Click acá para ir directamente al contenido

Norma que permitirá incrementar la donación de órganos ya es una realidad

El Senado despachó -en su tercer trámite- el proyecto que apunta a generar nuevas instancias para que más de 4 millones de chilenos que se declararon como no donantes puedan ratificar su decisión.

23 de enero de 2019

Por unanimidad, la Sala del Senado despachó el proyecto que modifica la ley N° 19.451, con el objeto de incentivar la donación de órganos. De este modo, la iniciativa, que tuvo su origen en una moción de los senadores Guido Girardi, Carmen Gloria Aravena, Felipe Kast y Jaime Quintana cumplió su tercer trámite y quedó en condiciones de ser remitido para su trámite de promulgación.

 

Imagen foto_00000011En la oportunidad, intervinieron los senadores Guido Girardi, Juan Antonio Coloma, Rabindranath Quinteros, Felipe Kast, Víctor Pérez Varela y Felipe Harboe quienes recalcaron la importancia de fomentar un cambio cultural para que todos los procedimientos faciliten la donación de órganos y se puedan salvar vidas. Además intervino el ministro de Salud,  Emilio Santelices.

 

El texto legal -que tuvo modificaciones en la Cámara- finalmente fijó en 12 meses el plazo para que las personas que figuran como no donantes puedan ratificar su decisión.

 

El procedimiento consiste en que el Ministerio de Salud a través del Registro Civil enviará una carta certificada a unas 4 millones de personas que se declararon como NO DONANTES, en la cual se les indicará que tienen un plazo de 12 meses para acercarse a las oficinas de la repartición a ratificar su condición.

 

Una vez transcurrido ese plazo sin haber manifestado voluntad, se entenderá que son donantes universales de órganos para todos los efectos legales.

 

Asimismo, la familia no podrá cambiar la voluntad manifestada en vida por el donante y el conviviente de hecho tenga la potestad, ante la duda de si la persona que fallece pueda estar en los registros de donantes, de poder opinar y no quedar al margen de la decisión final que puedan tomar los hijos, padres o hermanos del difunto.

Imprimir