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A 106 años del derecho a una silla

El 7 de diciembre de 1914, el presidente Ramón Barros Luco, promulgó una de las normativas sociales más antiguas del país y que aún está vigente.

7 de diciembre de 2020

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La Ley de la Silla, consagró el derecho a un tipo de descanso para los empleados de almacenes, tiendas, bazares, bodegas, depósitos de mercadería o semejantes, pero a la vez significó un hito en el reconocimiento de los derechos laborales.

Originalmente, eran 3 artículos los que garantizaban ciertas obligaciones para los empleadores:

El Artículo 1º establecía que “el patrón o empresario mantendrá el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los dependientes o empleados”.

Artículo 2º establecía el derecho a una hora y media de receso para que los trabajadores pudieran almorzar.

Artículo 3º establecía una multa de diez pesos que ingresarán en arcas comunales.

La normativa fue promulgada por el Presidente Ramón Barros Luco, también ex diputado y ex senador, el 7 de diciembre de 1914.

En 1931 dicha ley, también conocida como la nº 2.951, junto a otro paquete de normativas de índole laboral, fueron compiladas en el primer Código del Trabajo.

Más detalles de la historia de esta legislación en nuestro sitio de Vinculación Ciudadana

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