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  Acuerdos que aprueban la incorporación de Chile a la OCDE resguardan nuestro ordenamiento jurídico

  El Senado analizará el instrumento que ratifica la incorporación del país a este organismo internacional y que entrega a sus miembros, funcionarios y otras personas, los privilegios e inmunidades similares a los que poseen las Agencias de Naciones Unidas.

5 de marzo de 2010

Las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda serán las encargadas de analizar los proyectos de acuerdo que aprueban la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el acuerdo entre Chile y la OCDE sobre privilegios, inmunidades y facilidades otorgadas a la organización.

 

Ambos instrumentos confirman la integración plena de Chile a este organismo que fue fundado en 1961 y que constituye un foro en el cual, los Gobiernos de los países miembros pueden comparar sus experiencias, buscar respuestas a problemas comunes, identificar las mejores prácticas y trabajar para coordinar políticas económicas y sociales.

 

Entre los temas abordados por el trabajo de la OCDE, se pueden destacar el desarrollo de la biotecnología, la ciencia e innovación, el combate a la corrupción, el comercio internacional, el desarrollo sustentable, la educación, las finanzas e inversión, el gobierno corporativo, los impuestos, el medio ambiente, los seguros y pensiones, y las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

 

Cabe destacar que, la incorporación de nuestro país a esta Convención representa un reconocimiento a la calidad de las políticas públicas que se ha implementado desde hace décadas.

 

De esta forma, el Consejo de la OCDE luego de diversos estudios, concluyó que dichas políticas cumplían con los altos estándares recomendados a sus miembros y, por tanto, unánimemente decidió invitar a Chile a ser parte del Acuerdo el pasado 15 de diciembre.

 

Este organismo apunta a lograr el máximo crecimiento económico sostenible y del empleo, así como el aumento del nivel de vida en los países miembros.

 

Además se propone contribuir a una sana expansión económica en los países miembros así como en los no Miembros en proceso de desarrollo económico, y contribuir a la expansión del comercio mundial sobre una base multilateral, no discriminatoria, conforme a las obligaciones internacionales.

 

En esa línea, promueve la utilización eficiente de sus recursos económicos, fomentar la investigación y la formación profesional; seguir políticas diseñadas para lograr el crecimiento económico y la estabilidad financiera interna y externa y reducir o suprimir los obstáculos a los intercambios de bienes y de servicios y a los pagos corrientes y para mantener y  ampliar la liberalización de los movimientos de capital.

 

Por otro lado, propone contribuir al desarrollo económico tanto de los países Miembros como de los no miembros en proceso de desarrollo económico, y mantenerse informados mutuamente y proporcionar a la Organización la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

 

Las recomendaciones y acuerdos de la  Organización serán obligatorias para todos los Miembros y adoptadas de mutuo acuerdo por ellos  y cada Miembro dispondrá de un voto.

 

No obstante, los instrumentos jurídicos de la OCDE no son de naturaleza coercitiva, sino que aspiran a que los países miembros mejoren gradualmente sus políticas públicas en el tiempo, como resultado de un proceso reflexivo, no impositivo, de acuerdo a la situación específica de cada país.

 

Esto permitirá que la aceptación de estos instrumentos por parte de Chile pueda estar sujeta a reservas, ser objeto de declaraciones, comentarios o exclusiones, o bien se sujete a modalidades como la adopción de plazos de implementación.

 

En ese sentido los países miembros de la OCDE se comprometen a fomentar la libre circulación de los capitales, inversiones y servicios de manera similar a lo que normalmente se acuerda en los Capítulos de Servicios e Inversiones de los Tratados de Libre Comercio, estableciéndose los principios de trato nacional y no discriminación entre los países.

 

Cabe precisar que, al igual que los Tratados Comerciales, el compromiso de apertura, transparencia y no discriminación es sólo con carácter futuro, lo que permite a Chile listar todas las medidas vigentes que no sean consistentes con las obligaciones de liberalización de los Códigos. Por ello, Chile ha efectuado tal listado que los Códigos admiten para evitar contradicciones normativas.

 

En consecuencia, nuestro ordenamiento jurídico vigente, se encuentra resguardado ante la OCDE, y se garantiza que la aplicación de los instrumentos OCDE, a partir de la aprobación de la Convención no signifique la modificación de las normas legales vigentes al momento de la incorporación.

 

INMUNIDADES Y PRIVILEGIOS

 

Por otro lado, el proyecto que aprueba el Acuerdo entre Chile y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico sobre privilegios, inmunidades y facilidades otorgadas a la organización.

 

Esto significa el reconocimiento de su personalidad jurídica, la faculta para celebrar contratos, adquirir y disponer de bienes muebles e inmuebles y para entablar acciones legales. Asimismo, se confiere a sus miembros, funcionarios y otras personas, como técnicos y participantes no miembros, los privilegios e inmunidades similares a los que poseen las Agencias de Naciones Unidas.

 

Cabe señalar que, si bien este acuerdo no implica compromisos fiscales para el ejercicio en curso, contiene exenciones tributarias que significarán que, una vez instalada en Chile la Organización, un menor ingreso fiscal en atención al conjunto de actividades a desarrollar por ellas o sus integrantes que son gravadas por la normativa tributaria, por lo que corresponde que también sea informado por la Comisión de Hacienda.

 

 

 

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