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Intervención Carlos Ignacio Kuschel Silva

Sesión n°38 - Legislatura 372

REALIZACIÓN DE SESIONES DE SALA DEL SENADO EN REGIONES

El señor KUSCHEL.- Señor Presidente, si leemos en nuestro Reglamento, que todos los senadores tenemos en nuestro poder, el Título I, referido a la sede del Senado y a las legislaturas ordinaria y extraordinaria, veremos que en el Párrafo 1°, sobre local de funcionamiento, dice en su artículo 1°:

´Artículo 1°.- El Senado se reunirá en el recinto destinado a sus sesiones,´ -donde nos encontramos- ´salvo que las condiciones materiales del edificio no lo permitan. En este caso se reunirá provisionalmente en el que indique el Presidente.

´Si el impedimento es motivado por razones de presión moral o de fuerza, la mayoría de los Senadores en ejercicio constituirá cuerpo en cualquier otro lugar dentro del territorio de la República donde logre reunirse´.

Eso señala nuestro Reglamento, lo que me parece suficiente, y no cabría agregar nada más.

Gracias, Presidente.El señor GARCÍA (Presidente).- Muchas gracias, senador Kuschel.