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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 338ª, ORDINARIA
Sesión 1ª, en martes 2 de junio de 1998
(De 16:16 a 18:23)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES ANDRÉS ZALDÍVAR, PRESIDENTE,
Y MARIO RÍOS, VICEPRESIDENTE
SECRETARIOS, LOS SEÑORES JOSÉ LUIS LAGOS LÓPEZ, TITULAR,
Y CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, SUBROGANTE
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Bitar Chacra, Sergio
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Chadwick Piñera, Andrés
--Cordero Rusque, Fernando
--Díez Urzúa, Sergio
--Fernández Fernández, Sergio
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Hamilton Depassier, Juan
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Cosgrove, Julio
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martínez Busch, Jorge
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Novoa Vásquez, Jovino
--Ominami Pascual, Carlos
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Pérez Walker, Ignacio
--Pinochet Ugarte, Augusto
--Pizarro Soto, Jorge
--Prat Alemparte, Francisco
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Urenda Zegers, Beltrán
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrió, además, el señor Ministro Secretario General de la Presidencia.
Actuó de Secretario el señor José Luis Lagos López, y de Prosecretario, el señor Carlos Hoffmann Contreras.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:16, en presencia de 26 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. CUENTA

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.

El señor HOFFMANN (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Nueve de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con el primero, comunica que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 70 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto de ley que introduce modificaciones al Código de Minería en relación con la superposición de pertenencias mineras. (Boletín Nº 814-08).
-Se envía al Excelentísimo Tribunal Constitucional, de conformidad a lo establecido en el artículo 82, Nº 1º, de la Carta Fundamental.
Con los ocho restantes hace presente la urgencia, en el carácter de "Simple", respecto de los siguientes proyectos de ley:
1) El que establece el pago de un derecho por el uso de vías urbanas afectas a congestión vehicular. (Boletín Nº 433-15);
2) El que modifica el Código Civil y otros cuerpos legales en materia de filiación. (Boletín 1060-07);
3) El que modifica disposiciones del Código Penal que sancionan casos de corrupción. ( Boletín Nº 1177-07);
4) El relativo a la probidad administrativa de los órganos de la Administración del Estado. (Boletín Nº 1510-07);
5) El que modifica la ley Nº 18.965, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en materia de gestión municipal. (Boletín Nº 1598-06);
6) El que establece nuevo Código de Procedimiento Penal. (Boletín Nº 1630-07);
7) El que modifica la ley Nº 19.234, que establece beneficios previsionales para exonerados por motivos políticos. (Boletín Nº 1978-13), y
8) El relativo a las plantas de la Policía de Investigaciones de Chile. (Boletín Nº 2130-02).
--Se tienen presentes las nuevas calificaciones, y se manda agregar los documentos a sus respectivos antecedentes.
Oficios
Dos de la Cámara de Diputados:
Con el primero, comunica que ha aprobado en los mismos términos en que lo hiciera el Senado, el proyecto de acuerdo que aprueba el "Convenio sobre Traslado de Personas Condenadas", adoptado por el Consejo de Europa, en Estrasburgo, el 21 de marzo de 1983. (Boletín Nº 1769-10).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar a Su Excelencia el Presidente de la República.
Con el segundo, informa que ha dado su aprobación a la enmienda propuesta por el Senado al proyecto de acuerdo relativo al Tratado entre Chile y la República Federal de Alemania sobre Fomento y Recíproca Protección de Inversiones y su Protocolo Anexo, suscritos en Santiago, el 21 de octubre de 1991. (Boletín Nº 629-10).
--Se toma conocimiento y se manda archivar junto a sus antecedentes.
De la Excelentísima Corte Suprema, con la que comunica la lista de los integrantes de ese alto tribunal que asistirán a la sesión de la Comisión que indica.
--Se toma conocimiento.
Del señor Ministro del Interior, con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, referido a los recursos necesarios para realizar sendas de penetración y caminos económicos.
Del señor Ministro de Relaciones Exteriores, con el que responde a un oficio enviado en nombre del Senador señor Larraín, acerca de la materialización del paso fronterizo Pehuenche.
Dos de la señora Ministra de Justicia:
Con el primero, contesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Stange, relativo al funcionamiento de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.
Con el segundo, responde a un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, referido al centro de reclusión especial de Melimoyu.
Del señor Ministro de Trabajo y Previsión, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Hamilton, relativo a un anteproyecto de ley que faculte a participantes de programas que señala para enterar imposiciones y reconocerlos para efectos previsionales.
Cuatro del señor Ministro de Agricultura, con los que da respuesta a sendos oficios enviados en nombre del Senador señor Horvath, referidos al endeudamiento de la Undécima Región, y a la bonificación, fondos y acciones contemplados para la aplicación del decreto ley 701, de 1974, sobre fomento forestal, respectivamente.
Del señor Ministro de Educación, con el que contesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, acerca del financiamiento del sector de educación municipal.
Del señor Ministro de Obras Públicas, con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, referido al desarrollo de Puerto Williams.
Dos del señor Ministro de Vivienda y Urbanismo:
Con el primero, contesta a un oficio enviado en nombre de la Senadora señora Matthei, relativo a la evacuación de aguas lluvias en la ciudad de Illapel.
Con el segundo, responde a un oficio enviado en nombre de la Senadora señora Matthei, referido a la reconstrucción de las viviendas dañadas por el sismo que afectó al año pasado a la Cuarta Región.
Dos del señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, con el que contesta sendos oficios enviados en nombre del Senador señor Horvath, relativo a radiocomunicaciones en la comuna de Las Guaitecas, y a la reciprocidad contenida en los acuerdos que se negocian o se han negociado con la República Argentina.
De la señora Ministra de Bienes Nacionales, con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre de la Senadora señora Frei (doña Carmen), acerca de traspaso de terreno que señala a la Municipalidad de Antofagasta.
Dos del señor Ministro Secretario General de la Presidencia:
Con el primero, contesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Bombal, relativo a la Contraloría General de la República.
Con el segundo, responde a un oficio enviado en nombre del Senador señor Vega, referido a la Agencia Chilena del Espacio.
Del señor Intendente de la Décima Región, con el que responde a un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, acerca de intensificar la investigación de la marea roja.
Del señor Director Nacional de Pesca, con el que da respuesta a sendos oficios enviados en nombre del Senador señor Horvath, referidos al control y funcionamiento de las cuotas de pesca, respectivamente.
Del señor Director General de Deportes y Recreación, con el que contesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Moreno, relativo a instalaciones deportivas del establecimiento educacional "Giuseppe Bartoluzzi", de San Fernando.
Del señor Director del Servicio Nacional del Consumidor, con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Errázuriz, referido a cargos y denuncias formulados por el señor Iván Seisdedos Acchiardo.
Del señor Director del Instituto Nacional de Desarrollo Agropecuario, con el que contesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Matta, relativo a programas para la recuperación de suelos degradados.
Del señor Alcalde de Malloa, con el que responde a un oficio enviado en nombre del Senador señor Chadwick, referido a mejoramiento del cauce fluvial en el sector de Rigolemu.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Del señor Ministro de Relaciones Exteriores con el que remite, previo al envío del proyecto de acuerdo, el texto del Tratado de Libre Comercio suscrito entre las Repúblicas de Chile y México.
--Queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión de Relaciones Exteriores.
Del señor Presidente de la Corte de Apelaciones de Santiago, con el que remite el fallo dictado en el recurso de protección interpuesto por doña Isabel Huincahue en contra del Director de Investigaciones y el Contralor General de la República.
--Se toma conocimiento y queda a disposición de los señores Senadores.
Proyecto de Acuerdo
De los Senadores señores Larraín y Chadwick, con la que proponen que Su Excelencia el Presidente de la República, en nombre del Senado de Chile, proteste formalmente ante el Jefe de Estado de Cuba, por la falta de colaboración del gobierno y justicia de ese país para esclarecer la presencia en dicho territorio de los dos condenados por el asesinato del Senador Jaime Guzmán, posteriormente fugados. (Boletín S 340-12)
--Queda para el tiempo de votaciones de la próxima sesión ordinaria.
Solicitud
Del señor Leonidas Alejandro Canales Garrido, con la que pide la rehabilitación de su ciudadanía. (Boletín Nº S 341-04).
--Pasa a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía. (Véase en los Anexos, documento 1).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la Cuenta.
IV. ORDEN DEL DÍA


DÍAS Y HORAS DE SESIONES

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63, inciso 2º, del Reglamento, corresponde, en primer término, fijar los días y horas de las sesiones ordinarias.

El señor HOFFMANN (Prosecretario).- Se propone fijar como días y horas de sesiones ordinarias los días martes y miércoles, de 16 a 20, y los jueves -con el carácter de extraordinaria-, de 10:30 a 14.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará tal proposición.
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz De Giorgio, hasta por diez minutos.



DECLARACIONES CONTRARIAS A PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS DEL SENADOR SEÑOR ERRÁZURIZ

El señor RUIZ (don José).- Señor Presidente, quiero molestar la atención de los señores Senadores, porque se ha producido una situación, a mi juicio, de extrema gravedad.
Los Senadores podemos tener discrepancias entre nosotros, y defender con mucha vehemencia nuestros puntos de vista; pero no corresponde caer ni en el insulto ni en la grosería, y mucho menos cuando esto se hace con publicidad.
Considero que las declaraciones del Honorable señor Errázuriz, como Presidente de la Comisión de Economía, en Magallanes, tanto a través de la prensa como de la radio, ameritan que se tomen algunas medidas en su contra, no solamente para defender el honor de quien habla, sino también, el prestigio de esta Corporación.
Existe un proyecto en el Congreso -se halla en el Senado de la República desde octubre del año pasado-, que otorga beneficios a la provincia de Palena y a las Regiones de Aisén y de Magallanes, cuya urgencia fue calificada de "Simple" por el Presidente de la República, en octubre pasado. La Comisión de Economía lo aprobó en general en enero del presente año, y su tratamiento fue suspendido a raíz del receso parlamentario de febrero. En marzo no se reanudó su discusión, porque hubo atraso en la constitución de las Comisiones.
El 8 de abril me incorporé a la Comisión de Economía para participar en el debate del citado proyecto, y sólo para ese objetivo, dado que soy titular de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura. Así lo hice presente, por lo demás, en aquélla.
El 14 de mayo, a través de los medios de comunicación de Magallanes, el Senador señor Errázuriz informó que la Comisión de Economía del Senado -que preside- no realizaría el viaje que tenía programado a esa región. Dijo que "en consideración a que los senadores de la comisión, por diversas razones y después de haberse acordado el viaje por la unanimidad, anunciaron que no podrían realizarlo. En consecuencia," -señaló- "sólo concurriría el presidente de la comisión de Economía y los senadores de ambas regiones". Agregó más adelante: "El ex Comandante en jefe del Ejército y actual senador vitalicio, Augusto Pinochet, aceptó la invitación del presidente de la comisión de Economía para viajar a Punta Arenas con sus integrantes y de paso respaldar el Plan Austral".
Al involucrar al Senador señor Pinochet en su viaje a Magallanes sin consultar a los miembros de la Comisión, y considerando la imposibilidad de los Parlamentarios para presentar indicaciones que efectivamente mejoren los beneficios contemplados en el proyecto en trámite en el Senado, estimé que la acción del Honorable señor Errázuriz era un acto de aprovechamiento político. En efecto, la presencia del Senador señor Pinochet en Magallanes desviaría la atención del proyecto y se generaría una situación de tensión innecesaria.
Respecto del atraso de la discusión particular del mencionado proyecto en la Comisión de Economía, y no constándome que el Senador señor Pinochet hubiera aceptado viajar a Magallanes, no me referí a su persona, pero denuncié la maniobra del Honorable señor Errázuriz diciendo lo siguiente:
"Los problemas no se arreglan con algunas medidas populistas ni mucho menos con algún aprovechamiento como el que ha intentado el senador Errázuriz, presidente de la Comisión de Economía del Senado, quien ha sido responsable que durante meses el proyecto esté prácticamente paralizado en el Senado, aun cuando pueda ser aceptable su propuesta inicial de haber informado a los nuevos miembros de la Comisión los alcances de la iniciativa.
"No es aceptable que estemos dos meses sin haber avanzado nada en la discusión del articulado en un proyecto que ya estaba aprobado en general y que ahora sólo correspondería analizar artículo por artículo, ver cuáles son los problemas que tiene y en qué se puede mejorar".
La publicación que el diario "La Prensa Austral" del 19 de mayo de 1998 hace sobre tal declaración, contiene un error periodístico, pues señaló que yo estaría responsabilizando al Senador señor Errázuriz por dos años de atraso del proyecto, y eso no es cierto. No obstante, de la lectura inteligente del mencionado párrafo, debe concluirse que existe dicho error periodístico, ya que al citarme (entre comillas) el artículo indica que "no es aceptable que estemos dos meses¿", que fue lo que señalé.
El 19 de mayo a las 17:16 se envió por fax al diario "La Prensa Austral" una declaración de prensa del Senador señor Errázuriz, con su firma, titulada: "El Senador Ruiz De Giorgio es un politiquero mentiroso", la cual fue publicada por el mismo medio el 20 de mayo.
Además del citado titular, cabe destacar que el Senador señor Errázuriz al iniciar su declaración afirma: "En publicación del Diario La Prensa Austral, el Senador Ruiz di Giorgio señala textualmente lo siguiente respecto de mi persona. "Lo culpo como responsable de que prácticamente durante dos años el Plan Austral esté prácticamente paralizado en el Senado".".
Estas afirmaciones no concuerdan realmente con lo publicado en dicho medio, pues lo que señala el Senador señor Errázuriz como declarado textualmente por el Senador señor Ruiz de Giorgio sólo corresponde a lo afirmado erróneamente por el redactor del artículo, como se explicó anteriormente.
Cabe destacar que en la afirmación del Honorable señor Errázuriz se hace aparecer la declaración del Senador que suscribe, la opinión del redactor del artículo, y para ello incluso se omite el acento de la palabra "culpó" que sí aparece en el diario "La Prensa Austral" del 19 de mayo pasado.
El Senador señor Errázuriz, luego de señalar los días y horas de la sesión de la Comisión de Economía del Senado desde que él la preside, sostiene que ello se ha realizado "el mayor número de las veces sin la presencia del Senador Ruiz di Giorgio que se ha excusado de asistir".
De acuerdo con un certificado emitido por el Secretario de la referida Comisión, el señor Roberto Bustos, ésta sesionó entre el 8 de abril (fecha de mi incorporación) y el 13 de mayo en ocho ocasiones, de las cuales no estuve presente en tres oportunidades, lo que no corresponde -primero- al "mayor número de las veces". Desde que se comenzó a tratar el proyecto de desarrollo de la zona austral sólo falté el 21 de abril por un problema dental -tampoco concurrí al Senado-, y con motivo de la realización de sesiones conjuntas de las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social. En una de ellas se trataba el proyecto de reajuste del salario mínimo, y en la otra, el relativo al test de embarazo, en el cual tenía indicaciones que defender.
El Senador señor Errázuriz, además, hizo declaraciones a la radio "Paine" de Puerto Natales, del mismo tenor de las formuladas al diario "La Prensa Austral" y que fueron grabadas en cinta magnetofónica, cuya transcripción puedo adjuntar.
Llaman la atención algunas declaraciones del señor Senador respecto de sus colegas del Senado, pues sostiene: "Ahora bien, algunos estaban enfermos, verdad, otros no podían, pero no se preocupen, los voy a llevar de una oreja". Es decir, el llevará a los Senadores de una oreja.
Finalmente, "La Prensa Austral" hizo una aclaración, señalando:
"Por un error involuntario de transcripción, en la nota del martes 19 que dio cuenta de las declaraciones del Senador Ruiz De Giorgio en torno al Plan Austral se señaló que el parlamentario magallánico culpaba al Senador Francisco Javier Errázuriz de los "dos años " de retraso del proyecto de Ley en la Cámara Alta.
"En verdad, Ruiz De Giorgio se refería a dos meses. Lamentamos la equivocación y ofrecemos nuestras excusas por las molestias que el error causó".
De esta aclaración del diario "La Prensa Austral" han transcurrido ya dos semanas y el Senador señor Errázuriz no ha tenido la deferencia de acercarse al suscrito para, por lo menos, darle alguna explicación.
Estimados señores Senadores, deseo manifestar que la conducta del Honorable señor Errázuriz no es casual. Públicamente se ha referido al Senado en términos absolutamente inconvenientes; y tan así es que hace un par de semanas se reunieron los Comités para analizar qué medidas se tomarían frente a declaraciones que, en el fondo, dañaban la imagen de la Corporación.
El Senador señor Errázuriz ha participado en distintas Comisiones: por ejemplo, la de Agricultura, donde se discuten proyectos que tienen relación con sus intereses económicos; de Minería, donde hay iniciativas que también se relacionan con sus intereses económicos, y lo mismo sucede en la Comisión de Pesca y Acuicultura.
Estimo que debe llevarse adelante la iniciativa que como Presidente de la Corporación planteó, en su oportunidad, el Honorable señor Valdés, quien sostuvo la necesidad de una Comisión de Ética, porque lo que más desprestigia a la política, y de hecho a una institución tan importante como el Senado, es la conducta y la actuación de algunos de sus integrantes. Y concretamente me refiero al Honorable señor Errázuriz, cuya conducta deja mucho que desear.
Por lo tanto, solicito a la Sala que se apruebe la constitución de una Comisión de Etica que investigue los hechos que estoy denunciando aquí, porque esto no puede quedar impune, no sólo por lo que atañe a mi persona -me puedo defender sólo-, sino por el desprestigio de una institución tan importante como el Senado de la República que, a mi juicio, con el conjunto de falsedades que se han hecho públicas en mi región y con la forma en que se ha referido a un colega del Parlamento, se afecta seriamente la honorabilidad de esta rama legislativa.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En cuanto al tema planteado, sería necesario que Su Señoría presente un proyecto de acuerdo para que la Sala pueda pronunciarse sobre el mismo.
A continuación, el señor Secretario dará a conocer los acuerdos de los Comités.


ACUERDOS DE COMITÉS

El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).- En reunión de hoy, los Comités adoptaron los siguientes acuerdos:

1.- Celebrar una sesión extraordinaria el miércoles 10 del mes en curso, a las 10:30, para conocer los asuntos de tabla.

2.- Rendir homenaje al ex Senador don Humberto Palza Corvacho en el primer lugar de la sesión de mañana, a continuación de la Cuenta.

3.- Levantar la sesión de hoy a las 19.

4.- Proponer como tabla para la sesión de hoy los siguientes asuntos: primero, el informe de la Comisión Mixta formada en virtud de lo dispuesto en el artículo 68 de la Constitución Política, aprobado por la Cámara de Diputados, recaído en el proyecto que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza, N° 18.962, incorporando a los establecimientos que indica, como entidades de educación superior reconocidas por el Estado; segundo, el proyecto de la Cámara de Diputados, signado con el número 2 en la proposición de tabla ordinaria de hoy, que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, N° 18.695, en materia de gestión municipal, con segundo informe complementario de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización; tercero, el proyecto, signado con el número 6, de reforma constitucional, en tercer trámite, que modifica el artículo 74 de la Carta Fundamental en lo referente a la oportunidad para solicitar la opinión de la Corte Suprema y el plazo en que ésta deba responder; cuarto, el proyecto, signado con el número 7, en tercer trámite constitucional, que autoriza erigir un monumento, en la ciudad de Punta Arenas, en memoria del Cardenal don Antonio Samoré; y quinto, el proyecto de acuerdo de la Cámara de Diputados, signado con el número 11, que aprueba el Convenio de Cooperación en Materia de Salud, suscrito entre los Gobiernos de Chile y Argentina, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.

5.- Confeccionar la tabla de la sesión de mañana de acuerdo a la calificación de las urgencias enviadas por Su Excelencia el Presidente de la República, pero se trataría en Fácil Despacho el punto 5 de la proposición de tabla ordinaria para hoy, es decir, el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto que modifica los artículos 66 y 69 de la ley Nº 19.253, sobre protección, fomento y desarrollo de los pueblos indígenas, respecto de la constitución del dominio en la Isla de Pascua para los miembros de la comunidad rapa nui.

El señor PIZARRO.- Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, respecto a los acuerdos de Comités, quiero consultar si el proyecto sobre filiación, que estábamos tratando en sesiones anteriores, se seguirá discutiendo mañana, porque nada de ello se menciona en dichos acuerdos.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Según lo señalado por los Comités, la tabla para mañana se confeccionaría atendiendo a las urgencias. Y el proyecto sobre filiación viene con urgencia calificada de "Simple", por lo que quedaría en la misma posición que tenía antes, esto es, en el primer lugar de la tabla.

El señor PIZARRO.- En seguida -según entiendo-, el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto que modifica el sistema de remuneraciones del personal del Ministerio de Obras Públicas, de sus servicios dependientes y del Instituto Nacional de Hidráulica, ya fue aprobado por la Cámara de Diputados, y se suponía que iba a darse cuenta de ello en esta sesión.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No ha llegado el informe, señor Senador.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, ¿existe la posibilidad de que si llegara en el curso de la tarde, pudiera darse cuenta de él, a fin de tratarlo y despacharlo en la sesión de mañana?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si el informe llega antes de que termine esta sesión, podría solicitar que se incluya en la Cuenta de hoy. Pero -repito- hasta el momento eso no ha ocurrido.

La señora FREI.- Señor Presidente, ¿hay sesión mañana a las 10:30, o el próximo miércoles?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El miércoles de la próxima semana, señora Senadora. Como el jueves de esa semana es feriado, el acuerdo es realizar sesiones en la mañana (sesión extraordinaria) y en la tarde (sesión ordinaria).



RECONOCIMIENTO POR EL ESTADO COMO ENTIDADES DE EDUCACIÓN SUPERIOR A ESTABLECIMIENTOS DE CARABINEROS E INVESTIGACIONES. INFORME DE COMISIÓN MIXTA


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza, N° 18.962, incorporando a los establecimientos que indica como entidades de educación superior reconocidas por el Estado. (Véase en los Anexos, documento 2).
¿Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 61ª, en 15 de mayo de 1996.
En trámite de Comisión Mixta, sesión 35ª, en 10 de marzo de 1998.
Informes de Comisión:
Educación, sesión 34ª, en 10 de septiembre de 1997.
Educación (segundo), sesión 31ª, en 21 de enero de 1998.
Mixta, sesión 1ª, en 2 de junio de 1998.
Discusión:
Sesiones 13ª, en 18 de noviembre de 1997 (se aprueba en general); 32ª, en 21 de enero de 1998 (se aprueba en particular).

El señor LAGOS (Secretario).- En el informe se deja constancia de que la proposición que se formula debe aprobarse con quórum de ley orgánica constitucional.
La Comisión Mixta se constituyó, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Constitución Política, con motivo de que la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional, rechazó todas las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto.
Con el objeto de solucionar las divergencias suscitadas entre ambas ramas del Congreso, en mérito de las razones que expresa, la Comisión formula la proposición que transcribe en su informe.
La Cámara de Diputados, mediante oficio Nº 1.960, de 19 de mayo de 1998, comunica que ha dado su aprobación al informe de la Comisión Mixta constituida sobre esta materia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión el informe.

Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.

El señor MUÑOZ BARRA.- Señor Presidente, en efecto, hoy nos corresponde discutir el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto que introduce diversas enmiendas a la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza, N° 18.962.
Creo que vale la pena señalar que la proposición que se formula como un todo requiere ser aprobada con el quórum que la Constitución Política exige para las leyes orgánicas constitucionales, atendido -como señalé- que modifica la referida ley orgánica constitucional.
Se constituyó una Comisión Mixta, por haberse producido dificultades entre ambas ramas del Congreso. La Cámara de Diputados rechazó, en tercer trámite constitucional, la totalidad de las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto, recaídas en las letras a), b), c), d), e), f) y h) del artículo único, y en su artículo transitorio.
No tiene objeto que dé lectura a todos estos incisos, por cuanto en el informe y en el boletín comparado, que obran en poder de Sus Señorías, están indicadas las modificaciones propuestas por el Senado, el proyecto aprobado por la Cámara de Diputados y lo acordado por la Comisión Mixta, que propone aprobar el proyecto del Senado con las enmiendas que indica.
En favor del tiempo, diría que lo más importante fue lo que aprobó el Senado, en segundo trámite, al sustituir el artículo 72 primitivo del proyecto. La norma sustitutiva modificó el inciso primero de este artículo incorporando al Instituto Superior de la Policía de Investigaciones de Chile entre las entidades que tendrán las facultades de establecimiento de nivel superior.
Debo recordar que la norma vigente declara que las Academias de Guerra de las Fuerzas Armadas, las Academias Politécnicas Militar, Naval y Aeronáutica, la Escuela Técnica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Instituto Superior de Ciencias Policiales de Carabineros de Chile, son entidades que podrán otorgar, además de títulos profesionales, toda clase de grados académicos en los ámbitos inherentes a sus respectivos quehaceres profesionales.
En los incisos segundo y tercero que el Senado propuso, se agregó a la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos como entidad que podrá también conferir toda clase de grados académicos, y se facultó a las Escuelas Militar, Naval, de Aviación, de Carabineros y de Investigaciones Policiales, en lo que corresponda a estudios superiores, para otorgar títulos profesionales inherentes a la especificidad de su función militar o policial, en conformidad con la naturaleza de la enseñanza impartida y en la esfera de su competencia.
La Comisión Mixta acordó proponer, para dirimir la controversia, que se aprobara el texto del Senado, con las modificaciones consignadas en el texto comparado que tienen los señores Senadores.
Finalmente, sólo me cabe señalar que la proposición sometida al consentimiento de los señores Senadores, como acuerdo de la Comisión Mixta, elimina el artículo 73 bis consultado originalmente, que facultaba al Ministerio de Educación para certificar la equivalencia de los títulos otorgados por las instituciones a que alude el proyecto.
La mencionada Comisión estuvo integrada por los Senadores señores Chadwick, Díez, Muñoz Barra, Ruiz-Esquide y Vega, y por los Diputados señores Ávila, Errázuriz, Ortiz, Ulloa y Valenzuela.
El acuerdo fue adoptado por la unanimidad de sus integrantes, y posteriormente la Cámara Baja, durante el tercer trámite, también aprobó en forma unánime el proyecto.
Es todo cuanto puedo informar, señor Presidente.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.

El señor CHADWICK.- Señor Presidente, comparto plenamente el informe que dio el Presidente de la Comisión de Educación, en orden a que la Comisión Mixta ha reconocido y recogido todas las observaciones formuladas por la Cámara Alta.
Sin embargo, en lo que concierne a la materia que nos ocupa, deseo destacar -por cuanto muchos Senadores que nos integramos hace poco a esta legislatura no tuvimos oportunidad de conocerla en toda su extensión- que esta iniciativa es muy relevante, pues viene a reconocer en la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza el valor y la calidad de la educación superior que entregan las Fuerzas Armadas, Carabineros y la Policía de Investigaciones.
Además, en este proyecto de ley se amplía fundamentalmente algo que es muy importante. El artículo 29 de la referida normativa reconocía determinado nivel de educación superior a ciertos organismos de las Fuerzas Armadas, y eso ahora se hace extensivo a la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos (ANEPE), a las Escuelas Matrices de Oficiales de las Fuerzas Armadas, a la Escuela de Carabineros, a la Escuela de Suboficiales de esta misma Institución, a la Escuela de Investigaciones Policiales y al Instituto Superior de la Policía de Investigaciones de Chile. Es decir, a través de esta iniciativa, se otorga un reconocimiento oficial del Estado a la educación superior que entregan todos los organismos dependientes de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones. Es importante destacar esta situación, porque constituye el elemento más relevante del proyecto en debate.
Al mismo tiempo, se señalan las funciones de la ANEPE en lo que dice relación al reconocimiento jurídico que se le hace. Ésta es una institución de educación superior que puede desarrollar actividades de docencia, investigación y extensión, obviamente, en el ámbito de la defensa y la seguridad, no sólo respecto de las Fuerzas Armadas, sino también en lo concerniente al sector privado, como lo ha estado haciendo hasta el momento. Pero ahora se le otorga el reconocimiento jurídico para ese efecto.
Además, se faculta al Instituto Superior de la Policía de Investigaciones de Chile para que pueda, al igual que su similar de Carabineros y de las Fuerzas Armadas, conceder títulos profesionales y técnicos con reconocimiento del Estado.
A mi juicio, este proyecto reconoce algo que en justicia debe hacerse y constituye una tradición en nuestro país, cual es la calidad de la educación superior que imparten hoy día los institutos superiores de las Fuerzas Armadas, Policía de Investigaciones y Carabineros de Chile. Se trata de un reconocimiento que se hace a través de la ley, y es extraordinariamente justo.
Por eso, independientemente de que la Comisión Mixta salvó los problemas surgidos a raíz de la aprobación de las observaciones formuladas por el Senado, estimo necesario dar un verdadero reconocimiento a este proyecto de ley, que es muy importante en esa materia.
He dicho.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, como se ha manifestado, creo que se trata de una iniciativa muy importante. Pero me asalta una sola duda, y, quizás, algún miembro de la Comisión Mixta podría aclarármela. ¿Qué papel desempeña aquí la Escuela de Suboficiales de Carabineros, y qué tipo de títulos puede otorgar ella?

El señor RUIZ-ESQUIDE.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la palabra, Su Señoría.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- En primer lugar, con respecto a la pregunta planteada por el Senador señor Viera-Gallo, debo decir que, en verdad, se trata de que exista la capacidad para dar una respuesta técnica. Ése es el sentido de lo que se propone y lo que interesa sobre el particular.
En cuanto al proyecto en general, no abundaré en mayores detalles en relación con lo que se aquí se ha dicho. Sin embargo, debo señalar que esta materia fue objeto de una larga discusión en la Comisión técnica del Senado, donde hubo distintos aportes.
En mi opinión, lo que se propone resuelve un tema existente y, sobre todo, lo relativo a la equivalencia de grados y de enseñanza, lo cual nos estaba haciendo falta para solucionar una situación que se presentaba diariamente respecto de quienes tenían uno u otro grado no reconocido en un momento determinado.
Por tal motivo, los Senadores democratacristianos votaremos favorablemente lo propuesto por la Comisión Mixta.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará el informe de la Comisión Mixta.

--Se aprueba por unanimidad, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que emiten pronunciamiento 33 señores Senadores.



COMPOSICIÓN DE COMITÉS PARLAMENTARIOS

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Hago presente a los señores Senadores que el artículo 63 del Reglamento establece que en la presente sesión debe darse cuenta de la composición de los Comités para la legislatura ordinaria de sesiones, que se inició el 21 de mayo.
Ha llegado a la Mesa el documento correspondiente. La Mesa lo dará a conocer, y después continuaremos con la tabla establecida.

El señor HOFFMANN (Prosecretario).- Representantes del Comité Partido Demócrata Cristiano (14 Senadores): Honorables señores Páez y Matta.
Representantes del Comité Mixto Unión Demócrata Independiente e Independientes (10 Senadores): Honorables señores Novoa y Stange.
Representantes del Comité Partido Renovación Nacional e Independiente (7 Senadores): Honorables señores Pérez y Prat.
Representantes del Comité Partido Socialista (4 Senadores): Honorables señores Ominami y Viera-Gallo.
Representantes del Comité Partido Por la Democracia (2 Senadores): Honorables señores Munoz Barra y Bitar.
Representante del Comité Partido Unión Centro-Centro Progresista (1 Senador): Honorable señor Errázuriz.
Representantes del Comité Institucionales 1 (6 Senadores): Honorables señores Aburto y Martínez.
Representantes del Comité Institucionales 2 (4 Senadores): Honorables señores Zurita y Parra.



ENMIENDA A LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE
MUNICIPALIDADES EN MATERIA DE GESTIÓN MUNICIPAL


El señor RÍOS (Vicepresidente).- Corresponde ocuparse en el proyecto de la Cámara de Diputados que figura en el segundo lugar de la proposición de tabla ordinaria de hoy, modificatorio de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, N° 18.695, en materia de gestión municipal, con segundo informe complementario de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
¿Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 20ª, en 7 de enero de 1997.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 29ª, en 4 de marzo de 1997.
Hacienda, sesión 29ª, en 4 de marzo de 1997.
Gobierno (segundo), sesión 8ª, en 22 de octubre de 1997.
Hacienda (segundo), sesión 8ª, en 22 de octubre de 1997.
Gobierno (segundo complementario), sesión 17ª, en 20 de mayo de 1998.
Discusión:
Sesiones 34ª, en 19 de marzo de 1997 (se aprueba en general); 11ª, 23ª, 25ª, 26ª, 28ª, 33ª, 34ª, 3ª, y 4ª, en 11 de noviembre de 1997, 6, 7 , 13, 14 y 27 de enero, 31 de marzo y 1 de abril de 1998, respectivamente (queda pendiente su discusión particular); 5ª, en 7 de abril de 1998 (vuelve a Comisión).

El señor LAGOS (Secretario).- La discusión particular de la iniciativa quedó pendiente en lo que respecta a tres artículos: dos se relacionan con los temas de seguridad y acción policial, y el otro se refiere a materias previsionales vinculadas a los concejales. Ahora corresponde discutir y votar esas normas.
El señor RÍOS (Vicepresidente).- En discusión.

Tiene la palabra la Honorable señora Frei.

La señora FREI (doña Carmen).- Señor Presidente, como se acaba de recordar, el estudio del proyecto que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades en materia de gestión municipal quedó pendiente en lo que dice relación a una letra y dos artículos. En su oportunidad, resolvimos que la iniciativa volviera a Comisión y se pidiera al Ejecutivo el envío de algunas indicaciones que le correspondía formular, por ser el único gestor en tal sentido y por tratarse de materias de su competencia.
A la reunión de la Comisión asistieron todos sus miembros y varios otros señores Senadores, especialmente los Honorables señores Stange y Zurita, quienes formularon las indicaciones que motivaron la reapertura del debate. Ellas fueron discutidas y se aprobó por unanimidad -así está consignado en el documento que está en poder de Sus Señorías- la letra g) del artículo 4º, que se refiere a las funciones compartidas que puede tener el municipio con distintos órganos de la Administración.
Para resumir mi intervención -pues, al parecer, todos los señores Senadores ya conocen el informe-, debo manifestar que se agregó a la referida letra g), según explica la Comisión, "una frase aclaratoria a dicha norma en el sentido de que las funciones que el precepto acuerda a los municipios en materias de seguridad ciudadana se cumplen "sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 90 de la Constitución Política", con lo cual se reconoce a la Fuerza Policial la potestad exclusiva de garantizar el orden y la seguridad públicos.".
Como decía, se contó con la unanimidad de los miembros de la Comisión presentes, habiendo asistido al órgano técnico, también, el Ministro del Interior, señor Carlos Figueroa, y el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, don Marcelo Schilling.
En seguida, los artículos 76 bis y 77 ter se refieren a las asignaciones mensuales de los concejales. Al respecto, el Senador señor Zurita formuló varias indicaciones, discutidas latamente en las sesiones previas; medió una reapertura del debate, y, al final, se terminó en una nueva propuesta del Ejecutivo, la cual, si bien mantiene la voluntariedad de afiliación de los concejales al sistema del decreto ley Nº 3.500, agrega que se sujetarán al régimen de los trabajadores por cuenta ajena. Ello se aprobó asimismo por unanimidad, y pido, señor Presidente, que no demoremos en proceder de la misma manera.
Además -y para concluir-, se incorpora un artículo 8º transitorio, nuevo, para precisar que con cargo al ítem del Tesoro Público del Presupuesto vigente se financiará durante 1998 la creación de los nuevos cargos contemplados en el artículo 5º.
Lo anterior es, brevemente, lo planteado por la Comisión de Gobierno.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- En discusión la recomendación acerca de la letra g) del artículo 4º.

El señor HAMILTON.- Pido la palabra.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- La tiene, señor Senador.

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, voy a acoger la propuesta unánime de la Comisión, pero creo necesario realizar un alcance y dejar una constancia para los efectos de la historia fidedigna del precepto.
Lo que ha movido a establecer esta norma es dar a las municipalidades una tuición muy particular sobre la seguridad ciudadana, que es más que la acción policial, a la cual comprende. Y lo que la Constitución reserva a las Fuerzas de Orden y Seguridad, en el inciso tercero de su artículo 90, es sólo la acción policial, en forma exclusiva.
En consecuencia, la disposición que se aprobará debe entenderse en el sentido, primero, de que las municipalidades pueden abocarse a acciones que guarden relación con la seguridad ciudadana; y segundo, de que en materia propiamente policial vinculada a la seguridad ciudadana pueden proporcionar colaboración o apoyo a las medidas que tome la Policía de Investigaciones o la policía uniformada.
Muchas gracias, señor Presidente.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se acogerá la letra g) del artículo 4º sugerida por la Comisión.
--Se aprueba, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional exigido, de que emitieron pronunciamiento favorable 32 señores Senadores.

El señor LAGOS (Secretario).- La segunda recomendación, también unánime, es para suprimir, en el inciso primero del artículo 76 bis, las expresiones "no imponibles" y la coma escrita a continuación.
Todas estas proposiciones son orgánicas constitucionales; es decir, el quórum para aprobarlas es de cuatro séptimos de los señores Senadores en ejercicio.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Aquella que nos ocupa y las dos siguientes se vinculan entre sí, por decir relación al tema previsional.
Ofrezco la palabra al Senador señor Pizarro, quien abriga una inquietud.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, el artículo 77 ter dispone que los concejales se pueden afiliar al sistema de pensiones, de vejez, de invalidez y de sobrevivencia, etcétera, por el solo hecho de asumir sus funciones y que para tal efecto "se asimilarán al régimen de los trabajadores por cuenta ajena.". Quisiera consultar a qué se refiere exactamente esa última calidad. Porque hay trabajadores independientes, por cuenta propia, o bien, que se desempeñan para una empresa. Pero no logro entender ese concepto.
¡Parece que el Senador señor Cariola conoce lo relativo a las cuentas ajenas¿!

El señor CARIOLA.- La verdad es que la palabra debiera ser "dependientes". Lo de "trabajadores por cuenta ajena" se mantuvo porque venía en el proyecto. Y debe existir esa calificación para que la municipalidad pueda realizar el descuento y pagar. Así debe entenderse el concepto.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Martínez.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, entiendo que se puede corregir de inmediato el texto de modo que la expresión "por cuenta ajena" sea reemplazada por el vocablo "dependientes".
Consulto sobre el particular.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Es importante la explicación que, para orientar al resto de la Sala, pueda proporcionar acerca del punto algún señor Senador de la Comisión de Gobierno, donde se ha estado tratando el proyecto.
¿Cuál es su proposición, Honorable señor Martínez?

El señor MARTÍNEZ.- Sugiero emplear el término correcto, el que corresponde a la legislación previsional y laboral, para lograr una redacción concordante. A mi juicio, el concepto adecuado es el de "trabajadores dependientes". Pero solicito que se pronuncie el órgano técnico.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Cariola.

El señor CARIOLA.- Señor Presidente, el asunto fue discutido en la Comisión, pero, en realidad, la acepción de las palabras "por cuenta ajena" es "dependiente". Tan sólo se mantuvo lo expresado en el proyecto.

El señor ROMERO.- Que se deje una constancia en la Versión Oficial, para los efectos de la historia de la ley.

El señor CARIOLA.- En efecto. Se puede consignar que las expresiones "por cuenta ajena" y "dependientes" son equivalentes.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, la cuestión se halla ligada a la técnica legislativa. Me parece que la Sala tiene por norma ser cuidadosa en la fraseología legal, porque, si no, se introducen conceptos que a veces entrañan dificultades, en especial en la eventualidad de juicios. Pido, por tanto, especificar claramente el término legal que corresponde, para que no haya disimilitudes en el futuro.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Si no existen objeciones, se acogerá -para despachar la recomendación sometida a debate- lo propuesto por la Comisión respecto del inciso primero del artículo 76 bis.
--Se aprueba por unanimidad, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional exigido, de que emiten pronunciamiento 34 señores Senadores.

El señor LAGOS (Secretario).- En seguida, la Comisión sugiere reemplazar el artículo 77 ter por el que señala, que también es orgánico constitucional.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- La Mesa entiende que, al determinar esa redacción, la Comisión de Gobierno apunta a que el concejal es quien libremente decide acceder a la previsión o no.

El señor CARIOLA.- Correcto.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Y ello significa que la única función de la municipalidad, en tal caso, será administrativa. Es el concejal quien resuelve -repito- en el aspecto señalado, sobre la base de que lo referente a sus obligaciones previsionales se debe descontar de los recursos que recibe como dieta municipal.
Ello se ha de entender así, entonces, para la historia de la ley.

El señor CARIOLA.- Así es.

El señor ROMERO.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor ROMERO.- Estimo importante dejar establecido que dicho régimen es también aplicable a los Parlamentarios, quienes, efectivamente, cuentan con una opción en el mismo sentido. De modo que el sistema en análisis no implica una exclusión de la regla general fijada para todos estos servidores públicos.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- ¡En ese caso, el empresario es el pueblo...!
Si le parece a la Sala, se aprobará la proposición consistente en reemplazar por otro el artículo 77 ter.

El señor URENDA.- Pido la palabra.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- La tiene, señor Senador.

El señor URENDA.- Señor Presidente, apruebo la norma sugerida, y entiendo que entre las obligaciones a que ella alude se encuentran, no sólo los descuentos por concepto de las imposiciones de los concejales, como asimilados a trabajadores dependientes, sino también los correspondientes al empleador, que son de cargo del municipio.
Aquí se habla de las obligaciones que las leyes pertinentes sobre seguridad social imponen a los empleadores. Entre ellas está, obviamente, la relativa a los descuentos. Pero también se hallan las de efectuar pequeñas imposiciones -no recuerdo en este momento su monto; son de alrededor de 2 por ciento- correspondientes al empleador, las que serían de cargo del municipio.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Es una pregunta muy interesante, señor Senador. No sé si la Comisión de Gobierno tiene respuesta para ella.

El señor URENDA.- El texto da cabida a eso. Dice: "Las obligaciones que las leyes pertinentes sobre seguridad social imponen a los empleadores"¿

El señor CARIOLA.- Dice "empleados", señor Senador.

El señor URENDA.- Tiene razón, Su Señoría: "empleados".
¿Qué pasa, entonces, con las imposiciones de los empleadores?

El señor HAMILTON.- ¿Por qué no repite la pregunta, Honorable colega?

El señor URENDA.- Señor Presidente, no sé si, en el texto que aparece como acuerdo, el cambio del término "empleadores" por "empleados", que no está destacado con negrita, corresponde a ese concepto.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene toda la razón, Su Señoría.

El señor URENDA.- ¿Fue la intención de la Comisión? Porque, en la práctica, eso significa descontar las imposiciones propias del trabajador dependiente, pero no las de cargo del empleador.
En el texto inicial figuraba la expresión "imponen a los empleadores" y ahora se propone decir "imponen a los empleados". ¿Se trata de un error de transcripción o de una decisión de la Comisión para alcanzar determinado propósito?

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Cariola.

El señor CARIOLA.- El Senador señor Urenda tiene toda la razón: es un error de transcripción. Debe decirse "empleadores".

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Señores Senadores, la Mesa desea hacer una proposición.
Es evidente que los dos incisos del artículo 77 ter se contraponen, porque el primero habla sobre la libertad de la persona para adscribir a un régimen previsional con sus propios recursos, restringiendo la actuación de la municipalidad sólo a los ámbitos propios de la administración de esa gestión o acción, y el segundo radica la responsabilidad como empleador en el municipio.
Desde mi punto de vista, para resolver el problema habría que aprobar el inciso primero y rechazar el segundo.
Tiene la palabra el Senador señor Zurita.

El señor ZURITA.- Señor Presidente, considero que no se contraponen los dos incisos.
En la actualidad, las imposiciones son solventadas exclusivamente por el empleado. La obligación del empleador es retirarlas del sueldo e ingresarlas, sea al INP -si se trata del decreto con fuerza de ley Nº 1.340 bis-, sea a las administradoras de fondos de pensiones. Y la responsabilidad es la de un depositario; es decir, si el empleador no deposita las imposiciones, comete un delito previsional.
Así que no hay ninguna contraposición. Existen las obligaciones, primero, de retener, y en seguida, de entregar.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Señor Senador, en este caso no existe el empleador. Ése es el error.

El señor CARIOLA.- Por eso, señor Presidente, el inciso primero dice: "Para estos efectos, los concejales se asimilarán al régimen de los trabajadores por cuenta ajena.".
A continuación, como ha señalado el Senador señor Urenda, hay un error evidente en la transcripción. El inciso segundo debe señalar que las obligaciones que las leyes pertinentes sobre seguridad social imponen a los "empleadores" se radicarán en las respectivas municipalidades. Y se refiere exactamente a lo expresado por el Honorable señor Zurita en cuanto a la retención y pago.
Debe hablarse, por tanto, del "empleador", que en este caso es la municipalidad.
Debemos corregir ese error, señor Presidente, reemplazando el término "empleados" por "empleadores".

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Señores Senadores, estamos frente a un tema muy importante. Tengo la sensación de que el inciso segundo, tal cual está redactado, produce confusión evidente.
Por tal motivo, aquí existen dos alternativas. La primera, aceptar lo que propone la Mesa: votar favorablemente el inciso primero, dejando establecida en la historia de la ley la responsabilidad de la municipalidad para los efectos administrativos de enterar la previsión dispuesta por el concejal. Y nada más que eso. Porque la municipalidad no es empleador; los concejales no tienen empleadores.
La segunda alternativa consiste en modificar, a proposición de cualquier señor Senador, el inciso segundo para los efectos administrativos que estamos señalando.
Desde ya, propongo votar separadamente los dos incisos.
--Así se acuerda.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará el inciso primero del artículo 77 ter propuesto por la Comisión de Gobierno.
--Se aprueba, dejándose constancia de que votaron favorablemente 32 señores Senadores.


El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.- Señor Presidente, respecto del inciso segundo, ¿no se aclararía el problema si, además de corregir el error de transcripción sustituyendo "empleados" por "empleadores", se dijera "se radicarán para estos efectos en las respectivas municipalidades"? Ello, para que no exista ninguna posibilidad de interpretar que la municipalidad pasa a ser un empleador.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Propongo suspender la sesión para que los señores Senadores miembros de la Comisión de Gobierno hagan una proposición a la Sala.
Acordado.
Se suspende la sesión por cinco minutos.
_____________
--Se suspendió a las 17:11.
--Se reanudó a las 17:14.
_____________

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Continúa la sesión.
Tiene la palabra la Senadora señora Frei.

La señora FREI (doña Carmen).- Señor Presidente, hemos acordado rápidamente una nueva redacción. El inciso segundo del artículo 77 ter quedaría como sigue:
"Las obligaciones que las leyes pertinentes sobre seguridad social imponen a los empleadores, se radicarán para estos efectos en las respectivas municipalidades. Las cotizaciones previsionales se calcularán sobre la base de las asignaciones" (aquí corregimos un error de transcripción) "mensuales que a los concejales corresponda percibir en virtud del inciso primero del artículo 76 bis.".
Como esta norma tiene carácter orgánico constitucional, habría que llamar a los señores Senadores para que acudan a votar.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Señora Senadora, en conformidad a esa proposición, se entiende, en definitiva, que las municipalidades no tendrán ninguna responsabilidad pecuniaria sobre la materia. Todo será de responsabilidad de los concejales. Así queda establecido para la historia de la ley.

La señora FREI (doña Carmen).- Creemos que de esa manera la disposición es más clara. Por ello, después de la coma se expresa que las obligaciones sobre seguridad social se radicarán "para estos efectos" en las respectivas municipalidades.
En todo caso, en la historia de la ley queda consignado lo que han dicho los señores Senadores.

El señor ROMERO.- Estamos de acuerdo.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, la verdad es que el inciso segundo de este artículo es absolutamente innecesario. Porque los trabajadores dependientes -nombre legal que corresponde a los señores concejales-, están regidos por la ley, la cual especifica cómo y dónde deben hacer sus imposiciones.
Por lo tanto, el inciso segundo es completamente innecesario y sugiero suprimirlo.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se aprobaría la nueva redacción para el inciso segundo propuesta por la Comisión de Gobierno a través de su Presidenta, Senadora señora Frei.

El señor CARIOLA.- Muy bien.

El señor CANTERO.- Conforme.

El señor ROMERO.- Sí.

El señor HAMILTON.- ¿Con el voto en contra del Senador señor Martínez?

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Señor Martínez, Su Señoría vota en contra, ¿no es verdad?

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, mi voto no es favorable por estimar que la disposición es redundante. La ley establece claramente los procedimientos relativos a las imposiciones. Considero innecesario repetirlos. Además, la redacción propuesta es confusa de todas maneras.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Así me parece.

El señor MARTÍNEZ.- Entiendo el espíritu de la norma y lo respeto profundamente. Pero el texto no es claro.

El señor ROMERO.- ¿Me permite, Señor Presidente? Quiero hacer una precisión.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor ROMERO.- Señor Presidente, deseo explicar algo al Honorable señor Martínez.
Lo que él ha planteado no es correcto. El inciso segundo establece una facultad para las municipalidades porque, conforme al Derecho Público Administrativo, ellas sólo pueden hacer lo que la ley expresamente les permite. En este caso, se las faculta para realizar esa operación porque los concejales no son dependientes; son trabajadores por cuenta ajena. Y esto se halla explícitamente establecido en el inciso primero.

El señor MARTÍNEZ.- Entonces, si se considera que los concejales son trabajadores independientes, les corresponde a ellos sus imposiciones, y no es necesario especificar el resto del procedimiento porque se encuentra establecido en la ley.
Eso es lo que quise decir.
El señor RÍOS (Vicepresidente).- Así lo entendemos.
--Se aprueba el inciso segundo con la nueva redacción de que dio cuenta la señora Presidenta de la Comisión de Gobierno, dejándose constancia de que se pronunciaron favorablemente 30 señores Senadores, por lo cual se reúne el quórum constitucional exigido, y de que emitieron pronunciamiento negativo los señores Martínez y Ríos.


El señor LAGOS (Secretario).- En seguida, la Comisión propone incorporar el siguiente artículo 6º transitorio, nuevo, pasando el actual artículo 6º a ser 7º:

"Artículo 6º.- Los concejales que no se encuentren afiliados al Sistema de Pensiones establecido en el Decreto Ley Nº 3.500, de 1980, y que hayan sido imponentes, bajo cualquier calidad, de algún régimen de pensiones distinto de aquél, tendrán derecho a optar entre el referido Sistema de Pensiones y el contenido en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1.340 bis, de 1930, y sus disposiciones complementarias, en los términos previstos en el artículo 1º transitorio del citado decreto ley.".
La Comisión lo aprobó por unanimidad.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- En discusión.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
--Se aprueba el artículo 6º transitorio, nuevo, propuesto por la Comisión, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que emitieron pronunciamiento favorable 32 señores Senadores.

El señor LAGOS (Secretario).- Por último, la Comisión propone agregar el siguiente artículo 8º transitorio, nuevo.

"Artículo 8º.- El gasto fiscal que represente la creación de los nuevos cargos contemplados en el artículo 5º precedente, durante el año 1998, se financiará con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 del Tesoro Público del Presupuesto vigente.".
También es una proposición unánime.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se daría por aprobado.
--Se aprueba el artículo 8º transitorio, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que emitieron voto favorable 32 señores Senadores.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Despachado el proyecto.



PLAZO A LA CORTE SUPREMA PARA LA EMISIÓN DE INFORMES DE SU COMPETENCIA


El señor RÍOS (Vicepresidente).- Proyecto de reforma constitucional, en tercer trámite, que modifica el artículo 74 de la Carta Fundamental en lo referente a la oportunidad para solicitar la opinión de la Corte Suprema y el plazo en que ésta deba responder.
¿Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de reforma constitucional: (moción de los señores Fernández, Larraín, Otero, Sule y Zaldívar (don Adolfo).
En primer trámite, sesión 1ª, en 30 de mayo de 1995.
En tercer trámite, sesión 26ª, en 26 de agosto de 1997.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 5ª, en 7 de junio de 1995.
Constitución (segundo), sesión 2ª, en 4 de octubre de 1995.
Constitución (nuevo segundo), sesión 26ª, en 4 de enero de 1996.
Discusión:
Sesión 24ª, en 8 de agosto de 1995 (se aprueba en general); 4ª, en 10 de octubre de 1995 (vuelve a Comisión para nuevo informe); 35ª, en 24 de enero de 1996 (queda para segunda discusión); 43ª, en 20 de marzo de 1996 (se aprueba en particular).

El señor LAGOS (Secretario).- Por oficio Nº 1.634, de 12 de agosto de 1997, la Cámara de Diputados comunica que ha dado su aprobación al proyecto de reforma constitucional del Senado.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Señores Senadores, ahora debemos analizar una trascendente reforma constitucional; por tanto, les ruego especial atención y preocupación por el tema.

El señor LAGOS (Secretario).- La Cámara introdujo dos enmiendas al artículo único. La primera sustituye el inciso tercero por el siguiente: "La Corte Suprema deberá pronunciarse dentro del plazo de treinta días, a menos que decida, previa cuenta al Congreso Nacional, prorrogarlo hasta por otros treinta días.".
El señor RÍOS (Vicepresidente).- En discusión.

Tiene la palabra el Senador señor Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, me referiré muy brevemente al proyecto de reforma constitucional.
Primero, deseo recordar que la iniciativa fue producto de una moción parlamentaria de los Senadores señores Hamilton, Sule, Otero, Fernández y quien habla, integrantes de la anterior Comisión de Constitución. Nació de una inquietud referente al actual inciso segundo del artículo 74 de la Constitución -que establece que la Ley Orgánica Constitucional relativa a la organización y atribuciones de los tribunales sólo podrá ser modificada oyendo previamente a la Corte Suprema- en cuanto a que su aplicación práctica ha suscitado dificultades cuando la Corte, por uno u otro motivo, no ha despachado el informe correspondiente de manera oportuna. Así, tanto el Senado como la Cámara de Diputados, cumplida su obligación de solicitar dicho informe, no lo han recibido. Ambas ramas del Congreso se han preguntado si este hecho paraliza el trámite de una iniciativa, o si ésta, de aprobarse sin cumplir enteramente con el requisito constitucional, adolecería de validez.
En resumen, frente a este vacío, los miembros de la entonces Comisión de Constitución formulamos el proyecto de reforma constitucional que está en poder de los señores Senadores y que dispone un procedimiento y un plazo, aunque no lo estipula directamente, para que se cumpla tal obligación.
En lo particular, el inciso tercero aprobado por el Senado señalaba que la Corte Suprema deberá pronunciarse dentro del plazo que establezca la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional; vale decir, ese plazo no se incluía en la Carta Fundamental por entenderlo como requisito no propio de incluirse en una norma constitucional. Si bien se analizó la posibilidad de fijar un plazo en la Constitución, ni la Comisión ni la Sala estuvo de acuerdo en ello y, por eso, el proyecto se aprobó en los términos propuestos.
No obstante, la Cámara de Diputados sustituyó el criterio adoptado por el Senado, precisando un plazo que obliga a la Corte Suprema a pronunciarse dentro de treinta días, a menos que decida -la propia Corte- prorrogarlo por otros treinta días adicionales. Por lo tanto, el plazo para que la Corte Suprema evacue el informe respectivo pasa a ser discrecional, ya que variará entre treinta y sesenta días.
Además, se mantuvo el inciso final, según el cual si la Corte Suprema no emite opinión dentro de los plazos aludidos, se entenderá cumplido el trámite, que era -como dije- el planteamiento medular de esta iniciativa de reforma constitucional.
Cabe preguntarse si a estas alturas, en el tercer trámite constitucional, se puede no aceptar el criterio de la Cámara de Diputados, puesto que, a diferencia de la tramitación de las leyes, las reformas constitucionales no permiten, conforme a la doctrina sostenida por el Senado, la formación de comisiones mixtas. En consecuencia, si se rechaza la sugerencia de la Cámara, el riesgo es que se mantenga exactamente la situación actual, pues tampoco se aprobaría el inciso tercero propuesto por el Senado, que dejaba entregada a la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional la determinación del plazo para que la Corte Suprema emita opinión.
Por esas consideraciones, señor Presidente, y reiterando todavía el criterio del Senado en el sentido de que no es pertinente incorporar la fijación de plazos en esta reforma constitucional, creo que el riesgo de no aprobar la propuesta de la Cámara de Diputados es aún mayor, porque se dejaría la situación exactamente igual a la existente hoy día.
En el entendido de que los plazos establecidos por la Cámara son razonables -aquí no se trata de un cuestionamiento a lo específico, sino al nivel jerárquico de la disposición planteada-, y con miras a hacer viable y exitosa esta reforma -que como señalé corresponde a una moción de distintos Senadores que a comienzos de este año integraban la Comisión de Constitución-, solicito aprobar las proposiciones de la Cámara de Diputados, con el objeto de permitir el cumplimiento del trámite establecido en el artículo 74 de la Carta de una manera clara y precisa como corresponde a una materia de esta naturaleza.

El señor HAMILTON.- Pido la palabra.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, para corroborar lo manifestado por el Senador señor Larraín, debo indicar que son dos los problemas planteados: el relativo a cuándo hay que pedir opinión a la Corte Suprema y el referente a qué sucede cuando ella no informa, lo que a veces suele ocurrir.
La Cámara de Diputados introdujo la modificación que fija en 30 días el plazo para que la Corte Suprema se pronuncie, el que no es perentorio, porque podría comunicar al Parlamento la necesidad de extenderlo en otros treinta días, y si en ese lapso no evacua su informe, se entiende cumplido el trámite. O sea, no se detiene la tramitación de un proyecto, cosa que parece bastante natural, por cuanto la Corte no forma parte de los Poderes colegisladores.
En tal sentido, creo que valdría la pena aprobar la reforma de la manera como viene propuesta por la Cámara de Diputados, ya que la referencia del Senado a ciertos plazos que se establecerían en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional -en su artículo 16, que es el relativo a la materia-, no se determina ninguno. En caso de primar el criterio del Senado, que supone que en algún momento debía reformarse la Ley Orgánica Constitucional del Congreso, se produce otra serie de dificultades, porque se dilataría la solución de uno de los problemas que este proyecto de reforma constitucional intenta resolver.
Si bien es cierto que como técnica legislativa tal vez no sea conveniente que la Constitución entre al detalle de fijar un plazo de 30 días, prorrogable, no lo es menos que ello resuelve un problema práctico, teniendo en cuenta que la modificación de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional podría dilatarse indefinidamente.
Por lo tanto, vamos a votar a favor del proyecto de reforma constitucional.
Sin embargo, deseo señalar, aunque sea brevemente, que es muy discutible la afirmación del Senador señor Larraín en cuanto a que tratándose de reformas constitucionales no procede la formación de una Comisión Mixta. Sé que hay un criterio en ese sentido y que existe un informe al respecto de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado, pero el que debería resolver en definitiva esa materia es el Tribunal Constitucional, lo cual no ha ocurrido hasta ahora.
Considero que lo más razonable es que haya Comisión Mixta. Porque sería absurdo que una Cámara deba aprobar exactamente -hasta la última coma- lo resuelto por la otra, pues de lo contrario se paraliza la tramitación del proyecto. En todo caso, ése es un asunto de interpretación. Hice alusión a dicha materia sólo porque el señor Senador se refirió a ella.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Zurita.

El señor ZURITA.- Señor Presidente, quiero hacerme cargo previamente de los motivos que debió tener la petición de la anterior Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, seguramente dirigida -no digo "capitaneada", porque sería mala palabra- por mi distinguido colega y ex Senador señor Otero.
Mientras me desempeñaba en la Corte Suprema, se daba el caso de que un Senador o un Diputado presentaba determinada moción para solucionar un problema equis, y en uno de sus artículos decía que "la infracción a esta ley será sancionada con tal pena y se someterá al conocimiento del juzgado del crimen de turno, al juzgado de policía local", lo cual llevó a que, en este afán de legislar y de entregar jurisdicción, la Corte Suprema estuviera recargada de informes.
Recuerdo haberme encontrado en una oportunidad con el ex Presidente de la Cámara de Diputados, señor Estévez, a quien hice presente la conveniencia de adoptar una medida de orden en el sentido de que, cada vez que un Diputado o un Senador presente una moción, en lugar de pedir inmediatamente informe a la Corte Suprema, podría esperarse que madurara, fructificara, porque muchas de ellas van al archivo. Me halló razón; pero ésta a uno se la dan -mejor dicho se la otorgan, no más- y después se olvidan.
Por lo tanto, sin perjuicio de que acepto que se fijen esos plazos, que parecen un poco perentorios -aunque no lo son-, dentro los cuales es perfectamente posible informar, se presenta otro problema. Así como aquí existe la inquietud respecto a cuándo hay que consultar a la Corte Suprema, ésta a veces tiene duda en cuanto a meterse o no en el fondo del proyecto, porque en algunas oportunidades es posible hacerle observaciones en tal sentido. Pero se dice "no, remitámonos exclusivamente a si se confirió la jurisdicción a tal o cual tribunal, sin decir nada de lo absurdo, de lo extraño o de los errores que pueda contener la iniciativa", porque no éramos colegisladores. Ahora, por error, lo somos.
Entonces, vuelvo a insistir en lo que dije al ex Presidente de la Cámara de Diputados: no enviemos las mociones, sino los proyectos maduros; no hagamos perder tiempo a la Corte Suprema, que lo necesita para otras cosas.
Sin perjuicio de lo anterior, votaré favorablemente.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, no recuerdo exactamente cuál fue uno de los varios casos de retraso en información de la Corte Suprema respecto de proyectos ya madurados, incluso en segundo trámite, que me indujeron a plantear en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia que propusiéramos el proyecto que nos ocupa. Así se hizo.
Recuerdo que el ex Senador señor Mc-Intyre, en relación con una iniciativa de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, expresó que la Corte Suprema había tardado hasta un año y varios meses en responder.
Sin embargo, al margen de lo que pudiera resultar en la práctica, el hecho es que hay un vacío constitucional. Existe la obligación de consultar al Máximo Tribunal. La consulta no es vinculante, pero mientras no sea evacuada -en la Constitución no se da plazo para ello- el Congreso no puede despachar una iniciativa referida a la organización y atribuciones de los tribunales, conforme lo establece el artículo 74 de la Carta Fundamental.
Pues bien, se redactó el proyecto en debate, que primitivamente contemplaba un plazo de 30 días, y se modificó en la Sala, porque surgieron las siguientes interrogantes: ¿qué ocurre con los proyectos con urgencia? ¿En qué momento se pide la opinión de la Corte Suprema? ¿Se prescindirá de la urgencia, o ésta no podrá hacerse presente en proyectos concernientes a la organización y atribución de los tribunales?
En consecuencia, la materia se dejó referida a la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, a fin de resolver conforme a lo establecido por ésta.
La Cámara de Diputados, bien o mal, acordó fijar un plazo de 30 días -propuesto originalmente por la Comisión- y una eventual prórroga de 30 días.
Comparto la opinión del Senador señor Viera-Gallo en el sentido de que es lamentable el criterio de que en este caso no pueda formarse una Comisión Mixta. Porque no me cabe duda alguna de que si la hubiera -dado que existe acuerdo- llegaríamos a un buen consenso para cambiar y mejorar la redacción. Sin embargo, como ello no es posible conforme al criterio generalmente mantenido por el Senado, no cabría otra cosa que aprobar lo sugerido por la Cámara Baja, esto es, que el plazo sea de 30 días, prorrogable por la propia Corte, previo aviso al Congreso Nacional, por otros 30 días.
He dicho.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Señores Senadores, al parecer se hace evidente que, toda vez que nuestra Corporación apruebe un proyecto de la trascendencia que significa reformar la Carta Fundamental, se designe a un Senador que plantee tal opción a la Cámara de Diputados, a fin de que conozca en plenitud el criterio adoptado al respecto durante su debate en el Senado. Porque, ciertamente, existen dos opiniones del todo distintas, en que la Cámara Baja ignora el planteamiento del Senado y éste, a su vez, el de aquélla.
Ése es un problema que, a mi juicio, es importante conversar con los Comités, a fin de resolverlo y de evitar ese verdadero divorcio existente entre ambas Salas respecto a reformas constitucionales.
Tiene la palabra el Honorable señor Bitar.

El señor BITAR.- Señor Presidente, deseo observar que deberíamos reconsiderar la fórmula para resolver las reformas constitucionales. Porque aquí estamos claramente en presencia de una que perfectamente podría mejorarse en una Comisión Mixta.
Hay varias observaciones sobre los plazos, por ejemplo, en el inciso tercero, respecto de la frase que dice que "La Corte Suprema deberá pronunciarse dentro del plazo de treinta días,", me parece que debería señalar "podrá pronunciarse dentro del plazo de treinta días", si es que queda abierta la posibilidad de que no corresponde y, por lo tanto, se dé por aprobado.
Asimismo, el proyecto establece dos consultas. El inciso segundo señala que "se deberá consultar nuevamente el parecer del mencionado tribunal antes del término del segundo trámite constitucional, cuando durante este último se hayan introducido modificaciones sustanciales". Pero no está claro quién define cuáles son estas últimas ni qué es una modificación sustancial y, por lo tanto, cuándo debe hacerse una segunda consulta.
Ahora, entre aprobar el proyecto en los términos propuestos o quedarnos sin nada, es mejor aprobarlo, porque nos da mayor agilidad. Sin embargo, no puedo dejar de destacar el hecho de que nosotros mismos nos impongamos una rigidez, en el sentido de que no podamos efectuar en Comisión Mixta un perfeccionamiento adicional a una reforma constitucional. Considero que no es conveniente para los procesos de reformas que estamos llevando a cabo.
Voy a votar a favor, si es que no cabe una instancia adicional. Pero deseaba mencionar ese aspecto y las apreciaciones de perfeccionamiento que, a mi juicio, eran posibles en este caso.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.

El señor FERNÁNDEZ.- Señor Presidente, la reforma que nos ocupa, iniciada en una moción a la cual concurrí con mi firma, tiene por objeto (como se señaló en el primer trámite) fijar un plazo a la Corte Suprema para evacuar el informe que prescribe el artículo 74 de la Constitución, y, además, la oportunidad en que dicho informe debe hacerse, por cuanto el inciso segundo de la referida norma constitucional no lo contempla. El proyecto establece que debe llevarse a cabo antes del término del primer trámite constitucional y que, asimismo, se deberá consultar nuevamente antes del término del segundo trámite constitucional, si se hubieren introducido modificaciones sustanciales al proyecto.
Actualmente, se consulta una sola vez a la Corte Suprema, y ocurre que en los distintos trámites del proyecto de ley éste puede experimentar modificaciones sustanciales. Es decir, es posible que la opinión ya emitida por el Máximo Tribunal respecto de una iniciativa no tenga nada que ver con el texto que se hallan discutiendo ambas Cámaras. Y por eso se habla de modificaciones sustanciales. Consideramos que es una aclaración importante, que complementa y perfecciona la norma constitucional.
Por otra parte, el sentido de los plazos establecidos por el Senado, al remitirse a la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, dice relación a la eventualidad de que el proyecto tuviera trámite de urgencia. Y si así fuese -no olvidemos los tipos de urgencia; incluso podría tratarse de "Discusión Inmediata"-, existiría una contradicción entre el plazo que fija tal urgencia y los treinta días con que cuenta la Corte Suprema para informar.
Para interpretar armoniosamente esta reforma, y en el evento de que conforme a las prescripciones constitucionales existan plazos dentro de los cuales el Congreso Nacional ha de despachar una iniciativa, debemos entender que obviamente dichos plazos deben ajustarse y primar sobre los treinta días asignados a la Corte Suprema, porque éstos sólo pueden referirse a aquellas iniciativas sin calificación de urgencia. De otra manera, ello significaría impedir la urgencia en los proyectos de reforma constitucional, y ése no es el sentido de ninguno de los autores de esta iniciativa y nunca ha sido planteado en la Comisión.
Por eso, al introducir la Cámara de Diputados un artículo distinto del aprobado por el Senado se abre la posibilidad de que la reforma se pueda entender en la forma que he señalado. Sin embargo, para la historia fidedigna del establecimiento de la ley, deseo dejar constancia de que el sentido de tales plazos recae en los proyectos que carecen de urgencia, pues de otro modo estaríamos modificando normas de la propia Constitución relativas a las mismas y disposiciones que no se avienen con la reforma en debate.
Por lo tanto, resulta procedente aprobar la iniciativa tal como fue despachada por la Cámara de Diputados, por cuanto de otra manera no existiría ley en lo que dice relación con el inciso segundo del artículo 74 de la Carta Fundamental. Y desde ya anuncio mi voto favorable a ella en los términos planteados, con el alcance relativo a las urgencias, que prevalecen sobre el plazo que nos ocupa.
He dicho.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Aburto.
El señor

ABURTO.- Señor Presidente, deseo realizar algunas breves observaciones acerca de este proyecto de reforma constitucional, sobre el cual -según recuerdo- la Corte Suprema fue consultada. Al respecto, en una oportunidad el Máximo Tribunal opinó en forma desfavorable y en otra lo hizo favorablemente.
Ahora bien, en los antecedentes que obran en mi poder no consta el informe de la Corte Suprema. No sé si en esta ocasión se trata de un nuevo proyecto, o del mismo que se conoció hace por lo menos dos o tres años.
Recuerdo que el informe de la Corte Suprema resulta fundamental para dar validez a la tramitación de la ley. El Tribunal Constitucional sentó ya una antigua jurisprudencia, en el sentido de que habría un vicio de inconstitucionalidad de forma en los casos en que la Corte Suprema no sea consultada cuando se trata de modificar el artículo 74 de la Carta Fundamental, tocante a la ley orgánica constitucional sobre organización y atribuciones de los tribunales.
Yendo al análisis del proyecto, estimo que, por la forma en que fue aprobado por el Senado, la Constitución Política iría más allá del artículo 16 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, que se refiere a esta materia. A mi entender, por esta razón, el texto aprobado por la Cámara de Diputados es más preciso.
Es cierto que el proyecto establece un plazo perentorio, pero esto no afecta la dignidad de la autoridad a la cual se solicita el informe.
Por otra parte, estoy de acuerdo con lo expresado por el Senador señor Zurita en lo relativo a que, aun cuando la reforma y el artículo 16 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional no establecen la oportunidad precisa para solicitar el informe a la Corte Suprema, debido a la mucha latitud del proceso, en diversas ocasiones puede pedirse. Y sería más conveniente que ambas ramas del Parlamento, que van conociendo de la iniciativa, esperaran que su contenido adquiriera cierta madurez y desarrollo, pues la Corte Suprema no podría informar acerca de ella en el momento en que comienza a discutirse, más aún si posteriormente será objeto de modificaciones sustanciales. En tal sentido, a mi juicio, es conveniente esperar que el proyecto, en la oportunidad que corresponda, se encuentre ya en forma avanzada.
En resumen, estoy de acuerdo con la redacción que la Cámara de Diputados le ha dado, y por ello le prestaré mi aprobación.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Señor Senador, el informe de la Corte Suprema fue entregado a la Sala en el primer informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado. Dicho texto se encuentra en poder de la Secretaría. Frecuentemente, cuando ya se ha dado el primer paso legislativo, los señores Senadores tienen a su disposición los documentos que son útiles de considerar. En todo caso, si Su Señoría lo desea, la Secretaría está en condiciones de entregarle en este preciso momento el informe de la Corte Suprema.

El señor ABURTO.- Gracias, señor Presidente.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LAGOS (Secretario).- En el informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, fechado el 2 de junio de 1995 y recaído en este proyecto de reforma constitucional, se deja constancia de lo siguiente: "6.- Opinión de la Corte Suprema.
"Cabe anotar que -a raíz de encontrarse en trámite en el Senado un proyecto de la H. Cámara de Diputados que modificaba el artículo 16 de la ley Nº 18.918- esta Comisión consultó, con fecha 12 de abril de 1995, la opinión de la Corte Suprema sobre la posibilidad de incluir en el aludido precepto legal una norma que estableciera plazo a la Corte Suprema para dar a conocer su parecer y dispusiera, que si no lo hiciera dentro de él, se tendría por cumplido el trámite.
"El Máximo Tribunal, mediante oficio de fecha 19 de abril de 1995, informó negativamente esta materia "porque la voluntad del constituyente fue que "la ley Orgánica Constitucional relativa a la organización y atribuciones de los tribunales sólo podrá ser modificada oyendo previamente a la Corte Suprema", de lo cual se infiere que constitucionalmente, no es posible prescindir, en caso alguno del informe, y si lo hiciera el Tribunal Constitucional podría rechazarlo.".".

El señor HAMILTON.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, deseo referirme a lo leído por el señor Secretario y que dice relación con el informe de la Corte Suprema.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, evidentemente, ésa es la opinión del constituyente; pero ahora, al modificar la Constitución, estamos ejerciendo ese poder constituyente. Estamos cambiando la Carta Fundamental y tenemos perfecto derecho a hacerlo. Incluso, ha sido una deferencia consultar a la Corte Suprema acerca de esta reforma constitucional para ver en qué la afecta.
Ojalá, no se vea en esto un acto como de disputa entre el Senado o el Congreso y la Corte Suprema. Por el contrario. En relación con los informes del Máximo Tribunal, los cuales normalmente se limitan de manera exclusiva y concisa a la materia referida en el artículo 74, en cuanto a la organización y atribución de los tribunales, muchas veces, para aprovechar la experiencia de la Corte, le solicitamos que se extienda a otras materias, aunque no sean de su competencia exclusiva. Ejemplo de lo anterior es lo que hoy ocurre respecto del proyecto de reforma del Código de Procedimiento Penal, en donde no sólo se ha consultado dos veces a la Corte Suprema, sino que, además, según antecedentes proporcionados por el Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, ella ha designado distintos Ministros para estudiar diversos aportes. Por lo mismo, le hemos pedido también que participe con nosotros en la discusión del proyecto; o sea, la máxima integración para los efectos de despachar el mejor texto legal posible. Eso no significa, sin embargo, que estemos renunciando a ejercer nuestras facultades como Poder Constituyente, el cual reside en el Congreso Nacional y en el Presidente de la República, y no en otro Poder del Estado.
En consecuencia, nos es perfectamente posible cambiar una disposición constitucional que afecta a la Corte Suprema, aun no consultándola; o, habiéndolo hecho, contra la opinión de ella.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.

El señor BOENINGER.- Adhiero a lo expresado en el sentido de apoyar el proyecto sometido a nuestra consideración, y especialmente coincido con lo que expresa el Honorable señor Bitar.
Durante el período en que me desempeñé como Ministro, en varias oportunidades se presentaron situaciones complejas y que suscitaron una larga discusión acerca de cuál sería el camino constitucionalmente correcto para el tratamiento de reformas a la Carta en caso de desacuerdos entre el Senado y la Cámara de Diputados. Y tengo la impresión de que este caso pone nuevamente de relieve -como también lo expresó el Senador señor Bitar- la conveniencia de que en el caso de una reforma constitucional se permita la formación de comisiones mixtas. Pienso que éste podría ser el momento para buscar un consenso entre los distintos miembros del Senado, a fin de elaborar esa propuesta de modificación.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.

El señor FERNÁNDEZ.- La había solicitado antes la Senadora señora Carmen Frei, señor Presidente.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Puede hacer uso de ella Su Señoría.

La señora FREI (doña Carmen).- Señor Presidente, hace rato que estaba pidiendo intervenir, porque voy a aportar una ayuda muy sustanciosa al Senado.
Hace más de cuatro años, tal vez cinco, que, junto con la entonces Senadora señora Laura Soto, presentamos una moción tendiente justamente a disponer un procedimiento para tratar las discrepancias que se produjeran entre las dos Cámaras. Me parece que los señores Senadores no han conocido de esa iniciativa, por lo que pido que, por intermedio de la Presidencia, se reconozca a esta humilde servidora el haber anticipado hace ya tiempo lo que hoy ha solicitado considerar el Senador señor Boeninger. Ojalá el asunto se pudiera estudiar, porque, al margen de que la idea es muy buena y está bien redactada, me parece que cumpliría un trámite muy rápido en la Comisión de Constitución.

El señor MORENO.- Tiene todo nuestro apoyo Su Señoría.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Hay una petición formal a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia sobre el particular.

El señor LARRAÍN.- La moción no se ha puesto en tabla, Señora Senadora, porque el Ejecutivo no la ha incluido en la convocatoria.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, desde el punto de vista de quien habla, el problema sobrepasa la posibilidad de constituir comisiones mixtas para resolver las discrepancias mencionadas. En realidad, debe considerarse que estamos hablando del tercer Poder del Estado de Chile. Establecer plazos para que la Corte Suprema se pronuncie sobre las consultas sobre aquellos aspectos de la ley que incidirán derechamente en su funcionamiento, organización y atribuciones, me parece sumamente delicado.
Esto, porque hay dos conceptos que es necesario tener muy claros. Primero, quienes componen el Poder Judicial son personas de carrera y de un extraordinario profesionalismo. Cada día, naturalmente, van a tener más demandas de especialización. Debemos tener mucho cuidado, sobre todo en materias referentes a su organización y atribuciones y cuando se proyectan a futuro las situaciones que puede enfrentar el Estado de Chile. En tal sentido, el cambio no me parece conveniente. El sistema ha funcionado bien; ha mostrado eficiencia. Los tiempos, especialmente en cuestiones de justicia, con toda la herencia que hay, son muy complejos de modificar.
Muchas veces se critica a nuestra justicia diciendo que es lenta; sin embargo, cuando uno observa por ejemplo la que se ejerce en algunos estados de los Estados Unidos, donde se esperan 24 años antes de cumplirse una sentencia judicial, como la de pena de muerte, me quedo con el Poder Judicial chileno.
Personalmente, votaré en contra la modificación por dos motivos. Primero, porque el juego de los Poderes del Estado se va a encontrar en alguna medida constreñido. Segundo, porque las enmiendas a la Constitución son demasiado serias, y ésta no puede estar sujeta a pequeños procesos de modificación, que a la larga significarán una desviación de su espíritu.
Repito, señor Presidente, mi voto es negativo.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Silva.

El señor SILVA.- Señor Presidente, a pesar de que el debate se ha hecho bastante complejo, en el fondo -con excepción del señor Senador que me precedió en el uso de la palabra-, he escuchado que todos hasta ahora se han mostrado en disposición de aprobar la norma como única manera de salvar una situación pendiente, que existe y que es una realidad.
Se podrán discutir a futuro las consecuencias de establecer determinados procedimientos y fórmulas para solucionar este tipo de problemas; pero mientras tanto, abocados como estamos a la presente situación, opino, con el respeto que me merece la opinión de mi distinguido amigo el Senador señor Martínez, que no podemos detenernos ante la circunstancia de fijar un plazo. Hay un viejo dicho en el campo del Derecho, que dice "Al buen pagador no le duelen prendas".
Recuerdo que no es ésta la primera disposición que señala plazos a los órganos de los Poderes Públicos. Precisamente "El Presidente de la República (a cada rato se dice, y nunca se ha planteado a este respecto obstáculos de ninguna especie) reglamentará esta ley dentro de tal plazo", y se le señala el plazo. "El Contralor General de la República tomará razón de los decretos supremos dentro de 30 días¿"; el órgano contralor no es Poder Público, pero tiene potestades autónomas de carácter constitucional.
A menudo, en las leyes se establecen disposiciones de esta naturaleza que, si bien no tienen generalmente carácter sancionador, sí en cambio entrañan un requerimiento para que las autoridades cumplan con los cometidos que las leyes les entregan.
Por lo tanto, votaré favorablemente la disposición, y me atrevo a pensar que en cierto sentido se encuentra agotado el debate, pues hay ya por lo menos veinte señores Senadores que han emitido su opinión coincidente con la necesidad de que el proyecto se apruebe.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, concuerdo con el Senador señor Silva en cuanto a que el debate se ha agotado.
Sólo agregaré una reflexión acerca de lo expuesto por el Honorable señor Martínez. Estimo que hay riesgo de que la reforma no sea aprobada, pues, dada la asistencia con que contamos, su voto puede ser muy determinante.
Aparte el hecho de que no solamente las leyes, sino también la misma Constitución establecen plazos a numerosas autoridades (se incluye al propio Presidente de la República), preceptuando que, si dentro de determinadas fechas no se da curso a una disposición ésta se entenderá aprobada o rechazada, según sea el caso, esta norma no es extraña a nuestra técnica constitucional.
Pero lo más importante es que el Senado estaba, en el fondo, de acuerdo con su criterio, es decir con no fijarlo en la Constitución, sino que regularlo en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional. Sin embargo, al modificar la Cámara de Diputados tal criterio (y, por lo que se ha dicho no existen trámites ulteriores), al no aprobarse la norma por nosotros quedaremos en la situación vigente hoy, que es mucho peor que la ocurrencia del problema que ha representado el Honorable señor Martínez. En efecto, el incumplimiento en que por distintas razones incurriera la Corte Suprema al no evacuar su informe, no tendría consecuencias. Tal eventualidad resultaría mucho más compleja.
En realidad el asunto no es de alta trascendencia, aunque muy importante para nuestro funcionamiento, porque si bien no estamos obligados a seguir el consejo de la Corte Suprema, sí lo estamos a consultarla. Si ella no evacua la consulta, estaremos en una situación de indefinición, y carente de solución. Por eso recabo el asentimiento ojalá unánime de la Sala para el proyecto en la versión de la Cámara de Diputados. Si bien no nos satisface, por lo menos nos permite resolver el problema que se planteó originalmente.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, deseo hacer uso de mi derecho a réplica respecto de los dos señores Senadores que me han antecedido.
El problema es de otra índole. Es cierto que el Senado está abocado a resolver una dificultad práctica. Naturalmente, ése ha sido el espíritu. Pero detrás de las modificaciones hay otras cosas. Se está tratando de presionar resoluciones en lo que son facultades propias de la administración de justicia. Ése es el problema.
El beneficio que se pretende aquí es contar con opiniones profundas y meditadas, que requieren de tiempo. Y, cuando se trata del Poder Judicial, el tiempo para el examen de los temas que a él le atañen resulta vital para lo que después será su servicio hacia la nación. Ello me mueve a pensar que no es bueno fijarle un plazo para que evacue sus informes y opiniones.
La Constitución es bien clara en ese sentido, estableciendo que debe oírse la opinión de la Corte Suprema; es decir, se la hace participar. Y esto no debe llamar la atención, porque en nuestra historia constitucional ya don Arturo Alessandri, a propósito de la Carta Fundamental de 1925, propugnaba la conveniencia de que estuvieran presentes en el Senado representantes del Tribunal Supremo, con el objeto de que tuvieran facultad para hacer leyes. El tiempo, entonces, es un elemento que, históricamente, implica informar de buena manera a la Sala del Senado para mejor resolver.
Entiendo perfectamente el aspecto práctico y me hago cargo de la profundidad de las opiniones de los señores Senadores, pero creo que también debe tenerse presente lo que estoy señalando.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Díez.

El señor DÍEZ.- Señor Presidente, la Constitución fija al Presidente de la República un plazo de 30 días para formular observaciones a una iniciativa legal, y le permite pedir urgencia para el despacho de un proyecto en el mismo plazo. A mi juicio, la Cámara de Diputados ha seguido la norma general establecida en la Carta para evitar que un proyecto de ley se atasque o se atrase indebidamente, fijando un término de 30 días a la Corte Suprema -el cual no me parece desdoroso para ella, como expresaba el Senador señor Aburto-, que ésta puede doblar a 60.
Ese plazo representa un tiempo que hoy le permite perfectamente bien a la Corte Suprema conocer de un proyecto de ley, máxime si el Congreso está obligado, por la propia Constitución y en virtud de una urgencia, a un pronunciamiento dentro de un lapso menor, si la calificación hecha por el Presidente de la República no es la de "Simple".
En todo caso, pienso que habría sido preferible que la reforma se remitiese al texto del Senado, el cual permitía regular esta materia en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional. ¿Por qué? Porque se presenta un conflicto entre dos disposiciones de la Carta Fundamental, que son la del artículo 74 y la del artículo 71. En efecto, este último obliga a cada Cámara a despachar un proyecto dentro de un plazo máximo de 30 días, si el Presidente de la República ha fijado urgencia. Y evidentemente puede haber conflicto con la Corte Suprema, pues el plazo para consultarla comenzaría a correr desde que se dé cuenta de la iniciativa en la Cámara respectiva, lo que impediría concederle los mismos 30 días, que harían imposible oírla.
Por eso, voy a aprobar la reforma en el entendido de que la disposición constitucional que obliga al Congreso a despachar un proyecto dentro de un plazo de 30 días prima sobre la otra, en caso de conflicto. Toda otra interpretación significaría violar la letra de la Carta Fundamental.
Como el texto, lamentablemente, se halla en forma incorrecta y se prestará a dudas en su interpretación, quiero dejar constancia -al igual que el Senador señor Fernández- de que, en mi opinión, debe preferirse la norma que contiene una orden compulsiva para el Congreso frente a aquella relativa a la Corte Suprema, cuya opinión es un mero consejo para la dictación de la ley.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.

El señor NOVOA.- Señor Presidente, discrepo en cuanto a que exista preeminencia de normas. Si se estimara que la urgencia fijada por el Presidente de la República para la tramitación de un proyecto es incompatible con la consulta al Poder Judicial, estaríamos frente a una situación donde la norma del artículo 74 sería letra muerta. Las urgencias dependen de la voluntad del Primer Mandatario. Por lo tanto, si éste decide solicitarla respecto de un proyecto de reforma de la ley orgánica constitucional que regula las atribuciones del Poder Judicial y la Corte Suprema no alcanza a emitir su informe dentro del plazo, pasará que el Congreso no cumpla con la urgencia, pero no omitirá el trámite obligatorio de oír al Máximo Tribunal.
Las urgencias dependen de la voluntad del Presidente de la República, quien las fijará cuando, de acuerdo con su prudencia, sea posible conciliar las normas. De ahí que no soy partidario de dejar establecido que una prevalece sobre la otra, principalmente si se considera que las urgencias -repito- dependen de la voluntad del Jefe del Estado, quien puede hacer compatibles ambos preceptos.

El señor LARRAÍN.- Votemos, señor Presidente.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Aburto.
El señor

ABURTO.- Señor Presidente, en forma muy rápida, me referiré a lo expresado por el Senador señor Hamilton, cuya opinión me merece mucho respeto.
Su Señoría ha sostenido que en este caso, por tratarse de una reforma constitucional -es decir, por estar ejerciendo el Senado la potestad constituyente-, no sería necesario el trámite de consulta a la Corte Suprema, establecido como obligatorio por su ley orgánica constitucional, esto es, el Código Orgánico de Tribunales. Me parece que el punto es discutible. No debe olvidarse que se trata de una ley (en la especie, una ley de reforma constitucional) y que, como tal, no escapa del trámite de consulta a la Corte Suprema. El asunto es muy importante, por cuanto, como ya lo he dicho anteriormente, el Tribunal Constitucional ha establecido en su jurisprudencia que la omisión de dicho trámite lleva consigo un vicio de inconstitucionalidad de forma.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Se procederá a tomar la votación.

El señor LAGOS (Secretario).- La primera enmienda introducida por la Cámara de Diputados es para sustituir el inciso tercero del artículo único.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- En votación.
--(Durante la votación).

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, sólo quiero aclarar algo.
Aquí se ha citado la opinión de don Arturo Alessandri. Yo creo que la opinión del ex Mandatario está expresada en la Constitución de 1925, de la cual fue su autor personal. De acuerdo con esa Carta, esta reforma habría sido despachada con un quórum inferior y, además, no habría sido necesario efectuar ninguna consulta a la Corte Suprema.
Voto que sí.

El señor URENDA.- Señor Presidente, coincido con las reticencias que se han manifestado con respecto al texto que estamos aprobando. Desgraciadamente, no tenemos otra opción.
Sólo quisiera agregar a lo que ya se ha expresado que, a mi entender, la frase "previa cuenta al Congreso Nacional" se refiere nada más que al hecho de comunicar al Congreso Nacional para los efectos de la prórroga. Porque, de lo contrario, en la práctica podría ocurrir que fuera casi imposible efectuar esta prórroga.
En todo caso, por las razones que se han dado y para solucionar un problema que se nos ha presentado en otras oportunidades, voto a favor.

El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- Señor Presidente, no hay nada peor para un ordenamiento jurídico legal que las normas no tengan eficacia. En ese sentido, la modificación en estudio tiende a que la preceptiva posea eficacia para que sea debidamente observada.
Por eso, voto a favor.

El señor LAGOS (Secretario).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.


El señor LAGOS (Secretario).- Resultado de la votación: 38 votos a favor y uno en contra.
Votaron a favor los señores Aburto, Bitar, Boeninger, Bombal Canessa, Cantero, Cariola, Cordero, Chadwick, Díez, Fernández, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Horvath, Lagos, Larraín, Moreno, Muñoz Barra, Novoa, Ominami, Páez, Parra, Pinochet, Pizarro, Ríos, Romero, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Urenda, Valdés, Vega, Viera-Gallo, Zaldívar (don Adolfo), Zaldívar (don Andrés) y Zurita.
Votó en contra el señor Martínez.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Aprobada la modificación introducida por la Cámara de Diputados al inciso tercero del artículo único.
Si le parece a la Sala, con la misma votación se dará por aprobada la segunda enmienda propuesta por esa rama del Parlamento, que recae sobre el inciso cuarto del artículo único.
--Se aprueba con la misma votación y queda despachado el proyecto en este trámite.




MONUMENTO EN MEMORIA DE CARDENAL ANTONIO SAMORÉ


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En seguida, corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que autoriza erigir un monumento en la ciudad de Punta Arenas en memoria del Cardenal Antonio Samoré.
¿Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 2ª, en 5 de octubre de 1994.
En tercer trámite, sesión 13ª, en 12 de mayo de 1998.
Informe de Comisión:
Educación, sesión 21ª, en 23 de noviembre de 1994.
Discusión:
Sesión 22ª, en 24 de noviembre de 1994 ( se aprueba en general y particular).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz De Giorgio.

El señor RÚIZ (don José).- Señor Presidente, este proyecto de ley se inició a requerimiento del Centro de ex Alumnos del Liceo Juan Bosco de la ciudad de Punta Arenas. En octubre de 1994, presenté una moción, la que fue despachada por el Senado en el plazo de dos meses. En la Cámara de Diputados estuvo desde diciembre de 1994 hasta mayo del presente año. Desgraciadamente, la iniciativa ha tenido una tramitación que no se compadece con el fondo del proyecto ni con el interés que él despertó en la comunidad de Magallanes. En su oportunidad, envié varios oficios a la Cámara de Diputados con el propósito de lograr el despacho del proyecto, pero no tuve éxito.
Sin embargo, la comunidad de Magallanes, haciéndose eco de lo que piensa el país, estimó oportuno erigir un monumento en memoria de quien desempeñó un papel tan importante en momentos muy difíciles para Chile. Por eso -y no deseo alargarme mucho, para no postergar la discusión del proyecto-, puedo decir a la Corporación que el monumento se comenzó a construir. Quienes promovieron la iniciativa juntaron recursos. Después, lograron que la municipalidad asignara un sitio y que incluso se colaborara en muchos aspectos que dificultaban su erección. Hoy el monumento está prácticamente terminado y sólo falta su inauguración.
Por lo tanto, la aprobación de este proyecto de ley viene a dar un marco jurídico a una acción que ya está prácticamente realizada. Pero lo más importante es que viene a hacer justicia a una persona extraordinaria -cosa que el pueblo chileno debiera tener siempre presente-, porque gracias a su gestión se logró evitar un conflicto armado con el vecino país y, al mismo tiempo, se abrió un nuevo espacio para tener una relación más sólida con la República Argentina.
Por lo expuesto, solicito al Senado que dé su aprobación a la erección de un monumento en memoria del Cardenal Samoré, porque viene a ser un poco la expresión de agradecimiento de una comunidad hacia una persona que hoy día ya no está con nosotros, pero que desempeñó un papel relevante en momentos muy difíciles para el país.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.

El señor FERNÁNDEZ.- Señor Presidente, concuerdo con el propósito del proyecto, pero, tal como se ha dicho aquí, el monumento ya está terminado. La comunidad de Magallanes fue mucho más ágil que el Congreso: reunió los fondos y obtuvo las correspondientes autorizaciones, por lo que, en definitiva, el monumento ya es una realidad.
Además, se trata de un justo homenaje al Cardenal Antonio Samoré, a quien, en momentos muy difíciles para Chile, en 1978, le cupo una participación tan decisiva. Tuve el honor de conocer y de tratar con él algunas materias relacionadas con el conflicto. De tal manera que encuentro muy merecido este homenaje. Y, como se ha dicho aquí, aunque esta iniciativa de ley se despache en forma tardía, en todo caso va a ser el marco jurídico que permitirá inaugurar este monumento con todos los honores que otorga la calidad de una ley de esta naturaleza.
Por los motivos señalados, presto mi aprobación al proyecto en debate.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En todo caso, y por tratarse de un honor, para erigir un monumento se requiere de ley. Me parece muy bien que se haya presentado la iniciativa, porque con ello se viene a llenar un vacío legal que no se había cumplido.
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, cuando se erige un monumento a una persona tan destacada como el Cardenal Samoré, entiendo que es por toda la labor que él realizó durante su vida. Ciertamente, en el caso de Chile, lo más sobresaliente e importante fue su papel en la Mediación. Pero deseo hacer presente y recordar, por otra parte, que al Cardenal Samoré le tocó presidir la Segunda Asamblea de Obispos de América Latina, celebrada en Medellín, Colombia, en los años sesenta, la cual marcó el impulso más importante en la renovación de la Iglesia Católica en este continente. En esa reunión, fue el representante del Papa y dio su aval a los acuerdos de Medellín, que produjeron un gran movimiento de renovación del mundo católico y un compromiso de la Iglesia con los sectores populares de toda América Latina.
Por lo tanto, estimo que cuando se erige un monumento al Cardenal Samoré, se hace no sólo por un aspecto de su vida, sino por ella en su conjunto.
Quiero señalar que también tuve el privilegio de conocerlo durante mi exilio en Roma y, además, de tener cierta relación con él, por cuanto mi señora fue su alumna en la Biblioteca Vaticana, junto con otras chilenas exiliadas en esa ciudad en ese momento. Y el Cardenal Samoré siempre tuvo una actitud muy deferente hacia todos nosotros.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Terminado el debate.
Si le parece a la Sala, daremos por aprobada la iniciativa.

--Se aprueba el proyecto y queda despachado en este trámite.




CONVENIO DE COOPERACIÓN EN MATERIA DE SALUD
ENTRE LOS GOBIERNOS DE CHILE Y ARGENTINA

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Convenio de Cooperación en Materia de Salud entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de Argentina, suscrito en Buenos Aires en abril de 1996. Tiene informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
¿Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 31ª, en 3 de septiembre de 1997.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 34ª, en 10 de septiembre de 1997.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, ¿el informe fue aprobado por unanimidad en la Comisión?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Sí, señor Senador.

El señor HAMILTON.- Entonces, propongo aprobarlo sin mayor discusión.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si hubiera acuerdo, así se hará.
--Se aprueba en general y particular el proyecto de acuerdo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminado el Orden del Día.
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Tiene la palabra el señor Secretario para dar cuenta de dos oficios recibidos.

El señor LAGOS (Secretario).- Corresponde incluir en la Cuenta de la presente sesión los siguientes asuntos:
1) Oficio de la Cámara de Diputados con la que comunica que ha dado su aprobación al informe de la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto de ley que moderniza el sistema de remuneraciones del personal del Ministerio de Obras Públicas, de sus servicios dependientes y del Instituto Nacional de Hidráulica. (Véase en los Anexos, documento 3).
--Queda para tabla.
2) Proyecto de acuerdo presentado por varios señores Senadores, relativo a los ensayos nucleares de India y Pakistán.
--Queda para Tiempo de Votaciones de la próxima sesión.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No habiendo otro asunto que tratar, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 18:23.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción