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Sesión 34ª ordinaria, en martes 9 de mayo de 2000
De .16.21 a 19.25 horas. Asistencia de 41 señores Senadores.
Presidieron la sesión los HH. Senadores señores Andrés Zaldívar, Presidente y Juan Hamilton, Presidente accidental.
Actuó de Secretario el señor José Luis Lagos.



VISITA DEL PRESIDENTE DEL PARLAMENTO DE HUNGRÍA

El Senado recibió al Excmo. señor János Äder, Presidente del Parlamento de Hungría y a una delegación de Parlamentarios que lo acompañaba.
El Presidente del Senado, H. Senador señor Andrés Zaldívar, junto con pronunciar un discurso de bienvenida, condecoró al Presidente del Parlamento húngaro con la Orden al Mérito del Senado de la República de Chile, reconocimiento que se entrega por primera vez. Por su parte, el señor János Äder pronunció un discurso de agradecimiento.




CONVENIOS CON FRANCIA Y PORTUGAL SOBRE SEGURIDAD SOCIAL

Por la unanimidad de los señores Senadores presentes (28 Senadores), se aprobaron, en general y en particular, los siguientes proyectos de acuerdo, en segundo trámite constitucional, recaídos en convenios sobre seguridad social:

1.- El que aprueba el "Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y la República Francesa", suscrito en Santiago, el 25 de junio de 1999. (Boletín Nº 2440-10).

2.- El que aprueba el "Convenio sobre Seguridad Social entre la República de Chile y la República Portuguesa", suscrito en Lisboa, el 25 de marzo de 1999. (Boletín Nº 2441-10).
Ambos proyectos de acuerdo fueron iniciados en Mensaje del Ejecutivo, y tienen por finalidad primordial que los nacionales de los Estados Partes puedan beneficiarse de las cotizaciones que hubieren enterado en Chile, Francia o Portugal, producto de actividades laborales desarrolladas en el territorio de las Partes, manteniendo así la continuidad en su historia previsional, que permitirá, en definitiva, el goce de los derechos de la seguridad social.
Chile ha suscrito en el último tiempo convenios similares con Alemania, Argentina, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Dinamarca, España, Estados Unidos de América, Finlandia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Quebec, Suecia, Suiza y Uruguay. Además los está negociando con otro importante número de países.
El Convenio con Francia consta de 31 artículos, contenidos en cuatro Títulos y, el suscrito con Portugal, está estructurado en 24 artículos, contenidos en cuatro Títulos, los que en síntesis establecen lo siguiente:
Los Convenios recogen los principios jurídicos de universal aceptación en materias de seguridad social, cuales son: la igualdad de trato entre las Partes Contratantes, el respeto de los derechos adquiridos y en curso de adquisición y el de ayuda administrativa.
Consagra la exportación de pensiones, en el sentido que se garantiza que los nacionales de una de las Partes que, habiendo obtenido una pensión, con arreglo a disposiciones internas, conserven el derecho a su goce, no obstante trasladar su residencia.
Consagra el acceso igualitario a la salud para los nacionales de las Partes Contratantes.
El Convenio con Portugal beneficia a cerca de 160 chilenos y, el suscrito con Francia, a 20.000 chilenos.
Intervino el Senador Sergio Romero, en su calidad de Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, para informar las iniciativas.
En consecuencia, los proyectos de acuerdo vuelven a la Cámara de Diputados para que sean remitidos al Ejecutivo, para su promulgación.




CONVENIO CON COSTA RICA SOBRE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

Por unanimidad se aprobó, en general y en particular, el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, recaído en el "Acuerdo entre la República de Chile y la República de Costa Rica para la promoción y protección recíproca de las inversiones" y su protocolo, suscritos en la ciudad de San José, Costa Rica, el 11 de julio de 1996. (Boletín Nº 2460-10).
El proyecto de acuerdo fue iniciado en Mensaje del Ejecutivo, quien en los fundamentos del mismo señala que Chile ha convenido a la fecha un número importante de tratados de promoción y protección de inversiones. Este nuevo Acuerdo, agrega, importa un compromiso entre las Partes Contratantes en orden a estimular la efectiva transferencia de capitales y su adecuada protección, todo lo anterior de conformidad a lo establecido en sus respectivas legislaciones nacionales.
Agrega que el propósito fundamental de este Tratado, es establecer un marco jurídico adecuado para regular tanto los derechos y obligaciones del Estado receptor de los capitales como los de los inversionistas extranjeros, estatuto en el que se compatibiliza el legítimo interés de éstos con el del Estado receptor de las inversiones, favoreciéndose, de ese modo, la transferencia y movilidad de capitales.
Chile ha convenido a la fecha un número importante de tratados de promoción y protección de inversiones con diversos países del mundo, a saber, Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia, Brasil, Croacia, Cuba, Dinamarca, Ecuador, El Salvador, España, Filipinas, Finlandia, Francia, Grecia, Guatemala, Holanda, Honduras, Hungría, Indonesia, Italia, Malasia, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelandia, Panamá, Paraguay, Polonia, Portugal, Reino Unido e Irlanda del Norte, República Checa, República de Corea, República Popular China, Rumania, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay y Venezuela.
El Tratado consta de un Preámbulo, doce artículos y un Protocolo, los que en síntesis disponen lo siguiente:
En el ámbito de aplicación del Convenio, se dispone que regirá las inversiones efectuadas, antes o después de su entrada en vigor, por inversionistas de una de las partes, conforme a las disposiciones legales de la otra, en el territorio de esta última. Sin embargo, no se aplicará a divergencias o controversias que hubieran surgido con anterioridad a su vigencia o estén directamente relacionadas con acontecimientos producidos antes de su entrada en vigor. Tampoco afectará derechos patrimoniales adquiridos o situaciones jurídicas consolidadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.
Dispone que el tratamiento que ha de darse a las inversiones de los inversionistas de la otra parte ha de ser justo y equitativo, incluyéndose el "trato nacional" y la "cláusula de la nación más favorecida".
Impone la obligación de las partes de abstenerse de adoptar medidas que tenga como efecto la nacionalización o la expropiación de las inversiones de los inversionistas de la otra parte, ni cualquier otra medida que tenga efectos equivalentes, a menos que las medidas sean adoptadas por causa de utilidad pública o interés público y en conformidad a la ley; que no sean discriminatorias, y que vayan acompañadas de disposiciones para el pago de una indemnización pronta, adecuada y efectiva.
Como forma de proteger las inversiones, se consulta el compromiso de las partes de indemnizar a los inversionistas de la otra que sufrieren pérdidas con motivo de una guerra u otro conflicto armado, disturbios civiles o acontecimientos similares ocurridos en su territorio, a los que deberá darse un tratamiento no menos favorable que el que otorga la parte a los inversionistas nacionales o de cualquier tercer Estado.
Intervino el Senador Sergio Romero, en su calidad de Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, para informar la iniciativa.
En consecuencia, el proyecto de acuerdo pasa a la Cámara de Diputados, para que sea remitido al Ejecutivo, para su promulgación.




NORMAS PARA AUMENTAR LA EFICIENCIA DE CARABINEROS E INVESTIGACIONES

Por unanimidad, se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica diversos textos legales para hacer más eficiente la función de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones. (Boletín Nº 1803-07).
El proyecto fue iniciado en moción de los Diputados señora María Angélica Cristi y señores Alberto Espina, Zarko Luksic, Gutemberg Martínez, Baldo Prokuriça y Alfonso Vargas y del ex Diputado señor Andrés Allamand, y tiene por objeto facilitar a los organismos policiales la realización de sus funciones. En los fundamentos de la iniciativa, sus autores señalan que, del análisis de las disposiciones del Código de Procedimiento Penal, en donde se encuentran contenidas gran parte de las normas que regulan el trabajo policial, se advierte que muchas veces Carabineros y la Policía de Investigaciones deben destinar personal para la realización de gestiones administrativas ajenas a su quehacer estrictamente policial.
Durante el estudio del proyecto en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, el Ejecutivo presentó una indicación sustitutiva de la iniciativa, que recoge las inquietudes manifestadas a la Comisión por las instituciones del ámbito judicial, en cuanto a que debe preverse la manera de subsanar satisfactoriamente los cometidos que no serán desarrollados en el futuro por las instituciones policiales y, además, se señala la imputación presupuestaria del mayor gasto que producirá el funcionamiento de los tribunales, la que no contemplaba la iniciativa original.
El proyecto consta de seis artículos, los que en términos generales, permiten un aumento del personal de Carabineros y de la Policía de Investigaciones destinado a labores propiamente policiales, en los términos que se señala a continuación:
Pone término a la práctica rutinaria de los tribunales de citar a los funcionarios policiales a ratificar los partes policiales.
Reduce la obligación que tienen los funcionarios policiales de efectuar notificaciones y citaciones, disponiendo que ellas se efectuarán por carta certificada, facultando al juez para que, en casos excepcionales y por resolución fundada, decrete que se haga directamente por cédula.
Dispone que la notificación de testigos por cédula podrá efectuarla un ministro de fe o empleado del tribunal comisionado para ello y, excepcionalmente y por resolución fundada, un agente de la policía.
Prescribe que los establecimientos asistenciales que practiquen alcoholemia o realicen exámenes o curaciones a detenidos bajo custodia policial, deberán procurar atenderlos en forma expedita y en el menor tiempo posible.
Además el proyecto perfecciona la norma sobre control de identidad aprobada cuando se eliminó la llamada "detención por sospecha", en el sentido de que la persona debe identificarse en el lugar en que se encuentra por medio de documentos expedidos por la autoridad pública tales como cédula de identidad, licencia de conducir o pasaporte. En caso que la persona no pueda acreditar su identidad, la policía la llevará a la unidad policial más cercana y se le darán facilidades para procurar una identificación satisfactoria por otros medios distintos de los ya mencionados. Si esto último no resultare posible, se ofrecerá a la persona ponerla en libertad de inmediato si autorizare por escrito que se le tomen fotografías y huellas digitales, las que sólo podrán ser utilizadas para fines de identificación.
El costo del proyecto en lo que respecta a las notificaciones efectuadas por carta certificada del procedimiento penal, significará un mayor gasto fiscal anual de $ 327.122 miles y, respecto del procedimiento de los Juzgados de Menores, de $ 104.194 miles. La iniciativa se financiará con cargo a los respectivos presupuestos institucionales y, si no fueren suficientes, mediante transferencias de la Partida del Tesoro Público.
Intervinieron en el debate los HH. Senadores señores Hernán Larraín (Senador Informante), Carlos Ominami, José Antonio Viera-Gallo, Rodolfo Stange, Fernando Cordero, Augusto Parra, Hosaín Sabag, Jorge Martínez, Julio Canessa y Roberto Muñoz Barra.
En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión, para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 5 de junio próximo.




PROHIBE INGRESO DE DESECHOS PROVENIENTES DE OTROS PAÍSES

Quedó postergada la votación del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que prohibe o regula, en su caso, el ingreso al territorio nacional de desechos o residuos provenientes de terceros países. (Boletín Nº 150-11).
El proyecto fue iniciado en moción del Diputado señor Gutemberg Martínez y de los ex Diputados señores Rubén Gajardo, Luis Leblanc y Sergio Pizarro en el año 1990, y tiene por objeto dar cumplimiento al mandato constitucional que asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, regulando uno de los problemas de contaminación más graves para el medio ambiente, el relativo a la eliminación de los desechos provenientes de la actividad humana.
El texto propuesto por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales recoge una indicación sustitutiva del proyecto de ley presentada por el Ejecutivo en el mes de enero del presente año y que ajusta el contenido de la iniciativa a las normas establecidas en el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación.
El proyecto consta de 10 artículos permanentes, los que en lo medular establecen lo siguiente:
Prohibe o regula, en su caso, la exportación, importación, tránsito y eliminación de desechos y residuos peligrosos u otros desechos, provenientes de otros países, en el territorio nacional, su zona contigua, la zona económica exclusiva, mar presencial y espacio aéreo nacional.
Define el término "desechos o residuos peligrosos" como los materiales o sustancias a cuya eliminación o disposición final se procede, que por su cantidad, concentración o características físico-químicas o infecciosas, puedan convertirse en un riesgo para la vida o la salud de las personas, incluidas las generaciones venideras, o para el mantenimiento de los ciclos, procesos o equilibrios ecológicos que condicionan, soportan o favorecen la vida en su multiplicidad de manifestaciones.
Entiende por el término "otros desechos": las sustancias u objetos a cuya eliminación se procede, y que pertenecen a cualquiera de las categorías enumeradas en los Anexos del Convenio de Basilea, o en aquellas que se contemplen, para estos efectos, en la legislación nacional o en convenios internacionales ratificados por Chile.
El ingreso y tránsito de desechos o residuos no peligrosos través del territorio nacional, su mar territorial, zona económica exclusiva, mar presencial y espacio aéreo, requerirá autorización de la autoridad sanitaria.
Sanciona con las penas que señala el ingreso al territorio nacional, posesión a cualquier título, o transporte de desechos o residuos peligrosos u otros desechos, en contravención a lo dispuesto en este proyecto de ley. La acción penal y la pena prescribirán en 10 años.
Los desechos y residuos peligrosos materia de la infracción serán devueltos a su país de origen, a costa del infractor.
Intervinieron los HH. Senadores señores Hosaín Sabag, Beltrán Urenda, Jorge Martínez y Antonio Horvath.
En consecuencia, procede votar el proyecto de ley al inicio del Orden del Día de la sesión de mañana.




INCIDENTES

El Senador José Antonio Viera-Gallo se refirió al alegato efectuado por el abogado, don Ricardo Rivadeneira, en el juicio sobre desafuero seguido en contra del Senador Augusto Pinochet.
Destacó que la defensa, en sus argumentos, no niega las violaciones a los derechos humanos; acepta los hechos del juicio, cuales son que en la "caravana de la muerte" hubo ejecuciones extrajudiciales, fuera de toda legalidad, incluso por encima de la ley de la guerra y que el General Pinochet no se encontraba al margen de los hechos ocurridos; y que en estos y en otros acontecidos durante el Gobierno Militar, se incurrió en responsabilidades políticas. Sin embargo, el señor Rivadeneira señala enérgicamente que no se le ha pasado jamás por la mente la duda de que su defendido pueda haber incurrido en responsabilidad penal, que haya participado en hechos sancionables penalmente, juzgables criminalmente ante tribunales de justicia.
Concluyó señalando que es evidente que el alegato del señor Rivadeneira persigue exculpar penalmente al General Pinochet, pero al hacerlo lo inculpa políticamente, destacando este reconocimiento como el hecho más trascendente de su defensa, al confirmar lo que el Informe Rettig sostuvo, es decir, su responsabilidad política como Jefe del Estado cuando se cometieron esos hechos
El Senador Jorge Lavandero se refirió al Impuesto Tobin para las transacciones de divisas, consistente en un tributo internacional uniforme, que va del 0,1 al 0,5 por ciento sobre los movimientos de capitales de corto plazo, diseñado por James Tobin, Premio Nobel de Economía y ex consejero del Presidente Kennedy, como un freno a la especulación, que provoca agudas fluctuaciones en los tipos de cambio y serios daños a las economías.
En su análisis expresó que un impuesto sobre las transacciones de divisas sería un elemento estratégico de la gestión financiera global en tres sentidos: 1º reducir los flujos de divisas y capitales de corto plazo y especulativos; 2º estimular la autonomía de la política nacional (en la medida en que nos acercamos a una globalización no sobre las empresas multinacionales, sino en cuanto a una gestión financiera del mundo, es evidente que los países van perdiendo su autonomía en las decisiones que puedan establecer dentro de sus propias fronteras), y 3º restablecer la capacidad impositiva de los estados-nación, afectada por la internacionalización de los mercados.
Durante su intervención analizó los beneficios económicos del impuesto; cuanto ha avanzado la iniciativa del Impuesto Tobin en el mundo y la importancia que Chile lo analice a fin de dar su apoyo a dicho impuesto.
La Senadora Evelyn Matthei solicitó se oficie al Ministerio de Justicia para que informe respecto de denuncias formuladas por la ex Jueza Gloria Olivares, en el sentido que en el sector judicial se habrían perdido más de dos millones de pesos.
El Senador Jorge Martínez se refirió a la Ley de Amnistía, norma que constituye una solución política para una situación de enfrentamiento interno ocurrida en Chile, manifestando que con la interpretación que algunos tribunales le han dado, en el sentido que no se aplica respecto de los detenidos desaparecidos por considerar que éstos se encuentran "secuestrados", se contraría la letra y el espíritu de dos principios de derecho universalmente reconocidos y que son la prescripción y la amnistía, normas de derecho plenamente vigentes en el país.
Expresó que la no aplicación de la prescripción y la amnistía lleva a que los uniformados citados a declarar en los procesos por presuntas violaciones a los derechos humanos, sean considerados por la mayoría de la opinión pública como delincuentes, lo que importa una condena sin juicio ni fallo previo, la que es imposible de revertir.
Propuso la constitución de una Mesa de Unidad Nacional, que permita buscar no una solución judicial sino acuerdos políticos en donde se refuercen la Ley de Amnistía y la prescripción y se extienda a todos los hechos punibles de carácter político cometidos desde el 20 de abril de 1978 al 11 de marzo de 1990.
El Senador Antonio Horvath se refirió a la crisis por la que atraviesan los pescadores artesanales de la Región de Aisén, de la que dio cuenta la semana pasada, informando que miles de pescadores artesanales con sus familias están en huelga y han realizado una serie de tomas en demandas principalmente de orden administrativo: implementación del sistema de posesionamiento satelital; perfeccionamiento del registro de pescadores artesanales; mayor flexibilización en la determinación de las fechas para la pesca.
Informó que la situación se ha agravado porque, además de no tener una respuesta de parte de la autoridad, también se está viendo afectado el sector pesquero industrial, solicitando se envíen oficios al Ministro de Economía, al Subsecretario de Pesca y al Director Nacional del Servicio Nacional de Pesca, para que esta materia se solucione al más breve plazo posible, en la línea armónica de los petitorios presentados por los pescadores artesanales y sin afectar a la pesca industrial.
El Senador Jorge Martínez adhirió a las palabras del Senador Horvath.

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