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Intervención Carlos Ignacio Kuschel Silva

Sesión n°88 - Legislatura 373

TITULARIDAD EN EL CARGO PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN A CONTRATA, PREVIO CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS

El señor KUSCHEL.- Gracias, Presidente.

Quiero consultar al senador informante o al señor ministro en qué situación financiera quedarán cada uno de los servicios locales de educación y los municipios, según el caso, u otras entidades que se vean afectadas. Pido que esto se informe servicio por servicio, por favor.

Entendí el informe entregado por el senador Sanhueza, pero nos falta esa información. Hay problemas en los ámbitos financieros, de administración y gestión en todos los SLEP. Y también hay problemas de calidad en nuestra educación. ¡Fíjese que en primero básico casi ningún niño sabe leer!

(Algunas manifestaciones de molestia en las tribunas).

E incluso hay niños de cuarto básico que tampoco saben leer.

La situación es grave en nuestra educación.

Quiero saber cuál es la situación presupuestaria, Presidente.

Antes de eso no puedo votar, porque no tengo los datos.

Nosotros estamos estrellando a los servicios locales de educación con mala gestión, que no depende de ellos muchas veces, por decisiones que han salido del propio Ministerio desde el 2012, el 2014 en adelante.

Gracias.

El señor OSSANDÓN (Presidente).- Ministro, tiene la palabra.

El señor CATALDO (ministro de Educación).- Gracias, Presidente. Solo quiero precisar que, tal como establece el Estatuto Docente actualmente, la titularidad docente no implica inamovilidad, por cuanto efectivamente un sostenedor, sea municipal o SLEP, en el marco del proceso de formulación del Padem o plan anual, dependiendo del tipo de institución a la que nos refiramos, puede suprimir horas. Esta supresión implica una prelación que establece el Estatuto Docente y conforme a ello los profesores titulares no están necesariamente exentos de llegar a ese momento de supresión de horas.

Es más, el primer criterio de prelación es la antigüedad. Y ello puede afectar tanto a un profesor titular como a uno a contrata.

En ese sentido, Presidente, dependiendo de la causal por la cual se supriman las horas -y eso con o sin titularidad-, efectivamente a los docentes se les debe pagar la indemnización por años de servicio.

En ese marco, el proyecto no innova respecto de las condiciones para la supresión de horas y para el ajuste de dotación. Tampoco se hizo en las ocasiones anteriores en las que se legisló en esta materia. De hecho, el último proyecto sobre titularidad tuvo lugar durante el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera.

Finalmente, es efectivo que la iniciativa no ha considerado un mayor gasto fiscal, por lo que el informe financiero ha sido cero.El señor OSSANDÓN (Presidente).- Gracias, ministro.