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Sesión 5ª ordinaria, en martes 9 de octubre de 2001.
De 16.17 a 18.23 horas. Asistencia de 43señores Senadores.
Presidió la sesión el H. Senador señor Andrés Zaldívar Larraín, Presidente.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras.



PROHIBE Y REGULA LA IMPORTACIÓN O CULTIVO DE ESPECIES HIDROBIOLÓGICAS GENÉTICAMENTE MODIFICADAS

Se acordó enviar nuevamente a la Comisión de Pesca y Acuicultura, el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura, con la finalidad de prohibir o regular, en su caso, la importación o cultivo de especies hidrobiológicas genéticamente modificadas. (Boletín Nº 2753-03).
El proyecto fue iniciado en moción de los HH. Senadores señores Horvath y Ruiz De Giorgio, y tiene por objeto prohibir la importación o cultivo de especies hidrobiológicas transgénicas o genéticamente modificadas, sancionar la infracción a esta prohibición y asegurar que las investigaciones que se realicen con esas especies eviten su propagación.
La razón que motivó la decisión de enviar nuevamente el proyecto a Comisión obedece a la necesidad de analizar los nuevos antecedentes que se han aportado a la iniciativa.
Intervinieron los HH. Senadores señores Jorge Martínez, José Antonio Viera-Gallo, Rafel Moreno, Edgardo Boeninger y Antonio Horvath.
En consecuencia el proyecto vuelve a Comisión, para nuevo primer informe.



CONVENIOS PARA LA REPRESIÓN DEL TERRORISMO

Por unanimidad se aprobaron los siguientes proyectos de acuerdo, en primer trámite constitucional, iniciados en Mensaje de S.E. el Presidente de la República:
Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo, adoptado en Nueva York, el 9 de diciembre de 1999. (Boletín Nº 2799-10).
El Convenio, adoptado dentro del marco de la Organización de las Naciones Unidas, tiene por objetivo fundamental intensificar la cooperación internacional entre los Estados, con miras a elaborar y adoptar medidas eficaces y prácticas para prevenir la financiación del terrorismo, así como para reprimirlo mediante el enjuiciamiento y el castigo de sus autores.
El instrumento internacional consta de 28 artículos y un Anexo, en el que se incluye un listado de 9 convenios internacionales que dicen relación con el ámbito del terrorismo.
Establece que cometen delito quienes por el medio que fuere, directa o indirectamente, ilícita y deliberadamente, provean o recolecten fondos con la intención que se utilicen, o a sabiendas, de que serán utilizados en todos o en parte, para cometer delitos terroristas.
Impone la obligación a cada Estado Parte de adoptar las medidas internas necesarias para tipificar los delitos descritos en la Convención, de acuerdo a su legislación interna y sancionarlos con las penas adecuadas, en las que se tenga en cuenta su carácter grave.
En particular, cada Estado deberá adoptar las medidas necesarias para la identificación, detección y aseguramiento o incautación de todos los fondos utilizados o asignados para cometer delitos terroristas, así como el producto obtenido de los mismos.
Los Estados se comprometen a establecer y describir como delito la conducta de financiar actos terroristas, en su ley penal, asignándole una pena adecuada a su gravedad.
Cada Estado que reciba información de que en su territorio puede encontrarse el culpable o presunto culpable de un delito de financiación terrorista, deberá tomar en forma inmediata las medidas, de conformidad con su legislación interna, para investigar los hechos comprendidos en tal información.
Establece el compromiso de los Estados Parte a prestarse la mayor asistencia posible respecto a cualquier investigación, proceso penal o procedimiento de extradición, incluso sobre la obtención de pruebas que obren en su poder, quedándoles prohibido rechazar una petición de asistencia judicial recíproca al amparo del secreto bancario.
Se incluyen medidas respecto de instituciones financieras y otras profesiones que intervengan en transacciones financieras con el propósito de que se identifique plenamente a sus clientes y presten especial interés en transacciones inusuales o sospechosas que podrían indicar una actividad delictiva.
Los delitos tipificados en esta Convención se consideran incluidos entre los que dan lugar a extradición, estableciéndose normas más eficaces en materia de extradición y de asistencia mutua en el campo penal.
Para los fines de la extradición o de la asistencia judicial recíproca, ninguno de los delitos establecidos en la presente Convención serán considerados como político y no podrán ser rechazados.
Establece el arbitraje como medio de solución de controversias que surjan entre dos o más Estados respecto de la interpretación o aplicación del Convenio.
Convenio Internacional para la Represión de Atentados Terroristas Cometidos con Bombas, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en Nueva York, el 15 de diciembre de 1997. (Boletín Nº 2800-10).
El Convenio se fundamenta en la necesidad de prevenir, reprimir y eliminar el terrorismo en una de sus expresiones más frecuentes ocurridas en los últimos años, como son los atentados terroristas cometidos con bombas.
El instrumento internacional, consta de 24 artículos:
Se establecen normas que los Estados Parte deberán incorporar en sus legislaciones internas para la represión de los delitos que se establecen, disponiendo que comete delito quien ilícita e intencionadamente entrega, coloca, arroja o detona un artefacto o sustancia explosivo u otro artefacto mortífero en o contra un lugar de uso público, instalación pública o de gobierno, red de transporte público e instalación de infraestructura, con el objetivo de causar la muerte o graves lesiones corporales o destrucción significativa del lugar, instalación o red que produzca o pueda producir gran perjuicio económico.
También constituye delito la tentativa y la complicidad en los actos descritos.
Establece la obligación para cada Estado Parte de adoptar las medidas necesarias para que los actos criminales comprendidos en el ámbito del presente Convenio, no puedan justificarse en circunstancia alguna por consideraciones de índole política, filosófica, ideológica, racial, étnica, religiosa u otra similar y sean sancionadas con penas acordes a su gravedad.
Obliga a los Estados Parte a cooperar en la prevención de los delitos, estableciendo un listado de las formas que dicha colaboración puede adoptar.
Los delitos terroristas se consideran incluidos entre los que dan lugar a extradición, estableciéndose normas más eficaces en materia de extradición y de asistencia mutua en el campo penal.
Establece el arbitraje como medio de solución de controversias que surjan entre dos o más Estados respecto de la interpretación o aplicación del Convenio.
Intervinieron en el debate los HH. Senadores señores Sergio Romero, Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores; José Antonio Viera-Gallo, Beltrán Urenda, Sergio Fernández, Ramón Vega, Carlos Bombal, Sergio Bitar y la Ministra de Relaciones Exteriores, señora Soledad Alvear.
En consecuencia, ambas iniciativas pasan a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.




INCIDENTES

El Senador Sergio Fernández entregó su opinión respecto de los atentados terroristas contra Estados Unidos, los que, expresó, tienen repercusiones que alcanzan a todo el mundo, sin distinción de continentes, credos, ideologías ni grados de desarrollo y que denominó de "terrorismo global".
El Presidente de la República se ha definido en contra el terrorismo, ha condenado los ataques y ha expresado la solidaridad y el ánimo de colaboración en la lucha antiterrorista. Sin embargo, señaló, no está claro que se hará para traducir esas posiciones generales en políticas concretas. Es cierto que Chile no tiene hoy motivos para estimarse un objetivo prioritario de acciones terroristas, pero si se descuida en prevenirlas con eficacia , puede transformarse en un centro de operaciones de organizaciones que busquen atentar contra terceros, debiendo sacar la lección de la poca credibilidad que el mundo desarrollado asignó a los indicios que acciones terroristas se preparaban contra Estados Unidos.
Manifestó que el terrorismo debe ser combatido simultáneamente en todos los frentes, calificando de prioritarios los siguientes: frente ideológico; frente político y diplomático; frente jurídico-constitucional, legal y judicial; frente militar, y frente educacional.
El Senador Sergio Romero formuló un reclamo formal contra el Ministerio de Obras Públicas por no haber dado respuesta a sus oficios en que recababa información presupuestaria de las obras proyectadas para la V Región.
En relación con las obras de riegos, señaló que la Región es la única que no cuenta con un embalse de regadío de características similares a las existentes en otras regiones. Expresó que durante varios años se han estado haciendo estudios sobre la materia y la indefinición aún existe, no obstante encontrarse varios proyectos en estudio o aprobados.
Tocante a las obras viales, detalló los distintos proyectos que existen, a saber, la Ruta Bioceánica, las obras en la Cuesta la Dormida, el Troncal Sur, la Cuarta Etapa de la Avenida España, el tren rápido que unirá Santiago con Valparaíso y la continuación del tren que une Valparaíso con Limache, hasta San Felipe-Los Andes.
Solicitó el envío de oficios a las autoridades correspondientes para que entreguen los antecedentes que dicen relación con las obras señaladas.
El Senador Antonio Horvath informó que, luego de una serie de reuniones entre las organizaciones de pescadores artesanales de las X y XI Regiones, acompañados de sus respectivos Intendentes y otras autoridades, lograron un acuerdo para derogar la Resolución que permitió la extracción de diversos recursos en la Región de Aysén por parte de pescadores y buzos artesanales de la Región de Los Lagos. Sin embargo, el 5 de octubre pasado, se dictó una Resolución que sólo contiene algunos de los puntos acordados, omitiéndose otros, lo que calificó de una burla.
En otro orden de materias, se refirió a la necesidad de contemplar en el Presupuesto para el próximo año, la subvención para planes de manejo del Bosque Nativo, que permitirá activar 131.000 nuevos empleos. Solicitó se oficie a las autoridades que señaló.
El Senador Jorge Lavandero expresó que, a raíz de la fuerte baja experimentada por el precio del cobre, que incide directamente en el cálculo del Presupuesto de la Nación, la solución a los problemas de los más necesitados se verá postergada debido a los necesarios recortes presupuestarios.
De la baja del precio del cobre, agregó, se ha culpado a las especulaciones extranjeras, a la crisis asiática y, después, a la crisis mundial y a los atentados terroristas a Estados Unidos, sin embargo, no se ha dicho que una de las causas que ha incidido directamente en la baja del precio, se debe a la intervención de chilenos, que a veces actúan como representantes del Estado y, otras, como asesores y representantes de empresas extranjeras ante organismos gubernamentales, defendiendo los intereses de la empresas extranjeras en contra los estatales.
El Senador José Antonio Viera-Gallo se refirió al caso de "Aerocontinente", destacando la forma en que la sociedad ha reaccionado ante los hechos, en donde los acusados se han transformado en víctimas, debido a una mala información entregada por la prensa y a la manipulación de la misma de parte de los ejecutivos de la empresa.
El Consejo de Defensa del Estado y el juez que lleva la causa, han actuado correctamente. A pesar que la suspensión judicial de las operaciones de la línea aérea y la detención de sus principales ejecutivos ha sido levantada, el proceso judicial sigue adelante y terminará por esclarecer completamente los hechos.
Manifestó que el país requiere combatir el narcotráfico y el lavado de dinero de manera enérgica y, para ello, si es necesario, deberá mejorarse le ley de modo de facilitar la investigación, prueba y sanción de estos ilícitos, pero por sobre todo, debe acrecentarse la conciencia social en torno a los medios utilizados por el crimen organizado y de los nocivos efectos del narcotráfico.

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