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Sesión 103ª extraordinaria, en martes 7 de diciembre de 2021.

Legislatura Número 369


C U E N T A

Mensaje de S. E. el Presidente de la República.

Con el que retira y hace presente la urgencia, calificándola de ´´suma´´, para la tramitación de los siguientes asuntos:

-El que establece normas sobre delitos informáticos, deroga la ley N° 19.223 y modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al convenio de Budapest, Boletín Nº 12.192-25.

-El que moderniza los procedimientos concursales contemplados en la ley N°20.720, y crea nuevos procedimientos para micro y pequeñas empresas, Boletín Nº 13.802-03.

-El que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos, en cuanto a la remuneración de los integrantes del Panel de Expertos y del Consejo Directivo del Coordinador Eléctrico Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, Boletín Nº 14.583-08.

-El que modifica las normas de admisión escolar para garantizar la libertad de enseñanza, vinculación de apoderados con los proyectos educativos, y entregar prioridad en la admisión a estudiantes bajo cuidado alternativo del servicio nacional de menores y aquellos con necesidades educativas especiales permanentes, Boletín Nº 12.486-04.

-El que fortalece el deporte de alto rendimiento, Boletín N° 13.898-29.

-El que moderniza la ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado, Boletín N° 14.137-05.

-El que mejora pensiones del sistema de pensiones solidarias y del sistema de pensiones de capitalización individual, crea nuevos beneficios de pensión para la clase media y las mujeres, crea un subsidio y seguro de dependencia, e introduce modificaciones en los cuerpos legales que indica, Boletín Nº 12.212-13.

-El que crea un Sistema de Tratamiento Automatizado de Infracciones del Tránsito y modifica las leyes N° 18.287 y N° 18.290, Boletín Nº 9.252-15.

-El que modifica el Código Procesal Penal con el objeto de permitir la utilización de técnicas especiales de investigación en la persecución de conductas que la ley califica como terroristas, Boletín Nº 12.589-07.

-El que aprueba el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico entre Australia, Brunéi Darussalam, Canadá, los Estados Unidos Mexicanos, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, la República de Chile, la República del Perú, la República de Singapur y la República Socialista de Vietnam, y las cartas intercambiadas en el contexto del mismo, todos suscritos en Santiago, Chile, el 8 de marzo de 2018, Boletín N° 12.195-10.

-El que modifica la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y otros textos

legales que indica, Boletín N° 8.466-07.

-El que regula la exhibición y ejecución artística en los bienes nacionales de uso público, Boletín Nº 8.335-24.

-El que moderniza los delitos que sancionan la delincuencia organizada y establece técnicas especiales para su investigación, Boletín Nº 13.982-25.

-El que modifica el Código Penal y otros cuerpos legales para fortalecer la protección de las Fuerzas de Orden y Seguridad y de Gendarmería de Chile, Boletín Nº 13.124-07.

-Sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, Boletín Nº 11.077-07.

-El que sanciona penalmente a quienes ingresen elementos prohibidos a los establecimientos penitenciarios, Boletín Nº 13.740-07.

-El que perfecciona la ley N°19.657 sobre concesiones de energía geotérmica para el desarrollo de proyectos de aprovechamiento somero de energía geotérmica, Boletín Nº 12.546-08.

-Sobre modernización de la franquicia tributaria y modificación de fondos públicos que indica, Boletín Nº 12.487-05.

-El que crea un beneficio transitorio para el pago del crédito con garantía estatal establecido en la ley N° 20.027, Boletín Nº 13.758-05.

-El que establece normas especiales para la entrega voluntaria de armas de fuego a la autoridad, fija obligaciones a ésta, determina un plazo para la reinscripción de dichas armas y declara una amnistía, Boletín Nº 12.229-02.

-El que modifica la ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública, Boletín Nº 12.100-07.

-El que establece la obligación de las personas sin fines de lucro de informar acerca de los aportes que reciban, Boletín Nº 12.679-07.

-El que introduce modificaciones al Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad y asignatarias de pensión de invalidez, Boletines Nos 14.445-13, 14.449-13 y 13.011-11, refundidos.

-El que crea la Subsecretaría de Recursos Hídricos en el Ministerio de Obras Públicas y una nueva institucionalidad nacional de recursos hídricos, y modifica los cuerpos legales que indica, Boletín Nº 14.446-09.

-El que establece medidas para evitar la contaminación con colillas de cigarrillos, y facilita su reciclaje o reutilización, Boletín Nº 12.407-12.

-El que modifica los requisitos de ingreso a carreras de pedagogía, establecidos en el artículo 27 bis de la ley N°20.129 y en el artículo trigésimo sexto transitorio de la ley N°20.903, Boletín N° 14.151-04.

-El que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, en materia de espacios de habitabilidad de embarcaciones pesqueras artesanales y embarcaciones menores prestadoras de servicios a la acuicultura, Boletín N° 14.178-21.

-Sobre nueva ley de copropiedad inmobiliaria, Boletín Nº 11.540-14.

-El que sanciona los daños en los medios de transporte público de pasajeros y en la infraestructura asociada a dicha actividad, Boletín Nº 12.467-15.

-El que establece normas sobre acceso a territorios de alta montaña o de altas cumbres, Boletín Nº 12.460-20.

-Reforma constitucional que incorpora, dentro de las inhabilidades para ser candidato a diputado o senador, la circunstancia de ser juez o secretario de los juzgados de policía local, Boletín N° 9.941-07.

-El que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, en lo relativo a las licencias transables de pesca e incorpora normas para prevenir la pesca ilegal, Boletín N° 11.704-21.

-El que tipifica la utilización de menores para la comisión de crímenes o delitos, Boletín Nº 11.958-07.

-El que modifica la ley N°19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas, para facilitar la obtención de patente de salones de música en vivo por parte de los establecimientos que indica, Boletín Nº 14.534-06.

-El que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales, Boletín Nº 11.144-07.

-El que establece como requisito para ser candidato a Presidente de la República, Senador y Diputado, el no haber sido condenado por delitos de violencia intrafamiliar, ni estar considerado en el Registro de Deudores de Alimentos, Boletín Nº 14.629-07.

-El que crea el Ministerio de Seguridad Pública, Boletín Nº 14.614-07.

-El que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de establecer como requisitos para ser candidato a cargos de alcalde, concejal, gobernador regional y consejero regional, el no haber sido condenado por delitos de violencia intrafamiliar, ni aparecer en el Registro de Deudores de Alimentos, Boletín Nº 14.612-06.

-El que modifica la ley N° 16.441, que crea el Departamento de Isla de Pascua, en el sentido que indica, Boletines Nos 10.788-06, 10.787-06, 11.407-07, 14.610-06, refundidos.

-El que modifica el decreto ley N°3.063, de 1979, sobre rentas municipales, y crea un régimen de donaciones con beneficios tributarios en apoyo a las entidades sin fines de lucro, Boletín Nº 14.486-05.

-El que introduce modificaciones y prorroga la vigencia de la ley Nº18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje, Boletín Nº 14.068-01.

-- Se tiene presente la calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.

Oficios

Dos de la Honorable Cámara de Diputados

Con el primero, informa que ha aprobado, en sesión de 6 de diciembre de 2021, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42, inciso primero, de la Constitución Política de la República, la solicitud efectuada por S.E. el Presidente de la República, en orden a prorrogar la vigencia del estado de excepción constitucional de emergencia, por grave alteración del orden público, en las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de La Araucanía, declarado por decreto supremo N° 270, de 12 de octubre de 2021 y prorrogado por el decreto supremo N° 276, de 26 de octubre de 2021, el decreto supremo N° 281, de 10 de noviembre de 2021, y el decreto supremo N° 293, de 25 de noviembre de 2021, todos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el plazo de 15 días, a contar del vencimiento del período previsto en el artículo primero del señalado decreto supremo N° 293 (Boletín N° S 2.229-14).

--Queda para Tabla.

Con el segundo, comunica que aprobó el proyecto de ley que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales (Boletín N° 14.733-05) (con urgencia calificada de ´´discusión inmediata´´).

--Pasa a la Comisión de Hacienda.

Del señor Ministro de Defensa Nacional

Remite respuesta a consulta del Honorable Senador señor Navarro, relativa al número de efectivos de las Fuerzas Armadas que actualmente están cumpliendo labores de seguridad pública en cada una de las regiones del país, y al número total de efectivos dados de baja en los últimos cinco años.

Al mismo señor Senador, informa acerca de las condiciones de navegabilidad existentes para arribar a la Isla Santa María, y el estado de las barcazas Cai Cai, Arauco y Trauco, que cubren dicho trayecto.

Del señor Ministro de Salud

Responde inquietud del Honorable Senador señor Durana, en relación con la situación de salud del paciente que individualiza.

- Se toma conocimiento y quedan a disposición de Sus Señorías.

Informes

Segundo Informe de la Comisión de Desafíos del Futuro, Ciencia, Tecnología e Innovación, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre protección de los neuroderechos y la integridad mental, y el desarrollo de la investigación y las neurotecnologías (Boletín N° 13.828-19) (con urgencia calificada de ´´simple´´).

Certificado de la Comisión Mixta constituida con arreglo al artículo 71 de la Carta Fundamental, encargada de proponer la forma y modo de resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para regular, en igualdad de condiciones, el matrimonio de parejas del mismo sexo (Boletín Nº 11.422-07) (con urgencia calificada de ´´discusión inmediata´´).

De la Comisión de Agricultura, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece una ley marco de suelos (Boletín Nº 14.714-01).

--Quedan para Tabla.

Cuenta Agregada

En este momento ha llegado a la Mesa el siguiente documento:

Informe

De la Comisión de Obras Públicas, recaído en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, sobre publicidad visible desde caminos, vías o espacios públicos (Boletines Nos 9.686-09 y 10.209-09, refundidos).

--Queda para Tabla.