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Aborto: El primer paso para la discriminación

Por Jacqueline Van Rysselberghe, senador por la Región del Biobío

15 de abril de 2016

Imagen foto_00000014Esta semana, la Comisión de Salud del Senado inició la discusión del Proyecto de Ley que regula la despenalización del aborto para las tres causales y que, tal como lo han reconocido autoridades de este Gobierno, no responde a un problema de salud pública, sino más bien a un interés ideológico de la Nueva Mayoría.

 

Y ese interés ideológico del Gobierno, se reduce a un conflicto entre dos derechos que son considerados como fundamentales: el derecho de la mujer a disponer de su propio cuerpo y el derecho a la vida de todo ser humano.

 

Pero este choque entre derechos parte de un conflicto anterior, mucho más profundo, y que representa la raíz de este debate, el cual no ha sido abordado con la seriedad que se merece en nuestro país y que tiene que ver con la respuesta a la pregunta ¿Cuándo un ser humano es sujeto de derechos?.

 

Para quienes creemos en un concepto amplio e integrador, todo ser humano es sujeto de derechos fundamentales, como el derecho a la vida, desde el momento de su concepción, sin ningún tipo de condición o requisito.

 

Sin embargo, quienes están a favor del aborto, manejan un concepto limitado, sujeto a ciertas características y requisitos. Para ellos, los seres humanos son sujetos de derechos cuando cumplen ciertos requisitos.

Antes de eso, son un ser humano, pero sin derechos. Algunos lo califican como una simple “fusión de ADN y proteínas” y, por lo tanto, no existe ningún conflicto legal o ético al momento de querer eliminarlos, independiente del motivo.

 

Aquí radica toda la discusión de fondo sobre el aborto. Por un lado están los que creemos que todo ser humano siempre tiene derechos inviolables, y por otro, están quienes consideran que el ser humano debe cumplir ciertos requisitos para tener esos derechos.

 

Lamentablemente, esta dicotomía ya se vivió antes en la historia de la humanidad. En el Siglo XVIII, la esclavitud de los negros era aceptada en Estados Unidos porque se entendía que eran seres humanos, pero no personas con derechos, por lo que se les consideraba como un bien de consumo y comercialización.

 

Lo mismo pasaba con los judíos en la Alemania Nazi. Ellos eran considerados seres humanos, pero al no cumplir con los requisitos raciales y étnicos mínimos impuestos por la sociedad Nazi, no eran considerados como personas con derechos, por lo que podían ser eliminados sin ningún tipo de conflicto.

 

En Chile, una lógica similar se está imponiendo con este proyecto de despenalización del aborto. En el fondo, se está imponiendo un concepto limitado de ser humano, condicionado al cumplimiento de ciertos requisitos o condiciones para tener acceso a los derechos básicos.

 

Y creo que este proyecto de despenalización del aborto en tres causales nos da pie para que como sociedad chilena tengamos un debate amplio, serio y con alturas de miras, sobre cuándo un ser humano es sujeto de derechos.

 

Espero que el Senado de la República sea capaz de encabezar esta reflexión tan necesaria para nuestro país, teniendo presente que la historia de la humanidad nos demuestra que siempre que se ha querido limitar al ser humano a ciertas condiciones o características, se termina imponiendo el concepto de persona más amplio e integrador posible.

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