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La posibilidad de poder perseguir penalmente los hurtos, fraudes y daños que causen parientes a adultos mayores de 60 años, así como sancionar a quienes maltraten a personas de la tercera edad, son algunos de los cambios a la legislación vigente que aprobó la Comisión de Constitución del Senado para proteger de mejor manera a ese sector de la población.
Esto, en el marco del estudio del proyecto, en segundo trámite, que modifica la ley de violencia intrafamiliar para incluir el maltrato de adultos mayores entre las conductas a sancionar.
Según explicó el presidente de la Comisión de Constitución, senador Alberto Espina, el proyecto fue aprobado en su totalidad y será analizado ahora por la Comisión de Hacienda, en las normas relativas al financiamiento, antes de ser votado por la Sala de la Cámara Alta.
En lo fundamental, precisó el senador, el proyecto contiene políticas de prevención, al incluir a los adultos mayores entre los destinatarios de las políticas estatales de prevención de la violencia intrafamiliar y asistencia a las víctimas de este flagelo. En tal sentido, señaló que la ley vigente considera sólo a la mujer y a los niños como destinatarios.
Asimismo, recordó que la norma actual considera circunscribe la violencia intrafamiliar a los maltratos entre cónyuges y ex cónyuges, convivientes, parientes consanguíneos, los padres de un hijo en común y los menores de edad o discapacitados que se encuentren bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar del agresor.
"Con este proyecto, se incluye como víctima de la violencia intrafamiliar al adulto mayor que está bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar del agresor", dijo.
SITUACIONES DE RIESGO
El senador Espina explicó que también se aprobó una norma que establece que "se presumirá que existe una situación de riesgo cuando un adulto mayor dueño o poseedor de un inmueble que ocupa para residir, sea expulsado de él, relegado a sectores secundarios o se le restrinja o limite su desplazamiento al interior de ese bien raíz, por algunos de sus parientes".
Asimismo se incluyó dentro del listado de medidas con las que el juez de familia puede proteger a la víctima de violencia intrafamiliar, la internación de adultos mayores en situación de abandono en alguno de los hogares o instituciones reconocidos por la autoridad competente.
Finalmente, el proyecto modifica la normativa vigente a objeto de permitir
la persecución criminal en los casos de hurtos, defraudaciones y daños causados por parientes a una persona mayor de 60 años. Actualmente, está impedido que se puedan perseguir penalmente estos delitos cometidos entre parientes.
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