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Sesión 31ª ordinaria, en martes 18 de abril de 2000
De 16.19 a 19.06 horas. Asistencia de 45 señores Senadores.
Presidió la sesión el H. Senador señor Mario Ríos, Vicepresidente.
Actuó de Secretario el señor José Luis Lagos.



XVIII ASAMBLEA GENERAL DEL PARLATINO

El Senador Jovino Novoa informó respecto de la participación de la delegación parlamentaria chilena en la Décimo Octava Asamblea General del Parlamento Latinoamericano, realizada entre los días 16 y 18 de marzo en Sao Paulo, Brasil, donde resultó electo Secretario General de dicha Organización el Senador Jorge Pizarro.
La delegación estuvo integrada por los Senadores señores Roberto Muñoz Barra, Jorge Pizarro, Mariano Ruiz-Esquide, Jovino Novoa, Sergio Páez y los Diputados señora Marina Prochelle y señores Carlos Recondo y Felipe Valenzuela.



PROHIBE DISCRIMINACIÓN POR EDAD Y ESTADO CIVIL EN LA POSTULACIÓN A EMPLEOS.

Por la unanimidad de los señores Senadores presentes, se aprobó, en general y en particular, el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo a fin de evitar la discriminación por edad y estado civil en la postulación a empleos (Boletín Nº 2377-13).
El proyecto de ley fue iniciado en moción de los HH. Senadores señores Jaime Gazmuri y José Antonio Viera-Gallo y tiene por objeto evitar la discriminación por edad y estado civil en la postulación, acceso y permanencia en los empleos. Lo anterior, expresan los autores del proyecto, se fundamenta en la necesidad de suprimir la aplicación de criterios diferenciadores que afecten la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral, indispensable para el desarrollo personal y de la familia, y la satisfacción de sus necesidades más elementales.
El proyecto consta de artículo único que modifica el artículo 2º del Código del Trabajo en los términos que se señalan a continuación:
Incorpora, entre las circunstancias que el Código del Trabajo considera contrarias a los principios de las leyes laborales las discriminaciones, exclusiones o preferencias basadas en motivos de edad y estado civil. El texto vigente considera que son contrarias a los principios de las leyes laborales las discriminaciones por motivos de raza, color, sexo, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad u origen social, a la vez que prohibe a los empleadores condicionar la contratación de trabajadores a dichas circunstancias.
Dispone que constituyen una infracción a las disposiciones del Código del Trabajo las ofertas laborales que establezcan como requisito para postular a ellas cualquiera de las condiciones señaladas en el párrafo anterior, a menos que se trate del requerimiento propio de la idoneidad de las personas para desempeñar una función.
Intervinieron los HH. Senadores señores José Antonio Viera-Gallo (Senador Informante), Rafael Moreno y Beltrán Urenda.
En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.




CREA MONEDA DE QUINIENTOS PESOS

Por la unanimidad de los señores Senadores presentes, se aprobó, en general y en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea la moneda de quinientos pesos. (Boletín Nº 2453-05).
El proyecto fue iniciado en Mensaje del Ejecutivo y tiene por finalidad crear una moneda divisionaria de quinientos pesos que sustituya gradualmente al billete de la misma denominación, modificando para ello el inciso primero del artículo 7º del decreto ley Nº 1.123, de 1975, sobre unidad monetaria.
Expresa el Ejecutivo que este proyecto se enmarca en la decisión del Banco Central de configurar una nueva estructura denominacional de billetes y monedas más eficiente que la actual, iniciativa que significará una reducción de los costos de mantención del circulante, los que se han visto incrementados por la alta rotación de los billetes de más baja denominación, en especial del billete de quinientos pesos, que tiene una reducida vida útil calculada en 10,3 meses y, la vida útil material de las monedas es de más de 10 años.
El proyecto de ley consta de dos artículos, los que en lo medular, establecen lo siguiente:
Modifica el artículo 7º del decreto ley 1.123, de 1973, sobre unidad monetaria, con el fin de crear la moneda de quinientos pesos, que sustituirá gradualmente al billete de ese mismo monto.
Suprime las monedas de cincuenta, diez, cinco y un centavos que se encuentran vigentes, a pesar de haber sido retiradas de circulación.
Finalmente, se establece un plazo de dos meses para la entrada en vigencia de la norma que elimina las monedas de centavos, a fin de precaver la posibilidad de que existieren algunos poseedores de tales monedas.
Intervinieron los HH. Senadores señores Carlos Ominami (Senador Informante), Mario Ríos (Vicepresidente), Juan Hamilton, Sergio Bitar, Evelyn Matthei, Ignacio Pérez, Enrique Zurita y Jorge Lavandero.
En consecuencia, la iniciativa vuelve a la Cámara de Diputados, para que sea remitida el Ejecutivo comunicándole su aprobación.




REGULA O.P.A.S. Y ESTABLECE RÉGIMEN DE GOBIERNOS CORPORATIVOS

Por la unanimidad de los señores Senadores presentes (35 votos), se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula las ofertas públicas de adquisición de acciones y establece régimen de gobiernos corporativos. (Boletín Nº 2289-05).
El proyecto fue iniciado en Mensaje del Ejecutivo y tiene por finalidad profundizar y modernizar el mercado de capitales chileno, introduciendo cambios en la ley del mercado de valores y en la de sociedades anónimas.
En los fundamentos de su iniciativa, el Primer Mandatario expresa que el año 1993, mediante la ley Nº 19.301, que modificó las leyes sobre mercado de valores, administración de fondos mutuos, fondos de inversión, fondos de pensiones, compañías de seguros y otras materias, el Congreso aprobó uno de los proyectos más ambiciosos en materia económica. En una segunda fase, se hicieron otras reformas que perfeccionaron esa ley y se creó la Bolsa Internacional Off Shore, mediante la ley 19.601.
Señala que, continuando con en el proceso de modernización del mercado de capitales chileno, la presente iniciativa corresponde a la "Tercera Etapa" y se centra en introducir mecanismos de protección a los accionistas minoritarios.
El proyecto de ley, aprobado en general, consta de 18 artículos permanentes y 8 transitorios, los que modifican diversos aspectos de la legislación bancaria en los siguientes términos:

Tomas de Control.- Modifica el régimen legal de la ley de mercado de valores, a fin de garantizar la protección a los accionistas, la transparencia de la información y el trato igualitario para accionistas con derechos equivalentes. En este sentido, La Ley de Mercado de Valores tiene un solo artículo referido a esta materia, el que se ha tornado insuficiente para comprender figuras, como las referidas a las ofertas públicas de adquisición de acciones. Por ello, el proyecto perfecciona los mecanismos de información al público, cuando se pretenda obtener el control de una sociedad anónima que hace oferta pública de sus acciones.
O.P.A.S. El proyecto comprende un nuevo Título que, inspirado en el estudio de numerosa legislación comparada y teniendo en cuenta los principios de transparencia de la información, otorga un trato igualitario para los accionistas y las debidas protecciones a los poseedores de las acciones.
ADRs. Se incorpora un Título para la regulación de la emisión de valores chilenos en el extranjero, conocidos comúnmente como ADRs, cuyo tratamiento normativo se encuentra regulado sólo por la vía administrativa, por la Superintendencia de Valores y Seguros.
Nuevas figuras penales. Tipifica conductas que hoy en día no tienen una sanción penal y que por su gravedad, requieren ser elevadas a la categoría de ilícitos penales, así como perfeccionar y mejorar algunas conductas relacionadas con información privilegiada.
Gobiernos Corporativos. Mediante modificaciones a la ley de sociedades anónimas, el proyecto mejora sustancialmente todo lo relativo al régimen jurídico de administración de las sociedades anónimas abiertas, que denomina "Gobierno Corporativo".
Comité de auditoría. Crea un comité de auditoría, que es una entidad interna de la empresa donde son mayoría los directores que representan a las minorías de accionistas, de tal modo que puedan ejercer un rol vigilante y preventivo en decisiones fundamentales que afecten a los accionistas,
Negocios en que los directores tienen interés. Se perfeccionan los mecanismos para dar mayor transparencia a las negociaciones con partes relacionadas al directorio; además, se trata de minimizar, con las medidas que se proponen, los conflictos de interés que puedan generarse en una operación determinada, así como con las sociedades filiales de las mismas.
Supresión de acciones privilegiadas con preeminencia en el control. Como medida de protección y resguardo de los derechos de los accionistas minoritarios, se propone la eliminación de acciones privilegiadas con preeminencia en el control societario, pero resguardando y manteniendo las privilegios estatutarios de esta naturaleza, actualmente existentes respecto de algunas sociedades.
Uso de mecanismos tecnológicos expeditos para celebrar sesiones de directorio. Permite al directorio usar mecanismos tecnológicos más expeditos para celebrar sesiones de directorio "a distancia", tales como medios de telecomunicaciones, de manera que no necesariamente deba estarse presente -físicamente- en una reunión de directorio para adoptar acuerdos, sino que bastará con el uso de medios modernos de comunicación; a su vez, será responsabilidad del presidente y del gerente el resguardo de fidelidad del acta respectiva.
Quórum más altos para determinadas materias. Eleva los quórum para acordar determinadas materias por parte de las juntas generales de accionistas, a fin de otorgar un resguardo efectivo para los accionistas minoritarios, tales como transformación, fusión, creación de preferencias y otros casos que puedan establecer los estatutos, y se aumentan los requisitos para los acuerdos relativos a la enajenación y constitución de garantías cuando se comprometan activos sociales.

Fondos Mutuos.- Permite a los fondos mutuos ejercer su derecho a voto en la elección de los administradores -directorio- de las sociedades anónimas que hacen oferta pública de sus acciones, en las cuales dichos fondos tienen la calidad de inversionistas. En la actualidad, tienen vedado su derecho a voto, pero con la limitación de poder elegir solamente a directores profesionales e independientes al controlador, bajo un esquema similar al que opera para la elección de directores por parte de los Fondos de Pensiones.

Fondos de Pensiones.- Permite a los Fondos de Pensiones participar en las Ofertas Públicas de Adquisiciones de Acciones y se faculta a la Superintendencia del ramo para dictar las regulaciones necesarias; perfecciona el mecanismo de votación de las Administradoras de Fondos de Pensiones para la elección de directores en aquellas sociedades cuyas acciones hayan sido adquiridas con recursos de los Fondos de Pensiones; modifica el esquema de consignación de las multas que se apliquen de acuerdo a las modificaciones que se introducen a la ley orgánica de la Superintendencia de A.F.P..
Superintendencia de Valores y Seguros. Reorganiza su estructura institucional y otorga nuevas competencias que se derivan de la aplicación del presente proyecto de ley.
Concentración Bancaria. Modifica la Ley General de Bancos para regular la concentración bancaria en aquellos casos de fusiones, venta de activos y pasivos bancarios que superen una cuota de mercado superior al 20%, tema introducido mediante una indicación del Ejecutivo presentada en el Senado.
Deuda Subordinada. Modifica la Ley Orgánica del Banco Central de Chile obligando a éste a efectuar oferta pública de las acciones de deuda subordinada que aún están en su poder. Asimismo, se levanta la reserva de información a investigaciones de la Fiscalía Nacional Económica o de las Comisiones Preventiva o Resolutiva Antimonopolios, tema también introducido en el Senado.
Los aspectos más controvertidos del proyecto recayeron en la obligatoriedad de realizar ofertas públicas de acciones cuando se efectúen operaciones de toma de contol; las transacciones entre partes relacionadas y, la concentración bancaria, que dispone que en este caso la autoridad podrá imponer mayores exigencias patrimoniales asociadas a dichos costos.
Intervinieron en el debate los HH. Senadores señores Carlos Ominami (Senador Informante), Alejandro Foxley, Jovino Novoa, Edgardo Boeninger, Francisco Prat, Adolfo Zaldívar, Evelyn Matthei y el Ministro de Hacienda, señor Nicolás Eyzaguirre.
En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 9 de mayo próximo.




HOMENAJE

El Senador señor Sergio Bitar rindió homenaje en memoria del historiador don Leopoldo Castedo, en nombre del Comité PPD y de los Senadores señores Augusto Parra y Enrique Silva Cimma.
El Senador señor Mario Ríos, Vicepresidente, saludó a la viuda de don Leopoldo Castedo, señora Carmen Orrego, su hijo y familiares que se encontraban en las tribunas, a la vez que adhirió, en nombre de la Corporación, al homenaje rendido.




INCIDENTES

El Senador Carlos Bombal se refirió a la necesidad de incentivar una mayor capacitación y perfeccionamiento en la Administración Municipal.
En segundo lugar expresó su satisfacción por las expresiones del Presidente de la Corte Suprema en orden a extremar al máximo los esfuerzos para terminar con el tráfico de influencias.
El Senador Antonio Horvath se refirió a la necesidad de revertir la orden de demolición de una población para 26 familias en la localidad de La Junta, la que se halla recepcionada por la Dirección de Obras Municipales de la comuna de Puerto Cisnes y que el Ministro de la Vivienda, a fines de 1999, las encontró de mala calidad.
En otro orden de cosas propuso establecer, como política nacional, un plan de inmigración de extranjeros en las zonas aisladas. Lo anterior basado en la realidad que afecta a miles de personas que se hallan obligadas a emigrar o son víctimas de la guerra o de atentados y no cuentan con una solución digna a sus problemas, y caen en la prostitución y drogadicción.

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