Intervención Carlos Ignacio Kuschel Silva
Sesión n°38 - Legislatura 372
REALIZACIÓN DE SESIONES DE SALA DEL SENADO EN REGIONES
El señor KUSCHEL.- Señor Presidente, si leemos en nuestro Reglamento, que todos los senadores tenemos en nuestro poder, el Título I, referido a la sede del Senado y a las legislaturas ordinaria y extraordinaria, veremos que en el Párrafo 1°, sobre local de funcionamiento, dice en su artículo 1°:
´Artículo 1°.- El Senado se reunirá en el recinto destinado a sus sesiones,´ -donde nos encontramos- ´salvo que las condiciones materiales del edificio no lo permitan. En este caso se reunirá provisionalmente en el que indique el Presidente.
´Si el impedimento es motivado por razones de presión moral o de fuerza, la mayoría de los Senadores en ejercicio constituirá cuerpo en cualquier otro lugar dentro del territorio de la República donde logre reunirse´.
Eso señala nuestro Reglamento, lo que me parece suficiente, y no cabría agregar nada más.
Gracias, Presidente.El señor GARCÍA (Presidente).- Muchas gracias, senador Kuschel.