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Intervención Esteban Velásquez Núñez

Sesión n°48 - Legislatura 371

INCORPORACIÓN DE PUEBLO SELK'NAM ENTRE PRINCIPALES ETNIAS INDÍGENAS RECONOCIDAS POR EL ESTADO

El señor VELÁSQUEZ.- Señor Presidente, con fecha 24 de junio de 2020 ingresó al Senado, en segundo trámite constitucional, el boletín que ya se ha indicado, cuyo objetivo es incorporar al pueblo selk'nam entre las principales etnias indígenas reconocidas por el Estado.

El proyecto se inició en moción de los Honorables Diputados señoras Claudia Mix Jiménez, Emilia Nuyado Ancapichún y Camila Rojas Valderrama y señores Andrés Longton Herrera, Jorge Rathgeb Schifferli y Cristóbal Urruticoechea Ríos y de los entonces Diputados señores Jaime Bellolio Avaria, Amaro Labra Sepúlveda, Gabriel Silber Romo y Gabriel Boric Font, actual Presidente de la República.

En sesión de 30 de mayo de 2023, la Comisión recibió al Ministro de Desarrollo Social y Familia, señor Giorgio Jackson, quien hizo presente que el Gobierno valora mucho esta iniciativa y planteó que podría ser el momento para armonizar la terminología utilizada en la Ley Indígena, desde el punto de vista formal, ya que esta última se refiere a pueblos, etnias y comunidades.

Recalcó que, conforme a un estudio antropológico del pueblo selk'nam en la actual provincia de Tierra del Fuego, Región de Magallanes, se concluyó que uno de los principales desafíos para el Gobierno es el reconocimiento de la calidad indígena de las comunidades, por cuanto el artículo 9 de la ley establece como requisito para ello que provengan de un mismo tronco familiar, reconozcan una jefatura tradicional, posean o hayan poseído tierras indígenas en común y que también provengan de un mismo poblado antiguo.

Dijo que, lamentablemente, con la información disponible, producto de lo que les sucedió, muchos menores fueron despojados de sus nombres de origen y por esa razón no guardan el mismo apellido, pero que se puede reconstruir la historia a través de estudios y así encontrar el tronco familiar.

De las principales conclusiones del estudio de caracterización antropológica del pueblo selk'nam, destacó que este es preexistente al Estado nación, no está extinto, es un sobreviviente del genocidio, tiene derecho a su propia memoria, está en proceso de reapropiación y recreación cultural y debe ser incluido como pueblo vivo en la ley N° 19.253.

Agrega que la identidad selk'nam está cruzada por la experiencia del genocidio, pero también por la rearticulación, y que el reconocimiento de la pertenencia al pueblo selk'nam de las familias debe integrar el hecho del genocidio.

Hizo presente que una vez legislada la materia o zanjada esa discusión correspondía hacer el respectivo fortalecimiento institucional por parte del Gobierno, para procesar las solicitudes que provengan del mismo pueblo selk'nam, lo que significa reforzar el servicio en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

Cabe hacer presente que, respecto de una consulta indígena, el Ministro de Desarrollo Social y Familia sostuvo que tal consulta no procede, porque no se puede consultar a los otros pueblos respecto de la existencia o no, en este caso, del pueblo selk'nam.

Finalmente, en sesión de 8 de junio del presente año, Su Excelencia el Presidente de la República presentó una indicación sustitutiva del proyecto, la cual fue aprobada en general y en particular por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, tal como se consigna en el informe respectivo.

Por lo anterior, se propone aprobar el proyecto en los mismos términos propuestos por esta Comisión.

Es cuanto puedo informar, señor Presidente.