Click acá para ir directamente al contenido

Sesión 91ª ordinaria, en martes 9 de noviembre de 2021.

Legislatura Número 369


C U E N T A

Dos Mensajes de S.E. el Presidente de la República:

Con el primero, hace presente la urgencia calificándola de ´´discusión inmediata´´, para la tramitación de los siguientes asuntos:

-El que establece como agravante el incendio de la cabina de un camión (Boletines Nos 13.716-07 y 13.719-07, refundidos).

-Reforma constitucional que regula estado de alerta para prevenir daños a infraestructura crítica (Boletín N° 13.086-07).

-El que modifica artículo 476 del Código Penal, para incluir el delito de incendio en lugares destinados al culto religioso (Boletín N° 13.889-07).

-El que modifica diversos cuerpos normativos en materia de integración social y urbana (Boletín Nº 12.288-14).

-El que modifica el Código de Procedimiento Civil para incorporar la medida precautoria de restitución anticipada de inmuebles, en juicios de precario y de terminación de arrendamiento y de comodato (Boletín N° 12.809-07).

-El que modifica el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales (Boletín N° 12.092-07).

-El que extiende y moderniza la subvención escolar preferencial (Boletín Nº 12.979-04).

-El que aumenta las penas asociadas al daño o afectación de monumentos nacionales (Boletín Nº 14.102-12).

-El que excluye de los beneficios regulados en la ley N° 19.856 a quienes hayan cometido crímenes de carácter sexual contra personas menores de edad (Boletín Nº 13.046-07).

-El que establece un nuevo estatuto de protección en favor del denunciante de actos contra la probidad administrativa (Boletines Nos 13.115-06 y 13.565-07, refundidos).

-El que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil e introduce modificaciones a la ley N° 20.084, sobre responsabilidad penal de adolescentes, y a otras normas que indica (Boletín Nº 11.174-07).

-El que modifica la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en materia de individualización y registro de datos de los usuarios de servicios de telefonía en la modalidad de prepago (Boletín Nº 12.042-15).

-El que modifica el Código Penal para reforzar la protección penal a la infancia y a otras personas que indica (Boletines Nos 14.107-07 y 14.123-07, refundidos).

-El que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de mejorar la persecución del narcotráfico y crimen organizado, regular el destino de los bienes incautados en esos delitos y fortalecer las instituciones de rehabilitación y reinserción social (Boletines Nos 13.588-07, 11.915-07, 12.668-07, 12.776-07, refundidos).

-El que reforma el sistema de justicia para enfrentar la situación luego del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública (Boletines Nos 13.752-07 y 13.651-07, refundidos).

-El que regula los biocombustibles sólidos (Boletín Nº 13.664-08).

-El que especifica y refuerza las penas principales y accesorias, y modifica las penas de inhabilitación contempladas en los incisos segundo y final del artículo 372 del Código Penal (Boletín Nº 12.208-07).

-El que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para sancionar la organización y participación en carreras no autorizadas de vehículos motorizados (Boletín N° 12.065-15).

-El que modifica la ley N°18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, en materia de cierre o instalación de medidas de control de acceso en calles, pasajes o conjuntos habitacionales, por motivos de seguridad (Boletín N° 13.885-06).

-El que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal, para tipificar el delito de sustracción de madera y otros relacionados, y habilitar el uso de técnicas especiales de investigación para su persecución (Boletín N° 14.008-07).

-El que modifica diversos cuerpos normativos con el objetivo de perfeccionar la regulación relativa a la contratación, prestación y pago del servicio de extracción de residuos sólidos domiciliarios (Boletín N° 14.032-06).

-El que promueve el envejecimiento positivo, el cuidado integral de las personas mayores, y el fortalecimiento de la institucionalidad del adulto mayor (Boletín Nº 13.822-07).

Con el siguiente hace presente la urgencia, calificándola de ´´suma´´, para el despacho de las siguientes iniciativas:

-El que establece normas sobre delitos informáticos, deroga la ley N° 19.223 y modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al convenio de Budapest (Boletín Nº 12.192-25).

-El que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, en materia de espacios de habitabilidad de embarcaciones pesqueras artesanales y embarcaciones menores prestadoras de servicios a la acuicultura (Boletín N° 14.178-21).

-El que moderniza la gestión institucional y fortalece la probidad y la transparencia en las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública (Boletín Nº 12.250-25).

-Sobre nueva ley de copropiedad inmobiliaria (Boletín Nº 11.540-14).

-El que sanciona los daños en los medios de transporte público de pasajeros y en la infraestructura asociada a dicha actividad (Boletín Nº 12.467-15).

-El que tipifica la utilización de menores para la comisión de crímenes o delitos (Boletín Nº 11.958-07).

-- Se toma conocimiento de las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.

Uno de la Honorable Cámara de Diputados

Con el que informa que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42, inciso primero, de la Constitución Política de la República, ha dado su acuerdo a la solicitud efectuada por S.E. el Presidente de la República, en orden a prorrogar la vigencia del estado de excepción constitucional de emergencia, por grave alteración del orden público, en las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de La Araucanía, declarado por decreto supremo N° 270, de 12 de octubre de 2021 y prorrogado por el decreto supremo N° 276, de 26 de octubre de 2021, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el plazo de 15 días, a contar del vencimiento del período previsto en el artículo primero del señalado decreto supremo N° 276 (Boletín N° S 2.218-14).

--Queda para Tabla.

Del Excmo. Tribunal Constitucional

Remite resoluciones dictadas en procedimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto de las siguientes disposiciones:

- artículos 4°, inciso primero, segunda frase, de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; y 294 bis, del Código del Trabajo (Rol N° 11929-21 INA).

- artículo 4° BIS, inciso segundo, de la Ley N° 17.322 (Rol N° 12039-21 INA).

- artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 (Rol N° 12197-21 INA; Rol N° 12205-21 INA; Rol N° 12185-21 INA; Rol N° 12193-21 INA, Rol N° 12168-21 INA; Rol N° 12060-21 INA; Rol N° 12191-21 INA; Rol N° 11972-21 INA; Rol N° 11971-21 INA).

- artículo 196 ter, inciso primero, parte final, e inciso segundo, parte primera, de la Ley N° 18.290 (Rol N° 12183-21 INA; Rol N° 12194-21 INA).

- artículo 162, inciso; quinto, parte final; sexto y séptimo, del Código del Trabajo (Rol N° 12040-21 INA).

- 248, letra c), del Código Procesal Penal (Rol N° 12030-21 INA).

-- Se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

Del señor Ministro de Defensa Nacional

Remite respuesta a consulta del Honorable Senador señor De Urresti, relativa a terrenos bajo la administración del Ejército en la comuna de Valdivia, región de los Ríos.

Del señor Subsecretario de Educación

Informa solicitud del Honorable Senador señor Araya, acerca de la posibilidad de adoptar las medidas necesarias para garantizar la continuidad de las Aulas Hospitalarias.

Atiende requerimiento del Honorable Senador señor De Urresti, relativo a la situación financiera que afecta a las escuelas hospitalarias por la disminución en la subvención escolar.

Da respuesta a consulta del Honorable Senador señor Quinteros, respecto de las medidas adoptadas para proteger a las mujeres que trabajan como manipuladoras de alimentos en los establecimientos educacionales de todo el país, por el inicio de la presencialidad voluntaria en las salas de clases.

Informa planteamiento del Honorable Senador señor Navarro, respecto de la posibilidad de considerar el ingreso a la carrera docente de las educadoras de párvulos que no han sido traspasadas a los servicios locales de educación pública.

Del señor Director General de Concesiones de Obras Públicas

Responde consultas del Honorable Senador señor Prohens, sobre el estado de avance de las reparaciones efectuadas por la empresa que indica en el acceso sur a Caldera, y sobre la responsabilidad por falta de cierres perimetrales en las autopistas de la concesión ruta 5 norte, tramo Vallenar-Caldera.

Del señor Director Nacional de Obras Portuarias

Responde consulta de la Honorable Senadora señora Allende, relativa al estado de avance del ´´Proyecto Muelle para Pescadores Artesanales de la Comuna de Algarrobo´´.

- Quedan a disposición de Su Señorías.

Informe

De la Comisión de Salud recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Sanitario para incorporar y regular el uso medicinal de productos derivados de cannabis (Boletín Nº 11.327-11).

-- Queda para Tabla.

Ver documento

Moción

De los Honorables Senadores señores Kast, Galilea y García, con la que inician un proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de asegurar el cumplimiento efectivo de la pena para los que cometan delitos graves contra la infancia (Boletín N° 14.688-07).

-- Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

Proyecto de Acuerdo

De los Honorables Senadores señor Coloma, señoras Allende, Aravena, Carvajal, Ebensperger, Rincón, Sabat y Von Baer y señores Alvarado, Castro, Chahuán, De Urresti, Durana, Galilea, García, García-Huidobro, Insulza, Kast, Lagos, Montes, Ossandón, Pizarro, Pugh, Quintana y Sandoval, por el que solicitan a S. E. el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, instruya al Ministro de Relaciones Exteriores para que se condene el proceso electoral viciado realizado en la República de Nicaragua y que consolida una dictadura en dicho país (Boletín N° S 2.219-12).

-- Queda para para ser votado en su oportunidad.