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Solicitan máxima celeridad en la tramitación: Comisión Mixta deberá resolver la retroactividad en el proyecto “derecho al tiempo”

Enfatizando que en el corazón del texto todos están de acuerdo, el Senado respaldó solo parte de las enmiendas de la Cámara para la moción sobre sobre imprescriptibilidad de delitos sexuales contra menores. Los legisladores enfatizaron que quieren evitar confrontaciones constitucionales.

5 de junio de 2019

Una Comisión Mixta deberá resolver las divergencias entre el Senado y la Cámara de Diputados surgidas en torno al proyecto que declara imprescriptibles los delitos sexuales contra menores. Esto, luego de que la Cámara Alta aprobara solo parte de las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados.

 

Durante el debate, los legisladores valoraron los acuerdos alcanzados, reconociendo que es un gran cambio para la legislación penal nacional, en pro de la protección de los menores, y agradecieron la activa participación de las víctimas que compartieron sus experiencias y acompañaron la tramitación.

 

IMPRESCRITIBILIDAD

 

La principal diferencia se hizo sentir en la imprescriptibilidad propuesta, lo que a juicio de los senadores Felipe Harboe, Andrés Allamand, Pedro Araya, Víctor Pérez Varela y David Sandoval, puede traer problemas constitucionales y prácticos. Los legisladores argumentaron que la irretroactividad de la ley penal es una garantía que existe para la personas y por esa razón se ha introducido en todo el ordenamiento jurídico, de avanzar al contrario se podría atentar a “la eficacia de la ley propuesta”.

 

Es más, el senador Harboe detalló que durante más de 7 meses las Comisiones de Infancia y de Constitución examinaron la posibilidad de la retroactividad, pero que aspectos legales hicieron inviable el aplicarla en el texto legal y juristas expertos determinaron que se podría vulnerar lo dispuesto en la Constitución.

 

El senador Jaime Quintana y la senadora Ximena Rincón, autores de la moción, recordaron que por más de 9 años se ha tramitado este proyecto y resaltaron “que los niños tienen  derechos y entre otros a acceder a la justicia, aun cuando sea tardíamente, cuando son adultos, cuando pueden enfrentar que han sido abusados durante su niñez, por ello hemos defendido durante tanto tiempo esta moción”. El senador Quintana aseveró que “lo que se busca es que esta ley sea eficaz y que no se estrelle con otro muro como podría ser el TC, porque la ley penal y la constitución es muy clara, pero todos estamos de acuerdo con el corazón del proyecto”.

 

Los senadores Carolina Goic, Francisco Chahuán e Isabel Allende reconocieron los progresos que se pueden hacer como país “cuando nos ponemos de acuerdo”. La senadora Goic, además, reiteró la necesidad de crear una comisión que recoja los testimoniso y garantizar apoyo psicológico y acompañamiento a las víctimas, mientras que el senador Chahuán lamentó las cifras que exhibe nuestro país en abuso de menores y las circunstancias en las que ocurren. Por último, la senadora Allende ratificó el compromiso con los niños abusados y valoró que con la imprescriptibilidad se alcance el mismo rango que los delitos de lesa humanidad.

 

VOTACIONES

 

En una primera instancia se sometieron a votación los aspectos que contaban con el total respaldo del hemiciclo, entre otros la propuesta que suma al catálogo de delitos el “secuestro” y lo relacionado con el respeto a la voluntad de la víctima menor de edad, propuestas desde la Cámara, las que fueron respaldadas por unanimidad.   

 

Luego, se rechazó la enmienda sobre la incorporación de la violación con homicidio. Según se explicó durante la sesión, esto porque la imprescriptibilidad está dada en las víctimas, pero en este caso el proceso sería retórico.

 

Por último se rechazó el artículo transitorio sobre imprescriptibilidad por 32 votos en contra y las abstenciones de las senadoras Goic, Provoste y Rincón.

 

PROYECTO

 

En concreto, el texto dispone que las acciones penales para perseguir judicialmente los delitos cometidos en contra de menores de edad que se precisan, podrán siempre deducirse por la víctima o el Ministerio Público, sin que el autor de los mismos pueda alegar que éstas se han extinguido por el paso del tiempo. (Imprescriptibilidad)

Los delitos declarados imprescriptibles son los de violación; estupro; abuso sexual; exposición a actos de significancia sexual; producción de material pornográfico y favorecimiento de la prostitución, cuando ellos se han cometido en contra de menores de 18 años.

 

Además, serán imprescriptibles los delitos de tortura, apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, con violación de un menor de 18 años.

 

También se aplicará esta norma en los casos de los delitos de secuestro, sustracción de menores de 18 años de edad o de robo, cuando con motivo u ocasión de éstos, además, se cometiere la violación de la víctima.

 

Declara imprescriptible el delito de trata de personas con fines de explotación sexual, esclavitud o extracción de órganos.

 

Sólo permite al Ministerio Público actuar de oficio, cuando la víctima se encontrare imposibilitada de realizarla, o cuando quienes pudieren formularla por ella se encontraren imposibilitados de hacerlo o aparecieren implicados en el hecho.

 

Establece normas especiales relativas a la renovación de la acción civil tendiente a obtener una reparación indemnizatoria por parte de la víctima de los delitos imprescriptibles, lo que sólo será procedente cuando dicha demanda civil sea deducida en contra del imputado, en la tramitación del respectivo procedimiento penal, una vez formalizada la investigación y hasta quince días antes de la fecha fijada para la realización de la audiencia de preparación del juicio oral.

 

En la oportunidad el Ministro de Justicia Hernán Larraín agradeció la prontitud de la tramitación en ambas Cámaras, pero reconoció y lamentó que este es un problema que sigue creciendo.

 

Por acuerdo de la Sala, los integrantes de la Comisión Mixta serán determinados en la reunión de Comités del próximo martes 11 de junio.

 

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