ley orgánica, y que su aprobación exige quórum especial. Por lo tanto, y a raíz de una pregunta que hizo una señora Senadora que me precedió en el uso de la palabra referente a la votación, hago presente que se necesitará quórum de ley orgánica constitucional.
El señor EYZAGUIRRE (Secretario).- Se hizo presente en la sesión de la mañana, cuando se dio cuenta de la iniciativa, y también en la de la tarde, que se requerirán 26 señores Senadores para su aprobación.
El señor ALESSANDRI.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Barra, quien la pidió anteriormente; y después Su Señoría.
El señor ALESSANDRI.- Excúseme, señor Presidente, había solicitado el uso de la palabra sólo para formular una petición a la Mesa; no con el objeto de intervenir en el debate.
El señor MUÑOZ BARRA.- Señor Presidente, sólo haré una proposición a la Mesa, pues no participaré en la discusión.
Como señaló el señor Presidente, se encuentran tres oradores inscritos para intervenir, todos muy versados en la materia. Para dar oportunidad a los tres, y basado en el artículo 133 del Reglamento que permite hablar 30 minutos en el primer discurso y 10 en el segundo, propongo a la Mesa que de común acuerdo se distribuyan el tiempo que resta. Así todos alcanzarán a intervenir. Por eso, sugiero que se permita intervenir no más de 15 minutos a cada uno, y podrá votarse el proyecto esta tarde.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Se encuentran inscritos los Senadores señores Errázuriz, Ominami y Bitar; y tengo la esperanza de que serán breves, porque, sin desmerecer lo que puedan argumentar, me parece que las intervenciones ya efectuadas fueron bastante latas, así es que estamos suficientemente informados sobre el contenido del proyecto.
Tiene la palabra el Honorable señor Alessandri.
AUTORIZACIÓN A COMISIÓN DE MINERÍA
PARA FUNCIONAR SIMULTÁNEAMENTE
CON LA SALA
El señor ALESSANDRI.- Señor Presi-dente, solicito recabar la autorización del Senado a fin de que la Comisión de Minería pueda sesionar paralelamente con la Sala, ya que fue citada a las 19, sobre la base de que esta sesión terminaría a esa hora. Han llegado tres personas a exponer sobre el proyecto de energía geotérmica, el cual considero del mayor interés.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- ¿Habría acuerdo de la Sala para acceder a la petición del Senador señor Alessandri?
El señor LARRE.- De acuerdo.
-Así se acuerda.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Errázuriz.


El señor ERRAZURIZ.- Señor Presidente, abordaré este asunto en el siguiente orden.
Io. - Las pérdidas que el proyecto de ley revelará para el Banco Central.
Hemos escuchado explicaciones muy ín-r teresantes dadas por algunos señores Senadores sobre el problema de la deuda subordinada que afecta a ciertos bancos. Sin embargo, a pesar de su importancia y gravedad, no se ha analizado la trascendencia que tendrá el proyecto una vez promulgado como ley, al hacer tangible una obligación incobrable que, en ciertos casos, se esconde tras la denominación de "deuda subordinada", lo que originará pérdidas, hoy disimuladas, al acreedor, es decir al Banco Central.
¿Dónde se analiza cómo se cubrirán las pérdidas del Banco Central que contablemente se harán evidentes luego de la promulgación de la ley?
Creo indispensable efectuar este análisis con seriedad y ponderación, escuchando las f i opiniones y soluciones que sobre el punto pudieran sugerir los señores Ministro de Hacienda, Superintendente de Bancos, y Presidente y Consejeros del Banco Central, ya que esta materia se encuentra totalmente ausente en el texto y en la discusión del proyecto que nos ocupa, como oportunamente hice ver en la Comisión de Hacienda. Resulta evidente que cualquier banco que no cancele su deuda en los plazos previstos en la iniciativa, aunque tal circunstancia no se anote contablemente, reflejará una pérdida para el Banco Central, que éste sí deberá contabilizar, lo cual llevará a que el Instituto Emisor pierda, si no todo, al menos parte sustancial de su capital. ¿Cuál será la reacción de la banca internacional y de nuestros inversionistas externos?
Es preciso entender que el Banco Central registra en su activo los dineros que le adeudan los bancos, denominados "deuda subordinada". Conforme al último Balance del Banco Central, esa anotación del activo asciende a 1 millón 734 mil 501,5 millones de pesos. Al mismo tiempo, es necesario recordar que los bancos deudores no tienen anotados en sus pasivos tales compromisos, milagro que, en mi opinión, sólo ha sido posible como consecuencia de un resquicio inventado en el año 1985 a través de los sistemas de compraventa de cartera, de acuerdo al cual el Banco Central adquirió créditos de la banca chilena afectada por la crisis derivada de la fijación del tipo de cambio a 39 pesos, que, al ser corregida, provocó la recesión más grande de nuestra historia económica.
La situación referida, llamada "compraventa de cartera", se transformó, sin embargo, en las postrimerías del Régimen militar, en lo que hoy se denomina "deuda subordinada". En conformidad a esta última, el banco comercial pagará al Banco Central con un porcentaje de sus excedentes, siempre y cuando existan tales excedentes, pero sin fijación de plazo. El Banco Central, en cambio, continúa incluyendo en su activo las deudas por cobrar a tales bancos, algunos de los cuales nunca cancelarán nada, ni siquiera los intereses, como históricamente ya ha sucedido respecto de algunos de ellos, desde 1989 a esta parte. Y buen ejemplo de ello denuncié en esta misma Sala, en el caso de un banco que inició un proceso de capitalización de dividendos preferentes que, seguido por otros bancos, provocó pérdidas que el propio Banco Central ha evaluado en más de 105 millones de dólares.
Esta negativa situación de bancos que no han sido capaces siquiera de pagar los intereses, y que, sin embargo, se han valido de un resquicio legal a través de la capitalización de dividendos preferentes, ha disminuido el porcentaje que en los excedentes corresponde al Banco Central, lo que ha transformado en una quimera toda posibilidad de cobro por parte de este último. Esta indiscutible realidad, denunciada también en la Sala, y que causó tanto escándalo en algunos -verdad que ahora todos reconocen- no se corrige en el proyecto. Sólo en una reciente iniciativa del Ejecutivo -que afortunadamente trataremos en la sesión de mañana- se busca evitar a futuro la escandalosa repetición de tales actuaciones, modificando la ley N° 18.401.
2o.-Hagamos un correcto diagnóstico.
Es preciso entender cómo se originó la que hoy se llama "deuda subordinada", y que antes se denominaba "cartera vendida" -y no "vencida", como algunos señalan- "al Banco Central", a fin de efectuar el correcto diagnóstico que nos permita entregar la adecuada solución legislativa al problema.
En la crisis de 1982-1983, especialmente luego de la intervención de los bancos en 1983, los Interventores de la Superintendencia de Bancos, que tomaron la administración de las Instituciones por instrucciones de aquélla, comenzaron a cobrar los créditos adeudados, fundamentalmente aquellos relacionados a la propiedad de cada una de las Instituciones, sin otorgar facilidades de pago a los deudores. El Senador que habla en aquel entonces era banquero -no fue intervenido-, y, en consecuencia, está al tanto de esa situación, por le»'que estima su deber darla a conocer.
En otros términos, a pesar de que esas deudas se encontraban mayoritariamente expresadas en dólares (moneda que había subido de 39 pesos a más de 120 pesos por dólar, por lo que se hallaban multiplicadas por cuatro) y sin esperar que los activos se reajustaran de acuerdo a lo que naturalmente debía ocurrir, se optó por parte del representante del Gobierno de la época en cada banco intervenido, por declarar esas obligaciones como inmediatamente exigibles, negándose a renovarlas. Como se recordará, el mercado operaba entonces casi exclusivamente con renovación de captaciones y colocaciones de 30 en 30 días, modalidad derivada de diferentes normas de la propia Superintendencia sobre la materia, algunas de las cuales aún subsisten.
Tan cierto es lo que afirmo, y tan clara U discriminación hecha en contra de las empresas vinculadas a los accionistas de los bancos, que se prohibió la renovación de sus préstamos por el solo hecho de ser relacionadas, llevándolas a la insolvencia, a la venta y liquidación precipitada, a vil precio, de sus activos, todo lo cual redundó en cuantiosas pérdidas, que explican parte no menor del monto de la actual "deuda subordinada".
Los únicos deudores que tuvieron tratamiento especial fueron quienes gozaron de un seguro, también especial, de cambio, dictado por el Banco Central, que tengo entendido, duró tan sólo un día y que benefició a un pequeño grupo de personas que estaba en conocimiento de dicha normativa. 4fc
Para mejor ilustración del Senado, pido que se oficie al Banco Central para que informe quiénes fueron las personas o empresas que se acogieron a tal seguro de cambio; cuáles los montos de las deudas; cuáles las pérdidas que provocó al Estado o al Instituto Emisor, y quién en esa Institución autorizó dichos seguros.
El señor ZALDIVAR (don Andrés).- Y en qué año ocurrió.
El señor ERRAZURIZ.- Y en qué año ocurrió, como señala el Senador señor Andrés Zaldívar.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Pido el asentimiento de la Sala para enviar oficio en nombre el señor Senador, en conformidad al Reglamento.
-Se accede a ¡o solicitado.
El señor ERRAZURIZ.- Prosigo con mis observaciones.
3o.-Historia verdadera de lo ocurrido.
A partir de 1983, y como consecuencia de la intervención de los más importantes bancos de Chile, el Banco Central avaló la deu-a da externa privada de la banca chilena para ,on la banca internacional. Cabe destacar que como consecuencia de ese aval, aquél se creyó dueño de los plazos que obtuvo al renegociar dichos pasivos con el exterior. En otros términos, en lugar de trasladar esos plazos en favor de miles y miles de deudores afectados, el Banco Central se guardó esas facilidades para sí, otorgando por la vía de la compraventa de cartera, plazos tan sólo a los bancos y no a sus respectivos deudores y clientes, es decir, a la gente de trabajo endeudada.
Esta decisión significó precipitar la recesión generalizada, provocando remate de propiedades, desalojo de múltiples viviendas y, en definitiva, una crisis que sólo logró su ajuste luego de que en el país la ce-f Isantía alcanzó a cerca de 30 por ciento.
Los bancos, especialmente los intervenidos, cuyos administradores recibieron orden de ejecutar a sus clientes -pese a que tales instituciones financieras administradas por delegados del Gobierno disponían de liquidez que no entregaron a sus deudores-, curiosamente, fueron los más afectados.
Ocurrió así porque se buscaba discriminar en contra de los dueños y de las empresas relacionadas con la propiedad del banco, mientras no entregaran las acciones del banco de que eran propietarios, sin considerar que las deudas de éstos se habían multiplicado por varias veces como consecuencia de la reajustabilidad del dólar, negándoseles los plazos requeridos para el pago por el solo hecho de ser relacionados.
Pero poco importó todo esto a las autoridades. Se trataba de castigar a quienes se culpaba de la crisis, sin entender que eran las principales víctimas de la misma al haber creído que el dólar permanecería fijo a 39 pesos.
Así se formó la propiedad semiestatal de lo que entonces se llamó "área rara". Las pérdidas de estas erradas políticas las pagaba "Moya". De modo que tampoco le importó al administrador -la Superintendencia de Bancos- mantener sus pésimas políticas de administración que agravaron la crisis, pues el Gobierno de la época nunca quiso asumir su responsabilidad en ella.
De esta forma, los activos de millones de clientes y deudores de los bancos fueron mal vendidos, lo que significó una transferencia neta de riqueza en favor de algunos, y pérdidas equivalentes en los bancos, especialmente en los intervenidos. Esas pérdidas son, precisamente, las que explican hoy día la del Banco Central, que se expresa en deuda llamada subordinada, mayori-tariamente incobrable.
Los bancos cuya cartera fue mal clasificada por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, debieron hacer provisiones por los montos mal encasillados, provisiones que, a su vez, debían reajustarse en UF. Debido a ello los bancos prefirieron hacer los castigos pertinentes o, de lo contrario, debían reajustarlos también en UF, ejecutando a los deudores para así evitarse la unidad de fomento que causaba un mayor costo mensual, pese a que tal mayor costo sólo surgía por orden de la Superintendencia al aplicarla sobre las provisiones. Nueva, increíble e inexplicable exigencia, como la de reajustar lo que no puede cobrarse y que, sin embargo, aún subsiste.
Adicionalmente, la Superintendencia dictó circulares expresas en las cuales señalaba que, si los bancos ejecutaban a sus clientes, pero les permitían continuar viviendo en las casas que el acreedor se hubiese adjudicado en remate, debían pagar multas hasta por el valor de dichos bienes, fijando plazos fatales para la enajenación de esos activos; aunque, como consecuencia de los desalojos de esas familias pobres, las viviendas fueran saqueadas en los días siguientes. Se trataba -como se decía entonces- de "que las pérdidas debían hacerse", cuando resulta evidente para cualquier empresario que "las pérdidas, en lugar de hacerse, deben evitarse".
Estas son, y no otras, las pérdidas que hoy se expresan en la deuda subordinada.
4o.- Clasificación de la cartera.
Pero existe otro fenómeno que también hay que tener presente en el análisis de este proyecto, para que, al formular indicaciones, corrijamos todos sus defectos a fin de despachar una buena ley.
Los bancos que tenían carteras mal clasificadas, muchas veces con ellas generaron grandes negocios y utilidades. ¿Cómo es posible generar utilidades con pérdidas? Trataré de explicar el fenómeno.
Sucede que estos mismos bancos han permanecido, por una parte, cobrando a los deudores el total de sus créditos; sin embargo, por la vía de transferirlos entre una institución y otra recuperaron sus valores no provisionados, permitiendo entonces que el banco adquirente de tales créditos continuara cobrando el ciento por ciento de éstos, que se reflejaban en sus libros a un valor muy inferior y generando, en consecuencia, las utilidades consiguientes. En otros términos, se usó la cartera clasificada como mala por la Superintendencia para hacer negocio, situación que se repite hasta el día de hoy, en que se cobra el total de las deudas, o "face valué", o valor nominal de las obligaciones de los pagarés de los respectivos deudores, aunque en los balances de los bancos las diferencias se muestren como incobrables. Deudas que ayer figuraban vendidas al Banco Central, hoy se expresan en deuda subordinada, o bien, lisa y llanamente, en provisiones.
El detalle que estoy dando a conocer -que no es detalle- es de real significación para lo que informaré más adelanté.
Esta situación explica por qué muchos bancos han tenido enormes utilidades en años recién pasados -las que no es posible que se repitan-, afectando con ello la recuperación de la deuda subordinada del co Central.
Cifras redondas. En 1983 la deuda externa privada -observen bien, señor Presidente y señores Senadores- alcanzaba a alrededor de 10 mil millones de dólares, y esa misma deuda externa, luego de sucesivas reprogramaciones, perdió 40 por ciento de su valor en el mercado internacional. Por lo tanto, los deudores debieron haber recibido ese mismo porcentaje de descuento, equivalente a 4 mil millones de dólares, y los largos plazos de pago que recibió Chile para aquellos compromisos. Si así hubiese ocurrido, no existiría hoy en el país deuda subordinada con el Banco Central, la que alcanza precisamente -y vaya curiosidad- a cerca de 4 mil millones de dólares.
Llamo a mis Honorables colegas a medí tar sobre la verdad de lo que planteo, lo cual muestra que tanto sufrimiento, crisis y pérdidas, pudieron no existir nunca si no se hubiesen cometido tan garrafales errores.
Lo que hoy expreso es lo mismo que denuncié ayer, y Sus Señorías saben bien cual fue la respuesta que recibí: me persiguieron, intervinieron mi banco en 1989, siendo precandidato presidencial, y me obligaron a venderlo -¡y no sería por malo!-. Este me ha sido hasta ahora parcialmente pagado, precisa y curiosamente con activos que debieron haber reducido la deuda subordinada del Banco Central, activos que, pagados a un peso al Instituto Emisor, permitieron a los compradores -a cuatro personas naturales- y no al adquirente del banco, obtener del Banco Central activos que luego se entregaron en pago a las empresas vendedoras.
En otros términos, con los recursos del Instituto Emisor, en más de una oportunidad, personas naturales han pagado la compra de otros activos. Esto guarda relación también con la iniciativa en debate, en cuanto al tema de las fusiones, donde el banco adquirente compra con dineros ajenos y activos que no le corresponden, actis que pasan a aumentar su patrimonio, situación que no corrige el proyecto de ley cuya aprobación en general se solicita hoy dfa.
¡Cómo me ha costado decir toda esta verdad! Pero mi conocimiento y experiencia en estas materias me obligan moralmente, no a callar, que siempre es más fácil, sino a darles a conocer a mis Honorables colegas estos hechos, para que puedan, si lo estiman del caso, considerarlos en el análisis y discusión de estos temas de alta complejidad.
5o.- Cuatro mil millones de dólares.
Los señores Senadores se preguntarán qué paso con los 4 mil millones de dólares que algunos ganaron, que la banca internacional perdió y que el Banco Central, el cual no tenía por qué perder, muestra hoy como "deuda subordinada".
¿Qué ocurrió con esos 4 mil millones de dólares?
La creación, a partir de 1985, de los Capítulos XVIII y XIX de las Normas de Cambios Internacionales del Banco Central, otorgaron al Instituto Emisor la posibilidad discrecional de gozar de esos descuentos (40 por ciento), de largos plazos renovables -hasta el día de hoy- y de beneficios.
De acuerdo con el Capítulo XVIII, esos dineros fueron percibidos, en alrededor de 50 por ciento, por el Banco Central, que gozó de estos beneficios, y el saldo fue ganado por la banca comercial que licitaba cupos en el propio Banco Central.
En el Capítulo XIX, en cambio, dichos beneficios fueron concedidos discrecional-mente a quien pudiera demostrar ante el Presidente del Instituto Emisor que no era chileno, debiendo probar fehacientemente su condición de extranjero. Por lo tanto, el Banco Central confirió a extranjeros y no a chilenos, los beneficios derivados de la deuda de los mismos chilenos, chilenos que debieron seguir pagando, amenazados por su ejecución. En definitiva, su angustia e insolvencia fue la causa determinante del problema que hoy nos ocupa.
Si entendemos la realidad de estos hechos; si hacemos un análisis diferente; si entendemos la historia tal como fue, y no como algunos la han pintado, entonces podremos efectuar un adecuado diagnóstico que nos permita encontrar una real solución al problema de la deuda subordinada.
Las pérdidas existentes, hoy encubiertas y explicadas por una deuda subordinada que los bancos no muestran en sus balances y que el Banco Central exhibe en sus activos, son, sin lugar a dudas, pérdidas reales que será preciso diluir con utilidades futuras.
Como expliqué, hubo quienes, aprovechándose de esta situación de deuda subordinada, dispusieron de la cartera vendida al Banco Central hasta 1989 y adquirida, a partir de ese año, por los bancos a valores de tasación de la Superintendencia, para efectuar con ella negocios, no en beneficio del Banco respectivo, sino de sus accionistas mayoritarios que lo controlaban, como lo denuncié en esta Alta Corporación. En otros términos, accionistas mayoritarios, con activos del Banco Central, han usufructuado, en su beneficio personal, de activos del banco que controlan, en desmedro directo de los "excedentes" y, con ello, del pago de la deuda subordinada al Banco Central.
La determinación de un plazo de 40 años para el pago de esa misma deuda, en el caso específico del banco a que me he referido en otras oportunidades -hoy no vale la pena señalarlo, pues todos lo conocemos- le significará, en definitiva, disponer -para los accionistas o dueños, no para el Banco Central ni para el banco- de 40 años de plazo para adquirir el que fuera el Banco Nacional. Y como el Central tiene déficit de caja -entre otras razones, por la deuda subordinada-, que el Tesoro Público debe cubrir todos los años por la vía de lo que llama "pago anticipado de la deuda fiscal", en la práctica será dinero del Estado el que costeará tales negocios. Y yo creo, al igual que todos, que el dinero fiscal debe ser destinado a otros objetivos sociales y no a éstos de carácter netamente comercial y privado.
¡Sé que algunos se sorprenderán por lo que aquí afirmo, pero el pueblo no me eligió para callar en los temas que conozco y sé, deber al cual no renunciaré, sobre todo si veo que se cometen errores -muchas veces inadvertidamente- y que gente inescrupulosa se aprovecha de ellos!
6o.- Subsidio en la tasa de interés de la deuda subordinada.
Existe otro problema, aún más grave, que también es preciso tener presente si se desea encontrar una solución adecuada al problema de la deuda subordinada.
Esta deuda se encuentra expresada y devenga un interés subsidiado, razón por la cual no existe ningún incentivo para que los bancos deudores cancelen tales obligaciones. Pregunto a Sus Señorías: ¿quién pagaría un crédito bancario barato, a plazo infinito, otorgado por deuda subordinada, y que ahora se pretende transformar a 40 años plazo, si esos recursos pueden ser ocupados por los mismos bancos en otros fines más rentables?
En consecuencia, la real solución de la deuda subordinada para los efectos del Banco Central pasa, y debe pasar, en mi opinión, por aplicar a dichas obligaciones la tasa de interés de mercado, de manera que los bancos deudores no sigan obteniendo de aquél un subsidio, que no sólo los impulsa a no pagar, sino que, además, significa una discriminación en contra de todos los demás deudores chilenos que no gozan de tales ventajas y prebendas.
7o.- Conclusiones preliminares.
Si tenemos en claro todo lo anterior, necesariamente deberemos concluir que existen pérdidas ocultas que se denominan "deuda subordinada", deudas que los bancos no muestran en sus balances y que el Banco Central sí exhibe en sus estados financieros como créditos reales y cobrables, a sabiendas de que no lo son en su totalidad.
También deberemos concluir que cualquier fórmula que signifique el cambio de esta realidad, obligará al Banco Central a hacer tangible una pérdida hasta ahora diferida y oculta, con el consiguiente perjui; ció patrimonial que debilitará al Instituto Emisor y, con ello, la imagen de Chile en el exterior.
Nuestra primera obligación, por lo tanto, es dimensionar adecuadamente cuáles serán esas pérdidas; terminar con los incentivos negativos para no pagar y, en cambio, ayudar a los bancos para que de verdad generen recursos y obtengan utilidades suficientes a través de una moderna y adecuada Ley de Bancos, para de esta forma facilitar el pago al Banco Central.
Paralelamente, deberemos asegurar la base patrimonial de la institución reguladora de la moneda, capitalizándola desde ya, y evitar juegos financieros de capitalizaciones de excedentes y de compra y fusión de bancos con cargo a la deuda subordinada y al propio Banco Central, cerrando definitivamente la puerta a esas escandalosas prácticas.
8o.- Propongo que agreguemos en este debate y en la ley algunas proposiciones concretas que no se incluyen en el proyecto, respecto del futuro tratamiento de la deuda sube ;nada, las cuales consultan las siguientes materias:
l._ CAPITALIZACIÓN DEL BANCO CENTRAL.
Esto, a través de la transformación de CODELCO en sociedad anónima, modificando para el efecto el decreto ley 1.350, de 1976, que la creó, reconociendo la participación del Banco Central en su capital y haciendo otro tanto en la ley del Instituto Emisor.
De esta forma, aseguraremos la base patrimonial del Banco Central, que se deteriorará con la aprobación de esta ley relativa a la deuda subordinada, ya que ésta dejará transparente, como he señalado, las pérdidas que hoy se ocultan tras esa denominación. Además, permitirá en el Directorio de CODELCO una prudente y seria administración financiera por parte de un representante del Banco Central, pues está clara, para todos, la manifiesta debilidad de la Corporación del Cobre en estas materias.
2.- APERTURA DE LINEA DE CRÉDITO EN DOLARES.
Propongo que el Banco Central abra a los bancos deudores de deuda subordinada, hasta una vez el monto de su capital o al menos en forma pareja, para evitar inequi-dades, una línea de crédito en dólares, con el exclusivo propósito de pagar al contado la deuda subordinada. De esta forma, se hará posible la transformación total o parcial de dicha deuda de unidades de fomento en dólares, con las consiguientes ventajas para los bancos y, por lo tanto, también para el Central, como acreedor de aquéllos, pues hasta ahora viene anotando cobros en UF que sabe que no podrá realizar. A su vez, permitirá a los bancos prestar a sus clientes -fíjense bien Sus Señorías- en dólares y no en UF, lo que no ocurre hoy, entre otras razones a causa de la expresión de estas deudas en unidades de fomento por parte de los bancos con el Central. Estos préstamos en dólares de los bancos a sus clientes harán posible, adicionalmente, que los deudores (empresas y hombres de trabajo) que no producen UF sino dólares, en una economía abierta al exterior, cancelen sus deudas en la moneda que ellos producen y ganan. Es el caso, por ejemplo, de los agricultores.
3.- TRASLADO DE LOS BENEFICIOS DEL PLAZO A LOS DEUDORES DE LOS BANCOS.
Propongo que los préstamos en dólares proporcionados por el Banco Central a los diversos bancos comerciales, pagaderos a 40 años, sean, a su vez, trasladados, en hasta iguales plazos de pago, en favor de sus deudores. Sugiero que estas facilidades de pago sean trasladadas, en consecuencia, en favor de los deudores, hasta por el monto de las provisiones o castigos totales o par* cíales que afecten a las obligaciones de esos clientes.
En otros términos, propongo que si los bancos que no pueden pagar al Banco Central porque sus clientes, a su vez, no les pagan, gocen de un plazo de hasta 40 años; pero que esos mismos bancos, al acceder a estas facilidades, se obliguen a ofrecer iguales plazos a sus clientes que se encuentren total o parcialmente castigados o pro-visionados, para que asi puedan cancelar al banco, y éste -el banco comercial- al Central.
Si las instituciones bancadas requieren de plazo para poder pagar al Central y si el Gobierno está dispuesto a otorgar plazos para que los bancos paguen -plazos de hasta 40 años-, supongo que será porque se estima que los bancos son viables. No hay razón alguna, entonces, para no aplicar igual criterio en favor de los deudores viables que así libremente lo resuelvan, asilándose en tales plazos si de esa forma pueden pagar sus obligaciones.
No efectuar tales traslados de plazo, Honorables colegas, significaría repetir el error del Gobierno Militar que, a partir de 1983 -como ya expliqué-, guardó para el Banco Central los plazos, condiciones, beneficios y descuentos de la deuda externa privada, sin trasladarlos en favor de los deudores internos, lo que provocó una enorme crisis social y económica en Chile, la más grande de nuestra historia, como he señalado, crisis que es la que hoy aún se manifiesta en esta deuda subordinada nacida entonces y que ahora nos corresponde resolver, en beneficio del país.
El traslado de los plazos en favor de los deudores que resulten viables -obviamente, calificados y aceptados de manera previa por la Superintendencia-, generará, por una sola vez, un enorme excedente en los bancos. Se trata de permitir que con éste sea posible cancelar anticipadamente "deuda subordinada", señor Superintendente -le agradecería que me escuchara con atención-, al Banco Central, por medio de un pagaré que quedará expresado y garantizado por la respectiva cartera renegociada, avalada por las instituciones deudoras.
De esa forma, si los deudores beneficiados por la reprogramación pagan, el banco se evitará hacerlo. En cambio si los deudores no cancelan, el banco, como su acreedor -pero a la vez deudor del Banco Central, por el aval-, se verá obligado a pagar por aquellos clientes la deuda al Instituto Emisor.
Esta solución es, evidentemente, la única, justa y ponderada, si se quiere, con equidad, dar solución al problema de la deuda subordinada, no sólo para los bancos, sino también para sus deudores o clientes que son precisamente los que motivan esa deuda con el Central.
Las tres soluciones que he propuesto tienen que ser, sin lugar a dudas, opcionales para los bancos. No puede ninguno de ellos ser obligado a aceptar una proposición d negocio que no le interese. El banco que quiera continuar expresando su deuda subordinada en UF, debe poder hacerlo, y el que quiera hacerlo en dólares, corriendo la suerte de Chile como país exportador y generador de divisas, también puede acogerse a ese beneficio o fórmula.
Está claro que si esta solución se hubiese implementado en 1989 -como constará al señor Ministro de Hacienda, que tiene la bondad de escucharme-, y fue lo que propuse en mi Programa como candidato a la Presidencia de Chile, en el día de hoy la deuda subordinada ya se habría reducido notablemente, y no existiría tampoco el grave problema de deudores que ahora recién comienza a avizorarse, especialmente en los sectores exportadores y sustituido-res de importaciones, que producen en dólares -que ha perdido valor- y expresan sus pasivos en UF, que han crecido notoriamente.
Como he dicho, la impíementación de estas medidas, unidas a una eficiente Ley de Bancos, que permita a las instituciones financieras lograr su modernidad y la efectiva generación de recursos, asegura que el Banco Central, dentro de plazos prudentes, podrá recuperar si no todo, al menos gran parte de su deuda, hoy llamada "subordinada". De lo contrario, tal deuda se transformará de "subordinada" en "deuda incobrable".
Los bancos que no puedan hacerlo -es decir, pagar esta deuda- en cada una de las cuotas pactadas a 40 años, deberán emitir acciones para cancelar al Central, como lo establece una norma de la ley en estudio, la cual, en su forma actual, fue unánimemente aprobada en la Comisión de Hacienda, produciéndose la licuación proporcional entre los accionistas dueños de la respectiva institución, del modo en que éstos lo acuerden.
El Gobierno ha retirado de la ley el polé-mico antiguo artículo 35, como ha señalado aquí el Honorable señor Zaldívar, que creaba privilegios para los accionistas que recientemente capitalizaron dividendos en favor del Banco Central, pues le liberaba de su obligación de pago de la deuda subordinada, todo ello, según dicho articulo, a costa de decenas de miles de accionistas populares.
Desaparecida tal pretendida intromisión -en mi opinión, por parte del Estado- a través de la ley en las decisiones privadas de las juntas, y la consiguiente escandalosa discriminación en favor de quienes han perjudicado con sus acuerdos de capitalización al Banco Central, sólo cabe ahora, como sucedió en la Comisión de Hacienda, la apro- bación en general -y ojalá unánime- del proyecto, y la apertura de un plazo prudente para presentar indicaciones que busquen su mejoramiento.
Pero tan importante como lo anterior, o aún más, es apurar la modernización de la banca. Equivocadamente se dividió el proyecto primitivo y lo que quedó al respecto tiene un lento trámite en la Cámara de Diputados. Pero, sin una buena Ley de Bancos, todo lo relativo a deuda subordinada será letra muerta.
Por eso, la presente ley en análisis debe coordinarse necesariamente con aquélla, la cual deberá modernizar y ampliar el giro de los bancos, creando -en mi opinión- categorías de negocios para los bancos con deuda subordinada, según sean los plazos en que cada banco resuelva cancelar su obligación con el Central.
De esa forma -y concluyo, señor Presidente-, se crearán incentivos positivos y no negativos, en favor de las instituciones que cancelen antes su deuda subordinada, optando cada banco libremente por nuevas y mejores categorías de negocios por realizar, según lo resuelvan sus juntas de accionistas, las que deberán preocuparse por lo tanto ahora de buscar la más inteligente forma de pagar lo que los bancos deben, en lugar de pretender ejercer presión sobre este Parlamento, como ya sucedió, en una actitud sin precedentes en nuestra historia republicana, en contra de un Senador cuya voz se buscó acallar por decir la verdad, por expresar lo que pensaba, en suma, por cumplir con el deber para el cual el pueblo lo eligió.
He dicho.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Ominami.


El señor OMINAMI.- Señor Presidente, pienso que los señores Senadores que intervinieron han logrado expresar con bastante claridad los distintos aspectos contenidos en el proyecto. Por eso, en honor al tiempo y a la paciencia de los Honorables colegas, me limitaré simplemente a fundar el voto y dejaré hasta aquí mis observaciones.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Bitar.


El señor BITAR.- Señor Presidente, igualmente intervendré en forma breve, debiendo entender mis palabras como una funda mentación del voto.
Estimo como satisfacción personal -y no sólo del Partido por la Democracia- la aprobación en general del proyecto, porque la idea contenida en él fue propuesta por nosotros, en 1991, con mucha persistencia, cuando se entendía que el tema no existía o que la situación en que se encontraban los bancos con deuda subordinada se podía dilatar indefinidamente.
El término del plazo indefinido, el fin de una situación en que la deuda iba en ascenso mientras que al resto de la ciudadanía se aplicaban normas distintas de las que gozaban los bancos, constituye un avance fundamental.
Considerando esto un paso sumamente importante, que nos abre camino para poner orden en el sistema financiero y para posibilitar nuevos negocios, sin embargo, entre las decisiones que estaríamos hoy adoptando, sobre la base del informe que nos ha entregado la Comisión de Hacienda, hay un punto de la mayor trascendencia -y al cual se han referido también diversos Parlamentarios de Oposición- en cuanto a que los bancos con deuda subordinada no pueden capitalizar a costa del Banco Central. A mi juicio, ése es un aspecto central. Y, al votar ahora favorablemente en general la iniciativa, quiero dejar sentado -y en ese sentido votaremos, y continuaremos con ese criterio más adelante- que resguardamos los intereses del Estado y del Banco Central y no permitiremos la aprobación de ninguna norma que haga posible que un banco con deuda subordinada continúe haciendo capitalizaciones en perjuicio del Instituto Emisor.
En particular, consideramos que en los términos en que viene propuesta la redacción del actual artículo 15, éste constituye un incentivo para que los bancos se queden afuera de la ley, si no incluimos otras disposiciones. Desde ese punto de vista, nos alegramos de que la Cámara de Diputados haya aprobado ayer una norma adicional que nos protege en ese terreno.
Quiero dejar constancia de que somos partidarios de dejar abierta la posibilidad de reponer el artículo 15 de la Cámara de Diputados, en caso de que corriéramos el riesgo de que la norma de capitalización no se vaya a aplicar a todos los bancos con deuda subordinada, independientemente de que opten o no opten. De lo contrario, podríamos estar abriendo la posibilidad de que algunas entidades bancarias y algunos accionistas tengan la ventaja de obtener utilidades a costa del Banco Central. De modo que éste es un punto crucial. También quiero señalar que el avance hacia nuevos negocios está vinculado a que los bancos se ordenen y a que entren en una fórmula como la que establece el proyecto que estamos aprobando hoy en general. De lo contrario, independientemente de lo que * resolvamos o de las disposiciones que establezca la ley, el hecho de que los bancos no entren en el sistema será percibido por los bancos extranjeros en forma negativa, lo que también perjudicará su desenvolvimiento. En efecto, ninguna entidad banca-ria extranjera seria podría entender que un banco chileno persista en mantener una deuda de envergadura con el Banco Central y no haya resuelto entrar a una normativa como ésta. Debo expresar que, desde nuestra perspectiva, existe un estrecho vínculo entre entrar a esta iniciativa de ley y tener derecho a nuevos negocios. Nosotros no apoyaremos ninguna normativa legal que autorice nuevos negocios si quien los efectúa lo hace con excedentes que debieran ir a dar a manos del Banco Central. En ese entendido votaremos en favor del proyecto, y ello, por lo demás, corresponde a lo que le oímos al señor Ministro de Hacienda subrogante cuando estuvo presente en el Senado hace poco. Es decir, el Banco Central determinará las condiciones en las cuales se encuentra el banco que está solicitando participar en nuevos negocios, porque ése es un criterio elemental. El Instituto Emisor o las autoridades de Gobierno no pueden permitir el desarrollo de nuevos negocios si estos perjudican al Banco Central. De manera que subordinar los nuevos negocios a la entrada en la ñormativa en discusión y resguardar al Banco Central en cualquier circunstancia, haya o no opción -todo banco con deuda subordinada debe actuar sin dañar al Instituto Emisor-, son dos bases por las cuales nos alegramos de estar dando este paso. Por ello, respaldaremos la iniciativa y votaremos favorablemente la idea general de legislar.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Mc-In-tyre.


El señor MC-INTYRE.- Señor Presidente, quiero expresar que estoy en absoluto desacuerdo con todo el análisis efectuado por el Honorable señor Errázuriz sobre la situación económica que se vivió durante la crisis. Es cierto que ésta existió, pero también es verdad que fue bastante complicada la forma de corregirla. La deuda general era grande -sobre los 4 mil millones de dólares-, pero si se la compara con los grandes problemas que enfrentan los países limítrofes, es bastante pequeña, e incluso lo es, como lo señalaba un señor Senador, con respecto a las dificultades que tiene el Banco Central.
Además, en esa época no solamente debimos enfrentar la crisis cambiaría, sino también la del petróleo, que fue bastante compleja.
Pero, dentro de las soluciones que se adoptaron, algunas fueron bastante buenas. Por ejemplo, el capítulo XIX -ya mencionado- fue un éxito, y las inversiones extranjeras comenzaron a llegar. Sólo en la minería obtuvimos mucho más que los 4 mil 200 millones de dólares de la deuda subordinada.
También recuerdo que el capitalismo popular fue un éxito completo y ha sido imitado en todo el mundo.
Por eso, aun cuando considero bien interesante el análisis sobre lo que vamos a hacer con la deuda subordinada, creo que las reflexiones acerca de lo que ocurrió anteriormente bien poco colaboran en cuanto a tomar medidas y corregir algunas deficiencias que aún persisten.
He dicho.
El señor ERRÁZURIZ.- Dado que me mencionó personalmente, señor Senador, ¿me permite una interrupción?
El señor MC-INTYRE.- Con mucho gusto.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Entiendo que el Honorable señor Mc-Intyre terminó.
Tiene la palabra el Honorable señor Errázuriz.


El señor ERRÁZURIZ.- Señor Presidente, comprendo que quienes formaron parte del Régimen militar se sientan en la obligación -equivocada, a mi juicio- de defenderlo todo. Pero es un error defender errores.
Creo que en esa época se cometieron errores respecto de los cuales es necesario hacer un diagnóstico adecuado para no repetirlos. Y la deuda subordinada nació precisamente de ellos. No puede negarse que las circunstancias que vivió Chile en ese momento afectaron bastante, pero ello se debió, entre otras causas, al error de mantener el tipo de cambio fijo. Y hoy la política de mantener el dólar barato en Méjico ha provocado una gravísima situación, que puede traer repercusiones mañana incluso a los chilenos.
Pero equivocarnos y tropezar con la misma piedra -aunque se sostenga que el hombre es el único animal que tropieza dos veces sobre una misma piedra- creo que es un error. Por lo tanto, es conveniente reconocer los errores y realizar un esfuerzo por corregirlos, por cuanto ésa es nuestra obligación. Todos podemos equivocarnos, pero todos tenemos el deber y la obligación de corregirnos.
El señor HORMAZABAL.- ¿Hay alguna piedra que valga 4 mil millones de dólares?
El señor ERRÁZURIZ.- Pídame una interrupción, señor Senador, y se la concederé una vez que complete mi idea.
Por lo tanto, el diagnóstico que he hecho se aprovecha en la forma en que lo he visto y sentido, y en mi opinión, aporta un punto de vista diferente, que cada uno de los señores Senadores podrá tomar o dejar. He hablado con el mayor respeto por las distintas posiciones representadas en el Senado. Pero, en definitiva, lo expresado por mí significa reconocer que, además de las muchas cosas buenas -que yo aprecio- efectuadas durante el largo Régimen militar, que lamento que haya sido tan extenso, también se cometieron errores, los que no deben llevarnos a su repetición mañana. Por lo tanto, al analizar la deuda subordinada es necesario conocerlos y efectuar un diagnóstico correcto, con el objetó de encontrar también el remedio que permita corregir adecuadamente el problema, para no volver a caer en él.
Eso es todo.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Adolfo Zaldfvar.


El señor ZALDIVAR (don Adolfo).- Señor Presidente, en verdad estamos dando un paso bien importante para regular el sistema bancario y -¿por qué no decirlo?- el sistema económico en general.
Aquí se ha recordado -y con razón- la crisis de los años 1981 a 1983. En realidad, la magnitud de ella fue enorme: más de 4 mil millones de dólares. Eso sólo debería darnos para reflexionar y pensar para que eso al menos no se vuelva a repetir.
Con toda razón, señores Senadores, cuando hubo que abordar la crisis y tomar medidas para superarla -mas allá de las diferencias que podamos tener y que tuvimos en esa misma materia con el Gobierno de la época- ellas se fundaron en razones de orden público económico, porque era imprescindible hacerlo, dado que una quiebra del sistema bancario habría acarreado un daño aun mayor al país.
Ciertamente, ese razonamiento es valedero. Sin embargo, es bueno no perder de vista las razones de por qué ocurrieron esos hechos. En parte -y muy importante- ello se debió a una legislación bancaria imperfecta, que no estaba de acuerdo con los tiempos, pero también al hecho de que algunos ejecutivos bancarios actuaron en ese momento, según algunos, con temeridad, y los hubo, asimismo, que procedieron con dolo. La legislación bancaria era tan imperfecta que todavía penden de la justicia muchas causas sobre la materia.
Pues bien, todo esto daña el orden público económico, que es fundamental para que una sociedad pueda desarrollarse en plenitud. Y lo daña especialmente tratándose de una materia tan delicada como la banca, que se funda en el crédito, concepto que proviene de confianza, de creer. Por eso es tan importante una legislación adecuada en esta materia, además del servicio que presta la banca al sistema financiero. Por lo mismo, desde mi punto de vista, se haría más daño que el que provocó la crisis si no se diera cumplimiento a la forma ideada en el tiempo para superarla, y el perjuicio que se causaría a la comunidad nacional entera sería realmente de proporciones, pues daría lo mismo cumplir o no cumplir, pagar o no pagar. Y esto no conviene perderlo nunca de vista.
Por lo anterior, es bueno no generalizar. Porque así como entre quienes manejaron la banca hubo algunos que cometieron delitos económicos gravísimos -en nuestra sociedad, quizás por un defecto de formación, los delitos "de cuello blanco" son incluso bien mirados y ni siquiera han tenido la sanción moral que corresponde-, también hubo empresarios (y por esa razón quiero dejar asentado esto) que actuaron con responsabilidad. La prueba está en bancos que quedaron con deuda subordinada y que han cumplido, mientras otros no lo han hecho.
Algunas veces, obviamente, la propia dinámica del negocio o la forma de enfrentarlo hacen imposible el cumplimiento. Pero hubo banqueros que pagaron y se esmeraron en ello. Hay uno en especial que deseo recordar, don Jorge Yarur, quien, por paradoja del destino, dejó de existir el mismo día en que terminó de cancelar la deuda del Banco dé Crédito e Inversiones.
Es bueno tenerlo presente, porque -repito- no conviene generalizar, sino más bien valorar todo esto y entender que la legislación que se dicte debe servir para perfeccionar un sistema que haga posible el desarrollo económico, pero de ninguna manera para permitir subterfugios o caminos cortos que faciliten a algunos sacar ventajas, como lamentablemente ha ocurrido. Eso es lo que debe preverse. Y como, no obstante ser positiva, ésta no será una ley perfecta, ya habrá tiempo de ir viendo caso a caso las disposiciones que debamos adoptar para que se enmarquen dentro del criterio que estoy señalando. No quería dejar pasar esta oportunidad, al fundamentar mi voto afirmativo, para aclarar derechamente este punto.
Por otra parte, un señor Senador dijo que era muy peligroso lo que pasaba con los tenedores de títulos, de acciones, que transitaban por las calles del centro. Es segunda vez que le escucho tal afirmación. Para mí lo son mucho más algunas conversaciones o rumores que se oyen en la calle Huérfanos. No vaya a ser cosa que una legislación como ésta permita a quienes crearon la crisis años atrás volver a tomar la propiedad de los bancos, con dineros cuyo origen todos conocemos. Y en esto, es bueno no tropezar con la misma piedra. Una sociedad que pretende modernizarse no puede olvidar y debe partir por respetarse, para que los audaces que ayer hicieron un daño inmenso al país no crean que van a poder repetirlo y, por esa vía, dañar la fe pública y, lo que es más grave, las bases de un sistema sano que todos queremos para Chile.
He dicho.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Recuerdo a Sus Señorías que estamos a cinco minutos del término de la hora fijada para votar.
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.


El señor LAVANDERO.- En parte de una intervención mía en sesión realizada el 24 de abril de 1990, señalé lo siguiente:
"¡Estoy hablando, señor Presidente, de 3.200 millones de dólares, que constituyen la cartera vencida" -después sería la cartera vendida al Banco Central- "de la banca privada, de cuya eficiencia hoy se jactan, en circunstancias de que mediante una serie de sociedades de papel, sociedades fraudulentas, se hizo una verdadera exacción de las riquezas nacionales!
"Y lo curioso, señor Presidente, es que esos 3.200 millones de dólares, que equivalen a más de 900 mil millones de pesos, si uno mira los balances de los bancos, no figuran en ninguna parte; son deudas que les canceló el Fisco por intermedio del Banco Central.". Y agregaba más adelante:
"Esa cantidad enorme de dinero la adeudan principalmente tres bancos privados:"..."Y deberían pagarla expresada en unidades de fomento, con un interés anual de 5%.
"¿Existe algún deudor modesto que disfrute de semejantes condiciones, señor Presidente?
"El plazo de pago se alarga hasta el infinito mediante una ley arbitraria y no democrática. Y, a la postre, la cancelación de la deuda no se producirá jamás.
"Varias respuestas se requieren acerca de este grave latigazo al estómago de los pobres; de los enfermos; de los jubilados y montepiadas; del hombre de trabajo, obrero o empresario, y, en general, de todos los grandes perjudicados por esta fría economía de mercado que estableció el Régimen anterior y que nos hizo creer que los privados enriquecidos primero devolverían después al pueblo, con su solidaridad, algunas conquistas.
"Si estimamos el crecimiento anual de la unidad de fomento, en su valor en pesos, en un moderado 20%, más el interés anual de 5% sobre esa cuantiosa obligación, resulta que el reajuste anual de la deuda, que iría "in crescendo", sería una cifra cercana a los 250 mil millones de pesos. De manera que en esta misma suma se incrementarán los 3.200 millones de dólares.
"Las utilidades de todos los bancos en 1989 fueron del orden de 117 mil millones de pesos. Es decir, menos de la mitad de lo que costaría servir esa tremenda deuda externa derivada del mal manejo que de esta actividad privada bancaria se hizo a contar de 1982.". Después añadía:
"Señor Presidente, cabe agregar que hay deudores que están pagando sus obligaciones a los respectivos bancos. ¿Cuantos de ellos? ¿Qué montos? ¿Qué interés? Cabría suponer que los bancos salvados de la quiebra deberían trasladar la generosidad estatal del Gobierno pasado a sus propios deudores, para así aliviar su pesada carga.".
Reitero que estas expresiones las pronuncié en 1990. Y proseguí diciendo:
"No ocurre nada semejante." -esto se refiere a que no se den facilidades a los deudores de esos mismos bancos, cuya componente de deuda es parte de la cartera vendida, hoy deuda subordinada- "Es de conocimiento público que algunos grandes empresarios han logrado muy especiales soluciones a sus problemas crediticios.
"El primer paso para esclarecer ésa y otras interrogantes de esta verdadera exacción de los fondos públicos debe ser un informe exhaustivo y minucioso de la Superintendencia de Bancos, que contenga el proceso completo de esta deuda colosal: cómo se originó; quién ideó este curioso arreglo; cuáles son las instituciones favorecidas; monto de las cantidades tan liberal-mente facilitadas a cada una de ellas; servicios anuales que hayan efectuado con relación a las utilidades percibidas por ellas mismas; identidad de cada deudor, y un balance completo del estado de recuperación por cada banco de sus propias carteras. ¡El Estado y el país tienen el derecho inalienable de conocer todos y cada uno de estos antecedentes!".
Estos elementos fueron enviados al señor Superintendente de Bancos a través de un oficio que fue solicitado en la sesión 8a, de \ 24 de abril de 1990.
Por lo tanto, este tema ya fue expuesto antes de que lo hiciera algún señor Senador, y a nadie le interesó ni le causó preocupación; por el contrario, todo el mundo se hizo el indiferente.
Por esas razones, después de cinco años, me complace el que haya llegado esta normativa, que no es la solución, como muchos de nosotros hubiésemos deseado. No obstante, de alguna manera, el Banco Central establece un plazo para recuperar esos dineros que son de todos los chilenos. Y eso implica que, pese a no ser el mejor proyecto, esté dispuesto a votarlo favorablemente.
Por último, me permito, amistosamente, rectificar al Senador señor Bitar, y señalarle que en 1990 -un año antes- hice tres i intervenciones -ésta es una de ellas- sobre el particular.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Ha pedido la palabra el Honorable señor Pérez. Sin embargo, como llegó la hora que habíamos fijado,...
El señor PÉREZ.- Un minuto, señor Presidente.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- ...solicito prorrogarla para permitir que el señor Senador intervenga y, luego, votar el proyecto.
El señor RUIZ (don José).- ¿Por qué no fundamentamos el voto, señor Presidente?
El señor PÉREZ.- Mi intervención durara exactamente un minuto, señor Senador.
El señor RUIZ (don José).- Por eso, votemos...
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- He solicitado el acuerdo de la Sala para prorrogar la hora a fin de que el Honorable señor Pérez pueda hacer uso de la palabra. Eso es todo.
El señor MUÑOZ BARRA.- No daré mi asentimiento, señor Presidente.
El señor ERRAZURIZ.- De acuerdo, señor Presidente. Sólo un minuto.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Ha prometido que su intervención será muy breve.
El señor MC-INTYRE.- Conforme, señor Presidente.
El señor LARRE.- Muy bien.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Pérez.


El señor PÉREZ.- Gracias, señor Presidente. La verdad es que en el curso de las distintas intervenciones se aprecian dos tipos de valoraciones frente al proyecto en debate. Una es la proveniente del señor Ministro de Hacienda, don Eduardo Aninat, quien reconoce el aporte que han realizado los distintos sectores políticos a esta iniciativa. A mí me correspondió trabajar en la Comisión del ramo, y sé que hubo un enorme espíritu de servicio público y una profunda rectitud de intención de parte del Presidente de la misma y de todas las personas que colaboraron para atender este problema, que se arrastra por muchos años.
El proyecto es muy complejo, pero, ciertamente, me parece injusto que, a partir de él, se trate de hacer una suerte de juicio a la ciudad, a quienes fueron los agentes económicos -cabe recordar que les tocó vivir una época muy difícil en Chile- que participaron en la crisis de la deuda subordinada, que hoy se pretende regular a través de la normativa en análisis.
La verdad es que nuestro país, en 1982, 1983 y 1984, junto a todas las naciones, vivió la segunda crisis más dura de este siglo: la llamada "crisis de la deuda". Esta se debió, en parte, a políticas monetarias -hubo un cambio fijo durante mucho tiempo-, pero, fundamentalmente, a un deterioro en los términos de intercambio, que azotó con singular fuerza a Chile. De no haberse producido, no habría ocurrido el problema al cual hoy buscamos solución en un proyecto.
En efecto, el menor precio del cobre que experimentó nuestro país entre 1975 y 1983, o el mayor valor del petróleo que tuvo que pagar durante ese lapso, en el Gobierno del general Pinochet, en relación con los precios del petróleo y cobre que se habían registrado entre 1964 y 1973, en los períodos de los Presidentes Frei y Allende, significaron a Chile 27 mil millones de dólares de deterioro en los términos de intercambio. Es una cifra muy superior a la que hoy analizamos como una cuestión grave en la economía del país.
Por eso, me parece muy injusto hacer un juicio a la ciudad. No tengo dudas de que pueden haber existido empresarios, en el sector financiero, que hayan actuado dolosamente, pero tampoco la tengo en el sentido de que la crisis económica vivida por el país en esos años fue la causa fundamental por la cual los deudores, modestos o no, no pudieron cumplir con sus compromisos y los bancos entraron en falencia.
He dicho.

El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Se procederá a la votación. Si hay quorum -26 señores Senadores- y existe consenso, se dará por aprobado en general el proyecto.
El señor THAYER.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Excúseme, señor Senador. El Honorable señor Errázuriz ha pedido oficiar al Banco Central acerca de los puntos a que hizo referencia en su intervención.
Si le parece a la Sala, se enviará el oficio solicitado, en nombre del señor Senador.
Acordado.
¿Habría consenso para aprobar la idea de legislar acerca del proyecto?
El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, ¿vamos a fundar el voto?
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Estoy solicitando a la Sala -si hay consenso- darlo por aprobado en general, sin necesidad de fundamentar el voto. A menos que exista otra decisión y se desee votar nominalmente.
El señor ERRAZURIZ.- Me parece adecuado, señor Presidente. Si hay unanimidad, podemos aprobarlos en tales términos. Es mucho más importante.
El señor THAYER.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Tha-yer.
El señor THAYER.- Señor Presidente, tengo urgencia en retirarme, pero antes quiero dejar manifestado mi voto favorable al proyecto.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).-
Ruego a Su Señoría que tenga la bondad de esperar a que se reúna el quorum.
-Por unanimidad, se aprueba en general el proyecto, dejándose constancia, para los efectos del quorum constitucional requerí-do, de que emitieron pronunciamiento favorable 29 señores Senadores.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Se ha propuesto fijar plazo para formular indicaciones hasta el 6 de marzo, a las 12.
La señora FELIU.- Es preferible extenderlo hasta el 12 de marzo, señor Presidente.
El señor ERRAZURIZ.- De acuerdo.
El señor MC-INTYRE.- Hay muchas materias pendientes para el 6 de marzo.
El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Si le parece a la Sala, se establecerá como plazo para presentar indicaciones hasta el 12 de marzo, a las 12.
Acordado.