Ejecutar las políticas educativas y prestar apoyo técnico pedagógico a las escuelas y liceos del país son algunas de las funciones que tendrá el nuevo Servicio Nacional de Educación que contempla el proyecto que fortalece el sistema de enseñanza pública del país.
La iniciativa que tuvo su origen en un Mensaje del Ejecutivo inició su primer trámite en el Senado, tras ser incluido, esta tarde, en la Cuenta de la sesión ordinaria de la Sala.
De este modo, serán las Comisiones de Educación, que preside el senador Juan Pablo Letelier y de Hacienda, que encabeza la senadora Evelyn Matthei, las encargadas de analizar el proyecto que apunta a fortalecer una relación deficiente entre el Ministerio de Educación y el nivel local, según los distintos diagnósticos consultados por el Ejecutivo.
En esa línea, el Servicio especializado que se crea armonizará la organización interna del Ministerio de Educación con los principios de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado, en el sentido que asignará a dicho servicio la ejecución de las políticas, planes, programas y normas que establezca el Ministerio.
Por otra parte, este proyecto genera las condiciones para la creación de las Corporaciones Locales de Educación Pública, las que -comprometidas con el proceso de descentralización-, avanzarán en la modernización del aparato público en el ámbito educativo.
Asimismo, el texto legal apunta a fortalecer la autonomía y responsabilidad de los sostenedores públicos, definiendo estándares nacionales sobre aprendizaje, desempeño de los sostenedores y sus escuelas y desempeño docente, y consecuencias asociadas.
Además, radica las competencias técnico pedagógicas y de supervisión de establecimientos, en los sostenedores públicos y garantizará la profesionalización de los equipos técnicos de estas administraciones, a través de procesos rigurosos y transparentes de selección que trasciendan la gestión política.
También asegura la transparencia en la información y rendición de cuentas sobre el uso de los recursos y los resultados educativos de todos los sostenedores.
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NUEVAS INSTITUCIONALIDAD
El proyecto establece como principios especiales de la Educación Pública los de laicismo y libertad de conciencia; pluralismo; gratuidad; respeto a la diversidad cultural; compromiso con la democracia y la cultura cívica; transparencia; integración e inclusión y calidad.
Dispone además ciertos deberes especiales para los sostenedores públicos, entre los que se cuentan: velar por la erradicación de cualquier forma de discriminación arbitraria en sus establecimientos; contribuir al desarrollo educativo local, a la valoración de las identidades específicas y al reconocimiento de las particularidades de los territorios que atienden.
Los sostenedores públicos no podrán seleccionar a sus postulantes, salvo cuando existan más de éstos que matrículas disponibles o, excepcionalmente en enseñanza media, en el caso de establecimientos de educación pública reconocidos por su excelencia, en los cuales se podrá seleccionar, por medio de procesos transparentes, únicamente sobre la base del rendimiento académico de los postulantes
Por otro lado, las Corporaciones Locales de Educación Pública, serán instituciones de derecho público, autónomas, con personalidad jurídica y patrimonio propio que deberán suministrar los recursos humanos, financieros y materiales de los establecimientos de su dependencia que sean necesarios para la prestación del servicio educativo.
También establecerán las directrices técnico pedagógicas y administrativo- financieras que deben seguir los establecimientos de su dependencia y realizar la gestión financiera y aplicar mecanismos de control, así como rendir cuenta respecto de la prestación del servicio educativo.
Por otro lado, el Servicio Nacional de Educación esta concebido como un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, y sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Educación.
El Servicio estará afecto al sistema de Alta Dirección Pública y su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las direcciones regionales y provinciales. Su objetivo será prestar apoyo educativo a los sostenedores públicos y velar por el mejoramiento continuo de la calidad del servicio educativo prestado por éstos.
Igualmente, le corresponderá la ejecución de las políticas, planes y programas, elaborados por el Ministerio de Educación para los sostenedores que reciban subvención o aportes del Estado, así como también prestarles asesoría técnico pedagógica de conformidad a la ley.
El proyecto contempla un período de transición de 5 años, contados desde que se dicten los reglamentos necesarios para la ejecución de la ley. En dicho período se faculta a las municipalidades para que, voluntariamente inicien el procedimiento para la creación de las Corporaciones Locales de Educación Pública. Transcurrido el plazo de 5 años, será obligatorio para las municipalidades iniciar el procedimiento.
Finalmente, para asegurar que los mejores funcionarios pasen a formar la dotación de personal del Servicio Nacional de Educación, se establece el sistema de concursos internos y externos de personal, de manera de que este Servicio cuente con el personal idóneo para la importante labor que la ley le encomienda.
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