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Apoyan definiciones de Ecosistema Marino Vulnerable, Pesca de Fondo y Monte Submarino y anticipan mejoras

11 de mayo de 2012

Imagen foto_00000006A pesar que la Comisión de Pesca respaldó los criterios del Ejecutivo que definen importantes conceptos como Ecosistema Marino Vulnerables, Pesca de Fondo y Monte Submarino, los integrantes de la instancia acordaron solicitar al Subsecretario del ramo, Pablo Galilea, para que envíe en la próxima sesión, el mejoramiento de dichas indicaciones al proyecto que protege los Ecosistemas Marinos Vulnerables frente a actividades de pesca que los dañen.

Así lo señaló el presidente de instancia, senador Antonio Horvath,  quien comentó que "se lograron bastantes acuerdos sobre la definición de acotar las áreas para la pesca en zonas que constituyen ecosistemas marinos vulnerables".   Asimismo, el parlamentario indicó que la idea es que dicho principio contemple la mayor cantidad de características físicas y biológicas de éste y que queden establecidos "en la Ley y no en un Reglamento del Ministerio de Economía", que sería suscrito además por el Ministerio del Medio Ambiente.

En ese sentido, añadió que dichos ecosistemas son "zonas donde viven corales hace miles de años, sectores de alta diversidad biológica-marina. Hay que señalar, que en la actualidad, sólo cuatro montes submarinos, de un total de 118 detectados, se pueden ejercer la pesca y que además, está enmarcada en 4% de esas áreas".

El legislador precisó que "nuestra idea es proteger todo el resto del sector y con respecto a eso, establecer un concepto más científico, para ver si es posible mantener la actividad o no".

Indicó que "queremos proteger todos los montes submarinos y buscar acuerdos. Debemos recordar, que en los ecosistemas marinos vulnerables, existen variaciones de temperatura alta, donde hay presencia de montes y caños submarinos, los cuales generan condiciones que permiten que especies, que viven en el fondo, vayan renovando toda la diversidad biológica del lugar".

Enfatizó que  "lo importante es que nuestra legislación cuente con un principio precautorio. O sea, en la medida en que existe algún antecedente sobre esto, se deberá prohibir la pesca en el área. Posteriormente, se deberá realizar las investigaciones científicas correspondientes y definir el entorno en el cual no se podrá ejercer algún tipo de actividad, como  un tipo de pesca que es capaza de llegar al fondo marino".

A la sesión, asistieron el ministro de Economía, Pablo Longueira; el subsecretario de Pesca,  Pablo Galilea; el director ejecutivo de  Oceana para Sudamérica, Alex Muñoz; el gerente de la Sociedad Nacional de Pesca A.G., Sonapesca, Héctor Bacigalupo y el gerente de la Federación Gremial de Industrias Pesqueras del Sur Austral, Fipes, Valeria Carvajal, entre otros.

FUNDAMENTOS

El concepto de Ecosistema Marino Vulnerable, propuesto por el Ejecutivo, señala que "es unidad natural conformada por estructuras geológicas frágiles, poblaciones o comunidades de invertebrados de baja productividad biológicas, que ante perturbaciones antrópicas son de lenta o escasa recuperación".

La normativa agrega que "en relación a la parte un reglamento del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, suscrito además por el Ministerio del Medio Ambiente determinará las características físicas y biológicas que sean constitutivas de estos ecosistemas".

A su vez, la indicación sustitutiva del Ejecutivo precisa que la Pesca de Fondo es la "actividad pesquera extractiva que en el transcurso normal de las operaciones de pesca; emplea artes, aparejos o implementos de pesca, que hacen contacto con el fondo marino".

Asimismo define que Monte Submarino son "las elevaciones del piso oceánico que no emergen a la superficie y cuya altura sobrepasa los 1.000 metros, medidos desde el fondo marino circundante que constituye su base".

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